Sub Contrato

Universidad de El salvador Facultad de Arquitectura Ingeniería y Escuela de Ingeniería Civil PLANEAMIENTO Y ADMINIST

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Universidad de El salvador Facultad de Arquitectura

Ingeniería

y

Escuela de Ingeniería Civil

PLANEAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE OBRAS III Docente: Ing. Mario Alfredo Velásquez

Tarea Evaluada No. 8: SUBCONTRATO PARA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS

Alumnos: Campos Cruz, Carlos Antonio

CC06036

Castro Iraheta, Adriana Elizabeth

CI09001

Renderos Méndez, Francisco Antonio

RM09107

Sánchez Blanco, Rafael Eduardo

SB07001

Ciudad Universitaria, 12 de Junio de 2013. 1

ÍNDICE ARTÍCULO 1. CONTRATO......................................................................................................................... 6 ARTÍCULO 2. ALCANCE DE LOS TRABAJOS ...................................................................................... 6 2.1 TRABAJO DEL SUBCONTRATISTA. .......................................................................................... 6 2.2 DOCUMENTO DEL CONTRATO. ................................................................................................. 6 2.3 CONFLICTOS. .................................................................................................................................... 6 ARTÍCULO 3. PROGRAMA DE LA OBRA ............................................................................................. 7 3.1 EL TIEMPO ES DE CARÁCTER ESENCIAL. ............................................................................. 7 3.2 SERVICIOS QUE HA DE COMPROMETERSE.......................................................................... 7 3.3 CAMBIOS AL PROGRAMA. ........................................................................................................... 7 3.4 PRIORIDAD DE TRABAJOS. ......................................................................................................... 7 ARTÍCULO 4. PRECIO DEL CONTRATO .............................................................................................. 7 ARTÍCULO 5. FORMA DE PAGO ............................................................................................................. 7 5.1 DISPOSICIONES GENERALES ..................................................................................................... 7 5.1.1 PROGRAMA DE VALORES. .................................................................................................. 7 5.1.2 VERIFICACION DEL ARQUITECTO................................................................................... 7 5.1.3 RESTRICIONES DE UTILIZACION DE LOS PAGOS. .................................................... 8 5.1.4 VERIFICACION DE LA UTILIZACION DE LOS PAGOS. ............................................... 8 5.1.5 LIBERADORES DE RESPONSABILIDAD PARCIAL Y CERTIFICACION FORMALES. .......................................................................................................................................... 8 5.1.6 INCUMPLIMIETO DE PAGOS A SUBCONTRATISTAS. ............................................... 8 5.1.7 LOS PAGOS NO IMPLICAN ACEPTACIÓN. ..................................................................... 8 5.2 PAGOS POR AVANCE ..................................................................................................................... 9 5.2.1 APLICACIÓN. ............................................................................................................................ 9 5.2.2 RETENCION/SEGURIDAD. .................................................................................................. 9 5.2.3 TIEMPO DE APLICACIÓN. .................................................................................................... 9 5.2.4 MATERIALES ALMACENADOS. ......................................................................................... 9 5.2.5 TIEMPO DE PAGO. ............................................................................................................... 10 5.2.6 RETRASO EN LOS PAGOS. ................................................................................................ 10 5.3 PAGO FINAL ................................................................................................................................... 10 2

5.3.1 APLICACIONES. .................................................................................................................... 10 5.3.2 REQUERIMIENTOS.............................................................................................................. 10 5.3.3 TIEMPO DE PAGO. ............................................................................................................... 11 5.3.4 RETRASO DEL PAGO FINAL. ........................................................................................... 11 5.4 INTERESES POR PAGO TARDIO. ............................................................................................ 11 ARTÍCULO 6. CAMBIOS, RECLAMACIONES Y RETRASOS ........................................................ 11 6.1 CAMBIOS. ........................................................................................................................................ 11 6.2 RECLAMACIONES RELACIONES CON EL DUEÑO............................................................ 12 6.3 RECLAMACIONES RELACIONADAS CON EL CONTRATISTA. ..................................... 12 6.4 RETRASOS. ..................................................................................................................................... 12 6.5 DAÑOS LIQUIDADOS. ................................................................................................................. 13 ARTÍCULO 7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ..................................................................... 13 7.1 OBLIGACIONES DERIVADAS. .................................................................................................. 13 7.2 REPRESENTANTE AUTORIZADO. ......................................................................................... 13 7.3 UBICACIÓN DE LUGARES DE ALMACENAMIENTO. ....................................................... 13 7.4 COMUNICACIONES OPORTUNAS. ......................................................................................... 13 7.5 SERVICIOS NO CONTRATADOS. ............................................................................................. 13 ARTÍCULO 8. OBLIGACIONES DEL SUBCONTRATISTA. ........................................................... 14 8.1 OBLIGACIONES DERIVADAS. .................................................................................................. 14 8.2 RESPONSABILDIADES. .............................................................................................................. 14 8.3 SERVICIOS TEMPORALES. ........................................................................................................ 14 8.4 COORDINACIÓN. .......................................................................................................................... 14 8.5 REPRESENTANTE AUTORIZADO. ......................................................................................... 14 8.6 PROVISIÓN PARA INSPECCIÓN. ............................................................................................. 14 8.7 SEGURIDAD Y LIMPIEZA........................................................................................................... 15 8.8 PROTECCIÓN DE LA OBRA. ...................................................................................................... 15 8.9 PERMISOS, HONORARIOS Y LICENCIAS. ............................................................................ 15 8.10 CESIÓN DEL CONTRATO. ....................................................................................................... 15 8.11 SERVICIOS NO CONTRATADOS. .......................................................................................... 16 ARTÍCULO 9. PROVISIONES DE SUBCONTRATACIÓN .............................................................. 16 9.1 RESPONSABILIDAD DE TRAZOS Y NIVELES. .................................................................... 16 3

9.2 CALIDAD DE LA EJECUCIÓN. ................................................................................................... 16 9.3 MATERIALES SUMINISTRADOS POR TERCEROS............................................................ 16 9.4 SUSTITUCIONES. .......................................................................................................................... 17 9.5 USO DEL EQUIPO DEL CONTRATISTA. ............................................................................... 17 9.6 REVISIÓN DE LA FIANZA DEL CONTRATO. ....................................................................... 17 9.7 CAPACIDAD DE PAGO DEL DUEÑO. ..................................................................................... 17 9.8 EXCLUSIVIDAD DE TRATO. ...................................................................................................... 17 9.9 FIANZA DEL SUBCONTRATO. ................................................................................................. 17 9.10 GARANTÍA. ................................................................................................................................... 18 ARTÍCULO 10. RECURSOS DISPONIBLES PARA EL CONTRATISTA. .................................... 18 10.1 FALLA DE CUMPLIMIENTO ................................................................................................... 18 10.1.1 NOTIFICACIÓN PARA CORREGIR. .............................................................................. 18 10.1.2 TERMINACIÓN POR EL CONTRATISTA. .................................................................. 19 10.1.3 USO DEL EQUIPO DEL SUBCONTRATISTA. ............................................................ 20 10.2 QUIEBRA ....................................................................................................................................... 20 10.2.1 TERMINACIÓN POR FALTA DE CORRECIÓN. ........................................................ 20 10.2.2 REMEDIOS TEMPORALES. ............................................................................................ 20 10.3 SUSPENSIÓN POR EL DUEÑO. .............................................................................................. 21 10.4 TERMINACIÓN POR EL DUEÑO. .......................................................................................... 21 10.5 TERMINACIÓN POR CONVENIENCIA. ............................................................................... 21 10.6 EJERCITACIÓN ERRADA. ........................................................................................................ 22 ARTÍCULO 11. RELACIONES LABORALES...................................................................................... 22 ARTÍCULO 12. INDEMNIZACIONES .................................................................................................. 22 12.1 DESEMPEÑO DEL SUBCONTRATISTA. ............................................................................. 22 12.2

CARÁCTER LIMITADO DE RESPONSABILIDAD CIVIL. ........................................ 22

12.3

EXCLUSIÓN DEL ARQUITECTO..................................................................................... 23

12.4 CUMPLIMIENTO CON LAS LEYES. ...................................................................................... 23 12.5

PATENTES............................................................................................................................. 23

ARTÍCULO 13. SEGUROS ....................................................................................................................... 24 13.1

SEGUROS DEL SUBCONTRATISTA. ............................................................................. 24

13.2

LÍMITES MÍNIMOS DE RESPONSABILIDAD. ............................................................ 24 4

13.3

NÚMERO DE PÓLIZAS ...................................................................................................... 24

