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REGLAMENTO INTERNO I.E.P.”MARISCAL CASTILLA” Resolución Directoral Nº 0211 – 2016- DIEP “MC” – ET – H El Tambo, 30 de

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I.E.P.”MARISCAL CASTILLA”

Resolución Directoral Nº 0211 – 2016- DIEP “MC” – ET – H El Tambo, 30 de marzo del 2016 Visto, el PROYECTO DE REGLAMENTO INTERNO de la Institución Educativa “MARISCAL CASTILLA” distrito de El Tambo, Provincia de Huancayo, presentado por la COMISIÓN DE ACTUALIZACIÓN Y CONSOLIDACIÓN,

CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Educación No. 28044 y el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2012-ED en su Artículo Nº 37 establece que uno de los instrumentos de gestión educativa es el Reglamento Interno (RI) que regula la organización y el funcionamiento integral. Establece funciones específicas, pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, así mismo en cumplimiento de la Ley de Reforma Magisterial Ley Nro. 29944, su Reglamento D.S. O4-2013/ED y en el marco del buen desempeño Directivo Puesto en consideración por la Asamblea/Junta de trabajadores y lo opinado por el Consejo Educativo Institucional (CONEI) y a lo dispuesto por el Despacho de la Dirección de la Institución Educativa “Mariscal Castilla” del distrito de El Tambo, comprensión de la UGEL Huancayo, DRE Junín. De conformidad con la Ley de Educación, N° 28044, D.S. 011-2012-ED. Reglamento de la Ley General de Educación. De conformidad con la Constitución Política del Perú, Ley General de Educación N° 28044, Ley de Reforma Magisterial Nº 29944, su Reglamento D.S. O4-2013/ED y en el marco del buen desempeño Directivo, Decreto Legislativo N° 276-Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Decreto Supremo N° 005 -90-Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27515, Código de Ética de la Función Pública, Ley Nº27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento Interno de la Institución Educativa “Mariscal Castilla” distrito de El Tambo, Provincia de Huancayo, comprensión de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huancayo, Dirección Regional de Educación Junín, cuyo texto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Elevar una copia en físico y digital a las instancias superiores pertinentes Artículo 3º.- Disponer la difusión, ejecución y evaluación periódica del Reglamento Interno. Artículo 4°.- Recomendar a los componentes de la comunidad educativa velar por el cumplimiento estricto de lo normado en el presente documento. Artículo 5°.- Dejar sin efecto otras normas de similar jerarquía, en materia de organización, administración y funciones.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Mag. Walter Raúl Oré Ramos DIRECTOR

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COMISIÓN DE ACTUALIZACIÓN Y FORMULACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO  MAG. ORÉ RAMOS, Walter Raúl

DIRECTOR

RESPONSABLE DE ELABORAR LA PROPUESTA DEL REGLAMENTO INTERNO  MAG. HUAMÁN HUAMÁN , Prevez

SUB DIRECTOR – IIP

COMISIÓN DE CONSOLIDACIÓN (PERSONAL JERÁRQUICO)       

MAG. MEDINA ORE, José Antonio MAG. JORGE MEZA, Abel Arturo Lic. GARAY DE LA CRUZ, Nelson Américo Lic. PARRAGA MELO, Nora Mercedes Lic. SOTO ROJAS, Adler Julio Lic. HILARES ROJAS, Luis CASTILLO EULOGIO, Ariadna Berenice

ASESOR CC.HH.SS. JEFE DE TALLER – IP COORDINADOR DE APEC-IIP JEFE DE LABORATORIO- IIP COORDINADOR DE TOE – IP COORDINADOR DE TOE – IIP ALCALDESA DEL MUNICIPIO

EDICIÓN Y DISEÑO  LIC. CHACA VELEZ, Zuzshilah Faribah

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AULA DE INNOVACIÓN

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ÍNDICE CONTENIDO 1.

PÁGINA

Presentación

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CAPÍTULO I: GENERALIDADES 2.

Concepto, finalidad, visión y misión, objetivos, alcances y bases legales

09

CAPÍTULO II: ORGANIZACIÒN Y FUNCIONES DE LA I.E. 3. 4.

Estructura orgánica, órganos de gestión y funciones Organigrama de la I.E.

12 17

CAPÍTULO III: FUNCIONAMIENTO DE LA I.E. 5. 6. 7. 8.

Organización del trabajo pedagógico, Planificación curricular, supervisión educativa y recursos educativos De la matrícula, evaluación, promoción, recuperación, certificación y programa de recuperación académica Del presupuesto; ingresos y egresos Control de asistencia y permanencia del personal

18 20 24 25

CAPÍTULO IV: FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 9. 10. 11. 12.

Funciones del órgano Directivo: Director y Subdirectores Funciones del Consejo académico y Jerárquico Funciones del personal docente Funciones de los Auxiliares de Educación

26 31 38 40

CAPÍTULO V: RÉGIMEN DEL PERSONAL DOCENTE: DEBERES, DERECHOS, FALTAS, SANCIONES, ESTÍMULOS DEL PERSONAL DOCENTE, DIRECTIVO Y AUXILIARES DE EDUCACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 13. 14. 15. 16. 17.

Deberes y obligaciones del personal docente y Auxiliares de Educación Derechos del personal docente y Auxiliares de Educación Faltas y prohibiciones del personal docente Sanciones y estímulos del personal docente Deberes, derechos, faltas, sanciones y estímulos al personal Directivo

41 43 44 45 46

CAPÍTULO VI: FUNCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE MANTENIMIENTO 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30.

Funciones de/la Secretario(a) General de la I.E. y Secretaria de la Dirección Funciones de Mesa de Partes e informes Funciones de Matrícula, Notas y Estadísticas Funciones de Certificados, Actas y Archivos Funciones de Tesorería y Contabilidad Funciones de Bienes Patrimoniales y Abastecimiento Funciones de Apoyo Administrativo de Control de asistencia Funciones de Secretaria de Apoyo Administrativo Funciones de Auxiliar de Laboratorio Funciones de Auxiliar de Biblioteca Funciones de Jefe de Supervisión y Mantenimiento Funciones de Trabajador de Servicio (guardianía) Funciones de Trabajador de Servicio (portería y limpieza)

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46 48 48 49 50 51 52 52 53 54 54 55 56

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31. Informes y control de puerta de ingreso de personal 32. Funciones de profesionales de la salud (psicólogo, Asist. Social, Odontólogos)

57 58

CAPÍTULO VII: DEBERES, DERECHOS, FALTAS, SANCIONES, ESTÍMULOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE MANTENIMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 33. Deberes, obligaciones y derechos 34. Faltas, prohibiciones, sanciones y estímulos

60 62

CAPÍTULO VIII: ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN Y DE APOYO: COMITÉS Y COMISIONES DE TRABAJO 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41. 42. 43. 44. 45. 46.

Comité de gestión de recursos propios y actividades empresariales Comité de administración de quioscos/cafetines Comité de imagen institucional Comité de vigilancia y de seguridad de los estudiantes Comité de tutoría; convivencia y disciplina escolar Comité de evaluación al personal Comité de gestión del riesgo y enfoque ambiental Comisión de apoyo de acceso al 1º grado Comité de Mantenimiento de la I.E. De la Asamblea General de trabajadores Municipio Escolar Asociación de Ex alumnos

63 64 65 65 66 67 67 68 69 69 70 70

CAPÍTULO IX: RÉGIMEN DE LOS PADRES DE FAMILIA: ATRIBUCIONES, DERECHOS, DEBERES, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES, FALTAS, SANCIONES Y ESTÍMULOS 47. Atribuciones y derechos, obligaciones y deberes 48. Obligaciones y deberes 49. Prohibiciones, faltas, sanciones y estímulos

71 72 72

CAPÍTULO X: FUNCIONES DEL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN, CONCERTACIÓN, COORDINACIÓN, VIGILANCIA (CONE), COMITÉ DE AULA, TALLER Y DEL PLENO DE PRESIDENTES DE COMITÉS DE AULA 50. Conformación y funciones del CONEI 51. Funciones del Comité de Aula/Taller y del pleno de comités de Aula

74 75

CAPÍTULO XI.- RÉGIMEN DE LOS ESTUDIANTES: DERECHOS, DEBERES, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES, FALTAS, SANCIONES, ESTÍMULOS; EVALUACIÓN DE CONDUCTA, MÉRITOS Y DEMÉRITOS DE LOS ESTUDIANTES 52. 53. 54. 55.

Derechos, deberes y obligaciones de los estudiantes Prohibiciones y faltas Méritos y deméritos Estímulos y sanciones de los estudiantes

77 79 81 83

CAPÍTULO XII.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS 56. Disposición primera a la décima cuarta

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PRESENTACIÓN La Institución Educativa Pública, de Educación Básica Regular, Nivel Secundario “Mariscal Castilla”, El Tambo – Huancayo – Junín, con la participación de la comunidad educativa ha consensuado el presente Reglamento Interno, siendo un instrumento que norma la política educativa en aspectos vinculados a la administración, organización y actividades pedagógicas, actualizado con los últimos dispositivos legales del sector educación, con los nuevos paradigmas, enfoques y tendencias contextualizado a nuestra realidad educativa, como tal el Reglamento Interno (RI) es un instrumento activo y regulador del funcionamiento de nuestra Institución Educativa; articula el PEI, PCI y P A T. El presente RI da a conocer a los integrantes de la Comunidad Educativa, el conjunto de normas y disposiciones que se dan en la gestión institucional, pedagógica y administrativa, centralizando en la gestión pedagógica, su estricto cumplimiento de los deberes, derechos y las funciones de cada uno de sus miembros, con el objetivo de mejorar y optimizar la calidad del servicio educativo en concordancia con la Visión, Misión y objetivos estratégicos de la Institución Educativa No dudamos que nuestro Reglamento Interno sirva como guía y apoyo para movilizar el talento humano de sus trabajadores, en función de los logros de aprendizaje cada vez más elevados en nuestros estudiantes. Por lo tanto es pertinente presentar este documento normativo de nuestra Institución Educativa que lleva el nombre del Gran Mariscal Ramón Castilla y Marquesado, que dirija el actuar de cada estamento que conforma la comunidad educativa. Que Dios bendiga nuestro trabajo, el aprendizaje de nuestros estudiantes, el apoyo, colaboración de nuestros padres de familia y por ende este documento y todos los que deriven de él.

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CREACIÓN E HISTORIA DE LA I.E. “MARISCAL CASTILLA” En el año 1958, en el gobierno de Manuel Prado, El Distrito de El Tambo tenía una población aproximada de 18 mil habitantes, siendo Alcalde Distrital el Dr. Víctor Alfaro De la Peña, se conforma el Comité Cívico pro creación de un Colegio Secundario encabezado por el Dr. Oswaldo Espinoza Vivar dando como resultado la R.M. Nro. 4767 de fecha 22 de abril de del año 1959, que crea el Colegio Municipal, estando Ministro de Educación el Dr. Jorge Basadre, designándose como Director al profesor Esteban Sanabria, iniciando sus servicios en el Jr. Parra del Riego, sede actual de la casa de la Cultura de la Municipalidad Distrital de El Tambo. Por lo errante de nuestra infraestructura, nos anexaron al Colegio “Santa Isabel” de Huancayo. Para el distrito de El tambo, significó alegría que en el último mes (13 de diciembre 1961) por D.L. Nº 14038 se logre la nacionalización. Entrando en vigencia legal a partir del 10 de marzo de 1962, con sus gestores Dr. Víctor Alfaro de la Peña, Dr. Oswaldo Espinoza Vivar, Edmundo Martínez, Diosdado Santos, Alejandro Aliaga, Rodrigo Melgarejo, Félix Gutarra y otros notables ciudadanos. Con el nombre del dos veces Presidente del Perú y líder de la educación “Libertador Ramón Castilla y Marquesado”, designando como Director al profesor Juan Santibáñez, iniciando sus labores oficiales en marzo de 1962, con 25 estudiantes, el año 1963 se incrementa a 168 estudiantes, como no tenía local propio, alquilaba ambientes, pasando por distintas propiedades y lugares para albergar y dar educación a los estudiantes. Por R.M. Nro. 400 del 17 de marzo de 1966 le denominan Colegio Sebastián Lorente el cual no fue aceptado, el año 1967 mediante D.S. Nro. 723 del 06 de setiembre de 1967 le dan rango de Gran Unidad Escolar “Mariscal Castilla” con 15 secciones pero todavía no tenían local propio. En el gobierno del General Juan Velasco Alvarado con la Ley de Reforma Educativa Nº 19326 se le da la denominación de Centro Educativo Base “Mariscal Castilla” con una estructura de unir primaria con secundaria. El recordado profesor FLORENCIO AMES PALACIOS (Q.E.P.D) no se tranquilizaba que siguiera funcionando en infraestructuras particulares (1959-1970). Batalló tenazmente ocho años (1971-1978) para expropiar 54,567 m2 de terreno donde funciona actualmente, mediante el D.S. Nro. 126-72-VI, el año 1977 mediante la R.D. Nro. 339 se fusiona el Colegio “Mariscal Castilla” y el Colegio Nacional de mujeres “Sagrado Corazón” con aulas tipo módulos, hoy ambientes Ex Bachillerato, con talleres de Técnica y laboratorio de Ciencias Naturales. En el año 1979 luego del Congreso Constituyente, en el gobierno del Arq. Fernando Belaunde Terry y mediante Ley Nro. 23384 se separa la Educación Primaria del Nivel Secundario, construyéndose el hoy pabellón Castilla de dos niveles. En el año 1987 se crea la Variante Técnica por R.D. Nro. 1107 de fecha 04 de julio de 1987 con las especialidades de CONSTRUCCIÓN, MECÁNICA, CARPINTERÍA, COCINA Y CORTE CONFECCIÓN. Luego en el año 1988 se crea la Educación de Adultos de Variante Técnica (hoy CEBA Mariscal castilla). En el año 1995 se construye el pabellón INFES de dos pisos. Por R.M. Nro. 289-98, 290-98 y 291-98 se autoriza para que en el año 1999 se brinde el Plan Piloto de Bachillerato. Planificando con visión prospectiva la nueva infraestructura de la I.E. pública “Mariscal Castilla” debe construirse dentro de pocos años, Infraestructura equipada, puesto que ya se tiene perfil técnico, estudio de factibilidad, el expediente técnico y resolución aprobado para albergar a 3,500 estudiantes y 260 trabajadores, de tal forma brindar una educación de calidad.

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DATOS INFORMATIVOS DRE

: Junín

UGEL

: Huancayo

DISTRITO

: El Tambo

DIRECCIÓN

: Jr. Arequipa s/n 9na cuadra

TELEÉFONO

: 064-252531

INSTITUCIÒN EDUCATIVA

: “Mariscal Castilla”

CÓDIGO MODULAR

: 0372599

RUC

: 20280881679

MODALIDAD Y NIVEL

: Educación Básica Regular / Educación Secundaria

SECCIONES

: 86

TURNOS

: Mañana/Tarde

DIRECTOR

: Mag. Walter Raúl Oré Ramos

SUBDIRECTORA DEL I-P

: Dra. Luz Mery Álvarez Cantorín

SUBDIRECTOR DEL II-P

: Mag. Preves Juan Huamán Huamán

SUBDIRECTOR DE EPT

: Dr. Gamaniel Santana Onocc

SUBDIRECTOR ADM.

: Lic. José Armando Ruíz Ubaldo

El documento está estructurado en doce capítulos:            

CAPÍTULO I: Concepto, finalidad, visión, misión, objetivos, alcances y bases legales CAPÍTULO II: Organización y Funciones de la Institución Educativa CAPÍTULO III: Funcionamiento de la Institución Educativa CAPÍTULO IV: Régimen del personal docente: Funciones del personal directivo, jerárquico y docentes CAPÍTULO V: Deberes y derechos, prohibiciones, faltas, sanciones y estímulos del personal docente CAPÍTULO VI: Régimen del personal administrativo y de apoyo CAPÍTULO VII: Deberes y derechos, prohibiciones, faltas, sanciones y estímulos del personal Administrativo y de servicios CAPÍTULO VIII: Órgano de participación y de apoyo (Comités y Comisiones) CAPÍTULO IX: Régimen de los padres de familia: atribuciones y derechos, deberes y obligaciones, prohibiciones y faltas, sanciones y estímulos CAPÍTULO X: Funciones del ´Órgano de participación, coordinación, concertación, y vigilancia CAPÍTULO XI: Régimen de los estudiantes (deberes, derechos, faltas, sanciones y estímulos) CAPÍTULO XII: Disposiciones transitorias y complementarias.

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CAPÍTULO I GENERALIDADES Concepto, finalidad, visión, misión, objetivos, alcances y bases legales. Concepto Art. 1º El Reglamento Interno de la Institución Educativa “Mariscal Castilla”, es el instrumento técnico-legal de gestión institucional, que determina la finalidad y la línea de un servicio de calidad, regula las relaciones internas, con la comunidad e intersectoriales en los aspectos de gestión pedagógica, administrativa e institucional.

Finalidad Art. 2º El Reglamento Interno tiene como finalidad a) Normar la vida institucional, pedagógica y administrativa con reglas que permitan optimizar el funcionamiento de la institución educativa, promoviendo la convivencia en un clima adecuado, garantizando la calidad de servicio educativo. b) Determinar el cumplimiento de funciones, deberes, derechos, obligaciones, prohibiciones, faltas, sanciones, estímulos, control de asistencia, permanencia del personal, tardanzas e inasistencias, licencias. c) Vivenciar los valores de respeto, responsabilidad, honestidad, solidaridad y justicia en las relaciones con padres – estudiantes – docentes y administrativos. d) Cumplir con los objetivos estratégicos de la institución educativa, previstas en el PEI/ PCI, Operativizando la disciplina laboral por convicción, crítica-autocrítica, reflexiva y creativa.

Visión Art. 3º Ser al 2017, una Institución Educativa Pública Emblemática líder en calidad educativa, con directivos, docentes y administrativos competentes, centrado en el aprendizaje del alumno para desarrollar capacidades, valores, actitudes por medio de conocimientos y métodos; fomentando el emprendimiento, investigación e innovación; con una práctica de responsabilidad social, autoevaluación; padres comprometidos con la educación de sus hijos, infraestructura y equipos adecuados tecnológicamente.

Misión Art. 4ª Somos una Institución que brinda un servicio educativo de calidad, con una cultura organizacional, formamos alumnos emprendedores, investigadores e innovadores con responsabilidad social, trabajo en equipo y regulado por un proceso de autoevaluación institucional.

Valores Institucionales Art. 5º Los valores son ejemplo vivo de la práctica docente y se operativizan en los comportamientos observables, siendo los siguientes:  Responsabilidad  Respeto  Laboriosidad

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 Honestidad  Tolerancia

Objetivos Estratégicos Art. 6º Los objetivos estratégicos de la Institución Educativa establecidas en el PEI a) Área de Gestión Institucional 1. Mantener una comunicación clara, fluida, precisa entre los miembros de la comunidad educativa, basado en el respeto mutuo, la empatía y la asertividad. 2. Re conceptualizar, mejorar el proceso de supervisión, monitoreo, acompañamiento, capacitación y formación docente revalorando el desempeño docente. 3. Comprometer a los padres en el proceso educativo a través de organización de actividades. b) Área de Gestión Pedagógica 1. Brindar a los estudiantes una educación de calidad que sea innovadora, investigadora, emprendedora, diversificada e inclusiva, desarrollar capacidades, valores, actitudes por medio de conocimientos y métodos, para mejorar sus logros de aprendizaje 2. Motivar, fortalecer en los estudiantes la práctica de valores: responsabilidad, respeto, tolerancia, honestidad y laboriosidad a través de situaciones de aprendizaje 3. Promover los equipos de autorreflexión para mejorar el clima institucional, trabajo en equipo en el área curricular y grado, unificando criterios en planificación, ejecución, evaluación curricular, proyectos de innovación e investigación, evaluación de desempeño docente y desarrollar una cultura de actualización docente 4. Impulsar la capacitación, formación docente para que utilice las tecnologías de información y comunicación en educación “Tics” como herramienta pedagógica en los procesos pedagógicos y cognitivos en todas las áreas curriculares para la calidad de los aprendizajes 5. Fortalecer la formación integral de los estudiantes a través de un adecuado acompañamiento tutorial. c) Área de Gestión Administrativa 1. Mejorar, ampliar la infraestructura educativa brindando ambientes, mobiliarios adecuados, equipados tecnológicamente acorde a las necesidades educativas desarrollando una cultura de conservación y mantenimiento de la Institución Educativa. 2. Brindar elementos necesarios para que las propuestas pedagógicas, institucionales, organizacionales sean realizadas con eficiencia y eficacia 3. Administrar eficientemente los recursos financieros tomando en cuenta que estos deben estar orientados a mejorar la calidad de la educación

Alcances Art. 7º El presente reglamento alcanza a toda la comunidad de la institución educativa “Mariscal Castilla” por lo tanto deben ser cumplidos por el personal directivo, jerárquico, docente,

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auxiliares de educación, profesionales de la salud, administrativos, estudiantes, padres de familia y otros estamentos en la medida que les corresponda

Bases Legales Art. 8º El Reglamento Interno cita como bases legales:  Constitución Política del Perú de 1993  Ley Nº 28044, Ley General de Educación, su modificatoria Ley Nro. 28123, 28302, 28309 y su Reglamento D.S. 011-2012/ED  Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento D.S. Nro. 04-2013/ED  Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y su Reglamento D.S. Nro. 05-90/PCM  Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General  Ley Nº 27815, Código de Ética de la Función Pública.  Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.  Ley Nº 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como servicio público esencial y su Reglamento D.S. Nro. 017-2007/ED  Ley Nº 28628, Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas y su Reglamento D.S. Nro. 04-2006/ED  Ley Nº 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas y su Reglamento D.S. Nro. 010-2012/ED  Ley Nº 27337, Código del Niño y Adolescente  Ley Nª 30403 “Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes”  Resolución Vice-Ministerial Nro. 022-2007/ED; Normas para el Fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar  Resolución Viceministerial Nº 038-2009-ED, Lineamientos y Estrategias Generales para la Supervisión Pedagógica.  D.S. Nro. Nro. 08-2014/MINEDU, Modificatoria del D.S. Nro. 04-2013/ED disposiciones complementarias finales y complementarias transitorias en cuanto refiere al Auxiliar de Educación  R.M. Nº 215-93/ED, R.M. Nro. 1174-91/ED (814-85-ED), Funciones de los Auxiliares de Educación.  R.M. Nro. 571-94/ED Reglamento de Control de asistencia y permanencia del personal del Ministerio de educación  Resolución Directoral Nro. 0343-2010/ED, Normas para el desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa en la DRE, UGEL e Instituciones Educativas.  Directiva Nro. 050-2007-ME/SG Normas de transparencia en la conducta y desempeño de funcionarios y servidores públicos  R.M. Nro. 516-2007/ED Lineamientos para el proceso de matrícula en las II.EE. públicas de EBR  R.M. Nro. 199-2015/MINEDU Modificación parcial del DCN en EBR, aprobado por R.M. Nro. 0440-2008/ED  R.M. Nro. 572-2015/MINEDU, Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el desarrollo Escolar 2016 en II.EE. Públicas y Programas de Educación Básica,  RVM Nro. 081-2015-MINEDU Norma Técnica denominada “normas para la elaboración y Distribución del Cuadro de Horas en II.EE. públicas de educación secundaria de la E.B.R. para el periodo lectivo 2016”; en adelante las normas que precisan al respecto cada año

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 R.M. Nº 0234-2005-ED, que aprueba la Directiva Nº 004-VMGP-2005 “Evaluación de los Aprendizajes de los Estudiantes en Educación Básica Regular”.  D.S. Nro. 08-2006/ED Aprueban “Lineamientos en el seguimiento y control de la labor efectiva de trabajo docente en las II.EE. públicas  D.S. Nro. 028-2007/ED Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en las I.E. Públicas.  D.S. Nro. 01-2016/ED, Modificatoria del D.S. Nro. 04-2013/ED “Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”  R.D. Nº O2312-2014-DREJ, que aprueba en versión actualizada el “Manual de Funciones en la Escuela Pública” 2014 para el personal Docente, Administrativo y Personal de salud de las Instituciones educativas Públicas del ámbito Regional de Educación de Junín.”  R.M. Nro. 547-2012/ED “Marco del Buen Desempeño Docente”  Oficio Múltiple Nro. 041-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, que precisa el incremento de la jornada de trabajo de los docentes comprendidos en la Ley Nro. 29944 “Ley de Reforma Magisterial” de 24 horas a 28 horas  Resolución de Secretaria General Nro. 008-2016/MINEDU, Aprueba la norma técnica que establece las disposiciones para el Acompañamiento Pedagógico en la Educación Básica  Resolución de Secretaria General Nro. 304-2014/MINEDU, Aprueba los lineamientos del “Marco del Buen Desempeño Directivo”  Manual sobre régimen disciplinario para directores  Resolución R.V.M.N°0067- 2011-ED “Normas y orientaciones para la organización y funcionamiento de los municipios escolares”  RVM N°052- 2016 – MINEDU “Normas que regulan las situaciones administrativas y otros aspectos laborales del auxiliar de Educación”  PEI de la I.E. “Mariscal Castilla”  PCI de la I.E. “Mariscal Castilla”  PAT de la I.E. “Mariscal Castilla”

CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA INSTITUCIÒN EDUCATIVA Estructura Orgánica Art. 9º La Institución Educativa Pública “Mariscal Castilla” como organización presenta la siguiente estructura orgánica: a) b) c) d) e)

Órgano de Dirección y Gestión Institucional Órgano de Gestión Pedagógica y de Ejecución Órgano de Gestión Administrativa y de Apoyo Órgano de Coordinación, Asesoría y de Concertación Órgano de participación y de apoyo

Art.10 º La Institución Educativa Pública “Mariscal Castilla” como una organización inteligente presenta una configuración centrada en el aprendizaje de los estudiantes, es decir todos los componentes, recursos y actores se movilizan en función de la gestión pedagógica y por ende en la mejora de la calidad educativa

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ESTUDIANTES

Art. 11º La institución Educativa Pública “Mariscal Castilla” tomando un modelo estratégico y de gestión por procesos presenta la siguiente configuración:

Órgano de Dirección y Gestión Institucional Art. 12º Es el órgano rector de la Institución Educativa, responsable de su gestión integral, está conformado por el equipo directivo siendo conducida por el Director, quien cumple las funciones establecidas en el Artículo 68 de la Ley 28044.

