1. Caso Practico Cuenta 40

UNIVERSIDAD NACIONAL Federico Villarreal ____________________________ Profesionales formando profesionales FACULTAD DE

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UNIVERSIDAD NACIONAL Federico Villarreal ____________________________ Profesionales formando profesionales

FACULTAD DE CIENCIAS FINANCIERAS Y CONTABLES CURSO: CONTABILIDAD INTERMEDIA II CASO PRÁCTICO: 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA PÚBLICO DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR REGIMEN DE PERCEPCION La Percepción es un mecanismo que funciona como pago adelantado de IGV, de ahí que se desprende que gravara las operaciones de venta interna gravados con IGV. Si hablamos de la tasas de aplicación en casi la mayoría de casos es el 2%, que grabara el total de la operación. El agente de percepción entregará a la Sunat el importe de las percepciones efectuadas. El cliente (adquiriente) está obligado a aceptar la percepción correspondiente. La percepción debe realizarse en el momento en que se realice el cobro total o parcial del precio, en proporción al importe cobrado, con prescindencia de la fecha en que se realizó la operación gravada con el IGV; es decir, la obligación legal se genera en función del pago de la contraprestación, sin considerar la fecha en que se generó la obligación tributaria del IGV. 1. El 15/07/2019, la empresa Comercial Fernández S.A.C (agente de percepción del IGV) vendió a la empresa Comercial Risco S. R.L, según Factura No F001-1900 por el importe de S/ 6,000.00 más el IGV, la que fue cancelada con cheque el 25/07/2019, efectuándose la percepción del 2 %, y entregándose el Comprobante de Percepción No 001-031 por el valor de S/ 141.60. Se solicita: a) Contabilizar la operación para el agente de percepción y para el adquiriente. b) Contabilizar la operación asumiendo que el pago fue realizado con cheque el 05.08.19. c) Contabilizar la aplicación de la percepción para el adquiriente por el periodo tributario del mes de julio de 2019, asumiendo que el importe a pagar del IGV en ese mes es de S/ 460.00, el pago del IGV se realiza con cheque. REGIMEN DE RETENCIONES El “Régimen de Retenciones del IGV aplicable a los Proveedores” es otro de los mecanismos recaudatorios implementados por la SUNAT mediante el cual, los sujetos designados por la SUNAT como Agentes de Retención tienen la obligación de retener parte del Impuesto General a las Ventas (IGV) que le es trasladado por sus proveedores (en las operaciones gravadas), para su posterior entrega al Fisco, según la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias que les corresponda. 1

Como se observa de la definición antes descrita, con este procedimiento se intenta que el Proveedor “pague” de manera adelantada (a través de la retención que le efectúan), el IGV que le corresponderá abonar posteriormente, para lo cual el mecanismo permite que pueda deducir los montos que le hubieran retenido, contra su IGV que le corresponda pagar. El monto de la retención es el seis por ciento (6 %) del Importe de la operación. Para estos efectos, se entiende por este último a la suma total que queda obligado a pagar el adquirente, el usuario del servicio o quien encarga la construcción, incluido los tributos que graven la operación. El Agente de Retención debe efectuar la retención en el momento en que se realice el pago, con prescindencia de la fecha en que se efectuó la operación gravada con el IGV. Para estos efectos, se entiende por “momento en que se realice el pago”, al momento en que se efectúa la retribución parcial o total al Proveedor. El Agente de Retención debe declarar el monto total de las retenciones practicadas en el período y efectuar el pago respectivo utilizando el PDT - Agentes de Retención. Para efecto de la declaración y el pago se tomará en cuenta el cronograma aprobado por la SUNAT para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. El Proveedor podrá deducir de su impuesto a pagar, las retenciones que le hubieran efectuado hasta el último día del período al que corresponda la declaración. Para tal efecto, el proveedor debe efectuar su declaración y pago mensual del IGV utilizando el PDT-IGV Renta Mensual, Formulario Virtual 621, donde consignará el impuesto que se le hubiera retenido. El Agente de Retención deberá emitir y entregar el Comprobante de Retención. 2. El 12.07.19 La empresa “Comercializadora Mayorista Santa Teresa” S.A.C. vendió 100 uniformes a la Clínica “San Felipe” S.A., designada Agente de Retención del IGV, según Factura Nº 002-5252 por el importe de S/ 9,000.00 más el IGV, la que fue cancelada el 18.07.19, efectuándose la retención respectiva, y entregándose el Comprobante de Retención Nº 001-101 por el valor de S/ 637.20. Sobre el particular nos consultan sobre la forma en que deberá contabilizarse esta operación: a) En la contabilidad del Proveedor: “Comercializadora Mayorista Santa Teresa” S.A.C b) En la contabilidad del Agente de Retención: “Clínica San Felipe” S.A. SISTEMA DE DETRACCIONES El sistema de detracciones, comúnmente conocido como SPOT, es un mecanismo administrativo que coadyuva con la recaudación de determinados tributos y consiste básicamente en la detracción (descuento) que efectúa el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el Banco de la Nación, en una cuenta corriente a nombre del vendedor o prestador del servicio, el cual, por su parte, utilizará los fondos depositados en su cuenta del Banco de la Nación para efectuar el pago de tributos, multas y pagos a cuenta incluidos sus 2