13.4 CANCELACIÓN, RENOVACIÓN O MODIFICACIÓN. ....................................................... 24 13.5 RENUNCIA DE DERECHOS.................................................................................................... 25 13.6 ENDOSO. ....................................................................................................................................... 25 ÁRTICULO 14. ARBITRAJE ................................................................................................................... 26 14.1 CONVENIO DE ARBITRAJE. ................................................................................................... 26 14.2 NOTIFICACION DE DEMANDA. ............................................................................................ 26 14.3 DECISION DEL ARBITRAJE. ................................................................................................... 26 14.4 CONTINUACION DEL TRABAJO Y PAGOS. ....................................................................... 26 14.6 IGUALES ARBITROS. ................................................................................................................ 26 14.6 EXEPCIONES................................................................................................................................ 26 ARTICULO 15. INTERPRETACION DEL CONTRATO .................................................................. 27 15.1 INCONSISTENCIA Y OMISIONES. ........................................................................................ 27 15.2 LEY Y EFECTO............................................................................................................................. 27 15.3 CARÁCTER DE SEVERIDAD Y RENUNCIA. ....................................................................... 27 15.4 HONORARIO DE ABOGADOS. ............................................................................................... 27 15.5 TÍTULOS. ....................................................................................................................................... 28 15.6 TOTALIDAD DEL TRATO. ....................................................................................................... 28 ARTICULO 16. DISPOSICIONES ESPECIALES ................................................................................ 28 16.1 PRECEDENCIA. ........................................................................................................................... 28 16.2 ALCANCE DE LOS TRABAJOS. ............................................................................................... 28 16.3 SERVICIOS TEMPORALES COMUNES. ............................................................................... 28 16.4 OTRAS DISPOCIONES ESPECIALES. ................................................................................... 28 16.5 DOCUMENTOS DEL CONTRATO .......................................................................................... 29

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SUBCONTRATO PARA CONSTRUCCIO N DE EDIFICIOS ARTÍCULO 1. CONTRATO Este contrato se celebra el día _____ de ____ de 20____, y entra en efecto el día ___ de ____ de 20___, entre________________________________________________________________________________a quien en adelante se llamara el contratista y ________________________________________________ a quien en adelante se llamara el Subcontratista, para realizar parte de los trabajos en el proyecto siguiente: PROYECTO: PROPIETARIO: ARQUITECTO: CONTRATISTA: SUBCONTRATISTA: PRECIO DEL CONTRATO: Las notificaciones a las partes se darán en los domicilios anotados arriba.

ARTÍCULO 2. ALCANCE DE LOS TRABAJOS 2.1 TRABAJO DEL SUBCONTRATISTA. El contratista emplea al subcontratista como contratista independiente para efectuar el trabajo que se describe en el Artículo 16. El subcontratista realizara dicho trabajo (al que en adelante se le llamará “trabajo al subcontratista”) bajo la dirección general del contratista y de acuerdo con este contrato y los documentos del mismo.

2.2 DOCUMENTO DEL CONTRATO.

obligan al subcontratista son indicados en el Artículo 16.5.

los

A solicitud del subcontratista, el contratista le proporcionara una copia de cualquier parte de estos documentos.

2.3 CONFLICTOS. En el evento de un conflicto entre este contrato y los documentos del mismo este contrato regirá, excepto en los aspectos siguientes.

Los documentos del contrato que se

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ARTÍCULO 3. PROGRAMA DE LA OBRA 3.1 EL TIEMPO ES DE CARÁCTER ESENCIAL. El tiempo es de carácter esencial para ambas partes, y estas convienen mutuamente en ver que el desempeño de sus trabajos respectivos y del trabajo de sus subcontratistas sea el necesario para el proyecto total pueda terminarse de acuerdo con los documentos del contrato y el programa de la obra. El contratista prepara el programa de la obra y revisará dicho programa a medida que vayan avanzando los trabajos.

3.2 SERVICIOS QUE HA DE COMPROMETERSE. Tanto el contratista como el subcontratista estarán comprometidos por el programa de la obra. El subcontratista proporcionara al contratista cualquier información que requiera en relación con el programa de trabajo del subcontratista. El programa de la obra y todos los cambios subsecuentes a este serán presentados a la consideración del a subcontratista con anticipación al desempeño que requiera.

obra, así como cualesquiera otros asuntos relacionados con la conducción en cuanto al tiempo y el orden de trabajo del subcontratista. El subcontratista comenzar su trabajo dentro de _____ días contados a partir de la notificación para proceder que la haga el contratista y si se interrumpe dicho trabajo por cualquier razón, el subcontratista volverá reanudar tal trabajo dentro de los días hábiles siguientes a la notificación del contratista en la que se indique que lo haga.

ARTÍCULO 4. PRECIO DEL CONTRATO El contratista conviene en pagar al subcontratista por la ejecución satisfactoria del trabajo del subcontratista la suma de ___________________________________ _________________________________________________ ___________________________ Dólares ($_______) de acuerdo con el Artículo 5, y con sujeción a las adicionales o deducciones indicadas por el Artículo 6.

ARTÍCULO 5. FORMA DE PAGO

3.3 CAMBIOS AL PROGRAMA. El sub

5.1 DISPOSICIONES GENERALES

contratista reconoce que habrá de hacerse cambios al programa de la obra está de acuerdo a cumplir con tales cambios, con sujeción a una reservación de derechos que se originen por ellos.

5.1.1 PROGRAMA DE VALORES. El subcontratista proporcionara un programa de valores que sea satisfactorio para el contratista y el dueño no más de quince (15) días después de la fecha de ejecución de este contrato.

3.4 PRIORIDAD DE TRABAJOS. El contratista tendrá el derecho a decidir el tiempo, orden y prioridad en que hayan de efectuarse las distintas porciones de la

5.1.2 VERIFICACION DEL ARQUITECTO. A su solicitud, el contratista dará al subcontratista su autorización escrita para 7

obtener directamente del arquitecto el porcentaje de la obra ejecutada certificado por el trabajo del subcontratista 5.1.3 RESTRICIONES DE UTILIZACION DE LOS PAGOS. Ningún pago recibido por el subcontratista será utilizado para satisfacer o asegurar cualquier adeudo que no sea el que tiene el subcontratista con la persona que suministre mano de obra o material para usarse en el trabajo del subcontratista. 5.1.4 VERIFICACION DE LA UTILIZACION DE LOS PAGOS. El contratista tendrá derecho en todo momento de hacer contacto con lo subcontratista y proveedores del subcontratista para asegurarse de que el subcontratista les esté pagando por la mano de obra y materiales que suministren para utilizarse en la ejecución del trabajo del subcontratista. 5.1.5 LIBERADORES DE RESPONSABILIDAD PARCIAL Y CERTIFICACION FORMALES. Cuando solicite el contratista, y como requisitos previo al pago, el subcontratista proporcionara, en una forma satisfactoria pare el dueño y el contratista, la liberación parcial o los documentos de renuncia y el certificado formal por lo que toca a reclamaciones, tanto expedidos por el subcontratista como por sus subcontratistas y proveedores que abarquen la porción ejecutada del trabajo del subcontratista. Tales documentos pueden considerarse como condicionantes del pago.

5.1.6 INCUMPLIMIETO DE PAGOS A SUBCONTRATISTAS. En el caso de que el contratista tenga razón para creer que no se estén pagando la mano de obra, los materiales u otras obligaciones en que se haya incurrido en la ejecución del trabajo del subcontratista, el contratista dará notificación por el escrito de tal reclamación o demanda del subcontratista y podrá tomar cualesquiera pasos que considere necesario para asegurarse de que cualquier pago por avance sea utilizado por pagar tales obligaciones. Si al recibo del contratista de dicha notificación, el subcontratista: a) no presenta pruebas satisfactorias del contratista de que el dinero que se debe al reclamante haya sido pagado; o b) no registrar una fianza que indemnice al dueño , el contratista, si la hay, y a las partes que originaron tal reclamación o demanda; entonces el contratista tendrá derecho de retener de cualquier cantidad o cantidades que se adeuden al subcontratista una suma razonable para proteger al contratista contra cualquier perdida, daño o gasto, inclusive honorarios de abogados, que se originaren por o en la relación con cualquier reclamación o demanda de tal naturaleza, hasta que el subcontratista haya satisfecho la reclamación de la demanda. 5.1.7 LOS PAGOS NO IMPLICAN ACEPTACIÓN. Se conviene especificaciones que los pagos hechos a los subcontratistas no constituyen ni implican 8

la aceptación por parte del contratista ni del dueño de cualquier porción del trabajo del subcontratista.

