Resumen Sobre Libro Thomas Hobbes

Resumen sobre libro Thomas Hobbes (Leviathan). Este libro es un estudio sobre la naturaleza humana y como este se desenv

Views 142 Downloads 2 File size 881KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Resumen sobre libro Thomas Hobbes (Leviathan). Este libro es un estudio sobre la naturaleza humana y como este se desenvuelve en la sociedad el cuales el poder de los hombres terminaría destruyendo al hombre mismo, lo cual en esencia, Hobbes dedica esta obra como plantear el problema y poner una solución (pasar de ese Estado de naturaleza en el cual los hombres vivían atomizados, incapaces de cooperar a un Estado de sociedad, compuesto por un pacto social entre todos los individuos). El libro consta de 4 partes, o se dedican a analizar 4 subtemas los cuales analizan al hombre, al Estado, Al Estado cristiano y del Reino de la oscuridad. Primera

parte:

Del

hombre

Hobbes se dedica a estudiar ontológicamente al hombre, para luego estudiarlo en la sociedad o en sociedad. Hobbes empieza a vislumbrar como el hombre es producto de la experiencia, de cómo el lenguaje, las sensaciones, la imaginación y sus consecuencias, y de la razón y la ciencia son producto de la misma. Las sensaciones para Hobbes era: “una representación o apariencia de cierta cualidad o de otro ‘accidente de un cuerpo exterior a nosotros, de lo que comúnmente llamamos objeto. Dicho objeto actúa sobre los ojos, oídos, y otras partes del cuerpo humano, y por su diversidad de actuación produce diversidad de apariencias. El origen de todo esto es lo que llamamos sensación (en efecto: no existe ninguna concepción en el intelecto humano que antes no haya sido recibida, totalmente o en parte, por los órganos de los sentidos). “[1] Hobbes describe al ser humano como un ser de sensaciones, que siente, que por este están en contacto con su realidad, por medio de sus sentidos (algo así como una filosofía materialista algo que Engels señaló tiempo después). Por igual declaró que la imaginación como producto de los sentidos, de la experiencia sensorial pero a diferencia de la sensación, no es otra cosa “sino una sensación que se debilita; sensación que se encuentra en los hombres y en muchas otras criaturas vivas, tanto durante el sueño como en Estado de vigila”[2] ósea, que es la desviación o debilitación de las sensaciones en el hombre , algo así como que hay una diferencia entre lo que se percibe y lo que es, eso es la imaginación, el toma como ejemplo que “las estrellas no ejercen menos en el día que por la noche la virtud que las hace visibles. Pero así como entre las diferentes solicitaciones que nuestros ojos, nuestros oídos y otros órganos reciben de los cuerpos externos sólo la predominante es sensible, así también, siendo predominante la luz del sol, no impresiona nuestros sentidos la acción de las estrellas. Cuando se aparte de nuestra vista cualquier objeto, la impresión que hizo en nosotros permanece[3]”. Esto significa que el hombre tiene memoria, ósea, un record de estas experiencias sensibles e imaginativas. Que no son cosas que han sido percibidas por los sentidos y que este grupo de sensibilidades en el tiempo se les denominan experiencia. Ósea, la imaginación es en esencia, aquellas cosas que antes han sido percibidas por los sentidos, de manera fraccional o total, lo cual crea una dicotomía entre ensueños (Las imaginaciones de los que duermen [4]en palabras de Hobbes) y las sensaciones. Por eso es que cuando tenemos frío asociamos el frío con algo imaginado, un ensueño que nos hace pensar en temor sobre algo, y esto a veces da lugar a apariciones y visiones. Lo cual Hobbes indica que el ser humano, como unidad, anda siempre en modo de alerta, ya que hay veces que este no puede distinguir estas apariciones y visiones y esto lo hace dudar, andar con completa cautela , debido a que por ese miedo y esa superstición “se hallan poseídos por terribles ideas” sobre obscuridad, fantasías, espíritus, fantasmas de

hombres muertos y cosas sobre naturales (que en esencia es contraria al materialismo Hobbesiano, el cual vemos como más adelante el resuelve este problema luego, ya que hay unas implicancias que serán analizados en los capítulos siguientes). Luego que se evidencia que el ser humano es susceptible al pensamiento místico, producto de su imaginación (similar al mito de las cavernas de Platón, de forma análoga, pero un poco más sofisticado) hay consecuencias que son inevitables debido al fenómeno de la imaginación, el cual hay un dilema el cual Hobbes vislumbra diciendo que hay dos clases de pensamientos que carecen de orientación hay unos que carecen de orientación[5], el primero es una serie de pensamientos no regulados, arbitrarios y que de manera u otra están subordinados a algo que pueda canalizarlos (más tarde Hobbes considera que la forma de organizarlos es por medio de un pensamiento en sociedad) y los otros pensamientos son los pensamientos regulados[6]. Los pensamientos regulados, son en esencia según el autor, aquellos que son designados por algún deseo, ya que del deseo –según Hobbes– surge el pensamiento de algunos medios que hemos visto producir efectos análogos a aquellos que perseguimos[7]. Hobbes distingue a estos pensamientos regulados en dos tipos: 1. Cuando tratamos de deducir o analizar las causas o medios que producen un efecto que imaginamos. 2. Los efectos posibles que pueden deducirse de este efecto imaginado. Estos proceso cognitivos los cuales Hobbes trata de vislumbrar como estas categorías logran construir una teoría del conocimiento (gnoseológica) del ser humano en situación de naturaleza este distingue dos cualidades que hacen posible esto. Primero descubre sobre la rembreranza (la invocación de la mente, cuando usamos la mente para hurgar de manea deductiva algún problema para darle solución). Y la prudencia, cuando el hombre desea saber el curso de una acción, como este deduce acciones anteriores a ella y en sus consecuencias presuponiendo que obtendrían similares efectos. Ósea que perfilamos el futuro en relación a nuestro pasado. Lo cual esto deja dicho bien que nosotros actuamos en relación a nuestro pasado y que por otro lado, tenemos una mente finita, no podemos concebir el infinito gracias a nuestras limitaciones mentales y físicas. Por eso, hay una relación entre los signos (acontecimientos pasados que se repiten), las sensaciones, la prudencia y el acto de usar la mente. Según Hobbes, mientras más veces se repite ese signo, más certero serán los medios usados para resolver el problema de manera efectiva, pero esto no se logra sin pensamientos ordenados, que se logren llegar a uno por medio de las sensaciones y el acto de pensar. Pero para poder comunicar estas conjeturas del mundo pasado debe de haber un lenguaje. Hobbes toma el lenguaje de la siguiente manera, ya que “la invención de la imprenta, aunque ingeniosa, no tiene gran importancia si se la compara con la invención de las letras.”[8] el lenguaje sirve según Hobbes para recordar las conexiones de causa y efecto a los hombres. Por ende, el problema empieza aquí, ya que el lenguaje, a la hora de ser comunicado hay problemas de precisión lingüística que evitan dar el mensaje como tal, lo cual hace que las personas actúen como y que las sensaciones e imágenes que tienen son erróneas lo cual crea conflictos entre los seres humanos. Así que el hombre al tratar de acabar con esos impulsos que tanto Hobbes menciona (en la parte que detalla las sensaciones y las imaginaciones) toma el lenguaje y la comunicación (osea el Estar en sociedad en el Estado de naturaleza) como si fuese un problema más al cual agregarle a la imaginación por problemas del lenguaje y su falta de precisión. Todo esto sucede al momento de los seres humanos compartir sus experiencias, fuentes de saberes. Por lo tanto, debido a esto el sere humano vive en un “Bellum ómnium

contra

omnes”,

una

guerra

de

todos

contra

todos[9].

Entonces el nudo central de Hobbes se encuentra realmente es que hay un problema que el evidencia en el orden social. Es del atomismo de los hombres, y por ende propone soluciones a esto. La de pasar de un Estado de Naturaleza a un “Estado de sociedad”. Esto se evidencia en palabras de Hobbes : “Los escritores de política suman pactos, uno con otro, para establecer deberes humanos; y los juristas leyes y hechos, para determinar lo que es justo e injusto en las acciones de los individuos.” [10] . Aquín, se ve la intención de Hobbes, si los políticos o personas de profesan de la acción política pueden resolver sus problemas de esa manera, debliberando, proponer una solución a la situación de guerra era a precisamente hacer un pacto de manera social, algo así como un contrato entre todos los integrantes del cuerpo social, para que se rijan por el Leviatán, el poder del Estado que es inimaginable, desbordante. Para proteger al hombre del hombre mismo.

Entonces El Estado de naturaleza es según Hobbes, un Estado de competición que hace que el hombre invada para obtener algo, la falta de confianza respecto a la seguridad (debido al problema del lenguaje y la socialización) y el problema de la gloria, reputación que es producto del uso del poder por el hombre[11]. De ahí, el deriva las leyes de la naturaleza. Las cuales de manera axiomática-deductiva, las otras dependen de sus dos primeras leyes. La primera es que “cada hombre debe de procura la paz hasta donde se tenga la esperanza de lograrla; y cuando no puede conseguirla, entonces debe buscar y usar todas las ventajas y ayudas de la guerra”[12] la segunda parte viene del derecho natural (dado por Dios, ósea que viene de la doctrina clásica del iusnaturalismo) Parte

Dos:

El

Estado.

