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República de Bolivia Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación

Prefectura del Departamento de Potosí

Viceministerio de Planificación Estratégica y Participación Popular

Dirección Departamental de Recursos Naturales y Medio Ambiente

Dirección General de Planificación y Ordenamiento Territorial

PLAN DE USO DEL SUELO DEL DEPARTAMENTO DE POTOSÍ (Propuesta de concertación)

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN DEFINICIONES 1. Categorías y subcategorías de uso de la tierra 2. Reglas de intervención 3. Reglas de uso 4. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables y de gestión de las condiciones socioeconómicas 5. Otras consideraciones RECOMENDACIONES GENERALES 1. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables 2. Recomendaciones socioeconómicas LAS SUBCATEGORÍAS DE USO (PROPUESTAS) A. B. D. E. F.

Tierras de uso agropecuario intensivo Tierras de uso agropecuario extensivo Tierras de uso forestal Tierras de protección con uso restringido Áreas protegidas

MAPA DE ZONIFICACIÓN AGROECOLÓGICA Y SOCIOECONÓMICA

ANEXO 1: Glosario general

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

INTRODUCCIÓN El Plan de Uso del Suelo (PLUS) es un instrumento técnico normativo del ordenamiento territorial que determina las opciones de utilización del suelo de manera sostenible, para cada espacio geográfico en función de su aptitud, potencialidades y limitaciones. El presente documento contiene la descripción de las 15 subcategorías del Plan de Uso del Suelo del Departamento de Potosí, agrupadas en 5 categorías mayores, que incluye la ubicación de las áreas comprendidas en cada caso, su respectiva justificación, las reglas de intervención y reglas de uso, así como recomendaciones generales y específicas de manejo de los recursos naturales renovables y de gestión de las condiciones socioeconómicas. En el mapa de Zonificación Agroecológica y Socioeconómica, adjunto al presente documento, se presenta la distribución geográfica de las subcategorías de uso de la tierra recomendadas. Con el fin de formular recomendaciones de uso de la tierra que permitan aprovechar mejor las potencialidades de cada unidad de tierra, seis de las subcategorías de uso de la tierra contienen una recomendación de uso para el área mayor de las unidades de tierra comprendidas en cada subcategoría, y otra recomendación para el área menor de dichas unidades de tierra. Este Plan de Uso del Suelo ha sido elaborado en base a la zonificación agroecológica y socioeconómica del Departamento de Potosí, que identifica y recomienda usos de la tierra en correspondencia con su aptitud de uso, derivada de la evaluación de la tierra, y tomando en consideración los aspectos socioeconómicos relevantes para el uso sostenible de la tierra.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

DEFINICIONES Para una mejor comprensión de la presente memoria explicativa, inicialmente se presentan los conceptos y convenciones empleados para definir los distintos tipos de reglas y recomendaciones utilizadas. El Plan de Uso del Suelo contiene:

1.

Categorías y subcategorías de uso de la tierra.

Son clases y subclases de uso de la tierra utilizadas para asignar usos a los suelos en base a estándares metodológicos de aplicación internacional y de acuerdo a las consideraciones técnicas específicas que cada ambiente o área de estudio así lo demande. Para el Departamento de Potosí se han distinguido las siguientes 5 categorías de uso de la tierra, en base a la normativa vigente relativa a categorías de zonificación (MDSMA, 1995; Ley Forestal No. 1.700 del 12 de julio de 1996) de acuerdo al siguiente detalle (las respectivas subcategorías se mencionan en cada caso y se las presenta más adelante): A.

TIERRAS DE USO AGROPECUARIO INTENSIVO

Son tierras que por las condiciones biofísicas y socioeconómicas adecuadas (por ejemplo: de clima, topografía, suelo, tamaño de la explotación, disponibilidad de mercados y mano de obra capacitada), permiten su uso agropecuario en forma sostenible, obteniendo rendimientos relativamente altos. Generalmente este uso de la tierra requiere el uso de insumos y capital. En el Departamento de Potosí esta categoría incluye 2 subcategorías de uso: i) uso agrícola intensivo, ii) uso agrícola intensivo y protección con uso ganadero extensivo limitado. B.

TIERRAS DE USO AGROPECUARIO EXTENSIVO

Son tierras que presentan ciertas limitaciones por las condiciones biofísicas y socioeconómicas, como por ejemplo clima, topografía, suelo, tamaño de la explotación y accesibilidad. Sin embargo, las limitaciones de estas tierras no son de tal magnitud que impiden el uso agropecuario sostenible. Se considera que este uso debe ejecutarse con la aplicación limitada de insumos y capital, para mantener la capacidad productiva de la tierra y el bienestar de la población local. En el Departamento de Potosí esta categoría incluye un total de 5 subcategorías de uso: i) uso agrícola extensivo, ii) uso ganadero extensivo, iii) uso ganadero extensivo y uso agropecuario extensivo, iv) uso agropecuario extensivo, v) uso agropecuario extensivo y uso agrícola intensivo. D.

TIERRAS DE USO FORESTAL

Son tierras con cobertura forestal que reúnen condiciones adecuadas para la producción forestal. Los pocos bosques en el Departamento no reúnen estas condiciones, sin embargo, esta categoría de uso también incluye tierras cuya cobertura boscosa ha sido eliminada y que actualmente sufren procesos de degradación de los recursos naturales, pero que son susceptibles a la recuperación de la cobertura y uso forestal mediante un manejo adecuado, a mediano o largo plazo ("Tierras de Rehabilitación" definidas en la Ley Forestal, en este estudio han sido nombradas "Tierras de rehabilitación de la vegetación y/o suelo").

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

Esta categoría incluye en el Departamento de Potosí una sola subcategoría de uso: rehabilitación de la vegetación y/o suelo y uso agropecuario extensivo. E.

TIERRAS DE PROTECCIÓN CON USO LIMITADO

Son tierras frágiles por razones como por ejemplo: fuertes pendientes, poca profundidad de los suelos, factores climáticos, tales como escasas precipitaciones anuales o muy bajas temperaturas, o una incipiente cobertura vegetal. Las condiciones indican que estas tierras no son aptas para la actividad agropecuaria o forestal sostenible y sugieren priorizar la protección de los suelos, vegetación y recursos hídricos. La cobertura vegetal en estas tierras generalmente cumple un papel fundamental de regulación ambiental, protegiendo los suelos y recursos hídricos. En la mayoría de las subcategorías de uso de protección se puede permitir algún uso en forma limitada, frecuentemente en áreas pequeñas, que debe ser especificada en cada caso y que no debe deteriorar los suelos, la vegetación y los recursos hídricos. Esta categoría incluye las "Tierras de Protección" establecidas en la Ley Forestal. En el Departamento de Potosí, esta categoría incluye un total de 5 subcategorías de uso: i) protección con uso ganadero extensivo limitado, ii) protección con uso ganadero extensivo limitado y uso agropecuario extensivo, iii) protección con uso agropecuario extensivo limitado, iv) protección con uso agropecuario extensivo limitado y uso agropecuario extensivo, v) protección. F.

ÁREAS PROTEGIDAS

Son áreas declaradas legalmente bajo protección del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Bolivia por su valor biológico e importancia para la conservación de la biodiversidad, el paisaje y los valores culturales. El grado de intervención humana permitida en estas áreas puede variar desde la protección absoluta hasta el manejo integral de las tierras para la conservación de los recursos naturales renovables y el desarrollo de la población local, de acuerdo a las normas y categorías definidas por el órgano rector del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Bolivia, al que pertenecen. En el Departamento de Potosí, esta categoría incluye dos subcategorías de uso: i) Parque Nacional Toro Toro, ii) Reserva Nacional de Fauna Andina Eduardo Abaroa.

2.

Reglas de intervención.

Son reglas que deben ser consideradas por entidades públicas competentes en el otorgamiento de derechos de uso del suelo en función a su aptitud, potencialidades y limitantes. Estas reglas son de observancia y cumplimiento obligatorio por todo organismo del Estado con jurisdicción y competencia para dichos efectos, bajo responsabilidad. Los tipos de intervención considerados son los siguientes: Desmonte: derribo y desalojo de la vegetación arbustiva y arbórea para habilitación de tierras de uso agrícola y/o pecuario, caminos, campos petroleros, etc. Es sinónimo de chaqueo. Habilitación de tierras no boscosas para agricultura: se refiere al desalojo de la vegetación en terrenos con cobertura no boscosa con el fin de usarlos para la actividad agrícola. No incluye la relimpia de terrenos en descanso ni la quema de pastos, que ambos son considerados prácticas de manejo. Aprovechamiento del bosque: a) Madera: incluye todas las operaciones necesarias para la extracción de madera; b) Productos no maderables: incluye todas las actividades necesarias para la extracción de frutos, raíces, hojas, aceites, fibras, resinas, leña y otros del bosque.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

Inmovilización para áreas de protección: conjunto de acciones para evitar que un área geográfica determinada sea utilizada, en tanto y en cuanto se realicen estudios que justifiquen la necesidad de proteger determinados valores biofísicos o ambientales sobre la base de alguna categoría del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Bolivia existentes. Protección contra la degradación de suelos y vegetación: se refiere a la autorización de intervenciones en áreas frágiles donde se asigna protección o rehabilitación de la vegetación y/o suelo como uso. Ejemplos de intervenciones en dichas áreas son: la aplicación de técnicas de conservación de suelos, implantación de vegetación, nuevas actividades agropecuarias que no se encuentran incluidas en las actividades limitadas permitidas, exclusión temporal o permanente de áreas del pastoreo o ramoneo mediante clausuras y otras destinadas a conservar y/o recuperar la cubierta de vegetación y los suelos, hacer frente a procesos erosivos y/o asegurar la prestación de servicios ambientales de las respectivas áreas. Protección de áreas–fuente de agua: comprende la autorización de intervenciones (por ejemplo: agropecuarias, corte de árboles) en áreas-fuente de agua para provisión de agua potable o en algunos casos específicos, para riego, después de su declaratoria como tal. Aprovechamiento de fauna silvestre: actividades de caza y pesca. Se refiere a los tipos de intervención y regulaciones necesarias para proteger la fauna silvestre. Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física: se refiere a la apertura de terreno para la construcción de caminos, explotaciones mineras, explotaciones de áridos, gasoductos, perforación de pozos, diques, represas, etc. En las reglas de intervención existen las siguientes opciones: Sí (afirmativo): significa que el Plan de Uso del Suelo no establece limitaciones para la intervención considerada en las áreas geográficas correspondientes. En todas aquellas áreas en las que está autorizada más de una intervención, las instituciones responsables coordinarán para evitar superposición de derechos agrícolas, forestales y otros. No (negativo): significa que el Plan de Uso del Suelo tiene suficientes elementos para establecer que la intervención considerada en las áreas geográficas correspondientes no debe llevarse a cabo y toda posible excepción requerirá necesariamente reglamentación específica, mediante Decreto Supremo u otra norma legal de igual o mayor jerarquía. Bajo condiciones: significa que el Plan de Uso del Suelo impone limitaciones para la intervención considerada en las áreas geográficas correspondientes. Estas limitaciones del ejercicio del derecho de uso del suelo, responden a condiciones propias de las áreas consideradas, por lo que no pueden ser generalizadas. Por esta razón, se especifican dichas limitaciones para cada unidad. No corresponde: significa que en las áreas geográficas correspondientes no existen condiciones requeridas que demanden o exijan la aplicación del tipo de intervención que se trate. En todos los casos deben considerarse las disposiciones legales vigentes en materia de uso del suelo y conservación, tales como: Ley Forestal y sus Reglamentos, la Ley de Vida Silvestre, Parques Nacionales, Caza y Pesca (LVS), la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria (INRA), la Ley del Medio Ambiente (LGMA), así como otras leyes o decretos.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

3.

Reglas de uso.

Son normas que establecen limitaciones legales al ejercicio del derecho de uso del suelo e incluyen disposiciones relativas a la aplicación de técnicas y medidas de conservación y manejo sostenible de la tierra. Estas reglas son de cumplimiento obligatorio para todo usuario que realice actividades agrícolas, ganaderas, forestales, de infraestructura y otras relacionadas a los recursos del suelo, bajo sanción, en caso de incumplimiento, por el organismo competente, respetándose los derechos legalmente adquiridos o consolidados.

En las reglas de uso existen tres opciones: Permitido: significa que el uso asignado o recomendado puede ser realizado sin mayores restricciones cumpliendo, en todos los casos, las normas y recomendaciones que garanticen el uso sostenible de los recursos. En este Plan de Uso del Suelo se ha optado por usar diferentes términos como: "estas áreas deben dedicarse a ... (uso)", "se deben concentrar los esfuerzos en ... (uso)", "se debe priorizar ... (uso)", "se debe aplicar ... (uso)" y "se debe ... (uso)" como alternativos para la opción "permitido". Prohibido: significa que determinados usos de la tierra no pueden desarrollarse en determinada área geográfica, debido a que no reúne las condiciones necesarias para dicho uso y su realización pondría en riesgo la sostenibilidad de la producción, afectando también a las unidades vecinas. Limitado: significa que el uso en cuestión debe ser realizado tomando en cuenta ciertas restricciones, debido a las características ecológicas del terreno y/o que sólo puede realizarse en una pequeña parte dentro de la unidad de espacio geográfico. Solo los usos mencionados en las reglas de uso de cada subcategoría son permitidos, por tanto, los usos no mencionados son prohibidos, por lo que sólo se señalaran como prohibidos aquellos usos particularmente dañinos al medio ambiente y el equilibrio ecológico.

4. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables y de gestión de las condiciones socioeconómicas. Comprenden un conjunto de recomendaciones de actuación e intervención, tanto a nivel general del Departamento como para cada categoría de uso en particular con relación al manejo de los recursos naturales renovables y la gestión de las condiciones socioeconómicas, teniendo como finalidad asegurar el aprovechamiento sostenible de la tierra y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población usuaria de la tierra. Como parte integral de las recomendaciones de uso de la tierra presentadas en este documento y con el fin de complementar las recomendaciones específicas para cada subcategoría de zonificación, se han elaborado diversas recomendaciones generales relevantes para el Departamento de Potosí. Estas recomendaciones de carácter general tienen la misión de presentar algunas directrices para la acción e intervención de distintos actores en lo referente a aspectos productivos y de protección, con el fin de asegurar una armonía entre el aprovechamiento sostenible de la tierra y los requerimientos productivos de la población usuaria de la tierra.

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5.

Otras consideraciones.

La selección de usos recomendados de la tierra priorizados en el PLUS corresponden a aquellos usos de la tierra seleccionados en la zonificación agroecológica y socioeconómica. Los criterios usados para dicha selección se basan en la aptitud de la tierra, la satisfacción de condiciones socioeconómicas generales, así como asegurar la sostenibilidad en el aprovechamiento de la tierra. No obstante, en varias unidades de zonificación es posible aplicar otros usos de la tierra, distintos de los seleccionados, pero que también satisfacen los criterios planteados, razón por la que se destacan estos otros usos de la tierra permitidos en cada unidad de zonificación. Para seleccionar estos otros usos de la tierra se requiere establecer criterios complementarios que mejor permitan conjugar los criterios anteriormente señalados (relativos a aptitud de la tierra, aspectos socioeconómicos y sostenibilidad) con las demandas de los usuarios y las políticas y previsiones gubernamentales. Entre dichos criterios adicionales podrían considerarse los relativos a seguridad alimentaria local o mejoramiento de las condiciones de autoabastecimiento local y/o regional; la maximización de las oportunidades de empleo local; priorizar las exportaciones agropecuarias y forestales; vincular el uso de la tierra con políticas agroindustriales o manufactureras tanto nacionales como regionales y locales, etc. El proceso de concertación del PLUS es el escenario indicado para considerar dichos criterios complementarios.

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RECOMENDACIONES GENERALES 1.

Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables

a)

Relativas a la producción agropecuaria

Considerando que en la mayor parte del Departamento de Potosí el periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es limitado, con un largo periodo seco de abril a octubre y frecuentemente con una irregular distribución de lluvia durante el periodo de crecimiento de los cultivos, se recomienda a la Prefectura, Gobiernos Municipales y organizaciones de productores, aumentar el área bajo riego donde sea posible y optimizar el manejo del agua para riego en sistemas existentes, para asegurar e incrementar la productividad agropecuaria. Esto se puede lograr a través del mejoramiento de técnicas e infraestructura de riego actuales y la paulatina construcción de nueva infraestructura para riego, como ser, construcción de canales, captación de aguas subterráneas y almacenamiento de agua de lluvia mediante la construcción de represas, estanques, tajamares y atajados. Por las condiciones climáticas y debido a que gran parte de las aguas utilizadas en los sistemas de riego presentan ciertas características salinas y/o sódicas (PRONAR, 2000), los productores deben tomar las precauciones necesarias para evitar la salinización y/o sodificación de los suelos, mediante prácticas adecuadas en función a la frecuencia de riego, cantidad del agua que se utiliza, mejoramiento del drenaje y la estructura de los suelos, etc. Para la agricultura en laderas se recomienda a los usuarios de la tierra, con la ayuda de las organizaciones de apoyo al desarrollo, realizar prácticas que mejoren la estructura del suelo, aumenten su permeabilidad y de este modo reduzcan el escurrimiento superficial. Estas prácticas pueden ser la adición de abono orgánico, la preparación adecuada del suelo para la siembra y la rotación de cultivos. Por otra parte, para reducir la erosión se recomienda proteger la superficie del suelo con una cobertura vegetal apropiada, realizar la siembra siguiendo las curvas de nivel o sembrar los cultivos en fajas alternantes y donde sea factible, la construcción de terrazas. Para mantener y mejorar la fertilidad de los suelos de las áreas agrícolas se recomienda a los usuarios de la tierra la adición de materia orgánica (por ejemplo mediante el cultivo de leguminosas y la incorporación de rastrojos) y la aplicación de abonos orgánicos o fertilizantes para incrementar la productividad de los cultivos. Estas medidas, a su vez, mejoran además la retención de humedad y la estructura de los suelos. Para mejorar los rendimientos de los cultivos, es necesario el uso de semillas mejoradas y/o certificadas y el control integrado de plagas y enfermedades. Frecuentemente, el uso inadecuado de agroquímicos origina problemas medio ambientales y la resistencia de patógenos e insectos a estos productos. Se recomienda que los técnicos extensionistas y los agentes comercializadores atiendan estos problemas. La evaluación y mapeo de campos nativos de pastoreo a diferentes niveles jerárquicos, ya sea desde el punto de vista productivo (ecoregiones, tipos de praderas, sitios de pradera, etc.), como desde el punto de vista administrativo (región, departamento, provincia, municipio, comunidad, finca, etc.), es uno de los aspectos más descuidados de la ganadería en las tierras altas de Bolivia. Para ello es recomendable que las universidades generen una metodología detallada, así como una base de datos como fuente de información primaria para la elaboración de proyectos de manejo y de recuperación de praderas. Para la ganadería extensiva en los campos nativos de pastoreo, dada la relativa escasez de información en algunas áreas, se recomienda a la Prefectura, universidades y organizaciones especializadas realizar estudios en las diferentes regiones del Departamento, para estimar la carga animal sostenible por especie y por época, con el fin de evitar el sobrepastoreo y consecuentemente, la degradación de la vegetación y de los suelos.

