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“AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD” Cusco Capital Histórica del Perú Ministerio de Educación Direcció

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“AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD” Cusco Capital Histórica del Perú

Ministerio de Educación Dirección Regional de Educación Cusco UGEL: ACOMAYO

SANGARARÁ - ACOMAYO - CUSCO 2019

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INDICE Pag. CAPITULO I Aspectos generales Objetivos Finalidad ……………………………………………………………………………………..7 De la Institución Educativa Creación ………………………………………………………………………………………..8 CAPITULO II Órgano de la Dirección Del Director ………………………………………………………………………………..9 CAPITULO III…………………………………………………………………………….12 Del Órgano de la Administración Secretaría Biblioteca…………………………………………………………………………………………14 CAPITULO IV Coordinador de tutoría……………………………………………………………….15 Comité de disciplina……………………………………………………………………..16 Comité de defensoría del niño y el adolescente…………………..18 CAPITULO V De los docentes……………………………………………………………………………..20 Del DAIP………………………………………………………………………………………….24 Del auxiliar de educación…………………………………………………………….26 CAPITULO VI Apoyo administrativo…………………………………………………………………….29 Secretario de actas………………………………………………………………………29 Comisión de recursos financieros……………………………………………..30 Personal de servicio……………………………………………………………………..31 Guardián Nocturno…………………………………………………………………………33 CAPITULO VII De los educandos………………………………………………………………………….34 De los padres de familia…………………………………………………………….40 CONEI………………………………………………………………………………………………47 CAPITULO VIII Dela organización del trabajo educativo……………………………….49 CAPITULO IX Del funcionamiento de la Institución Educativa…………………..51 CAPITULO X De la evaluación, matrícula y certificación…………………………….52 CAPITULO XI De los organismos y relaciones con la comunidad………………….53 CAPITULO XII Disposiciones Finales……………………………………………………………………….54 CAPITULO XIII Disposiciones Complementarias…………………………………………………….55

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CAPITULO I ASPECTOS GENERALES

1. OBJETIVO GENERAL: Establecer Normas y Procedimientos de carácter interno que permitan el buen funcionamiento en todas las actividades del servicio educativo de calidad, frente a los retos de un nuevo orden social en el mundo globalizado de creciente competitividad. 2. OBJETIVOS ESPECIFICOS: 2.1. Planificar, diseñar, organizar, coordinar, ejecutar y evaluar el servicio educativo que ofrece el plantel, acorde a la realidad, garantizando la calidad y eficiencia educativa. 2.2. Garantizar la gestión administrativa que se ofrece en la Educación Básica Regular, utilizando los recursos propios con que cuenta la Institución Educativa. 2.3. Impulsar, propiciar una excelente gestión y capacidad de respuesta frente a los requerimientos específicos que permitan obtener resultados de calidad acorde con la modernización y conforme al avance de la Ciencia y Tecnología. 3. FINALIDAD: 3.1. Normar las acciones para la planificación, organización, y ejecución de la I.E. estableciendo un adecuado clima institucional en base al respeto de la persona y el fortalecimiento de la unidad y desarrollo institucional mejorando el servicio educativo en el aspecto Técnico Pedagógico, acorde con las nuevas corrientes Pedagógicas. 3.2. Garantizar la eficiencia, eficacia y calidad del servicio educativo. 3.3. Impulsar el desarrollo de la educación, comprometiendo la participación protagónica de los agentes educativos. 3.4. Promover e impulsar la práctica de valores e identidad con la I.E. 3.5. Fortalecer la identidad nacional y el respeto a nuestros símbolos patrios, y las distintas expresiones de la cultura nacional.

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4. ESTRUCTURA ORGÁNICA: La I.E. cuenta con una estructura orgánica horizontal, dinámica y flexible. 4.1. Órgano de Dirección:  Director 4.2. Órgano de Ejecución:  Coordinador de tutoría.  Docentes.  Auxiliares de Educación. 4.3. Órgano de Apoyo Administrativo:  Comité de Recursos financieros.  Guardianía y personal de limpieza. 4.4. Órgano de Participación concertación y vigilancia:  CONEI  Municipio Escolar  Alumnos  AMAPAFA  Ex alumnos 5. BASES LEGALES: 5.1. La Constitución Política del Estado. 5.2. R.M. Nº 28044 Ley General de Educación. 5.3. LRM 29944 5.4. D.S. 011-2012 E.D. Reglamento de Educación Básica Regular” 5.5. LRM. 019-90-ED. Ley de Reforma Magisterial. 5.6. D.L. 276 Ley de Base de la Carrera Administrativa. 5.7. D.S. 050-ED-ED-82 Supervisión y Monitoreo Educativa. 5.8. R.M. N° 712 - 2018 Orientaciones para el Desarrollo de la Actividad Educativa para el año 2019. 5.9. R.M. N° 814-85-ED Funciones de los Auxiliares de Educación.

6. DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. CREACIÓN

6.1. La Institución Educativa Laguna Azul fue creada por la R.D. Nº 1252 de fecha 03 de julio del 2008, emitido por la Dirección Regional de Educación Cusco, y

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pertenece al ámbito del Programa sectorial III UGEL-Acomayo. Siendo su ubicación entre las comunidades de Yanampampa y Unión Chahuay, compresión del distrito de Sangarará, pista principal. 6.2. La I.E. “Laguna Azul” tiene carácter de EBR secundaria, y funciona en el turno mañana. Su personal está constituido por un director, ocho profesores y un personal de servicio.

CAPITULO II DE LAS FUNCIONES DE LOS ORGANOS QUE INTEGRAN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. 2.ÓRGANO DE LA DIRECCIÓN 2.1 DEL DIRECTOR Art. 1. El Director es la primera autoridad del plantel, representa legalmente a la Institución, cumple y hace cumplir las normas y dispositivos legales vigentes. Siendo sus funciones las siguientes: 1. Es el responsable de planificar, organizar, conducir, desarrollar, supervisar, evaluar y controlar todas las acciones de gestión pedagógica, administrativa y de los diferentes servicios que brinda la I.E. 2. Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual, con participación del personal directivo, docente y con la colaboración de la asociación de padres de familia. 3. Exponer y publicar su plan anual de trabajo, al inicio del año escolar. 4. Coordinar con el personal jerárquico y docentes, las acciones educativas y/o técnicas pedagógicas a fin de mejorar el servicio educativo. 5. Presidir las reuniones técnico pedagógico, administrativo, del CONEI y otras relacionadas con la I.E. 6. Dar a conocer oportunamente a los estamentos correspondientes los documentos de interés general que han sido remitidos a su despacho. 7. Coordinar con el CONEI la suscripción de acuerdos y convenios con entidades públicas o particulares en bien de la I.E. 8. Velar por el cumplimiento de los objetivos educacionales y por un buen trato a los alumnos y demás miembros de la comunidad educativa. 9. Organizar y dirigir el servicio de monitoreo educativo. 10. Presidir las reuniones técnico-pedagógicas y administrativas y otras relacionadas con los fines de la I.E. 11. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa.

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12. Aprobar por resolución directoral los instrumentos de gestión de la institución educativa. 13. Delegar funciones a los coordinadores y a otros miembros de su comunidad educativa. 14. Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la institución educativa, prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas. 15. Presidir el comité de evaluación para el nombramiento, ratificación y permanencia del personal docente y administrativo. 16. Desarrollar acciones de capacitación del personal. 17. Autorizar visitas de estudio y excursiones de acuerdo a las normas específicas. 18. Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados, exoneración de asignaturas. 19. Matricular de oficio al menor abandonado o en peligro moral, y poner el caso en conocimiento de las autoridades e instituciones pertinentes. 20. Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos Pedagógicos oficiales de acuerdo con las Normas específicas. 21. Expedir Certificados de Estudios. 22. Estimular o sancionar, según el caso a los alumnos del Colegio, según el informe del comité de disciplina. 23. Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor del personal a su cargo. 24. Solicitar a la Dirección Departamental o UGEL la cobertura de plazas docentes o administrativas vacantes y el reemplazo del personal en licencia o plaza vacante. 25. Autorizar permisos al personal a su cargo hasta por tres días al año en casos debidamente justificados. 26. Firmar en representación del empleador, las solicitudes de las prestaciones del Seguro Social. 27. Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias tanto en el cumplimiento de sus funciones como en otras que redunden en beneficio del educando, o a la Comunidad. En los casos sobresalientes propone a la UGEL su reconocimiento por resolución. 28. Llamar la atención verbalmente o por escrito al personal del Colegio, por incumplimiento de funciones. En caso de reincidencia o gravedad de la falta informa por escrito al escalafón superior. 29. Fiscalizar a la Asociación de Padres de Familia y cautelar su movimiento económico. 30. Presentar trimestral y anualmente el movimiento económico de la institución. 31. Velar por la buena administración de los fondos provenientes de actividades productivas e ingresos propios, de acuerdo a normas específicas. 32. Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios. 33. Velar por el buen funcionamiento de la biblioteca, los equipos y materiales educativos.

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34. Presidir la comisión encargada de otorgar la administración de kioscos y cafeterías de acuerdo con las disposiciones vigentes. 35. Autorizar el uso eventual de los ambientes y/o equipos. 36. Cronogramar e informar a los interesados lo siguiente:  Inscripción para el primer grado de primaria  Clausura del año escolar  Evaluación de aplazados y programa de recuperación académica  Matrícula para inicial, primer grado y ratificación de matrícula para los demás grados. 37. Otorgar vacante en coordinación con el personal administrativo. 38. Publicar el horario de atención a los padres de familia. 39. Visar el libro de actas de las asambleas de profesores después de las observaciones del caso, luego de su lectura para su aprobación por los asistentes. 40. Encargar la Dirección en caso de ausencia al Jefe inmediato inferior o al docente de mayor nivel o antigüedad. 41. Asistir obligatoriamente a todas las ceremonias que se realicen en la I.E. Monitorea el trabajo de los estamentos que conforman la comunidad educativa. 42. Promover y propiciar la cooperación, la integración, respeto y las buenas costumbres de la comunidad educativa. 43. Coordinar con la comisión de racionalización los casos de destaque, reasignación, excedencias y carencia de personal de la I.E. 44. Hacer cumplir las disposiciones legales vigentes sobre la distribución de carga académica del personal docente. 45. Proponer al CONEI los mecanismos para el control de asistencia, e ingreso a local escolar del personal docente. 46. Elaborar el PAT de la I.E. con participación plena de la plana docente y administrativa. 47. Participar en la elaboración del POA de la I.E. en coordinación con APAFA 48. Elaborar el CAP de la I.E. en coordinación con los docentes. 49. Revisar, visar, avaluar y aprobar los planes de trabajo y carpetas pedagógicas de los docentes. 50. Publicar el consolidado de faltas y tardanzas del personal jerárquico y administrativo. 51. Publicar el consolidado de faltas y tardanzas del personal docente en coordinación con el CONEI. 52. Informar periódicamente al CONEI el desarrollo de su gestión así como los logros, dificultades, alternativas y recomendaciones. 53. Implementar y autorizar los programas de arte, deporte, programa de escuelas abiertas, vacaciones útiles, programas de recuperación, de promoción y defensa del patrimonio cultural. 54. Formar el comité de tutoría, convivencia y disciplina escolar. Haciendo su reconocimiento mediante R.D.

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55. Denunciar ante la autoridad administrativa competente, hechos irregulares, desacato a la autoridad, actos de corrupción, venta de vacantes, venta de notas o abuso a menores entre otros detectados en la institución, 56. No autorizar el préstamo de artefactos o bienes de la I.E. que por su naturaleza y costo requieren el máximo cuidado. 57. Elaborar el informe anual de gestión pedagógica y administrativa señalando los logros, dificultades, alternativas y recomendaciones. 58. Firmar convenios con Instituciones Públicas y Privadas. 59. Autorizar para la convocatoria, campaña , ejecución de las elecciones del municipio escolar

2.2.

PROHIBICIONES Y SANCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO Y JERÁRQUICO

Art. 3. -El personal Directivo está prohibidos de: 1. Iniciar el año académico sin la debida presentación de los documentos técnico pedagógicos a su cargo. 2. Abandonar su puesto sin motivo justificado. 3. Registrar o firmar el parte de asistencia fuera de fecha y hora. 4. Justificar indebidamente su inasistencia en el parte de asistencia. 5. Incumplir con sus funciones de acuerdo al presente reglamento. 6. Incumplir con los deberes señalados en la ley del profesorado. 7. Faltar a las actividades cívicas patrióticas u otras programadas por la institución. 8. Usar los ambientes de la I.E. para desarrollar o participar en reuniones particulares ajenas a su función. 9. Participar en actividades ajenas a su función u otras actividades en horario de trabajo. 10. Faltar a reuniones de carácter institucional convocados por alguno de los estamentos de la I.E u otra institución que convoque y sean delegados. 11. Retirarse antes del término de las asambleas convocadas por la Dirección sin la autorización del Director. 12. Otorgar vacantes o cambio de turno sin la debida autorización de la Dirección. 13. Faltar el respeto al Director desacatando sus órdenes siempre que tengan por objeto la realización de actos de servicio que se vinculen con sus funciones. 14. Faltar de palabra o fomentar con actos, gestos o actitudes, palabras u obras el rompimiento de relaciones humanas entre el personal que la Labora en la I.E. y la comunidad educativa. 15. Negarse a firmar arbitrariamente documentos de carácter pedagógico o administrativo. 16. No mantener al día los documentos inherentes a su cargo. 17. No mantener informado al personal a su cargo sobre los resultados de la evaluación y supervisión docente.

