Trabajo Sistema Financiero

INTRODUCCION El Sistema Financiero (llamado también Sector Financiero) es el conjunto de instituciones que, previamente

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INTRODUCCION El Sistema Financiero (llamado también Sector Financiero) es el conjunto de instituciones que, previamente autorizadas por el Estado, están encargadas de captar, administrar e invertir el dinero tanto de personas naturales como de personas jurídicas (nacionales o extranjeras). Hacen parte del Sistema Financiero aquellas entidades que se encargan de prestar servicios y facilitar el desarrollo de múltiples operaciones financieras y comerciales. De igual manera, el concepto de Sistema Financiero abarca el conjunto de normas, instrumentos y regulaciones (por ejemplo el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero) que recaen sobre personas e instituciones que actúan en el mercado financiero, ya sean o no intermediados.

EL SISTEMA FINANCIERO 1

I. •

CONCEPTOS.

Jorge Soley Sans1, nos dice que una definición apropiada del Sistema Financiero, podría ser: “El sistema financiero de cualquier país es el conjunto de mercados e instituciones que canalizan recursos desde las unidades económicas poseedoras de ahorros a las que son deficitarias”. De esta forma, se puede considerar como objetivo principal de dicho sistema el establecer una relación entre las personas que desean prestar o invertir dinero y las que desean endeudarse o financiarse. Esta relación se concreta en un flujo de fondos económicos entre ambas partes, que puede constituirse mediante lo que se denomina “financiación directa” o bien “financiación indirecta”2.



Calvo Bernardino, Parejo Gámir y Rodríguez Sáiz, nos dicen que en un sentido general, el sistema financiero (sistema de finanzas) de un país está formado por el conjunto de instituciones, medios y mercados, cuyo fin primordial es canalizar el ahorro que generan los prestamistas o unidades de gasto con superávit, hacia los prestatarios o unidades de gasto con déficit. El sistema financiero comprende, pues, tanto los instrumentos o activos financieros, como las instituciones o intermediarios y los mercados financieros: los intermediarios compran y venden los activos en los mercados financieros 3. Esta misión resulta fundamental por dos razones: la primera es la no coincidencia, en general, de ahorradores e inversores, esto es, las unidades que tienen déficit son distintas de las que tienen superávit; la segunda es que los deseos de los ahorradores tampoco coinciden, en general, con los de los inversores respecto al grado de liquidez, seguridad y rentabilidad de los activos emitidos por

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SOLEY SANS, Jorge. “El Sistema Financiero y su encuentro con la empresa”. Ediciones DEUSTO S.A. España - 2000. Pág. 17. 2 Financiación.- Hace referencia a la captación de recursos propios o de terceros para aplicar a la inversión o compra de bienes. Financiación Directa.- los prestatarios captan fondos directamente de los prestamistas en los mercados financieros por la venta de instrumentos financieros, que constituyen derechos sobre los ingresos o activos futuros del prestatario. Financiación Indirecta.- los denominados intermediarios financieros (bancos, cajas, entidades de depósito) intervienen en la transferencia de recursos entre ahorradores y prestatarios, por la toma de fondos de los ahorradores mediante la emisión de un pasivo, y adquirir un activo, a través de la concesión de préstamos o la adquisición de obligaciones y bonos emitidos por empresas. Diccionario de Finanzas: http://www.euroresidentes.com/empresa_empresas/diccionario_de_empresa/finanzas/f/financiacion.htm 3 Antonio Calvo Bernardino, José Alberto Parejo Gámir, Luis Rodríguez Sáiz y Álvaro Cuervo García. “Manual del sistema financiero español”. Editorial Ariel. Barcelona – España. 22°edición actualizada: febrero de 2010. Pág. 01.

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estos últimos, por lo que los intermediarios han de llevar a cabo una labor de transformación de activos, para hacerlos más aptos a los deseos de los ahorradores. Esta labor de intermediación es llevada a cabo por las instituciones que componen el sistema financiero, y se considera básica para realizar la transformación de los activos financieros, denominados primarios, emitidos por las unidades inversoras (con el fin de obtener fondos para aumentar sus activos reales), en activos financieros indirectos, más acordes con las preferencias de los ahorradores. Agrega que, el sistema financiero puede ser estudiado bajo tres puntos de vista: el de las instituciones que lo forman (entre ellas, las autoridades monetarias y financieras), el de los activos financieros que se generan y el de los mercados en que se operan. Así, en gran medida, la decisión respecto de seguir un criterio u otro debe tomarse en función de las características básicas del sistema financiero que vaya a ser objeto de estudio. •

El sistema financiero comprende, tanto los instrumentos o activos financieros, como las instituciones o intermediarios y los mercados financieros: los intermediarios compran y venden los activos en los mercados financieros. Es decir, es aquel conjunto de instituciones, mercados y medios de un país determinado cuyo objetivo y finalidad principal es la de canalizar el ahorro que generan los prestamistas hacia los prestatarios.