respectivos intereses y la actualización que se efectúe de dichas deudas tributarias de aprobación con el artículo 33° del Código Tributario, que sean administradas y/o recaudadas por la SUNAT. 3. La empresa Caryder SAC, comercializadora de carne de res, efectuó una venta de 600 kilos de res el 08.07.19, cada kilo a S/ 12.00, al cliente Servicios Gastronómicos Peruano SAC, para lo cual le emite la factura F001-2680. El cobro del integro de la operación se realizó 16.07.19, a tal efecto el proveedor efectúa el pago de la detracción en efectivo (carnes 4 %) en la fecha y el saldo con cheque en la cuenta del BCP del cliente. Asimismo, Caryder SAC presenta en su cuenta de detracciones al inicio del mes de julio de 2019 un saldo de S/ 500; con la información proporcionada se solicita lo siguiente: a) Tratamiento contable para el emisor b) Tratamiento contable para el adquiriente c) Caryder SAC, por el periodo tributario del mes de julio presenta una obligación de su cuota de Impuesto a la renta de S/ 1,300.00, el mismo que lo pagará el 16.08.19 con el saldo de su cuenta de detracciones y el saldo en efectivo.

IMPUESTO A LOS DIVIDENDOS 4. La sociedad Alimentos Procesados SAC, el 02 de Abril del año 2019 decide distribuir la utilidad neta del ejercicio 2018, la que asciende a S/ 180,000. La sociedad tiene 4 accionistas. Se efectúa el pago con cheque el 10.04.19 Para ello se cuenta con la siguiente Información: ACCIONISTAS: 1. Carlos Díaz Solís 2. Diana García Santos 3. Carmen Salinas Farías 4. Guillermo Pérez Castro TOTAL

35 25 20 20

% DIVIDENDOS IMPTO 5.00 % % 63,000.00 3,150.00 % 45,000.00 2,250.00 % 36,000.00 1,800.00 % 36,000.00 1,800.00 100 % 180,000.00 9,000.00

NETO A PAGAR 59,850.00 42,750.00 34,200.00 34,200.00 171,000.00

Con la información proporcionada se solicita los asientos contables correspondientes a la distribución de los dividendos a los accionistas.

FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO 5. La Empresa Agrícola las Tres Marías SAC, tiene una deuda de S/ 8,064.00 por el Tributo de IGV del periodo 01/2019. Tributo que venció el día 16/02/2019. Con Fecha de; 17/08/2019 la administración tributaria le acepta la solicitud de Fraccionamiento Tributario. Primero actualizamos la deuda, calculando los Intereses a la Fecha de Fraccionamiento. 3

Deuda Tributaria IGV Mes de enero de 2019 S/ 8,064.00 Tasa de interés 1.20 % mensual Tiempo transcurrido 6 meses Deuda Actualizada: S/

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CRONOGRAMA DE PAGOS RAZON SOCIAL : Agrícola las Tres Marías SAC RESOLUCION DE FRACCIONAMIENTO Nº VCTO AMORTIZACION INTERES CUOTA 1 30/09/2019 1,339 96.77 2 31/10/2019 1,341 80.70 3 30/11/2019 1,343 64.61 4 31/12/2019 1,345 48.49 5 31/01/2020 1,347 32.35 6 28/02/2020 1,349 16.19 8,064 339.11

SALDO 6,725 5,384 4,041 2,696 1,349 0

Con la información proporcionada se solicita los asientos contables correspondientes.

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