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La quema anual de pastizales durante la época seca es una práctica común en el manejo de los mismos, sobre todo con el fin de obtener un rebrote palatable y vigoroso. Sin embargo, frecuentemente la quema se realiza sin el debido control, causando daños en terrenos aledaños. La quema debe realizarse dentro del marco de la Resolución Ministerial No 131/97 que establece las reglas a aplicar para evitar efectos no deseados, como por ejemplo, la quema de áreas aledaños. Es importante que la Prefectura, Gobiernos Municipales y organizaciones de apoyo al desarrollo estimulen la crianza de camélidos domésticos en función a objetivos específicos de producción, procurando su especialización de acuerdo a sus distintas potencialidades (en particular, fibra, carne y cuero), manteniendo al mismo tiempo una variabilidad genética para la conservación de la diversidad biológica de estas especies. La contaminación de aguas superficiales debido a las actividades mineras con explotación de minerales como arsénico, cadmio, plomo y mercurio en el Departamento de Potosí, afecta a la salud humana y animal, por el uso de estas aguas para consumo directo y riego, a través del consumo de pescado y por las inundaciones que depositan sedimentos contaminados en las terrazas agrícolas, ocasionando el ingreso de los contaminantes en la cadena alimenticia. Algunos ingenios mineros han reducido la contaminación aplicando medidas como la construcción de diques de cola (MDSP/JICA, 1999), demostrando que es factible reducir la contaminación. Por lo tanto, se recomienda que las autoridades competentes apliquen taxativamente la Ley de Medio Ambiente y obliguen a todos los ingenios y minas controlar la contaminación. Los riesgos de heladas, granizadas y sequías son una constante amenaza para las actividades agropecuarias. Se recomienda al MDSP y la Prefectura aumentar el numero de estaciones meteorológicas e implementar las existentes, asegurando su buen funcionamiento para mejorar el monitoreo de dichos fenómenos climáticos, situación que permitirá pronosticar mejor su ocurrencia y prevenir hasta cierto punto los daños causados por ellos. Se recomienda incentivar el mejoramiento genético de especies y variedades vegetales adaptadas a heladas por parte de las universidades. El primer paso en esta dirección es el rescate, catalogación y evaluación inicial de germoplasma de plantas cultivadas en el Departamento de Potosí y áreas afines. Así mismo, se recomienda promover proyectos de recuperación y validación de tecnologías andinas de producción agrícola con el fin de mejorar los resultados de esta actividad, promoviendo la producción familiar y comercial en ambientes controlados (tales como invernaderos, carpas solares y otros).

b)

Relativas a la protección de la vegetación, suelo y recursos hídricos

Se recomienda a las comunidades y usuarios de la tierra reducir significativamente la extracción de arbustos y árboles estos componentes de la vegetación son seriamente depredados debido a su uso como combustible, materiales de construcción y la obtención de carbón. Una de las medidas que pueden tomarse al respecto, se recomienda a la Prefectura y los Gobiernos Municipales fomentar el uso de gas natural o gas licuado. Con los patrones actuales de manejo, la ganadería extensiva de caprinos, particularmente difundida en la Cordillera Oriental, es depredatoria de los recursos naturales renovables. Por ello, se recomienda a los Gobiernos Municipales y a las comunidades desestimularla hasta donde sea posible. Sin embargo, en áreas donde es la principal fuente de ingresos, se recomienda a la Prefectura y a las universidades buscar y difundir, mediante programas de capacitación, nuevos sistemas de manejo que permitan reducir la degradación de la cobertura vegetal y la consiguiente erosión del suelo, y de ese modo transformarla en una ganadería sostenible.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

Los humedales y/o bofedales del Departamento deben ser preservados exclusivamente para uso ganadero aunque los usuarios de la tierra deben excluir estas áreas a los porcinos, por ser altamente dañinos para estos ecosistemas. Se debe prohibir la habilitación de estas áreas para fines agrícolas, debido a su potencial de producción de forraje e importante biodiversidad. Los bofedales son ecosistemas frágiles y fuentes clave de forraje y agua, y deben ser incluidos en programas de manejo con el fin de evitar su degradación progresiva. La Prefectura, universidades y organizaciones de desarrollo deben realizar estudios más detallados de su capacidad de producción de forraje y diversidad florística. Debido a que las pérdidas de agua por evaporación y escurrimiento son mucho mayores en praderas sobrepastoreadas que en praderas en buena condición, es necesario diseñar sistemas de pastoreo y prácticas de recuperación de praderas que incluyan entre sus acciones actividades de recuperación de la cobertura vegetal. En grandes áreas del Departamento la fauna silvestre está muy disminuida, aunque existe escasa información sobre la abundancia y distribución actual de las especies. Por otra parte, el aprovechamiento sostenible de la vida silvestre podría constituirse en una actividad complementaria para la población rural. Para poder incorporar proyectos concretos de manejo de especies silvestres, es necesario que la Prefectura y las universidades realicen evaluaciones específicas sobre la población, distribución y hábitos alimenticios (entre otros) de las especies de interés, para luego elaborar los planes de manejo y obtener los permisos de aprovechamiento de la autoridad competente. Hasta obtener la información necesaria, se debe prohibir la caza de especies amenazadas en el Departamento y limitar el aprovechamiento de las demás especies. Las terrazas aluviales son las áreas más productivas del Departamento. Sin embargo, son también las áreas más vulnerables al sufrir la pérdida de sembradíos por las crecidas de los ríos. Por lo tanto, se recomienda a la Prefectura, Gobiernos Municipales, comunidades y organizaciones de apoyo al desarrollo la construcción de defensivos como gaviones o muros de contención, previo estudios más detallados y localizados. Otra forma para proteger estas áreas de cultivo a mediano plazo es la plantación de especies arbóreas en las márgenes de las parcelas que colindan con los cursos de agua. Sin embargo, gran parte del problema de las riadas se debe a la acelerada erosión en las pendientes de las cuencas de los ríos, debido al sobrepastoreo y otras formas de uso de la vegetación. Por lo tanto, mientras no se atienda el problema de la erosión mediante programas de manejo de las cabeceras de las cuencas hidrográficas para conservar la cobertura vegetal y de este modo evitar la erosión, la construcción de defensivos será de poca utilidad. La Prefectura, los Gobiernos Municipales y las instituciones que trabajan en el sector deben desarrollar proyectos que permitan la protección de áreas en peligro de degradación. En particular, a fin de proteger las riberas de las corrientes de agua ante procesos de erosión fluvial, así como a los poblados y terrenos agrícolas en las terrazas ante inundaciones, deben tomarse en cuenta las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Forestal relativas a servidumbres ecológicas, particularmente lo relacionado con el artículo 35º de dicha disposición (Reglamento de la Ley Forestal: D.S. 24.453 de 21 de diciembre de 1996; Ley Forestal: Ley No. 1.700 de 12 de julio de 1996). Dicho artículo establece distancias mínimas a respetarse como servidumbre ecológica respecto a las riberas de los ríos, cuerpos de agua y otros. En áreas con vegetación de bosque en pendientes escarpadas, la Superintendencia Forestal, la Prefectura, los Gobiernos Municipales y las comunidades deben tomar las previsiones necesarias para evitar la habilitación de tierras para agricultura. En las zonas vulnerables a la erosión eólica se recomienda a la Prefectura y los Gobiernos Municipales, con el apoyo de las universidades, estudiar las posibilidades de implementar medidas de mitigación, mediante por ejemplo el establecimiento de fajas de protección y cortinas rompevientos con especies de pastos y arbustos que sean locales y/o adaptados.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

2.

Recomendaciones socioeconómicas.

a)

Generales

Los muy bajos niveles de titulación de tierras en el Departamento desalientan las inversiones, situación que dificulta elevar los rendimientos y efectuar un aprovechamiento más eficiente y sostenible de la tierra. Por ello es fundamental efectuar esfuerzos sistemáticos a fin de garantizar los derechos propietarios mediante la titulación de tierras. El INRA debe perfeccionar los derechos propietarios de los productores, incrementando los actuales niveles de titulación, solucionando activamente los conflictos relacionados con superposiciones y otros aspectos que afectan al pleno ejercicio de los derechos propietarios. Actualmente la disponibilidad de tierras fiscales en Potosí es baja, aunque no se conoce exactamente su distribución y extensión. Además, en el futuro podrían presentarse reversiones de tierras. El INRA podría proceder a la dotación de estas tierras tomando en cuenta las recomendaciones de uso del suelo incluidas en este estudio. A fin de mejorar la calidad de vida de los productores, se recomienda que la Prefectura y los municipios, junto con organizaciones de apoyo a la investigación y la producción ejecuten investigaciones para poder establecer el tamaño mínimo requerido de la unidad de producción o explotación agropecuaria para las distintas regiones del Departamento a fin de asegurar el sustento familiar sostenible. También se debe buscar implementar acuerdos locales participativos, orientados a superar la falta y/o escasez de tierras por parte de los productores, evitando la excesiva parcelación y fragmentación de la propiedad de la tierra, procurando su reagrupación en unidades productivas de mayor extensión y eficiencia operativa, y la reutilización de tierras abandonadas. La Prefectura y los Gobiernos Municipales deben integrar en los Planes de Desarrollo Departamental (PDD) y Municipal (PDM), así como en sus correspondientes POA's y en la Oferta Estratégica Departamental la normatividad contenida en el presente PLUS de Potosí, tomando en cuenta las respectivas recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables y las recomendaciones socioeconómicas relacionadas con cada uno de ellos. Las instituciones del sector deben fortalecer las organizaciones de los usuarios de la tierra, a fin de involucrarlas activamente en la provisión de servicios requeridos para la producción y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables, en especial, para la comercialización conjunta, la asistencia técnica, la transferencia de tecnología, apoyo a la investigación y desarrollo de servicios agropecuarios y forestales ajustados a las condiciones biofísicas y socioeconómicas locales, servicios de sanidad animal y vegetal, el desarrollo de infraestructura productiva, el mantenimiento de caminos vecinales, etc. Los Gobiernos Municipales, las instituciones del sector y las organizaciones de productores deben mejorar las oportunidades de empleo de la mano de obra en las áreas rurales donde existe potencial, impulsando actividades especializadas relacionadas con servicios a la agricultura y agropecuaria, particularmente relacionadas con la aplicación de las recomendaciones de uso de la tierra.

b)

Relativas a la producción agropecuaria y forestal

Las dificultades de accesibilidad vial limitan significativamente el desarrollo de las actividades agropecuarias. Los Gobiernos Municipales y las organizaciones locales, en acción conjunta con las autoridades departamentales, deben proponer soluciones a los principales problemas de accesibilidad, a fin de movilizar el esfuerzo coordinado y mancomunado de la población en las distintas regiones, con el objetivo de resolver este obstáculo.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

La Prefectura, junto con los municipios y las organizaciones de usuarios y de apoyo a las actividades productivas deben desarrollar programas de extensión rural que incluya capacitación y asistencia técnica con recomendaciones en temas relacionados a rotación de cultivos, periodos de descanso, uso de las praderas, manejo de hato, sanidad animal, etc. De esta forma se puede lograr una producción más competitiva y favorecer la seguridad alimentaria. Las organizaciones de productores con apoyo de los municipios y otras organizaciones de apoyo al desarrollo deben buscar nuevos canales de comercialización. Por ejemplo, crear centros de acopio a través de organizaciones que faciliten a los productores la comercialización de sus productos. La Prefectura, los Gobiernos Municipales y las organizaciones de usuarios de la tierra y de apoyo a la producción deben contribuir efectivamente a asegurar la incorporación de las mujeres como sujetos con pleno derecho en las organizaciones comunales y otras organizaciones, mediante procesos de promoción de la mujer y participación activa. En particular, debe identificárselas como población objetivo de programas tanto productivos como relacionados con el uso de la tierra, así como en programas relacionados con créditos, semilla y acceso a los recursos y condiciones requeridas para incorporarse plenamente en las actividades productivas y de conservación de los recursos naturales renovables. Se recomienda a aquellas comunidades y productores cuyos predios se ubican a orillas de los ríos y que sufren de inundaciones, realizar acuerdos y convenios entre ellos y/o con terceros para la construcción de defensivos u otras medidas de protección. Los municipios junto con las organizaciones de usuarios de la tierra, la Prefectura y las ONG's deben formular programas de apoyo a la inversión en infraestructura comunal, indispensable para mejorar los rendimientos económicos, mejorar la especialización de la producción, elevar las oportunidades de empleo, incrementar el valor agregado a la producción primaria y compartir esfuerzos comunales. En este sentido, y en consonancia con las recomendaciones de uso de la tierra, deben multiplicarse las formas de cooperación y organización de los usuarios de la tierra para, por ejemplo, el desarrollo de silos, viveros o infraestructura de riego, actividades de mejoramiento genético animal, la instalación de unidades de transformación industrial y de aprovechamiento de los productos y subproductos pecuarios. Para incrementar la productividad ganadera del Departamento de Potosí, las organizaciones de ganaderos deben contribuir a mejorar los aspectos de infraestructura productiva, sanidad animal y provisión de agua, mediante programas de extensión pecuaria e inversión, además de asegurar la continuación y ampliación del actual programa de prevención de enfermedades ganaderas. Es fundamental que la Prefectura, junto con los municipios, las organizaciones de productores y otras diseñen políticas y encaren proyectos orientados a fomentar la inversión en las actividades agropecuarias en las zonas recomendadas, situación que permitirá elevar los niveles de especialización y los rendimientos, con el fin de mejorar los actuales niveles de vida en el Departamento. Esta recomendación también puede contribuir a mejorar la protección de los recursos naturales renovables. Para incrementar las inversiones comunales e individuales en infraestructura productiva, edificaciones, obras de riego, atajados, maquinaria, etc., la disponibilidad de crédito puede jugar un rol significativo. Por ello es indispensable que la Prefectura, así como los Gobiernos Municipales y las organizaciones locales diseñen cuidadosamente sus requerimientos de créditos y busquen las fuentes más adecuadas para obtener financiamiento en condiciones que no desalienten su uso.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

También la Cámara Departamental Agropecuaria y las instituciones del sector deben apoyar en la creación de líneas accesibles de crédito a los productores, orientadas a financiar la adquisición de insumos, tales como semillas mejoradas y/o certificadas, fertilizantes, herramientas, etc. También se recomienda que el acceso al crédito vaya acompañado con trabajos de extensión y asistencia técnica, a cargo de organizaciones de apoyo al desarrollo. Las instituciones encargadas de los proyectos de riego deben considerar a éstos como procesos que integran los aspectos técnicos, económicos y sociales de las comunidades involucradas, para lograr una aproximación más amplia e integral a la problemática del riego. La Prefectura, los municipios y las instituciones del sector deben facilitar asistencia técnica dirigida a incrementar valor agregado y a la transformación agroindustrial ya que actualmente se utiliza tecnología rústica de baja eficiencia en estas actividades y se desperdician múltiples oportunidades de empleo local. A fin de facilitar el acceso a mercados, información, insumos, oportunidades de empleo, capacitación de la fuerza de trabajo y otros bienes y servicios, los Gobiernos Municipales deben multiplicar sus esfuerzos para fortalecer los principales centros poblados por constituirse en vehículos de generación de economías de aglomeración y de escala, de intercambio ampliado de bienes y servicios y de provisión de diversos bienes y servicios públicos.

c)

Relativas a la protección de la vegetación, suelo y recursos hídricos

La Prefectura, los Gobiernos Municipales y las instituciones del sector deben promover acciones de educación, y difusión de las leyes del Medio Ambiente, Forestal, Caza y Pesca con fines de protección, Participación Popular, INRA y otras para que a través del conocimiento, los usuarios de la tierra puedan priorizar sus necesidades y determinar mejor sus posibilidades de desarrollo. Para que la población participe en actividades de protección y conservación de recursos naturales renovables (por ejemplo: rehabilitación de la vegetación y/o suelos), se recomienda a la Prefectura y las universidades desarrollar programas de capacitación, concientización y orientación a los pobladores rurales, en el manejo y conservación de los recursos naturales renovables, por ejemplo para enfrentar los procesos de erosión y para mejorar el manejo racional de flora y fauna. La Prefectura y otros organismos competentes del estado deben incorporar en la educación formal y no formal, temáticas ambientales relacionadas con los residuos sólidos, saneamiento básico, cuidado de áreas verdes, reforestación, las consecuencias de la contaminación hídrica, aire y otros. Preservar la diversidad biológica del Departamento de Potosí mediante el uso, manejo y aprovechamiento racional y la conservación de los recursos naturales renovables, a través de las áreas naturales protegidas (existentes y futuras) y el manejo adecuado de las tierras de uso restringido.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

LAS SUBCATEGORÍAS DE USO (PROPUESTAS)

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A.

TIERRAS DE USO AGROPECUARIO INTENSIVO

A.1

Uso agrícola intensivo Ubicación. Esta subcategoría de uso se ha asignado a la depresión aluvial de Uncía, ubicada en la provincia Bustillo, con una superficie de 99,4 km2, aproximadamente 0,08% del total del Departamento. Justificación. Esta unidad comprende una llanura de piedemonte con pendientes inferiores a 2%, sin afloramientos rocosos y con muy poca pedregosidad superficial. Los suelos son profundos con muy pocos fragmentos gruesos, que permite el uso de maquinaria agrícola. La fertilidad natural es moderada, mientras que parte de los suelos presentan ligeros problemas de salinidad y evidencian una moderada erosión laminar. El rango altitudinal varía de 3.740 a 3.850 msnm y el periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es de 3 a 4 meses. En parte de la unidad se dispone de riego suplementario proveniente de atajados y algunos pozos con agua de buena calidad. El río Catavi, que cruzan la unidad, drena aguas provenientes de las zonas mineras de Siglo XX y Catavi, las que periódicamente están contaminadas. El periodo libre de heladas es de 5 a 6 meses, coincidiendo con el ciclo vegetativo de cultivos.

La unidad está ocupada principalmente por cultivos anuales, cuyos restos en periodos de poscosecha son utilizados como fuente temporal de forraje. Esta zona tiene como principal actividad la agricultura, es ampliamente parcelada y predomina el minifundio. El acceso es fácil y la densidad poblacional varía de media a alta. Existen importantes mercados cerca de la unidad, como Llallagua, Uncía y Catavi, donde se comercializan los productos. En general, la disponibilidad de tierras agrícolas por productor es reducida y los niveles de titulación y empleo de capital en los predios son bajos. Además, la infraestructura comunal disponible es escasa, la participación de las organizaciones locales en la provisión de servicios para las actividades productivas y de conservación de la tierra es incipiente y la escasez de fuentes de financiamiento es pronunciada. Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

4 5 6 7 8

Desmonte Uso Agropecuario Aprovechamiento del bosque a) Madera b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

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Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales; Superintendencia Agraria Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

Autorización No corresponde Si No corresponde No corresponde No corresponde Si No corresponde Bajo condiciones Bajo condiciones

Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

Especificaciones Nº1.Nº2.Nº3.Nº4.Nº5.Nº6.Nº7.Nº8.-

No existen bosques. Estas tierras están en uso agrícola. No existen bosques. No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección.

Sujeto al cumplimiento de las normas que emite la autoridad competente en esta área. En estas unidades no existen áreas que deben ser protegidas para este propósito. Según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional. Previa evaluación del impacto ambiental.

