16. INFORME AGREGADOS.docx

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COPORAQUE DEPARTAMENTO DE CATASTRO Y DESARROLLO DCDU INFORME Nº 016 -2013-YACE-J-DCDU/SGIP/

Views 67 Downloads 0 File size 173KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COPORAQUE DEPARTAMENTO DE CATASTRO Y DESARROLLO

DCDU

INFORME Nº 016 -2013-YACE-J-DCDU/SGIP/MDC A

: ABOG. JAIME QUINTO MENDIVIL Asesor Legal de la MDC

CC.

: ING. DAVID HAROLD SOSA AQUISE Sub Gerente de Infraestructura Pública.

DEL

: ARQ. YURY ANDRES CRESPO ENDARA Jefe del Departamento de Catastro y Desarrollo Urbano.

ASUNTO

: SOLICITO OPINION LEGAL

REFERENCIA

: PROVEIDO No 036-2013-EP/SGIP-MDC PROVEIDO No 0411-2013-SGIP-MDC-E REPORTE DE INSPECCION TECNICA N° 004-´13-SGIP-DCDU-MDC

FECHA

: Coporaque, 07 de Mayo del 2013

Previo cordial saludo, me dirijo a usted, para informarle referente al Tramite Documentario N° 1929, de fecha 16 de Abril del año en curso, en el cual se solicita Autorización para la Extracción de Agregados de Cantera por parte de la Empresa SAN ISIDRO DE CHALLQUI SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, a lo cual esta dependencia luego de haber revisado la documentación informa lo siguiente: 1. DE LA SOLICITUD La EMPRESA SAN ISIDRO CHALLQUI S.C.R.L, Solicita Autorización para la extracción de Material; agregado fino y Agregado Grueso de los ríos ubicados en la jurisdicción de la C.C HATUN AYRACCOLLANA - SECTOR CHALLQUI (Rio unión Huillomayo con el Rio Apurímac y termina en la Bocatoma de Santa Fe de Sipillata, en una extensión de 05 Kilómetros de largo x 400 metros de ancho), adjuntando en su expediente la siguiente documentación:        

Anotación de Inscripción – Acto para Nombramiento de Gerentes (Partida N° 11100834) Datos de Ficha RUC – Inscripción en el registro de contribuyentes Padrón de Socios de la Empresa Resolución de Presidencia N° 1035 – 2010 INGEMMET/PDC/PM Testimonio de Escritura de Constitución de la Empresa Constitución en el Registro de Escrituras Publicas Memoria Descriptiva de la Ubicación de la Zona para la Extracción del Material (01 Juego) Planos de Ubicación de la Zona de Extracción del Material (02 Juegos)

2. BASE LEGAL  Ley No28221 (Ley que regula el derecho por extracción de materiales de los álveos o cauces de los ríos por las municipalidades).  Ley No27972 Inciso 9 del Artículo 69.  Ordenanza Municipal No022-A-2010-MDC-E Según el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) (Ley No282212004-ART.207-208). C.c. SGIP DCDU/YACE/. Archivo.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COPORAQUE -

DCDU

DEPARTAMENTO DE CATASTRO Y DESARROLLO

3. DE LO EVALUADO El Departamento Catastro y Desarrollo urbano ha verificado la concurrencia de los requisitos establecidos en el TUPA, en referencia a los actuados presentados por el Interesado. Según el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) basados en la LEY Nº 28221; para solicitar autorización de extracción de materiales se debe presentar los siguientes requisitos: Nro

