9 Escritura de Compraventa Donde Untestigo Firme A Ruego de Un Otorgante Que No Sabe Firmar

NUMERO TRES (03) En la ciudad de Chimaltenango el uno de septiembre de dos mil trece. ANTE MI: JOSÉ ADALBERTO GONZÁLEZ

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NUMERO TRES (03) En la ciudad de Chimaltenango el uno de septiembre de dos mil

trece. ANTE MI: JOSÉ ADALBERTO GONZÁLEZ TRABANINO, Notario, comparece por una parte, MARIA VICTORIA PEREZ PEREZ de setenta y cinco años de edad, casada, ama de casa, guatemalteca, de este domicilio , quien se identifica con el documento personal de identificación cinco mil quinientos ochenta y uno espacio cincuenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve espacio cero cuatrocientos uno, extendida por el registro nacional de las personas de Chimaltenango, y número de identificación tributaria, uno dos tres seis siete seis guion nueve, a quien le denominare LA PARTE VENDEDORA, y por la otra parte, JOSE FELIPEZ JUAREZ JUAREZ de cuarenta y nueve años de edad, casado, agricultor, guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica con el documento personal de identificación siete mil quinientos ochenta y uno espacio cero cuatro mil quinientos siete espacio cero cuatrocientos uno, extendida por el registro nacional de las personas de Chimaltenango, y numero de identificación tributaria dos cinco dos nueve cero dos cinco guion cero,

a quien le denominare LA PARTE

COMPRADORA, los comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y por el presente acto celebran: CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE, de conformidad con las siguientes cláusulas, PRIMERA: manifiesta LA PARTE VENDEDORA que es propietaria de la finca inscrita en el registro general de la propiedad de la zona central de Guatemala inscrita al Numero: DIEZ MIL (10000), folio, DOSCIENTOS TREINTA (230) del libro VEINTISIES (26). de Chimaltenango, consistente en terreno en el lugar denominado Cienaga Grande, ubicado en el municipio de Chimaltenango, cuyas medidas y colindancias constan en su respectiva inscripción registral, SEGUNDA: declaran los comparecientes bajo juramento de ley y sabidos de las penas relativas al delito de perjurio que el precio pactado en esta escritura es el acordado entre ambas partes, sigue Manifiesta: LA PARTE VENDEDORA, que por el precio de VEINTE MIL QUETZALES EN EFECTIVO que tiene recibidos a su entera satisfacción de la parte compradora le vende la totalidad de su finca identificada en la cláusula primera de este instrumento

venta en la cual se incluye todo cuanto de hecho y por derecho le

corresponde, TERCERA: Que por advertencia del infrascrito Notario, la parte vendedora manifiesta en

forma expresa que sobre el bien inmueble que hoy enajena, no pesan gravámenes, anotaciones ni limitaciones, que puedan afectar los derechos de la parte compradora. Dicho inmueble se encuentra inscrito con las medidas y colindancias que le aparecen en su inscripción registral de la forma siguiente, norte, treinta metros con Juan Osorio Macana: sur, treinta y cuatro metros con sesenta y cinco centímetros colinda con finca matriz en este lado tendrá un camino de salida hacia la carretera publica que mide cincuenta y siete metros con cuarenta y seis centímetros de largo por un metro cincuenta centímetros de ancho. Oriente, cuatro metros con Juan Osorio Macana, poniente, treinta y cuatro metros con diez centímetros con finca matriz el cual tiene el área de mil trescientos veintitrés metros con seis centímetros en metros cuadrados, CUARTA: Que en los términos relacionados la parte compradora acepta expresamente la venta que se le hace de la finca antes relacionada y ambas partes el contenido del presente contrato, yo, el Notario Doy Fe, a) Que todo lo escrito me fue expuesto, b) que tuve a la vista los documentos personales de identificación respectivamente de los comparecientes y el documento Justificativo con que la parte

vendedora acredita su derecho de propiedad,

c) que advertí a los

otorgantes de la obligación registral, d) que leo lo escrito a los otorgantes quienes enterados de su contenido objeto, validez y demás efectos legales, lo ratifican, aceptan y firma únicamente la parte

compradora no así la parte vendedora que por ignorar hacerlo deja la impresión digital de su dedo pulgar de su mano derecha firmando a su ruego JUAN ANDOLFO VILLEDA CORDON, quien se identifica con el número de Identificación Único DPI tres mil doscientos cinco (3205) cuarenta mil doscientos (40200) cero uno cero uno (0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas de Chimaltenango