5.2 PAGOS POR AVANCE 5.2.1 APLICACIÓN. La aplicación de los pagos por avance hechos al subcontratista por trabajo realizado en el periodo de pago anterior será presentada a la consideración del contratista de acuerdo con los términos del presente contrato y específicamente de los artículos 5.1.1, 5.1.2, 5.1.3 y 5.1.4 para aprobación del contratista y de ____________________________ ________________________________________________ El contratista entregara, sin atraso, el valor aprobado al dueño para su pago. 5.2.2 RETENCION/SEGURIDAD. La tasa de retención no excederá del porcentaje retenido de los pagos contratista por parte del dueño por el trabajo de los subcontratistas, siempre que el subcontratista sus suscriba una fianza u otro documento de seguridad a satisfacción del contratista. Si el subcontratista ha suscrito dicha fianza a documentos de seguridad, si su trabajo es satisfactorio y los documentos del contrato prevén la reducción de la retención de un porcentaje de la terminación especificada, la retención del subcontratista también será reducida cuando el trabajo del subcontratista haya alcanzado el mismo porcentaje de terminación y la retención hecha al contratista por el trabajo del subcontratista haya sido reducida igualmente por parte del dueño.

Sin embargo, si el subcontratista no suscribe y entrega la fianza o documentos de seguridad antes indicado, la tasa de retención será de ________%. 5.2.3 TIEMPO DE APLICACIÓN. Excepto que se indique otra cosa en los documentos del contrato, y si lo aprueba previamente el dueño, las solicitudes de pago pueden incluir materiales y equipo no incorporado en el trabajo del subcontratista pero entregado adecuadamente almacenado en el sitio o en algún otro lugar convenido por escrito. La aprobación de la solicitud de pago por tales bienes almacenados ya sea dentro o fuera del sitio estará condicionado a la presentación por parte del subcontratista de las facturas de ventas y seguros aplicables u otros procedimientos de tal naturaleza que sean satisfactorios al dueño y al contratista para establecer el título de propiedad sobre tales materiales y equipo, o que de otra manera protejan los intereses del dueño y el contratista por lo que toca a ellos, incluyendo su transporte. 5.2.4 MATERIALES ALMACENADOS. Excepto que se indique otra cosa en los documentos del contrato, y si lo aprueba previamente el dueño, las solicitudes de pago pueden incluir materiales y equipo no incorporados en el trabajo del Subcontratista pero entregados y adecuadamente almacenados en el sitio o en algún otro lugar convenido por escrito. La aprobación de la solicitud de pago por tales bienes almacenados ya sea dentro o fuera del sitio estará condicionada a la presentación por parte del subcontratista 9

de las facturas de venta y seguros aplicables u otros procedimientos de tal naturaleza que sean satisfactorios al dueño y al contratista para establecer el título de propiedad del dueño sobre tales materiales y equipo o que de otra manera protejan los intereses del dueño y el contratista por lo que toca a ellos, incluyendo su transporte al sitio.

Si el trabajo del subcontratista estuviera parado durante treinta (30) días por no haber recibido el subcontratista pagos por avance como lo indica este contrato, el subcontratista puede dar por terminado el contrato dando al contratista una notificación escrita con un plazo adicional de siete (7) días.

5.2.5 TIEMPO DE PAGO. Los pagos por avance al subcontratista por el desarrollo satisfactorio del trabajo del subcontratista se harán después de siete (7) días de que el contratista haya recibido el pago por la parte del dueño por dicho trabajo del subcontratista.

5.3.1 APLICACIONES. A la aceptación del trabajo del subcontratista por el dueño, el contratista, y en el caso necesario al arquitecto, y la presentación de pruebas por el subcontratista de que ha cumplido con las obligaciones del subcontratista de acuerdo con los documentos del contrato y Artículo 5.3.2, el contratista remitirá la solicitud del subcontratista para pago final sin dilatación.

5.2.6 RETRASO EN LOS PAGOS. Si por cualquier razón no atribuible al subcontratista, este no recibe del contratista un pago por avance dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que se vence dicho pago, como se define en el artículo 5.2.5, el subcontratista, al entregar al contratista una notificación escrita concedida un plazo adiciones siete (7) días, y sin perjuicio de y en adicción a cualesquiera otras medidas legales, puedes parar los trabajos hasta haber recibido el pago total de toda la cantidad que se le adeude. Hasta el grado que obtenga el contratista bajo los documentos del contrato, se incrementara el precio del contrato por el monto de los costos razonables del subcontratista por su paro de actividades, retraso y reanudación de los trabajos, y el incremento será cubierto mediante una orden de cambio apropiada.

5.3 PAGO FINAL

5.3.2 REQUERIMIENTOS. Antes de que se requiera que el contratista remita la solicitud del subcontratista para pago final del dueño, el subcontratista deberá presentar al subcontratista: a) Una declaración formal de que todas las nóminas, facturas por materiales y equipo y cualquier otro adeudo relacionado con el trabajo del subcontratista por el cual el dueño o su propiedad o el contratista o los documentos de aseguramiento del contratista pudiera en alguna forma ser objeto de demanda, ha sido pagados o satisfechos en alguna otra forma; b) el consentimiento de afianzamiento del pago final, si se requiere. 10

c) la satisfacción de los procedimientos de los cierres requeridos; y d) otros datos que requiera el contratista o el dueño, tales como recibos, cartas de liberación y documentos de no adeudo con la extensión y en la forma que puedan designarse al contratista o el dueño. El pago final constituirá una renuncia a toda reclamación por parte del subcontratista en relación con el trabajo del subcontratista, pero de ninguna manera liberada al subcontratista de la responsabilidad por las obligaciones asumidas bajo el Artículo 9.10 de este contrato, ni por trabajos incorrectos o defectuosos que aparecieron después de hacer el pago final. 5.3.3 TIEMPO DE PAGO. El pago final de la diferencia que se adeuda para completar el precio del contrato se hará al subcontratista: a) al recibo de la renuncia del dueño a toda reclamación relacionada con el trabajo del subcontratista por responsabilidad no resueltas, trabajo defectuoso no conocido y incumplimiento con los documentos del contrato o garantía; y b) dentro de los siete (7) días siguientes al recibo, por parte del contratista, del pago final hecho por el dueño por el trabajo del subcontratista.

5.3.4 RETRASO DEL PAGO FINAL. Si el dueño o su representante no expide un certificado para el pago final o si el Contratista no recibe dicho pago por cualquier causa no imputable al Subcontratista, el Contratista procederá a informar prontamente ala Subcontratista por escrito tal situación. El Contratista perseguirá también diligentemente, con asistencia del Subcontratista, la pronta liberación del pago final por parte del dueño, que se debe por el trabajo del subcontratista. A solicitud del subcontratista y compartiendo gastos con este, hasta el grado que se convenga por escrito, el contratista instituirá todas las acciones legales necesarias para mitigar los daños y perseguir el pago completo de la solicitud del Subcontratista de su pago final, inclusive el de los intereses que cause.

5.4 INTERESES POR PAGO TARDIO. Hasta el grado obtenido por el contratista bajo los documentos del contrato, los pagos por avance o el pago final vencidos y no pagados en los términos de este contrato causaran intereses desde la fecha de vencimiento a la tasa prevista en los documentos del contrato, o bien, a falta de esto, a la tasa legal que prevalezca en el lugar del proyecto.

ARTÍCULO 6. CAMBIOS, RECLAMACIONES Y RETRASOS 6.1 CAMBIOS. Cuando el contratista así lo ordene por escrito, el Subcontratista, sin nulificar este contrato, hará cualquiera y todos los cambios en el trabajo que estén 11

dentro del alcance general de este contrato.

reclamaciones similares del contratista hacia el dueño.

Los ajustes a los precios y al plazo del contrato, si los hay, que resulten de tales cambios deberán cubrirse mediante una orden de cambio del subcontrato, con apego a los documentos del contrato.

6.3 RECLAMACIONES RELACIONADAS CON EL CONTRATISTA. El subcontratista dará al

No se hará ajuste alguno por cualquier cambio efectuado por el subcontratista que no haya sido ordenado por el contratista.

