Amparo Provisional

AMPAROS ACUMULADOS Nos. 1743-2015; 177940f5;y 47832015 Oficiar 30 HONORABLES MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICI

Views 102 Downloads 1 File size 31KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

AMPAROS ACUMULADOS Nos. 1743-2015; 177940f5;y 47832015 Oficiar 30

HONORABLES MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CONSTITUIDA EN TRIBUNAL DE AMPARO. -

FRANCISCO JAVIER LIMA RIVERA de datos de identificación personales conocidos dentro del proceso identificado ut supra, con la dirección y procuración de la abogada SARAI MARIANA GARCIA BARRIENTOS, colegiado número cuarenta y dos mil trescientos (42300), cuya oficina profesional se ubica en la tercera calle dos guion uno del departamento de Jutiapa, cuyo lugar señalo para recibir notificaciones. En forma atenta y respetuosa comparezco a SOLICITAR AMPARO PROVISIONAL dado que las circunstancias primitivas han variado y al efecto:

l. EXPONGO:

EXPOSICIÓN DE HECHOS Y EXPRESIÓN DE AGRAVIOS DE MANERA CONJUNTA

1.1

Dentro del proceso de amparo arriba identificado promoví acción constitucional contra el Tribunal Supremo

Electoral por estimar que el acto reclamado vulneró mis derechos constitucionales de defensa, al debido proceso y a ser electo, con base en los argumentos de infracción que expresé en el escrito inicial pues en la decisión que declaró sin lugar la nulidad que promoví ni siquiera examinó la prueba que aporté y con esa resolución el citado Tribunal me está impidiendo mi participación como candidato a Alcalde Municipal de Jalpatagua, Jutiapa, no obstante que me participación e inscripción respectivas estaban firmes, lo cual vulnera mi derecho a ser electo garantizado en el artículo 136, literal b) de la Constitución. Sumado a que, esa decisión reclamada está indebidamente fundamente porque jamás recibió orden expresa de algún Tribunal Constitucional que rechazara mi inscripción como candidato a Alcalde Municipal de Jalpatagua, del departamento de Jutiapa.

1.2 Es importante señalar que la circunstancia que infundadamente se haya promovido alguna denuncia en mi contra, jamás podía limitar mi derecho constitucional a ser electo y menos aún que a juicio de la Contraloría General de cuentas me afecte administrativamente esa situación, tomando en cuenta, que aquella es espuria, política e ilegítima y, como bien, lo ha indicado la honorable Corte de Constitucionalidad, desde ninguna perspectiva legal, el planteamiento de una denuncia, contra cualquier candidato impediría su participación, pues el requisito de honradez establecido en el artículo 113 constitucional, sólo se incumple cuando exista una resolución de condena que haya causado firmeza y bajo ninguna circunstancia incurro en ese extremo, pues no se me ha sometido a juicio alguno.

AMPAROS ACUMULADOS Nos. 1743-2015; 177940f5;y 47832015 Oficiar 30

1.3 Lo antes expuesto me permite concluir que el acto reclamado emitido por el Tribunal Supremo Electoral contiene una indebida fundamentación que no es acorde a las constancias procesales, pues tampoco recibió orden de juez constitucional alguno que impida mi participación en las elecciones generales a realizarse el domingo seis de septiembre de dos mil quince, por lo que, esa decisión es notoriamente ilegal y, de persistir el acto reclamado, dejaría sin materia mi amparo, por lo que esa decisión impugnada demuestra la concurrencia de los presupuestos establecidos en el artículo 28 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, lo que torna PROCEDENTE QUE SE ME OTORGUE EL AMPARO PROVISIONAL, se deje en suspenso el acto reclamado Y se le ordene al TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL que emita nueva decisión en la cual, luego de examinar mi nulidad la acoja y ordene mi INMEDIATA INSCRIPCIÓN COMO CANDIDATO A ALCALDE MUNICIPAL DE JALPATAGUA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA.

1.4 Con el objeto de evitar que la decisión que reprocho la cual es notoriamente ilegal y que dejaría sin materia esta acción, SOLICITO DE MANERA RESPETUOSA que en el TÉRMINO DE TRES HORAS se me OTORGUE AMPARO PROVISIONAL ello para evitar que la persistencia de los supuestos antes señalados, ello tomando en consideración que el artículo 2 de la Ley de Amparo, señala claramente que Interpretación extensiva de la Ley. Las disposiciones de esta ley se interpretarán siempre en forma extensiva, a manera de procurar la adecuada protección de los derechos humanos y el funcionamiento eficaz de las garantías y defensas del orden constitucional. En este caso, mi DEFENSA A Ml DERECHO CONSTITUCIONAL A SER ELECTO contenido en el precepto fundamental antes relacionado.

ll. PETICIONES

DE TRÁMITE

1. Que se admita para su trámite el presente escrito y se agregue a sus antecedentes.

2. Se tome nota que actuó con el auxilio, dirección y procuración de la profesional que me auxilia y que describí en la parte expositiva de este escrito, así como del lugar para recibir notificaciones

3. Que se me OTORGUE AMPARO PROVISIONAL con base en el acaecimiento de los presupuestos que lo autorizan, artículo 28 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

AMPAROS ACUMULADOS Nos. 1743-2015; 177940f5;y 47832015 Oficiar 30

4. Se continúe en el trámite respectivo.

CITA DE LEYES: Artículo 28 constitucional, 2,5 y 35 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

COPIAS: Acompaño original y seis copias del presente escrito.

Jutiapa, tres de noviembre de dos mil dieciséis.

A RUEGO DEL PRESENTADO QUIEN SI SABE FIRMAR PERO DE MOMENTO

NO PUEDE HACERLO Y EN SU AUXILIO:

Lic. Saraí Mariana García Barrientos Abogada y Notaria Colegiada No. 2356