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ACTIVIDAD EVALUATIVA EJE DOS Foro de Debate Docente: DENNISSE JOHANNA MUÑOZ BRICEÑO Presentado Por GAMEZ MORENO NATALIA

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ACTIVIDAD EVALUATIVA EJE DOS Foro de Debate Docente: DENNISSE JOHANNA MUÑOZ BRICEÑO

Presentado Por GAMEZ MORENO NATALIA MARCELA GÓMEZ BOLAÑOS ROSSY KATERINE RADA GUTIÉRREZ YIMETH BARAJAS VALLEJO EIVER ANTONIO

1. ¿CÓMO SE RELACIONA EL ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO CON EL ORDENAMIENTO AMBIENTAL? El presente documento tiene como primera medida poder establecer la relación que pueda existir entre la ordenación territorial y ambiental y como bien es conocido nuestro territorio colombiano presenta un incalculable sistema de bienes y servicios ambientales, elementales para el desarrollo y bienestar de las comunidades; al igual que espacios naturales sensibles a la degradación, en ocasiones por la actividad del ser humano y en otras por fenómenos naturales generando inciertas situaciones que dan lugar a la ordenación territorial. Ante esta observancia de dualidad descrita, es importante poder entender las implicaciones que desarrollan los nuevos cambios en la planificación territorial, provocadas desde el punto de vista actual y donde se encuentre enmarcada con herramientas legales, encauzadas a beneficiar el desarrollo sostenible mediante la gestión y un manejo apropiado de los recursos naturales y para ello nos remitimos a instrumentos normativos como la Constitución de 1991, la Ley 99 de 1993, el decreto 1640 de 2012 y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 388 de 1997. A medida que nos orientamos en nuestra pregunta, observamos un conjunto de instrucciones pactadas, iniciadas por las entidades territoriales, para orientar la transformación, ocupación y utilización de las áreas geográficas, buscando la unificación del desarrollo sectorial con el del territorio, teniendo en cuenta las necesidades e intereses de la población, las potencialidades del territorio y su relación con el medio ambiente; evidentemente lo que aquí se demuestra, proyecta, protege y aplica es la relación del ordenamiento territorial y el ordenamiento ambiental, concernidas con el desarrollo de la economía forestal y protección de los suelos, el recurso hídrico y la vida silvestre, así como la forma en que incurre en el estado de

conservación y explotación de los ecosistemas y los recursos naturales, para dar un orden al desarrollo económico, social, cultural y sostenible ambiental en un territorio. Actualmente, este tema recauda especial relevancia para Colombia, el ordenamiento territorial dado su papel como instrumento del Estado para, por una parte, ejercer control sobre el territorio y, por otra, orientar un determinado modelo de desarrollo. El ordenamiento territorial es un proceso que involucra directamente a los grupos sociales, ya que es en el territorio donde tienen lugar sus actividades cotidianas, por tanto, ha estado presente en el devenir histórico de las sociedades. En esencia, el ordenamiento debe concebirse como un elemento para alcanzar mejores condiciones en la calidad de vida de las poblaciones y, por ende, como un instrumento para cimentar lo que se ha anhelado, en relación con el ordenamiento ambiental permite es una complementación para darle los componentes fundamentales para la planificación que garantice la renovabilidad del capital natural, prevenir el deterioro de los ecosistemas de mayor valor por sus servicios ecológicos indispensables para el desarrollo nacional, proteger la biodiversidad y la diversidad cultural y fortalecer y consolidar la presencia internacional del país de acuerdo con las prioridades e intereses nacionales, ambos encaminados a un desarrollo sostenible.

