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DEPARTAMENTO DE PREVENCION DE RIESGOS Y GESTION AMBIENTAL Código: GyM PdRGA GS 01 GUÍA DE SEGURIDAD VIAL Revisión: 0

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GUIA DE SEGURIDAD VIAL GyM S.A

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ÍNDICE DEL CONTENIDO GUIA DE SEGURIDAD VIAL...................................................................................................................................1 1.

INTRODUCCIÓN................................................................................................................................................3

2.

MARCO LEGAL.................................................................................................................................................5

3.

PROPOSITO........................................................................................................................................................6

4.

OBJETIVOS………………… …………………………………..………………………………….............................. 6

5. ALCANCE............................................................................................................................................................6 6.

RESPONSABILIDADES.....................................................................................................................................7

7.

DEFINICIONES / ABREVIATURAS................................................................................................................9

8

LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD VIAL....................................................................................................11 8.1 FACTOR HUMANO.................................................................................................................................11 8.1.1 Acciones Orientadas a Influir sobre el Factor Humano / Conductor desde la Formación........................................................................................................12 a) De los Conductores de vehículos livianos y de Transporte de Personal.....................................12 b) De los Conductores de vehículos pesados y Equipos Móviles...................................................14 8.1.2 Acciones Orientadas a Influir sobre el Factor Humano / Conductor desde la Sensibililización...............................................................................................15 a) De los Examenes Médicos..........................................................................................................16 b) De la Jornada Laboral y Descanso del Conductor......................................................................17 8.2 VEHICULOS, EQUIPOS Y MAQUINARIA 8.2.1 Acciones Orientadas a Mejorar la Seguridad del Vehículo..................................................18 a) Requisitos y Equipamiento Básico para Vehículos y Equipos ...................................................18 8.3 INFRAESTRUCTURA VIAL 8.3.1 Acciones Orientadas a Influir sobre la Vía y el Entorno.......................................................25 a) Requisitos en Infraestuctura Vial................................................................................................26 8.4 CONDUCCIÓN / OPERACIÓN ...........................................................................................................27 8.4.1 Conducción / Operación de Vehículos y Equipo Móvil..........................................................28 8.4.2 Limites de Velocidad..................................................................................................................30 8.4.3 Prioridades Vehiculares y Derecho de Paso...........................................................................31 8.4.4 Estacionamiento de Vehículo y Equipo Móvil.........................................................................31 8.4.5 Transporte de Carga..................................................................................................................33 8.5 INFRACCIONES VIALES....................................................................................................................34

9.

FORMATOS / REGISTROS ..........................................................................................................................37

10. ANEXOS .........................................................................................................................................................37 11.

CONTROL DE CAMBIOS .............................................................................................................................37

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1. INTRODUCCIÓN Los accidentes de tránsito son considerados como una epidemia de magnitud mundial por la OMS, ya que generan alrededor de 1.2 millones de víctimas mortales cada año en todo el mundo, y en promedio 35 millones de víctimas no mortales. Entre 20 millones y 50 millones de personas mas sufren traumatismos no mortales por consecuencia de accidentes de transito, y tales traumatismos constituyen una causa importante de discapacidad en todo el mundo. La organización mundial de la salud (OMS) en el año 2004 utiliza como lema “la seguridad vial no es accidental” conmemorando el día mundial de la salud, dejando claramente visible la preocupación por la situación actual. Algunos de los principales factores que influyen en la ocurrencia de estos accidentes son la abundancia de vehículos antiguos, que incumplen las normas técnicas para un adecuado funcionamiento; permisivas normas de transporte y tránsito, que no velan por el resguardo a la vida y la seguridad ciudadana; sistemas de transportes público desordenados, saturados e inseguros; y en muchos casos autoridades que no cumplen a cabalidad con el rol encomendado en materia de transporte y tránsito. Estudios demuestran que los accidentes de tránsito son uno de las tres causas principales de mortalidad en personas cuya edad se encuentra en el rango de 5 a 44 años, compitiendo en este ranking nada menos que con enfermedades como el VIH/SIDA, o con la tuberculosis. Un dato alarmante es que los países con bajos y medianos ingresos son los que presentan las tasas de mortalidad más alta y en donde las tasas de mortalidad han ido descendiendo en los países con ingresos altos en las últimas cuatro o cinco décadas, los accidentes de tránsito siguen constituyendo una causa importante de defunción, traumatismos y discapacidad. Donde casi la mitad de las personas que fallecen a consecuencia de accidentes de tránsito son peatones, ciclistas o usuarios vulnerables de la vía pública.

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A continuación se muestra un grafico donde se evidencia que la otra variable fuertemente correlacionada con la ocurrencia de accidentes de tránsito es el nivel de ingreso salarial por persona. Así por ejemplo, si comparamos a Perú con algunos de los países más grandes en términos de ingresos por persona y el tamaño del parque automotor, encontraríamos que Perú es uno de los países con parque automotor pequeño pero sería uno de los más MORTALES: Tamaño del Parque Automotor y Mortalidad Estimada Comparación con Países Seleccionados

Relación Comparativa de la Taza de Motorización y Muertes por cada 10,000 Vehículos del Perú con Algunos Países al 2006

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En los últimos 8 años en GyM los accidentes viales se relacionan con las Horas de Trabajo según el cuadro siguiente:

Se puede concluir que a partir del año 2008 los accidentes viales se muestran dispersos, línea irregular. Una de las causas de la ocurrencia de estos eventos es sin duda el incremento de vehículos y equipos en los proyectos así como la falta de implementación de controles operativos y la estandarización de los mismos a nivel de empresa.

2. MARCO LEGAL  DECRETO SUPREMO Nº 017-2009-MTC Aprueban Reglamento Nacional de Administración de Transporte  DECRETO SUPREMO Nº 058-2003-MTC Aprueban el Reglamento Nacional de Vehículos  DECRETO SUPREMO Nº 040-2008-MTC Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre.  DECRETO SUPREMO Nº 016-2009 MTC Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Transito – Código de Transito.  ISO 39001:2012 Sistemas de Gestión en Seguridad Vial – Requisitos con orientación para su uso.

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 DECRETO SUPREMO Nº 055-2010 EM Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional y otras medidas complementarias en minería.  RESOLUCION MINISTERIAL Nº 210-2000-MTC “Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y Carreteras”

3. PROPOSITO El propósito de la presente guía es brindar los lineamientos en materia de seguridad vial, estableciendo los requerimientos mínimos para los Vehículos y Equipos Móviles, así como para la operación segura de estos en la ejecución de las actividades diarias en los distintos proyectos ejecutados por GyM. Así Mismo su Integración al Sistema de Gestión de PdRGA.

