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Guía De Aprendizaje # 17. Retención En La Fuente. Programa: Gestión Empresarial Ficha: 1750762 Ruta 3 Gaes # 2 17.6 Rete

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Guía De Aprendizaje # 17. Retención En La Fuente. Programa: Gestión Empresarial Ficha: 1750762 Ruta 3 Gaes # 2 17.6 Retención En La Fuente 17.6.1 Instrumento de recolección de información

Conclusión: El régimen simplificado al cual pertenece la empresa, es un régimen diseñado para las personas naturales que venden productos gravados con el IVA, o prestan servicios gravados con este impuesto, el cual se caracteriza por Los ingresos brutos totales derivados de la actividad comercial del año anterior son menores a las 3500 UVT (unidades de valor tributario), Cuentan con solo una sede, local, establecimiento comercial, oficina o negocio para ejercer su profesión o actividad. No desarrollan actividades bajo modelo de franquicia, concesión, regalía, autorización u otro sistema que involucre la explotación de activos intangibles en el lugar anteriormente mencionado; No son usuarios aduaneros. Aplicabilidad: La unidad productiva si hace parte del régimen simplificado, porque cumple con las características mencionadas anteriormente en las cuales se evidencia que la empresa si está cumpliendo con todos los ítems para pertenecer al régimen simplificado como lo son ser persona natural y contar con su propio establecimiento comercial para ejercer con su actividad entre otras. 17.6.2 Responsabilidades frente a la retención en la fuente y reteica La retención en la fuente: Es una forma de recaudar anticipadamente el impuesto de la renta, el cual, el Estado cobra anualmente. Para grandes contribuyentes el pago se hace en el mes de febrero, abril y junio; en el caso de personas naturales es en agosto, septiembre y octubre; y para personas jurídicas, abril, mayo y junio. Este recaudo se efectúa en las facturas de compra de servicios y / o productos. Existen otras retenciones, como el reteica del Impuesto de Industria y Comercio y el Reteiva del Impuesto al Valor Agregado. Pero en este artículo nos vamos a enfocar únicamente en la retefuente. ¿Cuáles Son Sus Obligaciones? Todo agente de retención debe cumplir una serie de obligaciones definidas por la ley, y su incumplimiento será sancionado. A continuación relacionamos las obligaciones que debe cumplir todo agente de retención  Obligación de retener: Naturalmente que todo agente retenedor debe practicar la retención en la fuente cuando haya lugar a ello. Para esto se debe tener en cuenta tanto el sujeto de retención, como el concepto a retener.



 

 

La declaración de retención es mensual, pero en lo casos en que no se hayan practicado retenciones no es obligatorio presentar la declaración de retención en ceros. La declaración se debe presentar correctamente. Consignar las retenciones: El agente retenedor está en la obligación de consignar oportunamente los valores retenidos. Si no lo hace, su declaración se considera ineficaz. Adicionalmente, el hecho de no pagar oportunamente las retenciones practicadas, es considerado un delito penal por la legislación colombiana. Expedir certificados: Los agentes de retención están obligados a expedir los respectivos certificados de retención a los sujetos pasivos a quienes se les haya retenido. El certificado debe ser expedido dentro de los plazos fijados por el gobierno nacional.

Aplicabilidad: Verificando la empresa objeto de estudio no aplica retefuente, pero si le aplican de acuerdo a la tabla expuesta de tarifas de UVT. RETEICA Es un mecanismo de recaudo anticipado establecido en cada municipio, mediante el cual las personas responsables del impuesto de industria y comercio deben efectuar la retención de todos los pagos o abonos en cuenta por la compra de bienes y servicios que están sometidos al impuesto de industria y comercio, de acuerdo con las tarifas establecidas por el concejo municipal. ¿Quiénes están obligados a pagar reteica? Personas, naturales o jurídicas, que ejerzan actividades de índole industrial, comercial o de servicios, ya sea que cuenten o no con un establecimiento físico para realizar dichas actividades. Estos contribuyentes deberán registrarse en Industria y Comercio y pagar el impuesto según la tarifa correspondiente a su actividad. Según lo establecido en la Resolución Número DGC-000190, las personas que deben pagar el ICA son los contribuyentes, sujetos pasivos pertenecientes al régimen común del impuesto de industria y comercio, cuyo impuesto a cargo (FU), correspondiente a la sumatoria de todo el año gravable 2018, exceda de 391 UVT, es decir, $12.963.000.