6.2 RECLAMACIONES RELACIONES CON EL DUEÑO. El Subcontratista conviene en hacer cualquier reclamación por la que el dueño sea o pudiera ser responsable, en la forma prevista en los documentos del contrato para reclamaciones similares, debiendo hacer la reclamación por conducto del Contratista. La notificación de tales reclamaciones será entregada por el subcontratista al Contratista dentro de una (1) semana antes del inicio del trabajo del contratista o de que ocurra el evento por el que haya de hacerse tal reclamación, o inmediatamente después de que el evento llegue a conocimiento del subcontratista, lo que ocurra primero, ya que de lo contrario, tales reclamaciones se consideraran renunciadas. El contratista conviene en permitir al Subcontratista perseguir judicialmente dichas reclamaciones, a nombre del contratista, para el uso y beneficio del subcontratista en la manera prevista en los documentos del contrato para

contratista notificación escrita de todas las reclamaciones no incluidas en el Artículo 6.2 dentro de los cinco (5) días siguientes al inicio del evento por el que se haga la reclamación; de lo contrario, tales reclamaciones se consideraran renunciadas. Todas las reclamaciones no resueltas, así como las disputas y demás asuntos en cuestionamiento entre el contratista y el subcontratista no relacionadas con las reclamaciones comprendidas en el Artículo 6.2 serán resueltas en la forma prevista en el artículo 14 de este contrato.

6.4 RETRASOS. Si el avance del trabajo del subcontratista se retrasa sustancialmente sin medir falla ni responsabilidad del subcontratista, entonces se extenderá el plazo del trabajo del subcontratista mediante un cambio de orden que modifique la extensión obtenida por el contratista bajo los documentos del contrato y se revisara en forma correspondiente el programa de la obra. El contratista no será responsable ante el subcontratista por cualesquier daños o compensación adicional que resulten como consecuencia de retrasos causados por cualquier persona que no sea parte del presente contrato, a menos que el contratista haya recuperado antes 12

dicha compensación en beneficio del subcontratista de la persona en cuestión, quedando entendido y convenido por el subcontratista que, aparte de la recuperación que pudiera lograrse de la persona antedicha, el remedio único y exclusivo de cualquier atraso que podrá tener el subcontratista será una extensión del plazo de realización del trabajo del subcontratista.

6.5 DAÑOS LIQUIDADOS. Si en los documentos del contrato se prevé la liquidación de daños y perjuicios por atraso en la fecha de terminación comprometida en dichos documentos, y en el caso de que se evalúe dicha liquidación, el contratista podrá su vez evaluar la misma contra el subcontratista en proporción a la parte de la responsabilidad que corresponda al subcontratista de tal atraso. Sin embargo, el monto de tal liquidación no excederá del monto que se haya evaluado contra el contratista.

ARTÍCULO 7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 7.1 OBLIGACIONES DERIVADAS. El contratista se hace corresponsable con el subcontratista bajo este contrato en la misma forma que el dueño es corresponsable con el contratista bajo los documentos del contrato principal.

7.2 REPRESENTANTE AUTORIZADO. El contratista designara una o más personas que serán el o los representantes autorizados del contratista a) en el sitio y b) fuera del sitio. Tal(es)

representantes(s) autorizado(s) será(n) la(s) única(s) persona(s) a la(s) que se designara el subcontratista para pedir instrucciones, órdenes y/o direcciones, excepto en caso de emergencia.

7.3 UBICACIÓN DE LUGARES DE ALMACENAMIENTO. El contratista asignara áreas adecuadas para almacenamiento, si las hay disponibles, para los materiales y equipos del subcontratista durante el desarrollo del trabajo del subcontratista.

7.4 COMUNICACIONES OPORTUNAS. El contratista transmitirá con diligencia razonable, todas las proposiciones, comunicaciones y aprobaciones escritas relacionadas con el trabajo del subcontratista.

7.5 SERVICIOS NO CONTRATADOS. El contratista conviene, excepto por otra provisión en contrario que haya en este contrato, en que no será válida reclamación alguna por servicios de construcción no contratados que se presten ni por materiales que se suministren, a menos que el contratista entregue notificación la subcontratista: a) antes de que éste suministre los servicios o materiales, excepto en una emergencia que afecte la seguridad de personas o de la propiedad; b) por escrito haciendo referencia a tal reclamación dentro de los tres días siguientes a la primera vez que suministre tales servicios o materiales; y 13

c) en el sentido de que presente por escrito los cargos correspondientes a tales servicios o materiales no después de quince (15) días de mes calendario después de la fecha en que se haya originado la reclamación.

ARTÍCULO 8. OBLIGACIONES DEL SUBCONTRATISTA. 8.1 OBLIGACIONES DERIVADAS. El subcontratista se obliga ante el Contratista bajo los términos de este Contrato en la misma forma en que el dueño bajo los documentos del contrato principal.

8.2

RESPONSABILDIADES.

El Subcontratista proporcionará toda la mano de obra, materiales, equipos y servicios, e inclusive, pero no limitados a, supervisión competente, dibujos de taller, muestras, herramientas y andamiaje según se requieran para la correcta ejecución del trabajo del subcontratista. El subcontratista proporcionará una lista de los subcontratos propuestos, así como de los proveedores propuestos, y será responsable de la toma de dimensiones en campo, de la aportación de ensayos de materiales, de ordenar los materiales y de cualesquiera otras acciones que se requieran para cumplir con el programa de la obra.

8.3

SERVICIOS

TEMPORALES.

El Subcontratista suministrará todos los servicios y/o recursos temporales que sean necesarios para la ejecución de su trabajo, excepto por lo previsto en el

Artículo 16. Dicho artículo identifica también los servicios temporales comunes (si los hay) que deben ser suministrados por este subcontratista.

8.4 COORDINACIÓN. El Subcontratista: a) cooperará con el Contratista y con todas aquellas personas cuyo trabajo pudiera interferir con el trabajo del subcontratista; b) tomará nota específicamente y avisará de inmediato al Contratista acerca de cualquier interferencia de tal naturaleza con el trabajo del Subcontratista; y c) participará en la preparación de dibujos de coordinación y programas de trabajo en áreas de congestión.

8.5 REPRESENTANTE AUTORIZADO. El Subcontratista designará una o más personas que serán sus representantes autorizados a) en el sitio y b) fuera del sitio. Tales representantes autorizados serán las púnicas personas a las que el Contratista dirigirá instrucciones, órdenes o direcciones, excepto en casos de emergencia.

8.6 PROVISIÓN PARA INSPECCIÓN. El Subcontratista notificará al Contratista cuando haya porciones del trabajo del subcontratista que estén listas para inspección. El Subcontratista dará en todo momento al Contratista y a sus representantes facilidades adecuadas para inspeccionar materiales en el sitio o en cualquier lugar en que puedan estar los materiales de acuerdo con este contrato en 14

el curso de su preparación, procesamiento, manufactura o tratamiento. El Subcontratista proporcionará al Contratista, el detalle y con la frecuencia que lo requiera, reportes completos del avance del trabajo del Subcontratista, cualquiera que sea la ubicación de dicho trabajo.

8.7 SEGURIDAD Y LIMPIEZA. El Subcontratista se apegará a las disposiciones sobre limpieza y seguridad del Contratista, y a) En todo momento mantendrá el edificio y sus instalaciones libres de desperdicios y de condiciones inseguras resultantes del trabajo del subcontratista; y b) Limpiará a escoba cada área de trabajo antes de discontinuar sus trabajos en la misma. Si el subcontratista no comienza de inmediato a cumplir con tales deberes de seguridad o no atiende sus trabajos de limpieza dentro de las 24 horas siguientes al recibo de notificación escrita del Contratista relativa a su incumplimiento, el Contratista puede poner en marcha tales medidas de seguridad o limpieza sin emitir más notificación de deducir el costo de las mismas de cualquier cantidad que adeude o que se venza para ser pagada al Subcontratista.

8.8 PROTECCIÓN DE LA OBRA. El Subcontratista tomará las precauciones necesarias para proteger apropiadamente el trabajo del subcontratista y el trabajo de otros contra daños causados por las

operaciones del Subcontratista. Si el Subcontratista ocasionara daños a la obra o a la propiedad del dueño, del Contratista o de otros, el Subcontratista remediará prontamente tales daños a la satisfacción del Contratista o de otros, el Subcontratista remediará prontamente tales daños a la satisfacción del Contratista, o bien el Contratista podrá remediar el daño y deducir el costo de ello de cualquier cantidad que se adeude o que se venza para su pago al Subcontratista.