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18. Disponer más de 30 minutos para su refrigerio distrayendo el tiempo en otras actividades ajenas a su cargo o en conversaciones privadas con los profesores o amistades. 19. Aprovechar el cargo para formar grupos dando consignas y manipulando actitudes y decisiones del personal a su cargo. 20. Evaluar a los alumnos, cobrar por cambio de turnos o vacante, traficar con notas. 21. Disponer de los recursos de la Institución Educativa sin conocimiento ni autorización de la Dirección o aprobación de los miembros del CONEI. 22. Solicitar permisos, adelanto de vacaciones en periodos de matrícula, evaluación o finalización del año escolar. 23. Negarse a asumir funciones o delegaturas cuando hay necesidad de servicio. 24. Hacer comentarios negativos de los docentes, personal administrativo miembros o miembros de la comunidad educativa con la intención de dañar su dignidad y reputación. 25. Realizar convenios con personas o instituciones particulares sin la autorización del estamento respectivo.

Art. 4. Las sanciones a las que se hacen acreedores los miembros del personal directivo y jerárquico son: a) Ser amonestado Verbalmente o por escrito por parte del jefe inmediato superior según el caso lo amerite. b) Ser informado por escrito al CONEI para estudiar el caso y tomar las medidas correctivas correspondientes. c) Ser denunciado a la autoridad administrativa competente por los casos indicados en el art. 1 inciso 55 del presente Reglamento. d) Las faltas de carácter disciplinario son las que se contemplan en los Arts. 28 del D.L. No 276 Ley de bases de la carrera administrativa. y Art. 27 de la ley del profesorado No 24029 y su modificatoria 25212.

CAPITULO III

3.

DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

3.1. DE LA SECRETARÍA Art. 5. El(a) secretario(a) es personal conformante del área administrativa, con dependencia directa del director, sus funciones son las siguientes: 1. Registrar documentos recibidos de personas naturales mediante FUT, o instituciones, en el respectivo cuaderno de registros, y derivarlos con inmediatez a la dirección.

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2. Redactar documentos, tales como: Resoluciones, oficios, memorándums, tanto para personas naturales como para instituciones. 3. Efectuar el respectivo llenado de certificados de estudios. 4. Emitir boletas de pago por todo ingreso propio de la institución, y llevar minucioso registro en el cuaderno de cuentas, para su rendición mensual al director. 5. Trasladar las cuentas del cuaderno de cuentas al libro de caja chica, en forma mensual. 6. Informar y orientar a los recurrentes, sobre la vía regular, para realizar un trámite. 7. Llevar con precisión la agenda del director. 8. Concertar citas de los interesados con el director. 9. Llevar un control ordenado de la correspondencia de la institución. 10. Vigilar el uso correcto del parte de asistencia de profesores. 11. Llevar con responsabilidad, bajo inventario, la tenencia de equipos y/o materiales bajo su cargo.

3.2. FALTAS Y SANCIONES Art. 6. El personal que funja de secretario(a) que incurra en el incumplimiento de sus funciones se hará acreedor de una llamada de atención verbal o escrita, según la gravedad de la falta, y/o con el arreglo o reposición del equipo dañado. 3.3. DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR Art. 7. El(a) Bibliotecario(a) Escolar es parte de la plana administrativa, a cuyo cargo se encuentran, bajo inventario, los materiales educativos de la institución. Sus funciones son: 1. Recibir bajo estricta verificación, de la respectiva pecosa, los libros, textos, u otros similares, dotados por el ministerio. 2. Llevar bajo estricto inventario los textos, cuadernos de trabajo u otros similares provistos por el ministerio. 3. Informar oportunamente, a la dirección, de la llegada de materiales del ministerio, y coordinar su verificación y entrega. 4. Entregar, al inicio del año escolar, los textos, cuadernos de trabajo u otros similares a los alumnos, bajo estricto registro en el cuaderno de control. 5. Recibir, al finalizar el año escolar, los textos, cuadernos de trabajo u otros similares a los alumnos, bajo estricto registro en el cuaderno de control. 6. Realizar un control periódico de la tenencia de libros por parte de los alumnos, para detectar pérdidas o deterioros de los materiales. 7. Realizar préstamos de textos a los profesores o alumnos, bajo estricto registro, de número y estado de los materiales, en el cuaderno de control. 8. En caso de pérdidas o deterioros, dar parte inmediata a la dirección, para realizar la respectiva investigación; y determinar responsabilidades. 9. Hacer el requerimiento de textos y cuadernos de trabajo que faltasen para los estudiantes, por crecimiento vegetativo.

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3.4. FALTAS Y SANCIONES Art. 8. El personal de biblioteca que incurra en el incumplimiento de sus funciones será amonestado en forma verbal o escrita según la gravedad de la falta. En caso de pérdida de material a su cargo, en el cual no se haya esclarecido ni determinado un responsable, asumirá con la reposición del material. En caso de deterioro de material, del cual no se haya deslindado responsabilidades, asumirá el arreglo del mismo.

CAPITULO IV

4.

DE LOS ORGANOS DE APOYO

4.1 COORDINADOR DE TUTORIA, CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR

Art.9 Mediante R.D. de la I.E. se conformará el comité de tutoría, convivencia, disciplina escolar, y defensoría del menor y del adolescente. El coordinador de tutoría, convivencia, disciplina escolar y defensoría, es responsable de: 1. Planificar, organizar, supervisar y evaluar las acciones de tutoría para los educandos, así como las actividades que de ella emanan. Jerárquicamente depende del Sub Director de Formación General. 2. Elaborar y ejecutar el plan de área. anual de tutoría 3. Propiciar y fomentar la disciplina y el respeto mutuo entre los educandos por medio de la práctica de valores. 4. Detectar los problemas que presenten los educandos y contribuir a su solución o tratamiento a través de tutoría grupal o individual o derivándolo al servicio psicológico. 5. Orientar a los docentes tutores en la aplicación de métodos y técnicos relacionados con tutoría. 6. Orientar el trabajo de los Auxiliares de Educación brindando el apoyo y asesoramiento correspondiente en forma oportuna. 7. Propiciar y coordinar la conformación de los comités de aula, brindando el apoyo necesario. 8. Promover y organizar la escuela de padres. Al año como mínimo 5 veces, cada tutor de aula al inicio de la bores convocará a una reunión a los padres de familia, informará el plan anual de trabajo de tutoría , así mismo informara a los padres de familia que al año tendrá 5 veces como mínimo reunión sobre el avance de aprendizaje y de disciplina de sus hijos

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9. El coordinador de Tutoría organizará y promoverá charla escuela de padres en coordinación con la Dirección y sub dirección y los coordinadores de tutoría de aulas 10. Implementar adecuadamente el botiquín escolar para casos de emergencia. 11. Coordinar con el comité de defensoría del menor y del adolescente el plan de trabajo y las acciones a tomar para atender los casos que por su naturaleza requieran la atención frente a casos de maltrato, violencia infantil, hostigamiento sexual y abuso, coordinando con las instituciones locales: municipio, comisaría, juzgado y otros. 12. Orientar y Coordinar el trabajo del Municipio Escolar. 13. Otros que le asigne la Dirección.

4.2 DEL COMITÉ DE DISCIPLINA Art. 10.- El consejo de disciplina está conformado por docentes del nivel Inicial, Primaria y Secundaria que demuestran calidad moral y cumplimiento de sus deberes. Sus integrantes son designados por turnos (preferentemente nombrados) elegidos en la asamblea de profesores. Los miembros que lo integran son: Un presidente, un secretario y dos vocales. El trabajo estará apoyado por los auxiliares de educación de cada turno. Siendo sus funciones generales: 1. Velar por el cumplimiento del Reglamento Interno. 2. Ejercer el control permanente de la disciplina, orden, puntualidad y correcta presentación de los alumnos en coordinación con el auxiliar de educación, profesores de turno, profesores de aula, tutores de sección (secundaria) y la policía escolar. 3. Coordinar con el auxiliar para el mantenimiento del orden durante las formaciones de ingreso, salida, actuaciones u otras actividades que se realicen. 4. Recomendar a los alumnos el cuidado de la infraestructura y la capacidad instalada (mobiliario) de la I.E. y materiales de enseñanza. 5. El Presidente de la disciplina I.E. luego de conocer la falta convoca inmediatamente a reunión para analizar y tomar las medidas necesarias sobre el problema, todo lo actuado debe figurar en el cuaderno o libro de actas correspondientes.

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6. Sostener una permanente coordinación con los auxiliares de educación y coordinadores de aula, conocer el seguimiento que estos hacen. 7. Es responsabilidad de cada integrante del Consejo de Disciplina investigar el caso a fin de dar su opinión con conocimiento de causa. 8. Citar a los padres del alumno para informarle la falta cometida por este, y recomendarles que tomen las medidas más adecuadas para corregir la indisciplina de su hijo. Firmar un compromiso para no reincidir 9. Una vez que evalúa el Consejo de Disciplina citará a los padres del alumno para conocer el hecho. 10. De persistir el acto de indisciplina, se le invita a los padres de familia que lo retiren de la I.E. informando a la dirección para la respectiva resolución directoral. 11. En caso de gravedad se investiga minuciosamente, luego se invita a los padres del alumno para hacerle conocer el caso y sugerirles el retiro de su hijo (a) de la I.E. conforme a los dispositivos legales vigentes. 12. En la mañana en la formación de alumnos, ayudan a controlar al auxiliar en las filas a los alumnos para que atienda las indicaciones del director y charlas y otras actividades educativas 13. En diciembre cita a los padres de familia de los alumnos que tuvieron problemas de conducta (según el caso), durante el año escolar para darles a conocer la situación final de su hijo en forma verbal o escrita haciéndole firmar el cuaderno o libro de acta correspondiente al caso. Para que el padre de familia al próximo año decida su matrícula de su hijo continua o se retira del colegio 14. Elevar su informe a la dirección antes de la clausura del año escolar adjuntando la relación de los alumnos con matrícula condicional y aquellos que no deben retomar a la I.E. debe figurar las firmas de todos los integrantes del Consejo de Disciplina. Art.11.- Son funciones del presidente del comité de disciplina: 1. Convocar y preside las reuniones del C.D. 2. Recibir los casos de indisciplina. 3. Coordinar con los auxiliares de educación (secundaria) 4. Dar por iniciada la reunión siempre y cuando exista el quórum reglamentario (la mitad más uno). 5. Informar a la dirección sobre la labor del consejo de disciplina al final del año. Art.12.- Son funciones del Secretario del comité de disciplina: 1. Llevar el libro de actas.

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2. Recibir y confeccionar los documentos del Consejo de Disciplina. Art.13.- Son funciones de los vocales: 1. Participar activamente en las reuniones convocadas por el C.D. teniendo voz y voto. ART.14.- Se consideran los siguientes tipos de sanciones: 1. Amonestación verbal.- Cuando la falta es leve y por primera vez se dicta las medidas correctivas por el profesor o coordinador de grado / sección, en coordinación con el auxiliar de educación correspondiente. 2. Amonestación escrita.- En caso de reincidencia y/o falta grave el auxiliar de educación y el coordinador de grado / sección, informa por escrito al Consejo de Disciplina para que tome las medidas correspondientes:  Exhaustivamente investiga el problema, al término de 48 horas se reúne para tratar el caso, citan a los padres de familia para hacerle conocer la indisciplina de su hijo y entregan la amonestación o sanción por escrito, previa firma del cargo.  Lo anterior procede en caso de peleas, estado etílico o falta de respeto, agresión verbal, etc. 3. Matrícula condicionada.- Esta medida se aplica cuando el alumno no supera su conducta inadecuada pese a las recomendaciones y orientaciones que le da el Consejo de Disciplina o cuando el padre de familia no asiste a las citaciones. 4. Separación de la IE.- Se aplica en caso de falta grave o reincidencia que daña la moral y las buenas costumbres, daños a la infraestructura y capacidad instalada y falta de palabra a su compañero, profesor y demás trabajadores de la I.E. o padres de familia. Además cuando comete los siguientes actos:  Portar o ingerir sustancias tóxicas.  Portar o ingerir bebidas alcohólicas.  Portar armas (punzo cortantes o de fuego).