4. OBJETIVOS Establecer los requisitos que deben cumplir todo conductor y/o operador de vehículos / equipos así como las condiciones y equipamiento básico para vehículos y maquinarias. Establecer las pautas a considerar sobre Infraestructura vial en los proyectos ejecutados por GyM S.A Controlar los peligros y riesgos viales durante la ejecución de las operaciones en los proyectos ejecutados por GyM S.A

5. ALCANCE A los conductores, operadores, vehículos, maquinaria y equipos móviles de las obras ejecutadas por GyM S.A

6. RESPONSABILIDADES

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Gerente de Proyecto 

Autorizar los recursos materiales, humanos y económicos para hacer cumplir la presente guía de Seguridad Vial.



Hacer cumplir las actividades señaladas en el

presente

documento,

coordinando permanentemente con los responsables de Obra.

Jefe de Equipo Mecánico 

Verificar que todos los equipos, vehículos y maquinarias (propias y subcontratadas) cumplan con los estándares señaladas en el presente documento, antes de autorizar su ingreso a obra. Mantener registros que evidencien cumplimiento.



Comprobar la certificación y adecuado nivel de desempeño de choferes y operadores (personal propio y subcontratado) de vehículos y maquinarias antes de asignarles la responsabilidad de operación de los mismos.



Implementar un sistema de mantenimiento que garantice la operación segura de los equipos, vehículos y maquinarias de GyM que desarrollan trabajos en obra y exigir a los subcontratistas el mantenimiento oportuno de los propios. Mantener registros que evidencien cumplimiento.



Asegurar que los conductores y operadores a su cargo conozcan, entiendan y cumplan la presente Guía.

Administrador de Obra 

Garantizar el proceso formal de contratación del personal de obra (incluido subcontratistas y proveedores) en estricto cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, en especial en lo referente al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.



Asegurar que los conductores y operadores cumplan con los requisitos exigidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

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Supervisores 

Asegurar que los conductores y operadores a su cargo conozcan, entiendan y cumplan el presente reglamento.



Asegurar que los conductores y operadores a su cargo cuenten con la respectiva Licencia Interna de Conducir y la porten en todo momento.



Reportar al área de Seguridad y Salud Ocupacional, todo incidente con equipos bajo su responsabilidad.



Verificar el cumplimiento del programa de mantenimiento preventivo y correctivo de los con equipos bajo su responsabilidad.



Verificar que los con equipos utilizados no presenten condiciones subestándares y cuenten con la documentación en regla (Tarjeta de propiedad, SOAT, certificado de póliza, permiso de circulación vigente), firmando el Check List diario.



Realizar el seguimiento y ejecutar las acciones correctivas por infracciones de tránsito de los trabajadores bajo su cargo.

Responsable de PdRGA 

Controlar el cumplimiento de lo indicado en la presente Guía de Seguridad Vial.



Verificar aleatoriamente el cumplimiento del presente reglamento interno de tránsito.



Asegurar que las medidas correctivas a los conductores que infrinjan el presente reglamento se cumplan, bajo la coordinación oportuna con el jefe del infractor.

Conductores 

Cumplir y acatar lo establecido en la presente guía.

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Participar en los Procesos de Dosaje de Alcohol y Drogas, cuando sea requerido.



Contar con la Licencia Interna de Conducir.



Realizar el check list de pre uso del vehículo o equipo móvil antes de iniciar cualquier operación y hacerlo firmar a su supervisor inmediato.



Reportar al supervisor y al área de PdRGA, todo incidente con vehículos o equipos móviles bajo su responsabilidad o que sea testigo y apoyar en el respectivo proceso de investigación.

Pasajeros 

Mantener y respetar el orden de llegada a los paraderos oficiales.



Mantener

una conducta adecuada

hacia el

conductor y sus

compañeros. 

Evitar distraer al conductor.



Mantener los asientos y otros accesorios del vehículo en buenas condiciones.



Mantener el orden y limpieza en el vehículo.



Reportar cualquier condición o acto subestándar durante el transporte al conductor, a su supervisor directo y/o al supervisor de transporte.

7. DEFINICIONES /ABREVIATURAS Accidente de tráfico “in itinere”: aquel que se produce en el trayecto entre el domicilio del trabajador y su puesto de trabajo. Accidente de tráfico en jornada laboral: aquel que se produce durante la jornada laboral por motivos de trabajo. Vehículo Liviano: Es aquel vehículo motorizado que: • Capacidad de carga máxima es de 1700 kg. •

Cuenta por lo menos con cuatro ruedas

• Puede ser registrado para uso en vías pública

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• Cumpla con la clasificación vehicular establecida por el Reglamento Nacional de Vehículos del Perú: M1: Vehículos de ocho asientos o menos, sin contar el asiento del conductor. M2: Vehículos de mas de ocho asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de 5 toneladas o menos. M3: Vehículos de mas de ocho asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de más de 5 toneladas. Vehículo Pesado: Son aquellos utilizados para el transporte de materiales, para la construcción y reparación de carreteras y/o movimiento de tierra como: palas, cargadores frontales, retroexcavadoras, motoniveladoras, rodillos de compactación, volquetes, tractos, tráiler, semitrailer, tanque cisterna, bomba y equipos especiales para carga sobre dimensionada. Equipo Móvil: Es todo equipo motorizado autopropulsado que: • No está diseñado, primariamente, para circular en vías públicas. • Son utilizados primariamente para movimiento de tierra o servicios auxiliares • Cumpla con la clasificación vehicular establecida por el Reglamento Nacional de Vehículos del Perú: N1: Vehículos de peso bruto vehicular de 3,5 toneladas o menos. N2: Vehículos de peso bruto vehicular mayor a 3,5 toneladas hasta 12 toneladas. N3: Vehículos de peso bruto vehicular mayor a 12 toneladas. • Son considerados como equipo móvil: o Los equipos de Movimiento de Tierras como motoniveladoras, cargador frontal, tractores con ruedas, tractores de oruga, excavadoras, retroexcavadoras, compactadoras, etc.

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- Los equipos auxiliares como grúas móviles, manlifts, montacargas, etc. - Palas, Cargadores Frontales y Camiones de acarreo.

8. LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD VIAL 8.1 FACTOR HUMANO El contenido de esta guía tiene como objetivo proporcionar lineamientos a los proyectos sobre los aspectos relevantes de la gestión de la seguridad vial, especialmente para reducir o mitigar los riesgos relacionados con los desplazamientos dentro de la jornada laboral, en el centro de trabajo o en misión. En tal sentido partiremos del análisis de Identificación de Peligros y Evaluación

de Riesgos

en el proyecto a implementar la

guía;

considerando: competencias del conductor, estado técnico del vehículo, estado de la infraestructura vial, transporte de personas en dirección y en el Proyecto así como todo desplazamiento que realice el trabajador en cumplimiento de una orden del empleador o la ejecución de una labor por encargo de éste, como parte de las funciones asignadas, incluso si ésta se desarrolla fuera del lugar y las horas de trabajo; siguiendo el Procedimiento de Gestión GyM PdRGA PG 10 “IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y DETERMINACIÓN DE CONTROLES” Recordemos que cada uno de los proyectos es único en condiciones geográficas y el enfoque sistémico que debe usarse es específico. Esta guía nos muestra la identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles de la actividad de transporte de personas, la cual debe usarse como base y ser revisada así como actualizada según las condiciones del proyecto a ejecutar. Ver anexo 1 “Matriz IPER Transporte de Personal” y anexo 2 “Matriz de Control Operacional Transporte de Personal”. A partir del análisis de los principales riesgos que afectan a la seguridad vial laboral, desarrollada en el PROYECTO, se plantea el desarrollo de la presente Guía desde las siguientes perspectivas:

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8.1.1 Acciones Orientadas a Influir sobre el Factor Humano / Conductor desde la Formación El nivel de respuesta del conductor varía en función de sus habilidades y capacidades, del conocimiento de la normativa y seguridad vial, así como de su estado psicofísico. Es por ello, por lo que las acciones encaminadas a prevenir los factores de riesgo derivados de este factor humano, se extienden al trabajador. a) De los Conductores de vehículos livianos y de transporte personal. El personal que requiera conducir vehículos de transporte de personal, deberá contar con los siguientes requisitos:  Cumplir con los requisitos establecidos por la normativa nacional, vigente, en materia de transporte y transito terrestre.  Encontrarse en aptitud física y psicológica, examen psicosensométrico, para conducir vehículos de transporte, estas condiciones son evaluadas mediante el examen médico que debe realizarse con ocasión de los trámites relacionados a la licencia de conducir y mediante los exámenes médicos aleatorios destinados a comprobar la aptitud psicofísica del conductor.  Para conducir camionetas se requiere lo siguiente: 

Brevete A-II B



Cinco de años de experiencia en sierra y selva.



Tres años de experiencia en transporte urbano.



La experiencia debe ser confrontada curricularmente (toma de conocimientos por RRHH) de los años en conducción y no de otorgamiento de brevete.

 Para conducir vehículos de transporte de personal se requiere lo siguiente:

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Brevete A-III C



Cinco de años de experiencia en sierra y selva.



Tres años de experiencia en transporte urbano.



La experiencia debe ser confrontada curricularmente (toma de conocimientos por RRHH) de los años en conducción en unidades similares en cantidad de pasajeros,

clara

diferencia

entre

van

(hasta

08

pasajeros), Camioneta Rural ( hasta 12 pasajeros), coaster (hasta 16 pasajeros), mini bus (hasta 22 pasajeros), bus (sobre 22 pasajeros)  Edad mínima de 25 años y no superar la edad máxima de 60 años para conducir vehículos de Transporte de Personal.  Educación mínima: Secundaria completa (de acuerdo al DS N° 040-2008-MTC)  Record de conductor expedida por el MTC, con una antigüedad no menor a 25 días – para verificar de autenticidad de la licencia – esto solo para licencias nacionales. 

Solo se aceptarán records de conducción con máximo 25 puntos en contra por infracciones de tránsito y la correspondiente gestión por parte del postulante para levantar la observación ante el MTC.

 Aprobar Curso Teórico Práctico de Manejo Defensivo  Adicionalmente a la licencia de conducir emitida por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, el trabajador que opere vehículos liviano y/o pesado deberá contar con la Licencia Interna de Conducir emitida por GyM. Ver Anexo 3 “Procedimiento para Obtener licencia interna de Conducir”  Firmar la carta de compromiso. Ver anexo 4 Compromiso”

“Carta de

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b) De los Conductores de vehículos pesados y equipos móviles.  Para conducir vehículos de carga se requiere lo siguiente: 

Brevete A-III C



Siete de años de experiencia en sierra y selva.



Cinco años de experiencia en transporte urbano.



La experiencia debe ser confrontada curricularmente (toma de conocimientos por RRHH) de los años en conducción en unidades similares en semi trailer, tráiler, cama baja.

 Para conducir vehículos de servicio (camiones

furgón,

camiones de mantenimiento, cisterna, entre otros) se requiere lo siguiente: 

Brevete A-III C



Cinco de años de experiencia en sierra y selva.



Tres años de experiencia en transporte urbano.



La experiencia debe ser confrontada curricularmente (toma de conocimientos por RRHH) de los años en conducción y no de otorgamiento de brevete.

 Para conducir volquetes se requiere lo siguiente: 

Brevete A-III C



Cuatro de años de experiencia en sierra y selva.



Dos años de experiencia en transporte urbano.



La experiencia debe ser confrontada curricularmente (toma de conocimientos por RRHH) de los años en conducción en unidades.

 Para conducir equipos pesados se requiere lo siguiente: 

Brevete A-I

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Se adjuntara tabla de jerarquía de equipos con los correspondientes requisitos de años de experiencia.



La experiencia debe ser confrontada curricularmente (toma de conocimientos por RRHH) de los años en conducción de equipos pesados.