Reglas de uso. Estas áreas deben dedicarse particularmente a la agricultura intensiva, donde también se permite la agricultura extensiva, siempre que este uso no deteriore las condiciones del suelo. Se permite el uso de restos de cosecha por el ganado vacuno y ovino. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. Se recomienda a los usuarios de la tierra dedicarse a la agricultura intensiva con cultivos anuales adaptados al clima imperante. Para mantener y mejorar la fertilidad y estructura de los suelos, se les recomienda la roturación de los suelos para evitar su compactación, la rotación de cultivos, abonación y la adición de materia orgánica al suelo mediante la siembra de gramíneas y leguminosas. De esta forma también se reduce la erosión hídrica. Se recomienda al PRONAR estudiar la factibilidad de aprovechar más las aguas subterráneas con fines de riego. Además, la Prefectura y el MDSP deben estudiar en detalle la contaminación y las posibles medidas de mitigación de la calidad del agua de los ríos que reciben las aguas residuales de las zonas mineras de Siglo XX y Catavi, de acuerdo a los reglamentos de la Ley de Medio Ambiente, con el fin de asegurar la disponibilidad de aguas no contaminadas para riego. En el invierno la unidad puede recibir ganado de unidades aledañas que aprovechan los restos de la cosecha y la vegetación secundaria en parcelas en descanso. Recomendaciones socioeconómicas. Es necesario que el INRA perfeccione los derechos propietarios mediante la titulación de tierras, puesto que la falta de seguridad en el ejercicio de dichos derechos desalienta inversiones y mejoras en los predios, situación que atenta contra el uso sostenible de la tierra. Se recomienda apoyar programas y acciones orientados a elevar los niveles de capital invertido en los predios agrícolas y de esta manera mejorar significativamente el manejo de la tierra y los rendimientos agrícolas. Las organizaciones locales deben orientar sus actividades a la provisión de servicios dirigidos a la agricultura y al manejo sostenible de la tierra, en aspectos tales como la provisión de insumos, asistencia técnica, transformación de productos, venta en común de la producción, difusión de innovaciones, etc. Es indispensable que los usuarios de la tierra, con el apoyo de los CETA’s y otros, se capaciten en el manejo de la misma, en particular, en las técnicas de manejo y conservación del suelo, así como en las técnicas de rotación de cultivos y manejo del riego.

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A.1.4 Uso agrícola intensivo y protección con uso ganadero extensivo limitado Ubicación. Las tierras asignadas a esta subcategoría de uso se localizan en los valles de Oronkota en la provincia Linares e Inca Pampa en la provincia Saavedra, que limitan con el Departamento de Chuquisaca. La superficie total de estas unidades es 5,5 km2, equivalente a menos que 0,01% del total del Departamento de Potosí. Justificación. Uso agrícola intensivo. Con un rango altitudinal de 1.900 a 2.170 msnm, las terrazas aluviales, que abarcan 25% de la unidad de tierra, tienen pendientes menores a 2%, con suelos moderadamente profundos y con bajos índices de salinización. El clima es templado, con un periodo libre de heladas de unos 7 meses. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es menor a 3 meses, pero existe riego durante 6 a 8 meses con agua de vertientes (Oronkota y Oronkotilla) y del río Wayruro. Las partes bajas de las terrazas sufren inundaciones anuales en la época lluviosa. En áreas afectadas por desbordes del río Pilcomayo, los sedimentos depositados se hallan contaminados por la actividad minera en el Departamento (MDSP/JICA, 1999). Las terrazas están utilizadas casi en su totalidad con cultivos anuales y perennes. El ganado que durante el periodo de crecimiento de los cultivos pastorea en unidades de tierra aledañas, aprovecha en períodos de poscosecha las malezas y los residuos de la cosecha como fuente de alimento temporal. Protección con uso ganadero extensivo limitado. El piedemonte abarca 15% de esta unidad de tierra y presenta pendientes entre 5 y 10% con una pedregosidad superficial entre 40 y 80%. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es menor a 3 meses y no hay riego. La vegetación consiste sobre todo de un matorral xerofítico (algarrobos y cactus entre otros) y muestra síntomas de sobrepastoreo. También hay pequeñas parcelas sembradas de cultivos como cebada forrajera que es destinada como alimento suplementario para el ganado vacuno. La densidad poblacional de estas áreas es media. La accesibilidad desde Potosí es baja, sin embargo, en la época seca la zona es accesible desde el Departamento de Chuquisaca a través del río Pilcomayo. En general, se observa que es reducida la disponibilidad de tierras agrícolas y son bajos los niveles de empleo de capital en los predios y de manejo de la tierra. También es escasa la infraestructura local, la disponibilidad de fuentes de financiamiento y muy reducida la acción de las organizaciones locales en la provisión de servicios para las actividades productivas y de conservación de la tierra.

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Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

4 5 6 7 8

Desmonte Uso Agropecuario Aprovechamiento del bosque a) Madera b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales; Superintendencia Agraria Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

Autorización No corresponde Bajo condiciones No corresponde No corresponde No corresponde Si No corresponde Bajo condiciones Si

Especificaciones Nº1.Nº2.-

No existen bosques.

Nº3.Nº4.Nº5.Nº6.Nº7.-

No existen bosques. No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección.

Nº8.-

Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente. Sujeto al cumplimiento de las normas que emite la autoridad competente en esta área. En estas unidades no existen áreas que deben ser protegidas para este propósito. Según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional. Apertura de un camino que mejore el acceso de la zona a la ciudad de Potosí, previa evaluación del impacto ambiental.

Reglas de uso. Las terrazas aluviales deben dedicarse particularmente a la agricultura intensiva. También se permite la agricultura extensiva y ganadería intensiva, siempre que estos usos no deterioren las condiciones del suelo. En forma limitada, se permite el uso de restos de cosecha por el ganado vacuno y ovino. En los piedemontes, se debe proteger la vegetación y/o suelo para favorecer la regeneración vegetativa y controlar la erosión, aunque también se permite ganadería extensiva con ovinos, controlando la carga animal. La ganadería con caprinos debe prohibirse, si no se adopta nuevos sistemas de manejo que la transformen en productiva sin deteriorar la vegetación y suelo. Se prohibe la extracción de leña para propósitos comerciales. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. Uso agrícola intensivo. En las terrazas aluviales se recomienda a los usuarios de la tierra dedicarse a la agricultura intensiva con cultivos anuales y perennes de climas templados. Para mejorar y mantener la fertilidad y estructura de los suelos se debe usar fertilizantes y abonos, usar adecuadamente los agroquímicos, realizar rotaciones de cultivos e incorporar materia orgánica en los suelos, mediante cultivos de leguminosas en periodos de poscosecha y barbecho.

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Además, se recomienda enriquecer los suelos mediante el proceso de "lameo", que es el aporte de sedimentos finos provenientes de las inundaciones anuales en las vertientes no contaminadas por la actividad minera. Hasta donde sea posible, se debe evitar el uso del agua del río Pilcomayo, contaminado por la actividad minera. Por otra parte, la única forma de evitar daños por la deposición de sedimentos contaminados del río Pilcomayo, es que la Prefectura y el MDSP hagan cumplir los reglamentos de la Ley de Medio Ambiente, obligando a las empresas mineras a ejecutar medidas de mitigación para evitar la contaminación. A largo plazo, estas medidas posibilitarán el uso del agua del río Pilcomayo para riego. Para mitigar el efecto de las inundaciones y evitar la pérdida de áreas agrícolas, se recomienda a las comunidades y los Gobiernos Municipales de Puna y Betanzos sembrar fajas protectoras de especies arbóreas y arbustivas nativas al borde de los ríos adyacentes a las terrazas y piedemontes. Protección con uso ganadero extensivo limitado. En el piedemonte, los Gobiernos Municipales de Puna y Betanzos, las organizaciones de apoyo al desarrollo y los usuarios de la tierra deben priorizar la protección de la vegetación existente para el control de las torrenteras. Además, en forma limitada se pueden usar estos terrenos para la ganadería extensiva de ovinos y vacunos con un estricto control de la carga animal, caso contrario no se logrará la regeneración del estrato herbáceo y arbustivo. Además, el ganado puede aprovechar las malezas y los residuos de la cosecha en las terrazas y en forma limitada aprovechar la vegetación existente en la llanura aluvial de los ríos.

Recomendaciones socioeconómicas. Se recomienda apoyar programas y acciones orientados a elevar los niveles de capital invertido en los predios agrícolas y mejorar significativamente el manejo de la tierra y las condiciones requeridas para ello. Para lograr este objetivo se recomienda a la Prefectura y los Gobiernos Municipales incentivar líneas de crédito con las entidades financieras y otras (como por ejemplo ONG’s), orientadas a la adquisición de insumos, la implementación de infraestructura productiva como silos, etc. Las superficies muy pequeñas de tierra agrícola disponible por productor muestran que es indispensable diseñar y aplicar medidas que permitan reducir la fragmentación de la tierra, acceder a mayores superficies de tierra, reinsertar productivamente las tierras abandonadas mediante acuerdos entre los comunarios y elevar el tamaño mínimo de las unidades de producción agropecuaria hasta asegurar el sustento familiar sostenible. En base a la recomendación de uso de la tierra formulada para estas áreas, se recomienda que las organizaciones de apoyo a la producción agropecuaria desarrollen medidas y servicios complementarios para obtener el mayor provecho de las actividades agropecuarias. En particular, efectuar producción de semilla de calidad adaptada a las particularidades de las áreas incluidas en esta subcategoría, proveer servicios de sanidad animal, instalar unidades de procesamiento y transformación de productos agrícolas y frutícolas. De modo complementario a las recomendaciones de la tierra formuladas, es indispensable que los usuarios de la tierra, con el apoyo de los CETA’s y otros, se capaciten en el manejo y cuidado de la tierra. Entre otras, deben difundirse las técnicas de manejo, conservación y abonación del suelo, de manejo del ganado, técnicas de rotación de cultivos y pastoreo, de aprovechamiento del agua. También es importante para esta zona asegurar un acceso vial adecuado a las áreas productoras, especialmente en la época de lluvias, mediante el mantenimiento adecuado de los caminos existentes por parte de los Municipios y eventualmente mediante la construcción de un camino que facilita el acceso permanente de estas zonas con la ciudad de Potosí.

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B.

TIERRAS DE USO AGROPECUARIO EXTENSIVO

B.1

Uso agrícola extensivo Ubicación. Esta subcategoría de uso se ha asignada a los valles de Esquiri, Miculpaya y Vilacaya en la provincia Linares, Mayo Tambo en la provincia Saavedra, Tumusla en la provincia Nor Chichas, Chuquiago y Talina en la provincia Sur Chichas, en Tomave en la provincia Quijarro y por ultimo en los valles de Pocoata en la provincia Chayanta y de San Pedro en la provincia Omiste. Además de la depresión aluvial de Mojo en la provincia Omiste. Con un total de 367 km2, abarcan 0,3% de la superficie del Departamento. Justificación. Las unidades incluyen terrazas, piedemontes y depresiones con pendientes menores a 10%, generalmente sin o con pocos afloramientos rocosos y/o piedras en la superficie. Los suelos son moderadamente profundos, con una moderada disponibilidad natural de nutrientes y generalmente con pocos fragmentos gruesos en el perfil. Solamente en algunas áreas de piedemonte se evidencia erosión severa. Las terrazas próximas a los ríos son susceptibles a inundaciones.

El uso actual está compuesto principalmente por cultivos anuales y perennes, especialmente frutales. Las malezas y restos de la cosecha son aprovechados temporalmente por el ganado que durante la mayor parte del año pastorea en unidades aledañas, puesto que el minifundio y el uso actual no permiten la práctica de una ganadería sostenible en estas unidades durante todo el año. En los valles, el clima es templado por su rango altitudinal de 2.080 a 3.400 msnm, y el periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es de unos 3 meses, pero todos los valles cuentan con riego suplementario durante el período de lluvia. El periodo libre de heladas es de 5 a 7 meses al año. Por otro lado, el agua y los sedimentos de los ríos Mataca, Tumusla, Cotagaita, San Juan del Oro y Vitichi presentan problemas de contaminación por la actividad minera de Huari Huari, San Lorenzo, Porco, Tazna, Talamayu, Chillcobija y Concepción. En la depresión aluvial de Mojo, con un rango altitudinal de 3.350 a 3.950 msnm, el periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es de 4 meses, y el periodo libre de heladas de 4 a 6 meses. La accesibilidad varía de baja a muy alta y la densidad demográfica característica es media. En general se observa que existe una baja disponibilidad de tierras por agricultor, así como bajos niveles de titulación, de empleo de capital en los predios y de manejo de la tierra. También se aprecia una escasa participación de las organizaciones locales en la provisión de servicios para las actividades productivas y de conservación de la tierra.

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Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

4 5 6 7 8

Desmonte Uso Agropecuario Aprovechamiento del bosque a) Madera b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales; Superintendencia Agraria Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

Autorización No corresponde Bajo condiciones No corresponde No corresponde No corresponde Si No corresponde Bajo condiciones Bajo condiciones

Especificaciones Nº1.Nº2.-

Nº3.Nº4.Nº5.Nº6.Nº7.Nº8.-

No existen bosques.

Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente. No existen bosques. No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección.

Sujeto al cumplimiento de las normas que emite la autoridad competente en esta área. En estas unidades no existen áreas que deben ser protegidas para este propósito. Según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional. Previa evaluación del impacto ambiental.

Reglas de uso. Las terrazas aluviales, piedemontes y depresiones deben dedicarse a la actividad agrícola extensiva. Se permite también el uso de restos de cosecha por el ganado vacuno y ovino. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. Se recomienda a los productores en las terrazas el uso agrícola extensivo con cultivos anuales y/o perennes propios de la zona. Se les recomienda efectuar rotaciones de cultivos, abonación orgánica y fertilización, como también realizar el uso adecuado de agroquímicos. Donde sea posible, se debe utilizar riego durante el periodo de crecimiento para mejorar y asegurar las cosechas, ya que la distribución y el volumen de las lluvias frecuentemente no satisfacen las necesidades de agua para los diferentes cultivos anuales y perennes. En todos los valles se recomiendan a los Gobiernos Municipales y las comunidades efectuar trabajos de protección de las riberas con defensivos como gaviones, evitar la tala de árboles y vegetación arbustiva próximos a los ríos y la plantación de fajas de protección verde en las riberas para proteger las terrazas. Además, se recomienda ejecutar un manejo integral de las cuencas para disminuir el proceso de erosión en las cabeceras y laderas, a fin de reducir la cantidad de sedimentos en los ríos.

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Se deben tomar acciones de precaución para evitar el uso para riego de las aguas contaminadas por la actividad minera (MDSP/JICA, 1999). A corto plazo, se recomienda a la Prefectura, el MDSP y los Gobiernos Municipales buscar e implementar posibles medidas de mitigación de la contaminación, de acuerdo a los reglamentos de la Ley de Medio Ambiente, con el fin de asegurar la disponibilidad de aguas de buena calidad para riego y además evitar a mediano plazo la deposición de sedimentos contaminados durante inundaciones. Para llevar a cabo todas las recomendaciones técnicas se debe concienciar a los comunarios mediante cursos de capacitación o seminarios que permitan involucrarlos y transformarlos en artífices de un desarrollo sostenible. Recomendaciones socioeconómicas. Las superficies muy reducidas de tierra agrícola disponible por productor muestran que es indispensable diseñar y aplicar medidas que permitan reducir la fragmentación de la tierra, acceder a mayores superficies de tierra, reinsertar productivamente las tierras abandonadas mediante acuerdos entre los comunarios y autoridades, elevando el tamaño mínimo de las unidades de producción agropecuaria hasta asegurar el sustento familiar sostenible. Se recomienda al INRA perfeccionar los derechos propietarios mediante la titulación de tierras, ya que la falta de seguridad en el ejercicio de dichos derechos desalienta inversiones y mejoras en los predios, situación que atenta contra el uso sostenible y el mejoramiento de los rendimientos de la tierra. Para la funcionalidad de esta institución se debe implementar oficinas en cada municipio. También es importante que las organizaciones de apoyo al desarrollo promuevan programas y acciones en las comunidades orientados a elevar los niveles de capital invertido en los predios agrícolas y mejorar significativamente el manejo de la tierra, con énfasis en el uso de agua para riego. Las organizaciones locales deben orientarse a la provisión de servicios dirigidos a la agricultura y al manejo sostenible de la tierra, en aspectos tales como la provisión de insumos, asistencia técnica, venta en común de la producción, difusión de innovaciones, etc. De igual modo, se recomienda a las agencias de extensión reforzar los programas de extensión rural a nivel de municipios, con énfasis en cultivos andinos e introducidos, que incluyan capacitación y asistencia técnica tanto para la aplicación de las recomendaciones de uso de la tierra, como para la producción, procesamiento y transformación de los productos y su comercialización, buscando mejorar la especialización de las distintas áreas y su competitividad aprovechando la diversidad frutícola existente. Se recomienda a las entidades financieras y otras organizaciones como las ONG's crear líneas de crédito con bajas tasas de interés, orientadas a financiar la adquisición de insumos agrícolas como semillas de variedades resistentes a heladas. Las que deben estar asesoradas técnicamente para obtener apoyo efectivo, contando con mayor flexibilidad al acceso del crédito.

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B.2

Uso ganadero extensivo Ubicación. Las unidades de tierra asignadas a este subcategoría de uso se encuentran en las tres provincias fisiográficas del Departamento, en diferentes paisajes en las provincias Linares (montañas de Kari Kari), Quijarro (Río Mulato, Punutuma, Opoco y Ubina), Daniel Campos (Chacoma y Llica), Chayanta (Maragua), Bustillo (Capa Circa, Amayapampa y Panacachi), Sur Lípez (San Pablo de Lípez, Guadalupe y Quetena Chica) y Nor Lípez (Huancarani y Thiu Vinto). En total estas unidades suman 18.669 km2, equivalente a 15,8% de la superficie total. Justificación. Las montañas, serranías y colinas tienen laderas con pendientes entre 10 y 60%. Por otro lado, las planicies, piedemontes, valles y llanuras tienen pendientes que varían de 0,5 a 10%, a veces con pequeños escarpes con pendientes entre 30 y 60%. Todas estas unidades presentan afloramientos rocosos y/o piedras en la superficie que cubren entre 5 y 80% del terreno. Los suelos son moderadamente a muy poco profundos y la erosión varía de ligera, de tipo laminar, a severa con formación de cárcavas.

En algunas unidades, sobre todo en el Altiplano y Cordillera Occidental, se encuentran fuentes de agua localizadas en los bofedales. Los bofedales se encuentran en fondos de valle y depresiones donde existen escorrentías permanentes de agua de buena calidad. En estas áreas, los suelos son mal drenados y el nivel freático se encuentra cerca de la superficie todo el año. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas no pasa de los 3 meses en el Altiplano y la Cordillera Occidental, mientras en la Cordillera Oriental varía de 3 a 5 meses. En todas las unidades el periodo libre de heladas es de 3 meses o menos. Debido a las nacientes de agua, en los bofedales hay disponibilidad de forraje fresco durante casi todo el año. La cobertura vegetal dominante es de tipo graminoso creciendo en sociedad con un estrato arbustivo, mientras en los bofedales se encuentra una vegetación graminoide. El valor forrajero, en términos de cobertura de especies apetecibles, es alto en los bofedales, mientras en los demás componentes presenta generalmente valores moderados para camélidos y moderados a bajos para especies introducidas. Frecuentemente, se evidencia sobrepastoreo. El rango altitudinal varía de 3.100 a más que 5.000 msnm, situación que es más favorable para camélidos que para especies introducidas. Parte de las tierras asignadas a esta subcategoría está incluida en el Parque Nacional de Llica creado mediante la Resolución Ministerial 228/90, así como en la Reserva Nacional de Fauna de Yura creada por Decreto Supremo 11.307 del año 1974, áreas protegidas que al presente no son administradas por el SERNAP. Son áreas de baja a alta accesibilidad, con densidad poblacional generalmente baja. Las condiciones socioeconómicas observadas se caracterizan por los bajos niveles de titulación, de empleo de capital en la actividad y de manejo de la tierra, así como por la escasa infraestructura local, la incipiente participación de las organizaciones locales en la provisión de servicios para las actividades productivas y de conservación de la tierra y la escasez de fuentes de financiamiento.

