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Nombre del estudiante: Yazmin Reyes Gutiérrez

Profesora: Verónica Méndez Cosme.

Nombre del trabajo: PROYECTO FINAL - ETAPA 3: OMISIONES, RESPONSABILIDADES Y SANCIONES AL ESTADO MEXICANO

Campus: UVM Toluca

Carrera: Derecho LX

4° Cuatrimestre

28/11/2018

1. Con base en la Sentencia que se ha analizado desde la Actividad 1, ahora deberás retomarla para identificar a las autoridades ahí involucradas y señaladas. Tendrás que: ENUMERAR MEXICANO.

LAS

RESPONSABILIDADES

IMPUTADAS

AL

ESTADO

1. - El Estado Mexicano no adopto las medidas jurídicas que permitieran proteger la vida humana y prevenir los homicidios aun cuando este tenia conocimiento del riesgo. La información idica que ni antes ni durante el conocimiento de las desapariciones se realizaron medidas oportunas ni adecuadas para prevenir esta tragedia, por lo que la corte determina que el Estado no garantizo a las victimas ninguno de sus derechos. 2.- La Comisión imputa al Estado la falta de realizar una reparación integral, exige que el estado investigue con la debida diligencia de forma correcta, imparcial y exhaustiva, las desapariciones y posteriores asesinatos a fin de esclarecer los hechos de su muerte, para cubrir estas responsabilidades el estado deberá adoptar las medidas judiciales y administrativas necesarias con el fin de completar la investigación, localizar juzgar y sancionar al o a los auores intelectuales y materiales de los hechos e informar sobre los resultados. 3.-Se imputa al estado mexicano que descuido deliberadamente la protección de las victimas al no realizar ninguna acción de búsqueda ni de prevención inmediata, lo cual provoco un ambiente de inseguridad y abandono a muchas mujeres de ciudad juarez, ocasionando con esto que la mayoría de los delitos como este queden impunes. 4.- . En este caso cabría establecer la responsabilidad del Estado por violación de los derechos sustantivos consistentes en el derecho a la vida.

ENUMERAR LAS SANCIONES IMPUESTAS AL ESTADO MEXICANO. El Estado deberá conducir eficazmente el proceso penal en curso, identificar, procesar y sancionar a los respondables materiales e intelectuales de la desaparición, maltratos y privación de la vida de las jóvenes Claudia, Esmeralda y Laura. 1.- El estado deberá realizar las investigaciones considerando la inclusión del concepto de perspectiva de genero. 2.- incluír en las investigaciones las líneas de investigación especificas correspondientes a violencia sexual. 3.-Basarse en protocolos y manuales de la materia

4.- Utizalizar el apoyo de expertos para hacer la averiguaciones pertinentes capacitados en casos similares o en violencia de genero Realizar acciones eficaces para combatir la impunidad 5.- Aplicar las sanciones administrativas diciplinarias y penales que deriven de las investigaciones a quien o quienes resulten responsables Deescribir las reparaciones de daño ordenadas a favor de las víctimas. 1.-En los casos de desapariciones de mujeres Disposición. México debe brindar atención médica y rehabilitación psicológica 2.-México debe realizar un programa de educación para la población de Chihuahua para superar la violencia contra las mujeres. 3.-México debe estandarizar todos los protocolos y manuales de investigación de delitos relacionados con las desapariciones. 4.- Reparación de daño monetariamente. Describir en qué consisten cada una de las reparaciones, contemplando: PARTE LESIONADA La corte considera como la parte lesionada a todas aquellas que hayan sido declarados victimas de una violación, en este caso el Tribunal declaro que el Estado violo los Derechos Humanos de Claudia Ivette Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos, asi como la de sus familiares considerados como parte lesionada y beneficiarios de las reparaciones que la Corte ordeno al Estado. REHABILITACIÓN Estado Mexicano brinde la asistencia médica y psicológica desde sus instituciones de carácter federal para garantizar un servicio de calidad INDEMNIZACIÓN El Estado deberá cumplir con las obligaciones monetarias mediante el pago en dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional. corresponde su otorgamiento a la persona o institución que representó a la víctima COSTAS Y GASTOS El pago de la indemnización por daño material e inmaterial y el reintegro de costas y gastos establecidos en la presente Sentencia serán hechos directamente a las personas indicadas en la misma

MODALIDAD DE CUMPLIMIENTO DE PAGOS ORDENADOS Los representantes señalaron que el único apoyo extraordinario entregado a las familias de las víctimas es el denominado „Fondo de Auxilio Económico a Familiares de las Víctimas de Homicidio de Mujeres

CONCLUSIONES: Toda violación de una obligación internacional que haya producido daño debera ser reparada por el Estado de una manera adecuada y coneviente para ambas partes. Posterior al analisis de los hechos, de las testimoniales de los involucrados, la corte pretendio analisar las pretensiones presentadas por la commision y por los representantes de la victimas, ademas de la postura del estado, con el objeto de disponer las medidas tendientes a reparar los daños.

BIBLIOGRAFIA Carbonell, M. (2011). Las obligaciones del estado en el artículo. 1° de la Constitución Mexicana. En La reforma Constitucional de Derechos Humanos: un nuevo paradigma. Recuperado http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3033/5.pdf "Corte interamericana de derechos humanos caso González y otras (“campo algodonero”) vs. México sentencia de 16 de noviembre de 2009