 CV

documentado,

donde

se

pueda

evidenciar

los

certificados de operador de grúas, camión grúa, emitido por una entidad certificadora autorizada, cuando corresponda.  Adicionalmente a la licencia de conducir emitida por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, el trabajador que opere vehículos liviano y/o pesado deberá contar con la Licencia Interna de Conducir emitida por GyM. Ver Anexo 3 “Procedimiento para Obtener licencia interna de Conducir”  Aprobar Curso Teórico Práctico de Manejo Defensivo  Firmar la carta de compromiso. Ver anexo 4

“Carta de

Compromiso”  8.1.2 Acciones orientadas a influir sobre el Factor Humano / Conductor desde la Sensibilización Se trata de acciones dirigidas a concienciar a los trabajadores de la empresa sobre los principales factores de riesgo que influyen directamente en la conducción, con el objetivo de mitigar el riesgo que suponen factores como la fatiga, el sueño, las distracciones, el alcohol y las drogas, etc.; el estado de salud de los trabajadores y cómo puede afectar a su capacidad de conducción las enfermedades, las patologías físicas o el consumo de medicamentos; y finalmente, aspectos psicosociales del trabajador (estrés, depresión y agresividad, conocimientos, destrezas y capacidades de conducción entre otras). Los conductores y operadores no deberán conducir u operar vehículos y equipos móviles si se encuentran bajo la influencia de drogas y / o alcohol,

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fatiga u otros que pueden afectar su habilidad para conducir un vehículo particular o máquina en forma segura. El conducir y/o operar algún vehículo o equipo bajo la influencia de alcohol o drogas se considerará falta grave y retiro inmediato de la empresa, así mismo si observamos la ocurrencia de esta condición se debe de reportar de forma inmediata al supervisor del área correspondiente. La política de Posesión y Consumo de Alcohol, Drogas y Fármacos se difundirá en las charlas de Inducción así como en las charlas diarias. Ver anexo 5 “Política de Posesión y Consumo de Alcohol, Drogas y Fármacos” a) De los Exámenes Médicos Todo Operador y/o conductor de vehículos y equipos móviles deberán cumplir con el siguiente protocolo de examen médico: Ficha Médico Ocupacional

Hemograma completo

Evaluación Osteomuscular

Grupo sanguíneo y Factor Rh.

Examen físico general

Perfil lipídico (colesterol, HDL; LDL y triglicéridos)

Radiografía De tórax

Glucosa en ayunas.

Espirometría

Examen Completo de Orina.

Audiometría

Test de Fatiga y somnolencia EPWORTH

Evaluación Oftalmológica completa

Screening toxicológico (marihuana, cocaína)

Evaluación Psicológica

Electrocardiograma (solo a todos los mayores de 40 años

Para el caso de conductores y Operadores “visitas” deberán mostrar, en la puerta de ingreso a Obra, su examen médico realizado por su empresa de procedencia y bajo sus protocolos. b) De la jornada Laboral y descanso del Conductor  La política de Fatiga y Somnolencia se difundirá en las charlas de Inducción así como en las charlas diarias y es de fiel cumplimiento en toda la Organización Ver anexo 6 “Política de Fatiga y Somnolencia”

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 La duración acumulada de la jornada de conducción no deberá exceder de diez (10) horas en un período de 24 horas.  Las horas de descanso mínimas para dar inicio a la jornada de trabajo será de 06 horas continuas.  Los conductores de vehículos destinados a la prestación del servicio de transporte de personal, transporte de carga, Convoy y vehículo de escolta en el ámbito Nacional, regional y provincial, no deberán realizar jornadas de conducción efectiva continua de más de cinco (5) horas, y deberán gozar de un tiempo de descanso entre cada jornada de conducción no menor de una (1) hora; en caso que la jornada de conducción efectiva sea menor de dos (2) horas, el tiempo de descanso será no menor de treinta (30) minutos.  Para conductores que realicen trabajos en horario nocturno el descanso

deberá

realizarse

en

ambientes

previamente

establecidos, retirados de áreas que generen ruidos molestos, con una iluminación adecuada, permitiendo un descanso continuado del trabajador.  El descanso de los conductores durante la jornada de trabajo será registrada en una bitácora del operador, la cual será revisada frecuentemente para verificar su cumplimiento, en no hacer uso de la hora de descanso y su no registro en la bitácora por parte del conductor y/o operador será considerado como falta grave y tratado según el procedimiento de notificaciones de riesgo.  Durante una jornada extensa de trabajo se deberá aplicar “Pausas Activas en Campo” con el propósito de recuperar la composición corporal del individuo y controlar factores de riesgo vinculados con la fatiga muscular la misma que reduce significativamente la capacidad de atención y concentración al realizar actividades repetitivas.

8.2 VEHICULOS, EQUIPOS Y MAQUINARIA

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8.2.1 Acciones orientadas a mejorar la seguridad del vehículo. El vehículo no suele intervenir como causa directa, pero sí influye asociado a los demás factores como elemento que puede incrementar o reducir el riesgo que se plantea en cada situación concreta. Se debe considerar al vehículo como una herramienta más de trabajo, en particular si se desplaza habitualmente con él durante la jornada. Para ello, el vehículo ha de responder en todo momento con eficacia y precisión a todas las órdenes ejecutadas por el conductor, y sobre todo muy especialmente, sus mecanismos y órganos básicos de seguridad. Es necesario llevar un control exhaustivo y un mantenimiento adecuado de los elementos principales del vehículo. El vehículo tiene distintos componentes diseñados para aportar seguridad en la conducción, no obstante pueden llegar a ser inoperantes si no se utilizan adecuadamente.

a) Requisitos y Equipamiento Básico para Vehículos y Equipos Móviles Todos los vehículos y equipos móviles en general deberán estar sometidos a un programa de mantenimiento preventivo periódico, acorde a las recomendaciones del fabricante. Mantener las características técnicas generales y específicas de los vehículos, así como las demás condiciones que le permitieron acceder a la autorización para la prestación del servicio de transporte. La antigüedad de los vehículos y equipos móviles para trabajos internos será:  Camiones para movimiento de tierra: Antigüedad máxima de 10 años.  Camiones Cisternas: Antigüedad máxima de 15 años  Camión grúa: Antigüedad máxima de 15 años  Maquinaria pesada: Antigüedad máxima de 10 años

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 Camiones y vehículos para transporte de carga: Antigüedad máxima de 15 años.  Buses y minibuses de transporte de personal: Antigüedad máxima de 10 años.  Camionetas pick up y camionetas rurales para transporte de personal: Antigüedad máxima de 03 años / 100,000 km de recorrido. Vehículos Livianos:  Doble tracción. Según la geografía del proyecto.  Cinturones de Seguridad según: Camionetas: Como mínimo tres puntos para el piloto, tres puntos para los asientos laterales de la segunda fila, dos puntos para el asiento central de la segunda fila. Vehículos de transporte de personal: Como mínimo dos puntos en todos los asientos posteriores (adicionado a lo mencionado en el punto anterior.) 