El sistema financiero cumple la misión fundamental en una economía de Mercado, de captar el excedente de los ahorradores (unidades de gasto con superávit) y canalizarlo hacia los prestatarios públicos o privados (unidades de gasto con déficit). Esta misión resulta fundamental por dos razones: la primera es la no coincidencia, en general, de ahorradores e inversores, esta es, las unidades que tienen déficit son distintas de las que tienen superávit; la segunda es que los deseos de los ahorradores tampoco coinciden, en general, con los de los inversores respecto al grado de liquidez, seguridad y rentabilidad de los activos emitidos por estos últimos, por lo que los intermediarios han de llevar a cabo una labor de transformación de activos, para hacerlos más aptos a los deseos de los ahorradores.



El sistema financiero está conformado por el conjunto de Instituciones bancarias, financieras y demás empresas e instituciones de derecho público o privado, debidamente autorizadas por la 3

Superintendencia de Banca y Seguro, que operan en la intermediación financiera (actividad habitual desarrollada por empresas e instituciones autorizadas a captar fondos del público y colocarlos en forma de créditos e inversiones. Es el conjunto de instituciones encargadas de la circulación del flujo monetario y cuya tarea principal es canalizar el dinero de los ahorristas hacia quienes desean hacer inversiones productivas. Las instituciones que cumplen con este papel se llaman “Intermediarios Financieros” o “Mercados Financieros”. •

Es el conjunto de instituciones, personas jurídicas y naturales, así como de instrumentos de captación y de colocación que permiten el intercambio de dinero a través de la captación de recursos del público para ser colocado en los diversos sectores de la economía. Por tanto, tiene como fin fundamental la canalización de los recursos por el ahorro acumulado por las unidades de gasto con superávit hacia aquellos agentes que demandan financiación de unidades de gasto con déficit. II. FUNCIONES. Los servicios que presta el sistema financiero son numerosos y cada vez más necesarios para el comportamiento económico de particulares y empresas. Pero según el lugar que este ocupa en el funcionamiento del sistema económico, vamos a destacar 3 funciones fundamentales: A. Provisión de recursos a sectores productivos: (Proveer a los inversores, de fondos para realizar inversiones). Es la función principal. El sistema financiero hace posible los procesos de inversión productiva y a través de ello condiciona el nivel de producción real y el nivel de empleo. Para ello el sistema financiero realiza 3 subfunciones: Captación, Canalización y Asignación de los recursos financieros. a.1 Captación de capital. La cantidad de recursos disponibles para la inversión depende de la capacidad del sistema financiero de captar ahorro. El ahorro depende de la rentabilidad, liquidez y riesgo que ofrezcan los intermediarios financieros a las unidades económicas excedentarias, por la que el sistema financiero puede influir en al nivel de ahorro. Por tanto su

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funcionamiento debe ser óptimo para captar el máximo ahorro potencial y convertirlo en ahorro efectivamente disponible. a.2. Canalización. Para su buen funcionamiento es necesaria una estructura suficientemente diversificada para ofrecer a los inversores un fácil acceso a las fuentes de financiación (ofrecer diversidad de productos tanto para ahorradores, como para inversores), buscando un coste de intermediación mínimo (coste del proceso de canalización que suponen una carga para la economía, al reducir el volumen de recursos disponibles). a.3. Asignación de recursos. Es necesario que el sistema financiero seleccione las mejores oportunidades de inversión, garantizándole financiación suficiente. Es una forma de impulsar a las empresas, es importante que inversiones potencialmente rentables no queden desasistidas. B. Creación de liquidez. El efectivo en circulación, billetes y monedas de uso legal suponen un 10% de la liquidez total (no todo el dinero que poseen las personas existe físicamente). El resto del dinero lo crean las entidades financieras con la concesión de préstamos y créditos y la disponibilidad de fondos captados a los ahorradores. Por tanto es necesario exigir a las entidades financieras un máximo de solvencia, esto lo controla la autoridad monetaria. C. Soporte de la política monetaria. La política monetaria se utiliza fundamentalmente para controlar la inflación. Para la aplicación de los instrumentos de política monetaria, coeficiente de caja (cantidad de dinero liquidado), fluctuación de los tipos de interés (si sube el tipo de interés, bajan los préstamos y baja la liquidez), etc. necesitan al sistema financiero. Además tenemos: -