4.3. COMITÉ DE DEFENSORIA DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. Art.15.-La Defensoría del Niño y el Adolescente (DESNA) funciona en la I.E a cargo de 2 promotores en el nivel secundario, y contribuyen al gran objetivo de sensibilizar y comprometer a la comunidad, influyendo en la construcción de una

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cultura de respeto y buen trato de nuestra niñez y adolescencia. Se crea en 1992 al promulgarse el Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 26102). Art.16.- Su finalidad es Promover, Defender y Vigilar los derechos que la legislación reconoce a los niños y adolescentes. Siendo las funciones de los promotores: 1. Conocer la situación de las niñas, niños y adolescentes de la I.E que se encuentran en estado de riesgo, abandono, o situación vulnerable. Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos para hacer prevalecer el principio del interés superior; 2. Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones entre cónyuges, padres con apoyo de otras instituciones. 3. Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan; 4. Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas. 5. Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes. 6. Conformar y/o formar parte de las Redes de Servicio o Comités de Vigilancia Local, a fin de complementar y articular el trabajo que realizan. 7. Propician acciones de movilización y campañas de sensibilización comunitaria a nivel local, involucrando tanto a las familias como a las autoridades y miembros de instituciones y dirigidas a cumplir un determinado objetivo en torno a un tema o problemática específica. 8. Organizan charlas, talleres, elaboración de materiales y realizan Trabajo con medios de comunicación masivos y comunitarios que tengan un objetivo específico en beneficio de la defensoría del niño y del adolescente. 9. Inaugurar la D.N.A en acto público para que la comunidad conozca de su existencia. Art. 17.- La Defensoría está conformada por  Un responsable quien asume la función de “defensor“,  2 docentes “ defensores-promotores” preferentemente de Ciencias humanas o sociales  Padres de familia voluntarios que constituyen un apoyo.  Además de profesionales o personas de la comunidad debidamente capacitadas.

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Art.21.- La Defensoría deriva los casos a una instancia, autoridad o profesional según su competencia. Esta derivación se realiza a través de una comunicación por escrito y otras acciones complementarias y no debe tardar más de 7 días desde que se tomó el conocimiento del caso. Art.18.-El Código de los Niño y Adolescentes, señala que las Defensorías forman parte del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente, por lo que se deberá definir y asegurar los recursos financieros, humanos y un ambiente de funcionamiento, horario, y capacitación de sus miembros así como la planificación y el registro en la oficina de defensorías de la Dirección General de Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES),asegurando la permanencia del personal necesario para el servicio y estableciendo redes con aquellas instituciones con las cuales se puedan realizar acciones conjuntas en bien de la niñez .

CAPITULO V 5. DEL ÓRGANO DE EJECUCIÓN 5.1 DE LOS DOCENTES Art. 19.-.El personal docente debe ser dinámico, proactivo, innovador, actualizado, responsable, veraz, respetuoso de los principios éticos y morales, identificado con su vocación y con su institución siendo digno ejemplo de sus alumnos. Cumple con las siguientes funciones: 1. Participar en la elaboración de los documentos de planificación y gestión educativa. PAT, PEI, PCC, RI. 2. Promover el cultivo de valores nacionales, espirituales y sociales acorde con los objetivos educacionales. 3. Integrar las diferentes comisiones de trabajo cumpliendo con eficiencia y responsabilidad el trabajo que se le asigne, dando informe oportuno y por escrito del mismo. 4. Organizar el comité de aula, del cual es tutor. 5. Representar a la I.E. participando en las diferentes actividades y eventos académicos y cívicos patrióticos, a las que se asista por acuerdo de asamblea, o mediante delegatoria bajo memorándum. 6. Asumir una ASESORIA y/o tutoría, que será designado. Para el primer caso, por petición escrita de los alumnos de sección a la dirección. Al aceptar, dicho cargo, será responsable de organizar y ambientar su aula mensualmente y preparar material educativo con la colaboración de los alumnos y padres de familia. En el segundo caso será designado en asamblea de docentes, al inicio del año.

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7. Evaluar el proceso enseñanza-Aprendizaje y elaborar oportunamente la documentación correspondiente que sea requerida por la Dirección o el órgano correspondiente. 8. Mantener actualizada la documentación pedagógica y Administrativa de su responsabilidad. 9. Elegir al brigadier general, sub-brigadieres, los brigadieres de aula, policías escolares, policías ecológicos y brigadas de defensa civil, salud y primeros auxilios, en coordinación con el Comité, y tomando en cuenta el rendimiento académico de los mismos. 10. Colaborar en forma activa en el control de la disciplina, el orden, la puntualidad y la presentación de los alumnos durante la formación y diferentes actividades. Llevar el control de asistencia diaria de sus alumnos. 11. Participar promoviendo campañas de prevención contra las enfermedades de más incidencia en el medio. (pediculosis, parasitosis, IRA, etc.) 12. Participar en eventos de actualización profesional que propicien la UGEL o la I.E. sobre acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo, así como proponer proyectos de innovación Técnico Pedagógicas con el propósito de mejorar la calidad educativa. 13. Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo de su permanencia en la I.E. 14. Atender, los problemas que afecten el desarrollo de los alumnos y su aprendizaje tratando o derivando los que requieran atención especializada, e informar de ello al padre o apoderado. 15. Coordinar y mantener una comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos, asimismo debe remitirle las pruebas de las evaluaciones luego de ser calificadas. 16. Velar por el buen estado de conservación de los bienes de la I.E. 17. Elabora un inventario del mobiliario del aula a su cargo. El mobiliario deberá encontrarse debidamente enumerado. 18. Solicitar, a la Dirección, reunión de profesores, mediante un documento escrito donde sustentará el pedido así como la sugerencia respectiva, sobre asuntos de interés general. 19. Tener su carpeta pedagógica al día donde deberá figurar entre otros:

         

Plan de aula. Organigramas (estructura nominal y funcional). Reglamento de Aula. Nómina de alumnos (incluido el código de cada educando). Nómina de los padres de familia y/o apoderados. Integrantes de la Junta Directiva del Comité de Aula. Relación de alumnos por número y carpeta. Programación Curricular. Cartel de competencias y capacidades. Unidades de Aprendizaje.

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 Plan de Tutoría.  Plan Lector. 20. Presentar su sesión diaria de clase antes de ingresar al aula. 21. Presentar oportunamente las calificaciones de las respectivas evaluaciones al encargado del SIAGIE para la revisión de los mismos e impresión de las libretas de calificaciones, de los trimestres correspondientes, las actas a fin de año. 22. Permanecer junto a su sección o aula a su cargo en las formaciones con la finalidad de ayudar a mantener el orden. 23. Retirarse del aula luego de comprobar que ya no se encuentre ningún alumno en la misma después de la séptima hora. 24. Recepcionar los documentos que la Dirección o plana jerárquica le remite, firmando el cargo correspondiente, y de acuerdo al contenido dará respuesta por escrito. 25. Solicitar a la Dirección la autorización para ingresar a la I.E. los días u horas no laborables, para realizar actividades concernientes a su labor educativa. 26. Hacer conocer previamente a la Dirección de toda actividad o iniciativa a favor de la I.E. 27. Tener en su archivo la relación de los alumnos desaprobados y promovidos. 28. Los viajes de estudio se realizan solo una vez al año, dando atención al programa anual del área o grado; priorizando el área de mayor necesidad, y siendo rotativas las áreas cada año. Las visitas se realizan hasta el 15 de Octubre a nivel local y hasta el 15 de noviembre fuera de Cusco y no deben de exceder más de 3 días, hábiles. 29. Los viajes de estudio se realizan bajo acuerdo y consenso de los docentes de grado o especialidad y con la aprobación del comité de aula y la Dirección. Todo procedimiento contrario constituye una falta. 30. Los viajes de estudio se realizan fuera del horario de clase (Excepto el quinto grado) Debiendo solicitar a la Dirección la autorización correspondiente para realizar las acciones del caso, y presentando a la Dirección el plan de viaje de estudio por lo menos con 72 horas de anticipación, conteniendo los siguientes documentos:

          

Objetivos y finalidad de la visita. Docentes del grado que participan. Padres de familia o docentes que irán a la visita. Lista de alumnos que participan. Copia de la reunión en la que se aprueba la visita. Autorización visada por la Dirección y firmada por los padres de familia, indicando costo, fecha. hora de partida, hora de retorno. Copia de la licencia de conducir del Chofer. Placa y constancia de revisión técnica de la movilidad. Copia de DNI del chofer. Copia de SOAT. Para viajes de promoción certificado médico de los alumnos.

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 Para viajes de promoción debe tener su Resolución de Aprobación emitida por la UGEL. 31. Presentar el informe económico y pedagógico a los padres de familia y a la Dirección, de las respectivas actividades realizadas. 32. Cumplir a cabalidad su horario de clase respetando el cambio de hora. 33. Los días de formación y actividades, cívico patrióticos y otros indicados por la Dirección asistir con el uniforme oficial. De la I.E Laguna Azul. 34. Asistir a la I.E. con ropa presentable. los varones con corbata para dar ejemplo a los estudiantes. 35. Solicitar por escrito (FUT) a la Dirección, el permiso correspondiente para retirarse de la I.E. sólo en caso de necesidad urgente, debidamente justificada. 36. Aplicar las evaluaciones de recuperación a los alumnos, en fecha programada. En ausencia del docente responsable lo realizará otro profesor de área, previa orden escrita por la Dirección, y presentará el informe en un plazo de 24 horas. 37. Promover y propiciar la unión, confraternidad, cooperación y las buenas relaciones humanas. 38. Participar de manera comprometida y responsable en las reuniones de trabajo colegiado, informando de ello a través del formato establecido. 39. Presentar mensualmente un informe en el que detalla su labor de atención al estudiante y los padres de familia, según su horario establecido. 40. Presentar el informe técnico pedagógico correspondiente al término de cada trimestre y al finalizar el año escolar. 41. Presentar el informe correspondiente después de cada actividad o comisión de la que fue responsable. 42. Cumplir responsablemente con la disertación de la respectiva charla, a su cargo, en la hora cívica de los lunes. 43. Editar el periódico mural en concordancia al tema de su charla desarrollado. 44. Firmar el parte de asistencia con oportunidad, por horas, consignando los datos necesarios que estipule el registro de asistencia docente. 5.2 DEL DAIP Art.20.-El docente del aula de innovación, es la persona especializada en el conocimiento y aplicación de las TIC, en el desarrollo de las actividades de enseñanza y aprendizaje, y tiene bajo su responsabilidad los equipos del aula de innovación. Sus funciones son: 1. Llevar un control cuidadoso, bajo inventario, del manejo de los equipos y su buen funcionamiento. 2. Si el AIP tuviese un uso compartido con el área de Educación para el Trabajo, coordinará con el respectivo docente, para un uso adecuado y eficaz de los equipos, permaneciendo presente durante el desarrollo de las actividades pedagógicas. No obstante, el AIP está bajo su sola responsabilidad; por cuanto, el manejo de las llaves es de su uso exclusivo. 3. Brindar apoyo técnico pedagógico a los docentes de todas las áreas en el desarrollo de sus respectivas sesiones, y permanecer durante ellas.

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4. Publicar las horas disponibles del AIP, para que los docentes puedan inscribirse para su uso. 5. Llevar un registro minucioso de los docentes y alumnos que ingresan al AIP. 6. Organizar talleres de capacitación, en el uso de las TIC, para los docentes. 7. Desarrollar proyectos de innovación en coordinación con los docentes, en sus respectivas áreas. 8. El DAIP deberá mantener limpios, los equipos del AIP y el aula, en coordinación con los estudiantes que hacen uso de él; asimismo controlará la conducta correcta e higiénica de los alumnos. 9. Cualquier desperfecto, daño o pérdida de los equipos del AIP, deberá de ser informado a la dirección en forma inmediata, para su respectiva investigación y deslinde de responsabilidades; caso contrario el DAIP y el profesor del área de Educación para el Trabajo se harán responsables del arreglo o reposición respectiva. 10. Informar a la dirección, mensualmente, de las atenciones realizadas a cada área, según horario; y acompañar con evidencia y firma de usuarios, para el informe del trabajo realizado por el DAIP a la UGEL. 11. Al finalizar el año deberá realizar el inventariado del AIP, en coordinación con el personal administrativo y la dirección.

5.3 PROHIBICIONES Y FALTAS DEL PERSONAL DOCENTE Art.21.- El docente debe ser digno ejemplo de los alumnos, por lo tanto se encuentra prohibido de: 1. Abandonar el local de la I.E. en horas de labor docente y dejar el dictado de sus clases o tareas educativas para atender asuntos particulares y perder el tiempo en horas de trabajo en tareas ajenas a la actividad docente. 2. Utilizar a los alumnos en comisiones particulares o mandados. 3. Comer en el aula durante las horas del dictado de clases. 4. Retrasar la labor pedagógica no entregando a tiempo los documentos técnico pedagógico, notas y otros solicitados por la Dirección, y que son inherentes a su cargo. 5. Negarse a participar en las diversas comisiones o actividades delegadas por la dirección sin motivo justificado. 6. No asistir a las reuniones de trabajo colegiado programadas. 7. Asistir a la I.E en estado etílico o con síntomas de embriaguez. 8. Aplicar castigos físicos o psicológicos a los alumnos. 9. Permanecer en los ambientes administrativos o kioscos en las horas de formación, actividades cívicas y después del recreo cuando se tiene clases. 10. Hacer borrones o enmendaduras sobre las observaciones hechas en los partes de asistencia. 11. Firmar el parte de asistencia de otro profesor.