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Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

4 5 6 7 8

Desmonte Uso Agropecuario Aprovechamiento del bosque a) Madera b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales; Superintendencia Agraria Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

Autorización No corresponde Bajo condiciones No corresponde No corresponde No corresponde Si Si Bajo condiciones Bajo condiciones

Especificaciones Nº1.- No existen bosques. Nº2.- Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuado corresponda, en concordancia con la

aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente. Nº3.Nº4.Nº5.Nº6.-

Nº7.Nº8.-

No existen bosques. No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección.

Sujeto al cumplimiento de las normas que emite la autoridad competente en esta área. Particularmente para la protección de áreas de captación de agua potable para las comunidades, con énfasis en la protección de las fuentes de agua potable de la ciudad de Potosí que se encuentran en las montañas de Kari Kari. Con énfasis en el manejo racional de la vicuña, según las disposiciones legales vigentes y asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional. Previa evaluación del impacto ambiental.

Reglas de uso. Estas áreas deben dedicarse particularmente a la actividad ganadera extensiva.

Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. A los usuarios de la tierra se les recomienda el uso ganadero extensivo en las unidades de tierra del Altiplano y Cordillera Occidental o Volcánica con llamas, alpacas y/o vicuñas. La ganadería con esta ultima especie sería como una forma de manejo y aprovechamiento de vida silvestre. La ganadería con llamas se puede efectuar en todos los componentes, excepto en pendientes fuertes para lo cual se debe realizar conservación, manejo adecuado de pastizales y la construcción de atajados evitando la pérdida de agua para así asegurar la alimentación del ganado. Debido a las exigencias de la especie, la alpaca solamente se recomienda en áreas de poca pendiente y con abundante humedad como los bofedales y humedales, mientras el manejo de la vicuña se debe limitar a la parte oeste y central del Departamento donde la población humana es limitada y no forma un obstáculo para la existencia de una población viable de vicuñas.

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Por otro lado, en el Altiplano y en la Cordillera Oriental, en altitudes menores a 4.000 msnm se recomienda la ganadería de ovinos y vacunos solamente en componentes de terreno de pendientes inferiores y llanuras de piedemonte, debido a las limitaciones de baja disponibilidad de forraje fresco y altitud en los demás componentes. Se deberá establecer áreas de pastoreo controlado tomando en cuenta las especies animales. Además, la ganadería extensiva de vacunos sólo es posible asociada al cultivo de forraje como fuente de alimento suplementario, especialmente de cebada y alfalfa. No siendo recomendable la ganadería caprina por causar daños a la pradera nativa mediante el pisoteo y remoción del suelo en las pendientes, hecho que incrementa la erosión de los suelos además provoca el ramoneo de los arbustos dejando la superficie vulnerable ante las lluvias. En todos los casos se debe controlar la carga animal, por ejemplo mediante pastoreo rotativo, para evitar el sobrepastoreo y consecuentemente la erosión. El PRONAR debe realizar estudios técnicos de aguas subterráneas para aprovechar la humedad que tiene la zona y posibilitar la regeneración de pastizales nativos y bofedales existentes. Las recomendaciones incluidas en la presente subcategoría de uso en las áreas que se sobreponen con el Parque Nacional de Llica y la Reserva Nacional de Fauna de Yura, están sujetas a las disposiciones que asuma el SERNAP en lo referente a la categoría de protección que se establezca. Recomendaciones socioeconómicas. Las organizaciones locales con apoyo de los Gobiernos Municipales y los servicios de extensión, deben destinar recursos suficientes y organizar la provisión de servicios dirigidos a la ganadería camélida y de especies introducidas, así como promover el mejoramiento y manejo adecuado de praderas y cultivos forrajeros. Entre estos servicios deben destacarse la formulación de planes y políticas de desarrollo local orientados a aprovechar estratégicamente el recurso camélido, es decir, a mediano y largo plazo, mejoramiento de la infraestructura productiva comunal, la compra y venta de ganado en común, los servicios de sanidad animal, la introducción de pastos mejorados, mejoramiento selectivo del ganado, capacitación de los ganaderos, el aprovechamiento de los productos pecuarios, su procesamiento y otros. También es importante apoyar programas y acciones orientadas a elevar los actuales niveles muy bajos de capital invertido en la actividad pecuaria. Se recomienda que las entidades financieras y otras organizaciones como las ONG's creen líneas de crédito flexibles con bajos intereses, largo plazo, a fondo perdido y orientadas a financiar la implementación de infraestructura productiva priorizando una playa de faeneo y de esquila para aprovechar mejor la fibra, adquisición de animales mejorados para desarrollar especialmente el hato ganadero de ovinos y vacunos que deben estar provistos de asistencia técnica. En varias unidades en el norte de Potosí se recomienda al SEDAG y otras organizaciones de apoyo a la producción pecuaria, estudiar la factibilidad de introducir llamas, ya que actualmente los pobladores tienen poca experiencia debiendo fortalecer este rubro en la zona. Además de implementar técnicas de transformación y canalizar mercados seguros que coadyuven en la comercialización de los diferentes productos y sub productos camélidos. También es importante que los servicios de extensión y el MDSP apoyen a las organizaciones campesinas para el aprovechamiento racional de la vicuña, capacitando a recursos humanos en las formas de manejo adecuadas, sanidad animal y otras mejoras. Para validarlas las diferentes políticas planteadas, se recomienda al gobierno municipal insertar en los Planes de Desarrollo Municipal y los Planes Operativos Anuales promoviendo el cumplimiento de las mismas. También se deben difundir todos los programas a través de medios de comunicación.

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B.2.1 Uso ganadero extensivo y uso agropecuario extensivo Ubicación. Las tierras asignadas a esta subcategoría de uso se encuentran en la Cordillera Oriental y comprenden las montañas de Ocurí en la provincia Chayanta, Huari Huari en las provincias Saavedra y Frías y Miculpaya en la provincia Linares, con un área de 1.805 km2, que hace un 1,5% de la superficie del Departamento. Justificación. Uso ganadero extensivo. Las montañas tienen un rango altitudinal entre 3.000 a 4.450 msnm, laderas con pendientes de 15 a 60% y cimas con pendientes entre 5 y 10%, que juntas comprenden 90 a 95% de estas unidades de tierra. Los afloramientos rocosos y piedras en la superficie cubren entre 5 y 80%. Los suelos varían de moderadamente profundos a superficiales con una disponibilidad natural de nutrientes de moderada a baja y con bajos contenidos de materia orgánica. La cantidad de fragmentos gruesos en el perfil es alta, y el grado de erosión actual varía de ligero a moderado. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de las plantas es de 3 a 5 meses; no hay disponibilidad de agua para riego. La cobertura vegetal de las pendientes se compone principalmente de matorrales bajos abiertos a densos y en menor proporción de praderas herbáceas. Las cimas están cubiertas predominantemente por praderas y en menor proporción por matorrales claros. El valor forrajero, en términos de cobertura de especies apetecibles, es moderado para especies nativas e introducidas. Uso agropecuario extensivo. La terraza en la región de Ocurí y los piedemontes en Huari Huari y Miculpaya abarcan el 5 y 10% de estas unidades de tierra, respectivamente, y se encuentran a alturas entre 2.800 y 3.800 msnm. Tienen pendientes entre 5 y 10%, con pedregosidad superficial variable entre 2 y 30%. Los suelos son moderadamente profundos, con una moderada disponibilidad natural de nutrientes, bajos contenidos de materia orgánica y ausencia de salinidad o sodicidad. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es de 4 a 5 meses, coincidiendo con el período libre de heladas. Además, en el piedemonte la disponibilidad de agua para riego es limitada (Huari Huari), mientras en las terrazas la disponibilidad de agua para riego varía entre 6-8 meses (Chayrapata, Rosario). Estas áreas son mayormente utilizadas con cultivos anuales que en periodos de poscosecha son pastoreadas por periodos cortos, en los que los animales aprovechan las malezas y restos de la cosecha. La densidad demográfica varía de media a alta y la accesibilidad predominante varía de baja a media. Las condiciones socioeconómicas observadas muestran bajos niveles de tierra agrícola disponible, de empleo de capital en las actividades agrícola, frutícola y pecuaria y de manejo de la tierra, así como escasa infraestructura local e incipiente participación de las organizaciones locales en la provisión de servicios para las actividades productivas y la conservación de la tierra.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

4 5 6 7 8

Desmonte Uso agropecuario Aprovechamiento del bosque a) Madera b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales; Superintendencia Agraria Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

Autorización No corresponde Bajo condiciones No corresponde No corresponde No corresponde Si Si Bajo condiciones Bajo condiciones

Especificaciones Nº1.Nº2.-

No existen bosques.

Nº3.Nº4.Nº5.Nº6.-

No existen bosques. No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección.

Nº7.Nº8.-

Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente. Sujeto al cumplimiento de las normas que emite la autoridad competente en esta área. Particularmente para la protección de áreas de captación de agua potable (como por ejemplo: vertientes) para las comunidades. Según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional, por ejemplo, la vizcacha. Previa evaluación del impacto ambiental.

Reglas de uso. Las montañas deben dedicarse a la actividad ganadera extensiva. En la terraza en la región de Ocurí y el piedemonte en Huari Huari y Miculpaya se debe aplicar la actividad agropecuaria extensiva. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. Uso ganadero extensivo. En las pendientes y cimas de estas montañas se recomienda a los usuarios de la tierra dedicarse a la ganadería extensiva con llamas y ovinos. El pastoreo debe ser supervisado y la carga animal debe ser controlada, se recomienda a la Prefectura con el apoyo de las universidades y otros, realizar estudios adicionales para determinar la carga animal sostenible. Debido a la baja disponibilidad de forraje fresco es necesario diseñar un pastoreo rotativo. Uso agropecuario extensivo. Para las terrazas y piedemontes, se recomienda a los productores dedicarse a la actividad agropecuaria con cultivos anuales de altura y ganadería con ovinos. Para esta actividad se les recomienda mejorar el aprovechamiento actual del agua en los sistemas de riego con el apoyo de PRONAR y los servicios de

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

extensión, y mejorar la fertilidad y propiedades físicas del suelo mediante la incorporación de abonos orgánicos. En las parcelas más inclinadas del piedemonte se debe sembrar los cultivos siguiendo las curvas de nivel para evitar la erosión del suelo. Recomendaciones socioeconómicas. Se recomienda apoyar programas y acciones orientadas a elevar los actuales niveles muy bajos de capital invertido en la actividad pecuaria y mejorar significativamente el manejo de la tierra. El INRA debe tomar acciones para elevar los actuales niveles de titulación de tierras, ya que la falta de seguridad en dichos derechos desalienta inversiones y mejoras, situación que atenta contra el uso sostenible y el mejoramiento de los rendimientos de la tierra. Las organizaciones locales, con apoyo de los Gobiernos Municipales y otras instituciones, deben formular planes y políticas de desarrollo local orientados a aprovechar las potencialidades ganaderas, organizando la provisión de servicios dirigidos a la ganadería, mejoramiento y manejo adecuado de praderas y cultivos forrajeros. Entre estos servicios pueden destacar, capacitación y asistencia técnica ganadera, mejoramiento de la infraestructura productiva comunal, la compra-venta de ganado en común, servicios de sanidad animal, introducción de pastos mejorados, validación y difusión de nuevas tecnologías de reproducción, etc. Es importante que los CETA’s y otros organicen programas de capacitación agropecuaria para los usuarios de la tierra, especialmente en el manejo de cultivos andinos, manejo de suelos y manejo pecuario.

B.3

Uso agropecuario extensivo Ubicación. Las unidades de tierra asignadas a esta subcategoría de uso se encuentran en la Cordillera Oriental, en las provincias Tomás Frías (montañas de Totora “D”), Bustillo, Bilbao (pampas de Arampampa), Saavedra (pampas de Lequezana), Chayanta, Charcas, Nor Chichas, Ibañez, Sur Chichas, Linares, Quijarro y Omiste. En total estas unidades suman unos 8.998 km2, o sea, aproximadamente 7,6% de la superficie del Departamento de Potosí. Justificación. Esta subcategoría comprende unidades de tierra muy variables en cuanto a sus características. Las montañas, serranías y colinas varían en altitud de 2.000 a 4.400 msnm, tienen laderas con pendientes entre 10 y 60% y cimas con pendientes de 0,5 a 10%, con presencia variable de afloramientos rocosos y pedregosidad superficial. Los suelos son moderadamente a muy poco profundos, generalmente con fragmentos gruesos en el perfil entre 5 y 40%, con moderada a poca disponibilidad natural de nutrientes. La erosión laminar varía de ligera a severa. Sin embargo, en todas las pendientes de estas unidades se presentan pequeñas áreas con pendientes menos fuertes, con suelos más profundos y menos pedregosos (rellanos).

Un caso especial se presenta en las montañas de Totora "D" o Tinquipaya, donde se han construido muchas terrazas para habilitar las pendientes para la actividad agrícola.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

Por otro lado, las superficies de erosión, piedemontes y algunas terrazas se encuentran a altitudes entre 3.000 y 4.400 msnm, con pendientes entre 0,5 y 15% y una cantidad variable de afloramientos rocosos y pedregosidad superficial. Los suelos son moderadamente profundos a profundos, de textura media a fina y con un contenido muy variable de fragmentos gruesos en el perfil. La disponibilidad natural de nutrientes es moderada y generalmente no existen problemas de salinidad. Además, se observa una erosión laminar y en cárcavas de grado ligero a moderado. En las áreas que actualmente son predominantemente agrícolas (por ejemplo: Lequezana) se observa moderada a severa erosión eólica en la época seca. La cobertura vegetal en componentes de terreno de cimas y pendientes superiores es mayormente graminoso, creciendo en sociedad con un estrato arbustiva. En las pendientes medias, inferiores y mesas predominan matorrales, cultivos y vegetación secundaria en tierras en descanso; en las terrazas y piedemontes predominan los cultivos anuales y perennes. En periodos de poscosecha los terrenos de cultivos son utilizados como fuente de forraje, aprovechando los restos de la cosecha y las malezas. El valor forrajero, en general, es moderado a bajo. La transitabilidad para los animales en las cimas y pendientes inferiores es alta a media, en las pendientes medias y superiores es media a baja y en las llanuras de piedemonte, mesas, planicies y terrazas es alta. En algunas de las áreas agrícolas, sobre todo en las pampas de Lequezana, existe una alta infestación con nemátodos y enfermedades de la papa, debido a la continua explotación de las tierras para este cultivo, sin aplicar una rotación de cultivos adecuada. Se dispone de suficiente humedad en el suelo para el crecimiento de plantas por un período de 3 a 6 meses, donde las áreas en el norte del Departamento son más húmedas que unidades del centro y sur. Parte de los piedemontes y terrazas disponen de riego suplementario, mientras en las planicies como Lequezana existen pequeñas áreas con riego suplementario de pozos y atajados. El período libre de heladas varía de 3 a 7 meses. Algunos de los cursos de agua que atraviesan estas unidades, por ejemplo, los ríos Chayanta, Tarapaya, Pilcomayo y otros, sufren de contaminación debido a la actividad minera, además, sus aguas frecuentemente muestran valores de salinidad alta. La densidad demográfica en las áreas que comprende esta subcategoría de uso es predominantemente media a alta, mientras la accesibilidad varía entre baja en las provincias de Chayanta y Bustillo, y media a alta por ejemplo en las provincias Saavedra, Linares y Frías. En general, las condiciones socioeconómicas observadas muestran bajos niveles de tierra disponible, de empleo de capital en las actividades agrícola, frutícola y pecuaria y de manejo de la tierra, así como escasa infraestructura comunal e incipiente participación de las organizaciones locales en la provisión de servicios para las actividades productivas y la conservación de la tierra. Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

4 5 6 7 8

Desmonte Uso agropecuario Aprovechamiento del bosque a) Madera b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

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Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales; Superintendencia Agraria Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

Autorización No corresponde Bajo condiciones No corresponde No corresponde No corresponde Si Si Bajo condiciones Bajo condiciones

Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

Especificaciones Nº1.Nº2.-

No existen bosques.

Nº3.Nº4.Nº5.Nº6.-

No existen bosques. No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección.

Nº7.Nº8.-

Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente. Sujeto al cumplimiento de las normas que emite la autoridad competente en esta área. Particularmente para la protección de áreas de captación de agua potable para las comunidades, con énfasis en la protección de las vertientes Sacaca (ubicado el las colinas de Sacaca) y Teja Huasi (Ravelo) ubicado en la serranía de Peaña- Ravelo, que abastecen de agua potable a la localidad de Sacaca y la ciudad de Sucre en el Departamento de Chuquisaca. Según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional. Previa evaluación del impacto ambiental.

Reglas de uso. En todas los diferentes paisajes y climas de esta subcategoría, se debe aplicar la actividad agropecuaria extensiva. La ganadería con caprinos debe prohibirse, si no se adopta nuevos sistemas de manejo que la transformen en productiva sin deteriorar la vegetación y suelo. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. En las unidades por debajo de 3.000 msnm, se recomienda a los usuarios de la tierra la siembra de cultivos anuales asociados a la cría de animales introducidos, preferentemente ovinos y vacunos. En unidades de tierra ubicadas por encima de 3.000 msnm, se les recomienda la siembra de cultivos de altura, asociados preferentemente a la cría de llamas, ovinos y vacunos adaptados al medio. En las áreas más inclinadas, se recomienda a los productores, con el apoyo de los servicios de extensión, realizar prácticas de conservación y manejo de los suelos, como por ejemplo la construcción de terrazas para la agricultura donde las condiciones de pendiente y suelo además de las condiciones socioeconómicas lo permitan, para minimizar los riesgos de erosión. Para evitar que se agraven los problemas actuales existentes en el cultivo de la papa en Lequezana, por la presencia nemátodos y enfermedades los productores, con el apoyo de los servicios de extensión y la Oficina y Laboratorio de Semillas, deben aplicar una adecuada rotación de cultivos evitando el monocultivo de la papa, usar agroquímicos en una manera limitada y desinfectar el material vegetal a sembrarse. Para evitar y/o controlar la erosión eólica se recomienda a los Municipios de Betanzos y Puna estimular la plantación de fajas rompevientos, por ejemplo, de agave (Agave americana) especialmente en las pampas de Lequezana y las cabeceras de valle. Para mantener y mejorar las propiedades físicas y químicas de los suelos, se recomienda a los productores la incorporación de abonos verdes y materia orgánica de origen animal. Donde se evidencia compactación del suelo, se recomienda aplicar roturaciones para mejorar la estructura y drenaje del suelo. El PRONAR debe investigar las posibilidades de intensificar el uso de estas unidades mediante un aumento de las áreas bajo riego, teniendo el debido cuidado de no usar agua contaminada o salada. Además, se debe promover la perforación de pozos en la zona y tomar acciones para mejorar la eficiencia de los sistemas de riego existentes.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

