Terminacion Anticipada

FISCAL : Dra. Marcia Livia Gonzales Alvarez CASO : 2706014502-2018-1600-0 SUMILLA: Solicita Terminación Anticipada S

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FISCAL

: Dra. Marcia Livia Gonzales Alvarez

CASO

: 2706014502-2018-1600-0

SUMILLA: Solicita Terminación Anticipada SEÑOR FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE PUNO WILFREDO investigación

RAMOS del

delito

CRUZ, de

en

la

HOMICIDIO

CULPOSO que sigue en agravio de QEVF ADOLFO BERNEDO MAMANI, ante Usted me presento y respetuosamente, digo: Que, recurro ante su respetable despacho con la finalidad de solicitarle la aplicación del beneficio de la TERMINACION ANTICIPADA de conformidad con lo dispuesto por el Art. 468° del Código Procesal penal y en el acuerdo plenario N° 05-2009/CJ-116 en atención a los siguientes fundamentos: PRIMERO: A fin de que se resuelva la situación jurídica en el menor tiempo posible, del investigado WILFREDO RAMOS CRUZ, para cuyo efecto se sirva a fijar día y hora para concurrir a su despacho y sostener reuniones preparativas y así llegar a un acuerdo provisional sobre la pena y reparación civil a aplicarse. SEGUNDO: Cuando hablamos de la salida alternativa de Terminación Anticipada, desde su delimitación subjetiva, este proceso solo puede ser instado por imputado y el Ministerio Público. La parte civil o el tercero civil están excluidos de la posibilidad de plantearlo. Es más, la parte civil no tiene ni siquiera la posibilidad de oponerse a imposibilitar su realización. TERCERO: El Profesor César San Martín Castro señala que “el

procedimiento de terminación anticipada se sitúa en la necesidad muy sentida de conseguir una justicia más rápida y eficaz, aunque respetando

el principio de legalidad procesal, la idea de

simplificación del

procedimiento parte del modelo del principio de consenso, lo que significa que este proceso habrá cumplido el objetivo solamente si el imputado y el fiscal llegan a un acuerdo sobre las circunstancias del hecho punible, la pena (calidad y cantidad), la reparación civil y las consecuencias accesorias a imponer”.

POR LO EXPUESTO: Al Señor Fiscal, solicito se sirva a tener por presente lo expuesto y disponer conforme a lo peticionado Puno, 29 de abril 2019

FISCAL

: Dr. Garcia

CASO

: 2018-85

SUMILLA: Solicita Terminación Anticipada SEÑOR FISCAL DE LA FISCALIA PROVINCIAL ESPECIALIZADA EN TID DE SAN ROMAN: GUSTAVO LECCA BUSTAMANTE, en la investigación (Comercializacion

del

delito

de

TID

o favorecimiento

a la

comercializacio) que se sigue en agravio del Estado Peruano, ante Usted me presento y respetuosamente, digo: Que, recurro ante su respetable despacho con la finalidad de solicitarle la aplicación del beneficio de la TERMINACION ANTICIPADA de conformidad con lo dispuesto por el Art. 468° del Código Procesal penal y en el acuerdo plenario N° 05-2009/CJ-116 en atención a los siguientes fundamentos: PRIMERO: A fin de que se resuelva la situación jurídica en el menor tiempo posible, del investigado WILFREDO RAMOS CRUZ, para cuyo efecto se sirva a fijar día y hora para concurrir a su despacho y sostener reuniones preparativas y así llegar a un acuerdo provisional sobre la pena y reparación civil a aplicarse. SEGUNDO: Cuando hablamos de la salida alternativa de Terminación Anticipada, desde su delimitación subjetiva, este proceso solo puede ser instado por imputado y el Ministerio Público. La parte civil o el tercero civil están excluidos de la posibilidad de plantearlo. Es más, la parte civil no tiene ni siquiera la posibilidad de oponerse a imposibilitar su realización. TERCERO: El Profesor César San Martín Castro señala que “el

procedimiento de terminación anticipada se sitúa en la necesidad muy

sentida de conseguir una justicia más rápida y eficaz, aunque respetando el principio de legalidad procesal, la idea de

simplificación del

procedimiento parte del modelo del principio de consenso, lo que significa que este proceso habrá cumplido el objetivo solamente si el imputado y el fiscal llegan a un acuerdo sobre las circunstancias del hecho punible, la pena (calidad y cantidad), la reparación civil y las consecuencias accesorias a imponer”.

POR LO EXPUESTO: Al Señor Fiscal, solicito se sirva a tener por presente lo expuesto y disponer conforme a lo peticionado Puno, 29 de abril 2019

FISCAL

: Dr. Garcia

CASO

: 2018-85

SUMILLA: Solicita Terminación Anticipada SEÑOR FISCAL DE LA FISCALIA PROVINCIAL ESPECIALIZADA EN TID DE SAN ROMAN: LIZ MISUY

ESCOBEDO RAMIREZ, en la

investigación (Comercializacion

del

delito

de

TID

o favorecimiento

a la

comercializacio) que se sigue en agravio del Estado Peruano, ante Usted me presento y respetuosamente, digo: Que, recurro ante su respetable despacho con la finalidad de solicitarle la aplicación del beneficio de la TERMINACION ANTICIPADA de conformidad con lo dispuesto por el Art. 468° del Código Procesal penal y en el acuerdo plenario N° 05-2009/CJ-116 en atención a los siguientes fundamentos: PRIMERO: A fin de que se resuelva la situación jurídica en el menor tiempo posible, del investigado WILFREDO RAMOS CRUZ, para cuyo efecto se sirva a fijar día y hora para concurrir a su despacho y sostener reuniones preparativas y así llegar a un acuerdo provisional sobre la pena y reparación civil a aplicarse. SEGUNDO: Cuando hablamos de la salida alternativa de Terminación Anticipada, desde su delimitación subjetiva, este proceso solo puede ser instado por imputado y el Ministerio Público. La parte civil o el tercero civil están excluidos de la posibilidad de plantearlo. Es más, la parte civil no tiene ni siquiera la posibilidad de oponerse a imposibilitar su realización. TERCERO: El Profesor César San Martín Castro señala que “el

procedimiento de terminación anticipada se sitúa en la necesidad muy

sentida de conseguir una justicia más rápida y eficaz, aunque respetando el principio de legalidad procesal, la idea de

simplificación del

procedimiento parte del modelo del principio de consenso, lo que significa que este proceso habrá cumplido el objetivo solamente si el imputado y el fiscal llegan a un acuerdo sobre las circunstancias del hecho punible, la pena (calidad y cantidad), la reparación civil y las consecuencias accesorias a imponer”.

POR LO EXPUESTO: Al Señor Fiscal, solicito se sirva a tener por presente lo expuesto y disponer conforme a lo peticionado Puno, 29 de abril 2019