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12. Recibir regalos, obsequios y donaciones, por parte de los alumnos, o padres de familia a cambio de algún beneficio. 13. Crear y fomentar enfrentamientos entre colegas, estudiantes o entre padres de familia. 14. Programar o ejecutar paseos o visitas de estudio sin cumplir con los requisitos previstos. 15. Vender libros, golosinas o cualquier producto comercial sin la autorización de la Dirección. 1. La utilización y disposición de los bienes de la institución, en beneficio propio o de terceros. 16. Retirarse de las reuniones sin la autorización de la dirección antes de que estas culminen. 17. El DAIP no utilizará los equipos del AIP para uso personal o beneficio de terceros, sin la autorización previa de la dirección. 18. El DAIP, no reemplazará accesorios de los equipos del AIP, sin previo conocimiento y autorización de la dirección. 19. Cualquier incumplimiento, de funciones, por parte del DAIP, será punible de sanción, previa tipificación del daño o incumplimiento. 20. No firmar el parte de asistencia oportunamente, consignando el tema de sesión. 5.4 SANCIONES Art. 22.- Se aplicará una sanción adecuada para las siguientes faltas: 2. Para las anteriores faltas y prohibiciones las sanciones serán: Llamada de atención verbal, llamada de atención escrita o puesta en conocimiento de la superioridad, según la gravedad del hecho, y tomando en cuenta las normas vigentes de la Ley General de Educación y Ley de la Reforma Magisterial. 3. Docentes que no registre su asistencia hasta el recreo en el parte de asistencia con su firma, tema que desarrolla y hora de ingreso, hasta en 4 oportunidades, será considerado como un día de falta. 4. El DAIP que incurra en falta se hará acreedor a llamada de atención verbal o escrita, según la gravedad de la falta. 5. El DAIP, en cuya labor se deteriorasen los equipos del AIP, y no hubiese deslindado responsabilidades, se hará cargo de la reparación o reposición de los equipos o parte de ellos. 5.5 ESTIMULOS Art.23.-Los estímulos se otorgan al personal que destaca en su labor docente, en los casos siguientes: 1. Cumplimiento de sus funciones, conducta solidaridad, puntualidad y práctica de valores. Estos pueden ser en forma escrita y en acto público los cuales pueden ser otorgados por la Dirección de la I.E., CONEI o APAFA. 2. Resolución Directoral de felicitación otorgada por la Dirección; por labor sobresaliente en beneficio de los alumnos o la I.E. y según los requisitos

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contemplados en la ley del profesorado y normatividad vigente para ser reconocidos en el escalafón correspondiente previo trámite de la Dirección. Serán entregados con ocasión del día: “día del maestro“. 3. Estímulos materiales y económicos de acuerdo a la disponibilidad de la institución.

5.6 DE LOS AUXILIARES DE EDUCACION Art.24.- Los Auxiliares de Educación por ser docentes con título pedagógico, cuya labor es de apoyo técnico – pedagógico al profesorado; colaborarán en actividades esencialmente formativas – disciplinarias del alumnado y administrativas conforme a las normas y procedimientos. Los auxiliares de educación deben ser modelos de identidad para los alumnos, con sus actitudes, comportamiento, valores morales, y por su convicción plena de su vocación. 1. Deben de contribuir al desarrollo de acciones y actividades que ayuden a la formación integral del educando. 2. Tienen la obligación de acreditar anualmente cursos de capacitación en primeros auxilios y cursos relacionados con su función. 3. Los auxiliares de educación secundaria, para un mejor desempeño de sus funciones dependen y coordinan con el Director, Profesores y todo el personal de la Institución Educativa. 4. La jornada laboral de los auxiliares de educación es de 30 horas cronológicas semanales, distribuidas en 6 horas diarias. 5. El auxiliar de educación ingresará por lo menos 15 minutos de anticipación a la hora normal del ingreso al plantel. 6. Los auxiliares de educación estarán pendientes de las aulas a su cargo. Sólo utilizarán su oficina para la atención a los padres de familia y alumnos según requiera el caso. 7. Es el responsable de las actividades permanentes. Da la señal de inicio a la formación a las 8.00 a.m. en el turno mañana y debe terminar a las 8.15 a.m. Dirige la misma en el turno que le corresponde, dando orientaciones y recomendaciones que el caso amerite, para lo cual pide el apoyo a los profesores. Al término de las actividades dispone el ingreso de los alumnos a las aulas. Es el responsable de tocar el timbre en cada cambio de hora, hora de recreo y hora de salida. 8. Los auxiliares de educación tienen la obligación de contribuir en el desarrollo de acciones y actividades pendientes a la formación del educando. 9. Coordina con la plana jerárquica y administrativa la impresión, al finalizar cada periodo educativo, de las libretas de notas, para su entrega oportuna. 10. Atender en primera instancia a los padres de familia, sobre asuntos relacionados con la disciplina, conducta y asistencia de los alumnos. 11. Propiciar el mantenimiento de un clima de cooperación amistad y respeto entre alumnos, docentes, padres de familia, ex alumnos y comunidad.

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12. Colaborar con el profesor coordinador o tutor del aula y los padres de familia de las secciones a su cargo en la formulación del plan de trabajo del comité de Aula. 13. Promover el fortalecimiento de la disciplina y el buen comportamiento de los educandos en coordinación con su jefe inmediato. 14. Orientar y apoyar a los alumnos en todas las actividades educativas y de servicio comunal que desarrolla la I.E. 15. 15Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los educandos así como el correcto y adecuado uso del uniforme escolar. 16. Fomentar en coordinación con los profesores especializados del área, la práctica del deporte, cultura, artes y folklore nacional e internacional. 17. Los casos de indisciplina, inasistencia y tardanzas continuas deben ser puestas en conocimiento del tutor, según la gravedad de la falta al consejo de disciplina, con un breve informe escrito del incidente. 18. Exigir y velar para que los alumnos tengan una adecuada presentación personal de sus prendas de vestir y deportivas, corte de cabello sin adornos ni otros que no indique el reglamento. 19. Orientar y apoyar a los educandos para que se realicen actividades o acciones que permitan la conservación de la infraestructura, áreas verdes, mobiliario, material educativo, entre otros de la I.E. 20. Comunicar a la Dirección antes de hacerse cargo de una sección por ausencia de un profesor. Supervisa el cumplimiento de las tareas escolares y controla la disciplina del mismo. 21. Fomentar en el alumnado el amor y respeto a los símbolos patrios. 22. Evaluar la conducta de los alumnos mediante el control de asistencia, puntualidad orden, disciplina, presentación y aseo personal teniendo en cuenta el reglamento. 23. Mantener actualizado el registro de asistencia de las aulas a su cargo. 24. Lleva y transporta a los alumnos que requieran atención médica, en situaciones de enfermedad o cuando se suscita accidentes en la I.E. o fuera de él, siempre y cuando se aprobada por la Dirección, luego comunica al tutor o padre de familia. 25. Velar por el mantenimiento y provisión del botiquín del Colegio y de las aulas a su cargo procurando que tengan las medicinas necesarias. 26. Promover el cultivo de valores y respeto y fraterna consideración para los profesores y autoridades escolares, así como para sus compañeros y comunidad educativa. 27. Apoyar a sus colegas auxiliares en el ingreso, salida de los alumnos para el mejor control de la disciplina y el orden. 28. Difundir el reglamento interno a los alumnos. 29. Participar en la matrícula de los alumnos. 30. Solucionar problemas de indisciplina coordinando con el tutor-coordinador, el consejo de disciplina, defensoría, servicio según el caso.

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31. Tomar las medidas del caso si observa la presencia sospechosa de personas ajenas a la I.E. 32. Organizar la Policía Escolar con apoyo de los tutores, integrantes del consejo de disciplina. 33. Velar por el cumplimiento de las funciones de los Brigadieres y Policías Escolares. 34. Estar atento a todo tipo de desorden que protagonicen los alumnos, poner orden al instante y tomar las medidas correspondientes del caso. 35. Controlar la indisciplina y estar en constante atención de cualquier incidente o evasión de los alumnos en horas de clase. 36. Asumir la función de otro auxiliar ante la ausencia de éste, sobre todo en el control de la disciplina. 37. Elaborar, antes de la clausura del año escolar:

Las nóminas de aplazados (en una, dos o tres asignaturas) de las secciones a su cargo. 38. Actualiza los ficheros en el mes de diciembre. 39. Colaborar en las actividades que se realizan en la I.E. como fechas cívicas. 40. Acompaña en las representaciones en los diferentes eventos que participa el colegio. 41. Realizar charlas educativas sobre la Constitución Política del Perú, educación cívica, normas de urbanidad, campañas contra las drogas y otros en horas libres o ausencia de los profesores.

5.7 PROHIBICIONES Y FALTAS: Art.25 Los auxiliares están prohibidos de: 1. Parcializarse en el control de asistencia de los alumnos. 2. Permanecer fuera del área de trabajo, a fin de detectar alguna situación donde sea necesaria su intervención. 3. Remplazar a un profesor sin la autorización de la Dirección de Formación General. 4. No mostrar respeto ni apoyo a los docentes que se lo solicitan. 5. Recibir obsequios, recompensas u otros presentes de los alumnos o padres de familia a cambio de proveer algún beneficio. 6. Castigar físicamente a los alumnos. 7. Sancionar por faltas graves en forma personal sin el conocimiento del Consejo de disciplina y no dar cuenta a sus superiores. 8. Encubrir faltas de algunos alumnos por amistad u otros motivos. 9. Dedicarse a tareas ajenas a su trabajo en horas de labor. 10. Distribuir propaganda político-partidaria o de grupo, cartas, panfletos o cualquier otro documento que dañe la buena marcha de la I.E. o conduzca la ruptura de las relaciones humanas de la I.E.

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11. Presentarse en la I.E. con indicios de ebriedad. 12. Libar licor con los estudiantes. 13. Jugarse de manos con los alumnos. En todo momento debe mantener el respeto correspondiente, a fin de que éstos guarden la misma postura del caso. 14. Fumar dentro de la I.E. 15. Poner a la hora de recreo música inapropiada para los alumnos. 16. Utilizar los ambientes o útiles de oficina para trabajos y reuniones particulares. 17. Anotar observaciones en el parte de asistencia o justificarse a sí mismo, usurpando las funciones del personal jerárquico. 18. Emitir informes sobre la disciplina sin haber consultado previamente con el tutor, coordinador, Consejo de disciplina y la Defensoría del niño y del adolescente. 19. Prestar o prestarse dinero de los alumnos e intimar con ellos. 20. Quedarse con las pertenencias decomisadas de los alumnos. 21. Interrumpir las clases sin motivo justificado sin la autorización de la Dirección. 22. Escuchar música en horario de trabajo y en el ambiente asignado para la atención a los alumnos y padres de familia.

23. No reponer los bienes incautados a los alumnos, y desaparecidos bajo su custodia.

5.8

Sanciones

Art. 26.-Llamada de atención verbal, escrita o denuncia a las autoridades competentes según la gravedad de la falta.

CAPITULO VI 6. ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO 6.1 EL SECRETARIO DE ACTAS ART.27.- Constituye el órgano de poyo administrativo, desempeñando esta función el secretario de la I.E. siendo sus funciones: 1. Asistir puntualmente a las reuniones convocadas por la Dirección de la I.E. 2. Aplicar y respetar las normas y reglas de asamblea.

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3. Redactar en forma veraz, y no interpretando, lo manifestado por los participantes en las reuniones o junta de profesores, dando lectura y haciendo firmar la misma al término de la asamblea. 4. Tener al día el libro de actas de las reuniones de los profesores. 5. Antes de toda reunión lee el acta de la asamblea anterior para las observaciones que el caso lo amerite. 6. Entregar el libro de actas a la Dirección después de cada reunión sin tacha ni enmendaduras y con las firmas correspondientes. 7. En caso de ausencia del titular, asume momentáneamente otro docente designado por la asamblea. 6.2 PROHIBICIONES Y FALTAS: Art.28.-El secretario de actas está prohibido de: 1. No asistir puntualmente a las asambleas convocadas por la Dirección. 2. Desacatar las órdenes dadas por el Director. 3. Interferir en las decisiones dando opiniones a la hora de tomar acuerdos o decisiones. 4. Interpretar a su modo las opiniones, no redactando el acta en forma veraz. 6.3

Sanciones:

1. Llamada de atención verbal y escrita según la gravedad del hecho.

6.4 COMISIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS Art.29 Los recursos propios de la Instituciones Educativa son gestionados por el Comité de Gestión de Recursos Propios, de acuerdo a las normas legales y está conformado por:  El Director de la Institución Educativa quien lo preside y tiene voto  El tesorero o quien haga sus veces en la Institución Educativa.  Un docente, representante de los profesores.  Un trabajador administrativo, representante del personal administrativo, si lo hubiera. Art.30.-El representante del personal docente y el representante del personal administrativo, son elegidos democráticamente, mediante voto directo y secreto, por el periodo de un año. El Comité de Gestión de recursos propios informa trimestralmente al Consejo Educativo Institucional y docentes del manejo de los recursos propios de la Institución Educativa.