En la actividad ganadera con camélidos, el pastoreo se debe realizar en tierras fuera del área agrícola para evitar que cause daños a los cultivos, mientras que las especies ganaderas introducidas deben estar sujetas a un calendario de pastoreo que contemple todas las fuentes de forraje como campos naturales de pastoreo, residuos de cosecha y campos agrícolas en descanso. Debido a la limitada disponibilidad de forraje fresco, la ganadería extensiva de vacunos sólo es posible con alimento suplementario, principalmente con heno de cebada y/o avena. En todos los casos, la carga animal debe ser controlada para evitar el sobrepastoreo y consecuentemente la erosión, para lo cual Gobiernos Municipales con el apoyo de las universidades, el SEDAG y otras organizaciones como ARCCA (asociación regional de criadores de camélidos) y AZCA (asociación zonal de criadores de camélidos zonal Esmoruco), deben realizar estudios adicionales para determinar la carga animal sostenible y orientar la asistencia técnica dependiente de la alcaldía, prefectura y universidad la elaboración de reglamentaciones para un adecuado pastoreo. Recomendaciones socioeconómicas. Las superficies muy reducidas de tierra agrícola disponible por productor muestran la necesidad de que el INRA diseñe medios e instrumentos, evitando la fragmentación de la tierra, y viabilizando el acceso a mayores superficies de tierra mediante, por ejemplo, la reinserción de tierras abandonadas y/o su agrupación a través de acuerdos entre los comunitarios. Sobre la base del uso recomendado de la tierra para estas unidades, se deben desarrollar medios y servicios complementarios para obtener el mayor provecho de las actividades agropecuarias. En particular, con el apoyo de la OLS, SEDAG y otros, efectuar producción o compra semilla de calidad con óptimo rendimiento y adaptada a las particularidades de las áreas incluidas en esta subcategoría, proveer servicios de sanidad animal, instalar unidades de procesamiento agrícola y pecuario. Para completar la cadena de producción camélida se deberá plantear políticas para la exportación de productos y subproductos, canalizando mercados que aseguren la comercialización e ingreso económico del productor. Las organizaciones comunales con el apoyo de sus respectivos Gobiernos Municipales, Prefectura y otras organizaciones de asistencia técnica deben orientarse a la provisión de servicios dirigidos a la agricultura y al manejo sostenible de la tierra, en aspectos tales como la provisión de insumos, asistencia técnica, venta en común de la producción, difusión de innovaciones, etc. A fin de incentivar la crianza de las especies animales recomendadas (llamas, ovinos y vacunos), las organizaciones comunales con la participación de los productores, deben especializarse en la provisión de servicios relacionados con dichas especies, en particular, la sanidad animal, manejo genético, manejo de forraje y alimentos suplementarios, aprovechamiento de los productos pecuarios, su procesamiento y otros; consolidando proyectos específicos en cada rubro. De modo complementario a las recomendaciones de la tierra formuladas, es indispensable que el gobierno municipal gestione el apoyo de organismos técnicos para la capacitación de los usuarios de la tierra en el manejo y conservación del suelo. En particular los servicios de extensión y otros (por ejemplo: ONG’s) deben difundir a través de los CETA's las técnicas de manejo y conservación del suelo, de manejo del ganado, técnicas de rotación de cultivos y pastoreo, de aprovechamiento del agua y otras. Donde los técnicos realicen seguimientos continuos y trabajen directamente con los beneficiarios. Para dar cumplimiento a estas recomendaciones se debe elaborar reglamentaciones sobre la base legal e involucrar a las autoridades en forma activa para la consolidación de proyectos específicos.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

B.3.1 Uso agropecuario extensivo y uso agrícola intensivo Ubicación. Esta subcategoría de uso se ha asignada a tierras que se encuentran en la Cordillera Oriental, en las provincias Saavedra, Chayanta, Nor Chichas y Linares. Comprende las llanuras de piedemonte cerca de Ravelo, Quivi Quivi y Tuctapari, con un área de 93 km2, 0,08% de la superficie total del Departamento. Justificación. Uso agropecuario extensivo. Las pendientes superiores del piedemonte, que comprenden 60% de la unidad de tierra, tienen un rango altitudinal entre 3.000 y 3.400 msnm. Las pendientes varían entre 5 y 10% y muestran una pedregosidad superficial entre 5 y 15%. Los suelos son moderadamente profundos a profundos, de textura media a fina con baja disponibilidad de nutrientes, y actualmente sufren de erosión tipo laminar y en cárcavas, de grado moderado a severo. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es de 3 a 4 meses y no hay disponibilidad de agua para riego. Las pendientes están cubiertas mayormente por cultivos anuales y vegetación de sucesión secundaria en terrenos en descanso, y se constituyen en el periodo de poscosecha en fuentes de forraje, compuesto principalmente por restos de la cosecha, malezas y brotes de hierbas y gramíneas. El valor forrajero en términos de cobertura de especies apetecibles, es moderado para especies animales introducidas y nativas. La transitabilidad es media a alta para los animales. Uso agrícola intensivo. Las pendientes inferiores (que abarcan el 40% de la unidad de tierra), con un rango altitudinal entre 2.900 y 3.300 msnm, tienen pendientes entre 5 y 10%, con una cobertura de piedras en la superficie entre 0 y 15%. Los suelos son profundos, de textura fina y tienen una moderada a alta disponibilidad natural de nutrientes. En este componente existe disponibilidad de agua de riego de buena calidad durante todo el año proveniente de vertientes, sin embargo, el período libre de heladas abarca un tiempo de 6 meses. Por otra parte, el río Vitichi que cruza el piedemonte de Tuctapari se encuentra contaminado por la actividad minera de Andacava, San Lorenzo y otros, ubicados en las montañas de Kari Kari. La vegetación dominante son principalmente cultivos anuales cuyos restos en periodos poscosecha son aprovechados como fuente temporal de forraje por el ganado que normalmente pastorea en áreas aledañas.

Las condiciones socioeconómicas observadas se caracterizan por la baja disponibilidad de tierra agrícola, el bajo empleo de capital en las actividades agrícola, frutícola y pecuaria y el bajo nivel de manejo de la tierra, así como por la escasa infraestructura local y la incipiente participación de las organizaciones locales en la provisión de servicios para las actividades productivas y de conservación de la tierra. Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

Desmonte Uso agropecuario Aprovechamiento del bosque a) Madera

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Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

Autorización No corresponde Bajo condiciones No corresponde

Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

4 5 6 7 8

b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales; Superintendencia Agraria Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

No corresponde No corresponde Si Si Bajo condiciones Bajo condiciones

Especificaciones Nº1.Nº2.-

No existen bosques.

Nº3.Nº4.Nº5.Nº6.Nº7.-

No existen bosques. No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección.

Nº8.-

Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente. Sujeto al cumplimiento de las normas que emite la autoridad competente en esta área. Particularmente para la protección de áreas de captación de agua potable para las comunidades de la zona. Según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional. Previa evaluación del impacto ambiental.

Reglas de uso. En las pendientes superiores del piedemonte se debe aplicar la actividad agropecuaria extensiva. Las pendientes inferiores deben dedicarse particularmente a la agricultura intensiva, donde también se permite la agricultura extensiva y ganadería intensiva, siempre que estos usos no deterioren las condiciones del suelo. Se permite también el uso de restos de cosecha por el ganado vacuno y ovino. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. Uso agropecuario extensivo. En las pendientes superiores se recomienda a los usuarios de la tierra dedicarse a la agricultura extensiva con cultivos de altura en combinación con la actividad pecuaria de ovinos y vacunos. En las áreas para cultivos además se recomienda la siembra de cultivos forrajeros perennes, preferiblemente leguminosas como una fuente de abonación verde, para mejorar la estructura del suelo y la disponibilidad de nutrientes, y al mismo tiempo disponer de una fuente alimenticia de alta calidad para el ganado. Para evitar el sobrepastoreo y la degradación de los suelos, se recomienda el control de la carga animal. Para este fin, se recomienda a los Gobiernos Municipales promover la realización de estudios adicionales por parte de las universidades, el SEDAG y otras organizaciones, para determinar la carga animal sostenible. Debido al corto periodo de crecimiento de forraje, es necesario diseñar un pastoreo rotativo, tomando en cuenta los campos naturales de pastoreo de unidades aledañas. Uso agrícola intensivo. En las pendientes inferiores se recomienda a los productores, con el apoyo de los servicios de extensión agrícola y la OLS, la agricultura intensiva de cultivos anuales de altura con variedades mejorados, utilizando fertilizantes y agroquímicos en cantidades apropiadas. Se recomienda mantener y mejorar la estructura de los suelos mediante la adición de abonos orgánicos. En el periodo de invierno el ganado de componentes y unidades aledañas puede aprovechar los restos de la cosecha y las malezas.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

Se debe tomar acciones de precaución para evitar el uso para riego de las aguas contaminadas por la actividad minera (MDSP/JICA, 1999). A corto plazo, se recomienda buscar e implementar posibles medidas de mitigación de la contaminación, de acuerdo a los reglamentos de la Ley de Medio Ambiente, con el fin de asegurar la disponibilidad de aguas de buena calidad para riego y además evitar a mediano plazo la deposición de sedimentos contaminados durante inundaciones.

Recomendaciones socioeconómicas. Las superficies muy reducidas de tierra agrícola disponible por productor muestran que es indispensable diseñar medios e instrumentos que permitan evitar la fragmentación de la tierra, acceder a mayores superficies de tierra y elevar el tamaño mínimo de las unidades de producción agropecuaria hasta asegurar el sustento familiar sostenible, mediante acuerdos comunitarios. En base a la recomendación de uso de la tierra formulada para estas áreas, se recomienda a las organizaciones de apoyo a la producción agropecuaria desarrollar medios y servicios complementarios para obtener el mayor provecho de las actividades agropecuarias. En particular, con el apoyo de la OLS efectuar producción de semilla de calidad adaptada a las particularidades de las áreas incluidas en esta subcategoría, proveer servicios de sanidad animal, instalar unidades de procesamiento agrícola y pecuario. De modo complementario a las recomendaciones de la tierra formuladas, es indispensable que los usuarios de la tierra con el apoyo de los servicios de extensión agropecuaria se capaciten en el manejo y conservación del suelo. En particular deben difundirse las técnicas de manejo y conservación del suelo, de manejo del ganado, técnicas de rotación de cultivos y pastoreo, de aprovechamiento del agua y otras. Las entidades financieras, ONG’s y otros deben facilitar el acceso a créditos con bajos intereses, que permitan al agricultor y las organizaciones locales tener la oportunidad de adquirir insumos, especies animales mejoradas y construcción de infraestructura productiva, por ejemplo, de depósitos de almacenamiento.

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D.

TIERRAS DE USO FORESTAL

D.3.1 Rehabilitación de la vegetación y/o suelo y uso agropecuario extensivo Ubicación. Las unidades de tierra asignadas a esta subcategoría de uso se encuentran en la Cordillera Oriental, en las provincias Saavedra (Inca Pampa), Chayanta (Pampa Khasa, Marcoma) y Linares (Oronkhota, Monte Grande). Estas unidades tienen una superficie de 384 km2, equivalente a unos 0,3% de la superficie del Departamento. Justificación. Rehabilitación de la vegetación y/o suelo. Las cimas y pendientes de las serranías se encuentran a alturas de 2.500 a 4.100 msnm y comprenden entre 75 y 95% de las serranías. Son áreas con pendientes entre 15 y 60%, con una cobertura de 40 a 80% de afloramiento rocoso y entre 15 y 40% de pedregosidad superficial. Los suelos son poco a muy poco profundos y en gran parte de la unidad muestran erosión severa. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es de 3 a 4 meses. Debido al sobrepastoreo y la extracción de leña en estos componentes, la cobertura vegetal es mayormente graminosa abierta en las cimas y matorrales abiertos en las pendientes, mientras originalmente dominaban bosques bajos. El valor forrajero en las cimas y pendientes es bajo por el sobrepastoreo que ha causado una disminución de especies apetecibles. Además, las pendientes son de difícil transitabilidad para los animales. Uso agropecuario extensivo. Las pendientes inferiores y las llanuras de piedemonte de estas serranías abarcan entre el 5 y 25% de las unidades y que tienen un rango altitudinal entre 2.400 y 3.400 msnm. Las pendientes varían entre menos que 5 y 30%, prácticamente sin afloramientos rocosos y tienen una pedregosidad superficial variable. Los suelos son moderadamente profundos a profundos, de textura media a gruesa, con una cantidad variable de fragmentos gruesos en el perfil. La disponibilidad natural de nutrientes es baja, sin problemas de salinidad o sodicidad. Se presenta erosión laminar moderada. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es de 3 a 5 meses y el período libres de heladas varía de 5 a 6 meses. Durante 6 a 8 meses existe disponibilidad limitada de agua para riego en algunas zonas, proveniente sobre todo de vertientes y en menor grado de los ríos Ravelo, Percas Mayu y Tomuyo. El agua de este último río tiene salinidad alta, lo que limita su uso para riego. La vegetación de herbáceas bajas, de valor forrajero moderado para ganado introducido y nativo, alterna con áreas de cultivo. Por otro lado, la accesibilidad varía de baja a media y la densidad de la población varía de media a baja.

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Plan de Uso de Suelo del Departamento de Potosí

Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

4 5 6 7 8

Desmonte Uso agropecuario Aprovechamiento del bosque a) Madera b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

Autorización No corresponde Bajo condiciones No corresponde No corresponde No corresponde Si Si Bajo condiciones Bajo condiciones

Especificaciones Nº1.Nº2.-

No existen bosques.

Nº3.Nº4.Nº5.-

No existen bosques. No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección. Las intervenciones en el área están sujetas al cumplimiento de las normas que debe emitir la autoridad competente para hacer efectiva la rehabilitación de la vegetación y/o suelo. Particularmente para la protección de áreas de captación de agua potable para las comunidades de la zona. Según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional. Previa evaluación del impacto ambiental.

Nº6.Nº7.Nº8.-

Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente.

Reglas de uso. En las cimas y pendientes de las serranías se debe facilitar la rehabilitación de la vegetación y/o suelo, que incluya implantación de árboles. En forma limitada se permite la ganadería extensiva con vacunos y ovinos en áreas poco degradadas. La ganadería con caprinos debe prohibirse, si no se adopta nuevos sistemas de manejo que la transformen en productiva sin deteriorar la vegetación y suelo. Se prohibe la extracción de leña para fines comerciales, debiendo reducirse al mínimo su extracción para todo otro fin. Las pendientes inferiores las serranías y los piedemontes deben dedicarse particularmente a la actividad agropecuaria extensiva. También se permite la implantación de bosques, principalmente en los piedemontes. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. Rehabilitación de la vegetación y/o suelo. Aunque en todo el Departamento de Potosí se evidencia procesos de erosión de los suelos y sobrepastoreo de la vegetación, se estima que en la mayoría de los casos el manejo correcto de las unidades puede revertir estos procesos. Sin embargo, en las serranías incluidas en esta subcategoría de uso la degradación ha llegado a tal punto que solamente intervenciones dirigidas a la rehabilitación de la vegetación y/o suelo en los componentes de pendientes y cimas puede prevenir la total degradación.

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Por lo tanto, se recomienda a los Gobiernos Municipales, las organizaciones de apoyo al desarrollo y los usuarios de la tierra priorizar la conservación y protección de la vegetación a través de la exclusión gradual del pastoreo y el control de la extracción de la cobertura vegetal para leña. La regeneración natural se debe facilitar cercando el área. Además, en pequeñas áreas se puede considerar la opción de sembrar especies arbóreas o arbustivas con el fin de acelerar el proceso de la regeneración natural, utilizando preferiblemente especies nativas que sean buenas pioneras en las condiciones ambientales (clima, suelo) de estas áreas. Dichas medidas deben aplicarse en el marco de un adecuado manejo de cuencas que redunde en la conservación de los recursos hídricos. A largo plazo, una vez recuperada la vegetación, se puede permitir un uso ganadero limitado de estos componentes, siempre con un estricto control de la carga animal para evitar una nueva degradación. Uso agropecuario extensivo. En los componentes de pendiente inferior y piedemonte, donde las condiciones de suelo, terreno y disponibilidad de forraje son más favorables que en los otros componentes de estas unidades de tierra, se recomienda a los usuarios de la tierra realizar un uso agropecuario extensivo con cultivos tolerantes a las condiciones de clima, asociado a la cría de animales introducidos, especialmente ovinos y vacunos. Además, se les recomienda la incorporación de abonos orgánicos y abonos verdes (preferiblemente de leguminosas) para mejorar la estructura y fertilidad del suelo, realizar rotaciones de cultivos e incentivar el establecimiento de cultivos de cobertura de especies perennes para proteger los terrenos de cultivo contra la erosión. En el área destinada a la ganadería se debe controlar la carga animal, para ello se recomienda a los Gobiernos Municipales con el apoyo de las universidades, el SEDAG y otras organizaciones realizar estudios más detallados para determinar la carga animal adecuada en función de la oferta de forraje. De todas formas, se debe realizar un pastoreo controlado tomando en cuenta las fuentes de forraje de componentes y unidades aledañas. Para el caso de vacunos, necesariamente se debe proveer alimentación suplementaria, por ejemplo con heno de cebada y avena. Recomendaciones socioeconómicas. El Gobierno Municipal y las organizaciones locales deben promover la actividad de forestación en la zona, brindándo capacitación en el manejo forestal y asegurar el funcionamiento de un vivero como fuente de reproducción forestal. De modo complementario a las recomendaciones de la tierra formuladas, es indispensable que los usuarios se capaciten en el manejo y cuidado de la tierra con el apoyo de los CETA's, en particular, en la rehabilitación de la vegetación y/o suelo, de acuerdo a las condiciones específicas de su área. En particular deben difundirse las técnicas de manejo, conservación y abonación del suelo, de manejo del ganado, reposición de arbustos que son utilizados como combustible técnicas de rotación de cultivos y pastoreo, de aprovechamiento del agua y otras. Las organizaciones locales con el apoyo de su gobierno municipal y otras instituciones de servicio técnico deben proveer de condiciones requeridas para la crianza de las especies animales recomendadas (ovinos y vacunos), así como los servicios que prestarán para coadyuvar en la producción ganadera, en particular sanidad animal, manejo de forraje, alimentos suplementarios, aprovechamiento de los productos pecuarios, su procesamiento y otros, a fin de asegurar un aprovechamiento ganadero eficiente y sostenible de la tierra.

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E.

TIERRAS DE PROTECCIÓN CON USO RESTRINGIDO

E.1

Protección con uso ganadero extensivo limitado Ubicación. Las tierras asignadas a esta subcategoría de uso se distribuyen en todas las provincias fisiográficas del Departamento de Potosí, y comprende montañas, serranías, colinas, planicies y piedemontes. Algunos pueblos de referencia son: Colcha "K", San Pedro de Quemes, Santiago de Ajencha, Sijsihua, San Agustín, Uyuni y Porco (provincia Quijarro); Mina Horso, Quetena Chica, Sol de Mañana y Salitre (provincia Sur Lípez); Ramadas, San Vicente y Chorolque (provincia Sur Chichas); Millares y Otuyo (provincia Saavedra); Esquiri y Samiri (provincia Linares); Jarana y Taquisa (provincia Chayanta); Colluma (provincia Ibañes); Corata, Sivingani y Coracari (provincia Charcas); Acasio y Lawa Lawa (provincia Bilbao). Con una superficie de 37.337 km2 es la más grande de las subcategorías asignadas en este estudio, abarcando el 31,6% de la superficie total del Departamento.

