Tras Las Huellas de Un Territorio

TRABAJO PRACTICO N°3 BIBLIOGRAFÍA DE ANÁLISIS: Barriera, Dario G. “Tras las huellas de un territorio”. ALUMNA: Silvana S

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TRABAJO PRACTICO N°3 BIBLIOGRAFÍA DE ANÁLISIS: Barriera, Dario G. “Tras las huellas de un territorio”. ALUMNA: Silvana Silva AÑO: 2017

1) Concepto de territorio según el texto de Barriera: Un territorio es ante todo el resultado y el estado de una relación histórica de carácter político entre una sociedad, el terreno que organiza y las instituciones con las cuales se ordena esta relación. Concepto de provincia según el texto de Barriera: Provincia es una parte de tierra extendida, sirve para designar territorios extensos y lejanos subordinados a una autoridad superior. 2) El autor utilizo la metáfora “Castilla aprende de Roma” porque: en el siglo XIII a través de la absorción y reelaboración del derecho, pero también en la adopción de un modelo castrense aplicado a la organización del espacio: la cuadricula o damero, utilizados como dispositivo físico correspondiente a un modelo social. Castilla utiliza la traza de tipo castrense, que en principio le sirvió para organizar poblaciones militarmente. Es por eso que dice que Castilla aprende de Roma ya que Castilla uso mucho de la herencia romana. 3) Se considera prioritario crear circuitos de comunicación que permitieran mantener el flujo de los intercambios en términos convenientes para Castilla, el centro que había organizado la expansión. Bajo los Habsburgo, la monarquía de los siglos XVI y XVII fue más fuerte cuando su centro permitió mayor calidad y cantidad de circulación. Los monarcas castellanos firmaron contratos con los primeros particulares que realizaron las expediciones de conquista. En dichos contratos, llamados “capitulaciones”, los particulares se obligaban a organizar y financiar la empresa de conquista en todos sus aspectos, los monarcas le daban a cambio título de gobernador de las tierras a conquistar y delegaban en ellos potestades para fundar ciudades. Para expresar cual era el alcance de una jurisdicción, en general se procedía a listar los nombres de las gobernaciones, sus cabeceras, ofrecer listas de pueblo, villas, lugares, pagos y, siempre que fueron de utilidad, se utilizaron referencias geográficas. No obstante, una vez conquistado el territorio, el núcleo duro, la unidad primera para componer, agregar o desagregar jurisdicciones era la ciudad. Y en principio fue la jurisdicción que cada ciudad se había asignado para sí. Este dispositivo era el que iniciaba la transformación de los territorios en verdaderos espacios políticos. Hasta 1516, los reinos de las indias fueron señoríos de los Reyes Católicos. Después de esa fecha apareció la expresión de islas y provincias de la corona de Castilla. Para los territorios de ultramar, la monarquía hispánica utilizo inicialmente la capitulación, delegando la autoridad con mixto imperio sobre una nave o una flota en el almirante y, después de los viajes de Colon, titular de la gobernación y máxima autoridad militar, gubernativa y judicial del territorio a conquistar. 4) Origen del nombre RIO DE LA PLATA: Solís dio al actual Rio de la Plata el nombre de Mar Dulce, y remonto sus aguas internándose por un rio que los indígenas llamaban el Paraná Guazú y que él nombró Santa María. En enero de 1516 tras la muerte de Solís, su cuñado Francisco de Torres tomó el mando y a partir de sus informes el Mar Dulce fue designado como Rio de Solís. La aventura comenzó el 8 de octubre de 1515 y concluyó el 2 de febrero de 1516. Aquel día marcó el descubrimiento oficial de nuestro conocido Río de la Plata.