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 Elabora, aprueba, ejecuta, evalúa el Proyecto Educativo Institucional, así como su Plan Anual, su Reglamento Interno en concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa pertinentes.  Organiza, conduce, evalúa sus procesos de Gestión Institucional y Pedagógica.  Diversifica, complementa el currículo básico, realiza acciones tutoriales, selecciona textos y materiales educativos.  Otorga certificados, diplomas y títulos según corresponda.  Propicia un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante.  Facilita programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su aprendizaje.  Formula, ejecuta y evalúa el presupuesto anual de la institución.  Diseña, ejecuta, evalúa proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa.  Promueve el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad.  Participa en el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación para el ingreso, ascenso, permanencia del personal docente y administrativo. Estas acciones se realizan en concordancia con las instancias intermedias de gestión, de acuerdo a la normatividad específica.  Desarrolla acciones de formación y capacitación permanente.  Realiza la rendición de cuentas anualmente de su gestión pedagógica administrativa y económica, ante la comunidad educativa.  Actúa como instancia administrativa en los asuntos de su competencia. El órgano de dirección está conformado por:     

El Director El Subdirector de Formación General-IP El Subdirector de Formación General-IIP El Subdirector de Educación para el Trabajo (EPT) El Subdirector de Administración

Órgano de Gestión Pedagógica Art. 13º Coordina y da coherencia al proceso pedagógico. Es presidido por el Director e integrado por los subdirectores de Formación General I-IIP, Subdirector de Educación para el Trabajo, personal Jerárquico y los docentes, para cumplir las siguientes funciones:     

Formula los criterios de evaluación y recuperación académica de los estudiantes. Promueve y desarrolla innovaciones pedagógicas e investigaciones. Elabora los criterios e indicadores de autoevaluación institucional. Diseña las estrategias para optimizar los servicios de Tutoría y orientación educativa. Elabora, desarrolla y evalúa la propuesta pedagógica del PEI de manera colegiada, que se concretiza en el PCI  Analiza el trabajo de los docentes y propone recomendaciones para mejorar los aprendizajes de los alumnos.  Participa, en el marco del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, en la organización de actividades y programas de la Institución Educativa. El órgano de Gestión pedagógica lo conforman: 

Subdirector de Formación General I-IIP

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REGLAMENTO INTERNO         

I.E.P.”MARISCAL CASTILLA”

Subdirector de Educación para el Trabajo (EPT) Coordinador de TOE I-IIP Coordinador de APEC I-IIP Asesores de Matemática y CC.HH.SS. Jefatura de Laboratorio de CTA I-IIP Jefatura de Taller I-IIP Jefatura de Aula de Innovación Pedagógica Coordinador(a) honorarios de Áreas Curriculares Personal docente

Órgano de Gestión Administrativa Art. 14º Brinda la infraestructura en óptimas condiciones, apoyo logístico, movilización de recursos humanos, materiales y financieros para cumplir las siguientes funciones:  Brinda el mantenimiento, limpieza y conservación de la infraestructura educativa para el desarrollo de las actividades de aprendizaje  Ofrece un ambiente acogedor y agradable de atención al usuario  Brinda apoyo logístico con medios y materiales educativos para el desarrollo del aprendizaje  Planifica, organiza, coordina y ejecuta el proceso de matrícula  Procesa y archiva la documentación de la Institución Educativa  Capta y distribuye los recursos económicos en función de las necesidades de los estudiantes  Racionaliza, moviliza el personal para atender al usuario y las necesidades de los estudiantes  Consolida el control de asistencia del personal docente y administrativo El órgano de Gestión Administrativa lo conforman:               

Subdirector de Administración Secretaria General Tesorería Oficina de Matrícula y estadística (Operador PAD) Oficina de Actas y certificados Secretaría de la Dirección Oficina de gestión patrimonial y abastecimiento. Oficinista (mesa de partes) Auxiliar de Laboratorio Auxiliar de Educación Auxiliar de Biblioteca Personal de salud (Psicólogo, Asistenta Social, Odontólogo) Supervisor de Mantenimiento y Servicio Oficina de control de asistencia del personal Personal de mantenimiento y Servicio

Órgano de Coordinación, Asesoría y Concertación Art. 15º Colabora con la promoción, ejecución de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática. Es presidido por el Director de la Institución Educativa, conformado por los subdirectores, el representante del personal docente, administrativo, de los estudiantes, de los

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ex alumnos y de los padres de familia. Se reúne ordinariamente por lo menos una vez cada bimestre; extraordinariamente, las veces que sea convocado por el Director, en función de las necesidades de la Institución Educativa o, a pedido de la mitad más uno de sus miembros. El quórum para iniciar la sesión es de la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos que se tomen constan en ACTA firmadas por todos los asistentes, la que debe ser de público conocimiento en la Institución educativa. Cumple las siguientes funciones:  Participar en la formulación, evaluación del PEI, PCI, PAT, RI y Presupuesto  Participar en los procesos destinados al ingreso, ascenso, permanencia del personal docente y administrativo de la institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación.  Vigilar el acceso, matrícula oportuna, inclusión educativa y calidad del servicio que brinda la institución educativa.  Cautelar el cumplimiento de los derechos, principios de universalidad, gratuidad, equidad, inclusión, pertinencia del servicio educativo, logros de aprendizaje, el adecuado uso y destino de los recursos.  Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de trabajo pedagógico, el número de semanas lectivos, la jornada del personal docente y administrativo.  Coordinar para el cumplimiento del PAT y velar por la sostenibilidad presupuestaria  Propiciar la solución de conflictos que se susciten en ésta, priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.  Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la Institución Educativa y los indicadores de desempeño laboral. El órgano de Coordinación, Asesoramiento y de Concertación lo conforma:  

El Consejo Educativo Institucional CONEI El Consejo Académico

Órgano de Participación Art. 16º Colabora, apoya con la promoción, ejecución de una gestión eficaz, transparente, ética, democrática, descentralizando el trabajo y delegando funciones, con la finalidad de mejorar la calidad de los servicios educativos. Es presidido por el Director o su representante, conformado por los subdirectores, el representante del personal docente, administrativo, Se reúne ordinariamente por lo menos 02 veces al año; extraordinariamente, las veces que sea convocado por el Director, en función de las necesidades de la Institución Educativa, a pedido de la mitad más uno de sus miembros. El quórum para iniciar la sesión es de la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos que se tomen constan en ACTA firmadas por todos los asistentes, la que debe ser de público conocimiento en la Institución educativa, están conformados por:         

APAFA Municipio escolar Comité de aula Comité de taller Comité de gestión de recursos propios y actividades productivas y empresariales Comité de administración de kioscos y cafetines Comité de evaluación Comité de tutoría, disciplina y convivencia escolar Comité de gestión de riesgos, defensa civil y enfoque ambiental

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 Comité de seguridad y vigilancia de pp.ff:  Asamblea general / junta de trabajadores (docentes y administrativos)  Asociación de ex alumnos Art.17º El organigrama estructural de la Institución Educativa muestra los niveles de comunicación, dependencia entre los actores y estamentos de la comunidad educativa, presentando la siguiente estructura:

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

DIRECCION REGIONAL DE EDUCACIÓN JUNÍN

UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL HUANCAYO

ASAMBLEA DE TRABAJADORES

APAFA MUNICIPIO ESCOLAR

COMITÈS Y COMISIONES DE TRABAJO

SUTEMAC SITASE-MC

CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

COMITÉ DIRECTIVO

DIRECCIÓN “MARISCAL CASTILLA”

CONSEJO ACADEMICO

SECRETARIA GENERAL

ASOC. DE EXALUMNOS

DOCENTES

ESTUDIANTES 17

COORDINACION DE APEC I - II

COORDINACION DE TOE I - II

JEFE DE TALLER I-II

SUB. DIRECCIÓN DE ED. PARA EL TRABAJO.

COORDINACIÓN DE ÁREA I-II

JEF. DE AULA DE INNOV. PEDAG.I-II

JEF. DE LABORATORIO CTA I-II

TRABAJ. DE SERVICIO I , II - III

DPTO. PSICOPEDAGÓGICO-SOCIAL

AUXILIAR DE EDUCACIÓN

AUXILIAR BIBLIOTECA

AUXILIAR LABORATORIO I - II

TESORERIA /BIENES PATR Y ABAST

MESA DE PARTES Y SECRET.ADM.

MATRÌCULA Y NOTAS - PAD

ACTAS, ARCHIVOS Y CERTIFICADOS

CONTROL DE ASISTENCIA

ASESORIA MATEMATICA ASESORÍA DE CC.HH.SS.

SUB DIRECCIÓN DE FORMACIÓN GENERAL I - II

SUB. DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

PROF. DE BANDA DE MUSICA

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CAPÍTULO III FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Art.18 º La jornada laboral del personal de la I.E. “Mariscal Castilla” a) Del personal Directivo (Director y Subdirectores),su jornada es de 40 horas cronológicas semanales, a razón de 08 horas diarias; los Subdirectores de Formación General I-IIP atiende su respectivo turno, El Director, el subdirector de Área Técnica y Subdirector de Administración distribuye su horario para atender los turnos que brinda la I.E. b) Del Personal Jerárquico (COORDINADORES TOE, APEC, ASESORES, JEFES DE LABORATORIO, DE TALLER Y DE AULA DE INNOVACIÓN) su jornada laboral es de 40 horas pedagógicas, a razón de 08 horas diarias, atiende en su respectivo turno debiendo ingresar 30 minuto antes y salir 30 minutos después de culminar las labores académicas c) Los docentes con carga horaria, su jornada laboral es de 24/(28) horas pedagógicas semanal-mensual, con asistencia de acuerdo al horario establecido por la I.E. d) Los docentes sin carga horaria (profesor de banda de música y otros que tienen ese código o estuvieran en esa situación) su jornada es de 24/(28) horas semanal-mensual, debiendo asistir de acuerdo al horario establecido por la I.E. e) Los Auxiliares de Educación, tienen una jornada laboral ordinaria de 30 horas, debiendo ingresar 30 minutos antes y salir 30 minutos después de culminar las labores académicas f) El personal administrativo (secretaria, oficinistas, tesorero, operador pad, auxiliar de laboratorio, biblioteca, patrimonio-inventario), su jornada laboral es de 40 horas cronológicas semanales, a razón de 08 horas diarias de acuerdo al horario y turno establecido por la Dirección y SDAA de la I.E. g) El personal de mantenimiento y de servicio, su jornada laboral es de 40 horas cronológicas semanales a razón de 8 horas diarias, de acuerdo al horario establecido por la I.E. de tal manera que hagan reten los sábados, domingos y feriados haciendo una labor efectiva o tarea. Por ningún motivo la I.E. debe quedar sin personal de servicio de turno, bajo responsabilidad del jefe inmediato superior. Art.19º El horario de atención del personal de la I.E. Es de lunes a viernes: las labores académicas es de 7:30 am a 6:00 pm (intercambio de turno de 12:30 pm a 1:00 pm) y las labores administrativas de atención al público es de 8:00 am a 6.00 pm, en cuanto a los docentes su jornada laboral es según su horario de clases de lunes a viernes, 24 horas de trabajo en el Aula, más 04 horas adicionales (02 horas de reforzamiento académico a los alumnos, 02 horas de trabajo de planificación o también atención a los padres de familia) totalizando 28 horas Art.20º Para las 04 horas adicionales se establecerá un horario adecuado de atención a los estudiantes, PP.FF. y/o trabajos de coordinación y planificación, los docentes firmarán su asistencia como evidencia de la actividad realizada.

GESTIÓN PEDAGÓGICA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO PEDAGÓGICO Art. 21º El año escolar se inicia el primer día útil del mes de marzo con trabajos de planificación, luego con horas efectivas de trabajo en el aula, (la última semana del mes de julio y la 1era

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semana del mes de agosto vacaciones para los estudiantes) y concluye el año escolar el mes de diciembre con el Acto de Clausura. (Establecido por norma técnica específica del MED) Art. 22º Al iniciar el año escolar cada docente, contará con su respectiva programación curricular anual diversificada y la Primera Unidad didáctica elaborada por los docentes en equipo de área y grado Art. 23º Constituyen instrumentos de gestión de la institución: PEI, PAT, RI, PCI, CAP, MAPRO, presupuesto, informe de gestión anual, cuadro de distribución horas de clases, el horario de clases, el inventario de bienes y patrimonio de la institución. Cuyos documentos son de uso de todo el personal. Su elaboración es de responsabilidad del Director, del equipo directivo con participación organizada de la comunidad educativa. Art. 24º El Plan Anual de Trabajo es un instrumento unificado, sencillo y funcional, centralizado en la gestión pedagógica, con un enfoque de gestión por resultados, sostenible con su presupuesto y financiamiento, se utiliza el aplicativo del MINEDU, se complementa con los planes de trabajo / actividades de las Áreas y proyectos de innovación, el POA de la APAFA debe insertarse en el PAT de la I.E. Art.25º El año lectivo en la institución educativa tiene una duración mínima de 40 semanas divididas en cuatro bimestres. El inicio y término de cada bimestre se determina anualmente mediante resolución, asegurando el cumplimiento de 1200 horas efectivas de clases de acuerdo a la normatividad del MED. Art.26º Desde la última semana de julio hasta la primera semana de agosto se considera vacaciones para los estudiantes mientras que para los docentes serán precisadas en una directiva interna en cumplimiento a la normatividad del MED, para dar orientaciones del trabajo y actividades a realizar en concordancia al PAT y la calendarización del año escolar

Planificación Curricular Art.27º La programación curricular se planifica en el mes de diciembre, se reajusta en el mes de marzo del año siguiente, se evalúa, se reajusta al término del II bimestre, la 1era semana de agosto teniendo en cuenta el primer día del logro y la reflexión, respondiendo a las características, necesidades e intereses de los educandos. Art.28º Todos los docentes organizados en equipo por área y grado en la primera semana de marzo elaborarán la programación curricular, unidades didácticas en forma consensuada (pudiendo ser por unidad didáctica de aprendizaje, proyectos de aprendizaje y módulo de aprendizaje), teniendo en cuenta la normatividad, PEI, PCI, opinión colegiada y orientaciones de los Directivos Art.29º El personal docente contará con su portafolio pedagógico, donde llevará consigo los documentos de gestión pedagógica, al ingresar al salón de clases debe contar con la planificación de su sesión de aprendizaje visada por su superior jerárquico Art.30º Los docentes de EPT que hacen uso de talleres elaborarán por lo menos un proyecto productivo al año, los mismos que se desarrollarán como medio de aprendizaje. Así mismo deberán organizar antes del fin de año una exposición de productos como resultado de su trabajo pedagógico. Art. 31º Los docentes de todas las áreas iniciarán con sus alumnos actividades usando los principios de la investigación científica, es decir desde las aulas se debe impulsar la creatividad

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e innovación e incidir en las estrategias para el desarrollo de la capacidad de resolución de problemas y comprensión lectora.

Supervisión Educativa Art.32º La supervisión, el monitoreo y acompañamiento a los docentes, será planificada, sistemática y sostenida, es de responsabilidad del personal directivo y jerárquico, pudiendo conformarse equipos de monitoreo por áreas, al término de cada jornada se realizará la reflexión y el compromiso del docente Art.33º La supervisión educativa comprende acciones de asesoramiento, verificación, monitoreo y acompañamiento al docente en el proceso enseñanza-aprendizaje y está orientado a mejorar la acción educativa y la evaluación de los aprendizajes para ello se manejará una ficha adecuada consensuado en el consejo académico. Art.34º Desde el 1er día de clases, hasta el último día todos los docentes deben ingresar a las aulas, con su sesión de clase, portando su portafolio pedagógico (en prioridad; programación curricular, UDA, sesión de aprendizaje, instrumentos de evaluación y registro de evaluación)

Recursos Educativos Art.35º El Director y el Subdirector de Administración deben prever la dotación y distribución a tiempo de los textos del MED para los estudiantes y docentes, Art.36º El Director y los subdirectores organizan de manera adecuada la atención del CRE (Biblioteca, Aula de Innovación, Talleres y Laboratorios) Art.37º El requerimiento de útiles escolares y materiales didácticos para los estudiantes debe ser lo necesario, que coadyuve a optimizar la acción educativa. Art.38º El uso, la elaboración, actualización de los medios y materiales educativos, tendrán en cuenta lo siguiente: a) Los materiales educativos producidos por los docentes de la Institución Educativa deben ser contextualizados, coherentes con los principios pedagógicos, a precio costo, sin fines de lucro, deben contar con el Vº Bº de los subdirectores, la aceptación de los padres de familia y la autorización del Director. b) El costo de los materiales educativos una vez autorizado por el Director son financiados por los Padres de Familia organizadamente con los Comités de Aula.

MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN Art.39º La matrícula es única, se inicia cuando los alumnos ingresan al primer grado de educación secundaria y se ejecuta en la plataforma de MED, SIAGIE. Son requisitos para registrar la matricula. 1. 2. 3. 4. 5. 6.

DNI (copia legalizada) Acta o partida de nacimiento original. Ficha única de matrícula emitida por el SIAGIE. Certificado de estudios de primaria. Presencia del padre o madre de familia y/o tutor (con carta notarial). Constancia de vacante emitida por la dirección.

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Art.40º Después de la clausura del año escolar, el Director de la Institución Educativa mediante Resolución Directoral establecerá el número de vacantes para cada grado de estudios y el número de estudiantes por cada sección previo informe sustentado de la SDAA elevado al SIAGIE. Art.41º La ratificación de la matrícula es automática para los alumnos invictos promovidos al 2º,3º,4º y 5º grado, aquellos que repiten de grado por primera vez, realizará un compromiso de los padres de familia en el apoyo educativo a su hijo, si repitiera por segunda vez se invitará al cambio de ambiente previo diálogo con el padre de familia. La actualización de los datos de los estudiantes y de los PP.FF. se efectuará de acuerdo a un cronograma que se publicará anticipadamente, previa presentación de los requisitos que señalan las normas legales. Art.42º Accederá a las vacantes del primer grado en orden de prioridad todos los estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos en la normatividad y los criterios establecidos por el CONEI, este proceso es totalmente gratuito. Art.43º El Director de la Institución Educativa es el responsable del proceso de matrícula y ratificación, contando con el apoyo del equipo directivo. Art.44º El personal que efectuará la matrícula y ratificación será capacitado en: a) Normas vigentes sobre matrícula b) Relaciones humanas. c) Procedimientos administrativos para la solución de problemas relacionados con matricula. d) Verificación del informe emitido por TOE Art.45º El Director y el Subdirector de Administración absolverán las consultas o reclamos para solucionar los problemas imprevistos referidos a la matrícula. Art.46º Son requisitos para ratificación de matrícula. a) Entrega de boletas de notas del año anterior. b) Estar promovido al año inmediato. c) Presencia del padre/madre o apoderado con carta poder (para el caso de repitentes) Art.47º Las vacantes para ratificación de matrícula serán utilizadas de la siguiente manera: 1. Alumnos promovidos y repitentes por primera vez de nuestra Institución Educativa. 2. Alumnos procedentes de otras Instituciones Educativas que no sean repitentes, que no tengan áreas curriculares desaprobadas y que reflejan buena conducta. 3. Alumnos inclusivos porcentaje reservados según normatividad y criterio de la I.E. Art.48º Para traslado de matrícula el alumno debe presentar la constancia de vacante otorgado por la Institución Educativa de destino (a través del SIAGIE) y podrá solicitarla hasta la 3ra semana de octubre de cada año. Art.49º El alumno que se traslada de otra Institución Educativa presentará los documentos siguientes: 1. 2. 3. 4.

Ficha de matrícula Copia legalizada del DNI Acta o partida de nacimiento original Certificado de estudios (visado por la UGEL de procedencia)

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5. Informe de record académico (boleta de notas) y de conducta 6. Copia de Resolución Directoral que autoriza el traslado. Art.50º El personal que efectúa la matrícula o ratificación de la misma, llenará totalmente la ficha de matrícula, debiendo hacerla firmar por el padre o apoderado Art.51º La evaluación del aprendizaje y del comportamiento de los estudiantes, así como la certificación se efectuará de acuerdo a las normas del MED, criterios previstas en el PEI y PCI. Art.52º Es obligación de los profesores aplicar una prueba de diagnóstico al inicio de su trabajo pedagógico, para conocer los prerrequisitos que el alumno trae, luego realizar un tratamiento estadístico, análisis y decisión para contextualizar su programación curricular, debiendo informar a su superior jerárquico. Art.53º El profesor obligatoriamente informará en forma permanente al alumno, a los padres de familia que lo soliciten y a su superior jerárquico los resultados de toda evaluación. Art.54º Son promovidos los alumnos que aprueben todas las áreas o lleven un área en calidad de subsanación; son repitentes aquellos alumnos que al finalizar el año escolar desaprueben 04 o más áreas, ó 03 áreas más 01 área llevada como cargo y pasan a recuperación cuando tienen de 01 a 03 áreas desaprobadas, pero repiten de grado si no aprueban en dos áreas curriculares. Es decir no se puede llevar a cargo más de un área desaprobada. Art.55º Los alumnos que tienen de 01 a 03 áreas desaprobadas participan en el programa de recuperación académica, cuando lo organiza la I.E. o pueden rendir su evaluación de recuperación en la quincena de febrero, según cronograma publicado, los que no se presentan a esta evaluación se le considerará (NP) no se presentó. Art.56º Los alumnos del 5to grado, que tienen 01 a 03 áreas desaprobadas rendirán su evaluación de recuperación excepcionalmente en la primera semana de enero Art.57º En la quincena de febrero también rendirán su evaluación correspondiente los alumnos que postergaron su evaluación por razones justificadas. Art.58º La evaluación de subsanación se realiza en los meses de agosto a septiembre para estudiantes que siguen estudiando, de acuerdo al cronograma establecido por la I.E. y en cualquier mes del año de acuerdo a su solicitud para los egresados. Art.59º Son exonerados del área de educación religiosa los alumnos cuyos padres lo soliciten por escrito en el momento de la matrícula hasta la primera semana de marzo, siempre que sea justificado de acuerdo a la normatividad. Art.60º Son exonerados de la parte práctica del área de educación física, los alumnos que acrediten con certificado médico un impedimento físico, los padres lo solicitan al momento de la matrícula hasta la primera semana de marzo y por situaciones excepcionales en cualquier mes del año escolar. Art.61º Al término de cada bimestre así como al término del año escolar, el padre de familia dispone de 05 días hábiles y/o de los que establece la Ley de procedimiento administrativo para cualquier reclamo sobre la evaluación de los estudiantes. Art.62º El proceso de evaluación del educando será ejecutado por el docente del área responsable del grado y sección de acuerdo a la normatividad; con justicia, honestidad y ética

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solo por casos excepcionales debidamente justificado podrá realizar la evaluación otro docente del área. Art.63º El certificado de estudios es el documento mediante el cual el educando acredita su situación académica o nivel educativo, se expiden en formatos valorados preparados por el personal responsable, autorizados y firmados por el director de la I.E. solo el primer certificado promocional del estudiante es completamente gratuito. Art.64º Para la obtención de los certificados de estudios en formatos valorados, el interesado cumplirá con los siguientes requisitos: presentación de la solicitud, dos fotografías, derecho de formato y recibo de pago. Art.65º La evaluación de Tutoría se traduce en el comportamiento, pues la calificación de los auxiliares de educación más la calificación de los tutores se obtiene la nota bimestral y anual de comportamiento, el responsable de migrar la nota es el tutor de sección, la calificación es en el sistema literal y se da por capacidad terminal, es decir la nota anual se obtiene considerando la última calificación que obtuvo el estudiante en el IV bimestre. Art.66º El certificado de comportamiento o conducta en caso de ser solicitado, se expedirá en formato especial elaborado por la I.E., por el personal encargado de los certificados, autorizado, firmado por el Director de la I.E. y cuando está referido a los cinco grados; este expresará el promedio de los calificativos anuales de los cinco grados. Art.67º La constancia de estudios en caso de ser solicitado, se expedirá en formato especial elaborado por la I.E. preparado por el personal encargado de los certificados con el informe de la oficina de matrícula y notas, autorizado y firmado por el Director.

PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA Art.68º El Programa de recuperación pedagógica es un servicio de enseñanza-aprendizaje a los estudiantes que tienen necesidades de aprendizaje para mejorar su rendimiento académico, se brinda en el periodo vacacional de enero a febrero para estudiantes que han desaprobado de 01 a 03 áreas curriculares (incluyendo el área pendiente de subsanación, para aquellos que tengan pendientes áreas de años anteriores e inclusive para estudiantes de 5to grado) Art.69º El programa de recuperación pedagógica lo organiza el equipo directivo, pudiendo delegar la coordinación del programa hasta el personal docente. En cumplimiento a la RD. Nº 010-96-ED y RM. Nº 1297-85-ED. Art.70º Para la organización del programa de recuperación pedagógica en los meses de enero a febrero se designa una comisión, conformada por: 1. 2. 3. 4.

El Director quien la preside El SDFG I-II/SDAT, por función es el coordinador (siendo rotativo en cada año) Un representante del personal docente (hace las veces de tesorero) Un representante del personal Administrativo o SDAA (hace las veces de secretario)

Art.71º Para la designación de los representantes del personal docente y administrativo en la Comisión, se tiene en cuenta el desempeño laboral, el mismo procedimiento se considera para los docentes que van a tener sección a cargo en el programa, en este caso previo a una solicitud de participación, considerándose como un estímulo al personal por su buen desempeño laboral y es rotativo en cada año.

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Art.72º Los estudiantes participantes que desaprueban el programa de recuperación pedagógica, tienen derecho a una evaluación previo pago en tesorería de la I.E. según TUPA el mismo procedimiento se aplica para los estudiantes que no participaron en el programa, para lo cual los subdirectores respectivos deberán programar, difundir y designar al docente responsable de la evaluación Art.73º El coordinador del programa de recuperación pedagógica deberá informar a la superioridad el aspecto pedagógico y económico.

DEL PRESUPUESTO: INGRESOS Y EGRESOS Art.74º La Institución Educativa “Mariscal Castilla”, elabora el presupuesto anual, en base a los requerimientos de las Áreas, coordinaciones, jefaturas, oficinas administrativas, priorizando la atención en las necesidades de aprendizaje de los estudiante, para cumplir con las actividades programadas en el PAT, lo elabora el Subdirector de Administración con el tesorero, en coordinación con el Comité de Gestión de Recursos Propios con las sugerencias del Consejo Directivo y CONEI Art.75º Las fuentes de financiamiento del presupuesto están constituidas por los recursos propios, aportes de los padres de familia a través de la APAFA para financiar su POA y otros que los asigne el Ministerio de Educación y las donaciones Art.76º Los recursos propios lo constituyen los consignados en el TUPA, los ingresos económicos de actividades productivas y empresariales, alquiler de bienes, inmuebles, programas de recuperación pedagógica y otros ingresos captados por la tesorería Art.77º El manejo adecuado, transparente es competencia del Director, subdirector administrativo, el tesorero de la I.E. con la supervisión y control del Comité de recursos propios, en concordancia con las normas vigentes, con informes trimestral al CONEI, balance general anual para informar a la comunidad educativa y elevar a la superioridad. Art.78º La recaudación de dinero se realiza por la tesorería, quien debe fijar una caja chica mensual y depositar en la cuenta bancaria de acuerdo a la normatividad. Art.79º Los recursos captados por alquiler de kioscos, cafetines lo administra un comité conformado por un representante de los docentes, padres de familia y alcalde(sa) escolar de acuerdo a la normatividad RD. Nº 3948-88-ED, para atender necesidades de mejoramiento, equipamiento de infraestructura y necesidades de representación institucional. Art.80º Todo egreso de tesorería debe ser sustentado con documentos probatorios, hoja de requerimiento (presentado mínimo con 24 horas de anticipación), aprobado por el subdirector administrativo y Director y si fuera egresos mayores que supera una UIT debe tener la aprobación del Comité de Gestión de Recursos Propios, teniendo en cuenta el PAT, situaciones de contingencia y el presupuesto anual aprobado (la organización de los documentos: hoja de requerimiento, orden de compra, registro de compras-ventas, libro de caja, factura, boleta de venta, declaraciones juradas, papeletas de salida por comisión de servicios, contratos y otros documentos autorizados por SUNAT; es de responsabilidad del tesorero y subdirector administrativo)

CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA DEL PERSONAL Art.81º Del control de asistencia y permanencia del personal de la I.E.

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a) El control de ingreso y salida de asistencia de todo el personal lo realiza el Subdirector Administrativo, pudiendo delegar por función a un personal administrativo. El control se realiza por medio computarizado, por excepción se utilizará el libro de actas o cuaderno de control de asistencia. b) El registro de permanencia de los docentes en su labor pedagógica en el aula con los estudiantes (desarrollo de competencias) lo realiza el Director; el/la Subdirector(a) de Formación General-I-IIP, Subdirector de Área Técnica según corresponda. c) La asistencia y permanencia del personal docente a los programas integrados: actividades cívico-patriótico, de planificación, culturales, académicos, religiosos, deportivos y actividades de carácter oficial y/o aprobadas en el Plan Anual de trabajo, en el horario programado para la actividad es un deber, (solo se suspende las horas efectivas de trabajo con los estudiantes), considerándose falta la inasistencia, salvo motivo justificado que sustente. d) El día del maestro (06 de julio) es un día no laborable, contemplada en la normatividad. La I.E. se extiende al aspecto administrativo y de mantenimiento. e) El día de la administración pública (29 de mayo) se dará facilidades (permiso) al personal administrativo, debiendo la I.E. prever la atención en los sectores necesarios, toda vez que el trabajo de los docentes con los estudiantes continúan con normalidad. Art.82º Constituye inasistencia del personal directivo, jerárquico, docente, administrativo y de servicio a) El ingreso del personal después de la hora establecida, igual tratamiento se da para los docentes en el trabajo pedagógico con horas de clase, no existe tolerancia en la hora de ingreso, pasado este límite se considera inasistencia (factibles de descuento). b) La inasistencia o tardanza será justificada el mismo día o a más tardar al siguiente día laborable con documentos probatorios, de no hacerlo en el lapso indicado, se considerará tardanza o inasistencia injustificada Art.83º Constituyen inasistencias, por parte del personal a) La no concurrencia al centro de trabajo. b) Habiendo concurrido, no desempeñar su función de acuerdo al cargo, salvo excepciones por permiso o realizar trabajos en comités/comisiones con conocimiento de su superior jerárquico. c) El retiro antes de la hora de salida sin justificación alguna y sin conocimiento de su superior inmediato. d) Omitir el registro de ingreso o salida, pudiendo justificar la omisión al día siguiente por escrito, para regularizar su asistencia. e) Cuando hay reuniones técnico pedagógicas y/o actividades que necesitan la presencia de los docentes de ambos turnos, esta debe programarse entre las 12 m y 1:30 pm debiendo comunicar a la Dirección y/o Subdirección para su VºBº y considerar su asistencia. Art.84º El personal que solicite permiso (ausentarse por horas de su centro de trabajo) por motivos de salud y/o familiar en horas de su jornada laboral recibirá por su superior jerárquico la respectiva papeleta de permiso la misma que será autorizada por el Director o Subdirector correspondiente, (no hacer abuso de permisos reiterados en horas de trabajo por motivos particulares, salvo por casos de emergencia) cuando la ausencia es por toda la jornada, se considera licencia.

