Sumario de Desocupacion

JUICIO SUMARIO DE DESOCUPACION NUEVO SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA, DEL RAMO CIVIL, DEL MUNICIPIO DE IXCH

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JUICIO SUMARIO DE DESOCUPACION NUEVO

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA, DEL RAMO CIVIL, DEL MUNICIPIO DE IXCHIGUAN, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS. HIGINIO ALEJANDRO CHAJ GONZALEZ, de cincuenta y tres años de edad, casado, guatemalteco, agricultor, de este domicilio, me identifico con el Documento Personal de Identificación con código único de identificación dos mil trescientos cincuenta y cinco, quince mil cuatrocientos ochenta y cinco, mil doscientos veintitrés; extendido por el Registro Nacional de las Personas, de la República de Guatemala. Actúo bajo el Auxilio, Dirección y Procuración de la Abogada Gladis Hortencia Ramos Juárez de Reyes, y señalamos lugar para recibir notificaciones la Tienda Dios con Nosotros, ubicada frente al Centro de Administración de Justicia de Ixchiguán, posesión del señor Raúl Chilel departamento de San Marcos. Con todo respeto comparezco ante el Señor Juez a promover demanda de JUICIO SUMARIO DE DESOCUPACION en contra del señor: SANTIAGO CHAJ GONZALEZ quien puede ser notificado en el lugar donde reside ubicado en Aldea Julishin, del municipio de Ixchiguán, departamento de San Marcos, para lo cual solicito se comisione al notificador adscrito a este juzgado, de conformidad con los siguientes: HECHOS: A. Soy legítimo poseedor a título de dueño de una finca rústica ubicada Pla y/o Plan Calapte la Rinconada, del municipio de Ixchiguán, departamento de San Marcos, el cual adquirí por compra que hiciera al señor DANIEL LEON CHAJ LOPEZ, tal como consta en documento privado de fecha veinte de agosto de mil novecientos setenta y siete, contenida en una hoja de papel sellado del valor de diez centavos de Quetzal con número de registro cuatrocientos treinta y un mil quinientos setenta y ocho, del quinquenio de mil novecientos setenta y tres a mil novecientos setenta y siete, constando en escritura pública numero ochocientos setenta y uno autorizada en el municipio de Tacana, departamento de San Marcos, de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil quince, ante los oficios del Notario Edilmar Mazariegos Vásquez, la finca que adquirí tiene una extensión superficial de OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS METROS

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CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTIMETROS DE METRO CUADRADOS, con las medidas lineales y colindancias siguientes actuales: AL NORTE: trescientos treinta y cuatro metros con quince centímetros, colinda con Alfonso Sandoval; AL SUR: trescientos treinta y dos metros con ochenta y cinco centímetros, colinda con Jorge Carlos Chaj Lopez; AL ORIENTE: cuarenta y cuatro metros quince centímetros, colinda con César Pérez García; AL PONIENTE: nueve metros, colinda con David Barrios, con sus mojones y esquineros bien reconocidos en todos sus costados, la venta que se me hiciera incluye sus usos, costumbres, servidumbres, anexidades y todo cuanto de hecho y por derecho le corresponden. B. Es el caso, Señor Juez, que mi demandado señor SANTIAGO CHAJ GONZALEZ, desde el año dos mil nueve, hasta la presente fecha ocupa de manera ilegitima, indebida y sin tener justo título alguno a su favor, de la totalidad de la finca rustica identificada anteriormente, siendo que en reiteradas ocasiones le he solicitado que desocupe la finca rustica de mi legitima posesión, habiéndole dado sobrado tiempo para hacerlo pero en virtud de que el señor SANTIAGO CHAJ GONZALEZ se niega a desocupar y entregarme la finca rustica objeto del presente litigio, siendo por lo tanto un simple tenedor o intruso, ruego al Señor Juez que se acepte su trámite en el presente caso, luego de la secuela normal del proceso. C. Por lo anteriormente manifestado solicito que se acepte para su trámite el presente memorial, luego del diligenciamiento del presente juicio, y llegado el momento procesal oportuno de resolver se declare: I) CON LUGAR la demanda de JUICIO SUMARIO DE DESOCUPACION que promuevo en contra del señor: SANTIAGO CHAJ GONZALEZ; II) En consecuencia de lo anterior se ordene al demandado SANTIAGO CHAJ GONZALEZ, que dentro del plazo de cuarenta días, desocupe la finca rústica compuesta de OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTIMETROS DE METRO CUADRADOS, con las medidas lineales y colindancias siguientes actuales: AL NORTE: trescientos treinta y cuatro metros con quince centímetros, colinda con Alfonso Sandoval; AL SUR: trescientos treinta y dos

