Amparo Vs Infonavit

H. TRIBUNAL XXXXXXX DISTRITO P R E S E N T E.NOMBRES APELLIDO PATERNO APELLIDO MAETERNO , mexicano, mayor de edad, por m

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H. TRIBUNAL XXXXXXX DISTRITO P R E S E N T E.NOMBRES APELLIDO PATERNO APELLIDO MAETERNO , mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho, y señalando como domicilio para recibir toda clase de notificaciones el ubicado AVE. XXXXCA NUM. 0000 CONDOMINIO XXX CASA NUM. 00 FRACC. EL LAUREL II CP 22680 TIJUANA B.C. MEXICO, y autorizando para que las reciban en nuestro nombre y representación en los términos del artículo 27 de la Ley de Amparo a los LICS. xxxxxxxx, quienes las escuchan en el domicilio antes mencionado, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer: Por medio del presente escrito y con fundamento en los artículos 103 Fracción I, 107 Fracción II y V de la Constitución General de la República, 158, 166, 167 y 168 y demás relativos de la Ley de Amparo, solicitamos el AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL contra los actos que señalaremos más adelante en cumplimiento del artículo 166 de la Ley en la materia, nos permitimos expresar lo siguiente: NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS QUEJOSOS: Ya quedaron asentados en el proemio del presente escrito. TERCERO PERJUDICADO: TRABAJADORES ACREITADOS AL IFONAVIT CONDOMINIO RIAD Y FRACCIONAMIENTO EL LAUREL II EN TIJUANA B.C. MEXICO. AUTORIDADES RESPONSABLES:

DEL

COMO ORDENADORA: Director General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (referido en adelante por sus siglas “INFONAVIT”), Y COMO EJECUTORA: LIC.NOMBRE Y APELLIDOS APODERADO LEGAL EN TIJUANA B.C. DEL INFONAVIT PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS: ARTÍCULOS 4 Y 123 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA. PROTESTA LEGAL: Bajo protesta de decir verdad manifestamos que los hechos y abstenciones que nos constan y que constituyen antecedentes del acto reclamado y fundamento de los conceptos de violación son los siguientes: ANTECEDENTES CONCEPTOS DE VIOLACION: Violan las responsables las garantías de legalidad y seguridad jurídica que se consagran en los artículos 4 y 123 de la Constitución General de la República. DEMANDO protección de la justicia federal, de las CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN QUE OFRECE EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES A SUS DERECHOHABIENTES PARA EL OTORGAMIENTO DE