El pacto social, para Hobbes, era una garantía de la seguridad individual, y así poner fin a los conflictos que se dan en la situación de guerra gracias a los intereses individuales que Hobbes concebía como la causa de la situación de guerra. Así que las pasiones (los fines) del hombre son contrarias a las leyes morales, para esto Hobbes idea lo que viene siendo hoy el Estado, aquél monopolio de la violencia[13] , esa Cosa Pública (diferente al de la ausencia de monarquías) sino el poder organizado para administrar los asuntos públicos y se funda a partir de la suma de voluntades individuales “libres” que deciden actuán para adquirir ventajas en comunidad. Por lo tanto Hobbes plantea que hay una dicotomía entre libre albedrío y libertad individual. Hobbes luego de denunciar la separación de poderes[14] bajo la excusa de que el soberano si considera que si la libertad de expresión puede amenazar el orden público el mandatario o el soberano puede eliminarla para así preservar el “bien de todos”, Hobbes plantea los tipos de gobierno o de Estado: 1. Monarquía 2. Aristocracia 3. Democracia. El admite que la cosa pública y el interés individual es el mismo en el primero. Ya que la riqueza del monarca depende de la riqueza de su pueblo, de la reputación de sus súbditos. Por ende, el considera que en la democracia y la aristocracia, la propiedad pública no da tanta fortuna, y

esto trae problemas de corrupción, problemas de ambición que conllevan a un decaimiento del orden social. Parte tres: Estado cristiano. Hobbes aquí dedica su crítica a la autoridad divina, a un paso de que el soberano sea rey absoluto, por ende, abroga por la total sumisión de la iglesia al soberano. Este cuestiona la validez de las escrituras, en cuál debemos confiar y por qué, debemos hacerlo - se pregunta él- . Esto se debe a que hay una dicotomía entre lo sobrenatural (caos) y lo civil (orden), por ende lo sobrenatural no puede estar por encima de lo civil porque entonces sería una situación de fuerza vs. Derecho. Por lo tanto Hobbes no ve compatible la idea de la religiosidad en el poder, ya que por razones expuestas en los capítulos anteriores es imposible conocer lo infinito dada la mente humana y así análogamente un clérigo que dice conocer por revelación la voluntad de Dios es algo carente de contenido. Parte

cuatro:

Del

reino

de

la

oscuridad

Luego del cuestionamiento que expone Hobbes, el indaga –con el fin den obtener represalias de la iglesia en ese entonces, concluye que el Leviatán intentó conciliar la idea de que la el reino de la oscuridad era en esencia no el infierno, sino la oscuridad que produce la ignorancia en relación a su antónimo la luz del verdadero saber. Por ende, este ve la mala interpretación de las escrituras de los clérigos que debido al poder en ese contexto que tenía la iglesia, personas usaban las mismas para beneficio propio (algo similar a lo que denunciaba Lutero en sus escritos). Por ende esas personas no dudan en eliminar esa luz de vida que el conocimiento y el saber realmente brindan. Las causas que el establece son la interpretación de las escrituras de manera viciada, la demonología de los poetas. La mezcla cultural de las reliquias griegas y las escrituras cristianas, que dieron lugar a tiranías y oligarquías y a lo último la modificación de las tradiciones de manera deliberada también dañan la luz que tanto Hobbes dice que es esencial para el mantener el cuerpo social de manera sana y sostenible.

¿Qué

me

pareció?

Es un libro interesante, más aún tiene muchas de las típicas fallas que tienen los autores contractualistas tradicionales una concepción rara de individuo y sociedad, no tienen una definición clara de libertad y establecen dicotomías como la de libre albedrío y libertad individual como si fuesen cosas opuestas entre si). En cierto modo, Hobbes toma de Platón (la idea de que el ser humano está aquí para ser carne de cañón ante una intención o un fin más loable, supra-humano, por lo tanto ellos pueden ser medios y no fines), y de Aristóteles toma las formas de gobierno y la idea de que las ciencias políticas/sociales es una ciencia que pueda basarse en la experiencia (cosa que toda experiencia o evidencia empírica en en esencia evidencia histórica y por ende interpretable subjetivamente). Pero a pesar de esto no está de más leerlo porque hay cosas que son interesantes, como la idea de un orden social en el cual haya bienestar para todos, en el cual se puedan resolver los problemas de manera pacíficamente sin recurrir a la violencia y la idea de un derecho que viene con los hombres al momento de nacer (derechos humanos, naturales).

Mis críticas y críticas de otros autores En este espacio me dedico a tomar de diferentes autores (independientemente de su posición o su ideología) lo cual no sé si esta crítica pueda servir a alguien a colocarse en alguna ideología en específico.

1. La noción de sociedad

e individuo de Hobbes y su teoría gnoseológica

Hobbes se hace de una metodología materialista metódica al resumir los fenómenos únicamente a problemas de percepción, pero no distingue que la experiencia misma en los hombres son eventos de causa y efecto que a su vez necesitan ser interpretados, por lo tanto, el pensamiento humano depende de categorías a priori (antes de la experiencia) como Bien Kant habría señalado[15]. Él le demostró Hume que la experiencia (ya sea en el ámbito científico, epistemológicamente hablando, o gnoseológicamente hablando) se interpreta por medio de categorías de pensamiento, ósea que no hay experiencia que no sea interpretada. Por ende la idea de que el hombre puede “saber más “ a medida que los signos que menciona Hobbes se den en la vida, sino que también depende de la interpretación que haga el mismo a través de los signos del pensamiento.

Esto trae conclusiones que valen la pena tomar en cuenta en la forma en la que Hobbes analiza el tal llamado Estado de naturaleza que en esencia es anacrónico. No pude haber existido un Estado de naturaleza debido a que el ser humano es un ser cultural, que usa medios culturales en un entorno natural como evidencia Luis Zanotti, pedagogo y filósofo liberal argentino: “La cultura es –no nos engañemos– opuesta a la naturaleza. Cultivar la tierra es violentarla, mal que le pese a las visiones idílicas del trabajo rural. Requiere esfuerzo y sudor, trabajo, en fin. La tierra no brinda, “generosa”, sus frutos, sino que se los deja arrancar, y sólo si se ha luchado tenazmente con ella, contra ella, y contra las plagas, las inclemencias del clima, la falta o el exceso de agua, la invasión de malezas que –ellas sí– crecen espontánea y “naturalmente”. Las plantas útiles al hombre dan sus frutos sólo mediante el trabajo del hombre. Los ganados librados a su destino “natural” volverían en corto lapso a ofrecer el aspecto bravío y salvaje de las razas originarias de las cuales la humanidad aprovecharía –y a duras penas– porcentajes de productos notablemente menores de los que obtiene hoy […]El hombre es un ser de cultura. No se conocen sociedades humanas viviendo en estado de naturaleza pura.”[16] Este problema se debe a los conceptos lógicos que usa tanto Hobbes como los demás contractualistas que le siguieron (Rousseau y Locke). Al haber un Estado de naturaleza descrito por Hobbes, el analiza los fenómenos como si sociedad e individuo fuese conceptos lógicos que no se correlacionan entre sí. Esto significa que preguntarse por el orden lógico de estos conceptos es algo ilógico como bien deja explícito Ludwig Von Mises en su libro La acción humana: “Ahora bien, vana es toda controversia en torno a la prioridad lógica del todo o de las partes. Son lógicamente correlativas la noción de todo y la noción de parte. Ambas, como conceptos lógicos, quedan fuera del tiempo."[17]

Esto significa que los conceptos lógicos como individuo y sociedad son ahistóricos, para así ubicarlos en la historia al aplicar este concepto en un determinado contexto histórico. Esto significa que el todo (sociedad) actúa por medio de sus partes (viéndolo de manera Weberiana). El gran problema del Estado de naturaleza es que ese materialismo metódico de Hobbes es el equivalente a un colectivismo metodológico que asume que la sociedad es algo diferente a la suma de sus partes individuales lo cual sería tautológico ya que al explicar el comportamiento de los individuos una metodología como esta diría estos mismos –su comportamiento- está determinado por sus propias acciones. Por esta razón Hobbes presupone el comportamiento de los individuos en ese tal llamado Estado de naturaleza. La humanidad no ha florecido en base a pactar socialmente y que el Estado los domine, sino que antes de eso cooperaban en

la división social del trabajo y esto propició instituciones sociales que fueron generadas por la acción los individuos que persiguiendo sus propios fines creaban consecuencias no intencionadas sobre otros[18]

Hobbes entienden a la sociedad como un todo distinto de los individuos que le componen (por eso hace Rousseau y Hobbes la aclaración de Estado de Sociedad y Estado de naturaleza, en uno donde la sociedad civil delibera y en otro donde hay atomismo o seres humanos dispersos por ahí), y esto es un error. El todo (sociedad) actúa por medio de sus partes (individuales), sostener desde un colectivismo metodológico como hacen ellos es precisamente decir que el comportamiento de los individuos está determinado por sus propias acciones lo cual es una tautología. Por ende, los contractualistas ven de manera estéril los fenómenos sociales y por eso presuponen muchas conductas del individuo gracias a eso. Los colectivos en la realidad empírica no existen, por ende, para estudiarlos se deben de descomponer la sociedad en sus partes, los individuos y como estos afectan a otros.