Todo asiento debe contar con el respectivo apoyacabezas

 02 Bolsas de Aire (Air Bag), para el conductor y pasajero asiento delantero.  Dispositivos de alumbrado para vehículos de transporte de personal (luces blancas en los pasadizos y estribos que iluminen el ingreso y salida de los pasajeros)  Jaula Antivuelco en la cabina (Para camionetas y vehículos de transporte de personal). Ver Anexo 7 “Especificaciones Jaula Antivuelco”  Barra Antivuelco externa (Para camionetas y vehículos de transporte de personal). Ver Anexo 8 “Especificaciones Barra Antivuelco”  Espejos, luces y limpiaparabrisas.

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 Retrovisor adicional, para vehículos de transporte de personal, (espejo interior montado sobre el marco de la puerta delantera que permita al piloto observar el acceso o salida de los pasajeros).  Radio de comunicaciones.  Faros neblineros (dos).  Alarma de retroceso audible a 10 m. de distancia bajo las condiciones de ruido normales del área de trabajo.  Circulina ámbar ubicada en el techo de la cabina.(En caso requerimiento del cliente puede variar el color de la circulina)  Malla metálica de protección al parabrisas posterior de (5 x 5 cm).  Contar con sistema de frenos ABS.  GPS IVMS  De preferencia de carrocería de color de alta visibilidad.  Extintor PQS 4 kg como mínimo para camionetas y 12 Kg para buses.  Botiquín para brindar Primeros Auxilios en Vehículos según RD.No.1011-2010-MTC.  02 conos de Seguridad de 50 a 60cm con cintas reflectivas en la parte superior.  Como mínimo un neumático de repuesto, de las mismas características que los que se emplea en el vehículo, que se encuentre en óptimo estado de funcionamiento. 

Los neumáticos de los vehículos deben presentar, durante toda su utilización en el SNTT, una profundidad mínima en las ranuras principales situadas en la zona central de la banda de rodamiento, tal como se presenta en la tabla siguiente:

Categorías * L

Profundidad (mm) 0.8

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M1, M2, N1, N2, O1 Y 1.6 O2 M3, N3, O3 Y O4 2 * Ver el D.S 058-2003-MTC"Clasificación Vehicular" Está prohibido usar llantas rencauchadas en la parte delantera y posterior en vehículos de sistema lineal de transporte de personal.  Gata y Llave de ruedas.  Linterna de tres pilas con carga para repuesto.  Pértiga cuando trabaje en proyectos mineros..  Punto adecuado para remolque.  Cadena para remolque.  Revisión técnica legal.  2 Cuñas de seguro, para inmovilizar las unidades. Ver Anexo 9 “Requerimientos Mínimos para Vehículos y Equipos”  El parabrisas y ventanas deben ser de vidrio de seguridad no astillable (laminado templado), con sello que indique el tipo de vidrio.  Láminas Retroreflectivas. ( Ver las Imágenes del D.S 0582003-MTC en su anexo III)  Kit Antiderrames. Ver anexo 10 “Lista de Contenido del Kit Antiderrame” Vehículos Pesados:  Los cinturones de seguridad, sus hebillas y anclajes deberán soportar en sí mismos, así como en sus puntos de fijación y de acople una fuerza de tracción mínima de 1800 kg. Como mínimo tres puntos para el piloto y copiloto dos puntos para el asiento del centro.  Radio de comunicaciones.  Faros neblineros (dos).

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 Alarma de retroceso audible a 10 m. de distancia bajo las condiciones de ruido normales del área de trabajo.  Circulina ámbar ubicada en el techo de la cabina.  2 cuñas de seguro, para inmovilizar las unidades adecuadas al tamaño del vehículo o equipo y diámetro de la rueda. Ver anexo 9 “Requerimientos Mínimos para Vehículos

y

Equipos”  Barra anti-empotramiento, para camiones rígidos y articulados en rutas externas.  Espejos, luces y limpiaparabrisas  Extintor PQS de 12 kg.  Botiquín para brindar Primeros Auxilios en Vehículos según RD.No.1011-2010-MTC.  Kit contra derrames de respuesta rápida. Ver anexo 10 “Lista de Contenido del Kit Antiderrame”  Conos de seguridad (02mínimo) 80 a 90cm  Como mínimo un neumático de repuesto, de las mismas características que los que se emplea en el vehículo, que se encuentre en óptimo estado de funcionamiento.  Revisión técnica legal.  Punto adecuado para remolque.  Para volquetes, dispositivo que alerte al operador si la tolva se encuentra levantada.  Los vehículos deberán contar con la documentación requerida por la ley y deberán estar en buenas condiciones de operación. Esto incluye el SOAT, Placas de Rodaje y otros seguros que sean aplicables.  Radio de comunicaciones.  Pértiga cuando trabaje en proyectos mineros.

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 Circulina ámbar ubicada en el techo de la cabina. Equipos Móviles Los Equipos móviles deberán contar las siguientes características mínimas de seguridad:  Cinturones de Seguridad: Los cinturones de seguridad, sus hebillas y anclajes deberán soportar en sí mismos, así como en sus puntos de fijación y de acople una fuerza de tracción mínima de 1800 kg. Como mínimo tres puntos para el piloto y copiloto, dos puntos para el asiento central.  Espejos Retrovisores: Retrovisor principal izquierdo, retrovisor principal derecho, visor de punto ciego.  Limpiaparabrisas y lavaparabrisas, que como mínimo, cubran el área frente al piloto y copiloto. 

Luces adecuadas para el tipo de tráfico y para una operación segura. (Ver el D.S 058-2003-MTC, Reglamento Nacional de Vehículos en su anexo III, “Dispositivos de Alumbrado y Señalización Óptica”

 Láminas Retroreflectivas. ( Ver las Imágenes del Ítem 10 del anexo III del D.S 058-2003-MTC)  Alarma de retroceso, audible en 10m.  2 Cuñas de seguro, para inmovilizar las unidades adecuadas al tamaño del vehículo o equipo y diámetro de la rueda. Ver anexo 9 “Requerimientos Mínimos para Vehículos

y

Equipos”  Extintor PQS de 12 kg.  Radio de comunicaciones.  GPS IVMS  Bocina u otro dispositivo audible de advertencia. Audible en 10m.