Justificación. Las montañas, serranías y colinas tienen pendientes entre 10 y 90%, con rocosidad y pedregosidad superficial variable entre 2 y 80%. Los suelos generalmente son superficiales y presentan una erosión moderada a severa de tipo hídrico y laminar. La vegetación predominante en las pendientes, cimas de montañas, serranías y colinas es mayormente arbustiva con vegetación herbácea dispersa en el estrato bajo. El valor forrajero en estos componentes en general varía de moderado a bajo para especies nativas y bajo a muy bajo para introducidas. En unidades de tierra ubicadas en la Cordillera Occidental y Altiplano son frecuentes los bofedales y gramadales con vegetación graminoide de alto a moderado valor forrajero para especies nativas, asociada a una muy alta disponibilidad de forraje fresco. El rango altitudinal de los componentes de pendientes y cimas (3.000 a 6.000 msnm) permite una adaptabilidad media a muy baja para especies introducidas y alta a baja para nativas. La transitabilidad para los animales varía de alta a baja, siendo muy baja en componentes de pendientes muy fuertes y algunas cimas. Las mesetas, superficies de erosión y llanuras de piedemonte, generalmente tienen un relieve con pendientes entre 0,5 y 10%, aunque los escarpes tienen pendientes de 30 a 90%. La cantidad de afloramientos rocosos y pedregosidad superficial es muy variable. Los suelos varían de profundo a poco profundo y la disponibilidad natural de nutrientes generalmente es baja. Además, los suelos sufren de erosión laminar moderada. En áreas cercanas al salar de Uyuni algunas unidades tienen problemas de alta salinidad y sodicidad. La cobertura vegetal de estas unidades es mayormente arbustiva y en algunos casos predominan las gramíneas. El valor forrajero es moderado a bajo para especies nativas y bajo a muy bajo para especies introducidas. El rango altitudinal de estos componentes (3.000 a 5.000 msnm) es más favorable para especies nativas que para introducidas. Debido a las pendientes medias predominantemente bajas, el grado de transitabilidad para animales en estas áreas es alto en general. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas de los campos naturales de pastoreo en la mayoría de estas unidades de tierra es de 2 a 3 meses, exceptuando algunas unidades en la Cordillera Oriental que tienen 4 a 5 meses. La diversidad de unidades de tierra incluidas en esta subcategoría de zonificación incluye áreas de baja a alta densidad demográfica, y de muy baja a muy alta accesibilidad. Algunas de las fuentes de agua para el consumo animal en estas unidades se encuentran contaminadas naturalmente (aguas termales) y por la actividad minera (por ejemplo en San Vicente, Chorolque, Mina Horsu, Tatasi, Animas y Chilcobija).

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Parte de las tierras asignadas a esta subcategoría está incluida en el Parque Nacional de Llica creado mediante la Resolución Ministerial 228/90, así como en la Reserva Nacional de Fauna de Yura creada por Decreto Supremo 11.307 del año 1974, áreas protegidas que al presente no son administrados por el SERNAP. Además, la totalidad del área de la Reserva Silvestre Cerro Tapilla, cuyo decreto de creación está en proceso de análisis y que tampoco es administrada por el SERNAP, se encuentra en esta subcategoría de uso. Las condiciones socioeconómicas observadas en estas áreas muestran bajos niveles de empleo de capital en la actividad pecuaria y de manejo de la tierra, así como escasa infraestructura local e incipiente participación de las organizaciones locales en la provisión de servicios para las actividades productivas y la conservación de la tierra. Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

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Desmonte Uso agropecuario. Aprovechamiento del bosque a) Madera b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales; Superintendencia Agraria Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

Autorización No corresponde Bajo condiciones No corresponde No corresponde No corresponde Si Si Bajo condiciones Bajo condiciones

Especificaciones Nº1.Nº2.-

Nº3.Nº4.Nº5.Nº6.-

Nº7.-

Nº8.-

No existen bosques.

Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente No existen bosques. No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección. Las intervenciones en el área están sujetas al cumplimiento de las normas que debe emitir la autoridad competente para hacer efectiva la protección. Particularmente para la protección de áreas de captación de agua potable para las comunidades de la zona. Entre otros se deben proteger las vertientes de Mallcu ubicado en los límites de la meseta de Pastos Grandes y las montañas de Murmuntani y las vertientes de Coscaña ubicados en las serranías de Killpani y Uyuni. Abastecen de agua potable las localidades de Mallcu y Uyuni. Con énfasis en el aprovechamiento racional de la vicuña en el Altiplano y la Cordillera Occidental. En todos los casos, siempre según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional. Previa evaluación del impacto ambiental.

Reglas de uso. Estas áreas deben estar dedicadas particularmente a la protección de los suelos y de la vegetación. En forma restringida, también se permite la ganadería extensiva con llamas, vicuñas, vacunos y ovinos. Además, es posible la

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implantación de bosques en algunas áreas. Se prohibe la extracción de leña para fines comerciales, debiendo reducirse al mínimo su extracción para todo otro fin. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. Se recomienda a los Gobiernos Municipales, las organizaciones de apoyo al desarrollo y los usuarios de la tierra, proteger los recursos naturales en estas unidades de tierra para evitar la erosión de los suelos y la degradación de la vegetación por sobrepastoreo, además de un uso limitado de recursos forestales reduciendo la extracción de leña e incentivando programas de forestación de especies nativas para cada zona. Sin embargo, existen componentes (especialmente los bofedales) en la Cordillera Occidental y el Altiplano donde se puede permitir el uso ganadero extensivo de llamas, alpacas y/o ovinos, o vicuñas como una forma de manejo y aprovechamiento de vida silvestre. Estas áreas presentan condiciones de terreno más favorables y disponibilidad de forraje para esta actividad. En las unidades de tierra ubicadas en la Cordillera Oriental se recomienda sobre todo ganadería extensiva con especies introducidas, especialmente ovinos y vacunos adaptados. En todos los casos se debe controlar la carga animal y usar rotaciones para evitar el sobrepastoreo y la degradación mayor de los suelos, y se recomienda a los Gobiernos Municipales, con el apoyo de las universidades, el SEDAG y otras organizaciones, realizar estudios adicionales para determinar la carga animal de acuerdo a la capacidad de sostenimiento de la pradera y la posibilidad de introducir especies forrajeras que se adaptadas a la zona. En el caso de ganadería de vacunos, debe disponerse de áreas pequeñas dentro de la misma unidad o en unidades de tierra aledañas donde sea posible cultivar forrajes, como cebada y avena. Las recomendaciones incluidas en la presente subcategoría de uso en las áreas que se sobreponen con el Parque Nacional de Llica, la Reserva Nacional de Fauna de Yura y la Reserva Silvestre Cerro Tapilla, están sujetas a las disposiciones que asuma el SERNAP en lo referente a la categoría de protección que se establezca. Recomendaciones socioeconómicas. El gobierno municipal e instituciones técnicas deberán capacitar periódicamente a los usuarios de la tierra en el manejo y cuidado de la tierra, con el apoyo de los servicios de extensión agropecuaria y utilizando diferentes medios de comunicación. En particular deben difundirse las técnicas de manejo del ganado relacionadas con sanidad animal, pastoreo rotativo, manejo de bofedales y áreas forrajeras. También es importante que los Gobiernos Municipales, con el apoyo del SEDAG y MDSP, apoyen a las organizaciones campesinas para el aprovechamiento racional de la vicuña, difundiendo formas de manejo adecuadas. Se debe buscar alternativas de aprovechamiento de la lana de la vicuña ya que este alcanza un valor económico expectable, sin exterminar a la especie. Las organizaciones locales con el apoyo de sus respectivos Gobiernos Municipales y otras instituciones de asistencia técnica deben determinar las condiciones requeridas para la crianza de las especies animales recomendadas debiendo distribuir en forma equitativa los lugares de pastoreo, así como los servicios y facilidades que prestarán para satisfacer dichas condiciones, a fin de asegurar un aprovechamiento eficiente y sostenible de la tierra. Crear oficinas de control sanitario en los municipio, facilitando a los canales de acceso al mercado de productos pecuarios, así como también de abastecimiento de insumos. A fin de incentivar la crianza de las especies animales recomendadas (camélidos, ovinos y vacunos), las organizaciones locales deben orientar sus actividades en la provisión de servicios e infraestructura productiva relacionados con dichas especies, en particular, sanidad animal, mejoramiento genético, manejo de forraje y alimentos suplementarios, el aprovechamiento de los productos pecuarios, su procesamiento y otros.

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Al gobierno central como departamental se recomienda la apertura de caminos para facilitar el intercambio y comercialización de productos agropecuarios oportunamente.

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E.1.1 Protección con uso ganadero extensivo limitado y uso agropecuario extensivo Ubicación. Estas tierras se ubican en la Cordillera Oriental, en las provincias Tomás Frías (Manquiri), Saavedra (Tacobamba), Charcas (Julo Grande), Bustillo (Sauta), Chayanta (Yoroca), Nor Chichas (Noquexa, Vichacla, Mormorque y Quechisla), Ibañez (Caripuyo), Sur Chichas (Caracota, Oro Ingenio y Piedras Blancas), Linares (Checchi, Calltapi) y Omiste (Captola, Yanalpa). Comprenden montañas, serranías y colinas, así como la superficie de erosión de Captola. La superficie total de estas unidades es de 8.209 km2, lo que hace el 6,9% de la superficie total del Departamento de Potosí. Justificación: Protección con uso ganadero extensivo limitado. Las pendientes y cimas, con un rango altitudinal entre 2.100 y 4.800 msnm, cubren entre 70 y 95% de las unidades, tienen laderas con pendientes entre 15 y 60% y cimas con pendientes entre 2 y 15%. La rocosidad y/o pedregosidad superficial varía entre 2 y 80%. Los suelos son moderadamente profundos a superficiales, con un contenido variable de fragmentos gruesos en el perfil entre 5 y 40%. Por otro lado, los suelos de la planicie de Captola tienen salinidad moderada y sufren de erosión hídrica ligera a severa. Actualmente el uso dominante es la ganadería extensiva. La cobertura vegetal predominante es arbustiva con vegetación herbácea en estratos bajos y cactáceas en las áreas más secas. El valor forrajero es moderado a bajo para especies nativas e introducidas. La topografía de estos componentes permite una transitabilidad de los animales de moderada a alta. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas en la mayor parte de las unidades es menor a 3 meses, aunque en algunas unidades varía entre 3 y 5 meses y no hay disponibilidad de agua para riego. Uso agropecuario extensivo. Las terrazas y piedemontes de los valles, con un rango altitudinal entre 2.000 y 3.900 msnm, ocupan entre el 5 y 30% de estas unidades de tierra y tienen pendientes poco pronunciadas con una cobertura de piedras en la superficie entre 2 y 40%. Los suelos son profundos y tienen un contenido variable de fragmentos gruesos en el perfil. La disponibilidad natural de nutrientes varía de moderada a baja y generalmente no hay problemas de salinidad y sodicidad. La erosión laminar varía de grado ligero a moderado. La vegetación dominante son cultivos, cuyos restos en periodos de poscosecha son utilizados por el ganado como fuente de forraje, además de vegetación de sucesión secundaria de tipo herbáceo y arbustivo en campos en descanso. La topografía casi plana permite una alta transitabilidad a los animales. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es variable, de menos de 3 a 5 meses, pero los componentes cuentan con riego suplementario, mientras el periodo libre de heladas varía entre 3 y 7 meses. Por otro lado, muchos de los ríos de estas áreas tiene problemas de contaminación por la actividad minera en Siglo XX, Andacava, Telamayu, Potosí y otros. Además, algunos ríos presentan moderados a altos índices de salinidad, por ejemplo, los ríos Tomuyu, Manquiri, Cotagaita y La Quiaca. La accesibilidad varía de alta a baja y la densidad demográfica es igualmente variable. Las condiciones socioeconómicas prevalecientes se caracterizan por los bajos niveles de tierra agrícola disponible, de empleo de capital en las actividades agrícola, frutícola y pecuaria y de manejo de la tierra, así como por la escasa infraestructura local. Excepcionalmente, se ha podido observar una mayor participación de organizaciones locales (asociaciones de productores) en la provisión de servicios para las actividades productivas y de conservación de la tierra.

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Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

4 5 6 7 8

Desmonte Uso agropecuario. Aprovechamiento del bosque a) Madera b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales; Superintendencia Agraria Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

Autorización No corresponde Bajo condiciones No corresponde No corresponde No corresponde Si Si Bajo condiciones Bajo condiciones

Especificaciones Nº1.Nº2.-

No existen bosques.

Nº3.Nº4.Nº5.-

No existen bosques. No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección. Las intervenciones en el área están sujetas al cumplimiento de las normas que debe emitir la autoridad competente para hacer efectiva la protección. Particularmente para la protección de áreas de captación de agua potable para las comunidades de la zona. Según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional, como el puma y el cóndor. Previa evaluación del impacto ambiental.

Nº6.Nº7.Nº8.-

Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente.

Reglas de uso. Estas áreas deben estar dedicadas particularmente a la protección de los suelos y de la vegetación. En forma restringida, se permite la ganadería extensiva con llamas, vacunos y ovinos. Además, es posible la implantación de bosques en algunas áreas. Se prohibe la extracción de leña para fines comerciales, debiendo reducirse al mínimo su extracción para todo otro fin. En las terrazas aluviales, superficies de llanura y piedemontes, se permite el uso agropecuario extensivo. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. Protección con uso ganadero extensivo limitado. Las características de estas tierras y las condiciones socioeconómicas imperantes sugieren que los Gobiernos Municipales, las organizaciones de apoyo al desarrollo y los usuarios de la tierra deban priorizar la protección de los recursos naturales como: evitar la erosión de los suelos, protección de aves silvestres (kiwi, ñandú), la degradación de la vegetación y de los recursos hídricos. En este caso, ellos deben considerar acciones de manejo, control y protección de los recursos naturales renovables.

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Sin embargo, existen áreas de pendientes y cimas con aptitud para desarrollar una ganadería extensiva de ovinos, llamas y caprinos, siempre y cuando se procure seleccionar las especies adaptadas a las condiciones de cada unidad de tierra, controlar el pastoreo para evitar el sobrepastoreo como medida de protección del suelo. Se recomienda además realizar estudios más detallados para determinar la carga animal sostenible para cada especie ganadera de acuerdo a las capacidades de producción de forraje. Esta recomendación puede implicar que en zonas de uso actual ganadero se debe reducir la carga animal. Además, se debe evitar hasta donde sea posible la depredación de la cubierta arbustiva para leña y otros fines. Uso agropecuario extensivo. En las terrazas y piedemontes se recomienda a los usuarios de la tierra el uso de cultivos anuales y perennes adaptados a las condiciones climáticas y de suelos, con la utilización de abonos y fertilizantes para mejorar las cosechas. Para mejorar la estructura y fertilidad del suelo se recomienda la adición de materia orgánica en forma de abono y mediante el cultivo de leguminosas. Para aumentar el área de riego suplementario se recomienda a los productores, con el apoyo técnico del PRONAR, almacenar agua de lluvia en atajados. Además, mediante programas técnicos y de capacitación se recomienda mejorar el uso y la distribución de agua para riego. Por otro lado, los ríos Tumusla, Quechisla, Vitichi, Cotagaita y otros se encuentran contaminadas por la actividad minera, por lo que se recomienda no usar sus aguas para riego o consumo. A corto plazo, la Prefectura y el MDSP deben obligar a las empresas mineras a cumplir los reglamentos de la Ley de Medio Ambiente, mediante la ejecución de medidas de mitigación de la contaminación. A largo plazo, estas medidas además abrirían la posibilidad de usar el agua de estos ríos para riego. En estas terrazas y piedemontes, la actividad ganadera con vacunos y ovinos puede ser complementaria a la actividad agrícola mediante el aprovechamiento de la vegetación secundaria y de los restos de la cosecha. Para mejorar la producción animal, se recomienda a los productores acompañar la ganadería de vacunos con el cultivo de pequeños sembradíos de forraje como cebada y avena.

Recomendaciones socioeconómicas. Las superficies muy reducidas de tierra agrícola disponible por productor muestran que es indispensable diseñar medios e instrumentos que permitan evitar la fragmentación de la tierra, acceder a mayores superficies de tierra y elevar el tamaño mínimo de las unidades de producción agropecuaria hasta asegurar el sustento familiar sostenible. Se recomienda a los Gobienos Municipales y organizaciones de usuarios apoyar programas y acciones orientados a elevar los actuales niveles muy bajos de capital invertido en las actividades agrícola, frutícola y pecuaria, y mejorar el manejo de la tierra. Las organizaciones locales, con apoyo de los Gobiernos Municipales y otras instituciones, deben formular planes y políticas de desarrollo local orientados a aprovechar las potencialidades ganaderas, organizando la provisión de múltiples servicios dirigidos a la ganadería y el mejoramiento y manejo adecuado de praderas y cultivos forrajeros. Entre estos servicios pueden destacar, capacitación y asistencia técnica ganadera, mejoramiento de la infraestructura productiva comunal, la compra y venta de ganado en común, servicios de sanidad animal, introducción de pastos mejorados, validación y difusión de nuevas tecnologías de reproducción, el aprovechamiento de los productos pecuarios, su procesamiento y otros. De modo complementario a las recomendaciones de la tierra formuladas, es indispensable que los usuarios de la tierra, con el apoyo de los CETA’s y otros, se capaciten en el manejo y cuidado de la tierra. En particular deben difundirse las técnicas de manejo y conservación, de manejo del ganado, técnicas de rotación de cultivos y pastoreo, de aprovechamiento del agua y otras.

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E.2

Protección con uso agropecuario extensivo limitado

Ubicación. Esta subcategoría de uso se ha asignada a unidades de tierra que se encuentran distribuidas sobre todo alrededor del Salar de Uyuni y al este del Departamento, distribuidas en las provincias Bilbao (Yambata), Charcas (San Pedro de Buena Vista y Toro Toro), Saavedra (Poco Poco), Tomas Frías (Pati Pati), Linares (Sucachavi), Quijarro (Vixiza), Nor Chichas (Lamachi, Poroma), Omiste (Casira Grande), Sur Lípez (San Antonio de Esmoruco), Baldivieso (San Agustín), Nor Lípez (San Juan) y Daniel Campos (Llica). Comprenden paisajes de montañas, serranías, colinas y piedemontes. En total, estas unidades suman una superficie de 12.189 km2, equivalente a 10,3% de la superficie total del Departamento. Justificación. Las áreas montañosas, serranías y colinas tienen un rango altitudinal de 1.800 a 4.400 msnm en la Cordillera Oriental y 3.500 a 4.300 msnm en el Altiplano y Cordillera Occidental. Tienen laderas con pendientes entre 15 y 90% y cimas con pendientes entre 5 y 30%, ambos componentes con una rocosidad y/o pedregosidad superficial variable entre 2 y 80%. Los suelos son moderadamente a muy poco profundos, con cantidades variables de fragmentos gruesos en el perfil. La disponibilidad natural de nutrientes varía de moderada a baja y los suelos sufren de procesos erosivos de tipo laminar y cárcavas. La vegetación que predomina es de matorrales abiertos en la Cordillera Oriental, mientras en el Altiplano y la Cordillera Occidental predominan los pajonales ralos y gramadales. Hay una reducida superficie de bosque que se ubican en el norte del Departamento (limite con Cochabamba y Chuquisaca). El valor forrajero, en general, es moderado a bajo para especies introducidas y nativas. La transitabilidad para los animales varía de media a baja en la mayor parte de los componentes, siendo muy baja en pendientes escarpadas. Por otro lado, los piedemontes y terrazas, se encuentran entre alturas de 2.100 a 3.800 msnm en la Cordillera Oriental y 3.650 a 3.900 msnm en el Altiplano y Cordillera Occidental. Tienen pendientes menores a 15%, generalmente con poca pedregosidad superficial, aunque en determinados lugares se presenta una cobertura de piedras en la superficie hasta 40%. Los suelos son moderadamente profundos a profundos, generalmente con pocos fragmentos gruesos, aunque algunas terrazas presentan muchos fragmentos en el perfil. Existe una moderada disponibilidad de nutrientes y generalmente la salinidad del suelo es baja. Los suelos sufren de erosión laminar y surcos de grado ligero a moderado, además de erosión eólica en las unidades en la parte central y oeste del Departamento. Varios de los ríos que cruzan estas unidades están contaminados por la actividad minera. La cobertura vegetal esta compuesta por matorrales, vegetación de sucesión secundaria en campos en descanso y cultivos anuales (casi exclusivamente de quinua) en el Altiplano y la Cordillera Occidental. Por otro lado, en las terrazas y piedemontes de la Cordillera Oriental la vegetación está compuesta de cultivos, vegetación secundaria y matorrales abiertos, ocasionalmente espinosa. El valor forrajero, en general, es moderado a bajo para especies nativas e introducidas. La transitabilidad para el ganado varía de muy alto a medio. Las unidades señaladas tienen un periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas de unos 3 a 5 meses en la Cordillera Oriental y menor a 3 meses en el Altiplano y la Cordillera Occidental, mientras el periodo libre de heladas es unos 2 a 3 meses en los componentes bajos en el Altiplano y la Cordillera Occidental y unos 3 a 6 meses en la Cordillera Oriental. Las terrazas de la Cordillera Oriental generalmente cuentan con riego de agua de vertientes y ríos (Caine, San Pedro y Limeta) hasta un periodo de 6 a 8 meses al año. Varios de los ríos que atraviesan estas tierras se encuentran contaminados por la actividad minera (río Tumusla, Vitichi, Cotagaita, Caiti), además algunos ríos del norte de Potosí (San Pedro y Caine) tienen índices de salinidad altos. Parte de las tierras asignadas a esta subcategoría está incluida en el Parque Nacional de Llica creado mediante la Resolución Ministerial 228/90, el mismo que actualmente no es administrado por el SERNAP.