8.9 PERMISOS, HONORARIOS Y LICENCIAS. El Subcontratista hará las notificaciones que procedan a las autoridades, en relación con el trabajo del Subcontratista, y obtendrá y pagará todos los permisos, honorarios, licencias, evaluaciones inspecciones e impuestos necesarios para realizar hasta su terminación el trabajo del Subcontratista de acuerdo con los documentos del contrato. Hasta el grado en que obtenga el Contratista bajo los documentos del Contrato, el Subcontratista será compensado por los costos adicionales que resulten de las leyes, ordenamientos, reglamentos, disposiciones e impuestos que entren en vigor después de la fecha de este contrato.

8.10 CESIÓN DEL CONTRATO. El Subcontratista no cederá ni traspasará este contrato ni sus implicaciones legales ni subcontratará el todo ni parte alguna del trabajo del Subcontratista sin previa aprobación por escrito del Contratista, la cual no se retendrá irrazonablemente. 15

Véase el Artículo 16.4 para los Subcontratistas y proveedores previamente aprobados por el Contratista.

8.11 SERVICIOS NO CONTRATADOS. El Subcontratista conviene, excepto por lo previsto en contrario en el presente contrato, en que no serán válidas las reclamaciones por servicios de construcción prestados y no contratados o por materiales suministrados no contratados si el Subcontratista no proporciona al Contratista notificación: a) Previa al suministro de los servicios o materiales, excepto en una emergencia que afecte la seguridad de personas o de la propiedad. b) Por escrito acerca de tal reclamación dentro de los tres días siguientes a la primera vez en que suministre tales servicios o materiales; y c) Por escrito del cargo por tales servicios o materiales al Contratista no después del decimoquinto (15°) día del mes calendario siguiente a la fecha en que se originó la reclamación.

ARTÍCULO 9. PROVISIONES DE SUBCONTRATACIÓN 9.1 RESPONSABILIDAD DE TRAZOS Y NIVELES. El Contratista establecerá las líneas de los ejes principales de la construcción y los sitios en que apoyará el Subcontratista sus trazos, y será éste estrictamente responsable por la exactitud del trabajo del Subcontratista y por cualquier pérdida o daño que resulte para

el Contratista u otros por razones de falla del Subcontratista en establecer o realizar su trabajo correctamente. El Subcontratista ejercerá la debida prudencia para que las condiciones finales reales y los detalles resulten en el alineamiento perfecto de las superficies terminadas.

9.2 CALIDAD DE LA EJECUCIÓN. Toda parte del trabajo del Subcontratista será ejecutada en estricto acuerdo con los documentos del contrato en la forma más sólida, profesional y substancial. Toda la mano de obra de ejecución será de lo mejor de sus diversas clases, y todos los materiales que se utilicen en el trabajo del Subcontratista serán suministrados en cantidades amplias para facilitar la ejecución apropiada y expedita del trabajo, y serán nuevos excepto aquellas materiales que, de acuerdo con los documentos del contrato, puedan ser suministrados expresamente en otra forma.

9.3 MATERIALES SUMINISTRADOS POR TERCEROS. En el caso de que el alcance del trabajo del Subcontratista incluya la instalación de materiales o equipo suministrados por terceros, será responsabilidad del Subcontratista examinar los artículos así provistos, así como manejar, almacenar e instalar dichos artículos con destreza y cuidado tales que pueda asegurar que la instalación resulte satisfactoria y apropiada. Las pérdidas o daños debidos a actos del Subcontratista serán deducidas de cualquier cantidad que

16

se adeude o que se venza para su pago al Subcontratista.

negligencia de los empleados Contratista al operar el equipo.

9.4

9.6 REVISIÓN DE LA FIANZA DEL CONTRATO. La fianza de pagos al

SUSTITUCIONES.

No se hará sustitución alguna en el trabajo del Subcontratista si no se indica como permitida en los documentos del contrato, y en ese caso sólo al recibir primero el Subcontratista todas las aprobaciones requeridas bajo los documentos del contrato en cuanto a sustituciones. El Subcontratista indemnizará al Contratista por cualquier incremento de costo que incurra el Contratista como resultado de tales sustituciones, sea que el Subcontratista haya obtenido o no la aprobación correspondiente.

9.5 USO DEL EQUIPO DEL CONTRATISTA. El Subcontratista, sus agentes, empleados, Subcontratistas o proveedores no utilizarán el equipo del Contratista sin previa autorización expresa por escrito del representante del Contratista. Si el Subcontratista o cualquiera de sus agentes, empleados, proveedores o Subcontratistas de bajo nivel utilizan cualquier maquinaria, equipo, herramientas, andamios, cabrias, montacargas o artículos similares que pertenezcan, estén rentados o se encuentren bajo el control de Contratista, el Subcontratista será responsable ante el Contratista como lo prevé el Artículo 12 por cualquier pérdida o daño (inclusive por lesiones personales o muerte) que pudieran originarse por tal uso, excepto cuando se encuentre que dicha pérdida o daño se haya debido únicamente a la

del

Contratista por el proyecto, si la hay, puede ser revisada y copiada por el Subcontratista.

9.7 CAPACIDAD DE PAGO DEL DUEÑO. El Subcontratista tendrá el derecho a recibir del Contratista información relativa a la capacidad financiera del dueño para pagar por el trabajo.

9.8 EXCLUSIVIDAD DE TRATO. Hasta la terminación final del proyecto, el Subcontratista conviene en no realizar ningún trabajo directamente para el dueño ni para cualquier arrendatario del mismo, y en no tratar directamente con los representantes del dueño en relación con el proyecto, a menor que el Contratista le dé instrucciones en otro sentido, por escrito. Todo trabajo para este proyecto que sea realizado por el Subcontratista será procesado y manejado exclusivamente por el Contratista.

9.9 FIANZA DEL SUBCONTRATO. Si no se le pide al Subcontratista una fianza de cumplimiento y pagos en el Artículo 16, entonces dentro de la duración de este contrato, el Contratista podrá pedirle tales fianzas y el Subcontratista deberá proporcionarlas. Dichas fianzas se suscribirán por la cantidad total de este contrato en la forma

17

e institución afianzadora que satisfactorias para el Contratista.

sean

El Subcontratista recibirá el reembolso sin retención por el costo de estas fianzas simultáneamente con el primer pago por avance de este contrato. El monto del reembolso por las fianzas no excederá de la tarifa manual del trabajo del Subcontratista. Las provisiones de reducción por retención del Artículo 5.2.2 no se aplicaran cuando las fianzas sean suministradas bajo los términos de este Artículo. En el evento de que el Subcontratista no cumpla con prontitud con la entrega de las fianzas solicitadas el Contratista puede dar por terminado ente contrato y reasignar el trabajo a otro Subcontratista, y todos los costos y gastos en que incurra el Contratista por ese concepto serán pagados por el Subcontratista.

9.10

GARANTÍA.

El Subcontratista garantiza su trabajo contra toda deficiencia y defectos en los materiales y/o en la mano de obra como se indica en los documentos del contrato. El Subcontratista conviene en satisfacer las obligaciones de garantía que aparezcan dentro del período de garantía estableciendo en los documentos del contrato sin costo para el dueño ni para el Contratista. Si no se le exige al Contratista ninguna garantía en los documentos del

contrato principal, el Subcontratista garantizará su trabajo como se describe antes por el período de una año a partir de la(s) fecha(s) de terminación sustancial de todo el trabajo del Subcontratista o de una porción designada del mismo, o de la aceptación o utilización por parte del Contratista o del dueño del equipo designado, lo que ocurra primero. El Subcontratista conviene además en ejecutar cualesquiera garantías especiales que se le requieran en el trabajo del Subcontratista previamente al pago final.