REQUISITOS

CUMPLE

OBSERVACIONES

SI

-

NO

-

o

1. LEY N 28221-2004-ART. 207-208 1.1 Solicitud dirigido al Alcalde (FUT). 1.2 02 juegos de la memoria descriptiva y justificación que indique tipo de materiales a extraerse y el volumen del mismo expresado en metros cúbicos, cauce y zona de extracción así como puntos de acceso y salida de cauce (*). 1.3 Planos a escala 1/5,000 en coordenadas U.T.M. de los aspectos mencionados en el inciso anterior. 1.4 Ubicación de las instalaciones de clasificación y acopio si las hubiere. 1.5 Sistema de extracción y características de la maquinaria a ser utilizada. 1.6 Pago por Derechos por metro cubico (M3) Pago por derechos de extracción: S/. 2.50 x m3 de agregado a extraerse. (Este último queda exonerado según el inciso 9 del artículo 69 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades). 1.6 Plazo de extracción solicitado ANEXO (*)02 JUEGOS DE LA MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICADA QUE INDIQUE o Tipo de Material a extraerse y el Volumen del mismo expresado en metros cúbicos (m3) o Cauce y Zonas de Extracción así como puntos de acceso y salida del Cauce. o Planos a escala 1/5000 con coordenadas UTM, indicando el Cauce, Zona de Extracción, los Puntos de Acceso y Salida del Cauce. o Ubicación de las Instalaciones de Clasificación y Acopio si las hubiere. o Sistema de Extracción y Características de la maquinaria a ser utilizada.

NO NO

No corresponde a la escala -

NO

-

OBSERVADO

NO

OBSERVADO

Ficha técnica

OBSERVADO

Ficha técnica

NO

-

NO

-

NO

-

4. CONCLUSION  Que, mediante Ley Nº 28221, se ha regulado el derecho por extracción de materiales de los álveos o cauces de los ríos por las Municipalidades; facultando a las Municipalidades la autorización para la extracción de materiales que acarrean y depositan las aguas en los álveos y cauces de los ríos y para el cobro de los derechos que correspondan; ello en aplicación de lo establecido en el inciso 9 del artículo 69º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.  Que, en el artículo 3º de la referida normativa se ha establecido que los Ministerios, Entidades Públicas y Gobiernos Regionales que tengan a su cargo la ejecución de obras viales, quedan exceptuados del pago de los derechos previstos en el inciso 9 del artículo 69 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.  Cabe señalar también que la Municipalidad Distrital de Coporaque, para este año tiene programado ejecutar obras de gran magnitud, por lo que necesitara de canteras para la extracción de Material Agregado. C.c. SGIP DCDU/YACE/. Archivo.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COPORAQUE DEPARTAMENTO DE CATASTRO Y DESARROLLO





DCDU

Con respecto a la visita de Inspección Técnica realizada, se pudo constatar que existen personas ajenas a la Empresa San Isidro Challqui, que vienen realizando la extracción de material agregado con maquinaria pesada sin la autorización respectiva a quienes se debe notificar para que presenten toda la documentación necesaria, caso contrario iniciar el proceso administrativo legal por lucrar con material sin el permiso correspondiente. Finalmente, para hacer valer el cumplimiento de lo antepuesto en la conclusión solicitamos que el interesado cumpla con todo lo mencionado en el punto 3 (de lo evaluado) de este informe.

5. CONSULTA Ante la solicitud del administrado, Autorización para la Extracción de Material Agregados, SE PUEDE PROCEDER CON LO SOLICITADO?; sabiendo que es factible la extracción del material solicitado, siempre y cuando cumpla con toda la documentación del caso y que la Empresa garantice la correcta y oportuna administración de cuidado de los materiales agregados; por otra parte nuestra institución debe garantizar sus recursos mediante la firma de un documento que permita también la extracción del material cada vez que sea necesario, y finalmente se sancione a terceras personas que vienen realizando la extracción sin la autorización correspondiente. Consiguientemente Sr. Asesor solicito a Ud. emitir una opinión legal sobre el expediente de la referencia; adjunto al presente 38 (Treinta y Ocho) Fojas. Es todo cuanto informo a Usted, para su conocimiento y fines pertinentes. Atentamente,

C.c. SGIP DCDU/YACE/. Archivo.