El Estado como garante de derechos individuales: Una crítica liberal/anarquista. La solución que promete Hobbes con el fin de salvaguardar los derechos lleva como implícito que el Estado es la institución que consagra el derecho, ya que la situación de guerra vivimos en una encrucijada en la que no se pueden formular leyes morales –cosa que desde el common law, viendo el derecho de manera holística es erróneo- que permitan la cooperación social y pacífica. De hecho, esto es todo lo contrario, el ser humano siempre ha hecho del uso de la cooperación social en la división del trabajo para lograr sus fines, los pueblos de hecho pequeños se organizaban Desde una perspectiva biológica, son los genes ("almacenados" a nivel individual) quienes existen en primer lugar, y solo más tarde se asocian para formar organismos más complejos con el objetivo de sobrevivir y favorecer su reproducción. En estos términos, la sociedad puede explicarse como resultado de la selección natural de aquellos individuos cuyos genes eran más propensos a la cooperación [19]. Por último, la Historia y la antropología respaldan el argumento biológico. Las sociedades cazadoras-recolectoras estaban formadas, en un primer momento, por unidades familiares que se desplazaban a lo largo del territorio para explotar recursos dispersos (vegetales, pequeños herbívoros), y que solo estacionalmente se reunían en unidades más grandes para aprovechar las "economías de escala" como por ejemplo, en el almacenamiento, la caza de grandes herbívoros, etc. . Estas unidades familiares/individuales de cazadores-recolectores solo se integraron en organizaciones más grandes cuando percibieron que podían obtener ventajas de ello. Cuando la intensificación económica y la aparición de la agricultura hicieron rentable la defensa permanente del territorio (congruente con la idea de derechos de propiedad de la tierra de Locke pero sin la tercera condición, así como lo entienden los neo-lockeanos libertarios anarquistas como Murray Rothbard, Stephan Kinsella, Roderick Long y otros[20]), en relación a épocas anteriores, cuando era más rentable la huida hacia otros espacios de caza o recolección, o cuando la necesidad de infraestructuras como canales o acequias requería de la cooperación con otras familias o individuos. En todos estos casos, la ventaja derivada de la cooperación incentivó la cooperación, pero esta tuvo su origen en un cúmulo de decisiones individuales que trataban de satisfacer intereses individuales[21]. Por lo tanto, el Estado no surge de manera emergente (ósea por medio de acuerdos voluntarios entre personas como demuestran algunos[22], sino que fue formada mediante la acción de individuos que eran ajenas a las de la sociedad económica, y por medio del uso de la fuerza y la coacción. Así fue como el antropólogo Marvin Harris logró descifrar ( inclusive poner en duda la idea de que el Estado nace con el capitalismo como un choque entre clases, en la tesis del materialismo histórico de

Marx). “Los cabecillas-redistribuidores trabajaban igual de duro o más que los otros miembros de la tribu en la caza o recolección; por lo tanto, en un primer momento la redistribución no impedía la política igualitaria asociada a estas tribus. Sin embargo, en algún momento estos cabecillasredistribuidores fueron reconocidos por su capacidad para organizar festines más y más suntuoso realizando proyectos de caza mayores o de recolección intensiva. La compensación que recibían los redistribuidores era la mera admiración de sus congéneres por su capacidad organizativa. El prestigio era el único pago que recibía el redistribuidor…. Aún en esta situación el jefe no tenía más que un poder económico sobre los que estaban a su alrededor pero no tenía capacidad de obligar a nadie violentamente a que obedeciese sus órdenes. Si no hubiese sido por la guerra y el uso de la violencia la jefatura hubiese sido una mala semilla que no hubiera llegado a germinar. Cuando los dominios no eran muy grandes los jefes no podían recurrir a la fuerza directa contra los desobedientes ya que en el nivel de bandas o aldeas prácticamente todos los hombres poseían armas y la habilidad necesaria para utilizarlas. Fue cuando el jefe adquirió un control sobre territorios más extensos y dispuso de recursos almacenados más copiosos cuando pudo crear un grupo afín, la primera “clase noble”, mediante regalos y favores que sí podía ejercer una violencia más organizada contra los díscolos. Este grupo afín era tanto la policía como el ejército del jefe y podía amenazar a aquellos campesinos que se negaran a prestar su trabajo personal para obras públicas o no donasen las cuotas prescritas al jefe. Además de la violencia la aceptación voluntaria también pudo jugar un papel importante en el afianzamiento del jefe en el poder. Los miembros del pueblo llano podían aceptar el poder del jefe como un medio para aglutinar fuerzas en guerras o en obras públicas o para sentirse protegidos frente a las amenazas. Muchos de los miembros del pueblo supeditado al jefe temería más a otros riesgos que el propio poder del jefe y de su séquito.”[23] Esto es congruente con la teoría del sociólogo y economista Franz Oppenheimer de que hay dos formas de obtener recursos en el orden social, por medios económicos (trabajo, intercambio, ocupación por la ley del primer ocupante) y medios políticos (la coacción, el robo y la violencia)[24]. El Estado, como institución se vale de los medios políticos para obtener riqueza ya creada previamente por otros para poder concretizar sus fines (entendiendo el Estado como un conjunto de individuos que realizan un tipo de relación social que ha sido institucionalizada). Lo cual, para el Estado no está fundado en un pacto entre todos (ni históricamente ni de cualquier otra forma concebida) por lo tanto es dudoso su emergencia, entendiéndola como proudcto de consecuencias no intencionadas de decisiones meramente individuales a la hora de concretizar sus fines.

También la idea de que el Estado puede concebir, predecir, toda la información del orden social es algo ilusoria para resolver problemas de elección racional. El conocimiento en la sociedad es disperso, asimétrico y a veces contradictorio en manos de los individuos. Así que es imposible (desde el punto de vista económico y hasta social) que el Estado como institución pueda poseer más conocimiento que la sociedad y el mercado (ambas entendidas como un proceso de ajustes sociales, como bien entendía Hayek: “El carácter peculiar del problema de un orden económico racional está determinado precisamente por el hecho de que el conocimiento de las circunstancias que debemos utilizar no se encuentra nunca concentrado ni integrado, sino que únicamente como elementos dispersos de conocimiento incompleto y frecuentemente contradictorio en poder de los diferentes individuos. De este modo, el problema económico de la sociedad no es simplemente un problema de asignación de recursos "dados" –si "dados" quiere decir dados a

una sola mente que deliberadamente resuelve el problema planteado por estos "datos"–. Se trata más bien de un problema referente a cómo lograr el mejor uso de los recursos conocidos por los miembros de la sociedad, para fines cuya importancia relativa sólo ellos conocen. O, expresado brevemente, es un problema de la utilización del conocimiento que no es dado a nadie en su totalidad. Temo que muchos de los últimos avances de la teoría económica han más bien oscurecido en vez de aclarado este carácter del problema fundamental, cosa que ocurre especialmente en el caso de muchos de los usos que se han hecho de las matemáticas.”[25]

Por lo tanto, la idea de que un Estado, concebido como producto del robo, la ingeniería social, la legitimación de prácticas ilegítimas como impuestos, manipulación monetaria, legislaciones que producen efectos sistémicos en la sociedad como proceso de ajustes sociales hechos por individuos que deliberan, es cada vez más coherente y acorde con la realidad que tomando en cuenta la idea de Hobbes, los contractualistas en general y sus seguidores.

El problema de la protección de la propiedad privada y sus consecuencias: El talón de Aquiles del liberalismo clásico, de la monarquía Hobbesiana, (y posteriormente la social democracia y el Estado de bienestar.) Muchos teóricos sociales desprestigian el poder de los derechos de propiedad ya sea desde el punto de vista jurídico o desde el punto de vista sociológico y de cómo esta institución realmente funciona, no solo para preservar el orden y los conflictos interpersonales, sino también de su surgimiento[26] Los derechos de propiedad son no solo el motor de la economía de mercado, sino que el respeto a estos y una formulación adecuada de unos derechos de propiedad mantiene posible la cooperación social, ayuda a que los proceso de mercado sean más acorde con las necesidades de las personas (a diferencia de regímenes neoliberales que si bien su discurso es pro-mercado pero políticamente hacen lo contrario, como Reagan y Thatcher[27]) y sobretodo ayuda a la prosperidad de no solo las mayorías sino de minorías que de otra manera no pudieran hacerlo simplemente con la ayuda de los procesos “democráticos” estatales (que de hecho el armar y desarmar proyectos sociales por medio de la democracia representativa trae bastantes consecuencias a nivel institucional en los derechos de propiedad). El problema del orden social aparte del mencionado por Hayek (no solo que el orden social sus miembros carecen de todo el conocimiento acerca de los recursos, sino que este se encuentra disperso y es asimétrico en toda la sociedad, o sea, de los medios adecuado para sus fines[28]) es el de un sistema en el cual las personas funcionen y deliberen en libertad sin afectar las libertades de otros (donde se respete las libertades negativas para elevar la esfera de libertades positivas de la sociedad en su conjunto). Por ende este sistema debe de tener un alto respeto por la propiedad privada ya que, esta institución es una de las que más se relacionan con las otras para poder adquirir esa tal sociedad abierta que hablaba Karl Popper. La propiedad privada es una institución social que su función la de asignar recursos escasos, a personas conocidas como propietarios[29] (sean privados o públicos y ojo que estos últimos lo hagan de manera consensuada)[30] Ya que en un orden social donde las personas no tienen el conocimiento real o total sobre los medios para satisfacer sus fines (sean altruistas o egoístas, etc.) estos solo pueden obtenerse mediante la cooperación social pacífica y por reglas morales que ayuden a incentivar la cooperación aún más, esto lo evidencia bien Hans-Herman Hoppe , filósofo, sociólogo y economista:

