Tres Generaciones de Derechos Humanos

Tres generaciones de derechos humanos La división de los derechos humanos en tres generaciones, fue inicialmente propues

Views 151 Downloads 0 File size 216KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Tres generaciones de derechos humanos La división de los derechos humanos en tres generaciones, fue inicialmente propuesta en 1979 por el juristacheco Karel Vasak en el Instituto Internacional de Derechos Humanos en Estrasburgo, Francia.1 El término fue utilizado desde, al menos, noviembre de 1977. Las teorías de Vasak tenían sus raíces sobre todo en la legislación europea, ya que reflejaban principalmente los valores europeos.

Índice Orígenes en la Revolución francesa Derechos fundamentales Primera generación Segunda generación Tercera generación Cuarta generación

Eleanor Roosevelt sosteniendo la Declaración Universal de los Derechos Humanos en español.

Referencias Véase también Enlaces externos

Orígenes en la Revolución francesa Su división sigue las nociones centrales de las tres frases que fueron la divisa de la revolución francesa, Libertad, igualdad, fraternidad. Los capítulos de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europeareflejan en parte este esquema.

Derechos fundamentales Los derechos fundamentales o derechos de generación son los siguientes:

Primera generación Los derechos humanos, tratan esencialmente de la libertad y la participación en la vida política. Son fundamentalmente civiles y políticos, y sirven para proteger al individuo de los excesos del Estado. Los derechos de primera generación incluyen, entre otras cosas, la libertad de expresión, el derecho a un juicio justo, la libertad de religión, y el sufragio. Estos derechos fueron propuestos por primera vez en la Carta de Derechos de los Estados Unidos, y en Francia por la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en el siglo XVIII, y fueron consagrados por primera vez a nivel global por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y dándole lugar en el derecho internacional en los artículos 3 al 21 de la Declaración Universal y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Fueron reconocidos fundamentalmente con la Revolución Francesa y la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano.

Segunda generación Los derechos humanos de la segunda generación están relacionados con la equidad y comenzaron a ser reconocidos por los gobiernos después de la Primera Guerra Mundial. Son fundamentalmente sociales, económicos y culturales en su naturaleza. Aseguran a los diferentes miembros de la ciudadanía igualdad de condiciones y de trato. Incluyen el derecho a ser empleados, los derechos a

vivienda, a la educación y a la salud, así como la seguridad social y las prestaciones por desempleo. Al igual que los derechos de primera generación, también fueron incluidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en los artículos 22 al 27 y, además, incorporados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En Estados Unidos, el presidente Franklin D. Roosevelt propuso una segunda Carta de Derechos, que abarcaba gran parte de este tipo de derechos, en su discurso del Estado de la Unión el 11 de enero de 1944. La siguiente tabla recoge los derechos humanos plasmados en cada artículo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Artículo

Derecho reconocido

Art. 6

Derecho al trabajo y a la libre elección de empleo

Art. 7

Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

Art. 8

Libertad sindical y derecho de huelga

Art. 9

Derecho a la seguridad social

Art. 10

Protección de la familia y los menores

Art. 11

Derecho a un nivel de vida adecuadoy a la mejora continua de las condiciones de existencia

Art. 12

Derecho a la salud

Arts. 13 y 14

Derecho a la educación

Art. 15

Derecho a participar en la vida cultural. Protección, desarrollo y difusión de la ciencia y la cultura

Para el Observatorio DESC los derechos económicos, sociales y culturalesbásicos y principales son los siguientes:2 Derecho a una vivienda digna; Derecho al agua; Derecho a la salud (asistencia social, asistencia médica, seguridad social y cobertura sanitaria universal); Derecho a una educación adecuada; Derecho a una alimentación adecuada; Derecho al trabajo (incluyendo Derecho de huelga y libertad en la elección de empleo); Derecho al medio ambiente, incluyendo "el derecho a disfrutar de un entorno ambiental seguro para el desarrollo de la persona".2

Tercera generación Por su parte, la tercera generación de derechos, surgida en el siglo XX, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización de una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación genética, aunque diferentes juristas asocian estos derechos a otras generaciones: por ejemplo, mientras que para la protección contra la manipulación genética sería un derecho de cuarta generación, para Cristian Camilo García [cita requerida] es una manifestación, ante nuevas amenazas, de derechos de primera generación como el derecho a la vida, la libertad y la integridad física y cultural. Este grupo fue promovido a partir de los ochenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos. Entre otros, destacan los relacionados con: El uso de los avances de las ciencias y la tecnología. La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos El ambiente. Los derechos del consumidor. El desarrollo que permita unavida digna. El libre desarrollo de la personalidad.