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CAPÍTULO IV FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA FUNCIONES DEL ÓRGANO DIRECTIVO Art.85º Es el órgano de dirección lo integran el equipo Directivo (el Director, el Subdirector de Formación General IP-IIP, el Subdirector de Educación para el Trabajo y el Subdirector Administrativo), siendo el órgano rector que delinea la estrategia de la gestión integral. Es conducida por el Director quien es la máxima autoridad y representante legal de la I.E. Sus funciones están establecidas en el art. 55º y 68º de la Ley Nro. 28044 Ley General de Educación, el Art. 135 del D.S. Nro. 011-2012-ED Reglamento de la Ley General de Educación y las previstas en el Marco de Buen desempeño Directivo.

FUNCIONES DEL DIRECTOR Art.86º El Director es el líder pedagógico, responsable de la gestión pedagógica, administrativa e institucional, ejerce su liderazgo basándose en los valores éticos, morales y democráticos, tiene entre otras las siguientes funciones: 1. Promueve una práctica de evaluación y autoevaluación de la gestión pedagógica, administrativa e institucional con proyección a una acreditación institucional y rinde cuenta de ella ante la comunidad educativa y autoridad superior. 2. Preside el CONEI, el comité de gestión de recursos propios y actividades productivasempresariales, otros comités, comisiones que la Ley señala y el presente reglamento lo establezca 3. Formula, coordina, ejecuta, evalúa el PEI, PCI, RI, PAT, presupuesto, otros documentos de gestión con la participación de la comunidad educativa y colaboración de los padres de familia 4. Vela por el cumplimiento de los objetivos estratégicos de la I.E. teniendo como referencia la visión, misión y los valores de la institución 5. Recibe, califica toda clase de denuncias, quejas, reclamos en primera instancia administrativa dando la solución en cuanto a su competencia y derivando a otras instancias para su tratamiento de acuerdo a la gravedad del caso. 6. Organiza, lidera en coordinación con los subdirectores el monitoreo, supervisión y acompañamiento a los docentes promoviendo una práctica democrática. 7. Preside o delega las reuniones del Consejo Académico, administrativo, institucionales y otras relacionadas con los objetivos de la Institución Educativa 8. Organiza el proceso de matrícula, autoriza el traslado de matrícula, exoneración de área curricular, así como la aplicación de las pruebas de ubicación, recuperación, subsanación y de aplazados según lo establezca la normatividad vigente. 9. Autoriza visitas de estudios y excursiones previa autorización de la UGEL 10.Autoriza la matrícula de oficio del menor en abandono o en peligro moral, así como la rectificación de nombres y apellidos de los estudiantes en los documentos pedagógicos oficiales. 11.Firma certificados de estudios y otros documentos de carácter técnico-pedagógico, administrativo e institucional de su competencia. 12.Estimula o sanciona según el caso a los docentes, personal administrativo, estudiantes de la I.E. de conformidad a las normatividad vigente y el presente reglamento.

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13.Dirige, coordina, asesora, supervisa y evalúa la labor del personal docente de la Institución en el marco del buen desempeño docente, estimulando las buenas prácticas, innovación y experiencias exitosas. 14.Llama la atención verbalmente o por escrito al personal de la I.E. por incumplimiento de funciones, en caso de faltas o infracciones, suspende hasta por 30 días sin goce de remuneraciones en concordancia al art. 81 (81.2) y el art. 88 del D.S. 04-2013 ED y por incumplir el presente reglamento. 15.Promueve un clima institucional favorable que coadyuve al logro de los fines y objetivos institucionales. 16.Garantiza el respeto a la dignidad de los integrantes de la comunidad educativa, de manera especial de los estudiantes. 17.Vela por el mantenimiento, conservación de la infraestructura, mobiliario, equipamiento e implementación de los laboratorios, talleres, banda de música, aula de innovación entre otros gestionando la adquisición o donación así como la rehabilitación de la infraestructura. 18.Elabora en coordinación con el Consejo Académico el plan de estudios, plan curricular operativo propiciando cambios, de acuerdo al contexto local, regional, nacional y las demandas. 19.Aprueba los documentos de gestión, la programación curricular, los criterios de evaluación y la calendarización anual en base a criterios técnicos dados por el MINEDU y el contexto. 20.Promueve las alianzas estratégicas con otras instituciones para el logro de los objetivos, firmando convenios y contratos con la opinión favorable del Comité de gestión de recursos propios y/o CONEI 21.Solicita oportunamente al órgano intermedio la cobertura de las plazas docentes o administrativas vacantes, el reemplazo del personal docente con licencia. El Director puede seleccionar, promover, rotar y proponer al personal docente y administrativo nombrado y contratado en plazas eventuales que necesiten atención, siempre en el marco de la normatividad informando a la superioridad sobre las acciones realizadas. 22.Promueve la elaboración, aplicación de los proyectos de innovación pedagógica, de gestión dándoles soporte y sostenibilidad, previa aprobación del Consejo Directivo, Consejo Académico, plenaria magisterial y el CONEI. 23.Autoriza el uso eventual, alquiler de ambientes de la I.E. de acuerdo a la normatividad, asegurando la conservación del medio ambiente, la salud, de las instalaciones y que su uso no distorsione los fines educativos. 24.Impulsa jornadas pedagógicas de capacitación que promuevan espacios de inter aprendizaje y reflexión así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes y el servicio educativo en el marco del PEI. 25.Aprueba las metas de atención de estudiantes en los grados y secciones, así como la nómina de estudiantes matriculados. 26.Elabora en coordinación con los subdirectores el informe de gestión anual y aprueba la estadística anual de rendimiento académico de los estudiantes 27.Conforma comités y comisiones de trabajo para una gestión participativa y transparente, el logro de los objetivos y fines institucionales, reconociéndoles mediante una Resolución 28.Coordina con la APAFA, CONEI, Comité de Aula y Taller para que sea un aliado estratégico, que apoye la gestión para mejorar el servicio educativo, articulando el POA

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de la APAFA al PAT orientando los recursos que capta a la mejora de la gestión de los aprendizajes. 29.Rinde cuentas anualmente a la comunidad educativa, de la gestión pedagógica, administrativa e institucional, pudiendo ser semestralmente o cuando sea pertinente para luego informar a la superioridad 30.Toma la decisión pertinente en denegar la matrícula en correspondencia a los informes de TOE sobre faltas muy graves de los estudiantes o los que repiten de grado por segunda vez 31.Organiza el trabajo educativo, para una gestión educativa eficaz con la participación de los actores educativos, en concordancia con la normatividad y el presente reglamento 32.Otras funciones afines inherentes al cargo en el marco de la normatividad y el presente reglamento

FUNCIONES DEL SUBDIRECTOR DE FORMACIÓN GENERAL IP-IIP Art.87º La Subdirección de Formación General, pertenece al órgano de Dirección, es el responsable de asesorar, supervisar, monitorear y acompañar la labor docente en el proceso enseñanza aprendizaje con los estudiantes, tiene las siguientes funciones: 1. Participa en la formulación y evaluación del PEI, del Plan de Trabajo Anual, Reglamento Interno, Proyecto Curricular Institucional, Presupuesto, Proyecto de Innovación e Informe de Gestión Anual. 2. Planifica, organiza, asesora, supervisa y evalúa las actividades técnico-pedagógicas del área de su competencia, en coordinación con el Director. 3. Coordina y supervisa las actividades de Tutoría y Orientación Educativa. 4. Establece los horarios y turnos de trabajo en coordinación con el Director. 5. Verifica la asistencia, puntualidad y permanencia del personal a su cargo (con el apoyo del personal) designado por la Dirección/Subdirector Administrativo, monitoreando el trabajo de los docentes en el desarrollo de capacidades en el formato previsto para los docentes, para considerar el cumplimiento de las horas efectivas de clase. 6. Elabora el cuadro de distribución de horas de clase en coordinación con los Directivos y Comisión, sujetándose a la normatividad vigente, determinando la carga horaria por docente. 7. Organiza el horario de clases de los docentes a su cargo en coordinación con el Consejo Directivo y Comisión. 8. Coordina la matrícula, exoneración, pruebas de ubicación, dispone la aplicación de las pruebas de recuperación, subsanación y de aplazados según lo establezca la normatividad. 9. Supervisa; Monitorea Asesora, Acompaña y evalúa el trabajo pedagógico a los equipos de docentes por áreas curriculares; laboratorio, talleres y campo. 10. Asesora a los docentes a su cargo en la aplicación, manejo, desarrollo de métodos, estrategias, técnicas del proceso enseñanza-aprendizaje y evaluación 11. Informa al director, profesores y padres de familia sobre el desarrollo del proceso de aprendizaje-enseñanza. 12. Organiza, coordina, supervisa, evalúa las actividades técnico-pedagógicas, para su análisis, reflexión y toma de decisiones (día del logro y día de la reflexión). 13. Promueve, organiza, desarrolla eventos de capacitación, actualización docente, talleres de inter aprendizaje, así como en la realización de proyectos de innovación. 14. Organiza las actividades de recuperación académica, a lo largo del año lectivo y en el periodo vacacional.

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15. Asesora a los padres de familia, los comités de aula, coordinando con el Coordinador de TOE-APEC y Tutores de sección 16. Informa a la Dirección por escrito sobre situaciones de inasistencias y tardanzas del personal a su cargo, el récord de cumplimiento de horas efectivas para el informe a la superioridad. 17. Preside las reuniones técnico-pedagógicas en caso de la ausencia del Director. 18. Otras funciones inherentes al cargo que la superioridad le asigne, en concordancia con la normatividad.

FUNCIONES DEL SUBDIRECTOR DE EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Art. 88º La Subdirección de Educación para el Trabajo, pertenece al órgano de dirección, encargado de la gestión pedagógica y productiva (proceso enseñanza-aprendizaje con enfoque productivo), depende del Director de la Institución Educativa y cumple las siguientes funciones: 1. 2.

3.

4. 5.

6.

7. 8.

9. 10. 11. 12. 13. 14. 15.

Planifica, organiza, supervisa, evalúa las actividades educativas de su área en coordinación con el Director y el consejo directivo. Promueve la realización de proyectos de producción como medio de aprendizaje, de contribución al funcionamiento, conservación de talleres y equipos de acuerdo a normas específicas. Asesora, supervisa, racionaliza el uso óptimo de los ambientes: talleres. maquinarias, herramientas, equipos, organiza el servicio de mantenimiento y conservación de los mismos. Participa en la formulación y evaluación del PEI, PAT, RI. PCI, Presupuesto, Proyectos de Innovación, Proyectos productivos e Informe de Gestión Anual. Controla la asistencia, puntualidad y permanencia del personal a su cargo (con el apoyo del personal designado por la Dirección/Subdirector Administrativo, monitoreando el trabajo de los docentes en desarrollo de capacidades en el formato previsto, para considerar el cumplimiento de las horas efectivas de clase. Elabora el cuadro de distribución de horas de clase, taller, en coordinación con los demás Subdirectores y comisión, sujetándose a la normatividad vigente, determinando la carga horaria por docente Organiza el horario de clases de los docentes a su cargo en coordinación con el Consejo Directivo y Comisión, sujetándose a la normatividad vigente Informa a la Dirección por escrito sobre situaciones de inasistencias y tardanzas del personal a su cargo, el récord de cumplimiento de horas efectivas, para el informe a la superioridad o el Director tome las medidas pertinentes. Coordina, determina, evalúa los proyectos de enseñanza-aprendizaje de EPT. Coordina la matrícula, exoneración y pruebas de ubicación. Participa en el Comité de gestión de recursos propios y actividades productivas y empresariales orientando los recursos en la atención de la gestión pedagógica. Informa al Director, profesores y padres de familia el avance del proceso de aprendizaje. Supervisa, asesora, monitorea, acompaña a los docentes a su cargo, las sesiones pedagógicas de Educación para el Trabajo y el trabajo en los talleres Organiza las actividades de recuperación académica de EPT a lo largo del año y en período vacacional Coordina la mejora de acciones técnico ocupacionales-terminales de las especialidades.

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16. Promueve el mejoramiento de la infraestructura, talleres y el equipamiento de los mismos. 17. Organiza y supervisa las exposiciones y ferias de proyectos productivos concluidos de las diferentes especialidades. 18. Realiza el diagnóstico ocupacional organizando las actividades de exploración de intereses, aptitudes, emprendimiento, de orientación vocacional en concordancia del contexto y de la demanda. 19. Otras funciones afines al cargo designadas por la superioridad en concordancia a la normatividad y el presente reglamento.

FUNCIONES DEL SUBDIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Art.89º La Subdirección de Administración, pertenece al órgano de dirección encargado de la gestión Administrativa (apoya la gestión pedagógica e institucional), depende del Director de la Institución Educativa y cumple las siguientes funciones: 1. Programa, organiza, coordina, dirige, supervisa, evalúa las actividades de carácter administrativo y económico tendientes a la provisión de recursos para el óptimo funcionamiento de la Institución, centralizando en la atención de la gestión pedagógica 2. Participa en la formulación, evaluación del PEI, del Plan de Trabajo Anual, Reglamento Interno, Proyecto Curricular Institucional, Presupuesto, Proyecto de Innovación e Informe de Gestión Anual. 3. Elabora el PAT del Área el Cuadro de necesidades de bienes, servicios de la I.E. en función de las necesidades y requerimientos de las Áreas curriculares, centralizando la atención a los estudiantes dentro del marco de los objetivos estratégicos de la Institución 4. Elabora en coordinación con el tesorero, el Comité de gestión de recursos propios el presupuesto de la I.E. para dar soporte y sostenibilidad al PAT de la I.E. 5. Organiza, actualiza, administra el inventario físico de todos los bienes de la I.E. informando al Director, comunidad educativa, a la superioridad de ser pertinente sobre su uso, de altas, bajas, pérdida adquisición de los nuevos bienes, disponiendo su conservación y seguridad (oficina de control patrimonial) 6. Organiza el escalafón interno manteniendo actualizado el CAP, el PAP y directorio del personal de la I.E. (oficina de secretaría general-administrativa) 7. Administra, controla la adquisición, abastecimiento, el uso adecuado de los bienes, suministros y recursos así como la distribución de material educativo en forma oportuna (oficina de abastecimiento) 8. Planifica, administra, vela por la limpieza, el buen uso de la infraestructura de la I.E. de acuerdo a las necesidades institucionales (personal de mantenimiento) 9. Diseña mecanismos de control de asistencia de la totalidad del personal que labora en la I.E. docentes, administrativos, de servicios, con instrumentos y apoyo del personal a su cargo (oficina de control de asistencia) 10.Elabora el consolidado mensual de inasistencias y tardanzas de todo el personal de la I.E. informando a la superioridad dentro de los primeros 3 días del mes. 11.Administra, racionaliza la planta física de la institución, disponiendo su uso y distribución en forma óptima, conveniente, de acuerdo a las necesidades, turno en coordinación con el Consejo Directivo así como velar por su conservación y mantenimiento. 12.Participa en el Comité de gestión de recursos propios, actividades productivas y empresariales orientando los recursos en la atención de la gestión pedagógica.

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13.Administra la documentación de matrícula. evaluación y certificación de los educandos. (oficina de matrícula y notas) 14.Organiza, racionaliza, supervisa, monitorea las labores del personal administrativo y de servicios, publica los turnos de trabajo del personal, estableciendo responsabilidades específicas para cada uno (oficina de secretaría general) 15.Controla la asistencia, permanencia, cumplimiento de tareas y horario de trabajo del personal administrativo, mantenimiento y auxiliares de educación) con el reporte u hoja de producción en forma diaria. 16.Planea, organiza, consolida la estadística que reporta la oficina de matrícula y notas para distribuir a los subdirectores e informar a las instancias superiores cuando sea pertinente. 17.Elabora en coordinación con el tesorero la información contable de los recursos propios (informe económico y balance económico) para informar al CONEI, la plenaria y a las instancias superiores en el plazo que dispone (oficina de tesorería) 18.Reproduce, difunde oportunamente los documentos normativos que llegan a la I.E. y los documentos internos para el conocimiento de la comunidad educativa. 19.Elabora el rol de vacaciones del personal directivo y administrativo. 20.Determina el número de vacantes de estudiante por grados, secciones, en coordinación con el Director y Subdirectores 21.Otras funciones afines en concordancia a la normatividad y el presente reglamento

FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO Art.90º El órgano de asesoramiento técnico pedagógico que da coherencia y consistencia al proceso pedagógico, lo conforman el Director, Subdirector, personal jerárquico y coordinadores honorarios de la I.E. lo preside el Director y en su ausencia el subdirector de Formación General, tiene las siguientes funciones: 1. Elabora, desarrolla y evalúa la propuesta pedagógica del PEI por consiguiente el PCI 2. Analiza el trabajo pedagógico de los docentes y propone recomendaciones para mejorar los aprendizajes, teniendo como referencia, el diagnóstico, la reflexión y el día del logro. 3. Diseña estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación vocacional así como elevar la imagen positiva de la Institución Educativa. 4. Formula los criterios de evaluación, recuperación académica y afianzamiento de los estudiantes en el marco de mejorar los aprendizajes 5. Promueve, desarrolla proyectos de innovación pedagógica, actividades de carácter pedagógico y de emprendimiento para mejorar los aprendizajes de los estudiantes

FUNCIONES DEL COORDINADOR DE TOE IP-IIP Art.91º Es el docente jerárquico que tiene la responsabilidad de planificar, organizar, implementar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades de orientación, los servicios de tutoría así como el control de la disciplina y el comportamiento de los estudiantes. Su jornada laboral es de 40/05 horas pedagógicas, depende del Director de la I.E. y por delegación de funciones del Subdirector de Formación General I-IIP según corresponda, tiene las siguientes funciones: a) Coordina con el Subdirector de Formación General y el Coordinador de APEC las actividades de TOE, para organizar y ejecutar el plan de acción tutorial

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b) Participa en la elaboración, implementación y evaluación de los documentos de gestión del PEI, PAT, RI, informe de gestión c) Organiza, programa, distribuye la carga laboral, designando grados y secciones a los Auxiliares de Educación. d) Elabora el Programa Anual de Trabajo de su Área así como el desarrollo de las acciones de las esferas de TOE, participa en la actualización del Reglamento Interno, especialmente en lo concerniente a los estudiantes. e) Detecta los problemas que presenta los educandos, contribuye en la prevención y solución con los responsables de salud, los padres de familia y otras alianzas. f) Asesora, supervisa, monitorea, apoya y evalúa el trabajo de los auxiliares de Educación g) Asesora, supervisa, monitorea, apoya y evalúa el trabajo de los docentes tutores, gestando metodologías, dinámica orientadora destinada a los estudiantes y padres de familia. h) Promueve eventos, certámenes, otros relacionados con el área, en coordinación con el coordinador de APEC y la participación de la comunidad educativa, para el funcionamiento de brigadieres, policías escolares, compañías, brigada de defensa civil, ecología, escolta, fiscalía escolar, DESNA y escuela para los padres de familia. i) Promueve la conformación del Comité de vigilancia, seguridad de padres de familia que contribuyan a la prevención y seguridad de los estudiantes en los exteriores de la I.E. en el ingreso y salida. j) Coordina con los docentes tutores y auxiliares de educación sobre los criterios de evaluación de comportamiento de los estudiantes k) Controla la permanencia en el trabajo del personal a su cargo, reportando a la superioridad. l) Atiende a los padres de familia a través del comité de TOE en horarios y turnos respectivos, que no afectan el normal desarrollo de las clases. m) Justifica hasta por 03 días las inasistencias de los estudiantes dentro de las 24 horas siguientes de producido el hecho, coordinando con los profesores para que sea atendido en sus evaluaciones; en caso de inasistencias mayor de 03 días los interesados presentarán por mesa de partes un expediente con documentos sustentatorios para que la Dirección disponga lo conveniente, así mismo autoriza el ingreso y la salida de los mismos por razones justificadas. n) Difunde el cumplimiento de normas referentes a TOE, disciplina y comportamiento procedentes de la superioridad. o) Brinda orientación, asesoría a los estudiantes y padres de familia con problemas que se solucionen dentro del ámbito de su competencia, derivando a los especialistas los casos que requieran atención profesional. p) Emite opinión, previa investigación sobre casos de indisciplina de los estudiantes, poniendo en conocimiento del comité de tutoría, disciplina y convivencia escolar q) Participa en el comité de tutoría, disciplina y convivencia escolar para dar solución a faltas graves de los estudiantes que estén en el ámbito de su competencia promoviendo el desarrollo armónico bio-psico-social de los estudiantes preservando el bienestar general. r) Apoya en la organización y funcionamiento de los Comités de Aula de padres de familia. s) Diseña, implementa, controla la agenda escolar para los estudiantes en coordinación con los Directivos y Consejo Directivo de la APAFA. t) Coordina con la Subdirección Administrativa la conservación de la infraestructura y mobiliarios.

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u) Otras funciones inherentes afines al cargo que la superioridad y el reglamento le asigne.

FUNCIONES DEL COORDINADOR DE APECD I-IIP Art.92º Es el docente jerárquico que tiene la responsabilidad de la planificación, organización, programación, ejecución, monitoreo, supervisión, y evaluación de las actividades de promoción estudiantil y comunal, su jornada laboral es de 40/05 horas pedagógicas, depende del Director, por delegaciones del Subdirector de Formación General I-IIP según corresponda, cumple las siguientes funciones: a) Coordina con el Subdirector de Formación General y el Coordinador de TOE, la formulación, ejecución y evaluación del plan anual de actividades del Área y a nivel institucional. b) Participa en la elaboración, implementación y evaluación de los documentos de gestión del PEI, PAT, RI, informe de gestión. c) Promueve, programa, organiza, implementa desarrolla actividades recreativas: olimpiadas deportivas, juegos florales, paseo campestre, artístico, social, cultural, ferias y concursos para lo cual coordina con los docentes de las áreas curriculares, promoviendo las buenas relaciones humanas y la imagen institucional. d) Programa, organiza, distribuye y ejecuta por áreas el desarrollo del Calendario Cívico Escolar con participación de docentes y estudiantes. e) Organiza, participa con la escolta, la banda de música en la formación y Honores a la Bandera los días lunes y fechas cívicas. Afianzando nuestra identidad patriótica e institucional convocando a los docentes para su participación activa. f) Promueve y vela la buena imagen institucional hacia la comunidad a través de notas de prensa a los medios de comunicación, elaboración de boletines de información y revista institucional. g) Coordina con el profesor de banda de música asegurando su participación para las actividades programadas de la I.E. a nivel interno y externo. h) Participa en la convivencia y disciplina escolar de los estudiantes, colaborando con los auxiliares de educación en lo pertinente a la disciplina escolar. i) Fomenta y ejecuta la participación comunitaria en las actividades educativas, para lo cual emite directivas específicas. j) Coordina con el coordinador de TOE y el área de FCC para asesorar al municipio escolar en el cumplimiento de sus funciones y en el proceso de renovación por elecciones. k) Promueve y Coordina con TOE el funcionamiento de los comités estudiantiles escolares: club de líderes juveniles, la organización de la policía escolar, brigadieres, defensa civil, brigadas, compañías y escolta. l) Coordina con TOE las acciones de prevención de riesgos, desastres y simulacros de sismos. m) Presenta la estadística de alumnos ingresantes a universidades e institutos superiores en los concursos de admisión y los que son ganadores en diferentes competencias y disciplinas. n) Promueve el periodismo hablado y la comprensión lectora en los estudiantes, con los profesores de Comunicación y facilita en el refrigerio el uso del micrófono para el desarrollo del programa de recreación de estudiantes o) Otras funciones inherentes afines al cargo que la superioridad y el reglamento le asigne.

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FUNCIONES DE LOS ASESORES Y COORDINADORES HONORARIOS DE ÁREA. Art.93º Es el docente responsable de coordinar, asesorar, supervisar, evaluar, monitorear y acompañamiento técnico pedagógico a los docentes de área de la especialidad a su cargo, teniendo en cuenta las rutas de aprendizaje, para los asesores de área su jornada laboral es de 40/12 horas pedagógicas, mientras que los coordinadores es de 24/28 horas es en calidad de ad honorem, de apoyo y colaboración en cuanto sea pertinente, depende del Subdirector de Formación General del periodo correspondiente, sus funciones son los siguientes: a) Participa en la elaboración de los documentos de gestión: PEI, PCI, PAT, RI, Informe de Gestión y Cuadro de Distribución de Horas del Área correspondiente. b) Orienta, asesora, monitorea y evalúa la programación curricular anual, unidad de aprendizaje y sesión de aprendizaje, la articulación del cartel de capacidades, la elaboración del material educativo y el proceso técnico pedagógico del personal a su cargo. c) Participa con identidad patriótica e institucional durante la formación y honores a la bandera los días lunes y fechas cívicas. d) Promueve la aplicación, desarrollo de estrategias metodológicas (métodos, técnicas y uso de material educativo) en base al intercambio de experiencias exitosas entre docentes, la actualización y capacitación permanente. e) Brinda asesoramiento y acompañamiento pedagógico a los docentes a su cargo en la preparación de la clase, desarrollo de la sesión y evaluación del aprendizaje. f) Elabora, implementa, ejecuta y evalúa el Plan de Trabajo del Área g) Distribuye su jornada laboral de 40 horas pedagógicas en: 12 horas de clase y 28 horas de asesoramiento, supervisión, de monitoreo y acompañamiento pedagógico h) Convoca a reuniones académicas a los docentes a su cargo (planificación curricular, , participación en concursos, elaboración de pruebas, hojas de prácticas, guías, monitoreo, supervisión y evaluación) sin interrumpir las labores de trabajo en el aula, para tomar acuerdos, tendientes a mejorar los aprendizajes, con conocimiento de los subdirectores y agenda definida e informa la participación de los docentes. i) Organiza clubes de ciencias, letras, ajedrez, teatro, periodismo, danza, música, deporte y otros en coordinación con docentes de su área y APEC. j) Elabora cuadros estadísticos y gráficos bimestrales del rendimiento académico de los alumnos del área curricular a su cargo y realiza informe pedagógicos y administrativos a su superior jerárquico. k) Supervisa el trabajo en el aula de los docentes de su área, previene, soluciona problemas de su área, motiva el buen desempeño de sus docentes e informa a su superior jerárquico a los que incurren en faltas y/o abandono. l) Realiza reforzamiento y recuperación académica a los estudiantes con necesidad de aprendizaje. m) Atiende a los padres de familia sobre el rendimiento académico de los estudiantes. n) Evalúa o deriva a otro docente del área los decretos de evaluación (subsanación, curso a cargo, recuperación y nivelación) a los estudiantes e informa a la subdirección de formación general, en un plazo prudencial de 03 días, acompañando el instrumento de evaluación. o) Colabora con TOE en acciones tendientes a mejorar los niveles conductuales en los estudiantes, apoyando en la convivencia y disciplina escolar.

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p) Solicita a la Dirección la entrega de estímulos para el personal docente por: acciones extraordinarias excepcionales y labor sobresaliente, así como sugerir sanciones a quienes incumplan deberes y obligaciones. q) Vela por la conservación y mejoramiento de la infraestructura. r) Otras funciones inherentes afines al cargo, que la superioridad y el reglamento lo disponga.

