Sociedad en Comandita por Acciones

Sociedad en Comandita por Acciones                Comanditar (unión) Se le entrega un titulo, El derech

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Sociedad en Comandita por Acciones              



Comanditar (unión) Se le entrega un titulo, El derecho de propiedad esta en mi patrimonio. El derecho esta en persona. Ej. Se le cae el billete, el derecho esta en el billete. Si se le pierde el billete se le pierde el derecho. El titulo de crédito, otorga ciertos derechos. Las partes sociales no son títulos, y las acciones si lo son. El derecho esta en el título no en la persona. Los títulos tienen la vocación para la circulación. Tenencia accionaria: debe de tener los títulos y tener registradas las acciones. Sociedad en comandita por acciones, emite acciones. Se les llama accionistas. Solo los hay en las sociedades en comanditas por acciones y sociedad anónima. Sociedad en comandita por acciones y sociedad en responsabilidad limitada, son sociedades eclécticas. Acciones=capital, aquí es de preferencia porque es acuerdo a sus acciones. parte social= aportaciones, derecho del tanto, es lo comun Se Con la SNC y la S en C. Se acaban las SM que otorgan partes sociales. Se acaban las SM de responsabilidad ilimitada. En las sociedades: o Por acciones  Cada acción tiene un valor. o Partes sociales  Hay una parte social por cada socio. Diferencia entre: o Sociedad en Comandita & Sociedad en Comandita por Acciones  SC  Partes sociales

 SCxA  Acciones  Es una comandita, regulada por el capital  Sociedad ecléctica  Socios o Como una SM de personas  Capital o Como una SM de capital

CAPITULO VI
 De la sociedad en comandita por acciones 

Artículo 207.- La sociedad en comandita por acciones, es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones. Lo único que cambia, es que los comanditarios solamente están obligados al pago de sus acciones, la administración esta obligada a liberar las acciones a entregar físicamente, un documento que ampare esa acción. Diferencia abismal entre, sociedad en comandita por acciones y la simple, en la simple al ser en partes sociales, no te dan el titulo de las acciones.



Artículo 208.- La sociedad en comandita por acciones se regirá por las reglas relativas a la sociedad anónima, salvo lo dispuesto en los artículos siguientes. o Es la sociedad salvo lo que corresponde a parte de personas o SOCIEDAD ECLECTICA. o Todo es sociedad anónima en lo general, pero salvo las excepciones que menciona en los siguientes artículos



Artículo 209.- El capital social estará dividido en acciones y no podrán cederse sin el consentimiento de la totalidad de los comanditados y el de las dos tercera partes de los comanditarios. o Es cerrada, por un lado te da las características de sociedades en acciones pero te pone candados de sociedades de personas. o El capital social es por acciones. o División de acciones:  Comanditados  Comanditarios o No se puede ceder nada, sin la preferencia de los demás socios.

 No se impone el porcentaje del capital… o 2/3 de los socios deben de ser comanditarios.  % de representación., para que se vote a favor donde todos estén de acuerdo. o ACCION  Está sujeto a la circulación.  El derecho está en el título.  “Tienes acciones pero no pueden circular” o El titulo debe de hacer la diferencia de que tipo de socio es. 

Artículo 210.- La sociedad en comandita por acciones podrá existir bajo una razón social, que se formará con los nombres de uno o más comanditados seguidos de las palabras y compañía u otros equivalentes, cuando en ellas no figuren los de todos. A la razón social o a la denominación, en su caso, se agregarán las palabras “Sociedad en Comandita por Acciones”, o su abreviatura “S. en C. por A”. o Razón Social + S en C por A  ≠ SNC  Se abre la opción a tener una denominación social. o o Se obliga a exteriorizarse con la abreviatura o Salvo pacto en contrario, pudiera ser que la socedad en comandita por acciones, pudiera tener una denominación social, (característica de sociedades de capitales) no esta obligado a que sea una razón social(en caso de que se tenga la razón social, se deberán de poner los nombres de los comanditarios).



Artículo 211.- Es aplicable a la sociedad en comandita por acciones lo dispuesto en los artículos 28, 29, 30, 53, 54 y 55; y en lo que se refiere solamente a los socios comanditados, lo prevenido en los artículos 26, 32, 35, 39 y 50. o Organoz y cualquier tipo de aplicación, se rige bajo los de