Tarea Legislacion Comercial 1

UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS (UAPA) Asignatura: Legislaciόn Comercial Tema: El Derecho Comercial y los Actos de Co

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UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS (UAPA)

Asignatura: Legislaciόn Comercial

Tema: El Derecho Comercial y los Actos de Comercio Tarea 1

Facilitador: Lizardo Paniagua Vilaseca

Participante: Gleny Altagracia Reyes

Matricula: 13-6221 A partir de investigar en la bibliografía recomendada y en la Web, realice un informe que contenga: a) La definición del Derecho Comercial. El derecho comercial se puede definir como un conjunto de normas destinadas a regir las relaciones jurídicas que se derivan del comercio y a resolver los conflictos que surjan entre comerciantes, en ocasión de los actos que en el comercio realizan. La palabra comercio, en su acepción más amplia, significa: trato o relación entre dos o más personas; en su acepción más estricta se toma como negociación que se realiza comprando, vendiendo o cambiando. En el lenguaje jurídico, el comercio es pues, transformación e intermediación con fines de lucro b) El objeto de y las fuentes del Derecho Comercial. Objeto del Derecho Comercial Independientemente de la profesión de quienes lo ejecutan (comerciante o no comerciante), tiene por objeto regir principalmente los actos del comerciante, porque la actividad mercantil tiende a crecer con el tiempo a medida que se va ejerciendo un acto comercial determinado, entonces para evitar que dicho crecimiento se salga de control el acto de comercio tiene que ser serio y ecuánime.

Fuentes del derecho Comercial En nuestro derecho comercial, cuya fuente directa y principal es el Código de Comercio, tiene, como fuentes subsidiarias, el Código Civil y los usos del comercio, la Constitución, la Jurisprudencia y la Doctrina. La legitimidad de estas fuentes, se derivan especialmente del Art. 1107 del código civil mismo, según el cual: “Los contratos, bien tengan una denominación propia o no la tengan, están sometidos a reglas generales, que son objeto del presente título. Las reglas particulares para determinados contratos, se hayan establecidas en los títulos elativos a cada uno de ellos; y las reglas particulares a las transacciones comerciales, se encuentran, establecidas en las leyes establecidas al comercio.”

La Ley y La Constitución Las leyes relativas al comercio, son las disposiciones generales contenidas en el título III, libro del código civil, relativas a las obligaciones y los contratos los que se aplican a las "transacciones comerciales". También deben incluirse otros códigos, tales como: el de procedimiento civil y el penal, así como diversas leyes especiales que tienen relación más o menos estrechas con el comercio y con su ejercicio, cuyo estudio forma parte de otras ramas del derecho. La Jurisprudencia Partiendo del hecho de que, jurisprudencia es el razonamiento que de modo reiterado, uniforme y coherente que establece La Suprema Corte de Justicia al momento de dictar sentencia, saltamos a los requisitos que la jurisprudencia como fuente de Derecho. Confrontando la Jurisprudencia como fuente del derecho con la Costumbre que es la segunda fuente del Derecho el autor español José Castán, en su Teoría de la Aplicación e Investigación del Derecho expone que la jurisprudencia no puede tener valor autónomo y explica que: "una eficacia subordinada a las fuentes propiamente dichas, puesto que las doctrinas de aquel Tribunal no son vinculantes con independencia de las leyes, costumbres y principios del derecho que a través de ella se apliquen e interpreten. Pero aun así es indudable su valor efectivo, no sólo por vía indirecta, en cuanto a la jurisprudencia puede llegar a constituir Derecho consuetudinario obligatorio, sino también por vía directa en cuanto va ligada a la jurisprudencia una muy visible, aunque limitada, actividad creadora, cuyos resultados y soluciones se imponen imperiosamente a los tribunales inferiores y aún, en cierto sentido (desde luego puramente moral), al Tribunal Superior que las establece. Aunque el efecto de la doctrina legal sea, en algún modo adjetivo o procesal (pues consiste en motivar la admisión y precedencia del recurso de casación), lo cierto es que lleva consigo, indirectamente, un efecto sustantivo, al imponer, en definitiva la observancia de un determinado criterio de decisión". Primeramente, nuestros jurisconsultos dan por sentado que la jurisprudencia como fuente del derecho está supeditada a la Ley y a la Costumbre, éstas se consideran fuentes directas del derecho y la Jurisprudencia como fuente indirecta, ahora bien, analicemos el alcance de dicha afirmación, la costumbre como fuente de derecho se define como: el fuero no escrito que se ha usado por un tiempo razonable de forma espontánea, popular y de forma constante, si observamos esta acepción ecléctica de la costumbre vemos una serie de aspectos subjetivos para que se constituya como tal, sin embargo nos resulta irónico que dichos aspectos, que van ligados íntimamente a lo étnico y la idiosincrasia de los pueblos, más que al sentido común; sean considerados como fuente de mayor jerarquía que la Jurisprudencia, que se supone que es emanada de eruditos del derecho, a nuestro criterio ello debe ser visto desde la naturaleza del hecho o acto que es objeto de costumbre, ya que existen actividades como el comercio

donde la costumbre es denominada Uso Comercial donde si es viable que la costumbre esté sobre la jurisprudencia al momento de dilucidar un proceso, sin embargo en el Derecho Común no debería encuadrarse a la Costumbre sobre la Jurisprudencia ya que debe primar el aspecto técnico-jurídico sobre el popular.

c) Citar ejemplos de tres Actos de Comercio y tres Actos Civiles. Los Actos de Comercio encuentran estipulados en los artículos 632 y 633 del Código de Comercio. 1- Actos de comercio por compra de bienes muebles para revenderlos. 2- Actos de comercio por su naturaleza o según su objeto (comerciabilidad objetiva). 3- Actos de comercio por calidad del comerciante de la persona que intervenga en su formación, y por tanto, accesoria a su comercio (comercialidad subjetiva); y Actos de comercio por su forma, independientemente de las personas que intervengan en su realización (comercialidad por la forma). Los actos de comercio por su naturaleza, y por la comercialidad objetiva el código de comercio los anuncia dentro de las prescripciones de los artículos 632 y 633, y comprenden: 1- Comprar géneros y mecánicas para revenderlos o alquilarlos. 2- Empresas de carácter comercial o industrial 3- Operaciones de cambio 4- Expediciones y operaciones marítimas. En acuerdo al Art. 632 del Código de Comercio, la ley reputa actos de comercio toda compra de género y mercancía para revenderla, sea en naturaleza, sea después de haberlos trabajado y puesto en obra, o aun para alquilar simplemente su uso. Entre los Actos Civiles podemos mencionar: 1-) La Fianza; 2-) El Pago; y 3-) La Compra-Venta.

d) Realización de un esquema de los actos de comercio, indicando sus características principales.