Un Estatuto de los Trabajadores del siglo XXI

ANTONIO A.FERRER SAIS SECRETARIO DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES DEL PSOE LA SOCIEDAD POSTCRISIS Con la recuperación

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ANTONIO A.FERRER SAIS SECRETARIO DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES DEL PSOE

LA SOCIEDAD POSTCRISIS Con la recuperación se ha puesto de manifiesto que en España se ha impuesto un nuevo modelo económico y social: por primera vez el crecimiento económico y la renta de la mayoría de los ciudadanos se han desacoplado y no progresan juntos. El legado de la crisis es la aparición del precariado, como un nuevo rasgo estructural de la sociedad postcrisis, con un gran incremento de las desigualdades y la pobreza.

El contenido de esta presentación es de la exclusiva responsabilidad del autor

LAS POLÍTICAS DE “AUSTERIDAD” Las políticas neoliberales impuestas en la UE a los países más golpeados por la crisis consistieron en recortes del gasto público, junto con contrarreformas laborales y de pensiones. Resultado: una devaluación interna basada en rebajar los salarios, junto con grandes recortes del Estado del Bienestar. En España aquellas medidas fueron impuestas de forma autoritaria por el PP (Ley mordaza, endurecimiento del Código Penal y criminalización del sindicalismo); incluso aquéllas que tradicionalmente se aprobaban con consenso, como la reforma laboral de 2012 y la de pensiones de 2013, que son las causas de que la recuperación económica y la creación de empleo se apoyen en la precariedad y los bajos salarios.

REFORMA LABORAL: MEDIDAS INJUSTAS Y LESIVAS  Abaratar y facilitar los despidos individuales y colectivos; contrato para emprendedores con un periodo de prueba de un año (despido libre y gratuito).  Desregular el sistema de negociación colectiva: prevalencia del ámbito de empresa sobre los convenios sectoriales, que dan cobertura a la mayoría de empresas y trabajadores, y supresión de la ultraactividad de los convenios colectivos.  Facilitar las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y las inaplicaciones y recortes de los convenios colectivos: salarios, jornada, condiciones de trabajo, etc.  Recortes y privatización de las políticas activas de empleo y de la protección por desempleo, y expulsión de sindicatos y patronales del sistema de formación para el empleo.

39 CONGRESO FEDERAL DEL PSOE La competitividad de la economía no puede basarse en la precariedad y los bajos salarios. Necesitamos un modelo económico y social justo y sostenible, que desarrolle políticas de redistribución de la riqueza y potencie el Estado del Bienestar. Propuestas: • Derogación de la reforma laboral del PP, que ha provocado precariedad laboral, bajos salarios, desigualdades y riesgo de pobreza, y elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores para adaptar nuestro sistema de relaciones laborales a las nuevas realidades socioeconómicas. • Alianza de los socialistas con los sindicatos de clase para construir un nuevo modelo socioeconómico, basado en el diálogo social y la negociación colectiva.

LA RECUPERACIÓN DE LOS DERECHOS Las medidas aprobadas y puestas en funcionamiento por el Gobierno socialista han sido decisivas para recuperar una parte, pero aún insuficiente, de los derechos laborales y sociales suprimidos o recortados durante los gobiernos del PP. El proceso de diálogo social, y también el acuerdo alcanzado para el Proyecto de PGE 2019 entre el Gobierno socialista y Unidos Podemos, recogían las disposiciones de la reforma laboral que se querían derogar de forma urgente. Medidas que no se materializaron por el bloqueo parlamentario de las derechas y su rechazo al Proyecto de Presupuestos.

PROGRAMA DEL GOBIERNO DE COALICIÓN PROGRESISTA Nuevo Estatuto de los Trabajadores y compromisos para revertir la reforma laboral de 2012, mediante el Diálogo Social. De forma urgente: derogar el despido objetivo por absentismo por bajas de enfermedad, ultraactividad y prioridad aplicativa de los convenios de empresa. También se tomarán medidas como: limitar subcontratación, revisar el procedimiento de las inaplicaciones, revisión de los contratos formativos y Estatuto del Becario, recuperar los derechos laborales en los procedimientos para modificar las condiciones de trabajo, simplificar los contratos de trabajo y reforzar el principio de causalidad, corregir la normativa sobre trabajo a tiempo parcial, falsos autónomos y revisar la regulación del despido.

UN NUEVO ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES El Gobierno de coalición impulsará, con los interlocutores sociales, la elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores, que compagine la protección de los derechos de los trabajadores/as frente a los desafíos sociales, tecnológicos y ecológicos del siglo XXI, y el reconocimiento de nuevos derechos laborales acordes a la actual realidad económica y social; ello teniendo en cuenta la competitividad de las empresas y el papel de la negociación colectiva como elementos de reequilibrio. Para su redacción se podrá constituir un grupo de expertos/as de los ámbitos académicos y profesionales

UN MARCO LABORAL EQUILIBRADO Y PARTICIPATIVO De acuerdo con el contexto europeo y global: • •





Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea. Carta Social Europea y demás normas sobre derechos laborales del Consejo de Europa. Pilar Europeo de Derechos Sociales y jurisprudencia de los Tribunales de Justicia de la Unión Europea. El Programa de Trabajo Decente y demás normas y convenios establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (ODS).

LOS DERECHOS FUNDAMENTALES El Estatuto de los Trabajadores debe: • Regular la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores/as, proteger los derechos individuales y colectivos en los ámbitos de las relaciones laborales y garantizar la igualdad de oportunidades, de trato y la no discriminación. • Contemplar nuevas realidades, como las vinculadas a procesos de digitalización, robotización e inteligencia artificial y el impacto de las nuevas tecnologías sobre las relaciones laborales. • Racionalizar las relaciones laborales de carácter especial y fijar su regulación básica. • Establecer los criterios para los procedimientos autónomos de resolución de los conflictos laborales.

LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Reconocer a la autonomía colectiva de las organizaciones empresariales y sindicales la capacidad de estructurar y vertebrar el sistema de negociación colectiva, y articular a través de los convenios colectivos sectoriales la distribución de las materias en los ámbitos de negociación y aplicación, incluido el de empresa. Recuperar la ultraactividad y preservar la fuerza vinculante de los convenios colectivos. Reestablecer el poder de negociación de los sindicatos, para equilibrar la relación de fuerzas entre las partes negociadoras. Sindicalización de la negociación colectiva en la empresa.

CONTRATACIÓN ESTABLE Y CON DERECHOS Reforzar el principio de causalidad en la contratación: la contratación indefinida debe ser la forma ordinaria de acceso al empleo, y la contratación temporal la extraordinaria. Las actividades cíclicas y estacionales deben ser cubiertas con la modalidad del fijo discontinuo. Fomentar la inserción laboral de los jóvenes a través de contratos de trabajo y paralelamente regular el Estatuto del Becario. Establecer fórmulas para combatir jurídicamente los abusos en la contratación temporal ilícita. Habría que revisar el Estatuto del Trabajador Autónomo para erradicar la utilización de la figura del falso autónomo. Reformar la regulación del trabajo a tiempo parcial, reforzando la seguridad y la protección de las trabajadoras y controlar en especial la distribución irregular del tiempo de trabajo.

FLEXIBILIDAD Y SEGURIDAD Dar prioridad a los procedimientos de flexibilidad interna frente a la flexibilidad externa. Impulsar la reducción de la jornada laboral para mantener/crear empleo. Reformular de forma equilibrada las causas para las inaplicaciones y modificaciones de las condiciones de trabajo pactadas en los convenios colectivos, garantizando su carácter negociado y la reversibilidad de las medidas. Determinar los criterios para la clasificación profesional y procedimientos negociados de movilidad funcional y geográfica. Ante las discrepancias, potenciar la solución autónoma de los conflictos laborales para desjudicializar las relaciones laborales. Reformar y limitar la regulación de las contratas y subcontratas, incluyendo a las empresas multiservicios y las cadenas de suministro de las empresas transnacionales o multinacionales.

EXTINCIÓN Y SUSPENSIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO En las reestructuraciones los despidos deberían ser la ultima opción, las medidas obedecer a causas objetivas, ser razonables y proporcionales y estar vinculadas al mantenimiento del empleo. Reformar los procedimientos y causas de las extinciones y las suspensiones de los contratos. Introducir la gestión preventiva de los cambios. Gestionar deslocalizaciones, relocalizaciones y planes sociales de acompañamiento. Atribuir a las Administraciones laborales más procedimientos de reestructuraciones empresariales.

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CONDICIONES DE TRABAJO E IGUALDAD • Fijar las condiciones de trabajo mínimas de obligado cumplimiento. • En materia de Seguridad y Salud en el Trabajo se debería actualizar la normativa de Prevención de Riesgos Laborales. • Igualdad de trato y oportunidades, y no discriminación por razones de sexo, orientación, origen, edad, religión, ideología …. • Garantizar la plena igualdad entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de las relaciones laborales. • Regular las medidas de conciliación laboral y personal. Fijar criterios para racionalizar los horarios laborales.

LOS DERECHOS DIGITALES

Regular el uso individual y colectivo de las nuevas tecnologías en el ámbito laboral. También el teletrabajo y el derecho a la desconexión. Proteger la privacidad en las comunicaciones, el respeto a la intimidad y la propiedad intelectual y/o científica. Reconocer la relación laboral en las actividades de las plataformas digitales. Establecer medidas preventivas para proteger a los trabajadores/as, ante los efectos de la digitalización de la economía sobre el empleo y las condiciones de trabajo.

LA INTERVENCIÓN SINDICAL Reconocer la interlocución sindical en todos los ámbitos de la empresa o el grupo. Actualizar los derechos de información, consulta, negociación y participación ante las nuevas realidades organizativas, tecnológicas y productivas en el centro de trabajo, la empresa y grupo de empresas. Definir la figura y las consecuencias laborales de los grupos empresariales y redes empresariales, y determinar los criterios de interlocución y representación de los representantes de los trabajadores. Establecer las garantías sindicales y medios para la actividad de los representantes de los trabajadores en instancias sindicales internacionales: Comités de Empresa Europeos y Comités Mundiales.

LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA Determinar las obligaciones empresariales en los procesos de información y/o consulta previa ante las decisiones que puedan afectar al empleo y/o las condiciones de trabajo, cambios societarios, restructuraciones, medidas de igualdad, medioambientales, etc. Consecuencias de su incumplimiento. Establecer la implicación de los representantes de los trabajadores en la organización del trabajo. Regular la participación de los representantes de los trabajadores en los órganos societarios de las empresas o grupos empresariales. Definir las posibilidades de la participación financiera de los trabajadores en capital de la empresa o grupo.

UNA LEGISLACIÓN NEGOCIADA ES UNA LEGISLACIÓN ESTABLE En un contexto democrático, como el nuestro, la elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores para el siglo XXI debe garantizar la igualdad, el equilibrio, la flexibilidad y la seguridad, y generar la adecuada confianza y estabilidad en nuestro sistema de relaciones laborales. Para ello se debería impulsar el diálogo social con las organizaciones sindicales y empresariales y el máximo consenso político con los grupos parlamentarios.

GRACIAS El contenido de esta presentación es de la exclusiva responsabilidad del autor.