Codigo de Comercio

INTRODUCCION: Mediante la presente vemos y explicamos la evolución actual de la economía y el crecimiento del mercado e

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INTRODUCCION:

Mediante la presente vemos y explicamos la evolución actual de la economía y el crecimiento del mercado en el mundo. Por eso para una mejor relación y competencia se hicieron códigos comerciales que están vigentes y hacen posible una mejor estructura del mercado comercial. Como vemos es prescindible la parte legal para un mejor funcionamiento y el apoyo del estado.

COMO SURGE EL CÓDIGO DE COMERCIO EN EL PERÚ:

El Código de Comercio peruano fue promulgado el 15 de Febrero de 1902 y entró en vigencia el 1°de Julio del mismo año. Excepto letra de cambio que lo tomó de la legislación italiana y cuenta corriente mercantil y martilleros y rematadores que lo hizo de la argentina, fue prácticamente copia del Código de Comercio Español de 18851. Desde sus inicios y durante sus más de cien años de vigor se ha producido un desgajamiento de las distintas materias e instituciones que la integran a través de numerosas disposiciones dictadas durante el intervalo, tal el caso, desde antaño, de las siguientes:  Ley N° 13782 sobre Responsabilidad de los Empresarios en la construcción y reparación de buques, por los accidentes de sus obreros y trabajadores.  Ley N° 2259 sobre Traspaso de Establecimientos comerciales e industriales;  Ley N° 2411 de Hipoteca Naval  Ley N° 2763 de los Almacenes Generales de Depósito, certificado dedepósito y warrant.  Ley N° 6565 del Registro Fiscal de Ventas a Plazos.  Ley N° 6606 de Reforma del Código de Comercio.  Ley N° 7159 denominada Ley de Bancos.  Ley N° 7566 Procesal de Quiebras.  Ley N° 13253 del Contador Público Colegiado.  Ley N° 16123 de Sociedades Mercantiles.  Ley N° 16587 de Títulos Valores.  Ley N° 17302 de Bolsas de Valores.  Entre otras numerosas que ya han seguido desde la década de los años 70. Así el Código de Comercio de 1902, surgió como una necesidad de regular la actividad del comerciante como persona natural dedicada a la actividad mercantil. Es el principio y el fin del Código, y alrededor de él giran todas sus instituciones. Este Código, como ya lo señaláramos,

basado fundamentalmente en el Código Español de 1885, fue dado para una sociedad de pequeños y medianos comerciantes que actuaban en forma personal, aun cuando se hacía referencia a "Compañías Mercantiles o Industriales que se constituyeran con arreglo a este Código". El comerciante de hoy no trabaja, únicamente de manera individual, integra una sociedad y su actividad empresarial forma parte de una organización. El panorama mercantil de la vida actual es distinto a lo legislado por el Código de Comercio. Se ha pasado de un economía de comerciantes a una sociedad de empresas. Nuevamente hacemos alusión al desarrollo vertiginoso de la Economía Mundial y a los cambios en la Política Económica de nuestro país. El Código de 1902 legisla a los actos de comercio como: "... Los comprendidos en este código y cualesquiera otros de naturaleza análoga". Si bien podemos tratar de incluir dentro de éstos últimos a la actividad empresarial, es necesario regular a la empresa como el núcleo de la actividad mercantil, a fin de que nuestra legislación pueda ser eco eficiente de la realidad. La empresa es el sustituto de los comerciantes. Los que inicialmente fueron actos de comerciante, vale decir actividad empresarial, fue progresivamente institucionalizándose. Es así que la empresa ha tomado el lugar del comerciante, no obstante nuestro Código de Comercio, sólo cataloga a la actividad empresarial dentro de la actividad del comerciante.