ARTÍCULO 10. RECURSOS DISPONIBLES PARA EL CONTRATISTA. 10.1 FALLA DE CUMPLIMIENTO 10.1.1 NOTIFICACIÓN PARA CORREGIR. Si el Subcontratista se rehúsa o no suministra trabajadores suficientemente componentes, los materiales apropiados, o no lleva las obras con apego al programa de la obra, o si no realiza el pago oportuno a sus trabajadores, Subcontratistas o proveedores, desatiende las leyes, ordenamientos, reglas reglamentos u órdenes de cualquier autoridad pública que tenga jurisdicción, o si en alguna forma es culpable de la violación material de una disposición de este contrato, y si dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que reciba notificación escrita de la falla no comienza y continúa con la corrección satisfactoria de tal falla con diligencia y prontitud, entonces el Contratista, sin perjuicio de 18

ningún derecho o remedio, tendrá el derecho a aplicar cualquiera o todos los remedios siguientes: a) Suministrar el número de trabadores y la cantidad de materiales, equipo y demás recursos que el Contratista estime necesarios para la realización del trabajo del Subcontratista, o cualquier parte del mismo que el Subcontratista no haya terminado o realizado después de la notificación antedicha, y a cargar el costo de todo esto al Subcontratista, el cual será responsable del pago de dichos servicios, inclusive de un sobrecosto administrativo razonable, de una utilidad y de los honorarios de abogados. b) Contratar con uno o más contratistas adicionales la realización de la parte del trabajo del Subcontratista que el Contratista determine que habrá de permitir la terminación más expedita de la obra en conjunto y a cargar el costo de esto al Subcontratista. c) Detener el pago de cualquier dinero que deba al Subcontratista hasta que tome le acción correctiva al grado que requiera el Contratista y a su satisfacción y __________________________ ; y d) En el caso de una emergencia que afecte la seguridad de personas o de la propiedad, el Contratista puede proceder como antes, sin notificación alguna.

10.1.2 TERMINACIÓN POR EL CONTRATISTA. Si el Subcontratista no comienza ni continúa satisfactoriamente la corrección de una falla dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo de la notificación emitida de acuerdo con el Artículo 10.1.1, entonces el Contratista puede, en lugar de o en adición a lo dispuesto en el Artículo 10.1.1, emitir una segunda notificación escrita, por correo certificado, al Subcontratista y a su compañía afianzadora, si la hay. En tal notificación se establecerá que si el Subcontratista no comienza y continúa la corrección de una falla dada dentro de los siete (7) días hábiles siguientes al recibo de la notificación por el Subcontratista, el Contratista puede dar por terminado el presente contrato y utilizar cualesquiera materiales, implementos, equipos, artefactos o herramientas suministrados por o pertenecientes al Subcontratista para llevar hasta su fin el trabajo del Subcontratista. El Contratista podrá suministrar también los materiales, equipos y/o emplear los trabajadores o subcontratistas que considere necesarios para mantener el avance ordenado de la obra. Todos los costos en que incurra el Contratista en realizar en tal forma el trabajo del Subcontratista, inclusive las cantidades razonables por gastos de administración, utilidad y honorarios de abogados, serán deducidos de cualquier cantidad que se adeude o que se venza para su pago al Subcontratista. El Subcontratista será responsable por el pago de cualquier cantidad por la que 19

dicho gasto pudiera exceder del saldo no pagado del precio del subcontrato. 10.1.3 USO DEL EQUIPO DEL SUBCONTRATISTA. Si el Contratista realiza trabajo bajo este Artículo o subcontrata tal trabajo para que sea realizado por un tercero, el Contratista y/o las personas a las que se haya asignado el trabajo por subcontrato tendrán el derecho de tomar y utilizar cualesquiera materiales, implementos, equipo, artefactos o herramientas suministrados por, pertenecientes a o entregados al Subcontratista y localizados en el proyecto.

10.2 QUIEBRA 10.2.1 TERMINACIÓN POR FALTA DE CORRECIÓN. Al ocurrir la nominación de un receptor para los bienes del Subcontratista, o al hacer el Subcontratista una asignación de sus beneficios a favor de sus acreedores, el Contratista puede dar por terminado este contrato, remitiendo una notificación escrita con un plazo de tres (3) días hábiles, por correo certificado, al Subcontratista y a su compañía afianzadora, si la hubiere. Si se emite una orden de relevo bajo el código de quiebras con respecto al Subcontratista, el Contratista puede dar por terminado este contrato dando notificación escrita con tres (3) días hábiles de anticipación, por correo certificado, al Subcontratista y su compañía afianzadora, si la hubiere, a menos que el Subcontratista, la compañía afianzadora o el acreedor beneficiario: a) Corrija en forma expedita todas las fallas;

b) Proporcione el aseguramiento adecuado para el desempeño futuro; c) Compense al Contratista por la pérdida pecuniaria real que resulte de tales fallas; y d) Asuma las obligaciones del Subcontratista dentro de los límites de tiempo aprobados legalmente. 10.2.2 REMEDIOS TEMPORALES. Si el Subcontratista no está realizando su trabajo de acuerdo con el programa de la obra en el momento de emisión de la orden de relevo, o en cualquiera otra fecha subsecuente, el Contratista, mientras espera la decisión del Subcontratista o su acreedor beneficiario de rechazar o aceptar este contrato y proporcionar el aseguramiento adecuado sobre su capacidad para el buen desempeño del trabajo con apego a lo que aquí está dispuesto, puede preocuparse por sí mismo aquellos remedios que bajo este Artículo sean razonablemente necesarios para mantener el programa de la obra. El Contratista puede acumular contra cualquier suma que se deba o que se venza por su pago al Subcontratista todos los costos en que incurra en la compra de cualquiera de los remedios aquí previstos, e inclusive, pero sin estar limitado a, cantidades razonables por sobre costos administrativos, utilidad y honorarios de abogados. El Subcontratista será responsable por el pago de cualquier cantidad por la que tal gasto pudiera exceder del saldo no pagado del precio del contrato. 20

10.3 SUSPENSIÓN POR EL DUEÑO. Si el dueño suspendiera el contrato principal o cualquier parte de éste que abarcara trabajo del Subcontratista, el Contratista lo notificará así al Subcontratista por escrito, y al recibo de tal notificación el Subcontratista suspenderá inmediatamente el trabajo del subcontratista. En el caso de tal suspensión por el dueño, la responsabilidad del Contratista hacia el Subcontratista está limitada hasta el grado de recuperación que obtenga el contratista en beneficio del Subcontratista bajo los documentos del contrato. El Contratista conviene en cooperar con el Subcontratista, a expensas del Subcontratista, en el seguimiento legal de cualquier reclamación del Subcontratista que se origine por la suspensión dictaminada por el dueño y a permitir al Subcontratista hacer el seguimiento legal de reclamación, a nombre del Contratista, para el uso y beneficio del Subcontratista.

10.4 TERMINACIÓN POR EL DUEÑO. Si el dueño diera por terminado el contrato principal o cualquier parte del mismo que abarcara el trabajo del subcontratista, el Contratista lo notificará así al Subcontratista por escrito y al recibo de dicha notificación, este contrato quedará también terminado y el Subcontratista suspenderá inmediatamente el trabajo del subcontratista. En el caso de tal terminación por el dueño, la responsabilidad del Contratista hacia el Subcontratista está limitada al

grado en que el contratista obtenga una recuperación en beneficio del Subcontratista bajo los documentos del contrato. El Contratista con viene en cooperar con el Subcontratista, a expensas del Subcontratista, en el seguimiento por vías legales de cualquier reclamación del Subcontratista que se origine por la suspensión dictaminada por el dueño y en permitir al Subcontratista perseguir por vía jurídica dicha reclamación, a nombre del Contratista, para el uso y beneficio del Subcontratista, o en asignar la reclamación al Subcontratista.

10.5 TERMINACIÓN POR CONVENIENCIA. El Contratista puede ordenar por escrito al Subcontratista suspender, retrasar o interrumpir todo o cualquier parte del trabajo del subcontratista por cualquier período que pueda ser determinado como apropiado para la conveniencia del Contratista. El subcontratista notificará al Contratista por escrito, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo de la orden del contratista, el efecto que habrá de tener dicha orden en el trabajo del subcontratista, y el precio del contrato o el plazo del mismo será ajustado mediante una orden de cambio al subcontratista por cualquier incremento que haya en el plazo o en el costo de la ejecución de este contrato ocasionado por tal suspensión retaso o interrupción. No se aceptará bajo este Artículo ninguna reclamación por ningún costo en 21

que se incurra más de diez (10) días hábiles antes de la notificación del subcontratista al contratista. Ni el precio del contrato ni el plazo del mismo se ajustarán bajo este Artículo por ninguna suspensión, atraso o interrupción hasta el grado en que el desempeño se haya visto suspendido, retrasado o interrumpido por falta o negligencia del Subcontratista.

10.6 EJERCITACIÓN ERRADA. Si el Contratista ejercita erróneamente cualquier opción bajo este Artículo, el Contratista será responsable ante el subcontratista únicamente por el valor razonable ante del trabajo efectuado por el Subcontratista antes de la acción errónea del Contratista, inclusive cantidades razonables por sobrecosto administrativo y utilidad, menos los pagos previos hechos y los honorarios de abogados.