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metros con ochenta y cinco centímetros, colinda con Jorge Carlos Chaj Lopez; AL ORIENTE: cuarenta y cuatro metros quince centímetros, colinda con César Pérez García; AL PONIENTE: nueve metros, colinda con David Barrios, con sus mojones y esquineros bien reconocidos en todos sus costados. III) Que se aperciba al demandado SANTIAGO CHAJ GONZALEZ, que si vencido el plazo de cuarenta días no desocupa la finca rustica identificada en el numeral romano anterior, se ordenará su lanzamiento a su costa, el cual afectará a cualquiera otros ocupantes de la finca rustica por cualquier titulo. IV) Se condene al demandado SANTIAGO CHAJ GONZALEZ al pago de la cantidad de OCHENTA MIL QUETZALES EXACTOS en concepto de daños y perjuicios y al pago de las costas judiciales. FUNDAMENTO DE DERECHO: “Se tramitarán en juicio sumario: 1º. Los asuntos de arrendamiento y de desocupación…”; “Son aplicables al juicio sumario, todas las disposiciones del juicio ordinario, en cuanto no se opongan a lo preceptuado en este título.”; “La demanda de desocupación puede ser entablada por el propietario, por el que ha entregado un inmueble a otro con la obligación de restituírselo o por los que comprueben tener derecho de poseer el inmueble por cualquier título legítimo, y se da en contra de todo simple tenedor y del intruso o en contra del que recibió el inmueble sujeto a la obligación antes dicha.” “El desahucio afectará el inquilino, a los subarrendatarios y a cualquiera otros ocupantes del inmueble por cualquier titulo…”. Artículos: 229, numeral 1º, 230, 237 y 238 del Código Procesal Civil y Mercantil. PRUEBAS: I. DECLARACION DE PARTE: Que deberá prestar, en forma personal y no por medio de apoderado, el señor SANTIAGO CHAJ GONZALEZ, en la audiencia que para el efecto señale el Señor Juez de este juzgado, en base al pliego de posiciones que en plica acompañaré en su

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momento procesal oportuno, con el apercibimiento de que si no compareciere sin causa justa se le declare CONFESO a mi solicitud. II. DECLARACION DE TESTIGOS: Cuyos nombres e interrogatorio propondré en su momento procesal oportuno. III. DICTAMEN DE EXPERTOS: Si fuere necesario. IV. RECONOCIMIENTO JUDICIAL: En lugares, personas y cosas que interesen al proceso, de conformidad con los puntos que propondré en la etapa procesal respectiva. V. DOCUMENTOS: a) Fotocopia simple del documento privado de fecha veinte de agosto de mil novecientos setenta y siete; b) Fotocopia simple de la escritura pública número ochocientos setenta y uno, autorizada en el municipio de Tacana, departamento de San Marcos, de fecha treinta y uno de diciembre del año dos mil quince, por el Notario Edilmar Mazariegos Vásquez. VI. MEDIOS CIENTIFICOS DE PRUEBA: Si fuere necesario. VII. PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS: Que se