EVOLUCION HISTORICA DEL CODIGO DE COMERCIO PERUANO

Hablar del Código de Comercio y la materia que ésta regula, significa necesariamente estudiar la evolución del contenido del Código de Comercio. El desarrollo de la economía y las nuevas relaciones derivadas del cambio, han generado en su tiempo, la necesidad de contar con un marco jurídico adecuado. No olvidemos que en principio la materia de éste lo fue el comerciante, posteriormente los actos de comercio, y hoy en día estamos planteando a la empresa como núcleo de la nueva regulación. Es de recordar que el primer Código de Comercio Peruano data de 1853 reflejo del Código Español de 1829 que estaba impregnado del criterio subjetivista; un Código pensado para una clase especial de ciudadanos; y que además fue el más próximo antecedente del Código de Comercio vigente, o lo que queda de él y que data de 1902 reflejo igualmente del Código Español de 1885. Un Código que se orientaba a un sistema objetivo por lo que se preocuparon de precisar el concepto del acto de comercio, a fin de que sirviera de criterio a los particulares y a los juzgadores para determinar en cada caso en concreto lo que debía entenderse por acto de comercio. La fórmula adoptada por este Código fue más amplia que la adoptada por el Código francés de 1807 o del Código Alemán de 1861 quienes optaron por la enumeración de los actos mercantiles, restringiéndole el paso a la realidad, con el riesgo de devenir en obsoletos. El Código Español de 1885 reconoce el "acto de comercio" como punto central de su sistema legislativo, diferenciando al autor del acto de comercio; siempre que estuvieran comprendidos en el código serían actos de comercio. Es de precisar que si bien existe el criterio subjetivista (comerciantes) en la doctrina tanto como en la legislación, o el criterio objetivista (actos de comercio), éstos no pueden considerarse de manera absoluta, sino más bien como criterios predominantes. En los 94 años de promulgado que tiene el Código de Comercio son muchas las modificaciones introducidas, por leyes como la Ley de Sociedades Mercantiles; la Ley de Títulos Valores; la Ley de Registro Fiscal de Ventas a Plazos; la Ley Procesal de Quiebras, normas que a su vez han sido modificadas por otras leyes. No olvidemos que el Código Civil de 1984, así como el Código Procesal Civil y la Ley General de

Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros también han derogado algunos artículos del Código de Comercio. Es decir, frente a tales mutilaciones y a la actual situación que vive el país inmerso dentro de una economía de libre mercado, es preciso encontrar un marco jurídico adecuado, al cual nos encontramos abocados, siendo ésta la tarea principal de la comisión que me honro en presidir.

ESTRUCTURA DEL CÓDIGO DE COMERCIO:

LIBRO PRIMERO : De los Comerciantes y del Comercio en General SECCION PRIMERA : De los Comerciantes y de los Actos de Comercio (Artículo 1 al 15) SECCION SEGUNDA : Del Registro Mercantil (Artículo 16 al 32) SECCION TERCERA : De los Libros y de la Contabilidad del Comercio (Artículo 33 al 49) SECCION CUARTA : Disposiciones Generales sobre los Contratos de Comercio (Artículo 50 al 63) SECCION QUINTA : De los Lugares y Casas de Contratación Mercantil (*)(Derogada) SECCION SEXTA : De los Agentes Mediadores del Comercio y de sus Obligaciones respectivas(*) (Derogada) SECCION SETIMA : De los Rematadores o Martilleros (Artículo 116 al 123) LIBRO SEGUNDO : De los Contratos Especiales de Comercio SECCION PRIMERA : De las Compañías Mercantiles (*) Títulos del I al VI (Derogados) Título VII

De las reglas especiales de la compañia de crédito (Artículo 182 al 183)

Título VIII

Bancos de Emisión y Descuento (Artículo 184 al 187)

Título IX

Compañia de Ferrocarriles y demas Obras Públicas (Artículo 188 al 196)

Título X Compañias generales de Deposito (Artículo 197 al 202)

Título XI

Compañias o Bancos de Crédito Territorial (Artículo 203 al 204)

Título XII

De las reglas especiales para los Bancos y Sociedades de Crédito (Artículo 205 al 210)

Título XIII

Del Termino de Liquidación de las Compañias Mercantiles (Derogado)

