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CASO DE APLICACIÓN A LA LEY Nº 16.744 Nombre Alumno: Elba Moraleda Gómez Nombre Asignatura: Legislación De Prevención I

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CASO DE APLICACIÓN A LA LEY Nº 16.744

Nombre Alumno: Elba Moraleda Gómez Nombre Asignatura: Legislación De Prevención Instituto IACC 26 de Agosto del 2019

DESARROLLO DE LA TAREA: La empresa constructora La Cueva Ltda., es una empresa dedicada a la construcción de túneles. Cuenta con 78 trabajadores cuya relación laboral es mediante contrato a plazo fijo. En marzo del 2018, ocurre un accidente que tiene como consecuencia cuatro trabajadores accidentados producto de la caída de un andamio, tres de ellos con consecuencias leves y uno con consecuencias graves. Los trabajadores contaban con elementos de protección personal, pero el andamio no estaba operativo. Como la empresa no tenía la obligación legal de mantener un prevencionista de riesgos, el asesor del organismo administrador capacitaba al comité paritario de la empresa. La empresa realizaba sus faenas en una autopista que une la Región Metropolitana y la Región de Valparaíso, a cargo del Ministerio de Obras Públicas.

Para el caso planteado: 1.- Diseñe una pirámide donde se incorporen algunas normas que se deben considerar para proceder ante dicho accidente, explicando cada nivel de la pirámide. 1. Leyes Ordinarias o simples: Los trabajadores al estar contratados por la empresa al momento de sufrir el accidente, están regulados por la ley N° 16.744 del Seguro Social de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales.2.- Norma Común: Los trabajadores contaban con los elementos de protección personal, exigido por la norma Chilena 1.258 Equipos de Protección Personal para trabajos con riesgo de caídas, por lo que; a causa de ello, solo sufriendo lesiones leves y graves, pero ninguna de ellas con causa de muerte.3.- Resoluciones: Le corresponde al Comité Paritario realizar la investigación de las causas que provocaron el accidente, para posteriormente tomar las medidas necesarias para que se apliquen las normas e instrucciones para evitar nuevamente que se produzca un accidente con las mismas o similares características.-

2. Fundamente ¿cómo se relaciona el caso con lo planteado en la constitución política, el código del trabajo y en la ley 16.744 referente a seguridad laboral? Ley 16.744 : Es un seguro social que otorga prestaciones médicas y económicas a los trabajadores que sufren un accidente del trabajo o contraen una enfermedad profesional. Por lo tanto; todas las personas están aseguradas independiente de la naturaleza de su contrato o prestación de servicios, estando protegidos los obreros de construcción.Constitución Política : La constitución asegura a todas las personas: Art. 19°Nº 1 “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”. Y El Art. 19 N°18 “El derecho a la seguridad social”.- Derechos obligatorios que tiene toda persona. Código del trabajo : El principal objetivo es velar por que las relaciones entre los patronos y trabajadores sean armónicas, estableciendo los distintos derechos y obligaciones para poder garantizarles a los empleados una mejor calidad de vida. Tener claro qué debe contener un contrato individual de trabajo. En este caso es el ente que regula que cada obrero cuente un contrato, donde se señala y regulen las condiciones laborales como los horarios, remuneraciones, pago de imposiciones, previsiones, feriado legal, etc.3. Mencione y explique a lo menos una responsabilidad en la prevención de riesgos, de los siguientes actores involucrado: a. Estado: Debe entregar “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”, es el Estado quien tiene que regular y proporcionar las condiciones laborales óptimas para cada trabajador, como un ambiente grato, remunerado, con derechos y obligaciones para ambas partes.b. Organismos administradores: La administración del Seguro contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales está a cargo del Instituto de Seguridad Laboral (ISL) y de las Mutualidades de Empleadores. Este organismo debe entregar y proporcionar las atenciones de primera necesidad después de ocurrido un accidente o enfermedad profesional, este proceso y beneficios deben otorgarse antes, durante y después para un trabajador.

c. Empleadores: El empleador está obligado y responsable de velar por la seguridad y salud de sus trabajadores y sus principales obligaciones son: (i) poner a disposición de sus empleados los instrumentos adecuados de trabajo; (ii) definir, divulgar, dirigir y hacer cumplir al interior de la empresa la política de seguridad y salud en el trabajo.- El empleador debe preocuparse de otorgar lo pactado en cada contrato laboral de acuerdo a la función a desempeñar en la empresa por le trabajador, siendo el trabajador remunerado por sus obligación contractual.d. Departamentos De Prevención De Riesgos: El Departamento de Prevención de Riesgos es una dependencia que está a cargo de planificar, organizar, ejecutar y supervisar la prevención de riesgos y, además, efectuar acciones permanentes para evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Este Departamento debe funcionar en una Empresa, en función de la prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales.e. Comités Paritarios: Las principales funciones de un Comité Paritario son las siguientes: 1. Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección. ... Vigilar el cumplimiento tanto por parte de la empresa como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad. Si la Empresa cuenta con más de 25 trabajadores, la empresa debe funcionar y formar el Comité Paritario, quien se debe preocupar de orientar, prevenir y resolver todas las posibles situaciones por resolver en beneficio del trabajador y su entorno laboral, con los temas de prevención de riesgos.f. Trabajadores: deben aportar dentro del proceso de prevención de riesgos, de la siguiente manera: (i) informar de manera clara, veraz y completa su estado de salud y cuidar de esta (ii) cumplir con las normas y reglamentos sobre SG-SST, (iii) participar en las actividades de capacitación del SG-SST e (iv) informar a tiempo cualquier peligro o riesgo en el sitio de trabajo. Así como el Empleador tiene sus compromisos contractuales, el trabajador debe cumplir con las mismas obligaciones a cambio de sus remuneraciones y otros beneficios si lo tuvieran.- Avisando en forma oportuna cualquier situación anormal o de riesgo, para tomar las medidas preventivas y rápida acción.BIBLIOGRAFIA 1.- https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-60425.html 2.-https://www.asuntoslegales.com.co/consultorio/responsabilidad-del-empleador-enmateria-de-riesgos-laborales-2736472