ARTÍCULO 11. RELACIONES LABORALES (Se insertan aquí cualesquiera condiciones, obligaciones o requerimientos relativos a las relaciones laborales y su efecto en el proyecto. se recomienda recurrir a consejo jurídico.)

ARTÍCULO 12. INDEMNIZACIONES 12.1 DESEMPEÑO DEL SUBCONTRATISTA. Hasta el grado más completo permitido por las leyes, el Subcontratista indemnizará y mantendrá a salvo al dueño, al arquitecto, al contratista (inclusive a sus afiliados, compañías

matrices y subsidiarias) y a los demás contratistas y subcontratistas y a todos sus agentes y empleados de y contra toda reclamación, daños, pérdidas y gastos, inclusive pero sin limitación a honorarios de abogados, que tengan su origen en o resulten del desempeño del trabajo del subcontratista, siempre que: a) Cualquier reclamación, daño, perdida o gasto de tal naturaleza sea atribuible a lesiones corporales, enfermedades, malestares o la muerte, o daños a o destrucción de propiedad tangible (no comprendida dentro del trabajo del subcontratista mismo) inclusive la perdida de utilización resultante de ello, hasta la extensión en que se cauce o se alegue que se haya causado en su totalidad o en parte por cualquier acto negligente u omisión del subcontratista o de cualquiera directa o indirectamente empleado por el subcontratista o cualquiera por cuyos actos pueda ser responsable el subcontratista, sin tomar en consideración el hecho de que sea causado por parte de una de las partes indemnizadas bajo este instrumento. b) Dicha obligación no será interpretada para negar, o abreviar, o de otra manera reducir cualquier otro derecho u obligación de indemnización que pudiera existir en otra forma en cuanto a cualquiera parte o persona descrita en este articulo 12.

12.2 CARÁCTER LIMITADO RESPONSABILIDAD CIVIL.

DE

En cualquiera y todas las reclamaciones que 22

surgieren contra el dueño, el arquitecto, el contratista (incluyendo a sus afiliados, compañías matrices y subsidiarias) y demás contratistas o subcontratistas, o cualquiera de sus agentes o empleados, presentada por cualquier empleado del subcontratista, cualquiera directa o indirectamente empleado por el subcontratista o cualquiera por cuyos actos pudiera ser responsable el subcontratista, la obligación de indemnización bajo este artículo 12 no estará limitada en ninguna manera por ninguna limitación en cuanto a la cantidad o tipo de daños, compensaciones o beneficios pagaderos por o para el subcontratista bajo las leyes de compensación de los trabajadores, leyes de beneficio por incapacidad permanente u otras leyes de benéficos a los empleados.

12.3 EXCLUSIÓN DEL ARQUITECTO. Las obligaciones del subcontratista bajo este artículo 12 no se extenderá a las responsabilidades del arquitecto, sus agentes o empleados, que se originen por: a) preparación y aprobación de planos, dibujos, opiniones, reportes, levantamientos, órdenes de cambios, diseños o especificaciones, o b) el hecho de dar o no dar direcciones o instrucciones por parte del arquitecto, sus agentes o empleados siempre que tal hecho de dar o no dar sea la causa primaria de la lesión o daño.

12.4 CUMPLIMIENTO CON LAS LEYES. El subcontratista conviene en

reglamentos federales, estatales y locales (a los que en adelante se hará referencia como “las leyes”) que sean aplicables al trabajo del subcontratista, inclusive, pero sin limitación a, las de empleo con igual oportunidad, la de empresas con grupos minoritarios, de la empresa de mujeres, la de empresas en desventajas, las leyes de seguridad y todas las demás leyes con las que el contratista deba cumplir de acuerdo con los documentos del contrato. El subcontratista será responsable ante en contratista y el dueño por toda perdida, costo y gastos atribuibles a cualquiera actos de comisión u omisión por parte del subcontratista, sus empleados y agentes que resulten del incumplimiento de las leyes, inclusive, pero sin limitación a, cualesquiera multas, penalizaciones o medidas correctivas.

12.5 PATENTES. Excepto por lo que prevean en otra forma los documentos del contrato, el subcontratista pagara todas las regalías y honorarios de licencia que pudiera causarse por la incorporación por cualquier material patentado en el trabajo del subcontratista. El subcontratista defenderá todas las demandas por reclamaciones por violación de derechos de patente que se origine por el trabajo del subcontratista, que pudiera registrarse en contra del contratista o el dueño, y será responsable ante el contratista o el dueño por toda la perdida, inclusive todos los costos, gastos y honorarios de abogados.

regirse y, a su propio costo, cumplir con todas las leyes, ordenamientos y 23

ARTÍCULO 13. SEGUROS 13.1 SEGUROS DEL SUBCONTRATISTA. Antes de iniciar el trabajo del subcontratista, el subcontratista deberá obtener y mantener vigente el seguro de compensación de los trabajadores, un seguro de responsabilidad como patrón, seguro completo de responsabilidad general y todos los seguros que requiera el contratista bajo los documentos del contrato, con excepción de lo siguiente: El contratista, dueño y el arquitecto serán nombrados como asegurados adicionales en cada una de estas pólizas, excepto en las compensaciones de los trabajadores. Este seguro incluirá uno específico que cubra la responsabilidad contractual en cuanto a las obligaciones del subcontratista bajo el artículo 12.

13.2 LÍMITES MÍNIMOS DE RESPONSABILIDAD. Los seguros completos generales y de responsabilidad por automóviles que tome el subcontratista, como se le requiere en el artículo 13.1, serán suscritos con límites de responsabilidad no menores que los siguientes: A. Responsabilidad completa general incluyendo las operaciones terminadas. 1. Lesiones corporales $___Cada ocurrencia.

$___En total. 2. Daños a la propiedad $___Cada ocurrencia $___En total. B. Responsabilidad completa por automóviles 1. Lesiones corporales $___Cada persona $___Cada ocurrencia 2. Daños a la propiedad $___Cada ocurrencia

13.3 NÚMERO DE PÓLIZAS. El seguro por responsabilidad general completa y los demás seguros de responsabilidad pueden cubrirse bajo una sola póliza por los límites completos que se requieren o por una combinación de pólizas subyacentes, debiendo proveerse el saldo por una póliza de responsabilidad en exceso o de sombrillas.

13.4 CANCELACIÓN, RENOVACIÓN O MODIFICACIÓN. El subcontratista deberá mantener en vigor toda la cobertura de seguros que se requiere bajo este contrato al solo costo de del subcontratista y compañías aseguradoras que sean aceptables al contratista. Todas las pólizas de seguros contendrán una provisión en el sentido de que las coberturas que en ellas se indican no eran canceladas y que serán renovadas, y que no se agregaran modificaciones 24

restrictivas, sino hasta por lo menos 30 días después de que se le haya dado notificación por escrito al contratista, a menos que específicamente lo requieran en otra forma los documentos del contrato.

en vigor para el proyecto y que haya sido obtenido por el contratista. El subcontratista se satisfará por si mismo en cuanto a la existencia y alcance de tales seguros antes de iniciar el trabajo de subcontratista.

Los certificados de seguros, o copias certificadas de las pólizas aceptables le serán entregados al contratista para sus archivos antes de iniciar el trabajo del subcontratista.

Si el dueño o el contratista no han comparado el seguro de riesgo del constructor por el valor asegurable completo de trabajo del subcontratista menos un deducible razonable, el subcontratista puede obtener dicho seguro de manera que proteja los intereses del subcontratista, de sus subcontratistas y de sus subcontratistas que haya en la obra, y mediante un cambio de orden apropiado para el subcontrato, le será reembolsado el costo de tal seguro adicional al subcontratista.

En el caso de que el subcontratista no obtenga o mantenga cualquiera de las coberturas de seguros que se indican en este contrato, el contratista puede comprar tal cobertura y cargar los gastos de la misma al subcontratista, o bien dar por terminado este contrato.