El Río de la Plata tiene forma triangular, cerca de 300 kilómetros de largo, un ancho máximo de 219 kilómetros, más de tres millones de kilómetros cuadrados y unos diez metros de profundidad como promedio. El mapa de América luego de la llegada de los europeos se va configurando asi: El territorio concedido a Francisco Pizarro (la Gobernación de Nueva Castilla) se ampliaba en 70 leguas y se creaban las gobernaciones de nueva Toledo (concedida a Diego de Almagro), Nueva León (a Simón de Alcazaba) y del Rio de la Plata (capitulada con Pedro de Mendoza). Las gobernaciones eran representadas como rectángulos formados entre paralelos con la línea de Tordesillas al este y el océano pacifico al oeste. 5) Situación de Buenos Aires entre 1617 a 1776: a) Constitución de gobernaciones: la gobernación del Paraguay, o utilizando un vocablo todavía no estabilizado en el léxico administrativo, las “provincias del Paraguay y Rio de la Plata”. Por otra parte, desde 1563 la población de esta gobernación y la del Tucumán fueron subordinadas judicialmente al distrito de la Real Audiencia de Charcas. Un puñado de ciudades mantenían entre si relaciones de jerarquías y complementariedad. La diferenciación jurisdiccional entre el Paraguay y el Rio de la Plata se sanciono el 16 de diciembre de 1617, cuando Felipe III ordenó dividir en dos la enorme gobernación paraguayo-rioplatense. Para entonces, la ciudad de Buenos Aires había crecido más que asunción, corrientes, Concepción del Bermejo y Santa Fe en todos los órdenes. b) Fundación de ciudades: se distinguía por la creación de un cabildo, institución desde la cual los hombres que tenían los privilegios y las obligaciones de la vecindad se reunían a discutir las cuestiones del gobierno de la ciudad. Los cabildos rioplatenses creados a imagen y semejanza de los hispanoperuanos, estaban integrados por dos alcaldes ordinarios (máximas autoridades de gobierno y administradores de la justicia), regidores (que ocupaban sus asientos de regimiento, al comienzo fueron seis en cada ciudad y las regidurías podían comprarse en la corona en subastas públicas) y una serie de oficiales y funcionarios que cumplían diferentes roles. c) Cabecera de nuevos gobiernos: la designación de Buenos Aires como cabecera de la nueva gobernación del Rio de la Plata significo esta vez la victoria de un proyecto que completaba el de Garay y al mismo tiempo lo liquidaba: Buenos Aires había desplazado a Asunción como centro neurálgico en el mundo rioplatense y se despegaba del lejano gobierno paraguayo. Los grupos de productores y de comerciantes que controlaban el gobierno del cabildo de Buenos Aires dieron por finalizada su dependencia de Asunción y de las familias que hasta entonces habían intentado mantener el control político del territorio. 6) Cabecera del gobierno y de la justicia: la ciudad de Buenos Aires como cabecera de la nueva gobernación del Rio de la Plata (17 de diciembre de 1617) y atribuyo igual número de ciudades (cuatro para cada una) y una extensión mas o menos equitativa para cada gobernación. A la división de esta gobernación correspondió la del obispado: así se crearon la gobernación de Buenos Aires (1617) y obispado homónimo en 1620. Pero esta simetría entre los gestos territoriales para organizar el gobierno de lo civil y de lo religioso había comenzado en el siglo XVI (el cabildo de Asunción fue creado en 1541 y el obispado del Paraguay, con sede en la misma ciudad, 1547). Desde que Buenos Aires adquirió la condición de cabecera de gobernación, disfruto de nuevos derechos y contrajo nuevas obligaciones respecto de las otras ciudades que componían esta nueva provincia; en ese momento (1617) Santa Fe, Concepción del Bermejo y Corrientes.

Un teniente de gobernador, aparte de presidir el cabildo, se desempeñaba como la justicia mayor en la ciudad y tenía también la función de “capitán de guerra”: era el máximo responsable a la hora de tomar decisiones sobre las cuestiones más urgentes. Cuando la cabecera significaba un obstáculo para sus intereses, las ciudades sujetas a ella debían acudir a una autoridad superior: en 1625, por caso, los santafesinos solicitaron ante la Real Audiencia de Charcas la instalación de una aduana. En 1726 santa Fe, a través de contactos en la Corte, se dirigió directamente al Rey, de quien obtuvo una cedula que la designaba Santa Fe como puerto preciso, es decir, paso obligado y con derechos a cobrar impuestos sobre todas las mercaderías que bajaban desde Asunción por rio, la cual perjudicaba notoriamente a Buenos Aires, sede de la gobernación. Buenos Aires también fue sede del máximo tribunal de justicia residente en América: la Real Audiencia. Lo fue en dos ocasiones: entre 1661 y 1672 y entre 1785 y 1812, cuando el “Reglamento de Institución y Administración de Justicia del Gobierno Superior Provisional de las Provincias Unidas del Rio de la Plata” la remplazó por una Cámara de Apelaciones. El gobierno de las campañas: protagonizaron un brutal crecimiento durante el último cuarto del siglo XVIII, y en muy poco tiempo pasaron de ser territorios “rurales”, sujetos al cabildo bonaerense por un alcalde de la hermandad, a villas con cabildo, vinculadas con la gobernación. Esta vía de transformación del vínculo político entre la campaña entrerriana y la sede del virreinato y la intendencia fue, de cualquier modo bastante excepcional. La funciones más importantes y permanentes de los alcaldes durante todo el periodo de vida de la institución fue la de controlar a la población flotante de hombres jóvenes, migrantes y solteros, que anualmente llegaban “a la campaña para conchabarse en las tareas agrícolas y ganaderas, asegurándose, ante la amenaza de la prisión o del reclutamiento forzoso, que efectivamente se enganchen como trabajadores asalariados.