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Las condiciones socioeconómicas prevalecientes se caracterizan por los bajos niveles de tierra agrícola disponible por productor, de empleo de capital en las actividades agrícola, frutícola y pecuaria y de manejo de la tierra, así como por la escasa infraestructura local y la incipiente participación de las organizaciones locales en la provisión de servicios para las actividades productivas y la conservación de la tierra. Tanto la densidad demográfica como la accesibilidad son variables. Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

4 5 6 7 8

Desmonte Uso agropecuario. Aprovechamiento del bosque a) Madera b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

Autorización No Bajo condiciones No Bajo condiciones No corresponde Si Si Bajo condiciones Bajo condiciones

Especificaciones Nº1.Nº2.-

Los bosques existentes deben ser protegidos, ya que estas tierras son muy frágiles.

Nº3.-

Previa aprobación de Plan de Manejo Forestal solamente en caso de productos no maderables, ya que los bosques nativos están sobre terrenos muy frágiles y deben ser conservados. No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección. Las intervenciones en el área están sujetas al cumplimiento de las normas que debe emitir la autoridad competente para hacer efectiva la protección. Particularmente para la protección de áreas de captación de agua potable para las comunidades de la zona. Con énfasis en el aprovechamiento racional de la vicuña en el Altiplano y la Cordillera Occidental. En todos los casos, siempre según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional. Previa evaluación del impacto ambiental.

Nº4.Nº5.Nº6.Nº7.-

Nº8.-

Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente.

Reglas de uso. Estas tierras deben estar dedicadas particularmente a la protección. En los pequeños terrazas y piedemontes existentes en la zona y en forma limitada en los demás componentes, se permite la actividad agropecuaria extensiva. También se permite la implantación de bosques. Se prohibe la extracción de leña para fines comerciales, debiendo reducirse al mínimo su extracción para otros fines.

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Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. Se recomienda a los Gobiernos Municipales, las organizaciones de apoyo al desarrollo y los usuarios de la tierra realizar la protección de la vegetación y los suelos, evitando la extracción de la vegetación y estimular la regeneración natural de la misma. Se debe controlar la carga animal para evitar el sobrepastoreo. Se recomienda la implementación de programas de manejo de cuencas con la protección de la cobertura vegetal de las zonas con pendientes escarpadas para controlar la erosión del suelo. Sin embargo, en todas estas unidades existen componentes de terreno que permiten la práctica de un uso agropecuario con cultivos y animales adaptados a las condiciones ambientales. En el Altiplano y la Cordillera Occidental se recomienda la ganadería de llamas, mientras la actividad agrícola debe limitarse al cultivo de quinua, por ser un cultivo adaptado a las condiciones de clima. En la Cordillera Oriental la agricultura se extiende a una variedad de cultivos, generalmente con variedades precoces, bajo sistemas de labranza tradicional mientras en la ganadería se recomienda dar preferencia a ovinos y vacunos. En las áreas de cultivos se recomienda a los usuarios de la tierra con el apoyo de los servicios de extensión, adicionar materia orgánica al suelo para mejorar la fertilidad, el almacenamiento de humedad y la estructura. Además, se les recomienda, con el apoyo del PRONAR, dar énfasis al mejoramiento del uso de agua de riego en las terrazas de las áreas montañosas y serranías para evitar mayor salinización de los suelos. Debido a que no se conoce bien el grado de contaminación de muchos de los ríos que cruzan estas unidades, se recomienda a la Prefectura y el MDSP, estudiar el impacto ambiental y las posibles medidas de mitigación en los ríos contaminados por la actividad minera, de acuerdo a los reglamentos de la Ley de Medio Ambiente, con el fin de asegurar la disponibilidad de agua de buena calidad para riego, además del estudio de aguas subterráneas para el aprovechamiento y disponibilidad de agua de riego. En todos los casos, en la actividad ganadera se debe tomar en cuenta que la carga animal debe estar en armonía con la oferta de forraje que será consensuado con los productores. En el caso de vacunos, además, se debe priorizar el cultivo de forrajeras anuales, principalmente la cebada y avena. Las recomendaciones incluidas en la presente subcategoría de uso en las áreas que se sobreponen con el Parque Nacional de Llica, están sujetas a las disposiciones que asuma el SERNAP en lo referente a la categoría de protección que se establezca. Recomendaciones socioeconómicas. Las superficies muy reducidas de tierra agrícola disponible por productor muestran que es indispensable diseñar medios e instrumentos para evitar la fragmentación de la tierra, acceder a mayores superficies de tierra y elevar el tamaño mínimo de las unidades de producción agropecuaria hasta asegurar el sustento familiar sostenible. Los muy bajos niveles de titulación de tierras desalientan las inversiones y mejoras en los predios por la falta de una efectiva protección y resguardo legal de los derechos propietarios, situación que atenta contra el uso sostenible de la tierra y el mejoramiento de los rendimientos de la tierra. Se recomienda que el INRA atiende este problema en forma inmediata y gratuita. A fin de incentivar la crianza de las especies animales recomendadas (llamas, ovinos y vacunos), las organizaciones locales deben especializarse en la provisión de servicios relacionados con dichas especies, en particular, la sanidad animal, el manejo de forraje y alimentos suplementarios, el aprovechamiento de los productos pecuarios, su procesamiento y otros. Se deberá plantear técnicas de producción, transformación y comercialización en los productos de quinua y camélidos aprovechando la demanda que han alcanzado en el mercado. De modo complementario a las recomendaciones de la tierra formuladas, es indispensable que los usuarios de la tierra se capaciten en el manejo y cuidado de la tierra. En particular deben difundirse las técnicas de manejo,

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conservación y abonación del suelo, de manejo del ganado, técnicas de rotación de cultivos y pastoreo, de aprovechamiento del agua y otras.

E.2.3 Protección con uso agropecuario extensivo limitado y uso agropecuario extensivo Ubicación. Las unidades de tierra asignadas a esta subcategoría de uso se encuentran en la Cordillera Oriental, en las provincias Charcas (Sivingani), Linares (Wara Wara y Kepallu), Chayanta (la cuesta de Llusthaqui) y Saavedra (las serranías de Potobamba), y suman 1.458 km2, o sea, 1,2% de la superficie total del Departamento. Justificación: Protección con uso agropecuario extensivo limitado. Las pendientes, cimas y escarpes abarcan entre 65 y 95% de estas unidades de tierra. Las laderas y escarpes de estos paisajes tienen pendientes entre 15 y 60%, mientras que las cimas tienen pendientes entre 5 y 15%, y las altitudes varían de 2.500 a 4.000 msnm. Estos componentes tienen afloramiento rocoso y/o pedregosidad superficial que cubre entre 15 y 80% del terreno. Los suelos son moderadamente a poco profundos, con muchos fragmentos gruesos en el perfil y con un bajo contenido natural de nutrientes. Además, presentan una moderada a severa erosión laminar y en cárcavas. La cobertura vegetal en las cimas generalmente es de tipo herbáceo graminoso y en las pendientes mayormente arbustiva abierta y en ocasiones con vegetación herbácea en estratos bajos o más bien espinoso con cactáceas. Además, hay pequeños áreas con queñua en el sector este de Keluyo. En rellanos hay parcelas agrícolas o en descanso con vegetación secundaria. El valor forrajero generalmente es moderado para especies introducidas y nativas; sin embargo, el sobrepastoreo de especies apetecibles en algunas áreas ha causado que el valor forrajero sea bajo. En las cimas la transitabilidad para los animales es alto, sin embargo, en las laderas la topografía irregular con mucha pedregosidad y rocosidad dificultan la transitabilidad de los animales. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas varía de 3 a 4 meses, y el periodo libre de heladas varía con la altitud de 7 meses en las áreas más bajas a 4 meses en las cimas. Uso agropecuario extensivo. Los componentes asignados a esta subcategoría de uso son terrazas (cubriendo 5 a 10% de las unidades de tierra), relictos de mesas en la superficie de erosión de Kepallu y otros (abarcando el 15% de esta unidad) y el piedemonte de la cuesta de Llusthaqui, que abarca el 35% de dicha unidad. Las áreas de terrazas, con un rango altitudinal de 2.500 a 3.500 msnm, y los relictos de mesas en la superficie de erosión de Kepallu, que tiene un rango altitudinal de 3.100 a 3.700 msnm, son áreas casi planas, no se presentan afloramientos rocosas y la pedregosidad superficial varía de 2 a 15%. Los suelos son moderadamente profundos a profundos, de textura media a fina con un contenido de 2 a 40% de fragmentos gruesos en el perfil y una moderada disponibilidad natural de nutrientes. Algunas terrazas presentan ligeros problemas de salinidad. La mayor parte de estas áreas son ocupadas por cultivos anuales y perennes (en las terrazas, especialmente frutales). En periodos de poscosecha los restos de la cosecha y las malezas son aprovechados por el ganado de la región como fuente temporal de forraje. El periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es de 3 a 5 meses, y muchas de las terrazas tienen riego suplementario. En el área existen 5 a 7 meses libres de heladas. El piedemonte de la cuesta de Llusthaqui tiene pendientes menores que 5% y un rango altitudinal entre 3.500 a 3.800 msnm. Los suelos son profundos, de textura fina, sin fragmentos gruesos en el perfil y presentan problemas de salinidad puntuales. Además, se evidencia una erosión moderada en surcos. La cobertura vegetal es mayormente herbácea y arbustiva de sucesión secundaria con cultivos anuales a secano. El valor forrajero es moderado para especies introducidas y nativas y la transitabilidad para los animales es alto. El periodo de disponibilidad de agua en

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el suelo para el crecimiento de plantas es entre 3 y 4 meses y el periodo libre de heladas varía de 4 a 5 meses. Además, existe riego limitado. La accesibilidad de las unidades situadas al norte del Departamento es baja con caminos vecinales, y media a alta en unidades del centro del Departamento. La densidad poblacional es predominantemente media a alta. Las condiciones socioeconómicas observadas muestran bajos niveles de tierra agrícola disponible, de empleo de capital en las actividades agrícola, frutícola y pecuaria y de manejo de la tierra, así como escasa infraestructura local e incipiente participación de las organizaciones locales en la provisión de servicios para las actividades productivas y de conservación de la tierra. Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

4 5 6 7 8

Desmonte Uso Agropecurio. Aprovechamiento del bosque a) Madera b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales; Superintendencia Agraria Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

Autorización No corresponde Bajo condiciones No corresponde No corresponde No corresponde Si Si Bajo condiciones Bajo condiciones

Especificaciones Nº1.Nº2.-

No existen bosques.

Nº3.Nº4.Nº5.-

No existen bosques. No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección. Las intervenciones en el área están sujetas al cumplimiento de las normas que debe emitir la autoridad competente para hacer efectiva la protección. Particularmente para la protección de áreas de captación de agua potable para las comunidades de la zona. Según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional. Previa evaluación del impacto ambiental.

Nº6.Nº7.Nº8.-

Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente.

Reglas de uso. Estas tierras deben estar dedicadas particularmente a la protección. En forma limitada se permite la actividad agropecuaria extensiva. También se permite la implantación de bosques. Se prohibe la extracción de queñua para leña u otros usos. Además, se prohibe la extracción de toda clase de leña para fines comerciales. Las terrazas, relictos de mesas en la superficie de erosión de Kepallu y otros y el piedemonte de la cuesta de Llusthaqui deben dedicarse particularmente a la actividad agropecuaria extensiva. También se permite la implantación de bosques.

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Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. Protección con uso agropecuario extensivo limitado. La fragilidad de los suelos y de la vegetación en las pendientes y cimas, sugieren priorizar la protección de los recursos naturales para evitar su degradación por efectos de la erosión y el sobrepastoreo, por ejemplo, mediante programas de manejo de cuencas, para la cual los Gobiernos Municipales, las organizaciones de apoyo al desarrollo y los usuarios de la tierra deben tomar las medidas necesarias. Por otro lado, parte de estas áreas presentan condiciones que permiten aprovecharlas en forma limitada (por ejemplo los rellanos) para una actividad agropecuaria extensiva con cultivos andinos y la cría de especies ganaderas nativas e introducidas. En la actividad ganadera se recomienda dar prioridad a llamas, así como a vacunos y ovinos adaptados a las condiciones locales. Se debe controlar estrictamente la carga animal para evitar el sobrepastoreo y consecuentemente la erosión. Además, el pastoreo debe estar sujeto a un sistema rotativo, tomando en cuenta todas las fuentes de forraje, también de unidades aledañas. Para el caso de vacunos es necesario alimento suplementario en la época seca con forraje cultivado o subproductos agrícolas. Uso agropecuario extensivo. En las terrazas se recomienda a los usuarios de la tierra dedicarse a la actividad agropecuaria extensiva con el uso de variedades mejoradas de cultivos, precoces y tolerantes a la salinidad y/o sodicidad en las áreas donde se presentan problemas. En las zonas bajas además se recomienda el cultivo de frutales. Para mejorar la fertilidad y la estructura del suelo se recomienda la siembra de leguminosas que aporten nitrógeno al suelo. Para mejorar el rendimiento de los cultivos, se recomienda la utilización de fertilizantes, abonos y de plaguicidas e insecticidas para el control de enfermedades y plagas. Se recomienda combinar la actividad agrícola con la ganadera, aprovechando el forraje disponible en terrenos en barbecho y los restos de la cosecha. Con el apoyo del PRONAR y los servicios de extensión, se recomienda mejorar la eficiencia del uso de agua para riego, sobre todo se debe cambiar el sistema de riego por inundación por un sistema de riego por surcos. Además, los problemas locales de salinidad y/o sodicidad se pueden aliviar mejorando el drenaje y la estructura del suelo mediante adición de materia orgánica (abonación verde) y uso de yeso. En el piedemonte de la cuesta de Llusthaqui se recomienda la siembra de cultivos de altura, mantener y mejorar la fertilidad y estructura del suelo y la retención de la humedad mediante el uso de fertilizantes y abonos orgánicos. Se debe considerar la utilización de cultivos precoces y tolerantes a la escasez de agua en el suelo, presencia de heladas y salinidad. En esta área, se recomienda al PRONAR realizar estudios para mejorar la disponibilidad de agua para riego (por ejemplo, mediante la construcción de atajados), su distribución y uso eficiente. Recomendaciones socioeconómicas. Las superficies muy reducidas de tierra agrícola disponible por productor muestran que es indispensable diseñar medios e instrumentos para evitar la fragmentación de la tierra, acceder a mayores superficies de tierra y elevar el tamaño mínimo de las unidades de producción agropecuaria hasta asegurar el sustento familiar sostenible. Se recomienda a las organizaciones locales apoyar programas y acciones orientados a elevar los actuales niveles muy bajos de capital invertido en las actividades agrícola, frutícola y pecuaria, y mejorar significativamente el manejo de la tierra mediante capacitación de los usuarios de la tierra en, por ejemplo, técnicas de manejo, conservación y abonación del suelo, de manejo del ganado, técnicas de rotación de cultivos y pastoreo, de aprovechamiento del agua y otras. En base a la recomendación de uso de la tierra formulada para estas áreas, se recomienda a las organizaciones locales desarrollar medios y servicios complementarios para obtener el mayor provecho de las actividades agropecuarias. En particular, producir semilla de calidad adaptada a las particularidades de las áreas incluidas en esta subcategoría, proveer servicios de sanidad animal, instalar unidades de procesamiento agrícola y pecuario. A fin de incentivar la crianza de las especies animales recomendadas (llamas, ovinos y vacunos), las organizaciones locales deben especializarse en la provisión de servicios relacionados con dichas especies, en particular, la sanidad animal, el manejo de forraje y alimentos suplementarios, el aprovechamiento de los productos pecuarios, su procesamiento y otros.

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E.7

Protección Ubicación. Las unidades de tierra asignadas a esta subcategoría de uso son montañas, serranías, colinas, llanuras, planicies y piedemontes entre alturas de 2.300 y 5.500 msnm en las provincias Daniel Campos (Sinalaco), Nor Lípez (Julaca), Sur Lípez (Quetena Chica), Baldivieso (Khamona), Sur Chichas (Atocha, Chicloca y Portillo), Omiste (Berque y Chosconti) y Quijarro (Jaruma). El total de sus superficies es de unos 11.285 km2, aproximadamente 9,5% de la superficie del Departamento de Potosí. Justificación: Las montañas, serranías y colinas tienen pendientes entre 15 y 60% y cimas con pendientes entre 5 y 10%. Ambos componentes presentan afloramientos rocosos y/o piedras en la superficie con proporciones que varían entre 15 y 80%. Los suelos son moderadamente profundos a superficiales y muestran erosión laminar y en cárcavas. En estos paisajes, la cobertura vegetal en pendientes y cimas es mayormente arbustiva abierta. El valor forrajero es moderado a muy bajo. La transitabilidad para animales, en general, es alta a media en las cimas y baja a muy baja en las pendientes.

Un caso especial se presenta en las serranías de Estancia Fundición, en los alrededores del Cerro Tujnula, donde se encuentra uno los más grandes y mejor preservados matorrales siempreverdes de queñua (Polylepis sp.) de Bolivia, con ejemplares de hasta 8 metros de altura. Actualmente esta área se usa para pastoreo extensivo y la extracción de leña, lo que esta ocasionando la degradación de la vegetación y agrava la erosión natural. Las planicies y llanuras de piedemonte tienen pendientes hasta de 20%, exceptuando las cuestas que tienen pendientes más fuertes. Por otro lado, la rocosidad y pedregosidad superficial varía de 2% hasta más que 80%. Los suelos son profundos a superficiales, generalmente con muchos fragmentos gruesos en los perfiles. La vegetación y el valor forrajero de estas unidades son similares a las de pendientes y cimas. Las llanuras cercanas a los salares son áreas planas en general pobremente drenados con problemas de alta salinidad y/o sodicidad. La cobertura vegetal de estos paisajes esta compuesta principalmente por arbustos almohadillados tolerantes a altas concentraciones salinas, y ocasionalmente matorrales de thola. El valor forrajero varía de bajo a nulo, debido a la baja cobertura de especies apetecibles. Además, algunas unidades en la Cordillera Oriental incluyen pequeñas terrazas que constituyen menos de 5% de las unidades y que presentan alta salinidad en los suelos. En ninguna de las unidades el periodo de disponibilidad de agua en el suelo para el crecimiento de plantas es mayor a 3 meses y generalmente el periodo libre de heladas es menor a 3 meses. Parte de las tierras asignadas a esta subcategoría está incluida en el Parque Nacional de Llica creado mediante la Resolución Ministerial 228/90, así como en la Reserva Nacional de Fauna de Yura creada por Decreto Supremo 11.307 del año 1974, áreas protegidas que al presente no son administradas por el SERNAP.