Mantener el equilibrio financiero.

-

Valorar el riesgo.

-

Fomentar el ahorro.

-

Gestionar medios de pago.

-

Contribuir a la estabilidad económica.

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II.

PRINCIPIOS DEL DERECHO DEL MERCADO FINANCIERO.

a) Principio general de eficiencia.

El derecho del mercado financiero se funda en el principio de eficiencia del mercado del crédito y del mercado de valores como medios capaces de asignar el ahorro a la inversión. Se protege el correcto funcionamiento de estas dos piezas del régimen jurídico del Sistema Financiero. Esta eficiencia se pretende lograr con la aplicación de los principios de promoción del público ahorrista, de especialización, pluralismo y garantía de la estabilidad de las entidades financieras y de transparencia en el mercado. Son principios que alcanzan especial intensidad en el Derecho del mercado de crédito, en especial del bancario. Es en banca donde se manifiestan de forma más pura los principios del Derecho del mercado financiero. La Ley General del Sistema Financiero y de Seguros promueve un Sistema Financiero sólido, competitivo y confiable, lo que concreta la necesidad de optimizar la eficiencia.

b) Principio de protección del público ahorrista.

La eficiencia del mercado financiero exige la protección del público ahorrista. En ese sentido, algunos autores se centran en las normas de protección del público depositante e inversionista para justificar la existencia del Derecho del mercado financiero. Para proteger al público ahorrista se prohíbe la captación de fondos reembolsables del público al margen del control del derecho del mercado financiero. Nuestro sistema jurídico prohíbe en el ámbito del Derecho Administrativo, según la Ley 26702, que personas naturales y jurídicas sin autorización de la SBS puedan realizar actividades de intermediación financiera y el artículo 246 del Código Penal tipifica la denominada intermediación financiera irregular como un delito financiero. Ello evidencia que es privativo de estas entidades la captación de fondos reembolsables del público al margen del control del Derecho del mercado financiero, ya sea en su vertiente bancaria o de mercado de 6

valores. Se considera exclusivo, de estas entidades, la captación de fondos reembolsables del público, cualquiera fuere su destino, en forma de depósito, préstamo, cesión temporal de activos financieros u otras análogas que no están sujetas a las normas de ordenación y disciplina del mercado de valores. Asimismo, la protección jurídica al consumidor se justifica por el hecho de que el nivel de riesgo en que incurre el público que entrega sus fondos a las entidades financieras puede alterarse bruscamente y sin aviso. Igualmente debe señalarse que es la propia eficiencia del mercado financiero la que exige la protección del ahorrista. Estas normas tuitivas tienen aplicación preferente ante la existencia de normas generales de protección del consumidor.

c) Principio de especialización financiera y pluralismo institucional.

El derecho del mercado financiero se funda en el ejercicio exclusivo de las actividades financieras por las entidades habituales bajo los principios de especialización y pluralismo. La defensa de la estabilidad financiera impone la especialización financiera asociada al carácter reservado de cada una de las actividades. Pero, asimismo, rige en ese ámbito el pluralismo institucional. El desarrollo bancario o de prestación de servicios de inversión no es exclusivo de una única categoría de entidad financiera. No hay una entidad titular de la reserva, sino una pluralidad de categorías que gozan de tal posición. La especialización es perfectamente compatible con el pluralismo. Para su existencia no es necesario que todas las entidades que desempeñan la función reservada tengan la misma naturaleza. Por lo tanto, la captación de fondos reembolsables del público es una actividad exclusiva de las entidades de crédito y cuando se realiza con emisión de valores u otros instrumentos financieros, de las emisiones de valores mobiliarios, que suscitan el Derecho del Mercado de Valores. La especialización de las entidades opera en el Sistema Financiero en función de la actividad financiera específica que desarrollan. Mediante la reserva se identifica la categoría de empresa financiera y se garantiza la aplicación de las normas contenidas en la legislación bancaria. Las empresas financieras deben tener dedicación típica y habitual a su actividad de cierta manera excluyente. Pueden desarrollar otras actividades accesorias o no de la principal, pero con carácter secundario.