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Kit contra derrames de respuesta rápida. Ver anexo 10 “Lista de Contenido del Kit Antiderrame”

 Rueda de repuesto y herramientas, como mínimo de acuerdo al siguiente detalle: 

Una rueda de repuesto o de uso temporal, salvo que el vehículo cuente con un sistema alternativo al cambio de ruedas, que permita su movilidad hasta un taller de reparación.



Tratándose de vehículos cuyos aros tengan diferentes diámetros, deben contar con una rueda de repuesto por cada diámetro de aro, salvo que el fabricante provea una sola rueda de repuesto compatible con las diferentes medidas de aro.



Herramientas para cambiar la rueda (gata completa que soporte al menos el 30% del peso bruto del vehículo, llave de ruedas y triángulo de seguridad o dispositivos

reflectantes

de

emergencia

independientes del vehículo. (Para ejecutar el cambio de llantas y ruedas se debe comunicar al jefe de equipos para que envíe a un mecánico)  Linterna de tres pilas con carga para repuesto.  Cargadores

frontales,

tractores

y

demás

equipos

de

movimiento de tierras deberán contar con cabinas tipo ROPS.  Punto para remolque.  Cadena de ¾ con un largo mínimo de 2 metros para remolque.  Cabinas con aire acondicionado, para equipos donde los conductores estén expuestos a las condiciones dañinas del entorno (ruido, polvo, temperatura, etc.).

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 Neumáticos, los vehículos deben estar equipados con neumáticos de las dimensiones y características previstas por el fabricante del vehículo. En ningún caso se permitirán neumáticos que sobresalgan del borde lateral del vehículo, que hagan contacto con el guardafangos o algún elemento de la suspensión, o que afecten el radio de giro

8.3 INFRAESTRUCTURA VIAL 8.3.1 Acciones orientadas a influir sobre la vía y el entorno. Es complejo realizar acciones para incidir en este factor, ya que no se puede influir sobre aspectos externos a la propia conducción. Por tanto la empresa ha de incidir, sobre todo, en los ámbitos formativos e informativos y el trabajador, por su parte, ser consciente de los riesgos que puede sufrir. Conducir ante situaciones adversas nos exige variar nuestro modo de conducción y readaptarlo a las nuevas circunstancias. Las reacciones del vehículo serán distintas y el trabajador debe ser consciente de ello. El trabajador debe estar atento a las circunstancias y condiciones que tiene en el espacio que le rodea, de ese modo podrá anticipar lo que pueda ocurrir a su alrededor y tomar la decisión más adecuada, maniobrando en consecuencia. La conducción en condiciones climatológicas adversas, presenta una serie de dificultades muy importantes: pérdida de adherencia, aumento de la distancia de frenada, falta de visibilidad, etc. En cuanto a las actuaciones sobre la vía (y otras infraestructuras), las posibilidades de la empresa a la hora de actuar son más reducidas, centrándose principalmente en medidas orientadas a la coordinación con las autoridades competentes (por ejemplo a la hora de realizar modificaciones o mantenimientos sobre las vías) o medidas de aplicación únicamente sobre aquellas infraestructuras de las que la propia empresa

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es responsable (el aparcamiento, vías y accesos dentro de las propias instalaciones de la empresa, etc.)

a) Requisitos en Infraestructura Vial Se aplicarán los siguientes estándares a los accesos construidos en terreno para cumplir con los requerimientos mínimos del proyecto.  Construir vías amplias de no menos tres (03) veces el ancho del vehículo más grande de la obra, en vías de doble sentido; y no menos de dos (02) veces de ancho en vías de un solo sentido.

Si

la

mecánica

de

rocas

presenta

terrenos

incompetentes, se determinará realizar vías del ancho de la maquinaria más grande de la obra, más veinte por ciento (20%) de espacio para la cuneta.  Disponer de bermas de seguridad para dar pase a la maquinaria o vehículos que circulen en sentido contrario; manteniendo el sector señalizado con material reflexivo de alta intensidad, cuando el uso de la vía es permanente.  Construir el muro de seguridad, el que no será menor de ¾ partes de la altura de la llanta más grande de los vehículos que circulan por los caminos, rampas y/o zigzag lateralmente libres.  Mantener las carreteras permanentemente regadas y las cunetas limpias. 

Construir carreteras de alivio en las vías de circulación vehicular en superficie con pendientes mayores del cinco por ciento (5%) (rampas, accesos o zigzag), diagonales a las vías existentes y ubicadas en lugares preestablecidos. Estas carreteras de alivio deben servir para ayudar a la reducción de la velocidad de la maquinaria y controlarla hasta detenerla.

 Señalizar las vías de circulación adecuadamente con material reflexivo de alta intensidad, especialmente en las curvas.

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 Para el diseño y utilización de los dispositivos de control de tránsito (señales verticales y horizontales,

marcas en

pavimento, dispositivos auxiliares, gráficos se las señales reglamentarias preventivas y de información en zonas de trabajo ), se considerará lo reglamentado en el RESOLUCION MINISTERIAL Nº 210-2000-MTC “Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y Carreteras”

8.4 CONDUCCIÓN / OPERACIÓN No se trata tanto de actuaciones dirigidas a concienciar a sus destinatarios sobre la relevancia de la seguridad vial de una manera genérica, sino que avanzando un paso más en ese itinerario de fomento de la cultura de la seguridad vial, este tipo de acciones proponen soluciones prácticas para atajar problemas específicos como: • La organización y planificación de los desplazamientos del personal de la empresa • Los horarios de llegada y salida en la empresa. Los turnos de trabajo. • Las rutas y los itinerarios

8.4.1 Conducción/Operación de Vehículo y Equipo Móvil  Realizar antes de utilizar un vehículo o equipo móvil la Inspección de pre-uso del vehículo y equipo (Check List).  En todo momento, mantener encendidas la baliza, pértiga (Ver si aplica al proyecto), luces delanteras y traseras, mientras el vehículo o equipo móvil se encuentre en circulación dentro del emplazamiento; en la vía pública mantener encendidas solo las luces.  Usar obligatoriamente el cinturón de seguridad, el conductor verificará que todos los ocupantes también lo usen.

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 Transportar como número máximo de personas en un equipo liviano o pesado según lo indicado en la tarjeta de propiedad y la cantidad de cinturones de seguridad.  Usar como sistema de advertencia un toque de bocina para encender el motor, dos toques de bocina antes de iniciar la marcha hacia adelante y tres para retroceder. En cada caso esperar 5 segundos para iniciar la marcha.  Todo el tránsito de con equipos debe ser por el lado derecho de la vía, salvo casos donde esté señalizado de otra forma.  Considerar las condiciones riesgosas de las vías tanto dentro del emplazamiento como en la vía pública: 

Vías estrechas.