“Sólo porque existe la escasez existe un problema para formular leyes morales; mientras los bienes sean sobreabundantes (bienes “libres”) no resulta posible que haya conflicto sobre su uso y no se necesitan acciones de coordinación. Por tanto, se deduce que cualquier ética correctamente concebida debe formularse como una teoría de la propiedad, es decir, una teoría sobre la asignación de derechos de control exclusivo sobre bienes escasos. Porque sólo entonces resulta posible evitar conflictos de otra forma inevitables e irresolubles”[31]

Entonces de ahí se deduce la función social de los derechos de propiedad y es de asignar recursos escasos sin que se lleguen a estos por medio de conflictos interpersonales, o sea, sin que se llegue a una situación previa a los derechos de propiedad en un escenario de fuerza vs. Derecho[32].

Hayek en su obra, Legislación y libertad logra unir la idea de ver el orden social como un producto de deliberaciones que no necesariamente son intencionadas (David Hume) con la tradición Lockeana (John Locke) la cual desde el derecho natural, se justifica la propiedad, sino que la misma es necesaria para estos ajustes sociales. La propiedad privada debe tener una cualidad tal que no requiera a quienes cumplen con la ley la verificación constante por parte de una autoridad distributiva de dicho cumplimiento respecto de la posesión de los bienes. El carácter privado de la propiedad dependería entonces, a la vez, del reconocimiento social de un poseedor particular (individual o familiar) y de la unión indisoluble entre la posesión y la voluntad de su poseedor (en el caso individual, hasta que el individuo decida revocarla). Si la propiedad es ante todo un fenómeno social y la sociedad es al mismo tiempo una coordinación de propiedades, esta característica lockeana de la propiedad privada es necesaria para la coordinación espontánea de expectativas. En un entorno donde no se respetan las propiedades (ya sea por medio de mecanismos impositivos o por leyes que regulan su uso que estos son los que más afectan el poder de coordinación, el evitar conflictos interpersonales y otras funciones que ya hemos mencionado) la cooperación social es menor, y el orden social se enfrenta a desajustes sociales más profundos que en una situación contraria. Esto se debe a que para que los derechos de propiedad puedan ayudar a mediar e incentivar la cooperación social, evitar conflictos y es que estos deben de ser justos y visibles[33]. Para que las reglas morales como estas funcionen debidamente (que sean justos y visibles) estos deben de determinarse intersubjetivamente (ejemplo, dónde termina mi propiedad y donde comienza la de otro), y estos no pueden ser justos porque no pueden servir a su función de prevenir conflictos si no se aceptan como tales por lo afectados por las normas[34]. Por lo tanto cualquier set de reglas morales que no tengan estas estás características hará que tanto la institución de derechos de propiedad como las que se interrelacionan con el mismo, carezcan de mecanismos que hagan posible el orden social. El argumento Hobbesiano, al proponer la solución ante los problemas del hombre un Estado de sociedad (Un monopolio de la violencia y de la ley/servicio de protección) de hecho no soluciona el problema del orden social, sino que lo agrava. ¿Ya que quién protege nuestras derechos de propiedad ante el Estado? Si el Estado es el único capaz de otorgar estas concesiones en nombre del bienestar común

(como Hobbes mismo decía que el soberano podía destruir o arremeter en contra de la libertad de expresión si esto “perjudica” el bienestar común o de todos). Esto se debe a la falacia que cometen tanto contractualistas como social demócratas de ver los intereses individuales como diferentes al de los intereses colectivos, Ludwig Von Mises tenía un planteamiento similar y objeciones a esta forma de ver la sociedad: “La doctrina colectivista no reconoce que la cooperación social sea para el hombre un medio para el logro de todos sus fines. Da por sentado que hay un conflicto irreconciliable entre los interés de la colectividad y los intereses de los individuos, y que este conflicto toma partido incondicionalmente por la colectividad. Sólo la colectividad tiene existencia real. La existencia del individuo está condicionada por la existencia de la colectividad… Dos preguntas Surgen inmediatamente. Primera: si fuera cierto que los intereses de la colectividad y los de los individuos están diametralmente opuestos, ¿Cómo podía funcionarla sociedad? Se puede suponer que los individuos se verían impedidos por la fuerza de las armas a recurrir una abierta rebelión. Pero no se puede suponer que se podría lograr su cooperación activa por medio de la simple compulsión... Segunda: Si la colectividad no es un medio que permita a los individuos alcanzar sus fines; si el florecimiento de la colectividad requiere sacrificios de parte del individuo que no son compensados por las ventajas derivadas de la cooperación social. ¿Qué es lo que mueve a quién aboga por el colectivismo a asignar los intereses de la colectividad sobre los deseos de los individuos? ¿Puede encontrarse otra razón para la exaltación de la colectividad que n osean juicios personales de valor? “[35] El problema es que la doctrina política de Hobbes tiende a pecar del mismo error que muchas otras filosofías o paradigmas. Ven a la sociedad como algo diferente de la suma de sus individuos lo cual esto es una falacia circular, evidenciada ya anteriormente por Mises [36]. No es de extrañarse que la justicia social, el bienestar social, y otros conceptos que utilizan los defensores del Estado así como el mismo Hobbes carezcan de contenido porque si lo que se defiende es el Estado de sociedad, el Estado como institución no está compuesta por todos los miembros de la sociedad, sino que hay un grupo que está subordinado a la jerarquía de aquellos que usan o profesan del monopolio de la violencia (en el caso de Hobbes, el rey, monarca o soberano). Esto tiene bastantes consecuencias respecto a que el Estado es en esencia, por su naturaleza coactiva un “expropiador protector de propiedad” (en palabras de Hans-Herman Hoppe) por ende como institución no emergente, producto de la coacción y del robo, extorsión y privilegios es contraria a un orden social en el cual se logre propiciar la cooperación social y pacífica. Ya que en esencia estamos en una situación de fuerza vs. Derecho en un orden estatal, donde lo que podamos conseguir son concesiones y no realmente derechos que vienen otorgados a personas. Por ende no es de esperarse que en un orden social así, se vislumbren problemas y desajustes sociales los cuales propicien los actos bárbaros y violentos para obtener sus fines (de manera más o menos sistemática dependiendo del tipo de gobierno), en vez de orientados realmente a la cooperación social pacífica. Por esta razón el orden social concebido por Hobbes carece de muchas herramientas que ayuden a que las instituciones mantengan la paz y la cooperación social. De hecho, la tal “situación de guerra” Hobbesiana era en esencia más prolifera en términos relativos ya que al menos contractualmente, se respetaban más las decisiones individuales como demuestra la historia anterior a la formación de los Estados, así como la formación de Estados monárquicos que Hobbes defiende en su obra.

Resumen del Leviatán de Hobbes Con respecto al contenido de esta obra de Thomas Hobbes, básicamente se puede decir que se encuentra conformada por cuatro libros, cada uno de los cuales sirve para que su autor exponga su idea sobre la naturaleza del hombre, el comportamiento de este en sociedad, la necesidad de un estado absoluto y de un contrato social por el cual se rijan las vidas de los hombre, en paz y armonía, en la medida de lo posible. Sin embargo, puede que resulte útil revisar de forma breve el contenido de cada uno de estas cuatro partes, tal como se verá a continuación:

Parte I: del hombre Durante la primera parte del Leviatán, Hobbes se encargará de exponer su visión del hombre como ser social, así también como individuo de deseos, regido por la pasión y por el deseo de poder, situación que lleva a que los hombres –según este filósofoconvivan en un latente estado de guerra, puesto que como expresa este filósofo “el hombre es lobo del hombre”. Así mismo, es durante esta parte de la obra, que este filósofo político expone sus 19 leyes de la naturaleza humana, cada una de las cuales influirán profundamente en la filosofía política occidental, al tiempo que justifican o dan pie al planteamiento de este filósofo sobre la necesidad de un contrato social. La democraciaDefinición de la Democracia De acuerdo a las Ciencias Políticas, se conoce como Democracia a la for...

Acróstico de ColombiaDefinición de acróstico En el ámbito literario, se conoce como acróstico a la composición poética, ...

Rituales para recibir el año nuevoUna de las fechas más universales, en todo el planeta, es la celebración del Año Nuevo, el cual en e...