deriven de la substanciación del

presente juicio. PETICION: A. DE TRÁMITE: a) Que se admita para su trámite el presente memorial que promueve demanda de JUICIO SUMARIO DE DESOCUPACION en contra del señor: SANTIAGO CHAJ GONZALEZ, dándole el curso legal correspondiente. b) Que se tenga como mi Auxiliante, Directora y Procuradora a la Abogada propuesta y como lugar para recibir notificaciones el señalado. c) Que se notifique al señor SANTIAGO CHAJ GONZALEZ, en el lugar donde reside, ubicado en Aldea Julishin, del municipio de Ixchiguán, departamento de San Marcos, haciéndole saber que tiene la obligación de señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro urbano donde reside este juzgado, con el apercibimiento de que si no lo hiciere, las demás notificaciones se le

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harán por los estrados de este juzgado, para lo cual solicito se comisione al notificador adscrito a este juzgado. d) Que se emplace al demandado por el término de tres días para que haga valer sus excepciones, o conteste la demanda que en derecho corresponde, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere se ordenará la desocupación sin más trámite. e) Que, si transcurrido el término del emplazamiento, el demandado no comparece, solicito se tenga por contestada la demanda en sentido negativo y se le siga el juicio en su rebeldía, a mi solicitud. f) Que se tengan por ofrecidos los medios de prueba propuestos de mi parte y por acompañado el documento adjunto. g) Que se abra a prueba el presente proceso por el término de quince días de conformidad con la ley. h) Que se señale día y hora para la vista dentro del presente juicio. B. DE FONDO: Que llegado el momento procesal oportuno de dictar la sentencia que en derecho corresponde, al señor Juez, con todo respeto solicito que se declare: I) CON LUGAR la demanda de JUICIO SUMARIO DE DESOCUPACION que promuevo en contra del señor: SANTIAGO CHAJ GONZALEZ; II) En consecuencia de lo anterior se ordene al demandado SANTIAGO CHAJ GONZALEZ, que dentro del plazo de cuarenta días, desocupe la finca rústica compuesta de OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTIMETROS DE METRO CUADRADOS, con las medidas lineales y colindancias siguientes actuales: AL NORTE: trescientos treinta y cuatro metros con quince centímetros, colinda con Alfonso Sandoval; AL SUR: trescientos treinta y dos metros con ochenta y cinco centímetros, colinda con Jorge Carlos Chaj Lopez; AL ORIENTE: cuarenta y cuatro metros quince centímetros, colinda con César Pérez García; AL PONIENTE: nueve metros, colinda con David Barrios, con sus mojones y esquineros bien reconocidos en todos sus costados.

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III) Que se aperciba al demandado SANTIAGO CHAJ GONZALEZ, que si vencido el plazo de cuarenta días no desocupa la finca rustica identificada en el numeral romano anterior, se ordenará su lanzamiento a su costa, el cual afectará a cualquiera otros ocupantes de la finca rustica por cualquier titulo. IV) Se condene al demandado SANTIAGO CHAJ GONZALEZ al pago de la cantidad de OCHENTA MIL QUETZALES EXACTOS en concepto de daños y perjuicios y al pago de las costas judiciales. CITA DE LEYES: Artículos 1, 2, 24, 25, 50, 51, 61, 63, 69, 72, 106, 107, 111, 112, 113, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 142, 164, 170, 172, 173, 174, 177, 178, 183, 186, 191, 192, 193, 194, 195, 232, 233, 234, 238, 240, 241, 413 del Código Procesal Civil y Mercantil; 141, 142, 143 de la Ley del Organismo Judicial. COPIAS: Acompaño tres fotocopias del presente memorial y de los documentos adjuntos. MUNICIPIO DE IXCHIGUAN, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, TRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIES. A RUEGO DEL PRESENTADO QUIEN DE MOMENTO NO PUEDE FIRMAR, EN SU AUXILIO DURECCION Y PROCURACION.

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