Cuarta generación Ampliando el esquema propuesto por Vasak, después de analizar lo sucedido en los últimos años, varios autores como David Vallespín Pérez,3 Franz Matcher,4 Antonio Pérez Luño,5 Augusto Mario Morello,6 Robert B. Gelman,7 Javier Bustamante Donas8 y Juan Carlos Riofrío Martínez-Villalba9 afirman que está surgiendo una cuarta generación de derechos humanos. Sin embargo, el contenido de la misma no es claro, y estos autores no presentan una propuesta única. Normalmente toman algunos derechos de la tercera generación y los incluyen en la cuarta, como el derecho al medio ambiente o aspectos relacionados con la bioética. Javier Bustamante afirma que la cuarta generación viene dada por los derechos humanos en relación con las nuevas tecnologías,10 mientras Riofrío9 prefiere hablar de derechos digitales, donde se encontrarían una nueva gama de derechos, como: El derecho a existir digitalmente El derecho a la reputación digital La estima digital La libertad y responsabilidad digital La privacidad virtual, el derecho al olvido, el derecho al anonimato El derecho al big-reply El derecho al domicilio digital El derecho a la técnica, al update, al parche El derecho a la paz cibernética y a la seguridad informática El derecho al testamento digital Otros señalan que el elemento diferenciador sería que, mientras las tres primeras generaciones se refieren al ser humano como miembro de la sociedad, los derechos de la cuarta harían referencia al ser humano en tanto que especie. Finalmente hay autores que esquematizan las oleadas de derechos humanos en cinco generaciones. Así, Helio Gallardo defiende la existencia de cinco generaciones de derechos humanos,11 que identifica con las reivindicaciones de diferentes grupos sociales. Serían los derechos civiles y políticos, reclamados por la burguesía; los económicos, sociales y culturales, propios de los movimientos obreros y antiesclavistas; los derechos de los pueblos y sectores diferentes, incluyendo las luchas de descolonización y feministas; los ambientales, que define como derechos las generaciones futuras; y los relativos al control del cuerpo y la organización genética de uno mismo, enfrentados a la mercantilización del interior de la vida.

Referencias 7. Gelman, Robert B., Declaración de los Derechos 1. Karel Vasak, "Human Rights: A Thirty-Year Struggle: Humanos en el ciberespacio (https://web.archive.org/w the Sustained Efforts to give Force of law to the eb/20040427223739/http://www.arnal.es/free/info/decla Universal Declaration of Human Rights", UNESCO racion/html) Courier 30:11, Paris: United Nations Educational, 8. Bustamante Donas, Javier, Hacia la cuarta generación Scientific, and Cultural Organization, November 1977. de Derechos Humanos: repensando la condición 2. "Derechos económicos, sociales y culturales|" (http://w humana en la sociedad tecnológica (http://www.campu ww.observatoridesc.org/es/que-son-els-descs). s-oei.org/revistactsi/numero1/bustamante.htm) Observatori DESC. 9. Riofrío Martínez-Villalba, Juan Carlos (diciembre de 3. Vallespín Pérez, David (2002). El modelo 2014). «La cuarta ola de derechos humanos: los constitucional de juicio justo en el ámbito del proceso derechos digitales» (http://www.revistas.una.ac.cr/inde civil. Barcelona: Atelier. ISBN 84-95458-64-0. x.php/derechoshumanos/article/view/6117) (pdf). 4. Matcher, Franz, «La protection judiciarie des droits de Revista Latinoamericana de Derechos Humanos 15 l'homme», Informe General presentado en el Congreso (1). Consultado el 8 de junio de 2007. Internacional Extraordinario de Derecho Procesal, 10. Bustamante Domas, Javier (septiembre de 2001 Bolonia, 1988, v. I, sobre la Tutela giurisdizionale dei /diciembre). «Hacia la cuarta generación de Derechos diritti dell'uomo a livello nazionale ed internazionale, p. Humanos: repensando la condición humana en la 12. sociedad tecnológica» (http://www.oei.es/revistactsi/nu 5. Pérez Luño, Antonio Enrique (1991). «La evolución del mero1/bustamante.htm) (pdf). Revista Interamericana Estado social y la transformación de los derechos de Ciencia, Tecnología, Sociedad e Innovación (1). fundamentales». Problemas de legitimación en el Consultado el 18 de septiembre de 2007. Estado social. Madrid: Trotta., pp. 96 y 97 11. Gallardo, Helio (julio de 2003 /diciembre). «Nuevo 6. Morello, Augusto Mario (1998). «Los derechos del Orden Internacional, derechos humanos y Estado de hombre de las tercera y cuarta generaciones». Derecho en América Latina» (https://web.archive.org/w Estudios de derecho procesal – nuevas demandas – eb/20070929002704/http://www.unibrasil.com.br/public nuevas respuestas, v. 2. Buenos Aires: acoes/critica/22/n.pdf) (pdf). Revista Crítica Jurídica Platense/Abeledo-Perrot., pp. 943-951 (22): 260, nota al pie n.º6. Archivado desde el original

(http://www.unibrasil.com.br/publicacoes/critica/22/n.pd f) el 29 de septiembre de 2007. Consultado el 20 de

junio de 2007.

Véase también Portal:Derecho. Contenido relacionado conDerecho. Derechos económicos, sociales y culturales Derechos humanos Derechos positivos y negativos Derechos sociales Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos Declaración y Programa de Acción de Viena

Enlaces externos Wikimedia Commons alberga una categoría multimedia sobreTres generaciones de derechos humanos. Wikinoticias tiene noticias relacionadas conTres generaciones de derechos humanos. Wikiquote alberga frases célebres de o sobreTres generaciones de derechos humanos. Wikisource contiene obras originales de o sobreTres generaciones de derechos humanos. DHpedia: Tres generaciones de derechos humanos DHpedia: Derechos humanos de cuarta generación ¿Qué son los derechos humanos? Obtenido de «https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=T res_generaciones_de_derechos_humanos&oldid=109208576 » Se editó esta página por última vez el 10 jul 2018 a las 18:04. El texto está disponible bajo laLicencia Creative Commons Atribución Compartir Igual 3.0 ; pueden aplicarse cláusulas adicionales. Al usar este sitio, usted acepta nuestrostérminos de uso y nuestra política de privacidad. Wikipedia® es una marca registrada de laFundación Wikimedia, Inc., una organización sin ánimo de lucro.