CRÉDITOS DESTINADOS AL PAGO DE ADEUDOS CONTRAÍDOS PARA LA ADQUISICIÓN, CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN, AMPLIACIÓN O MEJORAMIENTO DE VIVIENDA, que publico el Director General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (referido en adelante por sus siglas “INFONAVIT”), Y QUE SON LA BASE PARA QUE LOS APODERADOS O REPRESENTATES LEGALES DELINFONAVIT ASI COMO LOS NOTARIOS PUBLICOS EN LOS ESTADO Y CIUDADES DE LA REPUBLICAMEXICANA REDACTEN los CONTRATOS DE APERTURA DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA, que LOS REPRESNTATES LEGALES Y NOTARIOS PUBLICOS AUTORISADOS POR el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, DAN A FIRMAR A LOS TRABAJADORES QUE SOLICITAN CREDITO ANTE DICHO INTITUTO POR LO CUAL DEMANDO protección de la justicia federal específicamente DE La CLAUSULA PRIMERA DEFINICIONES por que no incluyen LOS TERMINOS Y EXPRECIONES SIGUIENTES. "CREDITO BARATO Y SUFICIENTE" y VIVIENDA DIGNA Y DECOROSA VIOLANDO el ARTÍCULO 123, Título Sexto Del Trabajo y de la Previsión Social de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS , los ARTÍCULO 136 Y 137, TÍTULO CUARTO, CAPÍTULO III HABITACIONES PARA LOS TRABAJADORES de la LEY FEDERAL DEL TRABAJO y los ARTÍCULOS 1,2,3,4 de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES y también DEMANDO protección de la justicia federal, DE las CLAUSULAS FINACIERAS. SÉPTIMA. PLAZO DEL CRÉDITO. DECIMA. ACTUALIZACION DEL SALDO DEL CREDITO. DECIMA SEGUNDA. APLICACIÓN DE PAGOS DECIMA TERCERA. PAGOS ANTICIPADOS VIGESIMA SEXTA. CESION DE DERECHOS POR QUE LA CONVINACION DE ESTAS CLAUSULAS Y MEDIANTE UNA prueba pericial en materia de cálculos matemático-financieros se puede comprobar que el saldo se incrementaría de tal forma que lo hace impagable, para beneficiar al programa de la BURSATILIZACIÓN HIPOTECARIA DE INFONAVIT, CEDEVIS 04. Motivos por los cuales debe estimarse que el consentimiento de los acreditados al momento de celebrar el contrato de apertura de crédito, se encontraba viciado por el error provocado por la conducta dolosa de la institución SEGÚN LO MARCA LA LEJISLACION EMITIDA POR EL DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 253/2002. Mauricio Javier Campos Fernández Guerra y otra. 30 de mayo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: Alicia Avendaño Santos. APERTURA DE CRÉDITO CON GARANTÍA HIPOTECARIA. CASO EN QUE PROCEDE LA NULIDAD DEL CONTRATO RELATIVO POR VICIOS DEL CONSENTIMIENTO Tribunales Colegiados de Circuito. Novena Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XVI, Octubre de 2002, Pág. 1331. TAMBIE ESAS CLUSULAS CON CONTRARIAS AL CONCEPTO CREDITO BARATO Y SUFICIENTE enunciado en la FRACCIÓN XII del apartado A del ARTÍCULO 123,Título Sexto Del Trabajo y de la Previsión Social de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y VIOLANDO el ARTICULO 121.- de la LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA en su CAPITULO TERCERO DE LAS FORMALIDADES NOTARIALES.

DEMANDO PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, EN CONTRA EL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA que firme con el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, en la ESCRITURA PUBLICA No0000 VOLUMEN 0000 de FECHA 00 DE MES DEL 200X ante fe del