2. ANALICE SI EN SUS TERRITORIOS SI EN SUS TERRITORIOS SE ESTABLECE RELACIÓN ENTRE EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL CON EL AMBIENTAL Y DE QUÉ FORMA SE EVIDENCIA Con respecto a la relación de ordenamiento territorial con el ambiental, tenemos que hacer un paréntesis con respecto a su aplicabilidad, de acuerdo al ordenamiento ambiental, me refiero a la zonificación ambiental que se estableció en el POT del municipio para él. El ordenamiento ambiental del territorio (OAT) hace parte del conjunto de acciones instrumentales de la política ambiental y se constituye en la herramienta fundamental para la planificación y la gestión ambiental nacional, regional y local, tendiente a garantizar la renovabilidad del capital natural, prevenir el deterioro de los ecosistemas de mayor valor por sus servicios ecológicos indispensables para el desarrollo nacional, proteger la biodiversidad y la diversidad cultural y fortalecer y consolidar la presencia internacional del país de acuerdo con las prioridades e intereses nacionales (Márquez, 1997).

Sobre los POMCA es importante indicar que el decreto 1640 de 2012 “Por medio del cual se reglamentan los instrumentos para la planificación, ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas y acuíferos, y se dictan otras disposiciones”, derogó el decreto 1729 de 2002. La importancia de los determinantes ambientales radica en su estatus como organizadores jerárquicos de las decisiones locales, al definir criterios de convergencia indispensables para ajustar el proceso de ordenamiento territorial a la realidad también jerárquica de los ecosistemas. En términos generales podría considerarse que la biodiversidad solo hace parte del primer grupo de determinantes, sin embargo, al tener en cuenta temas como el abastecimiento de agua o servicios de saneamiento, se hace necesario resaltar la importancia que pueden poseer los procesos bióticos y ecosistémicos en su provisión, problema que aborda la ecología bajo la noción de servicios ambientales. Los planes de ordenación y manejo de cuencas hidrográficas (POMCA) son Instrumentos a través del cual se realiza la planeación del uso coordinado del suelo, de las aguas, de la flora y la fauna y el manejo de la cuenca entendido como la ejecución de obras y tratamientos, en la perspectiva de mantener el equilibrio entre el aprovechamiento social y económico de tales recursos y la conservación de la estructura físico -biótica de la cuenca y particularmente del recurso hídrico. El POMCA se constituye en norma de superior jerarquía y determinante ambiental para la elaboración y adopción de los planes de ordenamiento territorial (art. 10 de la Ley 388 de 1997). Las normas ambientales, se traducen en instrumentos de planificación ambiental, como es el caso de los PGAR, los planes de acción del SINAP, los POMCA, los planes de gestión del riesgo; que se aplican sobre el territorio a escala nacional y regional. No obstante, existe una diferencia temporal marcada entre las fechas de sanción de las normas con la fecha de formulación e implementación de los instrumentos POMCA y planes de gestión del riesgo, los cuales son fundamentales como determinantes ambientales para el ordenamiento territorial. En la Plata - Huila presenta un plan de ordenamiento territorial del año 2012, donde presentan: Estrategias para la calidad ambiental, urbana y rural: encaminada a desarrollar actitudes armónicas frente al uso y manejo del territorio con criterios de sostenibilidad ambiental.