FUNCIONES DE LA JEFATURA DE LABORATORIO Art.94º Es el docente responsable de organizar, coordinar, orientar, investigar, supervisar y evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje en el laboratorio, tiene una jornada laboral de 40/12 horas pedagógicas, depende del Subdirector de Formación General de su turno y tiene las siguientes funciones a) Participa con identidad patriótica e institucional durante la formación y Honores a la Bandera los días lunes y fechas cívicas. b) Asesora a los docentes en la elaboración y evaluación de las guías de práctica de laboratorio. c) Organiza, asesora, orienta, supervisa, monitorea, acompaña, evalúa el proceso enseñanza aprendizaje de las prácticas de laboratorio, previene y soluciona problemas de su área, motiva el buen desempeño de sus docentes d) Dirige, planifica, organiza en coordinación con los docentes a su cargo la programación curricular anual, unidad de aprendizaje del área de CTA. e) Promueve la aplicación y desarrollo de estrategias metodológicas (métodos, técnicas y uso de material educativo) en base al intercambio de experiencias exitosas entre docentes, la actualización y capacitación permanente. f) Elabora el PAT del Área de CTA y el Plan de monitoreo, acompañamiento y supervisión en el laboratorio a los docentes a su cargo. g) Organiza y administra el uso óptimo de los ambientes, equipos, reactivos e insumos de laboratorio, elabora el horario del uso de laboratorio por los estudiantes en su respectivo turno, grados y secciones. h) Organiza y evalúa las actividades curriculares, proyectos de innovación del área de CTA, la Feria de Ciencia y Tecnología, la exposición de materiales educativos, periódicos murales, club de ciencias, otros eventos científicos y culturales. i) Organiza, Implementa botiquines de primeros auxilios en cada laboratorio con apoyo de los padres de familia. j) Presenta los requerimientos de materiales renovables, reparación de equipos, compra de nuevos equipos, materiales e insumos, controlando su uso de acuerdo a las necesidades curriculares (ingreso y salida de reactivos) k) Desarrolla 12 horas de clases y 28 horas de asesoramiento, investigación, supervisión, monitoreo y acompañamiento pedagógico en el laboratorio. l) Vela por la conservación y mejoramiento de la infraestructura m) Supervisa la labor de los auxiliares de laboratorio, en lo pertinente al apoyo del desarrollo de las prácticas en el laboratorio. n) Formula, difunde las normas de convivencia, reglamento de los estudiantes, medidas preventivas y de seguridad en el uso del laboratorio. o) Otras funciones inherentes afines al cargo, que la superioridad y el reglamento lo disponga.

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FUNCIONES DEL JEFE DE TALLER Art.95º Es el docente responsable de organizar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje en los talleres de acuerdo a las especialidades que atiende, tiene una jornada laboral de 40/12 horas pedagógicas, depende del Subdirector de Educación para el Trabajo, tiene las siguientes funciones: a) Participa con identidad patriótica e institucional durante la formación y honores a la bandera los días lunes y fechas cívicas. b) Elabora el PAT del Área de EPT integrando las especialidades que atiende. c) Apoya en la planificación, organización, coordinación, ejercitación y evaluación de la programación curricular considerando los proyectos productivos en cada una de las especialidades de acuerdo al enfoque pedagógico. d) Programa, organiza, racionaliza el uso óptimo de los talleres para las diferentes especialidades. e) Asesora a los docentes de la especialidad en el manejo, aplicación y desarrollo de estrategias metodológicas que se adaptan al trabajo en el taller. f) Organiza en coordinación con los docentes a su cargo los Comités de Taller para implementar y equipar los talleres de las especialidades. g) Promueve, organiza, ejecuta proyectos productivos, de innovación, de mejoramiento h) Vela, previene el adecuado funcionamiento de los equipos, herramientas, maquinarias e instalaciones de los talleres, elabora el programa de mantenimiento y conservación. i) Lleva el inventario actualizado, controla el ingreso o salida de los equipos, maquinarias y herramientas de los talleres a su cargo. j) Desarrolla 12 horas de clases de su especialidad, 28 horas de asesoramiento, supervisión, de monitoreo, acompañamiento pedagógico a los docentes a su cargo y atención de mantenimiento a los talleres. k) Reemplaza en el taller ante la inasistencia del docente de su área/especialidad, cuando no haya interferencia con su labor de trabajo en el Aula y/o en el taller. l) Formula, difunde las normas de convivencia, reglamento de los estudiantes, medidas preventivas y de seguridad en el uso del taller. m) Organiza, Implementa botiquines de primeros auxilios en cada taller. n) Otras funciones inherentes al cargo, que la superioridad lo disponga.

FUNCIONES DEL JEFE DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA Art.96º Es el docente responsable de organizar, coordinar, orientar, asesorar, supervisar, monitorear, acompañar el proceso de enseñanza-aprendizaje en el Aula de Innovación haciendo uso óptimo de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC), en cumplimiento a la Directiva Nº 040-2010-MINEDU/VMGI/DIGETE, tiene una jornada laboral de 28/12 horas pedagógicas depende de la Subdirección de Formación General, cumple las siguientes funciones: a) Promueve el uso de las TIC en la I.E. como un medio de optimizar la construcción del aprendizaje de los estudiantes. b) Elabora el PAT del Aula de Innovación Pedagógica , considerando las capacitaciones, mantenimiento, supervisión y atención a los docentes y estudiantes.

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c) Asesora, orienta a los docentes en cuanto al uso de los medios materiales educativos, brinda facilidades y apoyo al docente en el desarrollo de su clase en el aula de innovación. d) Coordina el horario con los docentes para el uso del aula de innovación pedagógica e) Promueve y capacita a docentes en uso de las TIC, tales como la utilización del Correo Electrónico, Facebook, Twitter, Blog, Wikis, Página Web, teleconferencias, videos, televideos, etc. f) Mantiene organizado, actualizado el inventario de los bienes del Aula de innovación, vela por la seguridad, mantenimiento, conservación, buen uso de los equipos y materiales que están a su cargo. g) Elabora el directorio actualizado de los correos electrónicos de los docentes, administrativos de la I.E. y envía comunicados e información institucional. h) Formula, difunde las normas de convivencia, reglamento de los estudiantes, medidas preventivas y de seguridad en el uso del Aula de Innovación. i) Realiza requerimiento, apoya la gestión del Director, la APAFA para la renovación, implementación y equipamiento del Aula de Innovación Pedagógica. j) Desarrolla 12 horas de clases de su especialidad, 28 horas de asesoramiento a los docentes y atención de mantenimiento al aula de innovación. k) Otras funciones inherentes afines al cargo, que la superioridad y el reglamento lo disponga.

FUNCIONES DEL PROFESOR DE LA BANDA DE MÚSICA Art.97º Es el docente responsable de organizar, orientar, dirigir la banda de música de la I.E., tiene una jornada laboral de 28/24 horas sin sección a cargo, depende del Director y funcionalmente de los coordinadores de APEC, tiene las siguientes funciones: a) Elabora su plan de trabajo, presenta a la dirección y coordina al inicio del año escolar, así como su horario de trabajo especificando las horas de ensayo en forma alterna tanto en la mañana como en la tarde y para completar su jornada de trabajo debe programar los ensayos los días sábados. b) Capacita a los estudiantes en el aspecto teórico y práctico de interpretación de la música. c) Organiza, motiva, prepara y dirige la conformación de la banda de música para los compromisos institucionales d) Lleva el inventario actualizado de los instrumentos musicales, realiza su mantenimiento, conservación en coordinación con la responsable de bienes patrimoniales. e) Coordina con el Coordinador de APEC y el Director para la participación y presentación de la banda de música en eventos oficiales. f) Evalúa bimestralmente a los estudiantes integrantes de la banda de música e informa oportunamente los calificativos a los profesores de arte para su validación respectiva en un registro oficial. g) Informa a la Coordinación de APEC y a la Dirección sobre los logros, dificultades y necesidades de la banda de música para mejorar la imagen de la I.E. h) Organiza, coordina, conforma el comité de apoyo para la gestión, renovación y adquisición de instrumentos de música y uniformidad adecuada para los integrantes. i) Participa con la banda de música completa en la formación y honores a la bandera los días lunes, programas cívicos internos y externos.

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j)

Realiza labor de acción tutorial, consejería a los estudiantes a su cargo para su buen comportamiento dentro y fuera de la I.E. respeto a sus compañeros y el cuidado de los bienes. k) Formula, difunde las normas de convivencia, reglamento de los estudiantes, medidas preventivas y de seguridad en el uso de los instrumentos de la banda de música. l) Atiende a los estudiantes con necesidades de aprender música y a los padres de familia sobre asuntos de su competencia. m) Otras funciones inherentes afines al cargo, la superioridad y el presente reglamento disponga.

FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Art.98º El docente es el profesional de la educación que está en contacto directo con los estudiantes, es agente fundamental del proceso educativo y tiene como misión contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano. Por la naturaleza de su función, la permanencia en la carrera pública magisterial exige al profesor idoneidad profesional, probada solvencia moral, salud física y mental que no ponga en riesgo la integridad de los estudiantes, sus funciones están en concordancia con el Art. 56 de la Ley General de Educación, el Art. 26 del D.S. Nº 011-2011/ED Reglamento de la Ley de Educación y de la R.M. Nro. 547-2012/ED Marco de Buen Desempeño Docente Dominios I-II-III y IV, 9 competencias y 40 desempeños. Depende del Subdirector de Formación General del período o del Subdirector de Educación para el Trabajo según corresponda y tiene las siguientes funciones: a) Planifica, desarrolla, evalúa actividades que aseguren el logro del aprendizaje de los estudiantes, así como trabajar en el marco del respeto de las normas institucionales de convivencia en la comunidad educativa. b) Participa en la Institución Educativa: en la elaboración del PEI, PCI, PAT, RI, IGA y otros documentos de gestión así como en otras instancias a fin de contribuir al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, el Proyecto Educativo Local, Regional y Nacional. c) Establece un clima democrático, de respeto, motivación, solidaridad, aceptación, confianza, abierto a la diversidad, la inclusión, que permita generar adecuados vínculos de relaciones interpersonales entre estudiantes y docentes. d) Evidencia altas expectativas sobre las posibilidades de aprendizaje de los estudiantes, promoviendo la calidad del servicio educativo. e) Diversifica las actividades pedagógicas de acuerdo a las necesidades, características específicas y capacidades de cada estudiante. f) Acuerda con los estudiantes normas de convivencia en el aula que propicien un ambiente democrático, agradable, saludable, seguro, inclusivo, tolerante, respetuoso, estimulante, facilitador del trabajo educativo y de las relaciones sociales. El Director, el docente, la comunidad educativa en general, realizarán el seguimiento y evaluación de dichas normas para asegurar su funcionamiento. g) Utiliza de manera óptima los recursos educativos, equipos y materiales disponibles en la institución educativa. h) Asume responsabilidades directas en la Tutoría y Orientación Educativa de sus propios estudiantes. i) Propicia en el estudiante la investigación, la reflexión crítica, la creatividad, la práctica artística, la actividad física, deportiva, así como su participación democrática en la vida de la institución educativa y la comunidad. j) Fomenta el interés, la reflexión de los procesos y hechos más relevantes de la vida pública local, regional, nacional y mundial.

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k) Diseña y aplica en práctica procesos e instrumentos de gestión pedagógica actualizada l) Analiza la metodología empleada, contrastarla con avances, dificultades, logros identificados en las evaluaciones para retroalimentar los procesos cognitivos y meta cognitivos de los estudiantes, aplicando regulaciones pedagógicas convenientes. m) Hace uso de recursos y herramientas de las TIC en los procesos pedagógicos. n) Garantiza el uso efectivo del total de horas pedagógicas establecidas por el Ministerio de Educación. o) Conoce, respeta, valora, dialoga con las distintas culturas existentes en su entorno y fuera de él. p) Ejercita su identidad, conciencia ciudadana y cívica, expresada en la convivencia democrática, para el logro de la paz q) Asume conductas no discriminatorias relacionadas con raza, lengua, sexo, religión, discapacidad y otras. r) Desarrolla, participa, evalúa las Fechas Cívicas del Área de Promoción Escolar, Cultura y Deportes. s) Organiza, ambienta el aula pedagógicamente, con la colaboración de alumnos y apoyo de los padres de familia, para el equipamiento correspondiente. t) Vela por el cuidado del buen estado de conservación de los bienes de la Institución Educativa. u) Coordina y mantiene comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y el comportamiento de los alumnos.

FUNCIONES DEL TUTOR-ASESOR DE SECCIÓN Art.99º Es el docente con sección a cargo, que hace la acción tutorial en el aula en la hora que le corresponde en forma grupal individual, depende del Subdirector de Formación General y funcionalmente del coordinador de TOE, tiene las siguientes funciones: a) Establece un clima democrático, de respeto, motivación, solidaridad, aceptación, confianza, abierto a la diversidad, la inclusión, que permita generar adecuados vínculos de relaciones interpersonales entre estudiantes y docentes. b) Planifica, desarrolla, evalúa actividades que aseguren la acción tutorial de los estudiantes, así como trabajar en el marco del respeto de las normas institucionales de convivencia en la comunidad educativa. c) Diversifica las actividades del plan, programación tutorial, concretizando en una sesión de clase de acuerdo a las necesidades y características bio-psico-social de los estudiantes. d) Coordina con los Auxiliares de Educación para las calificaciones de comportamiento de los estudiantes y migrar la calificación al SIAGIE. e) Detecta problemas de aprendizaje, de comportamiento, situaciones familiares y emocionales para dar tratamiento adecuado de acuerdo a su competencia e informa a la instancia respectiva para tomar las medidas pertinentes. f) Coordina con el coordinador de TOE, el psicólogo y trabajador social para dar tratamiento preventivo de casos detectados en los estudiantes. g) Convoca a los padres de familia con el Vº Bº del coordinador de TOE y/o el Subdirector de Formación General para dar orientación, consejería fortaleciendo la relación estudiante-familia así como el apoyo para la ambientación del aula, participación en eventos culturales, educativos, artísticos y deportivos. h) Hace entrega de la boleta de notas bimestrales de los estudiantes a los padres de familia.

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RÉGIMEN DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN Art.100º El Auxiliar de Educación presta apoyo al docente en sus actividades formativas, disciplinarias, coadyuvando con la formación integral de los estudiantes, depende del Director de la I.E. en concordancia con el D.S. Nro. 08-2014/MINEDU, R.V.M. 052-2016-MINEDU “Norma que regulan la situaciones administrativas y otros aspectos labores del auxiliar de educación, la modificatoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial Nro. 29944 D.S. 04-2013/ED y por delegación de funciones para fines de coordinación y control del trabajo con los estudiantes del Coordinador de TOE. I-IIP según corresponda, se le asigna las siguientes funciones: a) Apoya a los profesores de turno en el desarrollo de actividades de vigilancia de la disciplina de los estudiantes en el ingreso, recreo, salidas visitas y otras actividades pedagógicas que se organizan en la I.E. b) Propicia y coadyuva al mantenimiento de un adecuado clima institucional de cooperación, amistad y respeto entre estudiantes, docentes, trabajadores administrativos, padres de familia, directivos y de la comunidad educativa donde labora. c) Informa y coordina con la dirección y/o responsables del comité de tutoría y orientación educativa los problemas de conducta de los estudiantes y proponer acciones que posibiliten mejorar dichas conductas. d) Mantener al día el cuaderno de incidencias, la ficha de seguimiento de los estudiantes a su cargo; el registro de asistencia y control diario de los estudiantes y; llevar un cuaderno de inasistencias, traslados y retiros de estudiantes. e) Vigilar constantemente la presentación personal, salud e higiene de los estudiantes y, además la cabal conservación de los materiales, muebles y equipos de la I.E. f) Atender a los estudiantes que se accidenten o sufran alguna dolencia, si es necesario trasladarlos al centro de salud más cercano. g) Vigilar permanentemente las áreas deportivas, talleres, laboratorios y servicios higiénicos en el control de los estudiantes en horas de recreo y clases. h) Participar, acompañar y colaborar activamente en las actividades cívicas, deportivas y culturales de los estudiantes de la I.E. i) Coordinar con la dirección y/o el comité de Tutoría y Orientación Educativa y con los padres de familia la solución de los problemas sobre conducta y puntualidad de los estudiantes a su cargo. j) Colaborar con la entrega y recojo de las libretas de informaciones, citaciones, comunicados, directivas y otros documentos que emita la dirección, los profesores y/o tutores del plantel. k) Realizar tareas administrativas de atención a los padres de familia en coordinación con el profesor, así como en la organización y elaboración de documentación, registros, etc. l) Participar en la elaboración de los instrumentos de gestión (PEI, PCIE, PAT, reglamento interno, etc.) de la I.E: para lograr los objetivos institucionales previstos. m) Participar en los procesos de autoevaluación personal e institucional de acuerdo lo previsto en el plan de trabajo para la mejora y acreditación institucional, cuando corresponda. n) Administrar los recursos materiales y equipamientos que le sea asignados y al mismo tiempo contribuir con la conservación y mantenimiento de la infraestructura (local, mobiliario, equipo de cómputo, material educativo, u otros) y pertenencias de los estudiantes. o) Apoyar al responsable del SIAGIE para el debido procesamiento de boletas de notas de los estudiantes y colaborar en la entrega del informe respectivo a los padres de familia.

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p) Otros de acuerdo a las necesidades del contexto escolar y de los objetivos del Proyecto Educativo Institucional de cada I.E. según nivel, forma y modalidad educativa. q) Orienta, dirige, controla la convivencia y disciplina escolar de los alumnos, según normas establecidas por la Institución Educativa. r) Atiende a los padres de familia sobre asuntos relacionados con la conducta, disciplina y asistencia, con la finalidad de solucionar los problemas de conducta de los estudiantes. s) Lleva al día el cuaderno de apuntes de incidencias del alumnado a su cargo, las fichas de consejería, seguimiento de los alumnos con problemas de conducta, otros actos que dañan la moral, los valores, las buenas costumbres y el incumplimiento del RI. t) Promueve el fortalecimiento de la disciplina y el buen comportamiento de los educandos, en comunicación con el Coordinador de TOE. u) Fomenta hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene, estudio entre los educandos, así como el correcto y adecuado uso del uniforme escolar. v) Controla e informa al Coordinador de TOE respecto al ausentismo, comportamiento, rendimiento de los alumnos, prepara una relación de los casos problemas para el tratamiento en Psicopedagogía, el Comité de disciplina y convivencia escolar. w) Lleva al día, controla la AGENDA ESCOLAR de los estudiantes, para lo cual debe diseñar una agenda ágil donde este precisada el RI de los estudiantes, los comunicados, citaciones a los padres de familia (esta agenda escolar debe ser aprobada por el CONEI, puesto en conocimiento a los padres de familia para su adquisición obligatorio como un mecanismo de control y comunicación), la estrategia de la adquisición y costo lo precisará el Director en coordinación con Junta Directiva de la APAFA. x) Exige, vela que los educandos tengan una adecuada presentación personal con el uso correcto de las prendas de vestir. y) Evalúa la conducta de los alumnos mediante el control de asistencia, puntualidad, orden, disciplina y aseo en coordinación con los tutores de cada aula. z) Controla en caso de ausencia del profesor, la realización de tareas escolares en las aulas o la biblioteca. aa) Colabora y participa en las acciones educativas que se les encomiende. bb) Realiza de lunes a viernes las formaciones del alumnado en el patio de honor, en las actuaciones CIVICO PATRIÓTICAS, de manera puntual y otros cuando lo disponga la superioridad. cc) Acompaña responsablemente a las delegaciones de los alumnos cuando la superioridad lo designe a las actuaciones cívicas patrióticas que se realicen fuera del plantel e informa a los docentes del área, sobre las justificaciones a las inasistencias. dd) Informa a los docentes de áreas curriculares, sobre justificación de inasistencias de los alumnos, a efecto de no establecer impedimento en los exámenes, dando cuenta a su jefe inmediato. ee) Fomenta, en coordinación de los docentes, jerárquicos, directivos, la práctica de deporte, marchas, cultura, artes y folklore. ff) Efectúa rondas permanentes en el sector y/o pabellón que le corresponda, especialmente en las horas de recreo, velando por el estricto cumplimiento de las normas de disciplina. gg) Presta apoyo en la realización o cumplimiento de actividades cívico patrióticos que se organicen los sábados, domingos o feriados. Pudiendo ser compensado ese día por otro día u horas de acuerdo al tiempo de apoyo. hh) Ingresa y se retira obligatoriamente, treinta (30) minutos antes y después de la hora de entrada y salida correspondiente.

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ii) Otras funciones afines de apoyo, inherentes al cargo que le asigne La superioridad

CAPÍTULO V RÉGIMEN DEL PERSONAL DOCENTE: DEBERES, DERECHOS, FALTAS, SANCIONES, ESTÍMULOS DEL PERSONAL DOCENTE, JERÁRQUICO Y DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEBERES Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL DOCENTE Art.101º Los deberes del profesorado están contemplados en el Art. 40 de la Ley de Reforma Magisterial Nº 29944, el Art. 74 del D.S. Nro. 04-2013/ED, por lo mismo deben: a) Desempeñar su función con eficiencia, eficacia, lealtad, dignidad en concordancia a la Constitución, a las Leyes, a los fines, visión, misión y objetivos estratégicos de la Institución Educativa. b) Cumplir las disposiciones de la Ley de Reforma Magisterial Nro. 29944 y su Reglamento D.S. Nro. 04-2013/ED, La Ley General de Educación Nro. 28044, El Marco de Buen Desempeño Docente R. M. Nro. 547-2012/ED con sus IV dominios, 8 competencias y 40 desempeños, otras normas pertinentes y el RI de la Institución Educativa. c) Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad, efectividad los procesos, las actividades curriculares, las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en Aula, evaluación de acuerdo al DCN contextualizado y mapas de progreso. d) Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad, participación, contribuir con sus padres y la Dirección de la I.E. a su formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados. e) Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. f) Respetar los derechos de los estudiantes así como de los padres de familia. g) Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos, dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje. h) Asistir puntualmente a sus labores, pasar por el sistema computarizado de control de asistencia y firmar en el aula el formato de desarrollo de capacidades. i) Presentar dentro del plazo fijados por el personal directivo y jerárquico los documentos de gestión pedagógica; diversificación curricular de área colegiada (programación curricular, unidad didáctica, sesión/actividad de aprendizaje), registros de evaluación elevado al SIAGIE, otros documentos de planificación e informes pertinentes. j) Realizar la sesión de aprendizaje planificadamente, visada por su superior jerárquico considerando el compromiso 4 del PAT. k) Respetar los valores éticos, morales, religiosos, sociales de la comunidad, fomentar la práctica y participar en su desarrollo cultural, cívico patriótico. l) Velar por el cuidado, mantenimiento y limpieza de la infraestructura de la I.E. (Aulas, mobiliario, materiales, equipos e instalaciones), promoviendo su mejora. m) Participar responsablemente en el desarrollo de los actos cívicos patrióticos, culturales en la formación, honores a la bandera los días lunes y las actividades previstas en el PAT.

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n) Organizar a los estudiantes en las diferentes áreas para las competencias y concursos dispuestas por el MINEDU/DREJ/UGEL-H e I.E. previstas en el PAT para su participación exitosa. o) Vivenciar en forma real y efectiva la disciplina escolar en el interior de la I.E. p) Proponer iniciativas, planes y proyectos que contribuyan al mejoramiento de la calidad de servicio de la I.E. q) Asumir con compromiso y responsabilidad las comisiones de trabajo que se le asigne r) Respetar a sus compañeros de trabajo (directivos, jerárquicos, colegas y trabajadores administrativos), promoviendo un trabajo colaborativo y clima institucional adecuado.

DEBERES DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN Art.102º Siendo los Auxiliares de Educación, personal que coadyuva al cumplimiento de la disciplina, la moral, los valores y las buenas costumbres, está adscrito a la Ley de Carrera Administrativa D.L. Nro. 276, en concordancia con el D.S. 08-2014/MINEDU, así como a la ley de Reforma Magisterial N° 29944; sus deberes son las siguientes: a) Garantiza el orden en las formaciones y actividades cívicas dentro o fuera de la I.E. b) Efectuar rondas periódicas en los diversos ambientes de la I.E. a fin de velar por el cumplimiento de las normas de convivencia escolar y de ser necesario dentro y fuera de la I.E. c) En ausencia del profesor y/o tutor en educación secundaria, el auxiliar de educación permanecerá en el aula cumpliendo funciones inherentes a su cargo de auxiliar. d) Garantizar el orden y la disciplina en el aula durante la ausencia del profesor. e) Llevar el registro de asistencia de los estudiantes y de las incidencias de incumplimiento de las normas de convivencia y hacer seguimiento de las recomendaciones, dando cuenta al profesor tutor correspondiente. f) Registrar las incidencias diarias de los estudiantes y de los actores de la comunidad educativa, previniendo la discriminación y la violencia de la I.E. g) Desarrollar estrategias de dialogo permanente con los estudiantes, profesores y profesores tutores. h) Monitorear el ingreso y salida de estudiantes de la I.E., faltas, tardanzas, permisos y el registro de la agenda escolar. i) Monitorear el ingreso y salida de los estudiantes a las aulas, talleres, laboratorios y otros espacios de aprendizaje de acuerdo a la programación. j) Atender y auxiliar a los estudiantes en casos de emergencia. k) Apoyar en las actividades tutoriales y de consejería estudiantil programadas por el tutor y la I.E. l) Respetar el derecho de los estudiantes, así como de los padres de familia. m) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. n) Ejercer su función en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición, económica o de cualquier otra índole. o) Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural ciudadano de los miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional. p) Velar, promover la mejora para el cuidado, mantenimiento, limpieza de la infraestructura de la I.E. (Aulas, mobiliario, materiales, equipos e instalaciones) coordinando con el personal de mantenimiento sobre el estado del mobiliario escolar

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q) r)

s) t) u)

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en marzo y diciembre, informando a la superioridad en el transcurso del año del deterioro que son causados por los estudiantes para las medidas pertinentes. Realizar labores propias a su cargo o que la Dirección les asigne en el periodo vacacional de medio año, asistiendo a la I.E. (Art. 224 del D.S. 08-2014/MINEDU). Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia, el desarrollo de una cultura de paz y democracia. Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del código de ética de la función pública. Cumplir con sus funciones y el reglamento interno de la institución educativa. Otras funciones inherentes al cargo y que la superioridad y el presente reglamento lo disponga.

DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Art.103º Siendo los profesores el agente fundamental del proceso educativo en la formación integral de los estudiantes, como profesional en la educación tienen derechos que están estipuladas en el Art. 41 de la Ley de Reforma Magisterial Nro. 29944, Art. 75 del Reglamento de la LRM. D.S. 04-2013/ED y otras normas conexas que preservan los derechos de los profesores así como: a) Participar en la formulación, organización, ejecución y evaluación de los planes de la I.E. para el mejoramiento de la calidad educativa. b) Merecer respeto y consideración como personas, como profesionales por parte de los miembros de comunidad educativa. c) Ser informado de las actividades, resultado de la gestión institucional, pedagógica y administrativa para contribuir en la gestión transparente de la I.E. d) Ser estimulado por sus méritos de desempeño destacado en el cumplimiento de sus funciones y deberes coadyuvando el mejoramiento del logro de los aprendizajes de sus estudiantes así como elevar la imagen positiva de la institución educativa. e) Gozar de permiso (día libre) por el día del maestro (06 de julio) y por onomástico (día libre), para lo cual el docente solicitará adjuntando fotocopia del DNI. f) Ser considerados en primer orden en mérito a su buen desempeño anual en los programas/proyectos que son remunerado (programa de recuperación académica, inducción, afianzamiento y otros) y a la vez ser rotativo en cada año.

DERECHOS DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN Art.104º ° Los derechos de los Auxiliares de Educación están previstas en la Ley de carrera Administrativa D.L. Nro. 276 en cuanto sean de su alcance y pertinencia y en concordancia con el Art. 220 D.S. 08-2014/MINEDU Art.105º Los derechos de la Carrera Administrativa”, en cuanto al contexto y pertinencia de la Ley de Reforma Magisterial Nro. 29944 y su reglamento D.S. O4-2013/ED y el Art. 224 del D.S. 08-2014/MINEDU, goza de 02 meses de vacaciones (enero y febrero).