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De otro lado, el pluralismo institucional consiste en la reserva de la actividad a favor de distintas categorías de entidades. En el derecho del mercado financiero se considera que el mejor desempeño de la actividad bancaria o de la prestación de servicios de inversión aconseja la atribución del ejercicio de cada una de estas actividades en una pluralidad de categorías de entidades.

d) Principio de transparencia.

El derecho del mercado financiero se justifica por la necesidad de que exista una ordenación jurídica que permita al mercado cumplir la función de asignar el ahorro a las necesidades de financiación. Para que el mercado cumpla esta función el público debe conocer el contenido y significado de las operaciones. En respuesta a esta exigencia de transparencia, el Banco impone cierta uniformidad en la forma de los contratos y en la modalidad del cumplimiento de los contratos, en los procedimientos de contratación y liquidación de las operaciones. Este principio está estrechamente vinculado al de protección al ahorrista. La transparencia operativa se completa en el mercado de valores, con la información que deben facilitar los emisores al mercado, la que debe ser suficiente e igual para todos, a fin que los interesados puedan adoptar una decisión fundada. La transparencia informativa alcanza a extremos jurídicos (estatutos) y económicos (solvencia, liquidez y rentabilidad) así como a cualquier hecho relevante con repercusión sobre las expectativas del emisor. La obligación de suministrar información al mercado se impone en aquellas sociedades anónimas que recurren al ahorro público a través del mercado, con lo cual el derecho del mercado de valores influye en la estructura financiera de la sociedad anónima.

IV. COMPONENTES DEL SISTEMA FINANCIERO. La estructura del sistema financiero se configura en base a 03 elementos: 1. Activos financieros y dinero. Los activos financieros son aquellos títulos o anotaciones contables emitidos por las unidades económicas de gasto, que constituyen un medio de mantener riqueza para quienes los poseen y un pasivo para quienes lo generan. Los activos financieros, a diferencia de los activos reales, no contribuyen a incrementar la riqueza 8

general de un país, ya que no se contabilizan en el Producto interior bruto de un país, pero sí contribuyen y facilitan la movilización de los recursos reales de la economía, contribuyendo al crecimiento real de la riqueza. Las características de los activos financieros son tres: - Liquidez4.- en economía, negocios o inversiones la liquidez es la capacidad de un activo para ser convertido en dinero en efectivo de forma rápida, sin pérdida de su valor. Se puede definir la liquidez, además, como la facilidad de intercambiar un activo por productos y servicios, siendo el dinero en efectivo el activo de mayor liquidez ya que puede ser utilizado de forma inmediata para cualquier transacción económica. Liquidez también hace referencia a la capacidad de una empresa de cumplir con sus obligaciones de pago en términos de capacidad para procesar los suficientes activos líquidos5 y también se refiere a la cantidad de dichos activos. - Rentabilidad6.- es la capacidad que tiene algo para generar suficiente utilidad o beneficio. La rentabilidad es un índice que mide la relación entre utilidades o beneficios, y la inversión o recursos que se utilizaron para obtenerlos. - Riesgo.- proviene del italiano risico o rischio que, a su vez, tiene origen en el árabe clásico rizq (“lo que depara la providencia”). El término hace referencia a la proximidad o contingencia de un posible daño.

En economía, el riesgo económico hace referencia a la incertidumbre producida en el rendimiento de la inversión debida a los cambios producidos en la situación económica del sector en el que opera. El dinero, en términos financieros, no es solo la circulación fiduciaria (monedas y billetes), son también otros activos de alta liquidez (depósitos en cuenta corriente). 4

www.efxto.com/diccionario/l/3932-liquidez.