13.5

RENUNCIA DE DERECHOS. El

contratista y subcontratista renuncian a todos los derechos de uno contra otro y contra el dueño, el arquitecto, los contratistas separados y todos los demás subcontratistas por pérdidas o daños hasta el grado cubierto por el seguro de riesgo del constructor a cualquier otro seguro de la propiedad o del equipo, excepto tales derechos como los que pudieran tener a las sumas pagadas por tales seguros, siempre que, tal renuncia no se extienda a los actos del arquitecto que figuraban la lista del artículo 12.3. A solicitud escrita del subcontratista, el contratista le entregara una copia de la póliza de riesgo del constructor y de cualquier otro seguro que ampare la propiedad o el equipo que esté

Si no está cubierto bajo la póliza del seguro de riesgo del constructor o por cualquier otro seguro que ampare la propiedad o el equipo que se requiera en los documentos del contrato, el subcontratista obtendrá y mantendrá a su propio costo un seguro sobre la propiedad y el equipo por las porciones del trabajo del subcontratista almacenadas fuera del sitio o que estén en tránsito, cuando tales porciones del trabajo del subcontratista deban incluirse en una solicitud de pago, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5.

13.6 ENDOSO. Si las pólizas de seguro a las que se hacen referencia en este artículo requieren de un endoso para proveer la cobertura continuada cuando hay una renuncia de subrogación, los dueños de 25

tales pólizas serán responsables de que se endosen en dicha forma.

ÁRTICULO 14. ARBITRAJE 14.1 CONVENIO DE ARBITRAJE. Todas las reclamaciones, disputadas y asuntos en cuestionamiento que se originen de, o en relación con este contrato o con la violación del mismo, excepto por la reclamaciones que hayan sido renunciadas por la realización o aceptación del pago final, y las reclamaciones descritas en el artículo 14.7, serán decididas por arbitraje de acuerdo con la Reglas de Arbitraje de la Industria de la Construcción (EE.UU de las American Arbitration Association que estén en un momento dado en efecto, a menos que las partes convengan mutuamente otro arreglo. Este acuerdo de ir al arbitraje será específicamente buscando bajo la ley de arbitraje que prevalezca.

14.2 NOTIFICACION DE DEMANDA. La notificación de demanda para arbitraje se registrara por escrito con la contraparte de este contrato y en la American Arbitration Association. La demanda para arbitraje se hará dentro de un tiempo razonable después de haber entregado la notificación escrita de la reclamación, disputa u otro asunto en cuestionamiento, y en ningún caso se hará después de la fecha de aceptación final de la obra por el dueño, ni cuando la institución de procedimiento legales o equitativos basados en tal reclamación, disputa u otro asunto en cuestionamiento fuera de obstruido por el estatuto aplicable de limitaciones, lo que ocurra primero. La

ubicación de los procedimientos de arbitraje será la ciudad de residencia de las oficinas principales del Contratista o _________________________________________________ _________________________________________________

14.3 DECISION DEL ARBITRAJE. La decisión rendida por el o los árbitros será inapelable y podrá entrarse a juicio sobre la misma de acuerdo con las leyes aplicables en cualquier juzgado que tenga jurisdicción.

14.4 CONTINUACION DEL TRABAJO Y PAGOS. A menos que se convengan en otro sentido por escrito, el Subcontratista llevara adelante el trabajo y mantendrá en programa de la obra mientras pendiente el arbitraje, y así lo hace, el Contratista continuara haciendo los pagos de acuerdo con lo dispuesto en este contrato.

14.6 IGUALES ARBITROS. Hasta el grado en que no lo prohíban sus contratos con terceros , las reclamaciones y disputas del dueño, El Contratista , el Subcontratista, y otros subcontratistas que se refieren a una cuestión común de hecho o ley, serán escuchadas por lo mismos árbitros en un solo procedimiento.

14.6 EXEPCIONES. Este acuerdo de ir al arbitraje no reclamación:

se

aplicara

ninguna

a) de contribución o de indemnización declarada por una de las partes del contrato contra la otra parte y que tenga su origen en una acción llevada a un juzgado estatal o federal o a arbitraje por una 26

persona que no esté bajo obligación alguna de arbitrar el asunto de arbitrar de tal acción con ninguna de las partes de este instrumento; o que no se consienta tal arbitraje; o b) declarado por el Subcontratista contra el Contratista si el contratista afirma o declara dicha reclamación, ya sea en todo o en parte, contra el dueño y el contrato entre el Contratista el dueño no tiene provisión para arbitraje en conjunto, o si lo prevé pero sin están consolidados los dos procedimientos de arbitraje, o si el Contratista o el dueño no han acordado subsecuentemente arbitrar dicha reclamación, debiendo las partes de este instrumento, en cualquiera de estos casos, notificarse o la otra ya sea antes o después de hacer la demanda para arbitraje. En cualquier disputa que se origine sobre la aplicación de este articulo 14.7, la cuestión de arbitrabilidad será decidida por el juzgado apropiado y no por arbitraje.

ARTICULO 15. INTERPRETACION DEL CONTRATO 15.1 INCONSISTENCIA Y OMISIONES. Si aparecieran inconsistencias u omisiones en los documentos del contrato, será obligación del Subcontratista notificar lo que proceda al Contratista por escrito dentro de los (3) días hábiles siguientes a la fecha en que se descubra tal anomalía el

Subcontratista. Al recibo de dicha notificación, el Contratista instruirá al Subcontratista en cuanto a las medidas que habrá de tomar y el subcontratista cumplirá con las instrucciones del Contratista.

15.2 LEY Y EFECTO. El contrato se regirá por la leyes del de_________________________________

Estado

15.3 CARÁCTER DE SEVERIDAD Y RENUNCIA. La invalidez parcial o completa de una cualquiera o más disposiciones de este contrato, no afectara la validez o fuerza y efecto de continuidad de cualquiera otra disposición. La falla de cualquiera de las partes de este instrumento en insistir, en uno o cualquiera más casos, en el cumplimiento de cualquiera de los términos, convenios o condiciones de este contrato, o ejercitar cualquier derecho contenido en él, no será interpretada como una renuncia o declinación de tal termino, convenio, condición o derecho por lo que toca al desempeño ulterior.

15.4 HONORARIO DE ABOGADOS. Si cualquiera de las partes empleara un abogado para instituir juicio o demanda de arbitraje con el objeto de validar cualquiera de las disposiciones de este instrumento , para proteger sus interés en cualquier asunto originado bajo este contrato, o para cobrar daños por violación del contrato o para recuperar un costo cubierto por una fianza dada por una de las partes de este contrato, la parte en cuestión tendrá derecho en recuperar cantidades razonables por honorarios de 27

abogados, costos, cargos y gastos erogados por eso conceptos.

15.5 TÍTULOS. Los títulos dados a los Artículos de este contrato solo sirven para facilitar la consulta y/o serán utilizados como apoyo ni se citara para ningún otro propósito.

15.6 TOTALIDAD DEL TRATO. El presente contrato se celebra únicamente para el beneficio de las partes que lo firman y representa el trato total integrado entre las partes del mismo y anula y sustituye todas las negociaciones, representaciones o acuerdos previos, sean escritos u orales.

contrato y forma más particular, aunque no exclusivamente, a lo especificado en:_____________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ con las siguientes adiciones o supresiones:

16.3 SERVICIOS TEMPORALES COMUNES. Los siguientes servicios y/o recursos temporales comunes para el “proyecto” son para uso de todo el personal del mismo y serán suministrados como se indica a continuación: Por este subcontratista:

ARTICULO 16. DISPOSICIONES ESPECIALES 16.1 PRECEDENCIA. Queda entendido que el trabajo que ha de efectuarse bajo el amparo de este contrato, inclusive los términos y condiciones del mismo, es como se describe en los Artículos 1 al 16 de este instrumento junto con las siguiente disposiciones especiales, que servirá como complemento de los mismos. Sin embargo, en caso inconsistencia, regirán estas disposiciones especiales.

16.2 ALCANCE DE LOS TRABAJOS. Todos los trabajos necesarios o incidentales para llevar hasta su término________________________________________

Por otros:

16.4 OTRAS ESPECIALES.

DISPOCIONES

(Se insertan aquí cualquiera de las disposiciones especiales que se requieran para este subcontrato.)

_________________________________________________ _________________________________________________ que forma parte de la obra del proyecto, con estricto apego a los documentos del 28

16.5 DOCUMENTOS DEL CONTRATO. (Inclúyase una lista de los documentos del contrato que sean aplicables, además de las especificaciones, dibujos, agregados, modificaciones, y alternativas. Identifíquese con descripción general, números de hojas y últimas fechas de revisión, incluyendo las revisiones.)

EL PRESENTE CONTRATO los firman las partes que lo celebran en el día y año especificados en la primera hoja del mismo.

_____________________________________ Subcontratista Por ________________________________ (Posición)

_____________________________________ Subcontratista Por ________________________________ (Posición)

29