NOTARIO PUBLICO No X, LIC. NOMBRE Y APELLIDOS, de la ciudad de Tijuana Baja .California. México. POR VIRTUD QUE SE VIOLO la FRACCIÓN XII del apartado A del ARTÍCULO 123, Título Sexto Del Trabajo y de la Previsión Social de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS , los ARTÍCULO 136 Y 137, TÍTULO CUARTO, CAPÍTULO IIIHABITACIONES PARA LOS TRABAJADORES de la LEY FEDERAL DEL TRABAJO y losARTÍCULOS 1,2,3,4 de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, el ARTICULO 5 de la LEY DE TRANSPARENCIA Y DE FOMENTO A LA COMPETENCIA EN EL CRÉDITO GARANTIZADO, y la LEGISLACIÓN sobre SIGNIFICADO DE LA EXPRESION"CREDITO BARATO" PARA LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EN MEXICO INFORME ANUAL DE LABORES 2010 DEL PRESIDENTE DE LA SEGUNDA SALA MINISTRO SERGIO SALVADOR AGUIRRE ANGUIANO VER EL NUMERO 11 EN EL LISTADO DE tesis de jurisprudencia y tesis aisladas PAGINA XCVI, y la LEGISLACIÓN sobre DERECHO HUMANO EL RELATIVO A UNA VIVIENDA DIGNA Y DECOROSA EN MEXICO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTOCIRCUITO.AMPARO DIRECTO 251/2011. FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE FOMENTO EJIDAL. 4 DE NOVIEMBREDE 2011. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FRANCISCO JAVIER CÁRDENAS RAMÍREZ. SECRETARIA: ANGÉLICA TORRES FUENTES. Y TRATADOS INTERNACIONALES, 25, numeral 1, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 11, numeral 1, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Otras normas de carácter civil y mercantil, que tienen aplicación para el caso en específico. DEMANDO PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, EN CONTRA DEL AVALUO DEL INMUEBLE OBJETO DE CREDITO GARANTIZADO A LA VIVIENDA realizado por la empresa XXXXXXXXXXXXX con clave de avaluó [SHF] 0000000000000 con registroINFONAVIT 000000000 practicado por el perito ING. NOMBRE Y APELLIDOS con cedula profesional XXX0000. SEA DECLARADO NULO , por qué no expresa el VALOR FISICO DIRECTO de una CASA DE INTERES SOCIAL de una recamara en condominio, estando SOBREVALUADO dicho valor, me perjudica pues encárese el VALOR DEL CRÉDITO OTORGADO por el inmueble objeto de crédito QUE ES LA UNIDAD NUMERO 44 DEL CONDOMINIO RIAD DEL RACCIONAMIENTO EL LAUREL II EN LA CIUDAD DETIJUANA B.C. MEXICO. VILANDO EL PARRAFO III. DEL ARTÍCULO 6.- DE LA LEY DE VIVIENDA que establece que la política nacional de vivienda debe Promover medidas de mejora regulatoria encaminadas a fortalecer la seguridad jurídica y disminuir los costos de la vivienda. Y TRATADOS INTERNACIONALES, como el 25, numeral 1, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 11, numeral 1, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Especificados en la jurisprudencia emitida por EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO. DERECHO HUMANO EL RELATIVO A UNA VIVIENDA DIGNA Y DECOROSA EN MEXICO. Amparo directo 251/2011. Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal. 4 de noviembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Secretaria: Angélica Torres Fuentes.Tribunales Colegiados de Circuito. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro IV, Enero de 2012, Pág. 4335. DEMANDO PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, EN CONTRA DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA que firme con

el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, por que el NOTARIO PUBLICO No X, LIC. RICARDO DEL MONTE NUÑEZ, de la ciudad de Tijuana Baja .California. México COMETIÓ OMICION al no incluir en la ESCRITURA PUBLICA No. 00000 VOLUMEN 0000 de FECHA 00 DE MES DEL 200X, el PRESUPUESTO DE OBRA, del inmueble objeto de crédito QUE ES LA UNIDAD NUMERO 44 DEL CONDOMINIO RIAD DEL RACCIONAMIENTO EL LAUREL IIEN LA CIUDAD DE TIJUANA B.C. MEXICO y que la empresa constructora HOMEXdebe haber elaborado y el NOTARIO PUBLICO No X, no incluyo en el "Apéndice", de la escritura mencionada, violando el ARTICULO 100.- de la LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. SECCION SEGUNDA DEL APENDICE Y VILANDOEL PARRAFO III. DEL ARTÍCULO 6.- DE LA LEY DE VIVIENDA que establece que la política nacional de vivienda debe Promover medidas de mejora regulatoria encaminadas a fortalecer la seguridad jurídica y disminuir los costos de la vivienda. Y TRATADOS INTERNACIONALES, como el 25, numeral 1, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 11, numeral 1, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Especificados en la jurisprudencia emitida por EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO. DERECHO HUMANO EL RELATIVO A UNA VIVIENDA DIGNA Y DECOROSA EN MEXICO. Amparo directo 251/2011. Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal. 4 de noviembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Secretaria: Angélica Torres Fuentes. Tribunales Colegiados de Circuito. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro IV, Enero de 2012, Pág. 4335.

