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SICA El Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), es el marco institucional de la Integración Regional de Centro

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SICA El Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), es el marco institucional de la Integración Regional de Centroamérica, creado por los Estados de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá. Posteriormente se adhirió Belice como miembro pleno. Asimismo, participan la República Dominicana como Estado Asociado; México, Chile, Brasil, Argentina, Perú y los Estados Unidos de América, participan como Observadores Regionales. China (Taiwán), España, Alemania, Italia, Japón, Australia, Corea del Sur, Francia y la Santa Sede, forman parte del Sistema como Observadores Extra-Regionales. La sede de la Secretaría General del SICA está en la República de El Salvador. Actualmente se encuentran en proceso de incorporación en la categoría de Observador Regional Colombia, Ecuador, Haití y Uruguay, y como Observador Extra Regional, el Reino Unido. Estas incorporaciones fueron aprobadas durante la XL Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del SICA, en diciembre de 2012. El Sistema de la Integración Centroamericana fue constituido el 13 de diciembre de 1991, mediante la suscripción del Protocolo a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA) o Protocolo de Tegucigalpa, el cual reformó la Carta de la ODECA, suscrita en Panamá el 12 de diciembre de 1962; y entró en funcionamiento formalmente el 1 de febrero de 1993. La creación del SICA fue respaldada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en su Resolución A/48 L del 10 de diciembre de 1993, quedando el Protocolo de Tegucigalpa debidamente inscrito ante la misma. Esto permite que sea invocado internacionalmente y, además, le permite a los órganos e instituciones regionales del SICA relacionarse con el Sistema de las Naciones Unidas. El SICA tiene categoría de Observador Permanente de dicha Organización y mantiene vínculos de diálogo y cooperación con la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Comunidad Andina (CAN), el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), la Comunidad del Caribe (CARICOM), la Asociación de Estados del Caribe (AEC), la Unión Europea (UE) y otros esquemas de integración a nivel mundial, así como diversas instituciones internacionales. El Sistema se diseñó tomando en cuenta las experiencias anteriores para la unificación de la región, así como las lecciones legadas por los hechos históricos de la región, tales como las crisis políticas y los conflictos armados. Con base en esto, y sumadas las transformaciones constitucionales internas y la existencia de regímenes democráticos en Centroamérica, se estableció su objetivo fundamental, el cual es la realización de la integración de Centroamérica, para constituirla en una Región de Paz, Libertad, Democracia y Desarrollo, sustentada firmemente en el respeto, tutela y promoción de los derechos humanos.

PROPOSITO DEL SICA El Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) tiene por objetivo fundamental la realización de la integración de Centroamérica, para constituirla como Región de Paz, Libertad, Democracia y Desarrollo. En ese sentido, se reafirman los siguientes propósitos:

Consolidar la democracia y fortalecer sus instituciones sobre la base de la existencia de Gobiernos electos por sufragio universal, libre y secreto, y del irrestricto respeto a los Derechos Humanos. Concretar un nuevo modelo de seguridad regional sustentado en un balance razonable de fuerzas, el fortalecimiento del poder civil, la superación de la pobreza extrema, la promoción del desarrollo sostenido, la protección del medio ambiente, la erradicación de la violencia, la corrupción, el terrorismo, el narcotráfico y el tráfico de armas. Impulsar un régimen amplio de libertad que asegure el desarrollo pleno y armonioso del individuo y de la sociedad en su conjunto. Lograr un Sistema regional de bienestar y justicia económica y social para los pueblos Centroamericanos. Alcanzar una unión económica y fortalecer el Sistema financiero Centroamericano. Fortalecer la región como bloque económico para insertarlo exitosamente en la economía internacional. Reafirmar y consolidar la autodeterminación de Centroamérica en sus relaciones externas, mediante una estrategia única que fortalezca y amplíe la participación de la región, en su conjunto, en el ámbito internacional. Promover, en forma armónica y equilibrada, el desarrollo sostenido económico, social, cultural y político de los Estados miembros y de la región en su conjunto. Establecer acciones concertadas dirigidas a la preservación del medio ambiente por medio del respeto y armonía con la naturaleza, asegurando el equilibrado desarrollo y explotación racional de los recursos naturales del área, con miras al establecimiento de un Nuevo Orden Ecológico en la región. Conformar el Sistema de la Integración Centroamericana sustentado en un ordenamiento institucional y jurídico, y fundamentado asimismo en el respeto mutuo entre los Estados miembros.