FALTAS Y PROHIBICIONES DEL PERSONAL DOCENTE Art.106º Se considera falta a toda acción u omisión voluntaria o no que contravenga los deberes señalados en el Art. 40 de la Ley de Reforma Magisterial Nº 29944 y se considera infracción a la

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vulneración de los principios, deberes y prohibiciones de los artículos 6, 7 y 8 de la ley 27815, Ley del Código de Ética de la función pública y el incumplimiento del presente RI, considerando faltas: a) El abandono de sus labores sin autorización expresa del superior, evasión en horas de su jornada laboral y/o hacer uso reiterado de los permisos por motivos particulares. b) Dedicar o atender actividades particulares, distintas a su función o al cargo que desempeña en el horario de trabajo. c) Hacer abandono injustificado de su aula en horas de clase, ubicándosele constantemente fuera de su lugar de trabajo. d) Llegar en forma recurrente y reiterada tarde al ingreso de su Aula. e) Causar enmendaduras y/o deterioro del formato de control (parte de asistencia) de desarrollo de aprendizajes esperados en el Aula f) No registrar su ingreso y salida de asistencia en el medio computarizado y/o acta de asistencia. g) Indicar, rellenar y firmar el formato de control de desarrollo de capacidades en el aula por otro docente. h) Concurrir a la Institución Educativa a realizar sus labores bajo la influencia de bebidas alcohólicas y/o ingesta de sustancias que alteran el aspecto emocional. i) No presentar en la fecha indicada los trabajos, informes y otras tareas asignadas solicitadas por su superior jerárquico, sin justificación alguna. j) Solicitar cuotas de dinero a los estudiantes sin motivo justificado, sin previa autorización de la Dirección y/o conocimiento de los padres de familia. k) Intermediar por los estudiantes desaprobados en las evaluaciones de finalización de año, recuperación, subsanación y menos ofreciendo dadivas al docente evaluador. l) Realizar ventas de producto, libros, textos y otros a los estudiantes sin previa autorización de la Dirección y/o conocimiento de los padres de familia. m) Realizar ventas de fotocopias que supera el precio costo de la fotocopiadora de la I.E. n) Usar reiteradamente el celular en horas de trabajo por parte del personal; haciendo llamadas o recibiendo llamadas ajenas a la función que desempeñan, especialmente los docentes cuando están en trabajo pedagógico en el Aula, laboratorio/taller (dejar en vibración y/o hacer uso en caso emergencia fuera del aula no más de 01 minuto o en su defecto apagar el celular) para no causar interferencia en el aprendizaje de los estudiantes y el uso óptimo del tiempo. o) Hacer uso excesivo de permisos en horas de trabajo así como hacer uso reiterado de licencia sin goce de haber por periodos cortos, pues perjudica el cumplimiento de las horas efectivas de la Institución Educativa. p) Emitir opinión tendenciosa a través de los medios de comunicación social y comentarios entre colegas que dañen la imagen de la I.E., la dignidad de los trabajadores, estudiantes y la comunidad educativa, sin tener una debida información e investigación de los asuntos que trata y/o haber agotado el procedimiento interno en la I.E. q) Generar constante rencilla entre colegas y no colaborar con el cumplimiento de las normas de convivencia entre colegas, deteriorando el clima institucional. r) Asistir a la I.E en horas programadas para diversas acciones de planificación curricular sin cumplir con su labor.

SANCIONES AL PERSONAL DOCENTE Art.107º Los profesores que transgreden los principios, deberes, obligaciones, prohibiciones, incurren en responsabilidad administrativa, son pasibles de sanciones según la gravedad de la

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falta y la jerarquía del servidor, teniendo en cuenta el debido proceso. Las sanciones están estipuladas en la Ley de Reforma Magisterial Nº 29944 en los artículos 43-44-45-46-47-48-49 y 50, el procedimiento de acuerdo a la gravedad es el siguiente: a) Recibir la información, dialogar, investigar a los involucrados si el caso amerita; asentar en acta y tomar las medidas correctivas, el Director en concordancia a sus funciones, investiga, analiza y toma la decisión sobre la estrategia a seguir en salvaguarda de los afectados y la imagen de la institución, considerando la gravedad e implicancia. b) Amonestación verbal c) Amonestación escrita d) Suspensión en el cargo hasta por 30 días sin goce de remuneraciones, lo puede aplicar el Director, teniendo en cuenta el debido proceso. e) Cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones desde 30 días hasta 12 meses, lo aplica la UGEL-H/DREJ. f) Destitución del servicio lo aplica la UGEL-H/DREJ. g) Las faltas muy graves que lindan con el delito tienen sus propios mecanismos e instancias respectivas.

ESTÍMULOS AL PERSONAL DOCENTE Art.108º El Ministerio de Educación, los Gobiernos Regionales, Locales, la DREJ, UGEL-H, Institución Educativa y PP.FF. según corresponda mediante resolución de la autoridad competente reconocen el sobresaliente ejercicio de la función docente o directivos, estipuladas en el Art. 42 de la Ley de Reforma Magisterial N° 29944, además se consideran los siguientes estímulos: a) Reconocimiento mediante Resolución, Diploma de honor al mérito, otros por acciones excepcionales, calidad extraordinaria y por el buen desempeño de sus funciones. b) Consideración de la Dirección por trabajos colaborativos con la I.E. fuera de su jornada laboral o desprendimiento solidario por una noble causa que eleve la imagen institucional, pudiendo compensar las horas en el horario de su trabajo sin perjudicar las horas efectivas y atención a los estudiantes en su aprendizaje. c) Recibir un reconocimiento por la Dirección, APAFA: becas o premio al mejor desempeño de sus funciones en el año (puntualidad, responsabilidad y acciones destacadas) que la Dirección y los padres de familia lo determine, para ello la Dirección debe gestionar un fondo de administración de estímulos para los trabajadores. d) Apoyo decidido en la producción intelectual y/o proyectos de innovación de los profesores que coadyuven a la mejora de la formación integral y de la calidad educativa, previo estudio del proyecto y respetando normas facilitando la aprobación de la producción intelectual y/o proyectos de innovación. e) Proponerlos para el PRA de acuerdo al desempeño docente.

DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL DIRECTIVO Art.109º Para el personal Directivo (Director y subdirectores) los deberes y derechos se contemplan tomando como referencia sus funciones y obligaciones, se hace extensivo los que corresponda al personal docente y administrativo en cuanto sea pertinente, de la Ley de Reforma Magisterial Nro. 29944 y su reglamento D.S. 04-2013/ED, D.S. 076 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa, sus reglamentos y demás normas conexas en cuanto sea contextualizada al cargo y a la I.E.

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PROHIBICIONES, FALTAS, SANCIONES Y ESTÍMULOS A DIRECTIVOS Art.110º Para el personal Directivo (director y subdirectores) las prohibiciones, faltas y sanciones se contemplan tomando como referencia sus funciones y obligaciones, se hace extensivo los que corresponda al personal docente y Administrativo en cuanto sea pertinente, de la Ley de Reforma Magisterial Nro. 29944 y su reglamento D.S. 04-2013/ED, D.S. 076 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa” y sus Reglamentos, “Ley del Código ética de la función pública” Ley Nro. 27815 y demás normas conexas en cuanto sea contextualizada al cargo y a la I.E. Art.111º Las faltas y sanciones de los subdirectores de acuerdo a la gravedad lo trata el CONEI y el Director. En ese orden de prelación, si la falta es grave el Director informa a la Superioridad, mientras que para el Director es la instancia superior UGEL/DREJ que ve el caso. Art.112º Los Estímulos al personal directivo por su buen desempeño y por acciones destacadas que elevan la imagen de la I.E. se hace extensivo los que corresponda al personal docente y Administrativo en cuanto sea pertinente, Ley de Reforma Magisterial Nro. 29944 y su Reglamento D.S. 04-2013/ED, D.S. 076 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa” y sus reglamentos y demás normas conexas. Art.113º Privilegiar a docentes que cumplen sus funciones y asistencias.

CAPÍTULO VI FUNCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE APOYO SECRETARIO(A) DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Art.114º El secretario(a) de la I.E. depende funcionalmente del Sub Director Administrativo y/o Director de la Institución Educativa y desempeña las siguientes funciones: a) Prepara, lleva la agenda de reuniones de trabajo del Director y realiza el despacho. b) Supervisa las acciones relacionadas con el movimiento de trámite documentario, la matrícula, certificación, evaluación y otros que sean pertinentes. c) proyecta resoluciones, decretos, proveídos, elabora documentos que se dan en la institución educativa a nivel interno y externo d) Ejecuta, coordina actividades relacionadas con el registro, procesamiento, clasificación, verificación y archivo del movimiento de los documentos de la Dirección. e) Estudia expedientes técnicos sobre acciones de personal y evacua informes preliminares (sobre procedimientos referente a permisos, licencias con o sin goce de haber) así como realizar los descargos pertinentes. f) Organiza y mantiene actualizado en orden el archivo de documentos de las oficinas administrativas. g) Lleva en forma ordenada la correspondencia oficial de la I.E. organización, control de los documentos oficiales: informes, memorias, oficios, memorandos, directivas, resoluciones, decretos, relación de personal, entre otros h) Registra los acuerdos en el libro de actas de las reuniones y plenarias convocadas por el Director.

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i)

j) k)

l) m)

n) o)

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Organiza las labores del personal de las oficinas administrativas en coordinación con el subdirector administrativo para mejorar la calidad de servicio educativo, derivando expedientes y trabajos a las oficinas pertinentes en concordancia a sus funciones. Vela por el mantenimiento, seguridad, conservación de los documentos a su cargo y manteniendo la confidencialidad. Atiende, orienta al público usuario con cortesía, amabilidad teniendo en cuenta el Manual de Procedimientos Administrativos, resaltando el buen trato, la responsabilidad, honestidad, lealtad hacia sus superiores y compañeros de trabajo. Lleva el cuaderno de cargos, el libro de reclamaciones, ocurrencias e informando a la Dirección de hechos que merecen inmediata atención. Formula el Plan operativo administrativo anual de las oficinas administrativas, en coordinación con la subdirección de administración, diseña el flujograma y el manual de procedimientos administrativos. Apoya a las subdirecciones en asuntos de su competencia. Otras que sean asignados por el Director, según la necesidad del servicio.

SECRETARIO(A) DE LA DIRECCIÓN Art.115º Depende funcionalmente del Subdirector de Administración y del Director de la I.E. y tiene las siguientes funciones: a) Recibe, clasifica, registra, procesa, distribuye, archiva la documentación de la Dirección, oficina. b) Atiende, orienta al público usuario con cortesía, amabilidad teniendo en cuenta el Manual de Procedimientos Administrativos, resaltando el buen trato, la responsabilidad, honestidad, lealtad hacia sus superiores y compañeros de trabajo. c) Digita la documentación escrita que disponga la dirección, apoyando el trabajo de la secretaría general de la I.E. d) Mantiene actualizado el record de asistencia del personal, las horas efectivas de la I.E., proyecta informes, oficios sobre los permisos, faltas y licencias. e) Procesa el rol de vacaciones del personal directivo y administrativo de la I.E. así como el proyecto de la resolución respectiva. f) Elabora en coordinación con la secretaria de apoyo administrativo el consolidado mensual de inasistencias del personal docente, administrativo y de mantenimiento de la I.E. en un plazo no mayor de 04 días de cada mes para elevar a la superioridad. g) Elabora la relación de personal docente y administrativo actualizado de la I.E. asignados en los cargos, puestos y turnos (personal de servicio las rotaciones semanales, mensuales y sectores asignados), entregar a la Dirección y subdirecciones h) Organiza y mantiene actualizado el escalafón del personal docente y administrativo. i) Elabora las constancias y certificados de trabajo del personal. j) Vela por el mantenimiento, seguridad y conservación de los documentos a su cargo. k) Lleva el cuaderno de cargos y ocurrencias, informando a la dirección de hechos que merecen inmediata atención. l) Apoya la labor de la Secretaria General para agilizar los trámites administrativos. m) Comunica las reuniones, convocatorias, citaciones al personal de la I.E. emanadas de la Dirección y subdirección Administración así como concertar citas en función de la agenda y horario de atención de la Dirección. n) Realiza tareas afines a su cargo, colaborando y apoyando en el trabajo que la Dirección y la subdirección de Administración le asigne.

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PERSONAL DE MESA DE PARTES E INFORMES Art.116º Depende de la Subdirección Administrativa, sus funciones son: a) Maneja el libro de registro general de expedientes recibidos, otros de control interno, externo de la documentación, manteniéndolos actualizados en el libro y en digital. b) Recepciona la correspondencia de la dirección firmando el cargo respectivo. c) Recibe, verifica, folia, registra y clasifica la documentación que ingresa a la I.E. constatando los requisitos pertinentes en función del flujograma y manual de procedimientos administrativos. d) Atiende, orienta e informa al público usuario con cortesía y amabilidad cuando requiere los servicios y trámites, teniendo en cuenta el Manual de Procedimientos Administrativos, flujograma, resaltando el buen trato y lealtad hacia sus superiores y compañeros de trabajo. e) Cumple con derivar y entregar los documentos que ingresa por mesa de partes de acuerdo al flujograma (clasificando previamente y digitalizando para el control computarizado). f) Redacta documentos: proveídos, memorando y otros documentos de rutina. g) Verifica, revisa, entrega los certificados de estudios y otros documentos que salen por mesa de partes, haciendo firmar el cargo o constancia. h) Vela por el mantenimiento, seguridad y conservación de los documentos a su cargo (bajo responsabilidad y confidencialidad) i) Realiza otras funciones afines a su cargo, de apoyo que la Administración le asigne.

PERSONAL DE MATRÍCULAS, NOTAS Y ESTADÍSTICA Art.117º Es el personal que prepara los documentos, ambientes y materiales para la matrícula y ratificación bajo la orientación de la administración así como procesar las notas y estadística de los estudiantes. Depende funcionalmente del Sub Director Administrativo y/o Director de la Institución Educativa, tiene las siguientes funciones. a) Administra la base de datos actualizada de matrícula, notas, estadísticos y gráficos. b) Administra la base de datos actualizada del padrón de familia. c) Elabora las nóminas de matrícula en estricto orden alfabético con la documentación respectiva para su aprobación correspondiente por la UGEL-H d) Maneja el sistema SIAGIE para procesar las notas de los estudiantes. e) Elabora las boletas de notas, cuadros de méritos en forma bimestral, anual por secciones, grado de estudios de los estudiantes y hace entrega a las subdirecciones. f) Elabora las estadísticas de cuadro de producción bimestral y anual de estudiantes por área, grado, secciones; en tablas y gráficos (por rango 1er. compromiso del PAT, aprobados, desaprobados, pasan a recuperación) y hace entrega a la Dirección y subdirecciones. g) Elabora las Actas consolidadas de evaluación integral de los estudiantes de fin de año escolar, apoyando para la firma de los profesores h) Elabora las Actas de evaluación de aplazados, cursos a cargo, subsanación para ser entregados oportunamente a las subdirecciones. i) Vela por el mantenimiento, seguridad y conservación de los equipos de cómputo, los documentos a su cargo, dándole el uso correcto al equipo y sistema de cómputo. j) Atiende, orienta e informa al público usuario con cortesía, amabilidad cuando requiere los servicios, trámites, teniendo en cuenta el Manual de Procedimientos Administrativos

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y flujo grama, resaltando el buen trato, lealtad hacia sus superiores y compañeros de trabajo. k) Transcribe el horario de los docentes para organizar el sistema SIAGIE en coordinación con la secretaria de asistencia y apoyo administrativo. l) Informa a la Dirección y subdirecciones de los errores detectados en el procesamiento de los datos, debiendo actuar siempre en concordancia con la normatividad, la ética y la moral. m) Designa su clave a los docentes para el ingreso de notas bimestrales (migración al SIAGIE) y coteja con el registro de evaluación de los docentes cuando sea pertinente y necesario n) Realiza otras funciones afines a su cargo, de apoyo que la Administración le asigne.

PERSONAL DE CERTIFICADOS, ACTAS Y ARCHIVOS Art.118º Es el personal, que elabora con pulcritud los certificados de estudios de los estudiantes, en base a las Actas de evaluación oficiales de la I.E. Depende funcionalmente del Sub Director Administrativo y/o Director de la Institución Educativa, tiene las siguientes funciones: a) Recibe, registra, y atiende los expedientes que solicitan certificados de estudios. b) Organiza el archivo de las actas de evaluación de estudiantes de la I.E. c) Elabora sin enmendaduras los formatos de certificados oficiales de estudios, optimizando el tiempo, materiales, los mismos que deben estar de acuerdo con los calificativos de las actas oficiales de evaluación. d) Atiende, orienta al público usuario con cortesía, amabilidad cuando requiere los servicios, trámites, teniendo en cuenta el Manual de Procedimientos Administrativos, flujograma, resaltando el buen trato, lealtad hacia sus superiores y compañeros de trabajo. e) Lleva directamente los certificados procesados para la firma del Director, en concordancia del Manual de Procedimientos Administrativos y flujograma. f) Escribe, archiva y lleva al día el control de los talonarios del formato de los certificados desglosados, que expiden, indicando fechas, series y números de los mismos. g) Elabora los certificados de conducta, así como la constancia de estudios de los estudiantes en concordancia con las actas, datos de la oficina de matrícula y notas. h) Entrega a mesa de partes los certificados firmados y visados por la Dirección para su entrega inmediata al usuario. i) Vela por el mantenimiento, seguridad, conservación de los documentos y materiales a su cargo. j) Informa a la Dirección y subdirecciones de los errores detectados en las Actas, certificados anteriores emitidos, documentación pertinente, debiendo actuar siempre en concordancia con la normatividad, la ética y la moral (decretos directorales, rectificación de nombres, actas de recuperación, de subsanación) k) Apoya la labor de tesorería, compras, labor de courier cuando no haya flujo de atención urgente de certificados y dar soporte de atención a los usuarios. l) Realiza otras funciones afines a su cargo, de apoyo que la administración le asigne

PERSONAL DE TESORERÍA / AUXILIAR DE CONTABILIDAD Art.119º Es la persona autorizada para recibir todo ingreso económico así como todo egreso de la I.E. Depende funcionalmente del Subdirector Administrativo o Director de la Institución

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Educativa, coordina sus actividades con el Comité de Gestión de Recursos Propios, cumple las siguientes funciones: a) Realiza la recaudación de recursos propios generados por el TUPA y de otras fuentes, debiendo ser registrados en el libro de caja y/o documentos contables. b) Administra, controla los recursos económicos, financieros de la I.E. en coordinación con el subdirector administrativo y el comité de gestión de recursos propios. c) Recepciona, revisa y registra documentos de las operaciones contables que se realiza en la I.E. (recibos, boletas de venta, facturas, boucher que tienen valor de la SUNAT), papeletas de salida por comisiones. d) Apertura con el Director la cuenta bancaria de la I.E. de acuerdo a la normatividad, deposita lo recaudado en el término de las 24 horas (considerando el manejo de la caja chica para gastos de rutina). e) Organiza la documentación contable, coordina con el contador de la I.E. para tener al día el libro de caja (registro de ingresos y egresos del día), otros libros contables pertinentes. f) Elabora en coordinación con subdirector de administración el presupuesto anual de la I.E. en base a los requerimientos, necesidades de la I.E. centralizando en la atención de los estudiantes y darle sostenibilidad al PAT. g) Apoya al Subdirector de Administración para la actualización del TUPA de acuerdo a la normatividad. h) Confecciona el consolidado de la estadística de acuerdo al clasificador de gastos y los ingresos por partidas específicas. i) Elabora el flujo de caja de la tesorería y maneja la caja chica aprobada por el Comité de gestión de recursos propios para atender requerimientos diarios. j) Atiende los requerimientos de la I.E. considerando el manual de procedimientos administrativos, la orden de su superior jerárquico y el presupuesto. k) Paga por la adquisición de artículos, bienes, coordinando con el responsable de abastecimiento-compras, así como los servicios de la I.E. teniendo cuidado que haya cumplido con los procedimientos administrativos, que esté considerado en el clasificador de gastos, el presupuesto, la necesidad urgente y el PAT de la I.E. l) Prepara, sustenta informes de recursos económicos mensuales o bimestrales, para dar cuenta al comité de gestión de recursos propios y al CONEI. m) Prepara, sustenta el balance general, de recursos propios (en coordinación con el comité de gestión de recursos propios y subdirección de administración) para dar cuenta al CONEI y plenaria de trabajadores para una gestión transparente. n) Prepara la documentación contable correspondiente debidamente validados por la autoridades de la I.E. para elevar a la UGEL-H /DREJ y organismos pertinentes. o) Atiende, orienta al público usuario con cortesía, amabilidad cuando requiere los servicios, trámites, teniendo en cuenta el manual de procedimientos administrativos, resaltando el buen trato, honestidad, lealtad hacia sus superiores y compañeros de trabajo. p) Realiza otras funciones afines a su cargo.

PERSONAL DE BIENES PATRIMONIALES, ABASTECIMIENTO Y COMPRAS Art.120º Es el personal que mantiene actualizado de acuerdo a la normatividad el inventario de los bienes patrimoniales, además realiza las compras, maneja el kardex del almacén, abastecimiento de los bienes tangibles adquiridos, la distribución a las oficinas, áreas y personal

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que está destinado, depende funcionalmente del subdirector administrativo y del Director de la I.E., tiene las siguientes funciones: a) Recibe, registra, codifica los bienes tangibles adquiridos vía compra, donación, transferencia a la I.E. en concordancia con el procedimiento y normatividad vigente. b) Coordina, consolida con el tesorero, Subdirección de Administración los cuadros de requerimientos para programar las compras teniendo en cuenta el orden de prioridad, presupuesto y el PAT de la Institución Educativa. c) Elabora la solicitudes de cotización, cuadro comparativos, teniendo en cuenta la calidad, costo, órdenes de compra, en coordinación con la subdirección administrativa, selecciona los proveedores para cada año escolar por cada rubro en función del costo, la calidad. Si la compra es de mayor cuantía coordina con el comité de gestión de recursos propios d) Realiza las compras de artículos, bienes de menor cuantía de acuerdo al requerimiento aprobado, órdenes de compra y de servicio; verificando su conformidad para su distribución a quien corresponda. e) Lleva actualizado el kardex de los artículos en almacén, de los bienes tangibles no fungibles y fungibles adquiridos, distribuyendo a quien corresponda de acuerdo a las necesidades. f) Realiza el inventario de los bienes patrimoniales de la I.E. anualmente, cuando es necesario, por mandato de su superior jerárquico, para verificar la existencia y ubicación de los bienes, manteniendo actualizado el sistema de control del inventario institucional. g) Organiza la documentación para el margesí de bienes, dar de alta los bienes que ingresan a la I.E. en concordancia con los procedimientos y normatividad vigente. h) Informa sobre los bienes en desuso, organiza la documentación para dar de baja, transferencia, saneamiento de los bienes en concordancia con los procedimientos y normatividad vigente. i) Elabora, organiza, extiende la papeleta de salida, de ingreso (cuaderno de cargo) de todo bien que sale o ingresa a la I.E. coordinando con el subdirector Administrativo. j) Elabora el código de control del mobiliario escolar (carpetas, mesas y sillas en el Aula) coordinando con el personal de mantenimiento, Auxiliares de Educación para la entrega a los estudiantes al inicio del año escolar para que los estudiantes asuman la responsabilidad del buen uso del mobiliario que se le entrega. k) Realiza el inventario del mobiliario escolar (carpetas, mesas y sillas en el aula) al finalizar el año escolar coordinando con el personal de mantenimiento y auxiliares de educación para realizar el mantenimiento, reparación o renovación. l) Atiende, orienta al público usuario con cortesía, amabilidad teniendo en cuenta el manual de procedimientos administrativos, resaltando el buen trato, la responsabilidad, honestidad, lealtad hacia sus superiores y compañeros de trabajo. m) Vela por la seguridad, mantenimiento, conservación de los documentos, bienes, enseres a su cargo y en custodia. n) Manejo de software SIMI según la normatividad SBN de patrimonio e inventario. o) Manejo de normatividad sobre compras y licitaciones (de mayor cuantía) y normas de contratación con el Estado. p) Coordina y apoya la labor de la tesorería cuando sea necesario. q) Otras funciones afines a su cargo que su superior jerárquico lo asigne.

PERSONAL DE APOYO ADMINISTRATIVO EN CONTROL DE ASISTENCIA

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Art.121º Es el personal asistente de apoyo administrativo a las subdirecciones en el control de asistencia del personal docente, desarrollo de capacidades de trabajo en el aula, la elaboración de documentos internos administrativos, depende de la Subdirección de Administración, del Director, según corresponda, sus funciones son: a) Apoya en el control de asistencia, tardanza, permanencia del personal docente, administrativo, procesando y consolidando el control de asistencia en forma diaria, informando inmediatamente a la Dirección; tanto del sistema computarizado como de los formatos de desarrollo de capacidades en el aula. b) Organiza el archivo mensual de inasistencias, tardanzas, licencias, permisos de los docentes, auxiliares de educación, cruza información con la secretaria de apoyo administrativo y de la dirección. c) Elabora el informe preliminar mensual a la Dirección sobre tardanzas e inasistencias del personal docente del turno respectivo, debiendo hacerlo en los 03 primeros días de inicio del cada mes. d) Procesa el consolidado de las horas efectivas de clase (del parte de desarrollo de capacidades) en forma diaria, semanal, mensual y anual para tomar decisiones en forma oportuna. e) Mantiene actualizado la base de datos de los profesores para el SIAGIE que permita organizar, obtener los datos (horario de clases del contratado-nombrado y fecha de vigencia, dirección domiciliaria, etc.), record de tardanzas, permisos, licencias e inasistencias. f) Digita documentos inherentes a la Subdirección y los distribuye a los que corresponda. g) Otras funciones afines que su superior jerárquico lo asigne.

SECRETARÍA DE APOYO ADMINISTRATIVO Art.122º Es el personal de apoyo administrativo a la subdirección administrativa, jerárquicos comité, comisiones de trabajo en la elaboración de documentos internos, depende de la Subdirección de Administración, del Director y cumple las siguientes funciones: a) Organiza el archivo mensual de inasistencias, tardanzas, licencias, permisos de los docentes, auxiliares de educación y administrativos cruzando información con la secretaria de la dirección. b) Organiza la documentación de la Subdirección de Administración, documentos de ingreso, de salida para su archivo, proveído y atención cuando es urgente. c) Digita documentos internos: oficios, solicitudes, memorando e informes, los entrega y distribuye a quien corresponda. d) Entrega documentos normativos al personal de la I.E. e) Digita la relación de personal, turnos (personal de servicio las rotaciones semanales, mensuales y sectores asignados), entrega a la Dirección y publicar en el franelógrafo f) Apoya en el control de asistencia del personal administrativo y mantenimiento. g) Elabora el informe preliminar mensual de inasistencias del personal docente, administrativo y de mantenimiento de la I.E. en un plazo no mayor de 03 días de cada mes para elevar a la Dirección y a la superioridad. h) Vela por el mantenimiento, seguridad y conservación de los documentos a su cargo. i) Atiende, orienta al público usuario con cortesía, amabilidad teniendo en cuenta el Manual de Procedimientos Administrativos, resaltando el buen trato, la responsabilidad, honestidad, lealtad hacia sus superiores y compañeros de trabajo.

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j)

Lleva el cuaderno de cargos y ocurrencias, informando a la Subdirección de hechos que merecen inmediata atención. k) Comunica las reuniones, convocatorias, citaciones al personal de la I.E. emanadas de la Dirección y subdirección Administración así como concertar citas en función de la agenda y horario de atención de la subdirección. l) Realiza labor de mensajero en la entrega de documentos emanados de la I.E. a las dependencias que se le encargue. m) Otras funciones afines a su cargo que su superior jerárquico lo asigne.