DEMANDO PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, EN CONTRA DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA que firme con el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, por que el NOTARIO PUBLICO No X, LIC. NOMBRE Y APELLIDOS , de la ciudad de Tijuana Baja .California. México COMETIÓ OMICION al NO REDACTAR Y NO INCLUIR en la ESCRITURA PUBLICA No0000 VOLUMEN 000 de FECHA 00 DE MES DEL 200X, específicamente en la CLAUSULA PRIMERA DEFINICIONES LOS SIGNIFICADOS DE LOS TERMINOS Y EXPRECIONES SIGUIENTES. "CREDITO BARATO Y SUFICIENTE" y VIVIENDA DIGNA Y DECOROSAviolando el ARTICULO 121.- de la LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA en su CAPITULO TERCERO DE LAS FORMALIDADES NOTARIALES y el ARTÍCULO 123, Título Sexto Del Trabajo y de la Previsión Social de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS , los ARTÍCULO 136 Y 137, TÍTULO CUARTO, CAPÍTULO III HABITACIONES PARA LOS TRABAJADORES de la LEY FEDERAL DEL TRABAJO y los ARTÍCULOS 1,2,3,4 de laLEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. DEMANDO PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, EN CONTRA DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA que firme con el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, por que el NOTARIO PUBLICO No X, LIC. NOMBRE Y APELLIDOS , de la ciudad de Tijuana Baja .California. México COMETIÓ error al solo copiar y NO ANALIZAR y REDACTAR LAS CLUSUSLAS de la ESCRITURA PUBLICA No. 0000 VOLUMEN 0000 de FECHA 00 DE MES

DEL 200X, específicamente las CLAUSULAS FINACIERAS. SÉPTIMA. PLAZO DEL CRÉDITO. DECIMA. ACTUALIZACION DEL SALDO DEL CREDITO. DECIMA SEGUNDA. APLICACIÓN DE PAGOS DECIMA TERCERA. PAGOS ANTICIPADOS VIGESIMA SEXTA. CESION DE DERECHOS POR QUE LA CONVINACION DE ESTAS CLAUSULAS Y MEDIANTE UNA prueba pericial en materia de cálculos matemático-financieros se puede comprobar que el saldo se incrementaría de tal forma que lo hace impagable, para beneficiar al programa de la BURSATILIZACIÓN HIPOTECARIA DE INFONAVIT, CEDEVIS 04. Motivos por los cuales debe estimarse que el consentimiento de los acreditados al momento de celebrar el contrato de apertura de crédito, se encontraba viciado por el error provocado por laconducta dolosa de la institución SEGÚN LO MARCA LA LEJISLACION EMITIDA POR EL DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 253/2002. Mauricio Javier Campos Fernández Guerra y otra. 30 de mayo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: Alicia Avendaño Santos. APERTURA DE CRÉDITO CON GARANTÍA HIPOTECARIA. CASO EN QUE PROCEDE LA NULIDAD DEL CONTRATO RELATIVO POR VICIOS DEL CONSENTIMIENTO Tribunales Colegiados de Circuito. Novena Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XVI, Octubre de 2002, Pág. 1331. TAMBIE ESAS CLUSULAS CON CONTRARIAS AL CONCEPTO CREDITO BARATO Y SUFICIENTE enunciado en la FRACCIÓN XII del apartado A del ARTÍCULO 123,Título Sexto Del Trabajo y de la Previsión Social de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y VIOLANDO. Y violando el notario el ARTICULO 121.- de la LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA en su CAPITULO TERCERO DE LAS FORMALIDADES NOTARIALES. DEMANDO PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, EN CONTRA DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA que firme con el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, por que el NOTARIO PUBLICO No X, LIC. RICARDO DEL MONTE NUÑEZ, de la ciudad de Tijuana Baja .California. México COMETIÓ error al solo copiar y NO ANALIZAR Y REDACTAR LA CLUSUSLA de la ESCRITURA PUBLICA No. 0000 VOLUMEN 0000 de FECHA 00 DE MES DEL 200X, específicamente la CLAUSULA FINACIERA. DECIMA SEGUNDA. APLICACIÓN DE PAGOS QUE ES VIOLATORIA AL DERCHO HUMANO A LA VIVIENDAD Y TOTALMENTE CONTRARIA con el principio pro homine conforme al cual la interpretación jurídica siempre debe buscar el mayor beneficio para el hombre, Y EN LA MECIONADA CLUSULA PONE EN PRIMER LUGAR LOS INTERESES DE LAS ASEGURADORAS, EN SEGUNDO EL PAGO A INTERESES, Y EN ULTIMO LUGAR PARA AMORTIZAR EL SALDO DE CAPITAL. VIOLANDO EL PARRAFO a).- II.- Artículo 3o de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES MAL INTERPRETANDO LA FUNCION DEL INFONAVIT, instituto que tiene por objeto: la adquisición en propiedad de habitaciones cómodas e higiénicas PARA LOS TRABAJADORES ADEMAS VILANDO EL PARRAFO III. DEL ARTÍCULO 6.- DE LA LEY DE VIVIENDA que establece que la política nacional de vivienda debe Promover medidas de mejora regulatoria encaminadas a fortalecer la seguridad jurídica y disminuir los costos de la vivienda. Y TRATADOS INTERNACIONALES, como el 25, numeral 1, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 11, numeral 1, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Especificados en la jurisprudencia emitida por EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO. DERECHO HUMANO EL RELATIVO A UNA VIVIENDA DIGNA Y DECOROSA EN