Vías sin asfaltar (trochas).



Vías recién regadas



Curvas ciegas.



Presencia de polvo.



Presencia de condiciones climáticas adversas (lluvia, granizo, neblina).



Presencia de peatones o animales.



Actos imprudentes de otros conductores.

 Mientras se opera un vehículo o equipo móvil está prohibido el uso de teléfono celular.  Respetar la señalización de tránsito y comunicación de los vigías. Al parar el vehículo o equipo móvil en la señal de PARE, deberá esperar 5 segundos para poder evaluar toda el área respectiva y después retomar la marcha.  Anunciar todo cambio de dirección con 50 m. de anticipación por medio de la correspondiente luz direccional.

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 Verificar antes de adelantar a otro vehículo o equipo móvil que se cuente con suficiente trecho de vía para realizar la maniobra y que no exista otro vehículo en sentido contrario; no se debe adelantar a menos de 50 metros de una intersección, pendiente o curva ciega. Una vez que el vehículo delantero haya colocado su direccional derecha en señal de que se puede pasar, colocar la direccional izquierda e iniciar el traspase en diagonal hacia el carril contrario; a la altura del vehículo que se adelanta, colocar la direccional derecha y terminar de pasarlo en diagonal, regresando al carril del mismo sentido.  Al aproximarse o seguir a un vehículo o equipo móvil a menos de 200 m. se debe utilizar luces bajas.  Toda carga transportada en un vehículo, autorizado para hacerlo, debe estar debidamente asegurada, de manera que se prevenga su caída en la vía. Si la carga sobresale de la tolva, colocar señales de color rojo en la(s) parte(s) sobresaliente(s).  Para remolcar un vehículo o equipo móvil se podrá usar un cable de remolque; sin embargo, el jefe de equipos y PdRGA deben evaluar, de acuerdo a las condiciones mecánicas del vehículo o equipo móvil, características de la vía y longitud a desplazarse, si es necesario utilizar una barra de remolque, sobre todo para equipo pesado sobre ruedas y pendientes.  Al

circular

equipos

como

cargadores

frontales,

retroexcavadoras, tractores, etc., mantener el cucharón o el bulldozer (hoja topadora) retraído hacia adentro y a la menor distancia posible del suelo.

8.4.2 Limites de Velocidad  En dirección a la Obra: 

Zona urbana Velocidad máxima = 35 Km/h

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Vía asfaltada: Velocidad máxima = 60 Km/h



Vía afirmada: Velocidad máxima = 40 Km/h



Trocha carrozable: Velocidad máxima = 30 Km/h

 Los límites de velocidad máxima establecidos dentro del emplazamiento son: 

Accesos al Proyecto, Oficinas, Campamentos, Talleres = 15 Km/h



Vías en mantenimiento, zonas en construcción: Velocidad máxima = 30 Km/h

 Vías de circulación la velocidad máxima será: 

Camionetas = 45 Km/h



Otros vehículos o equipos móviles (volquetes, cisternas, etc.) = 45 Km/h

 Las condiciones de clima adverso, de limitaciones en la visibilidad, mal estado de la vía, cuando se aproxime o cruce intersecciones, túneles, puentes, cuando transiten por cuestas, cuando se aproximen e ingresen a una curva, se cambie de dirección, cuando circulen por una vía estrecha o sinuosa, cuando se encuentren con un vehículo que circula en sentido contrario o cuando existan peligros con respecto a los peatones u otros vehículos o condiciones especiales de la vía, obligan a reducir las velocidades máximas a límites controlables.

8.4.3 Prioridades Vehiculares y Derecho de Paso  Los peatones y los animales tienen derecho de paso tanto en la vía pública como dentro del emplazamiento.  Cuando un equipo gira a la izquierda, derecha, en “U” (en lugares planos y amplios) para cambia de carril, deberá ceder el paso a otros equipos o peatones.

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 Los cambios de dirección y demás maniobras que impliquen la modificación de la marcha de un vehículo en la vía, deben ser advertidos antes de los 50m de realizar la maniobra a los demás vehículos, manteniendo la señal de advertencia hasta culminada la misma.  Al aproximarse a un cruce de vías la preferencia de paso será la siguiente: Primero: Vehículos de emergencia y/o rescate. Segundo: Vehículos Pesados Tercero: Vehículos de Transporte de Carga Cuarto: Vehículos de Transporte de Personal Quinto: Camionetas y equipos móviles.

8.4.4 Estacionamiento de Vehículo y Equipo Móvil  El estacionamiento de todo equipo es en retroceso  Los parqueos permanentes deben contar con topes para las llantas posteriores y espacios señalizados, de acuerdo a la dimensión del vehículo mayor que usará dicho estacionamiento.  No dejar estacionado o abandonar el vehículo o equipo móvil con el motor encendido.  Todo vehículo o equipo móvil debe estacionarse con el freno de parqueo enganchado y con las llantas reviradas hacia un punto cercano (muro, cerro, pared, etc.).  Usar obligatoriamente tacos en la(s) llanta(s) posterior(es) del lado derecho. El tamaño de taco debe ser adecuado para el tamaño de la llanta del equipo y contar con un jalador.  Dejar obligatoriamente un cono de seguridad a una distancia de 1.20 m delante del equipo estacionado en retroceso; para estacionamiento en paralelo, colocar 2 conos de seguridad.

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 El estacionamiento en las vías no está permitido, salvo emergencias y señalizando con los 2 conos de seguridad, 20 m. delante y detrás del vehículo o equipo móvil y encendiendo las luces de emergencia.  Para estacionarse en el campo por menos de 30 minutos, por motivos de trabajo y si no hay un Parqueo, hacerlo paralelo a la vía o rampa, en un lugar amplio, que no impida el libre tránsito de otros vehículos, colocando los 2 conos de seguridad hacia el lado de la vía o rampa (uno adelante y otro atrás del vehículo) y encendiendo las luces de emergencia.  Cuando un vehículo se estacione en una vía con pendiente, adicionalmente de apagar el motor, activar el freno de parqueo y colocar taco, debe estar enganchado en un cambio contrario a la pendiente y con las llantas giradas hacia el muro de seguridad o cerro, seguido del colocado de conos en ambos lados.  Prohibido estacionar un vehículo o equipo móvil bloqueando entrada / salida de ambulancia, equipos de lucha contra incendios, rutas de acceso o puntos de reunión para caso de evacuación.  Al dejar estacionado un equipo retirar la llave del contacto para prevenir que personas no autorizadas, puedan utilizarlo.  Los

equipos

pesados

como

cargadores

frontales,

retroexcavadoras, tractores y otros deben estacionarse con el cucharón, lampón o escarificador sobre el suelo.