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Un activo líquido es aquel que cumple con todas o alguna de las siguientes características: - Puede ser vendido rápidamente; - Puede ser vendido con una pérdida de valor mínima; - Puede ser vendido en cualquier momento dentro del horario del mercado. Fuente: http://www.efxto.com/diccionario/l/3932-liquidez#ixzz1spJMZGA5. 6 http://www.crecenegocios.com/definicion-de-rentabilidad/

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2. Mercados financieros. Los mercados financieros son el mecanismo o lugar a través del cual se produce un intercambio de activos financieros y se determinan sus precios. El sistema no exige, en principio, la existencia de un espacio físico concreto en el que se realizan los intercambios. El contacto entre los agentes que operan en estos mercados puede establecerse de diversas formas telemáticas, telefónicamente, mediante mecanismos de subasta o por internet. Tampoco es relevante si el precio se determina como consecuencia de una oferta o demanda conocida y puntual para cada tipo de activos. 3. Mediadores e Intermediarios Financieros. Los agentes Especialistas, un tipo de intermediario financiero, ponen en contacto a las familias que tienen recursos, con aquellas empresas que necesitan dichos recursos. Hay que equilibrar la voluntad de invertir con la necesidad que tienen las empresas. Los agentes especialistas buscan a esas unidades de gasto con superávit el lugar que se adecue a su voluntad de inversión. Todo ello es costoso, por tanto, recibirá una serie de comisiones. Los recursos que salen de la unidad de gasto con Superávit llegan en la misma cantidad a la unidad de Gasto con Déficit. Los agentes especialistas tan sólo cobran una serie de comisiones, pero sin tocar los recursos, ni los títulos financieros. El resto de intermediarios financieros (bancos, cajas de ahorro, entidades de leasing, entidades de crédito oficial...) reciben el dinero de las unidades de gasto con Superávit, mientras que dichos intermediarios ofrecen a las empresas recursos a más largo plazo y de una cuantía superior a la recibida por una sola unidad de gasto con superávit, de modo que realiza una transformación de los recursos recibidos por las familias.

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* Organismos reguladores del Sistema Financiero. Los organismos o instituciones supervisan el cumplimiento de las leyes redactadas por los parlamentos, así como de las normas emitidas por los propios reguladores del sistema financiero. Estas normas tienen por finalidad asegurar el buen funcionamiento de los mercados financieros, y al conjunto de ellas se le llama regulación financiera. Para el cumplimiento de sus objetivos pueden imponer sanciones (por ejemplo, una comisión reguladora del Mercado de valores puede suspender la cotización de un valor bursátil si se realizan actos no permitidos en el intercambio de ese valor).

V. CLASIFICACIÓN. Calvo Bernardino, Parejo Gámir y Rodríguez Sáiz, refieren que en líneas generales, los sistemas financieros podrían clasificarse en dos categorías, si bien con cada vez más aproximaciones entre ambas. Por un lado, los sistemas financieros basados en las instituciones, en los que el papel de éstas es fundamental para la financiación de las actividades del sector real de la economía; y por otro, los sistemas financieros basados en los mercados, en los que la financiación del resto de los sectores de la economía se lleva a cabo fundamentalmente a través de los mercados financieros. No obstante, nuestro sistema financiero se clasifica en: 3.1. Sistema Financiero Bancario. 3.2. Sistema Financiero No Bancario. 5.1 Sistema Financiero Bancario: Este sistema está constituido por el conjunto de instituciones bancarias del país. En la actualidad el Sistema Financiero Bancario está integrado por el BCR, el Banco de la Nación y la Banca Comercial y de Ahorros. a)

Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).

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Es la autoridad monetaria encargada de emitir la moneda nacional, administrar las reservas internacionales del país y regular las operaciones del sistema financiero nacional.

b)

Banco de la Nación. Es el agente financiero del estado encargado de las operaciones bancarias del sector público.

c)

Banca Comercial. Conformado por las instituciones financieras cuyo negocio principal consiste en recibir dinero del público en depósito o bajo cualquier otra modalidad contractual, y en utilizar ese dinero, su propio capital y el que obtenga de otras cuentas de financiación en conceder créditos en las diversas modalidades, o a aplicarlos a operaciones sujetas a riesgos de mercado. Entre estos tenemos: Banco de Crédito, INTERBANK, BBVA, Banco Financiero del Perú, Banco de Trabajo, Scotiabank.

d)

Sucursales de los Bancos del Exterior. Son las entidades que gozan de los mismos derechos y están sujetos a las mismas obligaciones que las empresas nacionales de igual naturaleza.