Compra Para poder ejercer una compra necesariamente debe ejercerse otra acción que es la venta, la misma sería totalmente lo contrario, es decir, la venta es el proceso mediante el cual se otorga un producto o un servicio, bajo la condición de recibir una remuneración monetaria; en pocas palabras el comprador entrega dinero y el vendedor da el producto, por lo tanto ambos conceptos siempre van de la mano en un proceso llamado compra y venta. Servicio Un servicio en el ámbito económico es la acción de satisfacer determinada necesidad de los clientes por parte de una empresa a través del desarrollo de una actividad económica. En cierto sentido, podría considerarse que los servicios son bienes intangibles ofrecidos por las compañías, ya que no cuentan con forma material y se realizan a cambio de una retribución económica. Arrendamiento Es un acuerdo, con independencia de su instrumentación jurídica, en el que el arrendador conviene con el arrendatario en percibir una suma única de dinero, o una serie de pagos o cuotas, por cederle el derecho a usar un activo durante un periodo de tiempo determinado, con independencia de que el arrendador quede obligado a prestar servicios en relación con la explotación o mantenimiento de dicho activo. Honorarios Se vincula a la remuneración que recibe un profesional liberal por su trabajo. Los honorarios, por lo tanto, equivalen a la paga o el sueldo que percibe una persona que ejerce su profesión de manera independiente (y no bajo relación de dependencia).Los honorarios son la paga por una serie de servicios que presta una persona natural a otra natural o jurídica. Comisiones Es aquella cantidad que se percibe por concretar una transacción comercial y que corresponderá a un porcentaje determinado sobre el importe total de la operación comercial.

En las compañías resulta ser una práctica habitual pagarles a los encargados de ventas de las mismas un monto fijo acordado previamente en el contrato que lo vincula a la empresa y luego otro monto variable que corresponderá a la comisión por la venta o las ventas realizadas durante el lapso del mes, por ejemplo. La razón de ser este tipo de práctica es incentivar a los vendedores para que mes a mes incrementen las ventas de la empresa, porque tal cuestión de darse impactará positivamente en sus ingresos. Salario Es el pago que recibe periódicamente una persona por la realización de su trabajo. Para ello, empleado y empleador se comprometen mediante la formalización de un contrato, por el cual el empleador paga un salario a cambio del trabajo del empleado. Dicho trabajo puede traducirse en la creación de un bien o la prestación de un servicio, por cuenta ajena. Autorretención Es una figura mediante la cual el mismo sujeto pasivo se aplica la retención en la fuente que debería aplicarle el agente de retención. En la retención en la fuente intervienen dos sujetos: El sujeto pasivo y el agente de retención ¿Quiénes Son Autorretenedores? Los contribuyentes que hayan sido autorizados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como tales. Por lo general, por sus características los Grandes contribuyentes son autorretenedores, aunque no necesariamente, puesto que puede ser que algunas empresas catalogadas como grandes contribuyentes no sean autorretenedores, y algunas empresas no catalogadas como grandes contribuyentes sean autorretenedores. En todo caso, le corresponde a cada contribuyente catalogado como autorretenedor, especificar en las facturas que emita, su calidad de autorretenedor para que el pagador no le practique la retención. Requisitos para ser catalogados como autorretenedores, Básicamente se requieren los siguientes requisitos para ser catalogado como autorretenedor por la Dian según la primigenia resolución 04074 del 2005.  

Ser persona Jurídica Haber obtenido ingresos por ventas brutas en el año inmediatamente anterior, o en la fracción de año, superiores a ciento treinta mil (130.000) UVT; Unidades de Valor Tributario, vigentes a la fecha de la solicitud.