SECCION TERCERA : De la Comisión Mercantíl (Artículo 237 al 296) Título I De los Comisionistas (Artículo 237 al 274) Título II De otras formas del mandato mercantil dependientes y mancebos (Artículo 275 al 296)

factores,

SECCION CUARTA : Del Depósito Mercantíl (*) (Derogado) SECCION QUINTA : Del Préstamo Mercantíl, de la Prenda Título I Del Prestamo Mercantil (Derogado) Título II De la prenda (Artículo 315 al 319) SECCION SEXTA : De la Compraventa y Permuta Mercantiles y de la Transferencia de Créditos No Endosables Título I De la compra-venta (Derogado) Título II De las permutas (Derogado) Título III

De la transferencia de créditos no negociables (Artículo 342 al 343)

SECCION SETIMA : Del Contrato Mercantíl de Transporte Terrestre (Artículo 344 al 374) SECCION OCTAVA : De los Contratos de Seguro (Artículo 375 al 429) Título I Del contrato de seguro en general (Artículo 375 al 380)

Título II Del seguro contra incendios (Artículo 381 al 410) Título III

Del seguro sobre la vida (Artículo 411 al 422)

Título IV

Del seguro de transporte terrestre (Artículo 423 al 428)

Título V De las demas clases de seguros (Artículo 429) SECCION NOVENA (Derogada)

:

De

los

Afianzamientos

Mercantiles(*)

SECCION DECIMA : De la Letra Comercial o de Cambio(*) (Derogada)

SECCION UNDECIMA : De los Vales y Pagarés a la Orden, y de los Mandatos de Pagos llamados Cheques(*) (Derogada) SECCION DUO DECIMA : De los Efectos al Portador, y de la Falsedad, Robo, Hurto o Extravío de los mismos(*) (Derogada) SECCION DECIMO TERCERA : De las Cartas-Ordenes de Crédito (Artículo 557 al 562) SECCION DECIMO CUARTA : Del Contrato de Cuenta Corriente Mercantíl y Bancaria (Artículo 563 al 585) LIBRO TERCERO : Del Comercio Marítimo SECCION PRIMERA : De los Buques (Artículo 586 al 598) SECCION SEGUNDA : De las Personas que intervienen en el Comercio Marítimo (Artículo 599 al 664) Título I Del propietario del buque y de los navieros (Artículo 599 al 621) Título II De los capítanes y de los patrones de buque (Artículo 622 al 638)

Título III

De los oficiales y tripulación del buque (Artículo 639 al 661)

Título IV

De los sobrecargos (Artículo 662 al 664)

SECCION TERCERA : De los Contratos Especiales del Comercio Marítimo (Artículo 665 al 818) Título I Del contrato de fletamiento (Artículo 665 al 731) Título II Del contrato a la gruesa, o prestamo a riesgo maritimo (Artículo 732 al 749) Título III

De los seguros marítimos (Artículo 750 al 818)

SECCION CUARTA : De los Riesgos, Daños y Accidentes del Comercio Marítimo (Artículo 819 al 858) Título I De las averias (Artículo 819 al 831) Título II De las arribadas forzadas (Artículo 832 al 838) Título III

De los abordajes (Artículo 839 al 852)

Título IV

De los naufragios (Artículo 853 al 858)

SECCION QUINTA : De la Justificación y Liquidación de las Averías (Artículo 859 al 882) Título I Disposiciones comunes a toda clase de averias (Artículo 859 al 863) Título II De la liquidación de las averias gruesas (Artículo 864 al 881) Título III

De la liquidación de las averias simples (Artículo 882)

LIBRO CUARTO : De la Suspensión de Pagos y de las Quiebras de las Prescripciones

SECCION PRIMERA : De la Suspensión de Pagos y de la Quiebra en General (*)(Derogada) SECCION SEGUNDA : De las Prescripciones (Artículo 953 al 966) Cuadro de Modificaciones

Conclusiones

BIBLIOGRAFIA:  

http://www.teleley.com/contenlegal.php?idm=2322