Parte II: del Estado Por su parte, luego de haber expuesto cómo el hombre es un ser de deseo, que al entrar en contacto con otros hombres, experimenta la rivalidad que conduce a la guerra, Hobbes plantea entonces

la necesidad de un pacto o contrato social que venga a mediar y establecer los límites de la convivencia. Así también indica la necesidad de un Estado, para que ejerza el poder, coloque los límites y guíe la sana convivencia. Sin embargo, el Estado pensado por Hobbes -el cual puede ser tanto una Monarquía, una Aristocracia o una Democracia- deberá ser un Estado absoluto, que no contemple la separación de poderes, y que asuma algunas restricciones en nombre del bien común del pueblo, aun cuando el hombre tenga muy poco margen de libre albedrío, lo cual igualmente está justificado si se piensa que esto conllevaría a un bienestar mayor y colectivo.

Parte III: del Estado cristiano Durante la tercera parte del Leviatán, Thomas Hobbes aborda el cómo la interpretación de la palabra divina puede ser razón también para la guerra, pues si bien se asume que esta proviene directamente de Dios, ha llegado al hombre por medio del hombre, lo que puede traer diferencias y ruptura de la armonía. De esta manera, un estado organizado y en paz no podrá depender de la religión y su interpretación, de ahí que para este filósofo político el ideal es que la iglesia se encuentre sometida en todo momento al poder del Estado, y nunca al contrario.

Parte IV: sobre el reino de la oscuridad Finalmente, Thomas Hobbes establece una fuerte crítica hacia la iglesia, así como sobre el peligro de caer en la ignorancia –que este filósofo compara con la oscuridad- debido a una mala interpretación de las escrituras, que más allá de hacer que el mensaje de la religión se entienda forma errónea, el hombre actúe equivocadamente, alejándose de la luz de la sabiduría y el saber, para hundirse en el reino de la oscuridad. Este es un capítulo delicadamente escrito, puesto que aun cuando Hobbes logró exponer cómo la Iglesia y el fanatismo podían sumir al pueblo o al ciudadano en la ignorancia, se salvó de oponerse a la

Iglesia, o ser acusado de herejía, argumentando magistralmente que el peligro mismo no era la fe o la Iglesia, sino la mala actuación de algunos representantes, que seguían tradiciones peligrosas, así también como la mala interpretación de las escrituras. De la sensación[editar] "El objeto actúa sobre los ojos, oídos y otras partes del cuerpo humano, y por su diversidad de actuación produce diversidad de apariencias. El origen de todo ello es lo que llamamos sensación." Es en esta parte donde Hobbes plantea que todo lo que sabemos es producto de los sentidos.

II. De la imaginación[editar] "La imaginación que se produce en el hombre (o en cualquier otra criatura dotada con la facultad de imaginar), por medio de las palabras u otros signos voluntarios es lo que generalmente llamamos entendimiento." Es la capacidad de crear una imagen o una sensación en nuestra mente que se va debilitando y el hombre recurre a la memoria, esto se explica con el hecho de que un hombre pueda imaginar los ángulos de una figura geométrica muchos años después de estudiar Geometría.

III. De las consecuencias o tren de imaginaciones[editar] "Cuando un hombre piensa una cosa cualquiera, su pensamiento inmediatamente posterior no es, en definitiva, tan casual como pudiera parecer. Estos movimientos que inmediatamente se suceden en las sensaciones, siguen hallándose, también, conjuntos después de ellas. Así, al volver a ocupar el primer movimiento un lugar predominante, continúa el segundo por coherencia con la materia movida, Sólo una cosa es cierta: algo debe haber sucedido antes, en un tiempo u otro." Es aquí donde Hobbes nos habla de un concepto llamado Serie de pensamientos regulados que es una manera de hablar de las causas y las consecuencias de los actos.

IV. Del lenguaje[editar] "El primer autor del lenguaje fue Dios mismo, que instruyó a Adán cómo llamar las criaturas que iba presentado ante su vista. [Más tarde] quedó de nuevo perdido en la Torre de Babel." Es en esta parte que Hobbes nos habla de los usos y abusos del lenguaje y la importancia de establecer definiciones claras y vuelve a mencionar la Geometría donde primero establece definiciones claras como círculo, triángulo o cuadrado para después poder trabajar.

V. De la razón y la ciencia[editar] "Porque RAZÓN, en este sentido, no es sino cómputo." En este sentido Hobbes cree que la razón es solo matemática es decir que ante todo debemos ser prácticos y que la razón como tal está sujeta a diversos errores y que a diferencia de la memoria y la imaginación no es innata por lo que es común caer en errores. " la Ciencia es el conocimiento de las consecuencias y dependencias de un hecho respecto de otro." Es aquí donde Hobbes dice que si el lenguaje es claro, la razón es el paso, la ciencia es el camino y el beneficio es el fin. Y distingue la ciencia de la experiencia.

VI. De los orígenes interiores de los movimientos voluntarios, usualmente llamados las pasiones; y el lenguaje por el que se expresan[editar]

"Existen en los animales dos clases de mociones peculiares a ellos. Unas se llaman vitales; [las otras] voluntarias." Donde se distinguen las funciones básicas como comer, dormir o respirar y aquellas que requieren de nuestra mente como caminar y nos menciona algunas pasiones humanas de las más comunes como amor, odio o desprecio entre muchos otras.

VII. De los fines o resoluciones del discurso[editar] "Cuando el discurso de un hombre no comienza por definiciones, o bien se inicia por una contem0lación de sí propio, y entonces se llama opinión, o se apoya en afirmaciones de otra persona, de cuya capacidad para conocer la verdad y de cuya honestidad sincera no tiene la menor duda; entonces el discurso no concierne tanto a la cosa como a la persona, y la resolución se llama CREENCIA y FE".

VIII. De las virtudes, usualmente llamadas intelectuales, y sus defectos contrarios[editar] "la razón, está [fundada] en el uso correcto del lenguaje, y produce las ciencias."

IX. De los muchos sujetos del conocimiento[editar] "Hay dos clases de CONOCIMIENTO: uno es el conocimiento del hecho, y otro el conocimiento de una consecuencia de una afirmación con respecto a otra. El primero no es otra cosa sino sensación y memoria, y es conocimiento absoluto. El último se denomina ciencia y es condicional." "El registro del conocimiento de hecho se denomina historia. Existen de él dos clases: una llamada historia natural, que es la historia de aquellos hechos o efectos de la Naturaleza que no dependen de la voluntad humana y la otra es historia civil, que es la historia de las acciones voluntarias de los hombres constituidos en Estado."

X. Del poder, valor, dignidad, honor, y merecimiento[editar] Es en este punto donde Hobbes deja la filosofía teórica y entra de lleno en la filosofía política definiendo conceptos como el Poder y todo lo que conlleva este como es reputación y popularidad, a diferencia de las ciencias que constituyen para el filósofo un pequeño poder que no es reconocido por todos.

XI. De la diferencias de modales[editar] En esta parte Hobbes habla del Estado y como según Hobbes este debe ejercer el Poder.

XII. De la religión[editar] En esta última parte Hobbes hace toda una revisión histórica de las religiones en Europa empezando por el paganismo hasta los problemas religiosos del siglo XVII .

Capítulo XIII. De la condición natural del género humano, en lo que concierne a su felicidad y miseria[editar] Los hombres son iguales por naturaleza: en general las diferencias físicas o mentales entre los hombres no son tan grandes como para que cualquier hombre no pueda matar a cualquier otro. De la igualdad se siguen las tres causas de discordia:   

Competencia: Por los medios necesarios para los fines, cuando no alcanza para todos. Desconfianza: Y la prevención mediante la anticipación. Gloria

La guerra no es sólo la lucha, sino la propensión continuada a luchar. La paz es todo el tiempo que no es de guerra. La vida del hombre en el estado de naturaleza es solitaria, pobre, tosca, embrutecida y breve. Que la naturaleza del hombre es así, se nota en que todo el mundo cierra sus puertas a la noche, viaja armado, etc. También quedan algunos ejemplares en América. Y además, los soberanos se encuentran siempre en ese estado de guerra contra los demás soberanos. En tal situación de guerra, nada es injusto. Donde no hay poder común, no hay ley, y donde no hay ley, no hay justicia. Tampoco hay propiedad. El hombre puede superar esta situación en parte por sus pasiones y en parte por su razón. Las pasiones del miedo a la muerte y la esperanza de una vida mejor lo motivan a buscar la paz. La razón sugiere normas de paz: las llamadas leyes de naturaleza.