AUXILIAR DE LABORATORIO Art.123º Es el personal que apoya la realización de la práctica en el laboratorio del área de CTA, por la naturaleza del trabajo, depende funcionalmente del Jefe de Laboratorio, Sub Director administrativo y/o del Director de la Institución Educativa y cumple las siguientes funciones: a) Participa en la organización, instalación, codificación, inventario, funcionamiento de los equipos y materiales en coordinación con el jefe de Laboratorio. b) Cuida, conserva y da mantenimiento al material existente durante su horario de trabajo. c) Lleva el kardex actualizado de registros, fichas de movimiento de los reactivos, materiales y equipos de laboratorio. d) Proporciona sobre la mesa de trabajo los materiales, instrumentos y distribuye oportunamente los insumos, reactivos de acuerdo al requerimiento. e) Apoya a las jefaturas de laboratorio, docentes en la elaboración del Plan anual de trabajo, cronograma de prácticas de laboratorio, así como en la preparación anticipada de materiales y en el desarrollo de las prácticas de laboratorio. f) Elabora en coordinación con el jefe de laboratorio el cuadro de requerimiento de materiales, insumos, reactivos, materiales e instrumentos que requieren el laboratorio. g) Apoya a los profesores en las prácticas, con la preparación de muestras, aplicando técnicas básicas de laboratorio y preparación de soluciones químicas sencillas. h) Lleva un cuaderno de cargos, de ocurrencias diarias, registrando la conservación del mobiliario, instalaciones eléctricas, gas, agua, desagüe y otros informando su inmediata su atención. i) Mantiene limpios los anaqueles, lavaderos, estantes, ambientes, mobiliario, materiales y equipos de laboratorio. j) Lleva el inventario actualizado de los materiales, registrando las altas y bajas. k) Elabora, registra horarios de los profesores y de las reuniones que hagan uso del laboratorio. l) Apoya tareas del laboratorio impartida por los profesores, jefe de laboratorio y subdirectores. m) Realiza las demás funciones afines a su cargo que le asigne el jefe de laboratorio, el subdirector administrativo. n) Permanece en su lugar de trabajo durante su jornada laboral de cuarenta horas cronológicas. AUXILIAR DE BIBLIOTECA Art.124º Es la persona que recibe, codifica, registra el material bibliográfico, atendiendo al usuario de acuerdo al requerimiento, depende funcionalmente del subdirector Administrativo o Director de la Institución Educativa, cumple las siguientes funciones: a) Formula, ejecuta, evalúa y controla el plan anual de trabajo de su área.

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b) Organiza y elabora ficheros para los libros por autor y materia o título. c) Confecciona bibliografías, catálogos, ordena los libros y revistas de acuerdo a la codificación establecida. d) Facilita, distribuye a los estudiantes, profesores los textos MINEDU y material didáctico de lectura entre otros que tiene la biblioteca de acuerdo a la normatividad. e) Apoya en organizar el CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS, tecnológicos y el banco de libros para un mejor servicio a los usuarios. f) Elabora el periódico mural, boletín informativo, bibliográfico, lista y diversos catálogos. g) Mantiene al día el inventario de los volúmenes de libros, otros materiales bibliográficos existentes en la Biblioteca, precisando anualmente las altas y bajas. h) Vela por la seguridad, mantenimiento y conservación del material bibliográfico (empastes, encuadernación, forrado, etc.), sala de video y de todo lo que contenga de valor en dicho ambiente. i) Lleva el control, registro actualizado de los equipos, material bibliográfico, video-gráfico, otros materiales didácticos asignados a la biblioteca y la sala de recursos educativos. j) Entrega y recoge de los alumnos, bajo firma de los padres, los libros que pertenecen al Ministerio de Educación. k) Propone campañas para la adquisición de libros así como campañas del buen lector. l) Atiende, orienta al público usuario con cortesía, amabilidad cuando requiere los servicios, trámites, teniendo en cuenta el Manual de Procedimientos Administrativos, resaltando el buen trato hacia sus superiores y compañeros de trabajo. m) Otras funciones afines que le asigna el subdirector de Administración y/o Director. JEFE DE MANTENIMIENTO Y SUPERVISIÓN Art.125º Es la persona con capacidad de resolver problemas de mantenimiento de la infraestructura, manejo de personal para optimizar los servicios de limpieza, vigilancia, seguridad, mantenimiento de la Institución Educativa. Depende funcionalmente del subdirector Administrativo o Director de la Institución Educativa, cumple las siguientes funciones: a) Elabora el Plan anual de trabajo, organiza, implementa, supervisa y controla el trabajo del personal de servicio. b) Supervisa el cumplimiento de las operaciones de limpieza, vigilancia, seguridad, mantenimiento, servicios, entrega cada semana la hoja de producción o de tareas a su persona y recoge en forma diaria la hoja respectiva para el control del trabajo que realiza su personal para a su vez entregar a la Subdirección Administrativa. c) Prepara, los cuadros de actividades a realizar, su distribución entre el personal a su cargo, por turnos de trabajo, da disposiciones convenientes para el mantenimiento y limpieza de los ambientes de la I.E. d) Efectúa el control, monitoreo de asistencia, permanencia, el cumplimiento de sus labores del personal a su cargo; mantenimiento, limpieza, portero, guardianes verificando el cumplimiento de la asignación de tareas de acuerdo a la hoja de producción y el horario de trabajo del personal a su cargo, dando cuenta de ello a su superior jerárquico. e) Verifica permanentemente el estado de limpieza e higiene de las aulas, servicios higiénicos así como velar por la adecuada conservación, limpieza y mantenimiento de los ambientes de la Institución Educativa. f) Formula el plan de supervisión y monitoreo con cronograma, para el personal a cargo: mantenimiento, limpieza, portero y guardianes con el asesoramiento del subdirector de administración.

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g) Realiza labores de mantenimiento, conservación, reparación, instalación de los servicios, equipos, bienes enseres y de infraestructura de la I.E. (no tiene sector a cargo). h) Efectúa pedidos de materiales de limpieza, herramientas, equipos, similares, registra, distribuye, controla el movimiento y su uso para lo que es necesario. i) Cumple labores de conserjería. j) Publica en las vitrinas los acuerdos, informes, turnos establecidos y las tareas programadas por semana por sectores, distribuyendo la jornada laboral del personal a su cargo k) Tiene actualizado el inventario físico valorado de bienes, equipamiento, enseres, materiales que están a su cargo, lleva un cuaderno de control de altas y bajas. l) Provee el reemplazo del personal o sustituir personalmente en caso de emergencia comprobada así como organizar un juego de llaves de los ambientes que debe estar en custodia en la subdirección de Administración. m) Sugiere al subdirector de administración el rol de vacaciones del personal a su cargo que deberá cumplirse entre los meses de enero y febrero de cada año. n) Entrega previo inventario, las carpetas, mobiliario, enseres de las aula, sectores que le corresponde al auxiliar de mantenimiento y limpieza al inicio del año escolar a fin de que también haga entrega de los mismos al finalizar el año lectivo, bajo responsabilidad. o) Realiza con el personal a su cargo, la limpieza de las paredes del local (para que esté libre de inscripciones indebidas, dibujos obscenos, pinta de cualquier índole, etc.) p) Vela por el buen uso de los bienes, herramientas, equipos y otros enseres. q) Anota en su cuaderno de ocurrencias, las sustracciones, pérdida de bienes que atestigüe o sea de su conocimiento e informar de inmediato al subdirector Administrativo. r) Realiza el trabajo de reparación de carpetas, puertas y otras tareas de prioridad diariamente. s) Otras funciones afines que le asigne la subdirección administrativa y/o dirección.

TRABAJADOR DE SERVICIO (GUARDIANÍA) Art.126º Es el personal que cuida, da la seguridad de vigilancia a la I.E. depende funcionalmente del jefe de mantenimiento y supervisión, del subdirector administrativo o del Director de la Institución Educativa, coordina sus acciones con el Jefe de supervisión y mantenimiento, cumple las siguientes funciones: a) Vigila estrictamente la infraestructura del colegio durante el turno respectivo, efectúa trabajo de inspección y verificación del sector a su cargo. b) Realiza con responsabilidad la custodia del local a través de rondas permanentes por todos los ambientes de la institución. Preservando la no pérdida de bienes o enseres durante su turno de trabajo. c) Asiste puntualmente al colegio, registra diariamente su entrada y salida, al finalizar su jornada debe entregar a su superior jerárquico el formato rellenado de su tarea o producción. d) Informa por escrito al jefe de supervisión y mantenimiento, subdirector de administración cualquier irregularidad atestiguada o de su conocimiento, y en caso de emergencia dar parte a la Policía Nacional, inmediatamente. e) Controla (abrir y cerrar) diariamente las puertas que dan acceso al plantel, durante el turno correspondiente, principalmente en horas de entrada y salida de los estudiantes. f) Maneja a diario el cuaderno de control por sectores, donde se anota la conformidad o falta de bienes, enseres, mobiliarios que estará bajo su custodia en el turno y horario

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establecido (recibe y entrega las llaves) a quien corresponda previa verificación de los bienes y enseres. g) Cumple responsablemente con el turno, las tareas que se le asigna los días sábados, domingos y feriados. h) Apoya en la limpieza de aulas, servicios higiénicos y ambientes de la Institución Educativa en su turno respectivo. i) Otras funciones afines que le asigne su superior jerárquico.

TRABAJADOR DE SERVICIO (PORTERÍA Y LIMPIEZA) Art.127º Es el personal que realiza labores de mantenimiento, limpieza de ambientes, talleres, oficinas y servicios higiénicos del sector asignado, depende funcionalmente del subdirector administrativo o director de la Institución Educativa, coordina sus acciones con el jefe de supervisión y mantenimiento, cumple las siguientes funciones: a) Desempeña con responsabilidad, esmero, eficacia labores de mantenimiento, limpieza de ambientes: aulas, talleres, laboratorios, aula de innovación, oficinas y servicios higiénicos del sector asignado así como los patios, pasadizos, techos, ventanas, puertas y mobiliario en general de la I.E. de acuerdo a la distribución del trabajo. b) Permanece en el sector que le corresponde durante las horas de trabajo, turno respectivo realizando las tareas asignadas en cumplimiento de sus funciones y deberes. c) Asiste con puntualidad y registra su asistencia diaria en las hojas de control, tanto la entrada como la salida. d) Cumple con los turnos correspondientes los días sábados, domingos y feriados, bajo responsabilidad. e) Ejecuta, dentro de las horas de trabajo y en razón a sus habilidades, las labores de reparación de carpetas, puertas, pizarras, instalaciones eléctricas, albañilería, instalaciones de agua, desagüe y otros. f) Realiza el mantenimiento de los jardines, áreas verdes del plantel para ofrecer espacios limpios, saludables con enfoque ambiental y la buena imagen de la Institución Educativa. g) Efectúa plantaciones con plantas nativas, aromáticas, frutales y arbustos que no dañen las veredas. h) Abre las puertas de ingreso antes del inicio de la primera hora de clases así como en la salida en el turno que corresponde (7:00 am 12:25 pm y 5:55 pm) apoyando en el control de ingreso y salida de los alumnos. i) Acciona las cuchillas de la caja de seguridad de electricidad a las 4:00 pm y en días de penumbra para que haya iluminación en las aulas, j) Controla la puerta principal de ingreso de personas, organizando casilleros para guardar el DNI de las personas que ingresan a la I.E, no permitir el ingreso de personas embriagadas, vendedores, personas sospechosas entre el público, sin mostrar su identificación y autorización de la Dirección. k) Lleva el cuaderno de control de bienes y enseres asignado a su cargo. l) Cumple con los turnos programados registrando las incidencias en el cuaderno, luego informar de inmediato al superior. m) Atiende, orienta al público usuario con cortesía, amabilidad, dando información adecuada del funcionamiento de la I.E. resaltando el buen trato hacia sus superiores y compañeros de trabajo.

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n) Controla la salida e ingresos de bienes de la I.E. verificando la papeleta de ingreso y de salida. o) Otras funciones afines a su cargo que disponga su superior jerárquico.

PERSONAL DE INFORMES Y CONTROL DE PUERTA DE INGRESO Art.128º Es el personal que realiza labores de control de puerta principal de ingreso y salida del personal que labora en la I.E. así como el control de ingreso y salida de los usuarios, depende funcionalmente del subdirector Administrativo o Director de la Institución Educativa, coordina sus acciones con el jefe de supervisión y mantenimiento, cumple las siguientes funciones: a) Atiende, orienta e informa al público usuario con cortesía, amabilidad cuando requiere los servicios, trámites, teniendo en cuenta el Manual de Procedimientos Administrativos y flujo grama, resaltando el buen trato, lealtad hacia sus superiores y compañeros de trabajo. b) Abre las puertas de ingreso antes del inicio de la primera hora de clases así como en la salida, cumpliendo sus 08 horas de trabajo. c) Controla la puerta principal de ingreso de personas, organizando casilleros para guardar el documento de identidad de las personas que ingresan a la I.E, no permitir el ingreso de personas embriagadas, vendedores, personas sospechosas entre el público, sin mostrar su identificación y autorización de la Dirección. d) Lleva el cuaderno de control de bienes y enseres asignado a su cargo. e) Controla la papeleta de salida del personal de la I.E. por permisos o comisiones en la hora de trabajo, registrando en su cuaderno. f) Organiza el archivo del personal por turnos, cargos y los sectores donde labora. g) Registra las incidencias en el cuaderno, luego informa de inmediato a la superioridad. h) Controla las salida e ingresos de bienes de la I.E. verificando la papeleta de ingreso y de salida.

PROFESIONALES DE LA SALUD PSICÓLOGO Art.129º Es el profesional responsable del departamento psicopedagógico, que brinda asesoría, consejería a los estudiantes, a los padres de familia, apoyo psicopedagógico a los docentes para optimizar el aprendizaje de los estudiantes, tiene una jornada laboral de 24 horas, depende del subdirector Administrativo, funcionalmente del coordinador de TOE y del Director de la Institución Educativa, cumple las siguientes funciones: a) Elabora, organiza, ejecuta y evalúa el Plan de Trabajo de su área. b) Mantiene coordinación permanente con la Subdirección de Formación General para el desarrollo óptimo de su trabajo (con estudiantes, docentes y PP.FF.) informando la solución de casos. c) Realiza capacitación, talleres, reuniones psicopedagógicas con los docentes para mejorar el aprendizaje, detección, análisis y solución de casos psicosociales. d) Diseña, elabora, aplica e interpreta pruebas psicológicas, psicotécnicas y psicopatológicas en forma individual y grupal para los estudios de coeficiente intelectual, orientación vocacional y personalidad de los estudiantes. e) Diseña, elabora y ejecuta programas estratégicos para la atención de problemas psicosociales (deserción, ausentismo, pandillaje juvenil, bajo rendimiento académico,

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f) g)

h)

i) j) k) l) m) n) o) p) q) r)

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falta de hábitos y técnicas de estudio, orientación vocacional, etc.) para prevenir problemas psicosociales en los adolescentes. Apoya el trabajo educativo que realiza el profesor tutor y coordinador de TOE. Apoya, colabora a los directivos de la I.E. en estrategias de capacitación de los miembros de la comunidad educativa (aplicación del comportamiento organizacional, trabajo en equipo, liderazgo, motivación, inteligencia emocional, clima y cultura institucional) con el fin de orientar las actividades hacia el logro de los objetivos y metas institucionales. Actualiza a los docentes en el manejo de la psicología del aprendizaje, psicología del desarrollo y la neurociencia e interviene en la superación de los problemas de aprendizaje. Organiza y mantiene actualizado el archivo estadístico del Departamento Psicopedagógico. Organiza, propone y convoca el equipo de especialistas en el tratamiento de problemas psicopedagógicos. Apoya, orienta a los tutores, alumnos para el acompañamiento y solución de sus problemas. Elabora, desarrolla diseños de investigación sobre rendimiento escolar, orientación vocacional, motivación y otras en las áreas de su competencia. Realiza acciones de soporte en la planificación, capacitación al área de tutoría, en coordinación con el área de trabajo social y coordinación de TOE. Realiza la referencia y contra referencia de casos indicados de estudiantes a instituciones especializadas cuando el caso lo amerita. Evalúa, orienta y apoya a descubrir las actitudes vocacionales de los estudiantes. Apoya, coordina, participa en el programa Escuela para Padres en coordinación con las Subdirecciones de Formación General, TOE y APEC. Registra casos de Bullying en coordinación con el Coordinador de TOE en la plataforma del SISEVE. Del MINEDU Otras funciones afines inherentes al cargo, que disponga la superioridad y el presente reglamento.

TRABAJADORA SOCIAL Art.130º Es el profesional que realiza acciones de detección, solución y seguimiento de problemas socio-económico, familiares de los estudiantes, trabajadores y padres de familia, tiene una jornada laboral de 28 horas, depende del subdirector administrativo y funcionalmente del coordinador de TOE y del Director de la Institución Educativa, cumple las siguientes funciones: a) Diseña, elabora, ejecuta y evalúa el Plan de Trabajo de su área. b) Organiza, implementa, ejecuta el programa de bienestar y servicio social, movilizando a la comunidad educativa en apoyo a los estudiantes, trabajadores y padres de familia. c) Mantiene coordinación permanente con la Subdirección de Formación General para el desarrollo óptimo de su trabajo (con estudiantes, docentes y PP.FF.) informando sobre la solución de casos. d) Organiza el directorio familiar de los estudiantes para coordinar con los padres o apoderados en casos de emergencia. e) Apoya, colabora con los directivos de la I.E. en estrategias de capacitación de los miembros de la comunidad educativa (aplicación del comportamiento organizacional, trabajo en equipo, liderazgo, clima y cultura institucional) con el fin de orientar las actividades hacia el logro de mejores condiciones de vida.

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f) g) h) i) j)

k)

l) m)

n) o) p) q) r) s)

t)

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Elabora, propone, ejecuta proyectos y programas de prevención de la salud así como contribuir con la mejora de los problemas sociales de la comunidad educativa. Elabora, ejecuta acciones de investigación socioeconómica de la problemática de los estudiantes para lo cual diseña y maneja la ficha socio-económica. Realiza acciones de coordinación entre la Institución Educativa, las instituciones públicas y privadas para el bienestar de los estudiantes. Organiza el equipo multidisciplinario para la atención de los problemas y desarrollo de programas. Realiza visitas domiciliarias, seguimiento de casos sociales de los estudiantes en situación difícil para informar a las instancias respectivas para orientar soluciones pertinentes y alcanzables. Diseña, elabora, ejecuta programas para la atención de problemas psicosociales (deserción, ausentismo, pandillaje juvenil); académicos: bajo rendimiento escolar, falta de hábitos y técnicas de estudio, etc. Organiza y mantiene actualizado el archivo estadístico del departamento psicopedagógico-social. Diseña, elabora, propone y ejecuta programas estratégicos para prevenir problemas psicosociales en los adolescentes promoviendo el liderazgo juvenil y orientando a los alumnos para la solución de sus problemas. Apoya, coordina, participa en el programa Escuela para Padres en coordinación con las Subdirecciones de Formación General, TOE y APEC. Elabora y desarrolla programas recreacionales para la comunidad educativa en coordinación con APEC y TOE. Realiza la referencia y contra referencia de estudiantes indicados a instituciones especializadas. Difunde hábitos de convivencia y disciplina escolar democrática dentro de la I.E. el hogar y la comunidad. Realiza acciones de soporte en la planificación y capacitación al área de tutoría, en coordinación con el psicólogo y coordinación de TOE. Planifica, coordina, ejecuta reuniones bimestrales con los docentes para informar los estudiantes que tienen problemas psico-sociales, económicos y familiares de tal forma tener la consideración en el aprendizaje, evaluación y apoyar la labor de los docentes. Otras funciones afines al cargo y la superioridad lo disponga.

MÉDICO ODONTÓLOGO Art.131º Es el profesional que realiza la atención primaria de la salud y de primeros auxilios a los estudiantes, trabajadores de la I.E. tiene una jornada laboral de 28 horas, depende del Subdirector Administrativo, el Director y funcionalmente del Coordinador de TOE, cumple las siguientes funciones: a) Desarrolla acciones permanentes de apoyo y orientación para la atención primaria de la salud bucal-dental y primeros auxilios. b) Coordina con los centros hospitalarios, policlínicos, centros de salud y postas médicas para realizar campañas de salud bucal, vacunación, despistaje o profilácticas en los estudiantes. c) Examina, diagnostica y prescribe el tratamiento de medicinas a los estudiantes que se encuentran mal de salud dental. d) Realizar intervenciones quirúrgicas de emergencia en su ramo. e) Cumple acciones permanentes de orientación sobre conservación de la salud bucal.

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f)

Organiza las historias clínicas de los estudiantes y del personal docente de la Institución educativa. g) Apoya el trabajo formativo y prevención de la salud que realizan los profesores tutores y la coordinación de tutoría y orientación educativa. h) Otras funciones inherentes.

CAPÍTULO VII DEBERES, DERECHOS, FALTAS, SANCIONES, ESTÍMULOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Art.132º En lo correspondiente al régimen administrativo se adscriben al D.L. 276 Ley de carrera Administrativa y sus reglamentos en cuanto sean pertinentes al contexto de la I.E. así como a la Ley Nro. 27815 “Código de Ética de la Función Pública, Ley Nro. 27444 “Ley de Procedimiento Administrativo General, la R.M. Nro. 571-94/ED “Reglamento de control de Asistencia y Permanencia del Personal de Ministerio de Educación y otras normas conexas.

DEBERES Y OBLIGACIONES Art.133º Cumplir con sus funciones en forma eficaz, eficiente, apoyando con su labor para dar un buen servicio a los estudiantes y usuarios de la I.E. Art.134º Supeditar el interés particular al interés común y a los deberes del servicio de atención de a los usuarios. Art.135º Desempeñar sus funciones vivenciando los valores de la I.E. responsabilidad, respeto, honestidad, laboriosidad y tolerancia. Art.136º Respetar la jerarquía de la organización de la I.E. y cumplir con el MAPRO y flujo grama en los trámites y gestión de los documentos administrativos en la I.E. Art.137º Observar buen trato en la atención al público en general, lealtad hacia sus superiores y compañeros de trabajo. Art.138º Guardar absoluta reserva en asuntos institucionales que revistan tal carácter. Art.139º Cumplir con puntualidad y responsabilidad el horario establecido, de 8 horas cronológicas diarias. Art.140º Realizar las actividades y tareas encomendadas consignadas en la hoja de producción (en concordancia de sus funciones) para el control del trabajo. Art.141º Laborar en el cargo o puesto asignado con dedicación y capacitación para su mejor desempeño, manteniendo las buenas relaciones humanas entre los trabajadores. Art.142º Ejercer su función en concordancia con los comportamientos éticos, morales, cívicos contribuyendo a un clima institucional adecuado y la buena imagen de la I.E. Art.143º Cautelar los bienes de la I.E. velando por su uso óptimo, racional e informar oportunamente a la superioridad las situaciones que lindan con el delito y faltas graves que se presente en su trabajo.

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Art.144º Apoyar en la elaboración de los documentos de planificación en el inicio y finalización del año escolar, para el caso de los administrativos, personal de servicio en el mantenimiento y conservación de la infraestructura, para recibir a los estudiantes, la limpieza y seguridad de los ambientes designados en el desarrollo escolar de acuerdo a la calendarización .

DERECHOS Art.145º Hacer carrera pública en base a la meritocracia, superación, desarrollo personal capacitándose constantemente para desempeñar sus cargos con idoneidad y competencia, la I.E. debe brindar facilidades para su capacitación. Art.146º Percibir la remuneración que corresponde a su nivel, incluyendo las bonificaciones y beneficios que proceden conforme a Ley. Art.147º Gozar de vacaciones de 30 días remuneradas, de preferencia en los meses de enero y febrero, teniendo en consideración la necesidad de servicio en la atención a los estudiantes, de los usuarios y de la I.E. Art.148º Hacer uso de permisos y licencias por causas justificadas o motivos personales en la forma que determine el D.L. 276 “Ley de Carrera Administrativa “y sus reglamentos y la R.M. 571-94/ED Art.149º Recibir estímulos, menciones y distinciones a mérito de su desempeño en el trabajo y/o acciones destacadas que elevan la imagen institucional. Art.150º Los demás que señalan las leyes y su reglamento en cuanto sea contextualizado y pertinente.

FALTAS Art.151º Reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de sus superiores relacionados con sus labores. Art.152º Incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o falta de palabra en agravio de su superior y de sus compañeros de trabajo. Art.153º Negligencia en el desempeño de sus funciones, retrasar de manera intencionada el trabajo, tareas asignadas, así como causar daño mal intencionado y negligencia en el cuidado de la infraestructura, bienes, materiales y documentación de la I.E. Art.154º Utilizar o disponer de los bienes de la I.E. en beneficio propio o de terceros. Art.155º Concurrir al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias psicoactivas. Art.156º Firmar su asistencia y no permanecer en su lugar de trabajo realizando las actividades en concordancia a sus funciones, ausentándose sin conocimiento de su superior jerárquico. Art.157º Llegar al centro de trabajo reiteradamente tarde e inasistencias injustificadas reiteradas.

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Art.158º Incumplir las normas establecidas en el D.L. 276 “Ley de Carrera Administrativa “ y sus reglamentos.

PROHIBICIONES Art.159º Realizar actividades distintas a su labor, ajenas a la I.E. durante el horario normal de trabajo, sin conocimiento de sus superiores. Art.160º Percibir retribución de terceros para realizar u omitir actos de servicio. Art.161º Celebrar por sí o por terceras personas, intervenir directa o inmediatamente en los contratos con la I.E. y caer en conflicto de intereses. Art.162º Los demás que señala la Ley o normas conexas lo estipulen para el personal administrativo como servidor público.

SANCIONES Art.163º Las sanciones por falta disciplinaria de acuerdo a la gravedad en primer orden si la falta es LEVE lo trata el superior inmediato, si la falta es GRAVE lo trata el CONEI recomendando a la instancia respectiva la sanción respectiva, y si la falta es MUY GRAVE, es pasible a un proceso administrativo por la instancia superior; las sanciones por falta disciplinaria de acuerdo a la gravedad son:    

Llamada de atención verbal ( por el Director) Llamada de atención por escrito ( lo hace la instancia la UGEL-DRE) Anotación respectiva en el legajo personal de la amonestación. Informe a la superioridad para la respectiva sanción.

ESTÍMULOS Art.164º Reconocer el buen desempeño en el trabajo, acciones excepcionales o de calidad extraordinaria relacionada con el desempeño de sus funciones. Art.165º Compensación horaria de descanso por trabajo realizado de exceso al de la jornada laboral, siempre y cuando no pudiera ser remunerada y esté autorizado por la superioridad. Art.166º Incentivar los proyectos de innovación y tener en cuenta las sugerencias para mejorar el trabajo en el desempeño de sus funciones y de ser necesario promocionar su publicación. Art.167º Otorgar un día libre de descanso por onomástico. Art.168º Otros que pudieran darse por la superioridad y que señale la Ley.

CAPÍTULO VIII ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN Y DE APOYO: COMITÉS Y COMISIONES DE TRABAJO COMITÉ DE GESTIÓN DE RECURSOS PROPIOS, ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Y EMPRESARIALES

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Art.169º Comité de gestión de recursos propios y Actividades productivas y Empresariales, se rige por el D.S. Nº 028-2007/ED; está integrado por:     

El Director de la I.E. quien la preside. El Subdirector de Administración. El Subdirector de Educación para el Trabajo. Un representante de los profesores. Un representante del personal administrativo

Los mecanismos de representación y tiempo de vigencia están estipulados en las normas vigentes, el comité tiene las siguientes funciones: a) Administra, planifica, organiza, supervisa, controla y evalúa el proceso de ejecución del plan anual de gestión de recursos propios (ingresos y egresos) para atender las necesidades de la I.E. priorizando la atención de la gestión pedagógica especialmente de los estudiantes para optimizar su aprendizaje. b) Formula, aprueba el plan anual de gestión de los recursos propios; gestionando la captación de los recursos económicos y financieros, así como los egresos de dinero (gastos-inversiones) para atender las necesidades priorizadas del PAT de la I.E. c) Asesora al subdirector administrativo y al tesorero de la I.E. para la elaboración del presupuesto anual de la I.E., luego aprueba el presupuesto. d) Asesora la gestión del tesorero de la I.E. en cuanto a su gestión de eficiencia, transparencia, en el manejo ordenado de los documentos ingresos y egresos dentro del marco de la normatividad. e) Asesora al subdirector administrativo para la actualización del TUPA y mejorar la captación de recursos económicos. f) Aprueba o desaprueba el balance económico anual preliminar de la I.E. dando las recomendaciones, antes que el tesorero sustente al CONEI y a la junta de trabajadores. g) Establecer un fondo de caja chica mensual para la atención de los gastos de menor cuantía. h) Actúa con vocación de servicio, identificación, transparencia y honestidad. i) Organiza el proceso y la documentación respectiva para proceder la compra (modalidad de licitación y/o adquisiciones directas considerando tres postores como mínimo) j) Hace un estudio en base a requerimiento y la necesidad de la I.E. que este prevista en el PAT y aprobada en el presupuesto. k) Evaluar y decidir la adquisición de un bien o servicio en base a calidad del producto o servicio, durabilidad, precio, garantía, oportunidad, austeridad, tiempo de entrega y requerimientos específicos. l) Invita a un profesional calificado para obtener la información de la calidad del producto a obtener. m) Adquiere el bien cumpliendo los procedimientos y la normatividad, con los documentos exigidos por SUNAT entregan a la oficina de gestión patrimonial/abastecimiento para la seguridad, su distribución correspondiente y cumplir con la normatividad. n) Otras funciones previstas en la normatividad.