MEXICO . Amparo directo 251/2011. Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal. 4 de noviembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Secretaria: Angélica Torres Fuentes. Tribunales Colegiados de Circuito. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro IV, Enero de 2012, Pág. 4335.

DEMANDO PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, EN CONTRA DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA que firme con el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, por que el NOTARIO PUBLICO No X, LIC. RICARDO DEL MONTE NUÑEZ, de la ciudad de Tijuana Baja .California. México COMETIÓ error al solo copiar y NO ANALIZAR Y REDACTAR LA CLUSUSLA de la ESCRITURA PUBLICA NoXXX VOLUMEN XXXX de FECHA XX DE MES DEL 200X, específicamente la CLAUSULA FINACIERA. VIGESIMA PRIMERA. CAUSAS DE VENCIMIENTO ANTICIPADO QUE ES VIOLATORIA AL DERCHO HUMANO A LA VIVIENDAD Y TOTALMENTE CONTRARIA con el principio pro homine conforme al cual la interpretación jurídica siempre debe buscar el mayor beneficio para el hombre, Y EN LA MECIONADA CLUSULA DICE QUE EL INFONAVIT PODRA DAR POR VENCIDO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATAO SIN NECESIDAD DEDAR AVISO AL TRABAJADOR, VIOLANDO EL PARRAFO a).II.- Artículo 3o de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES MAL INTERPRETANDO LA FUNCION DELINFONAVIT, instituto que tiene por objeto: la adquisición en propiedad de habitaciones cómodas e higiénicas PARA LOS TRABAJADORES ADEMAS VILANDO EL PARRAFO III. DEL ARTÍCULO 6.- DE LA LEY DE VIVIENDA que establece que la política nacional de vivienda debe Promover medidas de mejora regulatoria encaminadas a fortalecer la seguridad jurídica y disminuir los costos de la vivienda. Y TRATADOS INTERNACIONALES, como el 25, numeral 1, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 11, numeral 1, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Especificados en la jurisprudencia emitida por EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO. DERECHO HUMANO EL RELATIVO A UNA VIVIENDA DIGNA Y DECOROSA EN MEXICO. Amparo directo 251/2011. Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal. 4 de noviembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Secretaria: Angélica Torres Fuentes. Tribunales Colegiados de Circuito. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro IV, Enero de 2012, Pág. 4335. DEMANDO PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, EN CONTRA DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA que firme con el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, por que el NOTARIO PUBLICO No X, LIC. NOMBRE Y PELLIDOS , de la ciudad de Tijuana Baja .California. México COMETIÓ error al solo copiar y NO ANALIZAR Y REDACTAR LA CLUSUSLA de la ESCRITURA PUBLICA No. 0000 VOLUMEN 000 de FECHA 00 DE MES DEL 200X, específicamente la CLAUSULA FINACIERA. VIGESIMA SEXTA. CESION DE DERECHOS cometiendo FRAUDE según lo especifica la cláusula XIV. Del ARTÍCULO 387. DEL CODIGO PENAL FEDERAL y el párrafo VI.- del ARTICULO 219.- del CODIGO PENAL PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA pues COMETE EL DELITO DE FRAUDE, EL QUE VENDA O TRASPASE UNA NEGOCIACION SIN AUTORIZACION DE LOS ACREEDORES DE ELLA, y además el notario violo, EL PUNTO d).- XII.-DEL ARTICULO 121.-DE LA LEY DEL