   



Tener un número superior a cincuenta (50) clientes que le practiquen retención a la sociedad que reúnan las exigencias previstas en el artículo 368-2 del Estatuto Tributario. Estar inscrito en el Registro Único Tributario – R.U.T. No encontrarse en proceso de liquidación. Encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. No haber sido sancionado en el último año por incumplimiento de los deberes de facturar e informar, o por hechos irregulares en la contabilidad, mediante acto debidamente ejecutoriado. El requisito de 50 clientes no es necesario si las ventas del contribuyente superan los 630.000 Uvt.

Aplicabilidad: Verificando la empresa objeto de estudio no aplica reteica, pero si le aplican de acuerdo a la tabla expuesta de tarifas de UVT.

Facturas De Compra: 1. La empresa SUPERMERCADO EL CONDOR DE LA 3, (régimen simple), compra a la compañía POSTOBO S.A. (gran contribuyente) productos por un valor de $1.175.800, Paga el 40% de contado y el 60% a crédito. Factura de compra No° Fecha de elabaoracion

Nombre Direccion Telefono Ciudad Cantidad

Descripcion 60 Gaseosas 5 litros 70 Gaseosas 1.5 litros 100 Jugo Hit X 500 ML 50 Del Valle fresh 2.5 litros 80 Caja de jugo del valle 90 Caja de jugo Hit 40 Gatorade

Precio Unitario 4.500 2.590 1.690 3.990 1.100 2.000 2.200

Condiciones de pago

CODIGO 1435 1355 1105 2205 1105

CUENTA Mercancia no Fabri x la empresa IVA Caja Proveedores caja

DEBITO 952.398 223.402

CREDITO

1.175.800 470.320 470.320

Fecha de entrega Valor Total 270000 181300 169000 199500 88000 180000 88000

Sub Total Descuento IVA % Total

988067 187733 1175800

2. El supermercado el cóndor de la 3 (R.S), adquiere mercancía de la empresa Alpina (R.C) por $867.202, más el IVA de $164768 Dejando un Total de $1.031.970, se cancela el 50% en cheque y el saldo en 60 días. Nombre Direccion Telefono Ciudad Descripcion

Cantidad

Factura de compra No° Fecha de elaboracion Pecio Unitario

25 Lech entera 1.1 Lt 20 Leche entera Alpina Caja 1 Lt 30 Yogurt Alpina Botella 1000 Gr 30 yogurt original vaso 150 Gr 15 yogurt Griego Alpina 150 Gr 20 Yogurt deslactosado fresa 900 Gr 15 Gelatina Boggy 108 Gr 20 Avena 250 Gr 20 Bonyurt 170 Gr 30 Alpin 200 Ml 15 Alpinito 90 Gr 40 Yogo Yogo bolsa personal 1000 Gr 15 Yox con defensis 100 Gr 15 kumis vaso 200 Gr

Valor Total 3.150 3.790 9.150 1.720 2.800 5.600 2.300 2.690 2.577 1.194 1.200 4.085 1.190 1.494 Sub Total IVA % TOTAL

CODIGO

CUENTA Mercancia no Fabri x la 1435 empresa

DEBITO 867.202

1355 IVA

164.768

1105 Caja 2205 Proveedores 1105 Bancos

CREDITO

1.031.970 515.985 515.985

78750 75.800 274500 51600 42000 112000 34500 53800 51540 35820 18000 163400 17850 22410 867202 164768 1031970

3. La empresa SUPERMERCADO EL CONDOR DE LA 3, (régimen simple), compra a la compañía PROCTER & GAMBLE LTDA (Gran Contribuyente Autor retenedor) productos por un valor de $1.943.300, Paga el 40% de contado y el 60% a crédito.

logo de la empresa Nombre PROCTER & GAMBLE Direccion Cra 106 # 15A - 25 Zona Franca Telefono 18009170036 Ciudad Bogotá Factura de compra No° 1452 Fecha de elabaoracion 24/07/2018 Fecha de entrega Cantidad Descripcion 50 pantene 20 Detergente polvo Ariel 1.5 Kg 10 Detergente liquido Ariel 2 Lt 40 shampoo Head & Shoulders 375 Ml