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Reglas de intervención. Tipo de intervención Nº 1 2 3

4 5 6 7 8

Desmonte Uso agropecurio. Aprovechamiento del bosque a) Madera b) Productos no maderables Inmovilización para áreas protegidas Protección contra la degradación de suelos y vegetación Protección de áreas-fuente de agua Aprovechamiento de la fauna silvestre Construcción de caminos y otras intervenciones de infraestructura física

Autoridad competente Superintendencia Forestal Superintendencia Agraria Superintendencia Forestal

MDSP (SERNAP) Prefectura, Gobiernos Municipales; Superintendencia Agraria Prefectura, Gobiernos Municipales MDSP, Prefectura, Gobiernos Municipales Autoridad competente según la intervención

Autorización No corresponde Bajo condiciones No corresponde No corresponde Si Si Si Bajo condiciones Bajo condiciones

Especificaciones Nº1.Nº2.-

Nº3.Nº4.Nº5.Nº6.Nº7.Nº8.-

No existen bosques.

Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente. No existen bosques. Se propone la inmovilización de las serranías de Estancia Fundición, en los alrededores del Cerro Tujnula, previo estudio de justificación. Las intervenciones en el área están sujetas al cumplimiento de las normas que debe emitir la autoridad competente para hacer efectiva la protección. Particularmente para la protección de áreas de captación de agua potable para las comunidades de la zona. Según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro de extinción en el ámbito regional. Previa evaluación del impacto ambiental.

Reglas de uso. En estos paisajes compuestos por montañas, serranías, colinas, llanuras, planicies y piedemontes, se deben realizar particularmente acciones de protección del suelo, vegetación, recursos hídricos y fauna. Se prohibe la extracción de queñua para leña. Además, se prohibe la extracción de toda clase de leña para fines comerciales. Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables. Las condiciones físicas, biológicas y socioeconómicas de estas tierras indican que no son aptas para la actividad agropecuaria y sugieren que los Gobiernos Municipales, las organizaciones de apoyo al desarrollo y los usuarios de la tierra deben priorizar la protección de los suelos, vegetación y recursos hídricos. En zonas actualmente con uso ganadero extensivo se recomienda gradualmente excluirlas del pastoreo para evitar la degradación de la vegetación y consecuentemente la erosión de los suelos. Se recomienda preservar la vegetación de queñua en los alrededores del Cerro Tujnula por ser uno de los más grandes y mejor preservados de Bolivia y por ser uno de los pocos sitios en la Cordillera Oriental donde todavía existe un relicto de lo que se presume, fue la vegetación original en el Departamento en el período precolonial. Para

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lograr este objetivo se recomienda que el SERNAP estudie la posibilidad de incluir esta área a una de las categorías del sistema de Áreas Protegidas. De todas formas, se debe evitar la extracción de leña y limitar o excluir el acceso del ganado al área. En las depresiones de Uyuni y Pastos Grandes se debe controlar la erosión, evitando la extracción de la vegetación, especialmente de la thola. Mediante la regeneración natural se recomienda intentar aumentar la cobertura vegetal, principalmente de especies tolerantes a la salinidad, especialmente del género Atriplex y/o Suaeda. En paisajes de serranías y montañas de las provincias Nor y Sur Lípez se debe controlar la extracción de yareta destinada a las azufreras y borateras. Las recomendaciones incluidas en la presente subcategoría de uso en las áreas que se sobreponen con el Parque Nacional de Llica y la Reserva Nacional de Fauna de Yura, están sujetas a las disposiciones que asuma el SERNAP en lo referente a la categoría de protección que se establezca.

Recomendaciones socioeconómicas. Dada la necesidad de proteger las áreas incluidas en esta categoría de zonificación, es necesario que el poder ejecutivo departamental, los Gobiernos Municipales y las organizaciones locales definan los planes y acciones a seguir, a fin de asegurar una protección efectiva a estas tierras, así como fuentes alternativas de empleo para la población local. En este marco, cobran importancia otros usos de la tierra y actividades, en particular, el eco-turismo debiendo intensificar la promoción y publicidad de esta región natural, de la misma forma la capacitación y las actividades directamente relacionadas con la protección del área. Teniendo esta región innumerables atractivos turísticos, la Prefectura, el gobierno Municipal y organizaciones, deberán promover el desarrollo turístico a través de programas en este rubro, para lo cual es indispensable capacitar a los pobladores de la región en aspectos como orientación de los recursos histórico naturales existentes, hotelería, gastronomía.

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F.

ÁREAS PROTEGIDAS

F.1

Parque Nacional “Toro Toro” Ubicación. Ocupa la región de valles secos del norte de Potosí en la provincia Charcas, en el límite con el Departamento de Cochabamba. Se encuentran algunas comunidades dentro del área: Huayllas, Rodeo, Escalon, Saicini, Tambo Khasa, Estrellani, Vila Kasa, Viluyo, Huayra Kasa y Laguna. Justificación. El Parque Nacional “Toro Toro” fue creado mediante D.S. 22.269 del 26/07/89 y elevado a rango de Ley mediante Ley 1.370 del 13/11/92. Tiene una superficie aproximada de 16.447 hectáreas. La región es típicamente montañosa con profundos cañones, valles y caídas de agua. La subcuenca más importante relacionada al Parque Nacional “Toro Toro” es la del río Caine. El rango altitudinal oscila entre 3.600 y 1.900 msnm y el clima es templado. El SERNAP considera imprescindible una modificación de límites y adecuación de categoría de manejo. El parque busca la conservación de sitios de arte rupestre, arqueológicos y espeleológicos y prohibe asentamientos o dotaciones y habilitación de nuevas tierras agrícolas, toda actividad de caza, pesca y ganadería, así como actividades mineras.

Se tienen registradas 329 especies de flora y se estima la existencia de 600 especies de plantas superiores. En la flora destacan especies que ocupan los relictos del bosque deciduo como el quebracho (Aspidosperma quebracho-blanco), el soto (Schinopsis haenkeana), el pino de monte (Podocarpus parlatorei), cuchi (Amburana cearensis). Se tienen registradas 49 especies de fauna en el parque, entre las que destacan la taruca o venado andino (Hippocamelus antisiensis), el gato andino o titi (Felis jacobita), puma (Felis concolor), la endémica paraba frente roja (Ara rubrogenys) y el lorito (Myopsitta monachus). El Parque Nacional “Toro Toro” se caracteriza por su belleza escénica, existiendo importantes valores geológicos como la extensa caverna de Huma Jalanta, la caverna de Huaca Senka y otras. Asimismo existen huellas de dinosaurios y zonas fosilíferas. Un atractivo particular es el Cañón del Valle de Torotoro. Por otra parte alberga importantes sitios arqueológicos como las ruinas incaicas de Llama Chaqui y pinturas rupestres. El área representa un centro único de extraordinarios valores geológicos, paleontológicos y espeleológicos (MDSP/SERNAP, 2000). Reglas de intervención. Las intervenciones en esta subcategoría deben estar consignadas en el plan de manejo del Área Protegida, elaborado por el SERNAP. Reglas de uso. Las actividades en esta subcategoría deben estar consignadas en el plan de manejo del Área Protegida, elaborado por el SERNAP.

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F.4

Reserva Nacional de Fauna Andina “Eduardo Abaroa” Ubicación. Se encuentra al extremo sur del Departamento de Potosí, en la provincia Sur Lípez, en el límite con las Repúblicas de Chile y Argentina. Justificación. Se trata de una reserva destinada a la protección de la flora y fauna alto andinas, creada en 1973 mediante el D.S. 11.239 del 3 de diciembre de ese año. Posteriormente fue ampliada su extensión mediante el D.S. 18.313 del 14 de mayo de 1981 y D.S. 18.431 del 26 de junio de 1981. De acuerdo a esta última disposición, tiene una superficie de 714.745 ha. Su objetivo principal es proteger y preservar la diversidad biológica de especies nativas de fauna (flamencos, vicuñas y suri) y flora (yareta, queñua, cactáceas y bofedales).

La Reserva se halla emplazada en la provincia fisiográfica de la Cordillera Occidental o Volcánica, caracterizada por extensas mesetas y conos volcánicos entre 4.200 y 6.000 msnm. Pertenece a la cuenca endorreica o cerrada del Altiplano y es de clima muy frío y seco, con una precipitación anual de unos 100 mm o menos. Con relación a la flora de la reserva, se tienen registradas 102 especies y se estima la existencia de aproximadamente 200 especies de plantas superiores. En la vegetación destacan manchones de yaretales de (Azorella compacta) y bosquecillos de queñua (Polylepis tarapacana), especies actualmente en seria amenaza. Las plantas en forma de cojín o almohadilla de raíz profunda y de coloración similar al material presente sobre la superficie, tales como Junellia sp., Pycnophyllum sp. y Nototriche cf. auricoma, son las que caracterizan la mayor parte de la reserva. Con relación a la fauna, existen vicuñas (Vicugna vicugna), diversas variedades de flamenco andino o parihuanas (Phoenicoparrus jamesi, Ph. andinus, Phoenicoparrus chilensis), el suri (Pterocnemia pennata), el gato andino o titi (Felis jacobita) y diversas aves. También destacan cuerpos de agua llamativos, como son las lagunas Colorada y Verde, con colonias de flamencos. Otros valores de interés constituyen los extraños paisajes y formaciones eólicas, volcanes, aguas termales y geyseres o fumarolas (MDSP/SERNAP, 2000; Brockmann , 1986). Reglas de intervención. Las intervenciones en esta subcategoría deben estar consignadas en el plan de manejo del Área Protegida, elaborado por el SERNAP. Reglas de uso. Las actividades en esta subcategoría deben estar consignadas en el plan de manejo del Área Protegida, elaborado por el SERNAP.

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ANEXO 2: Glosario general ALMOHADILLADO: Vegetación en forma de cojín. ALUVIAL: Proceso de acción de un curso de agua que transporta material fragmentario y su deposición. ARBUSTO: Planta leñosa con más de un tallo, en general menor a 5 metros de altura. BIODIVERSIDAD: Variabilidad biológica de los organismos vivos en ecosistemas terrestres y acuáticos. BOFEDALES: Comunidades vegetales en ambientes con suelos húmedos (con un nivel freático alto), principalmente naturales, o con alguna influencia antrópica, características de la Cordillera de Los Andes. CÁRCAVAS: Forma de erosión en la cual el suelo es removido por concentración y escurrimiento de agua. CARGA ANIMAL: Número de animales que una pastura o campo natural de pastoreo soporta por unidad de superficie, generalmente expresado en un número de animales de un peso definido, variable por especie. COBERTURA VEGETAL: Capa vegetal existente, constituida por elementos arbóreos, arbustivos y/o herbáceos. COLINA: Termino usado genéricamente para designar elevaciones del terreno de menor altura que las montañas. CONSERVACIÓN: Gestión de la utilización de la biosfera (conjunto de todos los ecosistemas de la tierra) en forma tal que asegure un beneficio sostenido para las generaciones actuales y mantenga su potencial para las generaciones futuras. Es sentido más restringido, se refiere a todas aquellas acciones orientadas a preservar la capacidad productiva de los ecosistemas y los recursos naturales. CONTAMINACIÓN: Alteración del medio ambiente con cantidades, concentraciones o niveles de substancias o formas de energía nocivas a él. CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS: Conjunto de medidas biológicas, mecánicas y eventualmente químicas, empleadas en el control de plagas y/o enfermedades de los cultivos. CUENCA HIDROGRAFICA: Un área de drenaje superficial, separado de otros por la línea divisoria de aguas. CUESTA: Forma de terreno de relieve desigual, generalmente en rocas sedimentarias ligeramente inclinadas que presenta un escarpe fuerte y un dorso ligeramente inclinado. DEGRADACION: Alteración del medio ambiente que reduce la utilización óptima y la sostenibilidad a largo plazo de los recursos naturales. DEPOSICION: Sedimentación del material que ha sido transportado por las aguas corrientes, viento, hielo. DEPRESION: Partes más bajas de un relieve. ECOSISTEMA: Unidad funcional que comprende al conjunto de los seres vivos (biocenosis) y de los elementos no-vivos (biotopo) de su entorno, entre los que existe interacción específica. EROSION: Desagregación, desprendimiento y transporte de sólidos de la superficie terrestre por la acción del agua, viento, gravedad, hielo u otros agentes. ESCARPE: Cualquier desnivel que interrumpe la continuidad general de un paisaje. Parte frontal de una cuesta. ESTACION CLIMATOLOGICA: Estación de observación, medición y registro de diferentes fenómenos atmosféricos que convenientemente distribuidos, son útiles para determinar el clima de una región. ESTRUCTURA DEL SUELO: La estructura es la forma de agregación de partículas individuales de suelo. EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL: Estudios para identificar, predecir, interpretar, así como para prevenir las consecuencias o efectos ambientales que determinadas acciones, programas o proyectos pueden causar. FRAGMENTOS GRUESOS: Son las piedras que se encuentran en el suelo con diámetros > 0,2 cm. GRAMINOIDE: Vegetación semejante a gramíneas. GRAVA: Fragmentos de roca (2-5cm) transportados y redondeados por la acción de agua. HALÓFITO: Vegetación que crece en medios salinos. HELADAS: Deben considerarse como heladas los días en que las temperaturas alcanzan un valor inferior a 0ºC durante parte o todo el día. HERBÁCEA: Planta que tiene aspecto de hierba y que no está lignificada. IMPACTO AMBIENTAL: Modificación (positiva o negativa) de la calidad del medio ambiente por influencia humana. LLANURA ALUVIAL: Espacio sobre el cual un río deposita sedimentos. LLANURA: Término genérico que indica una superficie plana sin elevaciones significativas, originada por acumulación de sedimentos. MANEJO DE CUENCA: Formulación y ejecución de un conjunto coherente de acciones, orientado a minimizar los impactos negativos sobre el entorno derivados principalmente de los procesos de erosión hídrica. MANEJO DE RECURSOS NATURALES: Conjunto de decisiones y acciones destinadas a la conservación y administración de elementos naturales de beneficio para el hombre, tendiente a maximizar su uso sostenible. MATORRAL: Formación vegetal propia de climas semiáridos, caracterizada por árboles de escaso desarrollo, arbustos y maleza. El termino también es utilizado de forma indeterminada para designar cualquier vegetación arbustiva. MESA: Relieve casi plano, generalmente compuesto por rocas más resistentes que las subyacentes, como remanente de un proceso de erosión.

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MESETA: Terreno elevado y llano de gran extensión, compuesto por un relieve casi plano y escarpes. MONTAÑA: Elevación o grupo de elevaciones originadas por fuerzas internas o externas de la tierra. NIVEL DE MANEJO: Se refiere a la cantidad y diversidad de medios e insumos empleados en actividades productivas agropecuarias. NIVEL FREÁTICO: Es el nivel donde se encuentra la mesa de agua en los acuíferos libres. PAISAJE: Unidad cartográfica de terreno, utilizada en el presente trabajo, diferenciada en base a criterios fisiográficos y (geo)morfológicos, tales como amplitud de relieve, pendiente, disección e intensidad de erosión, material o litología dominante y cobertura de vegetación. Sinónimo de unidad de terreno. PASTIZAL: Comunidad vegetal en la cual las especies dominantes son gramíneas apetecidos por especies ganaderas. PASTOREO ROTATIVO: Acción de apacentar el ganado en una pastura por tiempo determinado, para luego pasarlo a otro campo de pastoreo, permitiendo de esta manera la regeneración de la pastura. PASTURA: Áreas cubiertas de especies vegetales forrajeras, usualmente perennes o semiperennes de origen natural, sembradas o de sucesión secundaria. PENDIENTE: Superficie inclinada de un relieve (vertiente, talud). Grado de elevación de un terreno con respecto a su longitud. PIEDEMONTE: Terreno de pendiente suave que se extiende desde el pie de una montaña o serranía. PLAN DE MANEJO: Instrumento técnico y administrativo para el uso y manejo sostenible de los recursos naturales y la gestión de las áreas protegidas. Las actividades y prácticas son aplicables para el rendimiento sostenible, la reposición o mejoramiento cualitativo y cuantitativo de los recursos y mantenimiento del equilibrio de los ecosistemas. PLANICIE: Superficie de erosión, plana a ligeramente ondulada. Sinónimo de penillanura. RECURSOS NATURALES: Elementos de la naturaleza que sirven para producir bienes y servicios, como el aire, agua, suelo, vegetación, minerales, etc. (RE)FORESTACIÓN: Reposición de vegetación arbórea con propósitos económicos o de protección. RELIEVE: Forma o configuración de la superficie de terreno. RENDIMIENTO: Producción obtenida por unidad de superficie cultivada o unidad de insumo aplicado, dado un nivel de manejo o tecnología empleada. ROTACION DE CULTIVOS: Práctica agrícola de cultivar diferentes especies en sucesión regular, en un mismo sitio para minimizar la propagación de plagas y enfermedades, mantener la fertilidad y minimizar la degradación de suelos. SALAR: Cuenca endorreica en la que a menudo se forma un lago temporal que, al desecarse en el periodo seco, forma un deposito salino. SECANO: Término que se aplica a las tierras cultivadas que no utilizan otra agua que la que procede de las precipitaciones pluviométricas. SERRANIA: Conjunto de montañas o sierras de formas alargadas, generalmente de extensión regional. SIEMPREVERDE. Árboles o arbustos con hojas permanentes. SOBREPASTOREO: Excesivo uso de las pasturas por sobrecarga animal que no permite la regeneración de la vegetación forrajera. SUCESIÓN: Proceso natural, a través del cual una comunidad vegetal es paulatinamente sustituida por otra diferente, como resultado de cambios en el ambiente. TERRAZA ALUVIAL: Parte de una llanura aluvial que queda elevada del curso del río, debido a procesos de incisión del cauce. TEXTURA DEL SUELO: Proporción de arena, limo y arcilla en el suelo. TIERRA: Es el conjunto integral de recursos naturales que incluye suelo, clima, recursos hídricos, vegetación, fauna y los resultados de las actividades humanas. UNIDAD DE (LA) TIERRA: Es una superficie de tierra con características propias, de la que se ha levantado un mapa. Debido a que la aptitud de la tierra debe evaluarse integralmente en conjunto con los distintos aspectos que definen la tierra, es que se emplea las unidades de tierra como base para la evaluación de su aptitud de uso. UNIDAD DE TERRENO: Unidad cartográfica del terreno o de mapeo delimitada según criterios fisiográficos y (geo)morfológicos. USO SOSTENIBLE: Utilización de los recursos naturales renovables de un modo e intensidad que no ocasione su disminución o alteración de la diversidad biológica a largo plazo, manteniendo la capacidad productiva y evolutiva de las especies y ecosistemas. VALOR FORRAJERO: Medida de potencial de producción de un campo natural de pastoreo o de una pastura cultivada que emplea una aproximación considerando cantidad y calidad. VEGETACION: Conjunto de comunidades de plantas que se desarrollan en un lugar o región. VERTIENTE: Es el afloramiento de aguas subterráneas. VIDA SILVESTRE: Animales y plantas que se encuentran en la naturaleza en estado no doméstico. XERÓFITA: Planta adaptada a lugares áridos.

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