NOTARIADO PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA EN SU CAPITULO TERCERO DE LAS FORMALIDADES NOTARIALES, que dice d).- Que a los otorgantes les explicó el valor y las consecuencias legales del contenido del instrumento, salvo que se trate de licenciados en derecho. ACTO QUE NO OCURRIO POR PARTE DEL NOTARIO NUMERO 8 que dio fe del acto, además es violatoria al derecho humano a la vivienda y es totalmente contraria con el principio pro homine conforme al cual la interpretación jurídica siempre debe buscar el mayor beneficio para el hombre, Y EN LA MECIONADA CLUSULA establece que el trabajador faculta al INFONAVIT para ceder o trasmitir los derechos del presente contrato. Asunto que el notario público jamás me explico Y ADEMAS VIOLANDO EL PARRAFO a).- II.- Artículo 3o de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES MAL INTERPRETANDO LA FUNCION DEL INFONAVIT, instituto que tiene por objeto: la adquisición en propiedad de habitaciones cómodas e higiénicas PARA LOS TRABAJADORES ADEMAS VILANDO EL PARRAFO III. DEL ARTÍCULO 6.- DE LA LEY DE VIVIENDA que establece que la política nacional de vivienda debe Promover medidas de mejora regulatoria encaminadas a fortalecer la seguridad jurídica y disminuir los costos de la vivienda. Y TRATADOS INTERNACIONALES, como el 25, numeral 1, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 11, numeral 1, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Especificados en la jurisprudencia emitida por EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO. DERECHO HUMANO EL RELATIVO A UNA VIVIENDA DIGNA Y DECOROSA EN MEXICO. Amparo directo 251/2011. Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal. 4 de noviembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Secretaria: Angélica Torres Fuentes.Tribunales Colegiados de Circuito. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro IV, Enero de 2012, Pág. 4335.

[CEDEVIS] DEMANDO PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, EN CONTRA DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA que firme con el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, por que LOS REPRESNTATES LEGALES DEL INFONAVIT EN BAJA CALIFONIA, EL NOTARIO PUBLICO No X LIC. NOMBRE Y PELLIDOS, de la ciudad de Tijuana Baja .California. México COMETIERON DELITO FRAUDE SEGÚN LOSARTICULO 386. DEL CODIGO PENAL FEDERAL Y EL ARTICULO 218.- del CODIGO PENAL PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA que dicen comete el delito de fraude, el que engañando a uno o aprovechándose del error en que este se halle, se hace ilícitamente de una cosa o alcanza un lucro indebido, y el delito de COALICION DE SERVIDORES PUBLICOS SEGÚN el ARTICULO 216. DEL CODIGO PENAL FEDERAL que dice cometen el delito de coalición de servidores públicos, los que teniendo tal carácter se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento, impedir su ejecución, o para hacer dimisión de sus puestos con el fin de impedir o suspender la administración publica en cualquiera de sus ramas, para ocultar la verdadera intención de la CLUSULA FINACIERA VIGESIMA SEXTA. CESION DE DERECHOS redactada para cumplir con el programa BURSATILIZACIÓN HIPOTECARIA DE INFONAVIT, CEDEVIS 04 y ceder los derecho