Ecosistemas estratégicos regionales y locales: También debe haber un análisis de ecosistemas estratégicos que se comprometan a la protección de ciertas áreas conociendo el marco legal, y al mismo tiempo aportar cultura ambiental para un desarrollo sostenible. Suelo de protección: constituida por zonas y áreas de terreno que por sus características ambientales, paisajísticas o geográficas. Ecosistemas estratégicos para el mantenimiento del equilibrio y la biodiversidad. NORMAS ESTRUCTURALES Directrices de manejo para las áreas de conservación y protección del medio ambiente y los recursos naturales. La estructura ambiental en el municipio de La Plata, estará conformada por todos elementos ambientales, culturales y recreacionales, como son cascadas, lagunas, ríos, micro cuencas, cerros y bosques, los cuales deben ser preservados por su valor ambiental, por su flora, fauna, agua y suelos. Directrices de manejo de las áreas de reserva para la conservación y protección del patrimonio histórico, cultural y arquitectónico. El aprovechamiento de los recursos ecos turísticos y arqueológicos del municipio que no deterioren su valor ambiental. Actualmente el municipio de La Plata presenta un Plan Básico de Ordenamiento Territorial y pesar que la norma anteriormente citada y el progreso ascendente que ha tenido la normatividad colombiana con respecto al ordenamiento territorial, ordenamiento ambiental, la inclusión de los planes de riesgo y desastres naturales, los POMCAS para las poblaciones urbanas y la integración con el medio ambiente, presenta un gran contraste con las realidad, ya que siguen habiendo barrios o casas ubicadas en zonas de riesgo alto no mitigable, se sigue presentando expansión urbana en áreas que son de exclusión con presencia de amenazas naturales, alta vulnerabilidad y riesgo inminente, sin que se tomen medidas por parte de la administración local. Problemática no solo pasa en el municipio de La Plata, sino en muchos municipios del país, la falta de estudios técnicos de amenaza, riesgo y vulnerabilidad de amenaza naturales y antrópicas, estudios socioculturales y una buena planificación del desarrollo económico no han sido integrados en el ordenamiento ambiental y territorial de los municipios. BIBLIOGRAFÍA



Garzón Camacho, J.C., (2015), Relaciones entre el Ordenamiento Territorial y el Ordenamiento Ambiental. Estudio de Caso: Paramo de Rabanal, Bogotá D.C. Colombia, Universidad Nacional de Colombia Facultad de Artes – Maestría en Ordenamiento Urbano Regional.



Villadiego, J., Ordenamiento Ambiental del Territorio, Eje 2, Analicemos la Situación, Fundación Universitaria del Área Andina, Colombia.



Constitución Política de Colombia, 20 de julio de 1991.



Alcaldía de la Plata, 2012., Plan Básico de Ordenamiento Territorial la Plata, Huila.http://cdim.esap.edu.co/bancomedios/documentos%20pdf/la%20plata %20huila%20pd%202012%20-%202015.pdf



Ley 99, (1993), Ley General Ambiental de Colombia, Diario Oficial No. 41.146, de 22 de diciembre de 1993 Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones.



Ley 388, (1997), Ley de Desarrollo Territorial, Diario Oficial No. 43.091, de 24 de julio de 1997.



Decreto 1640, (2012), Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (Se reglamentan los instrumentos para la planificación, ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas y acuíferos, y se dictan otras disposiciones). Bogotá.

RTA:

Buen día, dando respuesta a su argumento pactado en el presente, reflexionamos que la protección del ambiente y el valor económico de los recursos naturales son una necesidad de aprovechamiento para conseguir un bienestar común, por lo tanto nos gustaría ampliar un poco la información en cuanto al ordenamiento territorial razón que este es un proceso planificado de la naturaleza política, técnica y administrativa que plantea el análisis de un sistema socio espacial concreto, que para operatividad requiere de instrumentos tales como disposiciones legales, organización institucional y planes de ordenamiento y desarrollo pues de esta manera se provee la localización geográfica y cuantificación de áreas con características físicas, biológicas y socioeconómicas con una capacidad de soportar impactos ambientales. (Minambiente, s.f) En nuestra opinión para dar una posible solución a la problemática dada en el presente como la degradación a espacios naturales, problemas que puedan afectar el desarrollo y bienestar de las comunidades y expansión urbana en áreas con presencia de amenazas naturales, planteamos desarrollar un análisis sobre las relaciones que existen en el ordenamiento ambiental y el ordenamiento territorial bajo el contexto de la normatividad e instrumentos de planificación y desarrollo territorial, a través de un estudio de caso, con el fin de fortalecer el proceso y hacer precisiones sobre la concertación de los POT.

Referencias Minambiente. (s.f). Orientaciones para la definición y Actualización de las Determinantes Ambientales. Obtenido de http://www.minambiente.gov.co/index.php/normativa/42-ordenamiento-ambientalterritorial-y-coordinacion-del-sina