Precio Unitario 13.000 12.590 28.990 18.790

Condiciones de pago: Pago en efectivo un millon novecientos cuarenta y tres mil trescientos pesos Efectivo: m/cte consignacion bancaria: no

CODIGO 1435 1355 1105 2205 1105

CUENTA Mercancia no Fabri x la empresa IVA Caja Proveedores Caja

DEBITO 1.573.773 369.227

Valor Total 650.000,00 251.800,00 289.900,00 751.600,00 Sub Total

1.943.300,00

Descuento IVA % Total

0 310.275,00 1.943.300,00

CREDITO

1.943.000 777.200 777.200

4. La empresa SUPERMERCADO EL CONDOR DE LA 3, (régimen simple), compra a la compañía COLOMBINA S.A. (Régimen Simplificado) productos por un valor de $1.075.800, Paga el 100% de contado.

logo de la empresa

Nombre COLOMBINA Direccion Cra 106 # 15A - 25 Zona Franca Telefono 548 24 15 Ciudad Bogotá Factura de compra No° 1254 Fecha de elabaoracion Fecha de entrega Cantidad 60 50 30 40 72 Condiciones de pago: Efectivo: consignacion bancaria:

Descripcion Precio Unitario 6.750,00 Bom Bom Bum 24 unidades Barquillos piazza 10 unidades 2.000,00 Millows masmelos 145 gr 4.200,00 Coffee delight 100 unidades 7.700,00 Galletas Muuu 18 unidades 1.900,00 Pago en efectivo un millon setenta y cinco mil ochosientos pesos m/cte No

CODIGO CUENTA 1435 Mercancia no Fabri x la empresa 1105 Caja

DEBITO 1.075.800

Valor Total 405.000,00 100.000,00 126.000,00 308.000,00 136.800,00 Sub Total 1.075.800,00 Descuento 0 IVA % 171.766,00 Total 1.075.800,00

CREDITO 1.075.800

FACTURAS DE VENTA: 1. La compañía SUPERMERCADO EL CÓNDOR DE LA 3 (régimen simple) vende mercancía por $1.206.300, a Restaurante Delicias del Caribe (régimen Común), pagan el 80% de contando y el restante a 30 días. SUPERMERCADO EL CONDOR DE LA TERCERA

Nit. 5632788 Regimen Simplificado

Cuenta de Cobro No. 0008

Factura de venta Nombre del cliente Nit. 5632788 -

Fecha: Ciudad

09/10/2019 Bogotà

GR 3D 48R-02 SUR 7722191 Por concepto Aceite Girasoli x 4000 Cm3 Leche deslactosada sixpack x1300 ml cu Arroz roa arroba x 12500 gr Leche klin en polvo x 2300 gr Atun van camps en agua tripack Salchicha zenu por 8 uidades

Precio

Cantidad 40.000 21.700 34.600 54.100 10.700 14.900

Descuento 3 6 5 6 15 20

0 0 0 0 0 0

Total 120.000,00 130.200,00 173.000,00 324.600,00 160.500,00 298.000,00

Nùmero de cuenta corriente 234567-89Banco de Bogotà

Subtotal Descuento Subtotal

1.206.300,00 1.206.300,00

Iva(19%)

1.206.300,00

ELABORADO POR

ACEPTADA FIRMADAY/O SELLO Y FECHA

CODIGO 4135 135515 135518 1305 1105 1305

CUENTA Comercio al X may y x Men Retefuente (2.5 / 100) ReteICA (11,04/1000 Clientes Caja Clientes

DEBITO

CREDITO 1.206.300

30.158 13.318 1.162.825 965.040 965.040

2. La compañía SUPERMERCADO EL CÓNDOR DE LA 3 (régimen simple) vende mercancía por $1.811.600, a la señora Teresa Cubillos (régimen simple), pagan el 50% de contando y el restante a 60 días. SUPERMERCADO EL CONDOR DE LA TERCERA

Nit. 5632788 Regimen Simplificado

Cuenta de Cobro No. 0008

Factura de venta Nombre del cliente Nit. 5632788 -

Fecha: Ciudad

09/10/2019 Bogotà

GR 3D 48R-02 SUR 7722191 Por concepto AceiteDiana x 2000 Cm3 Yogur Melocoton garrafa x 1750 gr Arroz roa x 500 gr Colcafe instantaneo x 1700 gr Salchicha ranchera x 12 unidades Cereal Choco Krispis ( 750g)