y obligaciones que el trabajador adquiere al firmar elCONTRATO DE APERTURA DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA, cosa que ocultaron deliberadamente dichos funcionarios y que está plasmado en el documento BURSATILIZACIÓN HIPOTECARIA DE INFONAVIT, CEDEVIS 04, en el párrafo denominado, Estructura de la Transacción, que dice El INFONAVIT (originador y cedente de la cartera hipotecaria subyacente) creará un fideicomiso con Nacional Financiera, S.N.C. (Nafin) establecido bajo la legislación mexicana, no susceptible de concurso mercantil. En la fecha de emisión, INFONAVIT cederá a NAFIN una cartera de créditos hipotecarios residenciales, dicha omisión que los funcionarios cometieron EN EL ACTO JURIDICO DE LA FIRMA DE LA ESCRITURA PUBLICA No. 69 106 VOLUMEN 2963 de FECHA 28 DE FEBRERO DEL 2008, y además el notario violo, EL PUNTO d).- XII.-DEL ARTICULO 121.DE LA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA EN SU CAPITULO TERCERO DE LAS FORMALIDADES NOTARIALES, que dice d).- Que a los otorgantes les explicó el valor y las consecuencias legales del contenido del instrumento, salvo que se trate de licenciados en derecho, Para lograr beneficiar al programa deBURSATILIZACIÓN HIPOTECARIA DE INFONAVIT, CEDEVIS 04 DEMANDO PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, EN CONTRA DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA que firme con el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, por que LOS REPRESNTATES LEGALES DEL INFONAVIT EN BAJA CALIFONIA, EL NOTARIO PUBLICO No X LIC. NOMBRE Y APELLIDO , de la ciudad de Tijuana Baja .California. México COMETIERON DELITO FRAUDE SEGÚN LOSARTICULO 386. DEL CODIGO PENAL FEDERAL Y EL ARTICULO 218.- del CODIGO PENAL PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA que dicen comete el delito de fraude, el que engañando a uno o aprovechándose del error en que este se halle, se hace ilícitamente de una cosa o alcanza un lucro indebido. Y delito de COALICION DE SERVIDORES PUBLICOS SEGÚN EL ARTÍCULO 216. DEL CODIGO PENAL FEDERAL que dice cometen el delito de coalición de servidores públicos, los que teniendo tal carácter se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento, impedir su ejecución, o para hacer dimisión de sus puestos con el fin de impedir o suspender la administración publica en cualquiera de sus ramas. EN EL ACTO JURIDICO DE LA FIRMA DE LA ESCRITURA PUBLICA No. 69 106 VOLUMEN 2963 de FECHA 28 DE FEBRERO DEL 2008, y además el notario público violo, EL PUNTO d).- XII.-DELARTICULO 121.-DE LA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA EN SU CAPITULO TERCERO DE LAS FORMALIDADES NOTARIALES, que dice d).- Que a los otorgantes les explicó el valor y las consecuencias legales del contenido del instrumento, salvo que se trate de licenciados en derecho. PARA OCULTAR EL VALOR FISICO DIRECTO Del inmueble objeto de crédito QUE ES LA UNIDAD NUMERO 44 DEL CONDOMINIO RIAD DEL RACCIONAMIENTO EL LAUREL IIEN LA CIUDAD DE TIJUANA B.C. MEXICO. CON EL OBJETIVO ESPECIFICO DE SOBREVALUARLO Y ASI ENTREGAR MAS GANANCIAS A LOS TENEDORES DE LAS CEDEVIS, del programa de BURSATILIZACIÓN HIPOTECARIA DE INFONAVIT, CEDEVIS 04, perjudicando al trabajador por que se encárese el VALOR DEL CRÉDITO OTORGADO por el inmueble objeto de crédito. Asunto que el notario público jamás me explico. ADEMAS VIOLANDO EL PARRAFO a).- II.- Artículo 3o de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORESMAL INTERPRETANDO LA FUNCION DEL INFONAVIT, instituto que tiene por objeto: la adquisición en propiedad de habitaciones cómodas e higiénicas, para los trabajadores, además violando el párrafo III. DEL ARTÍCULO 6.DE LA LEY DE VIVIENDA que establece que la política nacional de vivienda debe Promover