5.2 Sistema No Bancario: a. Financieras. Conformado por instituciones, que captan recursos del público, cuya especialidad consiste en facilitar las colocaciones de primeras emisiones de valores, operar con

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valores mobiliarios y brindar asesoría de carácter financiero. Entre estas tenemos: Solución Financiero de Crédito del Perú, Financiera DAEWO S.A, Financiera C.M.R. b. Cajas Municipales de Ahorro y Crédito. Son entidades financieras que captan recursos del público y cuya especialidad es realizar operaciones de financiamiento, preferentemente a las pequeñas y microempresas. Por ejemplo: Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo, etc. c. Entidad de desarrollo a la pequeña y micro-empresa – EDPYME. Instituciones cuya especialidad consiste en otorgar financiamiento preferentemente a los empresarios de la pequeña y micro-empresa. Entre ellas tenemos: Edyficar S.A, Credinpet, etc b.

Caja Municipal de Crédito Popular Conformado por entidades financieras especializadas en otorgar créditos pignoraticios en general, encontrándose para efectuar operaciones y pasivas con los respectivos Concejos Provinciales, Distritales y con las empresas municipales dependientes de los primeros, así como para brindar servicios bancarios a dichos concejos y empresas.

d. Cajas Rurales. Son las entidades que captan recursos del público, especializadas en otorgar financiamiento preferentemente a los empresarios de la pequeña y micro-empresa. Por ejemplo: Caja Rural de Ahorro y Crédito de Cajamarca, Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete, etc. e. Empresas especializadas. Instituciones financieras que operan como agente de transferencia y registros de las empresas o transacciones del ámbito comercial y financiero. Estas se sub clasifican en: f.1 Empresas de Arrendamiento Financiero.- organización cuya especialidad consiste en la adquisición de bienes muebles e inmuebles, los que serán cedidos en uso a una persona natural o jurídica, a cambio de pago de una renta periódica y con la opción de comprar dichos bienes por un valor predeterminado. Así tenemos: Leasing Total S.A, América Leasing S.A. 13

f.2 Empresas de Factoring.- entidades cuya especialidad consiste en la adquisición de facturas conformadas, títulos valores y en general cualquier valor mobiliario representativo de deuda. f.3 Empresas Afianzadoras y de Garantías.- empresas cuya especialidad consiste en otorgar afianzamiento para garantizar a personas naturales o jurídicas ante otras empresas del sistema financiero o ante empresas del exterior, en operaciones vinculadas con el comercio exterior. f.4 Empresas de Servicios Fiduciarios.- son instituciones cuya especialidad consiste en actuar como fiduciario en la administración de patrimonios autónomos fiduciarios, o en el cumplimiento de encargos fiduciarios de cualquier naturaleza. Clasificación según el servicio que prestan: 1. Provisión de circulante.- Bancos Centrales. 2. Crédito Comercial – corto plazo.- Bancos universales, bancos hipotecarios, entidades de ahorro y préstamo, bancos de inversión, sociedades arrendadoras, sociedades de capitalización. 3. Apoyo a la producción.- Bancos Universales, Bancos Comerciales, Bancos de Inversión, Sociedades Arrendadoras, Compañías de Seguros. 4. Inversión de Capital.- Fondos mutuales, sociedades de capitalización, casas de bolsa o corretaje. 5. Apoyo a otras instituciones financieras.- Fondos del mercado monetario. 6. Créditos al consumo.- Bancos Universales, Bancos Comerciales, Cooperativas de crédito, y tarjetas de crédito. 7. Para el fomento del ahorro. Cajas de ahorro, Fondos de ahorro, Cooperativas de Ahorro. 8. Para la seguridad social.- Compañías de seguros y planes de jubilación, institutos de previsión social. VI. ELEMNTOS Y/O CARACTERÍSTICAS

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1. Está constituido por instituciones financieras. 2. Se efectúa captación e intermediación de recursos monetarios. 3. Captación de recursos excedentarios y se colocan en sectores deficitarios. VII. INSTITUCIONES QUE CONFORMAN EL SISTEMA FINANCIERO ● Bancos. ● Financieras. ● Compañías de Seguros. ● AFPs. ● Banco de la Nación. ● COFIDE. ● Bolsa de Valores. ● Bancos de Inversiones. ● Sociedad Nacional de Agentes de Bolsa. VIII. ENTES REGULADORES Y DE CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO PERUANO.