MERCOSUR El Mercado Común del Sur - MERCOSUR - está integrado por la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay*, la República Oriental del Uruguay, la República Bolivariana de Venezuela y el Estado Plurinacional de Bolivia**. Los Estados Partes que conforman el MERCOSUR comparten una comunión de valores que encuentra expresión en sus sociedades democráticas, pluralistas, defensoras de las libertades fundamentales, de los derechos humanos, de la protección del medio ambiente y del desarrollo sustentable, así como su compromiso con la consolidación de la democracia, la seguridad jurídica, el combate a la pobreza y el desarrollo económico y social con equidad. El MERCOSUR tiene como Estados Asociados a Chile, Colombia, Perú, Ecuador, Guyana*** y Surinam***. La participación de los Estados Asociados en las reuniones del MERCOSUR y la suscripción de Acuerdos se rigen por lo establecido en las Decisiones CMC N° 18/04, 28/04 y 11/13. OBJETIVOS: Conforme el artículo 1º del Tratado de Asunción, tratado constitutivo del bloque, el MERCOSUR implica: 1. La libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los países, a través, entre otros, de la eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no arancelarias a la circulación de mercaderías y de cualquier otra medida equivalente; 2. el establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común con relación a terceros Estados o agrupaciones de Estados y la coordinación de posiciones en foros económicos comerciales regionales e internacionales; 3. la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales entre los Estados Partes: de comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetario, cambiario y de capitales, de servicios, aduanera, de transportes y comunicaciones y otras que se acuerden, a fin de asegurar condiciones adecuadas de competencia entre los Estados Partes; 4. El compromiso de los Estados Partes de armonizar sus legislaciones en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del proceso de integración.” Principales Hitos 1991 – Tratado de Asunción: Constitución del MERCOSUR 1994 – Protocolo de Ouro Preto: Define la Estructura Institucional del MERCOSUR 1998 – Protocolo de Ushuaia: Sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la Republica de Bolivia y la República de Chile 2002 – Protocolo de Olivos: Solución de Controversias en el MERCOSUR

2004 – Fondo para La Convergencia Estructural del MERCOSUR: Creación del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR 2005 – Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR: Creación del Parlamento del MERCOSUR 2006 – Protocolo de Adhesión de Venezuela: Adhesión de la República Bolivariana de Venezuela al MERCOSUR 2011 – Protocolo De Montevideo: Sobre Compromiso Con La Democracia En el MERCOSUR (Ushuaia II) 2012– Protocolo de Adhesión de Bolivia: Adhesión del Estado Plurinacional de Bolivia al MERCOSUR

PARLACEN COMPOSICIÓN El Parlamento se instala el 28 de octubre de 1991, con 65 diputados centroamericanos que representan a 13 partidos políticos. Posteriormente se agregan 2 diputados por el Estado de Nicaragua, que hacen un total de 67 diputados que representan a 14 partidos (Guatemala, Honduras, El Salvador y Nicaragua) OBSERVADORES Observadores originales: Parlamento Latinoamericano, Parlamento Andino y Parlamento Europeo. GRUPOS PARLAMENTARIOS Centrista y Liberal: integrado por el Partido Unión del Centro Nacional (Guatemala). Movimiento de Liberación Nacional (Guatemala) y el Partido Liberal (Honduras). Demócrata Cristiano: integrado por la Democracia Cristiana Guatemalteca y el Partido Demócrata Cristiano (El Salvador). Alternativa Democrática: integrado por Convergencia Democrática (El Salvador) y Democracia Cristiana (Honduras). ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS Son atribuciones del Parlamento Centroamericano, las siguientes: a) Servir de foro deliberativo para el análisis de los asuntos políticos, económicos, sociales y culturales comunes y de seguridad, del área centroamericana. b) Impulsar y orientar los procesos de Integración y la más amplia cooperación entre los países centroamericanos.

c) Elegir, nombrar o remover, según corresponda, de conformidad con el Reglamento Interno, al funcionario ejecutivo de más alto rango de los organismos existentes o futuros, de la integración centroamericana creados, por los Estados Parte de este Tratado. A los propósitos del párrafo anterior, las autoridades u organismos rectores de las citadas instituciones internacionales someterán al Parlamento Centroamericano, con treinta días de antelación al vencimiento de los correspondientes períodos, una terna de candidatos para los indicados cargos, de entre los cuales deberá elegirse o nombrar al funcionario respectivo. De no producirse la propuesta, el Parlamento elegirá o nombrará a quien considere del caso. La elección o nombramiento de dichos funcionarios, se hará partiendo de una rotación en el orden alfabético de los Estados miembros. Las calidades y requisitos para optar a los citados cargos se rigen, respectivamente, por los convenios o tratados que regulan la organización y funcionamiento de las indicadas entidades. d) Proponer proyectos de tratados y convenios, a negociarse entre los países centroamericanos que contribuyan a la satisfacción de las necesidades del área; e) Propiciar la convivencia pacífica y la seguridad de Centroamérica. f) Promover la consolidación del sistema democrático, pluralista y participativo en los países centroamericanos, con estricto respeto al derecho internacional. g) Contribuir a fortalecer la plena vigencia del Derecho Internacional. h) Recomendar a los gobiernos centroamericanos las soluciones más viables y efectivas en relación a los diferentes asuntos que, dentro de sus atribuciones, conozca. i) Las demás que se le asignen en este Tratado, o en sus instrumentos complementarios, compatibles con su naturaleza.

BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), creado en 1960, es una persona jurídica, de carácter internacional, que tiene por objeto promover la integración y el desarrollo de los países fundadores: Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica. Tiene su sede en Tegucigalpa, Honduras, y cuenta con oficinas regionales en cada país centroamericano. Países Socios y Países Beneficiarios del BCIE Países Socios Fundadores Son países fundadores del BCIE las repúblicas de Guatemala, de El Salvador, de Honduras, de Nicaragua y de Costa Rica, quienes firmaron el Convenio Constitutivo que da origen al Banco Centroamericano de Integración Económica, en el marco de las decisiones adoptadas por dichos gobiernos en la década de los 60 para impulsar la integración económica regional.

El Banco tiene precisamente por objeto promover la integración económica y el desarrollo económico y social equilibrado de dicho países, por lo que son los principales beneficiarios de la Institución. Gozan de representación en el Directorio y en la Asamblea de Gobernadores.

CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA La Corte Centroamericana de Justicia (CCJ) es creada por el artículo 12 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA), para garantizar el respeto del derecho, en la interpretación y ejecución del mismo y sus instrumentos complementarios o actos derivados del dicho Protocolo. El artículo 35 del “Protocolo de Tegucigalpa” establece la jurisdicción obligatoria de la Corte, “Toda controversia sobre la aplicación o interpretación de las disposiciones contenidas en el presente Protocolo y demás instrumentos… deberá someterse a la Corte Centroamericana de Justicia.” Según su valor axiológico: La Corte representa la conciencia nacional de Centroamérica y se considera, además, depositaria y custodia de los valores que constituyen la nacionalidad centroamericana…” Su competencia se establece como una competencia de atribución con exclusión de cualquier otro Tribunal y, además conoce de los conflictos entre los Estados y de los litigios entre las personas naturales o jurídicas residentes en el área y los gobiernos u organismos de la Sistema de Integración Centroamericana (SICA). Esta competencia y jurisdicción propias, La Corte la ejerce para juzgar a petición de parte y resolver con autoridad de cosa juzgada, y su doctrina tendrá efectos vinculantes para todos los Estados, Órganos y Organizaciones que forman parte o participan en el SICA, y para sujetos de derecho privado. Es el Tribunal de Justicia que mejor garantiza el jus standi de los particulares o derecho de acceso de los mismos ante La Corte. Y se establece como el Órgano Judicial principal con carácter permanente, vinculante, consultivo y arbitral. Sus competencias son bien amplias se encuentran en el artículo 22 del Convenio de Estatuto y otras que se derivan de los Tratados. Pudiendo realizar estudios comparativos de las legislaciones de Centroamérica para lograr su armonización y elaborar proyectos de leyes uniformes para la realización jurídica de Centroamérica, a fin de reforzar la juridicidad del proceso de integración.

OBJETIVO GENERAL ESTRATÉGICO Dotar a la Corte Centroamericana de Justicia de una herramienta organizacional y de gestión que permita el fortalecimiento de las capacidades internas de la Corte, así como asegurar la continuidad de su desarrollo y su posicionamiento como el máximo organismo judicial regional garante del Derecho Comunitario Centroamericano, a través de la formulación, apropiación y transversalidad de la planificación estratégica como herramienta de gestión. Objetivos Generales

Lograr la incorporación de los estados miembros del sistema de integración centroamericana y parte del Protocolo de Tegucigalpa. Dotar a la Corte de suficientes y calificados recursos humanos, técnicos y materiales en el área jurídica. Crear las condiciones para el amplio acceso de los sujetos procesales a la justicia comunitaria, mejorando las condiciones técnicas del proceso. Modernizar la estructura, los procesos y los métodos que garanticen la más alta funcionalidad y eficiencia de la Corte. Lograr el financiamiento oportuno, suficiente y automático para el funcionamiento de la Corte mediante un Presupuesto Comunitario, la generación complementaria de ingresos propios y la recepción óptima de recursos de la comunidad internacional. Adecuar las competencias de la Corte de acuerdo al desarrollo y evolución del proceso de integración centroamericana.