Capítulo XIV. De la primera y de la segunda leyes naturales, y de los contratos[editar]    

 



  





Libertad: Ausencia de impedimentos (freedom from). Derecho: Libertad de hacer u omitir algo. Derecho de naturaleza: Libertad de cada hombre de hacer lo que quiera, para conservar su propia vida. Ley: Obligación de hacer u omitir algo. Ley de naturaleza: Precepto o norma de la razón que impide a un hombre quitarse su propia vida, u omitir hacer aquello mediante lo cual se piensa que quedaría mejor conservada. Primera ley: Cada hombre debe esforzarse por la paz, mientras tiene la esperanza de lograrla. Segunda ley: Que si todos están dispuestos a hacer lo mismo, cada hombre debe acceder a transferir o renunciar ciertos derechos y libertades con el fin de alcanzar y conservar la paz. Renunciar a un derecho: Despojarse a sí mismo de la libertad de impedir a otro el beneficio del propio derecho a la cosa en cuestión, sin especificar a quién. Apartarse del camino. Transferir un derecho: Renunciar a un derecho con la intención de beneficiar a alguien. Injusticia: Impedir el beneficio de aquel o aquellos hacia quienes se transfirió o renunció un derecho. Contrato: Mutua transferencia de derechos. Los contratos sólo son posibles cuando hay una fuerza que cause temor suficiente a las partes del acuerdo. Pues cuando ésta no está presente, a todos los hombres les conviene romper con los contratos, y por lo tanto, en un intento de anticipación, ningún hombre hará contratos con nadie. Pacto o convenio: Contrato donde uno o ambos contratantes entregan su derecho un tiempo después de realizado el acuerdo. A menos que exista una fuerza común a ambos para obligar al cumplimiento, cualquier sospecha razonable es motivo de nulidad del acuerdo. No se pueden realizar pactos con las bestias. Ni con Dios, a menos que sea a través de sus representantes. También, cuando se promete algo que se sabe es imposible, el pacto es nulo. Los pactos hechos por miedo son válidos. Un pacto anterior anula otro ulterior. El hombre siempre cede un derecho con el fin de conseguir algún bien para sí mismo. De esto se sigue que hay ciertos derechos intransferibles e irrenunciables: aquellos de los cuales un hombre no puede esperar ningún beneficio. Por ejemplo, el derecho a defender la propia vida, o a resistir al encarcelamiento. Donación, liberalidad o gracia: Cuando un hombre entrega un derecho con la esperanza de ganar una amistad, reputación, o una recompensa en el cielo.

Capítulo XV. De otras leyes de naturaleza[editar] 





            

   

Injusticia: Incumplimiento de un pacto. En el estado de naturaleza todos los hombres tienen derecho a todas las cosas, y no hay injusticia. Cuando se hace un contrato, alguien deja de tener un derecho, y entonces actuar como si lo tuviera pasa a ser injusto. Pero como se dijo en la sección anterior, los contratos, y por lo tanto también la injusticia, suponen la presencia de una autoridad común. Hombre justo: Aquel que normalmente cumple sus pactos. Propiedad: También depende de la existencia de una autoridad. Donde no hay propiedad, tampoco es posible que haya justicia en el sentido clásico de la palabra: dar a cada uno lo que es suyo. Necio: Quien dice que no hay justicia y cumple los pactos cuando le conviene. Hobbes le responde en sus propios términos: dice que es una mala táctica de supervivencia: tarde o temprano, el rebaño lo va a linchar. Está dando el ejemplo de transgresión. Si alguien mata a un rey, está dando el ejemplo para que luego lo maten a él. 3a ley: Los hombres deben cumplir los contratos que han celebrado (justicia conmutativa). 4a: Que quien reciba un beneficio de otro por mera gracia, se esfuerce en lograr que quien lo hizo no tenga motivo razonable para arrepentirse voluntariamente de ello. 5a: Que cada uno se esfuerce por acomodarse (ayudar) a los demás. 6a: Que, dando garantía del tiempo futuro, deben ser perdonadas las ofensas pasadas de quienes, arrepintiéndose, deseen ser perdonados. 7a: Que en las venganzas los hombres no consideren la magnitud del mal pasado, sino la grandeza del bien venidero. 8a: Ningún hombre, por medio de actos, palabras, continente o gesto manifieste odio o desprecio a otro. (Pues esto siempre provoca la lucha). 9a: Que cada uno reconozca a los demás como iguales suyos por naturaleza. (Explícitamente contra la Política de Aristóteles). 10a: Que al iniciarse condiciones de paz, nadie exija reservarse algún derecho que él mismo no se avendría a ver reservado por cualquier otro. 11a: Si a un hombre se le encomienda juzgar entre otros dos, que proceda con equidad entre ellos (justicia distributiva). 12a: Que aquellas cosas que no pueden ser divididas se disfruten en común, si pueden serlo, y si la cantidad de la cosa lo permite, sin límite. 13a: Cuando la división no es posible, que la posesión sea determinada por la suerte. 14a: Dos clases de suerte: arbitraria y natural (primogenitura o primer establecimiento). 15a: Que a todos los hombres que sirven de mediadores en la paz se les otorgue salvoconducto. (Porque la ley que ordena la paz como fin, ordena la intercesión como medio). 16a: Que quienes están en controversia, sometan su derecho al juicio de su árbitro. 17a: Nadie puede se juez de sí mismo. 18a: Nadie puede ser juez si tiene una parcialidad. 19a: El juez debe admitir testigos.

En resumen: no hagas a otro lo que no quieres que te hagan a ti. Las leyes de la naturaleza:   

Son estudiadas por la Filosofía moral. Obligan siempre en la conciencia, pero en la práctica sólo cuando existe protección suficiente. Son eternas.



Propiamente hablando, las leyes de naturaleza no son leyes, sino conclusiones o teoremas de la razón para la conservación de los seres humanos. Leyes propiamente son las que dicta el soberano. Pero si se las toma como dictados de Dios, entonces las leyes de naturaleza sí son leyes.

Capítulo XVI. De las personas, autores y cosas personificadas[editar] 

Persona: Aquel cuyas palabras o acciones son consideradas o como suyas propias, o como representando las palabras o acciones de otro hombre, o de alguna otra cosa a la cual son atribuidas.  Persona natural  Persona artificial  Autor: El dueño de sus palabras o acciones.  Actor: Aquel que representa a un autor. Actúa por autoridad. Ningún actor tiene derecho a pactar nada para lo cual no esté autorizado. Así que quienes pactan con un actor sin saber su grado de autorización, se arriesgan a que el autor no reconozca el pacto. Si el actor transgrede la ley de naturaleza por mandato del autor al que le debe obediencia, el responsable es el autor. Y si desobedece al autor, entonces el actor está quebrando la ley de naturaleza.

Pocas cosas hay que no puedan ser personificadas. Cosas inanimadas, como una iglesia, un hospital o un puente pueden ser personificadas. También los niños, los imbéciles y los locos, los falsos dioses e incluso el Dios verdadero (Moisés, Jesús, el Espíritu Santo). Una multitud de hombres se convierte en una persona cuando está representada por un hombre o una persona. Es la unidad del representante, no de los representados, lo que hace a la persona una. Y no hay un autor, sino muchos. Si los representados son varios, entonces la voz de la mayoría debe ser considerada como la voz de todos ellos. Si los representantes son pares y empatan, entonces se vuelven incapaces de acción, lo mismo que si uno de los representantes tiene poder de veto sobre los votos de los demás.

Capítulo XVII. De las causas, generación y definición de un Estado[editar] La causa del Estado es una causa final: el deseo de conservación y de alcanzar una vida mejor. La paz no puede lograrse ni en el estado de naturaleza, ni por la conjunción de unos pocos hombres, ni por una gran multitud sin líder, ni por una gran multitud con un líder momentáneo. Por qué las abejas pueden:     

No desean honores ni dignidad, y por lo tanto no luchan por ello. 2. El bien común no difiere del individual. Al no razonar, no ven los errores en el liderazgo. No tienen lenguaje para hablar del bien y el mal. No distinguen entre injuria y daño, de modo que mientras no sufren, están complacidas, mientras que el hombre mientras más a gusto está, más le molestan las pequeñas cosas. La organización entre ellas es natural, mientras que en el hombre requiere de un pacto y un poder que lo sostenga.

Estado: Una persona (sea un hombre o una asamblea) de cuyos actos una gran multitud, por pactos mutuos, realizados entre sí, ha sido instituida por cada uno como autor, al objeto de que pueda utilizar la fortaleza y medios de todos, como lo juzgue oportuno, para asegurar la paz y defensa común. Estado por adquisición: Cuando un soberano adquiere su poder por la fuerza. Por ejemplo los padres sobre los hijos, o el conquistador sobre los conquistados. Estado político o por institución: Cuando un soberano adquiere su poder por acuerdo entre los hombres.