8.4.5 Transporte de Carga  Para el transporte de carga se debe cumplir con los requisitos establecidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones según el DS N° 009-2004-MTC – Reglamento Nacional de Administración

del

Transporte,

DS



021-2008-MTC

Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.

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 Todo convoy de transporte de carga de combustible, materiales o productos peligrosos, concentrado y carga sobredimensionada, debe contar con una camioneta pick up de escolta (ploteo), la cual debe portar un letrero de 1.20mx 0.60m con fondo amarillo (grado ingeniería) y letras de color negro, ubicado en un lugar visible donde indique “ESCOLTA” y el número de unidades de convoy.  La persona encargada del ploteo debe contar obligatoriamente con entrenamiento en HAZMAT Nivel I, para asegurar una adecuada primera respuesta ante cualquier evento.  La unidad de escolta y las unidades de transporte deben contar con radio de comunicación con la misma frecuencia; asimismo, la unidad de escolta debe disponer de el número de contacto con PdRGA para la comunicación de cualquier emergencia.  Se debe mantener una distancia mínima de 3 m entre el borde superior de la carga y las líneas de alta tensión.  Los vehículos de transporte de carga sobredimensionada deben contar con banderolas en las cuatro esquinas de 0.50 x 0.70 m de color rojo y con el vehículo de escolta, deben llevar en un lugar visible un aviso que indique “Carga Ancha” con fondo amarillo (grado ingeniería) y letras negras.

8.5 INFRACCIONES VIALES. Las infracciones menores incluyen, pero no se limitan a:  Exceder la velocidad máxima de 5 Km./h a 10 Km./h.  Poseer, pero no portar una Licencia Interna de Conducir o Licencia

de

Conducir

del

Ministerio

de

Transporte

y

Comunicaciones.  Manejar a una distancia inadecuada del vehículo que tiene delante.  Manejar un vehículo que presente condición sub estándar menor.

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 Llenar inadecuadamente el Check List o no hacerlo firmar por su supervisor  Abusar de señales direccionales y luces intermitentes  Tocar innecesariamente el claxon (saludar, pedir pase, llamar a pasajeros, etc.)  Utilizar las luces altas al aproximarse y/o seguir a un vehículo a menos de 200m.o Transportar materiales o herramientas en el interior de la cabina. Las infracciones moderadas incluyen, pero no se limitan a:  Segunda infracción menor en dos semanas.  Exceder la velocidad máxima de 11Km/h a 15 Km/h  No usar los cinturones de seguridad del vehículo (conductor y/u ocupantes)  Llevar a más personas de lo indicado en la tarjeta de propiedad del vehículo  Adelantar a otro vehículo o equipo en una pendiente o curva ciega  Manejar sin prestar atención al estado de la vía y tráfico peatonal o vehicular  Dejar un vehículo averiado sin la señalización adecuada  No encender luces al manejar dentro del emplazamiento o en la vía pública  Hacer giros incorrectos o abruptos  Continuar ante una señal de PARE, sin llegar a detenerse completamente  Abandonar el vehículo con el motor encendido.  No acatar las disposiciones del vigía de tránsito.  Ser responsable de un accidente moderado

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 No llenar el Formato de Inspección de Pre Uso  Desembarcar o recoger a pasajeros donde no está indicado o permitido  Abandonar

el

vehículo

en

zonas

prohibidas

para

el

estacionamiento Las infracciones graves incluyen, pero no se limitan a:  Tercera infracción menor en cuatro semanas  Exceder la velocidad máxima en más de 15 a 25 Km/h  Segunda infracción moderada en dos meses  Conducir hablando por teléfono (celular)  No detener completamente el vehículo permitiendo que los pasajeros suban o bajen  No contar con SOAT o con otros requisitos/permisos legales aplicables  Ordenar o permitir que un trabajador sin Licencia Interna de Conducir o Licencia de Conducir del Ministerio de Transporte y Comunicaciones opere un vehículo o equipo móvil  Manejar de manera imprudente que ponga en grave peligro al conductor, a otros usuarios de la vía y/o pasajeros de su propio vehículo  Ser responsable de un accidente grave  Conducir un vehículo con neumáticos posteriores en condición sub estándar.  Circular sin placas de rodaje o sin el permiso correspondiente del Ministerio Transporte y Comunicaciones, sin SOAT vigente  Conducir vehículos incumpliendo con las restricciones que consigna la licencia Interna de conducir

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 Transportar personas en la parte exterior de la carrocería o encima de la carga.  Conducir vehículos dentro del emplazamiento en sus días libres, vacaciones, permiso, cuando están suspendidos o con descanso médico. Las infracciones muy graves incluyen, pero no se limitan a:  Segunda infracción grave en dos meses.  Exceder la velocidad máxima en más de 25 Km/h.  Manejar bajo la influencia de alcohol.  Manejar bajo la influencia de drogas ilícitas que puedan afectar la capacidad para manejar.  Manejar un vehículo sin el sistema de luces (en neblina o noche), mal de la dirección, mal de frenos o con los neumáticos delanteros muy desgastados o Manejar sin contar con Licencia Interna de Conducir o Licencia de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. La aplicación de medidas correctivas se realizará mediante la emisión de Papeletas de Notificación de Riesgo.

9. FORMATO / REGISTROS N/A

10. ANEXOS Anexo 1: Matriz IPER “Transporte de Personal” Anexo 2: Matriz de Control Operacional “Transporte de Personal” Anexo 3: Procedimiento para Obtener licencia interna de Conducir Anexo 4: Carta de Compromiso Anexo 5: Política de Posesión y Consumo de Alcohol, Drogas y Fármacos Anexo 6: Política de Fatiga y Somnolencia Anexo 7: Especificaciones Jaula Antivuelco Anexo 8: Especificaciones Barra Antivuelco

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Anexo 9: Requerimientos Mínimos para Vehículos y Equipos Anexo 10: Lista de Contenido del Kit Antiderrame

11. CONTROL DE CAMBIOS Revisión Rev. 0

Modificación NA