COMISIÓN DE LICITACIÓN, ADMINISTRACIÓN DE KIOSCOS Y CAFETINES Art. 170º La comisión de administración de kioscos y cafetines se rige con la normatividad expresa para el caso, teniendo en cuenta el buen servicio en calidad y costo y gestionar la

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captación de recursos económicos para atender las necesidades de la I.E. están conformados por:    

El Director de la I.E. quien la preside Un representante de los docentes Un representante de los padres de familia Alcalde(sa)

Cumplen las funciones siguientes: a) Convoca a licitación los kioscos y cafetines. b) Elabora, publica, difunde, vende las bases teniendo en cuenta la normatividad, las necesidades de atención a los estudiantes y trabajadores (alimentos nutritivos, frutas limitación de expendio de comidas calificadas como chatarra, horario de atención, etc…) c) Hace las comparaciones de atención, precio y costo de los postores, teniendo por lo menos 03 postores buscando las estrategias adecuadas para la convocatoria y calificación. d) Publica los resultados de la licitación. e) Realiza las acciones de supervisión, monitoreo y control de las condiciones sanitarias e higiene de los ambientes, alimentos, precios, horario de atención, higiene del personal que atiende, menajes y preparación de los alimentos. f) Recibe las sugerencias y quejas de los usuarios por escrito a través de la Dirección. g) Resuelve en primera instancia todos los reclamos relacionados con la licitación, supervisión y control de los kioscos. h) Atiende los requerimientos aprobados y previstos en el PAT, en la normatividad, de acuerdo con el presupuesto asignado y el V°B° de la Dirección. i) Realiza un informe a la Dirección por bimestre sobre la supervisión realizada. j) Rinde cuentas a la Asamblea de trabajadores al finalizar el año escolar, con los documentos contables.

COMITÉ DE IMAGEN INSTITUCIONAL Art.171º Este comité se conforma con la finalidad de proponer, organizar, programar y evaluar proyectos de innovación en bien de la imagen institucional de la Institución, está integrado por:       

El director quien la preside. Los Subdirectores. Los Coordinadores de TOE I-IIP Los coordinadores de APEC I-IIP Un representante de los docentes del área de FCC/PFRH. El presidente de la APAFA y representante de los comités de padres de familia El Alcalde(sa) Escolar

Tiene las siguientes funciones, a) Vela por la correcta presentación de los estudiantes a nivel interno y externo de la I.E. mejor aun cuando va representar a la Institución en ceremonias oficiales. b) Apoya y colabora en forma activa con la disciplina y comportamiento de los estudiantes en la I.E. proponiendo proyectos de innovación para mejorar la calidad de servicio. c) Coordina con el comité de enfoque ambiental, el comité de disciplina y convivencia escolar, el Comité de ética y estímulos para elaborar proyectos de innovación que mejoren la imagen institucional.

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d) Promueve actividades extracurriculares en coordinación con el coordinador de APEC y APAFA para el mejoramiento, conservación, limpieza y mantenimiento de la infraestructura que resalten el trabajo en equipo y la imagen institucional. e) Realiza un mapeo en forma mensual y especialmente antes del inicio del año escolar sobre el estado de la infraestructura: mantenimiento, seguridad y limpieza de las aulas, mobiliario escolar, servicios higiénicos, patios, áreas verdes, puertas, ventanas, etc. e informa a la Dirección y Subdirección de Administración para que tome las medidas correctivas. f) Coordina con los medios de comunicación, PNP, gobierno regional, local, serenasgo, juntas vecinales y comités de vigilancia de los padres de familia, APAFA, referente a la lucha contra los antros, que desvirtúan la formación de los estudiantes. g) Propone y sustenta proyectos de innovación a la Dirección, que promueva la buena imagen institucional.

COMITÉ DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LOS ESTUDIANTES Art. 172º En concordancia con la normatividad que preservan la seguridad física, psicológica, emocional y moral de los estudiantes en los exteriores contiguos a la I.E., frente a los peligros que están expuestos los estudiantes en la hora de entrada y salida, se conforma el comité de vigilancia y seguridad de los estudiantes, antes de la conformación deben coordinar el representante de la I.E. y el representante de la APAFA sobre la necesidad y pertinencia de este comité, estará conformado por:    

El Director quien lo preside. El Coordinador de TOE I-IIP. Los Auxiliares de Educación de cada turno. Un representante de los padres de familia por cada grado (elegidos en plenaria de Presidentes de Comité de padres de familia).

El comité de vigilancia y cuidado de los estudiantes tiene las siguientes funciones: a) Promueve y organiza a los padres de familia para las acciones de vigilancia y cuidado de los estudiantes en los exteriores de la I.E. a la hora de ingreso y salida de los estudiantes. b) Planifica, organiza, programa, evalúa las actividades del comité, la ejecución de la vigilancia, cuidado de los estudiantes, las rondas lo realiza los padres de familia en forma organizada y responsable, los auxiliares de educación apoya en el control para mejorar las estrategias. c) Adopta medidas preventivas de seguridad, salud frente a los peligros que se exponen los estudiantes en la hora de entrada y salida en un radio de acción de 500 metros, donde se concentran los estudiantes para tomar su movilidad de retorno a sus domicilios. d) Llamar la atención a los estudiantes de nuestra I.E. cuando tienen un mal comportamiento y faltas a la reglas de urbanidad, a la moral e infringe el RI, si el caso amerita, informar a la autoridad de la I.E. para que se tome las acciones correctivas. e) Consolida semanalmente las ocurrencias de las acciones de vigilancia y en cada bimestre debe dar su informe al pleno de Presidentes de Comités de Aula y/o al CONEI f) Comunica a los organismos tutelares PNP, Serenazgo, Defensoría, Hospital y otros que le son inherentes, los casos graves que necesitan investigación y cuidado para preservar la seguridad de los estudiantes. g) Elabora y tiene actualizado el directorio de nuestros aliados, los teléfonos de las instituciones tutelares para mantener una comunicación permanente. 66

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h) Elabora su propio reglamento para cumplir con la misión que se le encomienda.

COMITÉ DE TUTORÍA, CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR DEMOCRÁTICA Art.173º Este Comité da lineamientos y orientaciones para preservar una convivencia escolar armónica entre (estudiante – estudiante, estudiante – profesor y viceversa) las faltas graves se deja constancia en un libro de registros de incidencias y/o en el portal de SISEVE del MINEDU, siendo el director y/o coordinador de TOE de accionar de acuerdo al protocolo cuando las circunstancias lo requieran. Se conforma de acuerdo a la Directiva Nº 01-2006/VMGP/OTUPI, “Normas para el desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa en las DRE, UGEL e I.E tiene las siguientes funciones: a) Contextualiza las actividades de TOE: Programas de prevención. b) Organiza, programa, orienta, supervisa, monitorea y evalúa las actividades de TOE. c) Promueve y organiza acciones de formación y asesoría: estudiantes, docentes y padres de familia. d) Asegura la incorporación de las acciones de TOE en el PEI, PCI, PAT. e) Promueve y organiza la realización bimestral de reuniones y/o cuando la situación lo requiera entre tutores y padres de familia de sus secciones. f) Promueve la escuela de padres, el establecimiento de alianzas con otras instituciones. g) Media en la solución de conflictos a nivel de los estudiantes cuando rebasa las funciones y la autoridad de los auxiliares de educación, derivando al CONEI las que sean pertinentes. Las faltas graves deben actuarse de acuerdo al protocolo de forma inmediata haciendo conocer a la autoridad pertinente para su tratamiento de acuerdo a las normas y sus funciones. h) Propone a la Dirección de la I.E. estímulos, sanciones a los estudiantes de acuerdo al RI y a las normas de convivencia y disciplina escolar. i) Actuar de acuerdo al protocolo y confidencialidad; haciendo uso de las normas y el reglamento interno, preservando la integridad física, emocional y moral de los estudiantes. Es responsable de la campaña “Tengo derecho al Buen trato”, está integrado por:       

El Director quien lo preside. El Coordinador de TOE I-IIP Los Tutores: un tutor por grado. El Psicólogo escolar Un Auxiliar de Educación por turno. Representante estudiantil (integrante del municipio escolar) Representante de los Padres de Familia ( es opcional; uno por cada turno, elegidos en un plenario de Presidentes de Comités de Aula)

COMITÉ DE EVALUACIÓN AL PERSONAL Art.174º Las funciones están tipificadas en el art. 65.1-65.2 y el art. 66º del D.S. Nº 04-2013/ED del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial Nº 29944, para lo cual se conforman las comisiones de:  Comité de evaluación para el ingreso a la carrera.  Comité de evaluación de desempeño docente.  Comité de evaluación para el acceso a cargos jerárquicos.

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 Comité de contratación para el personal administrativo y auxiliar de educación, de acuerdo a normas específicas.  Comité de evaluación del personal docente. Las funciones generales que tienen estas comisiones son: a) Planifica, elabora, ejecuta el plan de evaluación del personal de la I.E. construyendo los instrumentos que se requiere y su informe respectivo. b) Evalúa las funciones en el marco del buen desempeño docente, el trabajo del personal administrativo y de servicios de acuerdo a la normatividad en forma permanente. c) Trabaja con transparencia, ética, solvencia moral las acciones a realizar, respetando las normas y procedimientos administrativos vigentes. d) Proponer a la Dirección de la I.E., al CONEI, a la APAFA al personal que deberá ser estimulado en el día del Maestro. Al personal administrativo al finalizar el año académico y por acciones destacadas que elevan la imagen de la I.E. e) Recomendar a la Dirección de la I.E. y el CONEI al personal docente y administrativo que deberán ser amonestados por acciones negativas en el trabajo que no coadyuven a la buena imagen de la I.E. así como a las faltas ético-moral en su desempeño de trabajo y al incumplimiento del RI de la I.E.

COMITÉ DE GESTIÓN DEL RIESGO y ENFOQUE AMBIENTAL Art.175º Este Comité es de suma importancia por ser preventivas, de educación a la comunidad educativa para enfrentar situaciones de emergencia ante los riesgos de desastres de la naturaleza, preparándolos en forma permanente a través de simulacros ante los sismos, inundaciones, desastres, otras situaciones de contingencia previniendo y mitigando los efectos, asegurando la protección del cuerpo, la salud y la vida de los miembros de la comunidad educativa; para lo cual conforman las brigadas ecológicas, de defensa civil y otras pertinentes, lo conforman:         

El Director de la I.E. quien lo preside El Subdirector de Administración Los Coordinadores de TOE I-IIP Los Coordinadores de APECD I-IIP Representante de los Auxiliares de Educación 02 por cada turno 02 profesores de CTA uno por cada turno. 02 profesores de FCC uno por cada turno 02 representantes del personal Administrativo (uno de oficina y otro de mantenimiento) 02 representantes de la APAFA

Tiene las siguientes funciones: a) Elabora el Plan de trabajo anual antes del inicio del año escolar (considerando los requerimientos, logística, programación de simulacros, presupuesto) y planes específicos de contingencia. b) Adopta medidas preventivas cumpliendo con la programación de los simulacros para que la comunidad educativa enfrente organizadamente los desastres. c) Propone proyectos de sistema de mantenimiento de la infraestructura (limpieza, des colmatado, mejoramiento de las áreas verdes, patios y estadio), el recojo de residuos en contenedores.

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d) Aplica las medidas adoptadas en el antes, el ahora y después para la autoprotección en la posibilidad de un evento natural que puede ocasionar desastres (señalización de zonas de seguridad, de riesgo, medicinas y primeros auxilios), e) Propone proyectos de cuidado del medio ambiente, ornato, limpieza y de eco eficiencia para sensibilizar a la comunidad educativa el uso de las 03 Rs. f) Coordina las acciones del comité con las instancias superiores de defensa civil y otras entidades: tales como el Gobierno regional, municipios, sector educación, bomberos, hospitales y fuerzas policiales. g) Participa en forma organizada para la ejecución de campañas de sensibilización a la comunidad educativa en función del cumplimiento del plan de trabajo, evalúa e informa a la Dirección sobre las acciones realizadas al final de cada evento y año.

COMISIÓN DE INGRESO AL PRIMER GRADO Art.176º Es un Comité especial que apoya la gestión del Director, para el acceso oportuno de matrícula a los ingresantes al primer grado, en el cumplimiento de la normatividad educativa prevaleciendo en la práctica el ejercicio de la ética y la transparencia, está conformado por:     

El Director, quien lo preside El Subdirector Administrativo Un representante de los docentes Un representante de los administrativos (oficina de matrícula) El representante de los PP.FF. ante el CONEI y/o designado por la APAFA

Tiene las siguientes funciones: a) Coordina las acciones con el CONEI para la implementación de la matrícula oportuna en cumplimiento de la normatividad educativa. b) Estudia y sugiere la meta de atención de los estudiantes en función de la estadística del año anterior. c) Sugiere, elabora, publica el cronograma de matrícula y los requisitos que deben presentar. d) Coordina con la Comisión de inducción/reforzamiento a ingresantes al 1er grado para que se brinde un servicio de calidad después que se efectuó la matrícula. e) Vela por la matrícula oportuna sin condicionamiento alguno para el acceso al primer grado, traslados y alumnos regulares. f) Garantiza la transparencia durante todo el proceso. g) Sugiere ante el CONEI o consejo Directivo sobre las estrategias para la matrícula, sobre los estudiantes que tienen problemas de conducta por faltas muy graves y recomienda las acciones a tomar sin que transgreda las normas educativas. h) Informa ante el Consejo Directivo y a la Asamblea de trabajadores sobre el cumplimiento de las funciones.

COMITÉ DE MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA Art. 177º Comité especial que apoya la gestión del Director, para planificar, programar, implementar, ejecutar, informar a la superioridad sobre el mantenimiento preventivo de la infraestructura educativa, con los recursos asignados por el MINEDU, priorizando la atención a las necesidades para el buen inicio del año escolar, otras atenciones pertinentes, coordinando con la APAFA, y consejo directivo, para el cumplimiento de la normatividad prevaleciendo en la práctica el ejercicio de la ética y los valores.

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Integrantes del Comité de Administración:  El Director quien lo preside.  Dos representantes de los padres de familia elegidos en Asamblea general (01 titular y 01 suplente)  Dos representantes del personal docente elegidos en Asamblea general (01 titular y 01 suplente).  Comité veedor y vigilancia.

PLENARIA GENERAL DE TRABAJADORES Art.178º Es la Asamblea General de los trabajadores (docentes y administrativos) como también pueden ser solo la Junta de docentes o Junta de Administrativos, de acuerdo a las circunstancias, deben ser por turnos según corresponda, sus funciones son de apoyo, de legitimidad a los acuerdos institucionales, se reúnen al inicio y término del año escolar, en casos que ameritan consensuar, es convocado por el Director y por delegación el subdirector respectivo o cuando lo soliciten por escrito más del 50% de los trabajadores, con agenda propia y tiempo destinado, siendo sus funciones los siguientes: a) Analiza, opina, recomienda y decide sobre las medidas técnico pedagógico, institucional y administrativo de la I.E. b) Opina y recomienda con criterio armonizador la elaboración de los documentos de gestión, PEI, PCI, RI, PAT, MAPA, TUPA, presupuesto, otros, así como los informes de la rendición de cuentas al finalizar el año escolar. c) Presenta sugerencias acerca de las necesidades destinadas a mejorar la aplicación del plan de estudios, programas, proyecto curricular y criterios de evaluación teniendo en cuenta la normatividad. d) Estudia las ponencias, propuestas pedagógicas, administrativas e institucionales de los directivos, docentes, administrativos para opinar, consensuar y recomendar su aplicabilidad. e) Vigila las acciones que realizan los directivos, jerárquicos, docentes, administrativos, comités y comisiones de trabajo de la i.e. enmarcados en la normatividad.

MUNICIPIO ESCOLAR Art.179º El Municipio escolar es una organización de los estudiantes para velar por el cumplimiento de sus deberes y el respeto a sus derechos, apoyar la gestión del Director, cumplir con el RI, así como proponer proyectos para la mejora de la calidad de los servicios en la I.E., está conformada por:       

Alcalde o alcaldesa. Teniente Alcalde o Teniente Alcaldesa. Regidora o Regidor de Educación, Cultura, recreación y Deporte. Regidora o Regidor de Salud y Ambiente. Regidora o Regidor de Emprendimiento y Actividades productivas. Regidora o regidor de Derechos del Niño, Niña y Adolescente. Regidora o Regidor de Comunicación y Tecnología de la Información.

Art.180º El Municipio Escolar se renueva cada año, para el mejor cumplimiento de sus funciones coordinan con los docentes del área de Formación Ciudadana y Cívica, Coordinadores de APEC y TOE

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Art.181º El Municipio Escolar cumple las siguientes funciones: a) Vela por el cumplimiento de los deberes y derechos del niño y del adolecente. b) Promueve, organiza charlas, talleres de liderazgo juvenil a los estudiantes en coordinación con el área de FCC,APEC,TOE. c) Organiza actividades culturales, académicas, deportivas, artísticas con los estudiantes en coordinación con el área de FCC, APEC,TOE. d) Presenta proyectos, propuestas de congratulación a los docentes por el día del maestro, trabajadores por su buen desempeño y acciones trascendentales al término del año para los estímulos correspondientes por la Dirección. e) Presenta proyectos, propuestas de congratulación a los estudiantes por su buen rendimiento académico, de conducta y acciones que eleven la imagen positiva de la I.E. para los estímulos correspondientes por la Dirección. f) Contribuye al cuidado y mejoramiento de la infraestructura de la I.E. g) Otros que su propia Normatividad lo contempla.

ASOCIACIÓN DE EX-ALUMNOS Art.182º La Asociación de ex-alumnos es una organización de personas egresados de la I.E. sus fines es apoyar la gestión del Director para mejorar la calidad educativa y elevar la imagen institucional. Art.183º La Asociación se rige por sus propios estatutos y reglamentos. Art.184º El representante de los ex-alumnos puede conformar el CONEI y participar cuando se le convoque su asistencia para fines institucionales. Art. 185º La Asociación promueve, organiza actividades de carácter cultural, social, deportivo y artístico para incentivar las relaciones interpersonales e institucionales así como fortalecer la identidad castillista. Art.186º La Asociación presenta proyectos de implementación para la mejora de la infraestructura y equipamiento, apoyando la gestión del director en la búsqueda de recursos económicos y financieros para la mejora de la calidad educativa.

CAPÍTULO IX RÉGIMEN DE LOS PADRES DE FAMILIA: ATRIBUCIONES, DERECHOS, DEBERES, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES, FALTAS, SANCIONES Y ESTÍMULOS Art. 187º La Asociación de Padres de Familia, se rige por la Ley N°. 28628, su Reglamento el D.S. N° 04-2006-ED; Es un órgano de apoyo para la I.E. la intervención de los asociados consiste en la participación y colaboración del proceso educativo de sus hijos así como cumplir sus deberes, derechos y el Reglamento Interno de la I. E. Art. 188º ATRIBUCIONES Y DERECHOS a) Participar en el proceso educativo de sus hijos. b) Colaborar en las actividades educativas que realiza la I.E. promoviendo un clima armonioso favorable para el aprendizaje de los estudiantes.

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c) Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los estudiantes; textos del MINEDU, carpetas, mobiliario escolar, pizarra, etc. d) Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y materiales educativos, apoyando la gestión para la mejora de los servicios. e) Cooperar con la I.E. para salvaguardar la seguridad e integridad física de los estudiantes. f) Coordinar con el Director de la I.E. mecanismos, estrategias que contribuyan la matrícula oportuna, la no deserción y la asistencia de los estudiantes. g) Recibir información sobre el rendimiento académico, niveles de aprendizaje y de comportamiento de sus hijos. h) Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeño destacado en la I.E. i) Participar en el quehacer educativo en la I.E. a través de sus representantes en el CONEI, en los comités de aula, comités de taller, comisiones que los padres de familia y la I.E. los designe, para atender las necesidades de los estudiantes. j) Apoyar y participar en el proceso de autoevaluación de la I.E. para la mejora de la calidad educativa k) Ser tratado, atendido con respeto y amabilidad por las autoridades, personal administrativo, docente en gestiones pertinentes como usuarios en horario de atención al público, que no interfieran labor pedagógica en el salón. l) Otras funciones, atribuciones y derechos estipuladas en la Ley de APAFA, su Reglamento y otras normas conexas. Art.189º OBLIGACIONES Y DEBERES a) Educar a sus hijos con responsabilidad, respeto a buenos principios y valores. b) Contribuir que en la I.E. exista un clima institucional adecuado que beneficie el aprendizaje y permita la formación integral de los estudiantes. c) Apoyar, colaborar con los docentes y los auxiliares de educación para mejorar la acción educativa y disciplina de los estudiantes. d) Colaborar y participar en las actividades educativas programadas en el PAT de la I.E. e) Cuida, preserva los bienes, enseres de la I.E., en caso que el hijo(a) deteriore, rompa en forma malintencionada: carpetas, pizarra, textos del MINEDU, interruptores, tomacorriente, llave, cañería de agua, accesorios de SS.HH., equipo, materiales, herramientas de laboratorio y taller deberá reparar y reponer inmediatamente. f) Asistir y participar en las reuniones con fines educativos que convoque la Dirección, profesores, tutores, auxiliar de educación, comités de aula o la junta directiva de la Apafa. g) Ser responsable del comportamiento de sus hijos dentro y fuera de la I.E., si su hijo(a) cometiera faltas a los deberes, obligaciones así como infringir las prohibiciones, el padre de familia será también responsable, más aún si la falta es grave debe reparar la falta. h) Tratar con respeto, asertividad a los trabajadores de la I.E. a los estudiantes y a los padres de familia. i) Cumplir con sus aportes económicos que coadyuven a mejorar la atención de los estudiantes que la Asamblea de APAFA, comité de aula, taller acuerden dentro del marco de la normatividad. j) Velar por la probidad y trasparencia de la gestión educativa en la I.E. k) Velar por el cumplimiento del derecho a la educación de calidad de los estudiantes, siendo equitativo, el reclamo de sus derechos corresponde también el cumplimiento de sus deberes.

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Otros que estén previstas en la Ley de APAFA y su Reglamento.

Art.190º PROHIBICIONES Y FALTAS a) Ingresar a la I.E. en estado de ebriedad. b) Interrumpir al personal docente durante las horas de clases, salvo en las horas adicionales, a solicitud del profesor, auxiliar de educación por situaciones de emergencia o permanecer dentro de la I.E. realizando otros asuntos que no son fines educativos, perturbando el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. c) Agredir física o verbalmente a los profesores u otras personas que laboran en la I.E. d) Ingresar a la I.E., aula sin la identificación y permiso del personal respectivo. e) Agredir, amenazar, insultar a los estudiantes dentro o fuera de la I.E. cualesquiera fuera el caso. f) Protagonizar al interior de la I.E. peleas, riñas con otros padres de familia por conflictos entre sus hijos o por asuntos personales. g) Publicar por medios escritos, hablados o televisivos sin tener la debida información, contrastada con el Director o el CONEI, hechos que dañen el prestigio de la I.E., la dignidad de los trabajadores, de los estudiantes, es decir sin agotar el debido proceso y la instancia en la Institución Educativa. h) Sacar al estudiante del Aula, del plantel. sin la autorización o sorprendiendo a la autoridad de la I.E. i) Intervenir en el trabajo técnico-pedagógico de los docentes así como influir en la calificación de la evaluación de sus hijos o pupilos. Art.191º SANCIONES a) Los padres de familia que no asistan a las citaciones de los profesores, tutores, auxiliares de educación y directivos de la I.E. para recoger la boleta de notas, tratar asuntos de rendimiento académico, comportamiento y temas educativos que coadyuven a la mejora de la calidad educativa serán llamados severamente la atención en forma verbal y escrita por la autoridad de la I.E. b) Los padres de familia que no asistan a citaciones de directivos de la APAFA, del Comité de aula, serán acreedores a la sanción que la organización y estamento de la APAFA lo determine. c) Los padres de familia que incumplan los acuerdos de la Asamblea de la APAFA, comités de aula en asuntos de mejora de la calidad educativa serán acreedores a la sanción que la organización y estamento de la APAFA lo determine. d) El padre de familia que agreda verbal o físicamente a los trabajadores de la I.E., estudiantes, padre de familia dentro de la I.E. serán acreedores a una sanción que el CONEI recomiende. e) El padre de familia que descuiden su rol tutelar, de alimentación, salud, rehúyan la atención en su educación y formación integral en valores de su hijo(a) serán derivado a las instancias pertinentes para el tratamiento del caso. f) El padre de familia que realice publicaciones por medios escritos, hablados o televisivos sin las evidencias fidedignas, contrastada con el Director o el CONEI, sin agotar el debido proceso dentro de la I.E. Que dañen el prestigio de la I.E., la dignidad de los trabajadores, de los estudiantes, si el caso amerita será derivado al CONEI, para su tratamiento y

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recomendación, en todo caso si es muy grave, el agraviado tiene el camino de hacer valer sus derechos ante el fuero civil y penal.

Art.192º ESTÍMULOS a) Al padre de familia ejemplo y modelo de vida en valores que coadyuve en la formación integral de los estudiantes y a la mejora de la calidad educativa de la I.E. será acreedor a la felicitación pública verbal, escrita o diploma de honor al mérito de la Dirección y de la APAFA. b) Al padre de familia que se esmera en la educación de sus hijos, pese a tener dificultades económicas y de salud, tendrán la consideración del caso en sus aportes a la I.E., APAFA así como tener prioridad de vacante para otros hijos menores que ingresan a la I.E. previa coordinación entre la Dirección y el estamento de la APAFA.

CAPÍTULO X FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN, CONCERTACIÓN Y VIGILANCIA CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI) Art.193º Es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa “Mariscal Castilla” que contribuye a la promoción y ejercicio de una gestión educativa de calidad; transparente, ética, moral y democrática, que promueve el respeto a los principios de equidad, inclusión e interculturalidad. Art.194º Lo preside el Director y está integrado por:       

Los subdirectores. Representante del personal docente. Representante del personal administrativo. Representante de los estudiantes (MUNICIPIO ESCOLAR) Representante de los padres de familia. Representante de los ex alumnos (a invitación de los miembros). Representantes de Instituciones referentes de la comunidad (a invitación de los miembros).

Art.195º Para ser representante e integrante en el CONEI se requiere no estar cumpliendo sanción disciplinaria ni penal, cada representante de los estamentos tienen sus mecanismos de nominación previstas en normas educativas. Art.196º Son Funciones del CONEI en Aspectos de Participación: a) Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y otros instrumentos de gestión. b) Participar en los procesos destinados al ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación. c) Vigilar el acceso, matrícula oportuna, inclusión educativa y calidad del servicio que brinda la institución educativa.