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El Tesorero del Comité de Gestión de Recursos Propios deposita estos recursos en la cuenta abierta, en coordinación con la respectiva unidad ejecutora. Art.31.- Son funciones del administrador de recursos financieros: 1. Recaudar el dinero que ingresa a la I.E por concepto de recursos propios, alquileres, expedición de documentos, según TUPA. 2. Participar en la elaboración del balance mensual. 3. Llevar debidamente archivados los talonarios de recibos y otros 4. Apoyar en forma efectiva a la Dirección. 5. Realizar los pagos por conceptos de luz, agua, entre otros.

6.5 PERSONAL DE LIMPIEZA (SERVICIO). Art.32.- El personal de servicio desempeña sus funciones con responsabilidad y eficiencia, se encarga del mantenimiento y cuidado de las aulas, mobiliario, baño, patio, ventanas, infraestructura y otros. Cumpliendo las siguientes funciones: 1. Respetar el horario de trabajo que corresponde a 40 horas cronológicas fuera del refrigerio en casos de necesidad del servicio. 2. Permanecer en la IE dentro de su horario establecido, los cuales son de lunes a viernes, de 6:00 a.m. – 2.30 p.m. (que incluye un refrigerio de 30 minutos) cumpliendo con las funciones designadas por el presente reglamento, y la normatividad vigente las mismas que las desempeña con eficiencia y responsabilidad, velando por la limpieza, seguridad en general de la I.E. y los bienes existentes en ella. 3. Firmar el cuaderno de asistencia a la hora de ingreso y salida de la I.E. 4. Mantener pulcritud en el servicio que brinda así como en su presentación personal usando el uniforme correspondiente. 5. Tomar iniciativa para realizar su trabajo debiendo mantener su área de trabajo de manera presentable:

 Servicios higiénicos,  Jardines , áreas verdes,  Encerado de los ambientes principales de la institución: ambiente de espera, pasadizos, dirección, sala de profesores, sala de reuniones.  Limpiar las ventanas de las aulas  Mantenimiento del aula de Innovación, talleres u otros que indique la Dirección. 6. Mostrar cortesía y respeto con el personal que labora en la I.E., padres de familia, alumnos y otras personas que visitan la I.E. 7. Colaborar con la seguridad, mantenimiento y limpieza en cualquier evento que se realice en la I.E. 8. Realizar el mantenimiento permanente de la I.E estando atento a brindar su servicio a solicitud del personal que labora en la institución.

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9. Presentar oportunamente los requerimientos de limpieza y otros materiales que necesita para cumplir con su trabajo. 10. Llevar un inventario de los enseres que recibe (especialmente el guardián) debiendo dar cuenta a la Dirección en caso de pérdida. 11. Los materiales que se le entregan para el cumplimiento de su función, son de su entera responsabilidad, en caso de pérdida, debido a su descuido será repuesto por su persona. 12. Apoyar en las acciones educativas que se realizan en la I.E. de manera solícita y sobre todo ante cualquier caso de emergencia. 13. Informar a la Dirección o persona encargada, de cualquier incidente que va en contra de la buena imagen de la I.E. 14. Evitar en todo momento tener roces con los padres de familia u otras personas que visitan la I.E. 15. Apoyar en la limpieza en caso de la ausencia de un compañero de trabajo en bien de la I.E., únicamente durante sus horas de labor y turno. 16. Hacer uso de sus vacaciones de acuerdo a las disposiciones del Ministerio de Educación (enero-febrero), ya que en el mes de marzo es necesaria su presencia. 17. Realizar rondas permanentes por todo el local de la I.E. para custodiar los bienes y patrimonios de la I.E. e informar inmediatamente sobre cualquier deterioro que observe sobre la infraestructura. 18. Cumplir eficientemente con la limpieza general de los ambientes que se les asigna (pisos, paredes, ventanas, puertas, lavaderos, inodoros, etc.) 19. Impedir el ingreso a personas ajenas a la institución en horas de clase, salvo autorización expresa de las autoridades correspondientes. 20. Controlar el ingreso y salida del alumnado de acuerdo al horario establecido. 21. Custodiar al Plantel a través de rondas garantizando su seguridad. 22. Cumplir con las funciones que le asigne el Director, personal jerárquico y docente. 23. Presentar el informe correspondiente a la Dirección, ante cualquier incidente, pérdida, deterioro de la infraestructura presentado en su turno de trabajo. 24. Apoyar en la distribución de documentos dentro y fuera de la I.E. 25. Llevarán un cuaderno anecdotario diario.

6.6 PROHIBICIONES, FALTAS Y SANCIONES: 1. Art.33.El personal de servicio será evaluado en el desempeño de sus funciones a través de una ficha .Considerándose falta el incumplimiento de las funciones dispuestas al presente reglamento, haciéndose merecedor de las sanciones dispuestas por la normatividad vigente. Siendo supervisados a través de una ficha Considerándose además: 2. No desempeñar sus funciones con responsabilidad, eficacia y eficiencia.

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3. El personal de servicio no puede ser contratado por ningún profesor o comité de aula para realizar labores de limpieza remunerada dentro del local de la I.E. 4. Está prohibido vender golosinas, rifas, encargos u otros en la I.E 5. Salir de la I.E. en horas de trabajo. 6. Permitir el ingreso de familiares sin motivo justificado, personas ajenas o vendedores a la I.E. quedando bajo responsabilidad tales hechos. 7. Fomentar peleas, desorden, actos de violencia u otros entre compañeros de trabajo. 8. No atender la solicitud de algún personal de la I.E. que solicita su servicio justificándose que no le corresponde o no es su área de trabajo. 9. Realizar Cobros a los profesores, padres de familia o Instituciones que alquilan el local por servicios adicionales a su función sin conocimiento y autorización de la Dirección. 10. Participar en reuniones, protestas, firma de documentos que no son de su competencia, denigrando a la I.E o algún personal que allí labora. 11. Tomar más tiempo que el asignado para el refrigerio. 12. Asistir en estado de ebriedad a la I.E. 13. Perder el tiempo en conversaciones o actividades ajenas a su función. 14. Sacar de la I.E cuadernos, materiales u otros sin la autorización o conocimiento de la Dirección. 6.7 FUNCIONES DEL GUARDIAN NOCTURNO: Art. 34.- El guardián nocturno tiene las siguientes funciones: 1. Realizar rondas nocturnas por toda la I.E. 2. Verificar que todas las puertas estén cerradas 3. No permitir el ingreso de personas ajenas o padres de familia a la I.E. salvo autorización escrita de la Dirección para que realicen la limpieza o reuniones de Comité de Aula. 4. No permitir la salida de muebles, equipos y/o enseres del local de la I.E; cualquier pérdida queda bajo su responsabilidad. 5. Tener una copia del inventario de los enseres de las aulas y de la I.E. en general. 6. Informar a la Dirección por escrito o verbalmente sobre cualquier incidente ocurrido dentro de su horario de trabajo. 7. Hacer la limpieza de los ambientes de la Dirección y Secretaría antes de terminar su turno. 8. A su relevo con el personal de servicio da cuenta de la conformidad o novedades presentadas durante su jornada. 9. Informar sobre cualquier deterioro en la infraestructura del local de la I.E. 10. Colaborar estrechamente con el turno noche en el cuidado del local de la I.E. 11. En caso de observar personas ajenas al interior de la I.E., durante su turno, toma las precauciones del caso y comunica a la Delegación Policial del Sector.

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Art.35.- Se consideran faltas al incumplimiento de las funciones dispuestas por el artículo 28 del presente reglamento, haciéndose merecedor de las sanciones dispuestas por la normatividad vigente. CAPITULO VII 7

EDUCANDOS Y ÓRGANO DE APOYO

7.1. LOS ALUMNOS Art 36.- Los alumnos participan en la I.E. a través de sus representantes que integran el CONEI y el Municipio Escolar. El Municipio Escolar, es una organización de niños y adolescentes, que desarrollan actividades que contribuyen a su formación integral, promoviendo valores, ciudadanía y democracia. Los Municipios Escolares constituyen un espacio para opinar, participar y organizar con sus compañeros, frente a los problemas y planteando posibles soluciones. Art 37. -La estructura básica de los Municipios Escolares son:  Concejo Escolar  Concejos de Aula Art.38.- Los Municipios Escolares cumplen sus funciones a través de 4 líneas de acción:  Educación, cultura y deportes: En la que puedes desarrollar actividades de prensa escolar (periódico mural, radio escolar), competencias deportivas, eventos artísticos y culturales, etc.  Salud y ambiente: En la que se encuentra el botiquín escolar, actividades de prevención y control con los centros de salud, campañas (limpieza, drogas, defensa del medio ambiente, etc.).  Producción y Servicios: Proyectos productivos (huertos, granjas, reciclaje, etc.), kiosco escolar, capacitación técnica, actividades pro fondos (rifas, concursos, ferias, etc.), mantenimiento (pintado de paredes, mobiliario, pizarras, servicios higiénicos, áreas verdes, etc.), Defensa Civil.  Derechos del Niño: capacitación en liderazgo, defensoría escolar, campañas sobre maltrato, abuso sexual, derechos del niño, brigadas de seguridad.

7.1.1. DERECHOS, DEBERES, OBLIGACIONES, FALTAS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS. a) DERECHOS: Art.39- Los estudiantes de Educación Secundaria tienen derecho a: 1. Recibir una formación integral en cada grado de estudios dentro de un ambiente que le brinde la seguridad moral y física, así como los servicios de orientación y bienestar.

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2. Ser tratado con dignidad y respeto sus derechos, sin discriminación, y ser informado de las disposiciones que le conciernen como alumno. 3. Recibir estímulos en mérito al cumplimiento destacados de sus deberes. 4. Ser evaluado con justicia, conocer por lo menos con 48 horas de anticipación la fecha y hora de sus evaluaciones y ser informado oportunamente de sus resultados. 5. Elegir y ser elegido miembro de cualquier organización estudiantil, deportiva y cultural en representación de la I.E. 6. Ser atendido en algún reclamo oportuno, sea en forma verbal o escrita, siempre que lo realice con corrección y fundamentando su pedido. 7. Solicitar ser evaluado con posterioridad en caso de enfermedad, fallecimiento de familiares o viaje previa presentación del documento justificatorio (certificado médico o boleto de viaje) dentro de las 48 horas. 8. Ser evaluado en otra fecha en caso que estuviera representando al colegio en eventos culturales o deportivos. 9. Recibir oportunamente su libreta de calificaciones. 10. Consultar a sus profesores sobre alguna duda en las tareas o temas. 11. Los alumnos que trabajan tienen una tolerancia de quince (15) minutos para ingresar a la I.E. para lo cual deben de presentar una constancia de trabajo expedida por su empleador 12. Recibir prontamente los primeros auxilios en caso de accidente dentro de la I.E., gozando los beneficios del Seguro Escolar (SIS). 13. Los docentes evaluarán académica en las áreas pedagógicas correspondientes tomando en cuenta su desempeño y representación en las actividades deportivas, artísticas y musicales internas y externas de la I.E. b) DEBERES: Art. 40.- Los alumnos de la I.E. tienen los siguientes deberes: 1. Respetar al personal Directivo, Jerárquico, Profesores, Auxiliar, compañeros y otras personas que laboren en la I.E. 2. Participar en forma responsable en las actividades educativas y permanentes de la I.E., absteniéndose de intervenir en actividades político partidarias dentro de la I.E. y en actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres. 3. Llegar puntualmente a la I.E. teniendo en cuenta los siguientes horarios. Ingreso de 8:00 a 8:15 a.m. hora en que se cerrarán la puerta principal de ingreso. 4. No se permitirán las tardanzas salvo justificación debidamente presentada o con la presencia del padre de familia o apoderado. 5. Presentarse a la I.E. en forma pulcra, con el uniforme único completo, luciendo la insignia de la I.E. en su pecho y zapatos lustrados. 6. Los alumnos varones deberán asistir a la Institución educativa con el cabello corte escolar, las mujeres con moño hacia atrás sujetadas con una moñera y una cinta azul marino y la falda tapando la rodilla.