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1.1. Banco Central de Reserva del Perú. Encargado de regular la moneda y el crédito del Sistema Financiero. Sus funciones principales son: ● Propiciar que las tasas de interés de la operaciones del sistema financiero, sean determinadas por la libre competencia, regulando el mercado. ● La regulación de la oferta monetaria. ● La administración de las reservas internacionales (RIN). ● La emisión de billetes y monedas. 1.2. Superintendencia de Banca y Seguro (SBS).

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Organismo de control del sistema financiero nacional; controla en representación del estado a las empresas bancarias, financieras, de seguros y a las demás personas naturales y jurídicas que operan con fondos públicos. La SBS es un órgano autónomo, cuyo objetivo es fiscalizar al Banco Central de Reserva del Perú, Banco de la Nación e instituciones financieras de cualquier naturaleza. La función de fiscalizadora de la superintendencia puede ser ejercida en forma amplia sobre cualquier operación o negocio. 1.3. Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV). Institución pública del sector de Economía y Finanzas, cuya finalidad es promover el mercado de valores, velar por el adecuado manejo de las empresas y normas la contabilidad de las mismas. Tiene personería jurídica de derecho público y goza de autonomía funcional administrativa y económica. 1.4. Superintendencia de Administración de Fondos de Pensiones (SAFP). Al igual que la SBS, es el organismo de Control del Sistema Nacional de AFPs.

IX. LÍMITES, PROHIBICIONES Y SANCIONES. LÍMITES: PROHIBICIONES: El artículo 217 de la Ley del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, establece las operaciones y actividades prohibidas, determinando que: “Sin perjuicio de las demás prohibiciones contenidas en la presente Ley, las empresas del sistema financiero no podrán: 1. Otorgar créditos con garantía de sus propias acciones; 17

2. Conceder créditos con el objeto de que su producto se destine, directa o indirectamente, a la adquisición de acciones de la propias empresas; 3. Conceder créditos para financiar actividades políticas; 4. Dar finanzas, o de algún otro modo respaldar obligaciones de terceros, por monto o plazo indeterminado; 5. Garantizar las operaciones de mutuo dinerario que se celebre entre terceros, a no ser que uno de ellos sea otra empresa del sistema financiero, o un banco o una financiera del exterior. 6. Dar en garantía los bienes de su activo fijo, con exclusión de los que se afecten en respaldo de las operaciones de arrendamiento financiero, y de las cédulas hipotecarias que emitan las empresas de capitalización inmobiliaria; 7. Aceptar el aval, la fianza o la garantía de sus directores y trabajadores en respaldo de operaciones de crédito otorgadas a personas vinculadas con ellos; 8. Adquirir acciones de sociedades ajenas al sistema financiero que, directa o indirectamente, sean accionistas de las propias empresas, salvo que estén cotizadas en bolsa; 9. Negociar los certificados de depósito que se menciona en e numeral 9 del artículo 221º con sus subsidiarias y asumir compromisos que originen la obligación de recomprar tales certificados; 10. Captar depósitos por cuenta de instituciones financieras no autorizadas a operar en el territorio nacional; 11. Usar información no divulgada al mercado, de personas naturales o jurídicas, sean o no clientes, con el objeto de propiciar negocios en beneficio propio o de terceros, siendo de aplicación lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores. SANCIONES: a. Sanciones por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 199° (límite global): 1. La empresa que incumpla el límite establecido en el primer párrafo del artículo 199° deberá depositar todo incremento en el nivel de sus obligaciones sujetas a encaje que aparezca en los informes de que trata el artículo 165° en cuentas en el Banco Central, en las respectivas monedas.