medidas de mejora regulatoria encaminadas a fortalecer la seguridad jurídica y disminuir los costos de la vivienda. Y TRATADOS INTERNACIONALES, como el 25, numeral 1, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 11, numeral 1, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Especificados en la jurisprudencia emitida por EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO. DERECHO HUMANO EL RELATIVO A UNA VIVIENDA DIGNA Y DECOROSA EN MEXICO. Amparo directo 251/2011. Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal. 4 de noviembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Secretaria: Angélica Torres Fuentes.Tribunales Colegiados de Circuito. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro IV, Enero de 2012, Pág. 4335. CAPITULO DE SUSPENSIÓN: La suspensión debe de decretarse de plano de acuerdo en lo establecido en los artículos 171 y 172 de la Ley de Amparo, para efecto de que se suspenda la ejecución de la sentencia. Por lo antes expuesto y fundado. A USTEDES H. MAGISTRADOS, atentamente solicito: PRIMERO.- Tenerme por presentando escrito de demanda de garantías y protección de la Justicia Federal, en contra de las Autoridades responsables y del acto reclamado a que nos referimos en el capitulo correspondiente. SEGUNDO.- Se notifique a las Autoridades responsables del presente Juicio para que rindan los informes correspondientes. TERCERO.- En el momento procesal se nos conceda la protección de la Justicia de la Unión que se solicita declarando violatorio de garantías el acto reclamado. PROTESTO LO NECESARIO. xxxxxx. A xxx DE xxx DEL xxx. LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TEXTO VIGENTE Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2013 TÍTULO SEGUNDO De los Procedimientos de Amparo CAPÍTULO I El Amparo Indirecto Sección Primera Procedencia y Demanda

Artículo 108. La demanda de amparo indirecto deberá formularse por escrito o por medios electrónicos en los casos que la ley lo autorice, en la que se expresará: I. El nombre y domicilio del quejoso y del que promueve en su nombre, quien deberá acreditar su representación; II. El nombre y domicilio del tercero interesado, y si no los conoce, manifestarlo así bajo protesta de decir verdad; III. La autoridad o autoridades responsables. En caso de que se impugnen normas generales, el quejoso deberá señalar a los titulares de los órganos de Estado a los que la ley encomiende su promulgación. En el caso de las autoridades que hubieren intervenido en el refrendo del decreto promulgatorio de la ley o en su publicación, el quejoso deberá señalarlas con el carácter de autoridades responsables, únicamente cuando impugne sus actos por vicios propios; IV. La norma general, acto u omisión que de cada autoridad se reclame; V. Bajo protesta de decir verdad, los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del acto reclamado o que sirvan de fundamento a los conceptos de violación; VI. Los preceptos que, conforme al artículo 1o de esta Ley, contengan los derechos humanos y las garantías cuya violación se reclame; VII. Si el amparo se promueve con fundamento en la fracción II del artículo 1o de esta Ley, deberá precisarse la facultad reservada a los estados u otorgada al Distrito Federal que haya sido invadida por la autoridad federal; si el amparo se promueve con apoyo en la fracción III de dicho artículo, se señalará el precepto de la Constitución General de la República que contenga la facultad de la autoridad federal que haya sido vulnerada o restringida; y VIII. Los conceptos de violación.