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7. Demostrar en todo momento respeto a las personas dentro y fuera de la I.E. 8. Uso obligatorio de sombrero por el bienestar y cuidado de su piel. 9. Cuidar y conservar limpios los diferentes ambientes: aulas, SSHH, demás instalaciones; mobiliario y así como los equipos y materiales de enseñanza. 10. Cumplir con las tareas escolares y aprender sus lecciones; asimismo mantener sus útiles escolares en buen estado. 11. Formar puntual y ordenadamente en el patio de la I.E. 12. Responsabilizarse de la recepción, conservación y devolución en buen estado de los libros o materiales entregados por el Ministerio de Educación. 13. Justificar su inasistencia en compañía de sus padres o apoderado al día siguiente de la falta. 14. Asistir a las clases de educación física con el uniforme deportivo o buzo de la I.E. 15. Presentarse con puntualidad a sus evaluaciones portando lo necesario para este caso. 16. Pagar con 24 horas de anticipación los derechos de examen por curso aplazado, subsanación. 17. Respetar los Símbolos Patrios y Héroes Nacionales, entonar con entusiasmo y patriotismo el Himno Nacional. Participar en los desfiles cívico – patriótico. 18. Comunicar a la Dirección, profesores, auxiliar o personal de la I.E. acciones que dañen o deterioren las instalaciones o bienes de la I.E. 19. Implementar y mantener en buen estado las áreas verdes de la I.E.

c) PROHIBICIONES Y FALTAS Art. 41.- En lo referente a las prohibiciones y faltas se tendrán en cuenta los siguientes criterios: relaciones humanas, Disciplina y Civismo. Se consideran faltas las siguientes: 1. Tener modales y vocabulario inadecuado y soez. 2. Molestar, golpear, insultar, poner sobrenombres o apodos a sus compañeros de clase o de la I.E. 3. Faltar el respeto a los profesores, auxiliares, personal de servicio y padres de familia. 4. Participar, promover o protagonizar actos reñidos contra la moral dentro y en las inmediaciones del local de la I.E, afectando la dignidad de la persona y el prestigio de la I.E. 5. Asistir a la I.E. sin el uniforme único, o con adornos, maquillaje, aretes, pulseras, así como tatuajes en la piel que desvirtúen la calidad del educando. 6. Comer o masticar chicles en la formación y horas de clase. 7. Está prohibido Fumar, beber licor, ingerir sustancias tóxicas como terocal, cigarro, mariguana, u otro tipo de drogas, dentro y fuera de la I.E. 8. Está prohibido ingresar en estado etílico a la I.E.

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9. No ingresar a las aulas o permanecer en los kioscos y servicios higiénicos en las horas de clase. 10. Traer a la I.E. ropa de calle, objetos punzo cortantes o armas camufladas en la mochila o vestimenta. 11. Falsificar firmas en documentos o alterar las calificaciones en su libreta de notas o certificados. 12. Salir de la I.E sin la autorización correspondiente del profesor de aula, tutor, Director o Auxiliar. 13. Utilizar el nombre de la I.E. para actividades no autorizadas por la Dirección. 14. Hacer inscripciones en el mobiliario, ambientes e instalaciones de la I.E. 15. Traer los cabellos sueltos o teñidos en las mujeres, o tener otro corte que no sea el de tipo escolar en los varones. 16. Vender productos comerciales o de otra índole sin la autorización respectiva de la Dirección. 17. Intentar sobornar a los profesores. 18. Realizar escenas de tipo amorosa dentro del aula y la I.E. 19. Modificar el modelo y color del uniforme escolar establecido. 20. Está prohibido trae al colegio, celulares, audífonos, búfer, laptop, Tablet, revistas pornográficas, revistas de apología al terrorismo. 21. Está prohibida la violencia física y psicológica entre alumnos, las mismas que serán punibles de sanción. Art. 42.- Se consideran también faltas a las que a continuación se mencionan: 1. Desprestigiar a la I.E. o a los miembros que la integran observando una conducta inadecuada o haciendo comentarios negativos sobre ellos. 2. Deteriorar, destruir o romper los bienes de la I.E., los cuales posteriormente deben ser repuestos o arreglados por los infractores. 3. Hacer tareas diferentes a las áreas que se estén dictando en el momento. 4. Conversar, hacer desorden en las formaciones, actuaciones y durante el dictado de clases. 5. Ingresar al aula sin pedir permiso estando presente el profesor o cualquier personal que labora en la I.E. 6. No informar de las pruebas, papeletas y comunicaciones a sus padres de familia. 7. Plagiar o hacer uso de otras formas similares en el momento de sus evaluaciones. 8. Negarse a participar o representar a la I.E. en actividades Cívico – Patrióticos, Culturales, Deportivas. 9. Permanecer en los servicios higiénicos, kioscos o en otros ambientes y perder tiempo en horas de clase. 10. Arojar desperdicios o papeles los patios y demás ambientes. 11. Deteriorar, atorar los servicios higiénicos en forma deliberada, ocasionando perjuicios en su uso. 12. Abandonar el aula de clase sin el permiso respectivo del profesor o autoridad escolar, salvo en casos de emergencia.

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13. Está prohibido ingresar y escaparse por encima del cerco perimétrico de la IE por ser de carácter delincuencial. 14. Deteriorar las áreas verdes. 15. Realizar pintas, escrituras en las paredes de los baños, difamando o denigrando la dignidad de sus compañeros y a los docentes con palabras soeces y en los ambientes de la I.E. 16. Hurtar o tomar objetos ajenos, bienes o dinero de sus compañeros, o de la I.E. 17. Comprar en la tienda escolar en horas de clase.

Art.43.- Las sanciones a las que se hacen acreedores los alumnos se aplicarán de acuerdo a la falta o reincidencia de la misma. Previa investigación, se cita a los padres del alumno para hacer conocer la falta de su hijo. Procediéndose de la siguiente manera: 1. Si la falta es leve, se reunirán el tutor y el auxiliar de educación, encargados de la sección, para solucionar el caso. 2. En caso que la falta sea grave el personal responsable informará al Consejo de Disciplina para que tome las medidas correspondientes del caso y aplique la sanción correspondiente. 3. En caso de agresión física el alumno será separado preventivamente de la I.E. previa investigación y esclarecimiento de los hechos. 4. Amonestación verbal. o llamada de atención reflexiva, en la presencia del tutor, en caso de reincidencia será acreedor a una amonestación escrita. Este documento queda en el archivo. La matrícula del alumno es condicionada en el siguiente año. 5 Amonestación escrita. El representante del concejo de disciplina, el coordinador de tutoría, y el tutor, informarán a los padres y/o apoderado del alumno, sobre la responsabilidad comprobada del alumno; luego de la cual se les invitará a retirar voluntariamente al alumno, en forma definitiva, del colegio. 6 Alumno que escriba, pinte o dibuje denigrando a sus compañero y a los docentes en las paredes de los servicios higiénicos y los ambientes del local, será hará responsable del pintado y restauración del mismo. Así mismo, será sancionado con amonestación escrita y pasible de matrícula condicionada el próximo año. 7 El alumno con matrícula condicionada que reincida en falta, será invitado a retirarse del colegio. 8 Un estudiante será invitado a retirarse de la I.E. cuando la falta revista gravedad y comprometa la integridad física y moral de los educandos 9 Alumnos que consumen y traen drogas, bebidas alcohólicas mariguana, terocal, u otras sustancias tóxicas serán invitados a retirarse definitivamente de la IE 10 Alumnos que generan violencia física y maltratos psicológicos dentro y afuera de la IE serán acreedores a una llamada de atención severa bajo acta de compromiso, juntamente con sus apoderados y tutor. Si reincide en la falta será tomado en cuenta para matrícula condicionada.

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11 Alumnos que traen celulares, búfer, Tablet, laptop, y otros, si fueren requisados por primera vez se les devolverá bajo un acta de compromiso, si persistiesen: lo requisado será retenido hasta el final del año. 12 Alumnos que asistan a la IE sin el uniforme oficial, en forma reiterada y persistente, será sancionados con amonestación escrita para matrícula condicionada. 13 Está normado por la dirección, que la aplicación de sanciones a los alumnos no infrinja humillación a estudiante; más bien se brinde la orientación correspondiente para la recuperación del alumno.

Art. 44.- Los estudiantes sobresalientes en sus estudios, comportamiento y otras actividades como deportivas, culturales y artísticas, en representación de la I.E. ocupando puestos de privilegio, se harán merecedores a estímulos o premios consistentes en: 1. Felicitación escrita. 2. Publicación en cuadro de méritos. 3. Diploma al Mérito. 4. Beca integral para la matrícula. 7.2. DE LOS PADRES DE FAMILIA Art.45.-La Asociación de Padres de Familia (APAFA) es una organización de personas naturales, sin fines de lucro, de personería jurídica de derecho privado, y puede inscribirse en los Registros Públicos, además está regulada por el Código Civil, en lo pertinente a sus funciones. Según la Ley General de Educación, es derecho de los padres de familia el de participar en el proceso educativo de sus hijos. Art.46.- En la Asociación de Padres de Familia participan los padres de familia, tutores y curadores de los estudiantes de la institución educativa, de acuerdo a los requisitos señalados en la Ley. La Asociación de Padres de Familia tiene las siguientes atribuciones: 1. Participar en el proceso educativo de sus hijos. 2. Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la institución educativa, promoviendo un clima armonioso favorable para el aprendizaje y la inclusión de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades. 3. Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los estudiantes. 4. Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y materiales, tanto educativos como lúdicos. 5. Gestionar la implementación de programas de apoyo alimentario; de salud física y mental; de deportes, orientación vocacional y de otros servicios que contribuyan al bienestar de los estudiantes.

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6. Recibir información sobre el manejo administrativo, financiero y económico de la institución educativa. 7. Denunciar, ante los órganos competentes las irregularidades que se produzcan en las instituciones educativas. 8. Participar, a través de veedores, en los procesos de adquisición de bienes y servicios que se realicen en las instituciones educativas.. 9. Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeño destacado en las instituciones educativas. 10. Brindar información y rendir cuenta documentada a los asociados. 11. Participar, a través de sus representantes, en el Consejo Educativo Institucional. 12. Organizarse en instituciones de grado superior para formar parte de los órganos de participación, concertación y vigilancia ciudadana previstos en la Ley General de Educación. Art.47.-.-Los padres de familia participan a través de su representante en el CONEI: 1. Participar en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en el Plan Anual de Trabajo (PAT), con excepción de los aspectos técnico-pedagógicos. 2. Participar en el comité de evaluación para el ingreso, permanencia del personal docente y administrativo de la institución educativa; de conformidad con las normas que emite el Ministerio de Educación y las instancias intermedias de gestión, en concordancia con los criterios y procedimientos que establezca el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa. 3. Propiciar la solución de conflictos que se susciten, priorizando soluciones concertadas, frente a quejas o denuncias que no impliquen delito. 4. Participar en el proceso de autoevaluación de la institución educativa. 5. Vigilar el acceso, la matrícula oportuna y la asistencia de los estudiantes, en la institución educativa. 6. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en las instituciones educativas públicas. 7. Vigilar el adecuado destino de los recursos de la institución educativa y de aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. 8. Colaborar con el Director para garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de clase, del número de semanas lectivas y de la jornada del personal docente y administrativo. Art.48.-La APAFA debe contar, cuando menos, con la siguiente estructura orgánica básica: 1. Órganos de Gobierno: 2. La Asamblea General.

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3. El Consejo Directivo. 4. Órganos de Participación:  

El Pleno de los Presidentes de los Comités de Aula y de los Comités de Talleres. Los Comités de Aula.

5. Órgano de Control: 

El Consejo de Vigilancia.

Art.49.- Asamblea General La Asamblea General es el máximo órgano de la APAFA. Está constituida, por la reunión de los padres de familia, tutores y curadores de los estudiantes de las instituciones educativas públicas. Art.50.-Atribuciones de la Asamblea General Son atribuciones de la Asamblea General de la APAFA: 1. Aprobar y modificar su estatuto. 2. Debatir y aprobar los informes económicos mensuales y los balances semestrales. 3. Debatir y aprobar el Plan Operativo Anual (POA). 4. Fijar el monto de las cuotas ordinarias, extraordinarias y multas de los asociados. 5. Remover, por causa justificada, a los integrantes del Consejo Directivo.   

Elegir, mediante sorteo, a los integrantes del Comité Electoral. elegir al veedor ante los comités especiales. Elegir a su representante en el CONEI.

. Art.51.- Consejo Directivo El Consejo Directivo es el órgano ejecutivo de la APAFA. Sus integrantes son elegidos sólo por voto directo, universal y secreto. Su mandato es de dos años. No hay reelección inmediata. No pueden integrar el Consejo Directivo, el Consejo de Vigilancia ni el Comité Electoral de la APAFA: 1. El personal directivo y jerárquico, o los docentes administrativos de la institución educativa correspondiente;

y

trabajadores

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2. Los miembros de la APAFA, cuyos hijos, tutelados o curados cursen el último grado de estudios que brinda la institución; 3. Los miembros de la APAFA que registren antecedentes penales.