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Dichos depósitos deberán ser mantenidos en las cuentas del Banco Central hasta que la empresa no registre incumplimiento del referido límite. 2. La empresa que incumple lo dispuesto en el artículo 199° deberá presentar en un plazo no mayor de 15 días calendario de registrado el incumplimiento, un plan de adecuación aprobado por el Directorio. El mencionado plan deberá incluir, por lo menos, la identificación de las causas del incumplimiento y las medidas por adoptarse para el incremento del patrimonio efectivo, u otras acciones, detallando los plazos en que se implementarán. Adicionalmente, la Superintendencia podrá restringir operaciones o suspender la autorización para que la empresa realice determinadas operaciones. b. Sanción por infracción de los límites. Por la infracción de los límites operativos fijados en la presente ley, con excepción de lo establecido en el artículo anterior, las empresas quedan sujetas, por el primer mes o fracción de mes, a una multa sobre el exceso, equivalente a uno punto cinco (1.5) veces la tasa promedio para las operaciones activas, en la respectiva moneda y mercado, deducida la tasa mensual promedio para las operaciones pasivas al mismo plazo, moneda y mercado. A partir del segundo mes y mientras subsista la infracción, esta multa se incrementará progresivamente en un cincuenta por ciento mes a mes. c. Sanción por actos prohibidos. La infracción a cualquiera de las prohibiciones señaladas en el artículo 217° se sanciona con multa equivalente al cien por ciento del monto total de la operación, igual sanción será aplicable cuando se exceda el límite establecido en el artículo 201° calculado sobre el exceso. Estas sanciones se aplicarán sin perjuicio de otras que pueda establecer la Superintendencia.

CONCLUSIONES: El Sistema Financiero esta conformado por el conjunto de instituciones bancarias, financieras y demás empresas e instituciones de derecho público y derecho privado, debidamente autorizados por la Superintendencia de Banca y Seguros que operar en la intermediación financiera, encargadas en la acumulación del flujo monetario y cuya tarea principal es canalizar el dinero de los ahorristas para quienes deban hacer inversiones productivas. 19

Las instituciones que cumplen con este papel se llaman “Instituciones Financieras” ó “Mercados Financieros”. El Sistema Financiero opera como un intermediario entre las personas u organizaciones que disponen de suficiente capital y aquellas que necesitan y solicitan recursos monetarios para desarrollar proyectos de inversión e impulsar la actividad económica. Finalmente, es a través del Sistema Financiero que el Banco Central (Banco Emisor) regula que tanto dinero coloca en circulación en la economía, puesto que a través de instrumentos de Política Monetaria (encajes, tasa de descuento y operaciones de mercado abierto) determina restricciones o abundancia del flujo monetario y crediticio . El sistema financiero de un país juega un rol clave en el funcionamiento de la economía, pues canaliza fondos de los agentes económicos superavitarios hacia los deficitarios. La estabilidad del sistema financiero contribuye al incremento en el acceso al crédito tanto para las familias como para las empresas; de esta forma contribuye con una fuente de financiación adicional que les permite incrementar sus niveles de consumo e inversión más allá de lo que podrían hacer con sus propios recursos. De ahí la relevancia del análisis de las medidas adoptadas por los bancos ante las crisis financieras internacionales, específicamente aquellas que afectaron de forma considerable al otorgamiento de créditos

GLOSARIO Ahorro: Es aquella parte del ingreso que recibe una persona natural o jurídica y que no lo consume sino que lo coloca a ganar intereses Confianza: Es la creencia que se tiene sobre el Sistema Financiero acerca de su correcto, serio y ético manejo del dinero recibido del público. Sin confianza un Sistema Financiero es inconcebible. Excedente: Es la parte del dinero que sobra una vez se restan los gastos y costos Título valor expedido por una empresa con el objeto de financiarse. Se obliga a pagar el capital junto con los intereses, en el plazo acordadoDéficit: Es la escasez de dinero. Se presenta cuando los gastos y costos son superiores a los ingresos 20

Establecimientos de Crédito : Los Establecimientos de Crédito son instituciones financieras que cuentan con la autorización, inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera, para realizar operaciones de captación de excedentes monetarios provenientes de las unidades superavitarias de la economía (personas naturales y jurídicas) y para colocarlos a préstamo a aquellas unidades que lo demanden.

Corporaciones Financieras : Su función es captar recursos a término definido, con el propósito de realizar operaciones de inversión, crear, expandir, fusionar o reorganizar empresas. También pueden invertir en empresas y financiar cualquier actividad económica. Tarjetas de crédito: Pueden ser expedidas por: Instituciones financieras, por establecimientos comerciales (o de compras). Las tarjetas de crédito tienen varios propósitos: Promover el consumo Diferir el pago de la compra y Facilitar el avance de efectivo. Es por ello que se dice que el dinero plástico trata de desplazar al efectivo y a los cheques, pues es aceptado en establecimientos comerciales y goza de mayores plazos de pago y altos cupos de crédito. El manejo del dinero plástico tiene grandes ventajas como son: Seguridad Pagos diferidos Facilidad en las compras

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