Precio

Cantidad 20.000 13.900 1.500 12.000 16.000 20.000

Descuento 6 24 100 24 20 30

0 0 0 0 0 0

Nùmero de cuenta corriente 234567-89Banco de Bogotà

Subtotal Descuento Subtotal

1.811.600,00 1.811.600,00

Iva(19%)

total

ELABORADO POR

CODIGO CUENTA 4135 Comercio al X may y x Men 1105 Caja 1305 Clientes

1.811.600,00

ACEPTADA FIRMADAY/O SELLO Y FECHA

DEBITO 770.100 770.100

CREDITO 1.540.200

Total 120.000,00 333.600,00 150.000,00 288.000,00 320.000,00 600.000,00

3. La compañía SUPERMERCADO EL CÓNDOR DE LA 3 (régimen simple) vende mercancía por $1.220.000, a supermercado EXITO (Gran Contribuyente), pagan el 100% de contando. SUPERMERCADO EL CONDOR DE LA TERCERA

Nit. 5632788 Regimen Simplificado

Cuenta de Cobro No. 0008

Factura de venta Nombre del cliente Nit. 5632788 -

Fecha: Ciudad

09/10/2019 Bogotà

GR 3D 48R-02 SUR 7722191 Por concepto Gaseosa Coca Cola x 2500 ml Leche entera sixpack x1300 ml cu Arroz Diana x 6500 gr Shampoo pantene x 140 gr Atun van camps en agua Unidad Todo rico familiar (160g)

Precio

Cantidad 5.500 19.000 16.000 17.000 5.500 7.500

Descuento 30 8 10 24 20 30

0 0 0 0 0 0

Nùmero de cuenta corriente 234567-89Banco de Bogotà

Subtotal Descuento Subtotal

1.220.000,00 1.220.000,00

Iva(19%)

1.220.000,00

ELABORADO POR

CODIGO 4135 135515 135518 1305

ACEPTADA FIRMADAY/O SELLO Y FECHA

CUENTA Comercio al X may y x Men Retefuente (2.5 / 100) ReteICA (11,04/1000 Clientes

DEBITO 30.500 13.469 1.176.031

CREDITO 1.220.000

Total 165.000,00 152.000,00 160.000,00 408.000,00 110.000,00 225.000,00

4. La compañía SUPERMERCADO EL CÓNDOR DE LA 3 (régimen simple) vende mercancía por $1.540.200, a la panadería TOSTAO (Gran Contribuyente Auto Retenedor), pagan el 100% a 90 días. SUPERMERCADO EL CONDOR DE LA TERCERA

Nit. 5632788 Regimen Simplificado

Cuenta de Cobro No. 0008

Factura de venta Nombre del cliente Nit. 5632788 -

Fecha: Ciudad

09/10/2019 Bogotà

GR 3D 48R-02 SUR 7722191 Por concepto Crema x 3000 Cm3 Leche deslactosada sixpack x1300 ml cu Cerveza Club Colombia en botella x 330 ml Leche enfamili en polvo x 2800 gr Alverja duo pack Arroz Florhuila (1000g)

Precio

Cantidad

30.000 21.700 15.000 135.000 7.500 18.000

Descuento 3 6 20 4 16 20

0 0 0 0 0 0

Nùmero de cuenta corriente 234567-89Banco de Bogotà

Subtotal Descuento Subtotal

1.540.200,00 1.540.200,00

Iva(19%)

1.540.200,00

ELABORADO POR

CODIGO 4135 135515 135518 1305

CUENTA Comercio al X may y x Men Retefuente (2.5 / 100) ReteICA (11,04/1000 Clientes

ACEPTADA FIRMADAY/O SELLO Y FECHA

DEBITO 38.505 17.004 1.484.691

CREDITO 1.540.200

Total 90.000,00 130.200,00 300.000,00 540.000,00 120.000,00 360.000,00