DE LOS DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA. Art. 52.- Son deberes de los padres de familia, apoderados y curadores, los siguientes: 1. Educar a sus hijos, tutelados y otros. 2. Contribuir a que en la institución educativa exista un ambiente adecuado que beneficie el aprendizaje y permita la formación integral de los estudiantes. 3. Estar informados sobre el rendimiento académico y la conducta de sus hijos. 4. Apoyar la labor educativa de los profesores. 5. Colaborar y participar en las actividades educativas programadas por el Director y los docentes. 6. Cuidar y preservar los bienes de la institución educativa. 7. Cumplir con las obligaciones previstas en el estatuto de la APAFA. 8. Denunciar, ante los órganos o autoridades competentes, a los integrantes de los órganos de la APAFA que incurran en irregularidades. 9. Colaborar con las actividades que realicen las instituciones educativas en función del PEI. 10. Velar por que las instituciones educativas brinden las facilidades indispensables que requieran los estudiantes con discapacidad. 11. Velar por la probidad y transparencia de la gestión institucional. 12. Velar por el cumplimiento del derecho a la educación de calidad de los estudiantes. 13. Enviar a sus hijos puntual y correctamente uniformados, con la insignia puesta, con el uniforme limpio, debidamente aseados, y con los útiles escolares correspondientes. 14. Justificar obligatoriamente la inasistencia de sus hijos dentro de las 24 horas siguientes. 15. Matricular personalmente a sus hijos en las fechas programadas, presentando la documentación pertinente. 16. Asistir puntualmente a las reuniones programadas por los profesores, comités de aula o APAFA 17. Recibir personalmente la libreta de calificaciones de sus hijos. 18. Es de su responsabilidad la conducta de sus hijos dentro y fuera de la I.E.

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19. Abonar con 24 horas de anticipación los derechos por evaluación de aplazados, rezagados o cursos de cargo. 20. Velar por la buena conservación del aula de su hijo. 21. Asistir puntualmente a la citación convocada por los profesores, auxiliar o Consejo de Disciplina, portando la citación o papeleta enviada a su persona. 22. Comunicar inmediatamente al personal responsable sobre alguna agresión o abuso cometido contra su hijo en el interior de la I.E. 23. Solicitar, por lo menos con 5 días de anticipación, los certificados de estudios y otros documentos de su hijo. 24. Pagar o reponer los daños a los bienes de la I.E., ocasionados por sus hijos. 25. Identificarse obligatoriamente al momento de ingresar a la I.E. 26. Asistir, colaborar y participar en las actividades culturales, educativas y deportivas que organice la I.E. o el aula. 27. Comunicar a la Dirección sobre cualquier atentado que observen en contra de la I.E. Informar sobre cualquier actitud sospechosa en contra de los alumnos y personal que labora en la IE. 28. Acudir a la IE Presentablemente vestido. 29. No permitir que sus hijos lleven a casa objetos que no le pertenecen. 30. Asistir obligatoriamente a la Clausura del Año Escolar. 31. Entrevistarse con el profesor en horas programadas para su atención, sin interrumpir la labor docente. 32. Enviar a sus hijos, al colegio, sin obviar la alimentación respectiva en sus hogares. (desayuno, almuerzo, o cena, según el horario de la actividad a realizarse). 33. Cumplir estrictamente con las recomendaciones de los profesores para un mejor logro de las actividades educativas. 34. Los padres de familia que esperan a sus hijos en horas de salida deben hacerlo en la puerta lateral y no ingresar al local, únicamente lo podrán hacer por un caso de urgencia. 35. Respetar el horario de atención al público, y a los padres de familia; que es de 9.00 am hasta 12.00 md. 36. Acompañar a sus hijos hasta la puerta principal de la I.E y asimismo recogerlos en el mismo lugar. Art.53.-Los padres de familia participan en el proceso electoral y el destino de sus recursos según la ley de APAFAS y su reglamento. PROHIBICIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA Art.54.- Está prohibido a los padres de familia lo siguiente: 1. Calumniar, difamar y ofender de palabra al personal que labora en la I.E. o a los alumnos. 2. Interrumpir en las horas de clase a los profesores. 3. Ingresar a la I.E. y al aula, sin identificación y permiso del personal respectivo. 4. Amenazar, insultar o agredir a cualquier alumno cualquiera fuera el caso. 5. Expresarse con palabras soeces dentro o en los alrededores del local de la I.E.

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6. Protagonizar peleas o riñas con otros padres de familia, por conflictos entre sus hijos o por asuntos personales, dentro de la IE e inmediaciones del mismo. 7. Permanecer en la puerta de la I.E. luego del ingreso o salida de los alumnos, sobre todo formando grupos. 8. Deambular al interior de la I.E. en horas de formación o de clase distrayendo la atención de los alumnos. 9. Ingresar a la I.E. para realizar ventas de artículos, en beneficio propio. 10. Matricular a sus hijos por medio de segundas o terceras personas. Solo se aceptará en casos extremos, o autorización bajo carta poder. (por separación familiar, fallecimiento, etc.).

SANCIONES: Art.55.- Las sanciones a las que se hacen acreedoras los padres de familia, por incurrir en falta, son: 1. Los padres de familia que lleguen fuera de la hora de su cita, no ingresarán a la I.E. 2. Los padres de familia que no ratifiquen la matrícula de sus hijos, serán amonestados por escrito. 3. El padre de familia que no asista a recoger la libreta de calificaciones de su hijo se hará acreedor a una multa impuesta por el Comité de Aula. 4. El padre de familia que agreda verbal o físicamente al personal que labora en la IE o a algún alumno, dejará de representar a su hijo como padre, designando notarialmente a otra persona para que lo represente.

ESTÍMULOS Art.56-. Los padres de familia que den ejemplo de trabajo, colaboración, honradez y otras acciones positivas por el bien de la IE y el alumnado, se harán acreedores a un diploma, mención honrosa o felicitación escrita. 7.3.-DEL COMITÉ DE AULA Art.57.- El Comité de Aula es el órgano a través del cual los padres de familia colaboran en el proceso educativo de sus hijos. Art.58.- El Comité de Aula está constituido por la reunión de los padres de familia o apoderados que tienen un hijo o pupilo en el aula, quienes serán representados por una Junta Directiva, que tiene vigencia por un año, y está integrada por: 1. Un Presidente. 2. Un Secretario 3. Un Tesorero.

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Art.59.-Los miembros que conforman la Junta Directiva del Comité de Aula, serán elegidos en una reunión convocada por el profesor o tutor del aula, inmediatamente después de culminado el proceso regular de matrícula, la que contará con la asistencia de la mayoría padres de familia del aula o apoderados. Un padre de familia no podrá presidir ni ejercer cargo alguno, de otro Comité de Aula, dentro de la misma IE. Los miembros de la Junta Directiva del Comité de Aula cumplirán con las siguientes funciones: 1. Funciones del Presidente del Comité de Aula:  Representar al aula en la Junta de Presidentes de Comités de Aula.  Coordinar permanentemente con el profesor, asesor o tutor, del aula, para solucionar los problemas propias del aula.  Dar ejemplo de puntualidad y de cumplimiento de las tareas encomendadas.  Asistir a todas las reuniones que se convoquen.  Incentivar las buenas relaciones humanas entre los miembros. 2. Funciones del Secretario:  Redactar el libro de actas en todas las reuniones y tenerlo al día  Asistir puntualmente a todas las reuniones convocadas.  Antes de dar inicio a la reunión lee el acta de la reunión anterior para el firmado posterior. 3. Funciones del Tesorero:  Hacer el cobro de las cuotas acordadas para el mantenimiento del Comité del Aula, u otra actividad aprobada en reunión.  Solicitar información del profesor o tutor sobre los requerimientos o necesidades del aula.  Realizar las compras de las necesidades del aula en compañía de la persona designada en asamblea, y presentar las boletas de ventas respectivas.  Entregar, al final del año, el dinero sobrante, previo informe escrito y sustentado mediante boletas de venta. Si se produjera, durante el año, la renuncia o abandono de uno de los miembros de la Junta Directiva, se elegirá a su reemplazante en una asamblea con la presencia del tutor y/o asesor de la sección. Art.60.- Los Comités de Aula tienen las siguientes funciones específicas: 4. Apoyar al profesor en la mejor presentación del aula. 5. Propiciar las buenas relaciones humanas entre sus miembros y otros comités. 6. Participar en forma permanente y activa en el arreglo del mobiliario así como en el pintado de puertas, paredes, ventanas, carpetas y ambientación del aula. 7. Integrar comisiones de trabajo en bien del aula y de la I.E. 8. Aportar una cuota, aprobada en reunión, para la realización de trabajos en el aula. 9. Antes de la Clausura del Año Escolar tienen la obligación de dejar el aula limpia y el mobiliario en perfecto estado con la finalidad de facilitar la apertura del año académico siguiente. Art.61.- El Comité de Aula puede reunirse a pedido del profesor tutor, el Presidente de la misma o por un pedido firmado por el 50% más uno de los miembros del Comité de

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Aula, con la exclusiva finalidad de tratar asuntos del aula. La no asistencia o el llegar tarde a las reuniones, así como el incumplimiento en las tareas o faenas programadas serán causales para la aplicación de una sanción o multa que será determinado por la Asamblea del Comité de Aula. Art.62.- Los fondos recaudados por el Comité de Aula deben ser empleados exclusivamente en beneficio de los alumnos del mismo. Al finalizar el año escolar no debe de quedar dinero sobrante.

7.4.-EL CONEI Art.63.-El Consejo Educativo Institucional (CONEI) Es el organismo de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa pública que colabora con la promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática que promueve el respeto a los principios de equidad, inclusión e interculturalidad en las Instituciones educativas Públicas. Es presidido por el Director de la Institución Educativa, y está conformado por, un representante del personal docente, un representante del personal administrativo (si lo hubiera), un representante de la AMAPAFA, un representante de los estudiantes, y un representante de la sociedad civil en forma opcional. Pudiendo participar otros miembros o estamentos de la I.E. por invitación del Director. Art.64.- La Elección de representantes del CONEI es tomando en cuenta lo siguiente: El periodo de representación en los Consejos Educativos Institucionales de las Instituciones Educativas Públicas es de dos años. El representante de los estudiantes, si está en el penúltimo año de estudios, es elegido por un año. El proceso electoral se realiza en los tres últimos meses del año lectivo. Cada estamento elige un representante por voto universal, secreto y directo teniendo en cuenta: 1. El representante de los padres de familia que tienen la patria potestad del menor que estudia en la Institución Educativa. 2. El representante de los estudiantes, quienes no pueden tener conducta desaprobatoria o ser repitentes del año lectivo inmediato anterior. 3. El representante del personal docente, quien deben ser nombrado y elegido en reunión de docentes, y no estar sometido a procedimientos administrativos en curso. 4. El representante del personal administrativo, quien deben ser personal nombrado, elegido en reunión de administrativos, y no estar sometido a procesos administrativos en curso. 5. La representación de los padres de familia y la de los estudiantes cesa al dejar la Institución Educativa por retiro del hijo, o por conclusión de estudios.

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6. En todos los casos, para ser representante ante el Consejo Educativo Institucional se requiere no estar cumpliendo sanción disciplinaria ni penal. Art.65.- La Institución Educativa en coordinación con la Unidad de Gestión Educativa Local y los gobiernos locales, promoverá la capacitación de los integrantes del Consejo Educativo Institucional para el mejor ejercicio de sus funciones. Art.66.- Son funciones del Consejo Educativo Institucional. 1. Capacitarse para asumir con idoneidad sus funciones. 2. Actuar con lealtad, respeto a las leyes, a la Autoridad y a las leyes practicando los principios éticos fundamentales. 3. Llevar la voz de sus representados y no participar en decisiones de la Institución de manera personal y arbitraria. 4. Convocar a sus representados a reuniones informativas cuando sea necesario tomar acuerdos o tomar decisiones; teniendo en cuenta sus mociones, levantando el acta correspondiente y llevando de manera ordenada el registro de las asambleas. 5. Convocar a sus representados de manera extraordinaria cuando el caso lo amerite. 6. Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional. 7. Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la Institución Educativa. 8. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad. 9. Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. 10. Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para los diferentes niveles y modalidades. 11. Propiciar la solución de conflictos que se susciten en la IE, formulando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito. 12. Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la Institución Educativa y los indicadores de desempeño laboral. 13. Publicar los acuerdos de las asambleas realizadas. 14. Evaluar, según las directivas y normas emanadas del ministerio, a los profesores postulantes a nombramiento, en la etapa desentralizada. Art. 67.- El Consejo Educativo Institucional se reúne ordinariamente por lo menos cuatro veces al año; extraordinariamente, las veces que sea convocado por el Director, en función de las necesidades de la Institución Educativa o a pedido de la mitad más uno de sus miembros. El quórum para iniciar la sesión es de la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos que se tomen constan en Acta firmada por todos los

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asistentes, la que debe ser de público conocimiento en la Institución Educativa o Programa. PROHIBICIONES 1. Está prohibido faltar a la autoridad o a uno de sus miembros de hecho o palabra. 2. Faltar a las Reuniones o retirarse antes de su culminación. 3. Está prohibido negarse a firmar documentos de manera arbitraria, o tomarse atribuciones que no le corresponden. 4. Toda decisión tomada de manera personal sin la consulta y aprobación de sus representados es nula. 5. No se pueden aprobar los acuerdos que no han sido primero aprobados por sus representados mediante acta, en caso contrario carece de validez. 6. Cualquier acto que altere el desenvolvimiento de la reunión podrá ser sancionado por los representantes pudiendo ser suspendido de participar en la sesión siguiente según el caso lo amerite.