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d) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad, inclusión, pertinencia del servicio educativo, logros de aprendizaje y el adecuado uso y destino de los recursos. e) Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de trabajo pedagógico, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo. f) Promover mecanismos y modelos de participación de los actores educativos de la sociedad civil, para contribuir al buen clima y liderazgo institucional, así como la evaluación de la gestión de la institución orientada a mejorar su prestigio en la comunidad. g) Fortalecer la organización, funcionamiento y seguimiento de “Círculos de Mejoramiento de la Calidad del Aprendizaje y Enseñanza", “Círculos de Investigación – Innovación”. h) Proponer acciones concretas de sensibilización a la comunidad educativa, en especial a los estudiantes orientados a la conservación del local, uso adecuado del mobiliario y equipos de la Institución Educativa. i) Proponer a la Dirección normas de convivencia para el personal, alumnado de la Institución Educativa y criterios de participación en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. j) Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa. k) Promover mecanismos de reconocimiento y estímulos al personal docente y administrativo, que destaquen con su desempeño en el aula, en la Institución Educativa y a los estudiantes según los resultados obtenidos en el marco del Proyecto Curricular Institucional, el Proyecto Educativo Institucional y/o por acciones destacadas de mérito que eleve la imagen de la I.E. l) Proponer a la Asociación de Padres de Familia por medio de su representante, mecanismos e instrumentos para contribuir a la mejora de los aprendizajes de sus hijos, apoyando en la gestión de recursos; desde los padres de familia, la familia y en la Institución Educativa, a partir de aprender a escuchar a los hijos, del mejor uso del tiempo para el estudio en el hogar, el apoyo en la ejecución de tareas escolares y la práctica vivencial de los valores. Art.197º Son Funciones del CONEI en Aspectos de Concertación: 1. Promover el establecimiento de vínculos con las organizaciones e instituciones de la localidad, que potencien el uso de los recursos existentes. 2. Brindar apoyo a la Dirección de la Institución Educativa en la resolución de conflictos que se susciten en el interior del plantel. 3. Generar acuerdos que fortalezcan la mejora de la gestión pedagógica, institucional y administrativa de la Institución Educativa, apoyando en la gestión de recursos para la ejecución y sostenibilidad del PAT, priorizando los procesos de aprendizaje - enseñanza relacionados con la comprensión lectora y el pensamiento lógico - matemático, promoción de comportamientos de vida organizada en función de los valores, y una cultura de derechos en cada aula de la Institución Educativa. Art.198º Son Funciones del CONEI en Aspectos de Vigilancia: a) Vigilar la equidad en el acceso y permanencia de los estudiantes. b) Cautelar y vigilar la ejecución del presupuesto participativo anual de la Institución Educativa, de la Asociación de Padres de Familia en función del Proyecto Educativo

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Institucional y los demás instrumentos de gestión. El Plan Operativo Anual de la APAFA deberá estar articulada al Plan Anual de Trabajo de la Institución Educativa, centralizando en la gestión pedagógica, atendiendo las necesidades de los estudiantes para la mejora de la calidad de servicios. c) Ejercer acciones de vigilancia en el desempeño de los actores de la Institución Educativa y evitar acciones externas que afecten el buen funcionamiento institucional, promoviendo el trabajo digno, la gestión transparente y participar en su evaluación. d) Supervisar el número de horas efectivas de clase que reciben los alumnos de acuerdo a la cantidad de horas programadas según el plan de estudios y el cuadro de distribución de secciones y horas de clase por sección, grados y turnos. e) Confirmar la asistencia y puntualidad de los docentes de acuerdo al horario de clases. f) Otros aspectos que la Ley de APAFA, su reglamento le sea aplicable.

FUNCIONES DEL COMITÉ DE AULA Y TALLER Art.199º Es el órgano de participación, coordinación y de apoyo a la gestión pedagógica del trabajo de los profesores en el aula por consiguiente de la I.E. sus funciones están estipuladas en la Ley de APAFA Nº 28528 y su Reglamento D.S. Nº 04-2006/ED, Art. 31-32-33-34; como tal los padres de familia, tutores y curadores de la sección y grado de estudios, colaboran en el proceso educativo de sus hijos bajo la asesoría del profesor del aula o tutor de la sección, están representados por el Presidente, Secretario y Tesorero que son elegidos democráticamente por un periodo de un año escolar. Las funciones del Comité de Aula y de Taller son: a. Participar a solicitud del profesor tutor de aula o de taller, en las actividades que beneficien a los estudiantes: actividades, educativas, culturales, deportivas, recreativas, sociales y las que contribuyan a la formación integral de los estudiantes. b. Colaborar a solicitud de Directivos de la Institución Educativa en actividades educativas y acciones de promoción educativa comunal. c. Cooperar con el Consejo Directivo de la APAFA en el logro de los objetivos, actividades y metas previstas en el Plan Operativo Anual de la Asociación. d. Promover la adecuada comunicación y relaciones interpersonales entre los padres de familia del aula, el profesor tutor, los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa, presentando alternativas de solución para mejorar el comportamiento y rendimiento académico de sus hijos. e. Elaborar su Plan de Trabajo con el asesoramiento del profesor tutor y presenta el informe de las actividades desarrolladas durante el año escolar, a la Dirección y al Consejo Directivo de la Asociación de Padres de Familia. f. Sensibilizar a sus hijos(as) para el cuidado de las carpetas, bienes y enseres del aula y de la I.E. inculcando a sus hijos(as) el cumplimiento de las normas de convivencia en el aula. g. Apoyar en el equipamiento, material educativo y la ambientación del aula, taller, laboratorio, promoviendo un ambiente de estudios agradable para sus hijos. PLENO DE PRESIDENTES DE COMITÉS DE AULA Art.200º El Pleno de Presidentes de los Comités de Aula y de taller, es el órgano de participación de la APAFA de apoyo al trabajo docente en el aula, su finalidad es canalizar las propuestas de los Comités de Aula/Taller ante el Consejo Directivo de la Asociación, así como viabilizar a través de sus integrantes las decisiones del consejo, para coordinar acciones educativas conjuntas en beneficio de la I.E.

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Art.201º El Pleno de Presidentes de Comités de Aula y de Taller es convocado y presidido por el Presidente del Consejo Directivo de la APAFA o en su defecto por el Director de la I.E. para los fines previstos en el artículo anterior. Art.202º Los acuerdos del pleno de Presidentes de los Comités de Aula y de taller son adoptados por mayoría simple de sus integrantes y obligan a los respectivos Comités cumplir con los acuerdos.

CAPÍTULO XI RÉGIMEN DE LOS ESTUDIANTES: DERECHOS, DEBERES, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES, FALTAS, SANCIONES, ESTÍMULOS; EVALUACIÓN DE CONDUCTA; MÉRITOS Y DEMÉRITOS DE LOS ESTUDIANTES Art.203º Los derechos, deberes, prohibiciones, méritos y deméritos de los estudiantes se sustentan en las siguientes Normas Legales:     

Constitución Política del Perú Ley Nª 28044, Nueva Ley General de Educación, su Reglamento D.S. N° 011-2012/ED Ley Nº 27337 Código del Niño y Adolescente. Ley Nª 29719 Ley que Promueve la Convivencia sin violencia en las I.E. RVM Nº 0022-2013-ED Normas para el Fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar. Uso adecuado del tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica, Patriótica de los Estudiantes en las Instituciones y Programas de Educación Básica.  Ley Nª 30403 Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes.

DERECHOS Art.204º Los derechos de los estudiantes están previstas en la normatividad; siendo los siguientes: a) Merecer respeto, afecto, consideración y atención de sus compañeros, profesores, auxiliares de educación, personal jerárquico, directivo, administrativo, personal de servicio, padres de familia y personal de los cafetines. b) Opinar sobre la calidad del servicio educativo que recibe, presentar reclamo, queja ante la Autoridad de la I.E. sobre actos, faltas que lindan con la moral, valores, las buenas costumbres de sus compañeros, de los servidores de la I.E. y otros reclamos que considere pertinente para el mejoramiento de la calidad educativa. c) Recibir una formación integral basada en principios, valores morales, religiosos, éticos, cívicos y patrióticos en cada uno de los grados de estudios, dentro del ambiente que le brinde seguridad física, psicológica y moral así como los servicios de tutoría y orientación educativa. d) Organizarse democráticamente a través de comités de aula, en municipios escolares y otros estamentos estudiantiles para ejercer sus derechos, con el asesoramiento del responsable del Área de Formación Ciudadana, de la Coordinación de TOE y APECD e) Intervenir organizadamente en el desarrollo del Calendario Cívico Escolar, de acuerdo a las sugerencias de los coordinadores de APECD f) Participar organizadamente en las diferentes etapas de las disciplinas deportivas: fútbol, básquet, vóleibol, ajedrez, fulbito; certámenes culturales, educativos, académicos,

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artísticos, concursos, exposiciones, ferias, seminarios, día del logro y otros, dentro y fuera de la I.E., bajo la orientación y acompañamiento de un profesor tutor o asesor. g) Recibir en forma gratuita los servicios educativos que se presta en el colegio (préstamo de textos MINEDU, carpetas en buen estado al inicio del año académico y otros previstos en la normatividad) . h) Ser evaluado sin discriminación ni preferencia, en completa igualdad de condiciones y oportunidades. i) Ser evaluado en fechas extemporáneas si ha representado a la I.E. en actividades, eventos académicos, deportivos, cívicos, culturales o artísticos, siempre y cuando presente previamente la constancia o en caso de enfermedad con la justificación de documentos sustenta torios SIS, que presente el padre o apoderado en forma oportuna. j) Tener derecho al recreo, para hacer uso de los servicios higiénicos, refrigerio y actividades recreativas en un ambiente de compañerismo, por lo tanto no hay permiso durante la hora de clase, salvo emergencias.

DEBERES Y OBLIGACIONES Art.205º Los estudiantes así como tienen derechos que respetar también deberes que cumplir y son los siguientes: a) Respetar a sus padres, profesores, condiscípulos, auxiliares de educación, personal de servicio, mantenimiento, administrativo, jerárquico y directivo. b) Asistir con puntualidad y responsabilidad con una presentación adecuada que identifica a la I.E., a sus clases con sus útiles y textos facilitados por el MINEDU. c) Estudiar satisfactoriamente, en el desarrollo de las clases el/la estudiante mantendrá una disciplina con actitud de respeto, atención y participación así como cumplir con las tareas asignadas de sus profesores para permitir su mejor aprendizaje. d) Asistir al colegio correctamente uniformado, (varones corte de cabello escolar, damas cabellos sujetados con moñeras) y en óptimas condiciones de higiene. e) No promover actos de indisciplina, dentro y fuera de la I.E., no consumir sustancias psicotrópicas, licor, faltar de palabra a los miembros de la comunidad educativa. f) No asistir a la I.E. con síntomas de embriaguez y exhibicionismo, en caso de ser sorprendido, previa investigación e informe será separado inmediatamente de la I.E. con conocimiento de sus padres. g) Asistir puntual y correctamente uniformado a las ceremonias cívico – patrióticos, culturales, religiosos participando en forma ordenada, activa en su realización (ceremonia de los días lunes y otras previstas en el PAT). h) No hacer actos que atenten contra la integridad física, psicológica y moral de los miembros integrantes de la familia castillista, en caso de detectarse previa investigación, e informe de la gravedad del caso, será separado inmediatamente de la I.E con conocimiento de sus padres sin lugar a reclamo. i) Justificar su inasistencia a clases mediante su padre o apoderado ante el Auxiliar de Educación y Coordinador de TOE dentro de la 24 horas y/o comunicar su situación a la Dirección. j) Conservar la limpieza del medio ambiente de la I.E. (aulas, talleres, laboratorios, SS.HH. y patio) haciendo uso adecuado, depositando los residuos sólidos en los contenedores. k) Cuidar, no malograr la infraestructura de la I.E. ( aulas, mobiliario escolar, carpetas, PC, equipos de laboratorio, de taller, material bibliográfico y educativo, etc.); en caso de deterioro de forma intencionada los padres asumen la reparación y/o reposición inmediata.

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Permanecer responsablemente en las aulas, cuando están en horas de clase realizando sus quehaceres educativos, evitando evasiones o fugas. Acatar disciplinadamente las disposiciones emanados por los Brigadieres, Policía Escolar, Escolta y otros Estamentos Estudiantiles, basados en el carácter formativo, preventivo y regulador, de igual manera estos estamentos debe ser ejemplo en el cumplimiento del presente Reglamento Interno y las normas de convivencia y no hacer abuso de poder de su envestidura. En la práctica; de Educación Física, Talleres y Laboratorio usaran indumentaria adecuada que los profesores por consenso aprueben y estén previstas en el RI del Área, preservando siempre la economía de los estudiantes. Asumir con responsabilidad su aprendizaje, practicando tolerancia, solidaridad, diálogo, uso efectivo del tiempo para una convivencia armónica. Demostrar buen comportamiento en todo momento dentro de la I.E. retirarse inmediatamente a sus domicilios, evitar formar grupos en las esquinas, parques, centros comerciales, teléfonos públicos, etc. Para no obstaculizar el libre tránsito vehicular, hacer uso adecuado de las veredas y pistas respetando las normas viales y de urbanidad. Devolver al final del año escolar los materiales educativos prestados por el MINEDU, (las carpetas al Auxiliar de educación y/o personal de mantenimiento) en un estado de conservación adecuado, en caso de deterioro en forma mal intencionada debe reparar el daño o reponer uno nuevo bajo responsabilidad del padre de familia. En caso de aplazarse por dos años consecutivos en el mismo grado,(la 1era vez él padre de familia firma el compromiso de apoyo educativo a su hijo) y si es por 2da vez se recomendará cambio de ambiente, comunicando en forma oportuna al padre de familia, facilitando la devolución de sus documentos. Cumplir con las disposiciones emanadas por las autoridades educativas de la I.E. y las establecidas en el presente Reglamento.

PROHIBICIONES Y FALTAS Art.206º Los estudiantes como parte de su formación de futuros buenos ciudadanos, deben comportarse poniendo en práctica los valores, ético y moral, el cumplimiento del presente reglamento, siendo los siguientes: a) Realizar actos reñidos contra la moral, las buenas costumbres y normas de convivencia. b) Conformar agrupaciones o grupos al servicio de intereses particulares, así como suscribir actas o peticiones inducidas por terceros a favor o en contra de los profesores o personal administrativo y de servicio de la I.E. c) Traer a la I.E. artefactos electrónicos: (cajitas musicales MP3, MP4, audífonos, celulares, tablets, calculadoras, cámara fotográfica, etc.) alhajas y otros de gran valor, que no están previstas en la UDA y/o sesión de aprendizaje del profesor, es decir no permitidas para su utilización en la clase, toda vez que estos equipos interfiere la sesión de aprendizaje, en caso de desacato; la I.E. no se responsabiliza por deterioros, pérdidas o robos. Además serán incautados, custodiados en la I.E., luego a sus padres previo compromiso del padre a que no reiteren la falta. d) Faltar de palabra u obra a sus compañeros, maltrato físico, psicológico y oral bullying tales como golpes suaves, insultar, poner sobre nombres o apodos así como también realizar el bullying cibernético a través del facebook. e) Faltar el respeto a sus profesores, auxiliar de educación y demás trabajadores de la I.E. así como a sus respectivos padres.

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Destruir; romper intencionalmente las carpetas, mobiliario, puertas, ventanas-vidrios, interruptores, tomacorriente, pizarras, cañerías, inodoros, área verde, equipos e instrumentos de laboratorio, de taller. De cometer estos actos los padres asumen la reparación o reposición inmediata. Realizar inscripciones con frases no permitidas; en el mobiliario, en las carpetas, en las paredes de las aulas, SS.HH. y otros ambientes de la I.E. de identificarse deben resarcir el daño, comprometiéndose a no reiterar la falta. Traer o portar armas blancas punzo cortantes, licor, drogas u otras sustancias psicoactivas y tóxicas camufladas en la mochila o vestimenta, juegos de azar, revistas inapropiadas y otros que peligran o desorientan la formación integral del educando. Abandonar las aulas o la I.E. durante las horas de clase, sin la autorización respectiva del auxiliar de educación, del coordinador de TOE y profesores de la hora de clase respectiva. Adulterar o falsificar las notas, firmas del padre o apoderado, en las Libretas de Información, agenda escolar, otros documentos oficiales y suplantar o hacerse suplantar en la evaluación. Participar en actos de desorden, hurto, amenaza, chantaje, peleas, indisciplina individual y colectiva, incitar a otros realizar actos reñidos contra la Ley. El desacato obliga al padre-alumno firmar un compromiso notarial. Robar los bienes y/o enseres de la I.E. o de sus compañeros con que comparten en la I.E. Promover y realizar en la I.E., ventas de rifas, parrilladas, bailes, colectas y otros no autorizados por la Dirección, como el realizar escenas de enamoramiento con el uniforme escolar, dentro y fuera de la Institución Educativa. Denigrar la imagen de la Institución Educativa; consumir e inducir a beber licor, participar en peleas callejeras, pandillas y/o asistir a la I.E. en estado de embriaguez, drogadicción. Permanecer en el patio, pasadizos, cafetines, campos deportivos, SS.HH. durante las horas de clase sin la autorización correspondiente; o permanecer en las aulas haciendo otros quehaceres no autorizados, durante la formación o desarrollo de actividades cívico-patriótico y cultural. Asistir a la I.E. con maquillajes, tatuajes, exhibicionismos, capuchas sobre la cabeza y piercings (en la lengua, labios, nariz, oreja, etc.) Mentir, calumniar intencionalmente con el objeto de conseguir un provecho personal o realizar actos denigrantes a su formación, tales como: robos, amenazas, venganzas, injusticias, y otros similares. Participar o realizar juegos de azar (sorteos, casinos, dados, lanzamiento de dinero, botella borracha, Charly Charly, y otros con fines de lucro o daño psicológico). Constituir grupos, bandas, pandillas o parejas de alumnos con fines aberrantes; desviaciones sexuales, actos delincuenciales atentando contra la integridad física, sexual, moral y otros de sus compañeros y personas de su entorno. Comer, beber o masticar chicles en el salón durante el desarrollo de clases o ejercicios de aplicación interfiriendo la atención en el desarrollo de la clase. Exponerse a peligros que comprometan la integridad física y moral de los mismos y de sus compañeros tales como asistir a bares, cantinas, discotecas, participar en juegos y actos que dañan su salud. Asistir a la I.E. en el horario escolar establecido, con indumentarias distintas al uniforme escolar, excepto con autorización especial de las autoridades competentes.

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w) Jugar con balones de fútbol, básquetbol y vóleibol durante la formación o en los pasadizos y salones de clases. Art.207 Para tipificar y considerar las faltas leves, graves y muy graves así como las sanciones respectivas se presentan la siguiente tabla de valoración

TABLA DE CONSIDERACIÓN PARA TIPIFICAR LAS FALTAS Y SANCIONES FALTAS LEVES Indicador: (a), (b), (d), (i), (k), (m), (p), (r), (u), (v)

(c), (j), (o), (t),

Si las faltas son recurrentes y reiteradas, se convierten en faltas graves

FALTAS GRAVES Indicador:

SANCIÓN

Por 1era. Vez llamada de (e), (f), (g), (h), atención, verbal por el (l) (n), (q), (s), Auxiliar de Educación, anotando en el record de faltas, comprometiéndose a resarcir o reparar el daño y no reiterar Firmar una carta notarial de compromiso por sus padres de no infringir en las prohibiciones y faltas Dar informe al Comité de Disciplina y convivencia escolar Comprometiéndose a resarcir o reparar el daño y no reiterar para no convertirse en faltas muy graves

Si las faltas son recurrentes y reiteradas, se convierten en faltas muy graves

SANCIÓN Firmar una carta notarial de compromiso por sus padres de no infringir en las prohibiciones y faltas Dar informe al Comité de Disciplina y convivencia escolar Dar informe al Comité de Disciplina y convivencia escolar, anotando en el record de faltas graves y muy graves Cambio de ambiente, inmediato, preservando la confidencialidad y respeto Intervención del CONEI, para el cambio de ambiente

Al aplicar la sanción se tiene que preservar el interés general, la dignidad de los estudiantes, de los miembros de la Institución Educativa y de la imagen misma de I.E., tener el debido cuidado de tipificar las faltas y las sanciones pertinentes, si estos lindan con el delito, serán los padres de familia quienes afronten en los fueros pertinentes QUEDA PROHIBIDO A LOS MIEMBROS DE LA ESCOLTA, BRIGADIERES, POLICÍA ESCOLAR, ESTADO MAYOR, BRIGADA ECOLÓGICA, DEFENSA CIVIL, BRIGADA DE HIGIENE, DEFENSORÍA DEL NIÑO Y ADOLESCENTE, MUNICIPIO ESCOLAR Y OTRAS ORGANIZACIONES ESCOLARES DE LA I.E. Art.208º Las prohibiciones y faltas de los representantes de los estudiantes, se

consideran con mayor precisión por ser ejemplo y honor e imagen de la Institución Educativa, siendo los siguientes: a) Abandonar e incumplir sus funciones sin antes renunciar por escrito ante las autoridades educativas correspondientes, presentando los argumentos valederos y el acompañamiento del responsable de la matrícula. b) Dañar el prestigio de la I.E. mediante la realización de actos sancionados en el presente Reglamento Interno. c) Extralimitarse en el desempeño de sus funciones.

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d) Desprenderse y mal utilizar los distintivos que los identifican dentro del Estamento Estudiantil. DEMÉRITOS PARA LA EVALUACIÓN DE CONDUCTA DE LOS ALUMNOS Art.209º Los deméritos a que se hace acreedor los estudiantes por su mal

comportamiento y faltas al cumplimiento del presente reglamento, son tomados por los auxiliares de educación.

Art.210º Los Auxiliares de Educación para evaluar el comportamiento, toma en

consideración lo siguiente: a) Amonestación verbal por parte del profesor, auxiliares de educación y miembros de la comunidad educativa. b) Amonestación escrita por parte del Coordinador de TOE, APECD, con la participación del padre o apoderado y firma de un compromiso notarial. c) Suspensión temporal de asistencia al salón, para asistir al Departamento Psicopedagógico por 03, 05, 08 días hábiles según la gravedad de la falta. d) Cambio de ambiente (separación definitiva) POR FALTAS MUY GRAVES e) En la aplicación de las sanciones a los alumnos se evitan en todo caso, la discriminación, las humillaciones y abuso de autoridad, porque se busca en lo posible su recuperación formativa. f) La sanción de amonestación verbal se aplica en los casos de FALTAS LEVES o constituir la primera vez, mientras que la amonestación escrita se aplica en los casos de reincidencias de las FALTAS LEVES. Son faltas leves aquellos deméritos sancionados con 02 y 03 puntos. g) La sanción de suspensión temporal y cambio de ambiente se aplican en casos de reincidencias de las FALTAS GRAVES y MUY GRAVES, por acuerdo justificado de Disciplina del CONEI, previo informe del Área de TOE y Psicopedagogía. h) Para el tratamiento de casos especiales y gravísimos cometidos por los estudiantes, se tendrá en consideración lo ordenado por el Código del Niño y el Adolescente contemplado en la Ley N° 23337.

ESTÍMULOS Y SANCIONES MÉRITOS PARA LA EVALUACIÓN DE CONDUCTA DE LOS ESTUDIANTES Art.211º Los Auxiliares de Educación para evaluar el comportamiento de los estudiantes en función de sus méritos, toman los siguientes criterios con su escala de valoración:

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DEMERITOS

PUNTOS EN CONTRA

Tardanza (T)

2.0 puntos

Expresión Soez (ES)

3.0 puntos

Presentación incorrecta (PI)

2.0 puntos

Indisciplina (I)

3.0 puntos

Faltas injustificadas (FI)

3.0 puntos

Desobediencia – comer – jugar – pintar (DCJP)

3.0 puntos

Irresponsabilidad (I)

3.0 puntos

Evasión de clases (EC)

4.0 puntos

Juegos de azar (JA)

3.0 puntos

Inasistencia , evasión de actividades cívico - patrióticos y culturales (IAC) Actos contra las buenas costumbres, moral, adulteración u suplantación (AM)

5.0 puntos 5.0 puntos

Apropiación y deterioro de material de trabajo escolar (AD)

4.0 puntos

Falta de respeto a los Símbolos Patrios y Religiosos (FRS)

5.0 puntos

Tres faltas consecutivas se considera falta grave (3F)

6.0 puntos

Inscripciones obscenas y grafitis (IOG)

6.0 puntos

Evasión del plantel (EP)

8.0 puntos

Robo de dinero a compañeros (RD)

8.0 puntos

Integrar pandillas perniciosas (IPP)

10.0 puntos

Utilizar armas punzo cortantes indebidamente (APC)

10.0 puntos

Abandonar cargos escolares. (ACE)

10.0 puntos

Esconderse en horas de formación

5.0 puntos

MÉRITOS Creatividad (C) Velar por las buenas costumbres (BC)

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PUNTOS 4.0 Puntos 4.0 Puntos

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Solidaridad (S)

4.0 Puntos

Honradez (H)

4.0 Puntos

Participación: cívico, deportivo, cultural (CDC)

4.0 Puntos

Puntualidad y autoestima (PA)

3.0 Puntos

Formación y desplazamiento correcto (FDC)

2.0 Puntos

Cumplimiento responsable de funciones (CRF)

4.0 Puntos

Respeto y cuidado al medio ambiente (RCMA)

4.0 Puntos

Art.212º El Auxiliar de Educación y el tutor de sección en forma conjunta califican el comportamiento de los estudiantes, trasladando la nota del Registro de Evaluación al SIAGIE siendo fuente de información para la constancia de comportamiento y conducta del estudiante. Son estímulos para los Brigadieres, Policías Escolares, Estado Mayor, Escolta, Compañías , Banda Escolar, Municipio Escolar, Brigada de Defensa Civil, Brigada Ecológica, Bridada de Seguridad vial, Brigada Ecológica, Defensoría del Niño y Adolescente, Fiscales Escolares: a) b) c) d)

Notas sobresalientes en Conducta. : (18-20) Calificación Académica sobresaliente. : (18-20) Felicitaciones públicas ante el alumnado, constancia de reconocimiento. Diploma de Honor al mérito; premio de excelencia por su distinción de aprovechamiento académico, comportamiento y/o por acciones destacadas. e) Entrega de Becas de estudios para academias y/o otras instituciones de educación. f) Ser acreedor de las becas de las Universidades a los primeros puestos de la I.E e instituciones de educación superior. g) Ser acreedor de estímulos que la I.E., profesores y/o la APAFA lo considere

CAPÍTULO XII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El presente Reglamento Interno RI será aprobado por el Director con una Resolución Directoral previa opinión de la asamblea de trabajadores y el CONEI

Segunda.-Las situaciones no previstas en el presente reglamento serán absueltas por el Director con opinión del CONEI de acuerdo a la normatividad pertinente contextualizada a la I.E.

Tercera.- El presente reglamento será distribuido a todo el personal que labora en la I.E. y a los estudiantes, utilizando la estrategia más adecuada y el costo.

Cuarta.- En todo acto de carácter público y cívico patriótico aprobadas en el PAT y calendarización del año que requiera la participación de todo el personal de la I.E. la presentación del personal es con el uniforme que identifica a la I.E.

Quinta.- Con la finalidad de contribuir al fortalecimiento de la identidad y mística castillista todo el personal directivo, jerárquico, docente y administrativo, en el acto de Honores a la Bandera en la formación de los días lunes, el personal que labora en el turno, acompañarán en el estrado oficial, en caso de los docentes los que tienen la primera hora por lo menos 02 veces al mes y

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los que tuvieran a partir de la 2da hora por lo menos 01 vez al mes registrando su asistencia como parte de la identidad castillista (no debe haber personal y estudiantes haciendo labor diferente en el cafetín, pasadizos y fotocopiadora.

Sexta.- El personal docente por ningún motivo iniciará sus labores académicas, si encuentra aula sucia, debiendo tomar las medidas para la solución del problema (el personal de limpieza debe recoger el tacho de residuos de cada aula y recoger los papeles) así como el docente que tenga la última hora de clase al término de su jornada debe dejar en orden el aula, por lo tanto los estudiantes deben colaborar en mantener el aula limpio.

Séptima.- Los concesionarios de los cafetines y fotocopiadoras en la formación y en horas de clase no deben atender a los estudiantes, excepto a los docentes que tienen hora libre (compromiso que debe estar previsto en la contrata)

Octava.-Se considerará inasistencia del personal con descuento a sus haberes la no concurrencia a las actividades integradas, eventos cívicos y culturales programados en el PAT y calendarización del año escolar y que estén dentro de la jornada laboral, salvo justificación escrita con evidencias.

Novena.- En cuanto al régimen de los Auxiliares de Educación con respecto a las prohibiciones, faltas, sanciones y estímulos se considera por extensión los que corresponde al personal docente y administrativo en tanto sea pertinente y contextualizado a la función que desempeña .

Décima.- Las salidas de campo, paseo campestre, actividades y visitas que se programen deben obedecer a proyectos programados en la Calendarización y el PAT, integradas en 02/03 áreas curriculares, caso contrario no será autorizadas.

Décima primera.- Los docentes y administrativos tendrán derecho a solicitar y ser atendido con una vacante para el primer grado y para traslado del primero al quinto grado, siempre y cuando sea hijo o hija, con buen rendimiento académico y comportamiento, demostrando el parentesco con partida o acta de nacimiento original, debiendo cumplir con dar su cuota de APAFA y los acuerdos de padres de familia.

Décima segunda.- La I.E. mediante el representante legal brindará apoyo solidario en la defensa del personal docente, administrativo, estudiantes y padres de familia injustamente denunciados en cumplimiento de sus funciones dentro de la I.E. siempre que no sean faltas y delitos.

Décima tercera.- Todo artículo que contravenga a las normas de mayor jerarquía en este RI queda sin efectos a Ley.

Décima cuarta.- El presente Reglamento Interno entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación con Resolución Directoral.

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