Capítulo XVIII. De los derechos de los soberanos por institución[editar] 1. Cuando los súbditos pactan, descalifican todo pacto posterior que puedan querer hacer para cambiar la forma de soberanía, o para entregarle la soberanía a otro. 2. Los súbditos pactan entre sí y no con el soberano. El soberano no pacta y por lo tanto no puede romper ningún pacto ni cometer injusticia. Por lo tanto ningún súbdito puede alegar una infracción para librarse de su sumisión. 3. Quien voluntariamente se sometió a la decisión de la mayoría, comete injusticia si luego no acepta esa decisión. 4. Quien se queja de algo que hace el soberano, se queja de algo de lo que él mismo es autor, y hacer injuria contra uno mismo es imposible. El soberano puede cometer iniquidad, pero no injuria o injusticia. 5. El soberano no puede ser castigado, pues los súbditos estarían castigando a otro por lo que ellos mismos hicieron. 6. Dado que quien tiene derecho al fin tiene derecho a los medios, para garantizar la paz y la seguridad, el soberano tiene derecho a hacer lo que juzgue necesario. También por eso el soberano es juez de qué doctrinas son buenas y malas. 7. Dictar leyes civiles, que determinen la propiedad de cada súbdito, lo bueno y lo malo, las acciones legales e ilegales. 8. Decidir las controversias con respecto a la ley, sea civil o natural. 9. Hacer la guerra y declarar la paz con otros Estados, según lo estime conveniente. El soberano es siempre la autoridad última del ejército. 10. Elegir consejeros, ministros, magistrados, funcionarios, etc., en tanto son medios para el fin de la soberanía. 11. Recompensar y castigar de acuerdo a las leyes, o arbitrariamente si la ley no especifica nada. 12. Dar honores y preeminencias. Estos derechos son incomunicables e inseparables. Renunciar a alguno es llamar a la guerra, de modo que nunca puede suponerse que el soberano haya cedido uno de estos derechos, a menos que haya evidencia clara y explícita. Ante la duda, debe suponerse un error o cualquier otra cosa. Puede parecer que este enorme poder expone al pueblo a las arbitrariedades y caprichos del soberano, pero esto es poco probable porque la grandeza del soberano viene de la grandeza del pueblo, y además, cualquier inconveniente que venga de la soberanía es insignificante comparado con los problemas que acarrearía no tener una.

Capítulo XIX. De las diversas especies de gobierno por institución, y de la sucesión en el poder soberano[editar]

Como el poder soberano es indivisible, la diferencia de gobiernos consiste en la diferencia de soberanos. Hay por lo tanto tres clases de gobiernos: 

 

Monarquía (llamada tiranía por quienes no les agrada). Ventajas:  El interés privado del monarca coincide con el público.  La riqueza y gloria del monarca dependen del bienestar y la prosperidad de su pueblo.  El monarca recibe consejos de quien quiere y hasta donde quiere, mientras que en las asambleas, por ejemplo, eso debe ser regulado.  Las resoluciones del monarca pueden ser inconstantes, pero sólo por algún defecto humano, mientras que en las asambleas también puede suceder que la ausencia de unos pocos impida pasar una ley.  Un monarca no puede estar en desacuerdo consigo mismo por razones de envidia o interés, pero sí las asambleas, y eso puede incluso generar una guerra civil.  Aunque en las monarquías existe el inconveniente de que puede haber favoritos que reciban ventajas inmerecidas a costa de otros, en las asambleas también, y en mucho mayor número.  Aunque en las monarquías existe el riesgo de que el poder sea heredado por un infante, el único problema real que se sigue de ello es el de elegir quién o quienes gobernarán en su lugar hasta que crezca. Aristocracia (llamada oligarquía por quienes no les agrada) Democracia (llamada anarquía por quienes no les agrada)

A veces puede parecer que hay otras formas de gobierno, pero no es así: 

 

Monarquías electivas: Si tiene derecho a elegir su sucesor, entonces no es una monarquía electiva sino hereditaria, y el monarca tiene la soberanía. Si después de muerto una asamblea o el pueblo eligen al sucesor, entonces la soberanía reside en esa asamblea o pueblo. Si no se sabe quién habrá de elegir al sucesor, entonces el monarca tiene el deber de hacerlo, para garantizar la paz por la cual fue investido de poder, y por lo tanto él tiene la soberanía. Monarquías limitadas: Si un monarca tiene un poder limitado, entonces no es soberano, y la soberanía reside en aquella asamblea o pueblo que limita su poder. Monarquías impuestas desde fuera: Son monarquías para el pueblo gobernado por el monarca, aún cuando quienes impusieron al monarca se gobiernen por asambleas o democracia. Se trata de una monarquía de un pueblo sobre otro pueblo. [¿Pero si se gobiernan por asambleas, y el pueblo con la monarquía impuesta puede enviar representantes a la asamblea, entonces dicho pueblo no tiene un gobierno monárquico, sino aristocrático?]

Sucesión   

Democracia: La cuestión no tiene lugar en absoluto. Aristocracia: Cuando muere un miembro de la asamblea, el resto elige a su reemplazante. Monarquía: El sucesor es el que elige el monarca. Cuando faltan el testamento o las palabras expresas, entonces se debe actuar de acuerdo a la costumbre, porque si la voluntad del soberano hubiera sido otra, lo hubiera manifestado. Si no hay una costumbre, entonces debe suponerse que quería que el gobierno siguiera siendo monárquico, y debe darse prioridad a uno de sus hijos, porque naturalmente los hombres ponen por delante a sus hijos, y además a los hijos varones, por ser más aptos. Si el monarca no tuviera descendencia, entonces debe entregarse la soberanía a un hermano o al pariente más cercano que tuviera, porque se supone que un hombre siempre recibe más honor de la

grandeza de su pariente más próximo. Si el monarca elige como sucesor a un extranjero, no deja de ser legítimo.

Capítulo XX. Del dominio paternal y del despótico[editar] Estado por adquisición: Quien adquiere el poder soberano lo hace por la fuerza. Los hombres se lo entregan por temor a la muerte o a la servidumbre. La diferencia está que los hombres, en vez de instituir la soberanía por temor mutuo, lo hacen por temor al futuro soberano. Pero los derechos y consecuencias de ambas soberanías son los mismos (los del capítulo 18). [¿Pero entonces el soberano conquistador pacta con el pueblo conquistado? Si es así, puede cometer injusticia.] Dos tipos de dominio: 



Por generación (dominio paternal): Dominio de los padres sobre los hijos. Tal dominio no viene de que el padre lo haya engendrado, sino por consentimiento expreso o tácito del hijo. El hijo le debe obediencia a quien sea que lo haya criado, porque un hombre sólo se hace súbdito de otro para conservar su vida. Quien tiene dominio sobre sus hijos lo tiene también sobre los hijos de sus hijos. Por conquista (dominio despótico): El dominio no viene de la victoria, sino del pacto que hacen los conquistados para conservar sus vidas. Quien es dueño de un hombre es dueño también a todo lo que este tiene.

El dominio paternal y despótico coinciden con el del soberano por institución. (De modo que una gran familia, cuando no forma parte de un Estado, puede ser considerada como una pequeña monarquía).

Capítulo XXI. De la libertad de los súbditos[editar] 



Libertad: Ausencia de oposición. La tienen tanto las criaturas irracionales e inanimadas como las racionales. Cuando el impedimento es de la cosa misma, no decimos que le falta libertad, sino fuerza para moverse. Por ejemplo con las piedras. Hombre libre: Quien puede hacer sin ser obstaculizado aquello que su fuerza e ingenio le permiten. De modo que un acto realizado por miedo sigue siendo un acto libre (vs Aristóteles). Todas las acciones humanas están causalmente determinadas, y son por lo tanto necesarias. No por eso, sin embargo, dejan de ser libres (dada la definición de libertad).

Libertades del súbdito: 



 

Hacer todo aquello permitido por la ley. Esto no implica que el soberano no tenga poder de vida y muerte sobre los súbditos, porque el soberano no puede cometer injuria o injusticia. Cuando los antiguos hablaban de libertad, hablaban de la libertad de la polis, que es igual a la de los soberanos: la libertad en el estado de naturaleza. La libertad de los ciudadanos era más limitada. Los súbditos tienen el derecho y la libertad de defender su propio cuerpo, siempre, porque tal derecho no puede ser transferido nunca, en tanto no puede traer ningún bien. Los súbditos no están obligados a dañarse a sí mismos, ni a declarar contra sí mismos. Por eso el desertor no es injusto, sino cobarde, a menos que haya pactado específicamente que participaría en la batalla. Las otras libertades dependen del silencio de la ley: donde no hay ley, el súbdito puede actuar a discreción. Si el soberano reclama algo a un súbdito en virtud de una ley y no de su poder, entonces el súbdito puede apelar a los jueces designados para interpretar esa ley, como si el soberano fuera otro súbdito cualquiera, para ver si debe hacer lo que se le pide o no.



 

La obligación de los súbditos para con el soberano dura en tanto este tenga el poder para protegerlos. Si un súbdito es capturado por el enemigo, entonces puede hacer cosas contrarias a la ley para proteger su vida. Si el soberano renuncia a su cargo, para él y para sus herederos, entonces los súbditos recuperan todas sus libertades. Si el soberano es conquistado y se vuelve súbdito de otro, entonces los súbditos quedan obligados a su nuevo protector: el soberano conquistador.

Capítulo XXII. De los sistemas de sujeción, política y privada[editar] 

Sistemas: Hombres reunidos por un interés o un negocio.  Regulares: Con representante.  Absolutos e independientes: Sujetos sólo a su representante. Estados.  Dependientes: Subordinados a algún poder soberano.  Políticos (públicos): Constituidos por la autoridad del poder soberano. Gobiernos provinciales.  Privados: Constituidos por los súbditos.  Legales  Nacionales: Familias  Extranjeros  Ilegales  Nacionales: Asociaciones de ladrones, mendigos y conspiradores.  Extranjeros  Irregulares: Sin representante.  Legales: Ligas entre naciones.  Ilegales: Ligas entre súbditos (facciones).