CAPITULO VIII

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DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

Art. 68.- Las acciones de Planeamiento Educativo se realizan durante el mes de marzo con la activa participación del personal docente, directivo, jerárquico, APAFA y Municipio Escolar. Art.74.- El periodo del planeamiento comprende principalmente la designación de comisiones, los cuales son: 1. Proyecto Educativo Institucional (PEI). 2. Proyecto Curricular Institucional (PCI) 3. Plan Anual de Trabajo. 4. Reglamento Interno. 5. Consejo de Disciplina. 6. Cuadro de Horas. 7. Defensoría del Niño y del Adolescente. 8. Comisión de Aniversario del colegio 9. Calendario Cívico Escolar. 10. Comité de PREVAED, Brigadas de Defensa Civil, Primeros Auxilios y Salud. 11. Monitoreo y Acompañamiento 12. Asistencia Social 13. Infraestructura Educativa y mantenimiento 14. Licitaciones 15. Evaluación de desempeño laboral docente y administrativo. 16. Actividades Especiales: Día de la Madre, Día del Maestro, Clausura, etc.

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17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24.

Imagen institucional y actividades Desfile Fiestas patrias Consejo académico de docentes. Comisión de Clausura del año escolar Municipio escolar Control interno Comité de Tutoría y Orientación Educativa

Art.69.-Todas las comisiones, obligatoriamente, serán conformadas por los profesores de la IE, quienes la integran de forma voluntaria, elegidos en la Junta de Profesores o designados por la Dirección. Art.70.- La evaluación de recuperación de los estudiantes, aplazados que requieren subsanación se realiza antes de la ratificación de la matrícula, con la finalidad de tener la situación final de los aplazados. Después de la fecha de evaluación no habrá prórroga, salvo justificación debidamente documentada. Art.71.- La ratificación de la matrícula se realiza de acuerdo con las disposiciones oficiales vigentes y las normas internas. El acto de matrícula y su ratificación estará a cargo de la plana administrativa de la I.E. Art.72.- La distribución de los grados y secciones se realizará teniendo en cuenta lo siguiente:  Las secciones se distribuyen de acuerdo a la cantidad de alumnos y el dictado de clases, según el cuadro de distribución de horas. Art.73.- Para la distribución de las fechas cívicas se tomarán preferentemente los siguientes criterios: Se realizan por comisiones designadas bajo sorteo en las asambleas de profesores. Art.74. La elaboración de documentos estará a cargo de cada comisión designada en asamblea de profesores o por orden de la Dirección de la I.E. La elaboración de las Actas de fin de año se realizará con el apoyo de los Auxiliares de Educación. La preparación de la Carpeta pedagógica se hará en el mes de diciembre y la presentación se hará el primer día útil del mes de marzo y el de las Unidades de Aprendizaje se hará el primer día útil de bimestre. Art.75.- La duración del año escolar será de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Educación. Cada profesor debe conocer y aplicar la cronogramación del año escolar que debe figurar en su carpeta pedagógica. Art.76.- La Programación curricular se elaborará teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Se realizará trimestralmente. 2. Antes de elaborar una nueva Unidad de Aprendizaje, se hace una revisión de la anterior para la reprogramación de loa contenidos no tratados. Art.77.- El monitoreo y acompañamiento educativa interna se realizará de acuerdo a un Plan elaborado por el Director. Cumplirá con la tarea de supervisión: 

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El Director. El monitoreo y acompañamiento educativo, tiene como finalidad detectar problemas en el proceso de aprendizaje de los estudiantes, para orientar, corregir y superar las deficiencias del proceso enseñanza-aprendizaje.

CAPITULO IX

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DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art.78.- La Jornada Escolar se cumple de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Educación con algunas particularidades: 1. Horario del Turno Mañana: Nivel Secundario 7:45 a.m. a 8:00 a.m. Ingreso a la I.E. 8:00 a.m. a 8:15 a.m. Actividades permanentes. 8:15 a.m. a 8:20 a.m. Ingreso a las Aulas. 8:20 a.m. a 11:15 a.m. labor docente. 11:15 a.m. a 11:45 a.m. Recreo. 11:45 a.m. a 14:00 p.m. Labor docente. 14:00 p.m. a 14:15 p.m. Salida. Art. 79- El Control del Personal se realiza mediante el parte diario de Asistencia, en el cual todo el personal docente de la I.E. tiene la obligación de registrar su hora ingreso, Título del tema a desarrollar en clase, y firma; sin dejar ningún espacio ni firmando por otros. Art.80.- Los profesores, personal administrativo y de servicio se encuentran impedidos de salir de la I.E. antes de la hora de salida o en su defecto al cumplimiento de su horario personal. Únicamente se podrán retirar el personal que previamente presenten por escrito, al portero, la papeleta de retiro correspondiente firmada por el Director de la I.E. Art.81.- Las inasistencias y las tardanzas del personal docente, administrativo y de servicios están reguladas por la normatividad vigente que estipula lo siguiente: 1. Se considera tardanza al ingreso fuera de la hora establecida. 2. Las tardanzas deben ser justificadas el mismo día, si fuera el caso por escrito. 3. Las inasistencias deben ser justificadas ante la Dirección por escrito con 24 horas de anticipación o en su defecto al día siguiente después de ocurrida la misma.

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4. Las tardanzas e inasistencias injustificadas se comunicarán a la UGEL u órgano correspondiente para la aplicación de las sanciones o descuentos que dictan los dispositivos legales vigentes. Art. 82.- En cuanto a los permisos y licencias: 1. Todo el personal de la I.E. tendrá derecho de acuerdo a Ley vigente a tener licencia por: a) Enfermedad. b) Accidente. c) Gravidez. d) Fallecimiento del cónyuge, padres, o hijos. e) Onomástico según el artículo 65 del Reglamento de la Ley del Profesorado. f) Lactancia, maternidad, paternidad y adopción. 2. Los permisos se otorgarán de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. 3. Toda licencia se solicita mediante el Formulario Único de Trámite (FUT) de la IE, el cual se presenta oportunamente para su continuidad con el proceso de trámite correspondiente, ante la UGEL. Art. 83.- Las vacaciones son un derecho que alcanza a todo el personal: 1. El personal docente tendrá un periodo de vacaciones en los meses de enero y febrero (60 días) 2. El personal de servicio toma sus vacaciones de 30 días en los meses de enero o febrero, esto es por necesidad del servicio durante el año escolar. 3. El Director gozan de un periodo de 30 días anuales de vacaciones.

CAPÍTULO X 10 DE LA EVALUACIÓN, MATRÍCULA Y CERTIFICACIÓN Art.84.- El proceso de matrícula se desarrollará de acuerdo a los dispositivos legales vigentes emanados por el Ministerio de Educación y las normas internas. Art.85.- La matrícula es única al iniciar el primer grado de educación secundaria. Art.86.- La ratificación de matrícula es una formalidad para conocer el número de alumnos que continuarán sus estudios. La determinación de vacantes por grado en la I.E. se cumple por la siguiente formalidad: 1. En diciembre la Dirección y el Personal jerárquico, elaboran un cronograma de matrícula y evaluación de recuperación. El cual se imprime y publica para conocimiento de los padres de familia. 2. El día de la clausura del año escolar, cada asesor hace entrega, a los padres de familia, de libretas. 3. Los alumnos que ingresan al Primer grado de secundaria están obligados a inscribirse en los días programados. Esta medida da seguridad para publicar el número de vacantes para cada grado. 4. En el mes de febrero se publica el número de vacantes para cada grado de Secundaria.

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5. El personal administrativo coordina con la Dirección la matrícula y ratificación, y está en el deber de exigir la presencia del padre o apoderado del alumno. 6. La matrícula y ratificación es en orden alfabético y en el turno correspondiente a cada alumno y en las fechas indicadas. 7. El personal designado para la matrícula es el encargado de recibir los documentos con previa verificación de los mismos, según los requisitos del proceso de matrícula. 8. A los alumnos que tengan nota desaprobatoria en conducta (después del seguimiento respectivo) se le condicionará la matrícula. En caso de reincidencia se le invitará para que se traslade a otra I.E. Art.87.- Los alumnos que deseen trasladarse a otra I.E., solicitarán sus documentos, adjuntando la constancia de vacante otorgado por la I.E. de destino, por lo menos con cinco (5) días de anticipación. Art.88.- Las Evaluaciones se realizan permanentemente teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Los profesores están en el deber de informar a los alumnos y padres de familia sobre los resultados de las evaluaciones de cada trimestre, y dar las recomendaciones del caso para superar algunas deficiencias en el aprendizaje. 2. Se hace conocer por escrito a los alumnos y padres de familia el Rol de Evaluaciones Trimestrales por lo menos con dos (2) días de anticipación. 3. Toda evaluación escrita, luego de su corrección, debe ser remitida al padre de familia para su conocimiento. 4. La evaluación del comportamiento es de responsabilidad de los auxiliares de educación y los tutores. 5. Los profesores que han desarrollado las respectivas áreas, durante el año anterior son los responsables de evaluar a los alumnos (evaluación de subsanación) Salvo, ausencia del docente titular del área, la Dirección podrá designar a otro profesor. Art.89.- La certificación se obtiene de las actas de evaluación final. La elaboración de los certificados de estudios está a cargo del secretario de la I.E. La certificación de educación se otorga de acuerdo a las disposiciones legales vigentes señaladas por el Ministerio de Educación.

CAPÍTULO XI

11 DE LAS RELACIONES Y ORGANISMOS DE LA COMUNIDAD. Art.90.- La Institución Educativa coordina con la Municipalidad y con los diferentes sectores, instituciones y empresas públicas o privadas el apoyo y cooperación para garantizar la seguridad física y moral de los educandos, la implementación de servicios de apoyo asistencial y el mantenimiento y conservación de los locales escolares. Art 91.- El Centro Educativo coordinará con: a. La Municipalidad.

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b. Ministerio de Salud. c. Ministerio de Agricultura. d. Policía Nacional Y Fuerzas Armadas. e. Compañía de bomberos. f. Comité de Autodefensa acomayo(CAA) g. Otros. Art 92.-La Institución Educativa fomenta la creación y funcionamiento del Municipio Escolar. Art.93- La Asociación de Padres de Familia y la Asociación de Ex – alumnos colaboran con el mejoramiento del servicio educativo en coordinación estrecha con la Dirección de la I.E.

CAPÍTULO XII 12 DISPOSICIONES FINALES Art.94.-. Es obligación de la I.E. estimular las aptitudes, la eficiencia, el espíritu de trabajo, identificación y desprendimiento a favor de los educandos, docentes, administrativos, alumnos y personas que laboren a favor de nuestra institución. Art.95.-. Los estímulos son los siguientes: a) Resolución directoral emitida por la Dirección de la I.E y por la UGEL en agradecimiento a las diferentes actividades educativas realizadas asimismo, por servicios extraordinarios o especiales, a la comunidad. b) Donación (bienes y materiales, etc.) c) Certificado de eficiencia y responsabilidad, según los resultados del aprendizaje durante el año escolar. d) Diploma de Honor. e) Plato recordatorio y/o pergamino. Art.96.- Además de los estímulos que refieren en el artículo anterior son motivos de incentivos los siguientes: a) Por cumplir 10, 15, 20 y 25 años de labor permanente como profesor. b) Por haber desempeñado eficientemente como asesor, Docente de Área, de aula, y/o tutor de una o varias secciones entre otros.

CAPITULO XIII 13 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEL SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES EN LA EDUCACIÓN Art.97.-. La organización de base de LA I.E. Laguna Azul, es a través del SUTEP. Art.98.- El SUTEP se organiza en base a sus principios y estatutos. Art.99.-.El SUTEP como organización sindical, reconocida legalmente, tiene participación activa en el quehacer institucional de nuestro plantel en:

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a) La defensa de los agremiados. b) Los concursos, promociones internas del personal docente, directivo y jerárquico, en la forma que la ley establece. Art.100.-Toda casuística u ocurrencia no contemplada en el presente reglamento será tipificada en asamblea plena de docentes, administrativos y CONEI; y punible de sanción si el caso lo ameritara, según normas y leyes vigentes aplicables.

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