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SUMILLA: RECURSO DE RECLAMACION DE LA ORDEN DE PAGO N° 211-0010032333. SEÑOR: Alfredo Emilio Corrales Rosas. JEFE DE OFI

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SUMILLA: RECURSO DE RECLAMACION DE LA ORDEN DE PAGO N° 211-0010032333. SEÑOR: Alfredo Emilio Corrales Rosas. JEFE DE OFICINA ZONAL JULIACA - SUNAT. EMPRESA DE TRANSPORTES PATY S.C.R.L., identificado con RUC N° 20364000643, con domicilio fiscal en la Avenida Ferial N° 495 de la Urbanización Santa María Puno – San Román – Juliaca, debidamente representada por su gerente general SIMONA OLGA RAMIREZ DE SUXO, identificada con DNI N° 02373041, con domicilio real en el Av. Túpac Amaru s/n del distrito de San Antón provincia de Azángaro y domicilio procesal el Pasaje Santa Elisa N° 141, del Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y Departamento de Puno. Ante usted me presento y digo: I.- PETITORIO: Interpongo RECURSO DE RECLAMACION, solicitando la nulidad del acto administrativo en referencia a la orden de pago N 211-0032333, con fecha de notificación 20 de junio del presente año. Las pretensiones mencionadas en los párrafos anteriores se sustentan en las siguientes consideraciones de hecho y derecho que paso a exponer II.- PUNTOS CONTROVERTIDOS: 2.1. Solicita la nulidad del acto administrativo, en vista que la orden se genera esencialmente por los tributos autoliquidados por el deudor tributario. En efecto, conforme en el artículo 78° del Código tributario, una orden girada en base al numeral 1) del citado artículo debe basarse en lo autoliquidado por el deudor tributario. Así mismo lo expuesto por el tribunal Fiscal N° 02256-4-2016. III. FUNDAMENTOS DE HECHO: 3.1 Que en fecha 20 de junio del presente año se notifica la orden de pago con N° 211-00100332333, a la Empresa de Transportes Paty S.C.R.L., en el cual se indica que se tiene

un pago pendiente de una saldo total de S/. 2,881.00 (dos mil ochocientos ochenta y uno con 00/100 nuevos soles). 3.2 Sin embargo al verificar la información de la constancia de presentación N° 825278029-87, Formulario: 0621-PDT IGV-RENTA MENSUAL-IEV, indica que la determinación del IGV es cero (00), del periodo Mayo del 2017.

III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO: Ley del TUO segundo párrafo del numeral 2 del artículo 137° del código tributario, decreto supremo N° 135-99EF (en adelante CT). IV.- COMO MEDIOS DE PRUEBA Y ANEXOS ADJUNTO 1. DNI del Titular 2. Orden de pago N° 211-001-0032333. 3. Constancia de presentación N° 825278029-87. POR LO EXPUESTO: A UD. Solicito se sirvan admitir el presente recurso de reclamación, tramitarlo conforme a ley, y en su oportunidad, declararlo FUNDADO en todos sus extremos, en base a los argumentos de hecho y derecho. Juliaca, 19 de Julio del 2017.

______________________________________ RAMIREZ DE SUXO SOMINA OLGA D.N.I. N° 02373041 Representante Legal