Tarea Derecho Mercantil 3 Parcial

Alumna: Bessy Nohemy Perdomo Vásquez Catedrático: Master Iván Fernández Asignatura: Derecho Mercantil Tema: Resumen s

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Alumna: Bessy Nohemy Perdomo Vásquez

Catedrático: Master Iván Fernández

Asignatura: Derecho Mercantil

Tema: Resumen sobre “El Pagaré”

Fecha: 02 de noviembre del 2018

No. De cuenta: 201710010575

INTRODUCCION

El presente resumen tiene como finalidad explicar lo que son los artículos de los títulos valores, como ser El Pagare y sus características y El cheque y sus características. Estos títulos valores son documentos mercantiles en los cuales esta incorporado un derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho está relacionado jurídicamente al manejo del documento. El derecho comercial y en el desarrollo de las actividades económicas y sociales del día a día, los títulos valores son de amplia utilización, por lo que merece un tratamiento amplio y detallado este tema. Prácticamente toda persona en algún momento de su vida a tenido en sus manos un título valor, como puede ser una letra de cambio, un cheque, un pagaré, etc., por lo que es un tema de cultura general conocerlo, así sea someramente.

OBJETIVOS

1) La finalidad de los títulos valores es que aprendamos a describir sus principales características y su clasificación para un mejor manejo de estos. 2) Como segundo objetivo desarrollar una actitud crítica en el análisis de los temas tratados, para ser capaces de verificar la información que se da.

3) Conocer el orden jurídico, la doctrina y la jurisprudencia relativa al derecho del Pagare y el cheque.

El Pagaré El pagaré es un documento de pago, cuya principal diferencia con el cheque es el establecimiento de una fecha a partir de la que se puede cobrar. Este documento de cobro lleva explícito que se trata de un pagaré, lugar y fecha de cobro, cantidad a cobrar, nombre del beneficiario y pagador y sitio y fecha en la que el pagaré se suscribe. Al contrario que el cheque, el pagaré puede ser avalado por terceros que serán contra los que se ejecute el cobro en caso de que el librado no disponga de fondos cuando el pago se realice. Tipos de pagarés Según el emisor el pagaré puede ser: Bancario: Son los emitidos por entidades bancarias y su diseño es igual al de un cheque. Los pagos se realizan en la cuenta que aparece en el documento de pago. No bancario: Son pagarés que emite la propia empresa y que pueden incluir o no la domiciliación bancaria. Según el cobro: Truncable: No es necesario que el cobro se realice a través del documento. Por ejemplo, se puede realizar mediante sistema informático. No truncable: Es necesario que el cobro se realice a través del propio documento. Según la cláusula: Pagaré a la orden: es el tipo de pagaré en el que el beneficiario puede transferir el documento por endoso a una tercera parte, adquiriendo ésta el poder de cobro. Pagaré no a la orden: el beneficiario sólo puede transferir el documento de pago mediante cesión. Elementos personales del Pagaré Firmante o emisor: persona que realiza la promesa de pago y emite el pagaré. Tenedor: persona a quien se debe realizar el pago. Endosante: tenedor que transmite el pagaré. Endosatario: persona a cuyo favor se realiza el endoso. PARTES DEL PAGARE

El Cheque El cheque es un documento de pago que una persona emite a favor de un beneficiario. Existen tres tipos de cheques: Bancario, Personal y Conformado. El cheque bancario, al estar avalado por una entidad financiera, es el preferido por los destinatarios, ya que es la propia entidad financiera quien lo emite, garantizando el cobro del mismo. El cheque bancario no se hace al portador por lo que habrá que especificar claramente el nombre del beneficiario (físico o jurídico). En el cheque personal, el banco hace entrega a sus clientes, de un talonario, solicitado por estos previamente. El talonario es personalizado y solo se hará entrega del mismo al titular de la cuenta en la que se cargarán los importes pagados a través de cheques. Cuando el usuario quiera pagar con un cheque, deberá recortarlo del talonario, rellenarlo y entregarlo para su cobro. Si cuando se va a proceder al cobro no hay saldo en la cuenta del librador, el banco no hará ningún tipo de abono al beneficiario, debiendo ser él mismo quiere reclame al librador que provea fondos para hacer efectivo el cheque. El cheque personal admite el pago al portador. Para evitar esta desagradable situación, se utilizan los cheques conformados. Esta modalidad es un cheque personal, pero en la que el banco garantiza que existen fondos para cobrarlo. Para garantizarlo, se suele estipular la retención de una determinada cantidad conforme a un plazo previamente pactado, en una cláusula de conformidad en el dorso del cheque. Esta retención suele ser de unos 15 días en los cuales el librador no podrá utilizar la cantidad retenida. Una vez finalizado el plazo de retención, el banco ya no se responsabiliza de que haya fondos en la cuenta. Para que el cheque conformado sea válido, ha de estar sellado y tener el visto bueno de la entidad financiera por ambas caras. Elementos personales: Librador: persona que emite el cheque, dando la orden de pago. Librado: banco o entidad de crédito al que va dirigido la orden de pago. Tenedor: persona poseedora del título en cada momento y, por tanto, destinataria del pago. Endosante: tenedor que transmite el cheque. Endosatario: persona a cuyo favor se realiza el endoso. Avalista: persona que garantiza, en todo o parte, el pago. PARTES DEL CHEQUE

CONCLUSIONES

1) Otro objetivo de los títulos valores como lo son el Pagare y El Cheque es que nos ayudan a facilitar las negociaciones entre los comerciantes ya que pueden utilizarse como forma de pago o como garantía.

2) Un cheque o un pagaré es un documento mercantil en el que está incorporado un derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho está vinculado jurídicamente a la posesión del documento.

3) En concreto los títulos valores más utilizados en el tráfico mercantil son el cheque y el pagaré.