El poder de los representantes es siempre limitado, excepto el del soberano. Pues si no fuera así, un representante podría tener el mismo poder que el soberano. Todo aquello que un representante haga más allá de sus límites, es acto suyo y no de aquellos a quienes representa. Si el representante es una asamblea, entonces los responsables son la asamblea misma, y quienes votaron en favor de la acción.

Capítulo XXIII. De los ministros públicos del poder soberano[editar] Ministro público: Quien tiene autoridad para representar al soberano en algún asunto particular. * Para la administración general    

Para la administración especial Para instruir al pueblo Para la judicatura (jueces) Para la ejecución

Los consejeros no son ministros públicos, porque su consejo se dirige al soberano solamente. En general, sin embargo, también tienen otras funciones que los hacen ministros públicos.

Capítulo XXIV. De la nutrición y preparación de un Estado[editar] La nutrición de un Estado consiste en la abundancia y distribución los materiales que proveen la tierra y el mar, sean nativos o extranjeros.

La propiedad sólo es posible en un Estado. En el estado de naturaleza sólo hay incertidumbre, cada uno es dueño de lo que toma y por tanto tiempo como pueda conservarlo. La propiedad sobre una tierra consiste en el derecho a excluir de ella a todos los demás súbditos, pero no al soberano. Pues el soberano reparte tierras para garantizar la paz. Al Estado le compete también determinar la mejor manera de que se hagan los intercambios necesarios para la vida (¿trueque, dinero, centralización, etc?).

Capítulo XXV. Del consejo[editar] Un consejo es distinto de una orden, en que la orden busca el beneficio de quien da la orden, mientras que el consejo busca el beneficio del aconsejado. Una exhortación es un consejo en el cual se insiste con vehemencia. Las exhortaciones suelen beneficiar más al consejero que al aconsejado.

Capítulo XXVI. De las leyes civiles[editar] Ley civil: Ley de todo Estado, no de este o aquel en particular. Reglas que el Estado impone a los súbditos a través de signos suficientes para ayudarlos a distinguir lo justo de lo injusto, es decir, lo legal de lo ilegal. 1. El legislador es el soberano. En realidad es el Estado (?), pero el Estado no es nadie y no puede actuar por sí mismo, sino a través de su representante, que es el soberano. 2. El legislador no está atado a ninguna ley, porque siempre puede deshacerlas, y el que puede ser libre en cualquier momento, es libre. Además, no es posible estar obligado por uno mismo. 3. Cuando una costumbre muy arraigada adquiere la autoridad de una ley, su autoridad no proviene de su antigüedad, sino del silencio del soberano, que indica consentimiento. Y no será ley hasta que el soberano la declare como tal. 4. Las leyes de naturaleza y las leyes civiles tienen la misma extensión. Ambas consisten en la justicia, la equidad, la gratitud y otras virtudes morales. La diferencia está en que unas son escritas, y las otras no, pero ambas tienen el objetivo de traer la paz. Sin embargo, la ley civil restringe la libertad natural, y de hecho para eso justamente se introducen. 5. Cuando un Estado conquista a otro, las leyes del Estado conquistado que sobreviven mantienen su autoridad por el soberano nuevo, y no por el viejo. 6. Así, quienes dicen que la autoridad de las leyes proviene de instituciones como el Parlamento, se equivocan. Si el Parlamento no es soberano, y existe alguien que pueda disolverlo, entonces ese alguien controla el Parlamento. Y si el Parlamento no tiene control de la fuerza, entonces las leyes que pueda declarar de nada sirven. 7. Es cierto que no hay que hacer caso a la letra de la ley, sino a la intención del legislador. Pero el único intérprete absoluto de esa intención es el soberano mismo, y no la razón privada o la opinión de los expertos. 8. Una ley sólo obliga a quien la conoce y comprende. Por lo tanto, las leyes no obligan a los locos, los niños y los imbéciles, como a las bestias, y a quienes nunca tuvieron noticia de las leyes. De ellos no puede decirse que hayan hecho un pacto, o que sean justos o injustos, o que formen un Estado. Hay que analizar entonces cuales signos son expresión suficiente de la voluntad del soberano:  

Si existe una ley que obliga a todos los hombres y no está escrita ni expresada de manera alguna, entonces es una ley de naturaleza. Si existe una ley que obliga a unos pocos hombres y tampoco esta escrita ni expresada, entonces también es una ley de naturaleza. Por ejemplo, los ministros







enviados sin instrucciones claras deben intentar actuar según la voluntad de su soberano (fidelidad). Las leyes que no son de naturaleza, deben ser expresadas de manera suficiente o no son leyes. Y debe quedar claro que provienen del soberano. Nadie puede tener duda de quien es el soberano, sino por su propia culpa. Todas las leyes, naturales o civiles, necesitan interpretación. Las naturales porque en los momentos donde hay que recurrir a ellas, el egoísmo puede hacer que los involucrados las distorsionen. Las civiles porque las palabras son ambiguas, y un intérprete sagaz puede interpretar una ley en un modo contrario a la intención del soberano. Como éste es el único que sabe el fin por el cual promulgó una ley, es el único intérprete último de ella. Los jueces que interpretan leyes cuando dictan una sentencia lo hacen en virtud de la autoridad que les da el soberano. Si una ley fue interpretada siempre de tal manera, eso no implica que deba ser interpretada así en el futuro, porque todos pudieron haber estado equivocados.

Leyes:  

Naturales: Capítulos 14 y 15. Positivas: Dictadas por el poder soberano.  Humanas  Distributivas: Determinan los derechos de los súbditos.  Penales: Determinan los castigos a quienes violan la ley.  Divinas: Aquellas que fueron reveladas sólo a una o a unas pocas personas (a diferencia de las leyes naturales, que son leyes divinas dirigidas a todos). Pero nunca podemos confiar plenamente en quien dice haber tenido una revelación. [¿Y Moisés? ¿Acaso Hobbes está dudando de los diez mandamientos?]

Capítulo XXVII. De los delitos, eximentes y atenuantes[editar]  

Pecado: Actuar en contra de la ley, u omitir hacer lo que la ley ordena, o tener el propósito de transgredir la ley. Delito: Actuar en contra de la ley, u omitir hacer lo que la ley ordena. Delitos son aquellos pecados de los que un hombre puede acusar a otro.

Donde no hay ley, no hay pecado. Pero la ley de naturaleza es eterna, y por lo tanto la violación de los pactos, la ingratitud, la arrogancia, etc. nunca cesan de ser pecados. Donde no hay ley civil, no hay delito, porque no hay lugar para la acusación, dado que todo hombre es juez de sí mismo. Donde no hay soberano, tampoco hay delito, porque si no hay protección, entonces cada uno tiene derecho a actuar en contra de la ley si necesita protegerse a sí mismo. Fuentes del delito 

Ignorancia  De la ley  Natural: Nadie puede ignorar la ley de naturaleza, por lo tanto declarar tal ignorancia no exime a nadie.  Civil: La ignorancia de la ley civil exime a veces, cuando esta no está suficientemente declarada para que cualquiera pueda conocerla si quere.  Del soberano: Nadie puede excusarse alegando ignorancia sobre quién es el soberano, porque debe saber gracias a quién está protegido.







De la pena: No exime a nadie, porque es obvio que a la transgresión de una ley sigue una pena, y esta puede ser conocida si se quiere. Pero una pena no puede aumentarse luego de haberse cometido el delito. Mal razonamiento  Falsos principios: Como creer que la fuerza hace al derecho, o que la tradición provee autoridad.  Falsos maestros: Que proveen malas interpretaciones de la ley de naturaleza, o adelantan sus propias doctrinas como leyes seguras.  Inferencias erróneas: Inferencias erróneas a partir de verdaderos principios. No eximen, especialmente a quienes tienen cargos públicos, pero a veces atenúan. Pasiones  Vanagloria: Quienes se creen mejores que los demás tienden a infringir la ley.  Odio, concupiscencia, ambición y codicia  Miedo: Es la pasión que menos inclina a quebrantar la ley. De hecho, el miedo muchas veces nos retiene de quebrar la ley. El miedo al daño físico directo (temor) puede excusarnos de un delito. Pero el miedo a peligros no presentes ni corpóreos que lleva a acciones delictivas no es excusa

Eximentes: Falta de medios para conocer la ley. Estar en poder de un enemigo y tener que obedecer o morir. Estar en peligro de muerte. Ser el actor, y no el autor, de un delito; pero si se daña a una tercera persona, entonces ambos son responsables. Agravantes y atenuantes 

Malignidad: Delinquir por confianza en la propia fuerza para resistir a la ley es más grave que delinquir con la esperanza

de no ser descubierto. Delinquir por malos principios o razonamientos es más grave que delinquir por malos consejos de maestros o intérpretes. Delinquir cuando hay un historial de castigos a ese delito es más grave que delinquir cuando el historial es de indultos. Delinquir tras haberlo meditado es más grave que delinquir siguiendo una pasión. Mientras más fácil es el acceso al conocimiento de las leyes, más grave es su transgresión. Si el soberano aprueba tácitamente una acción, entonces atenúa el delito (por ejemplo, cuando da su consentimiento a los duelos, pese a que están formalmente prohibidos).  



Contagio del ejemplo Efectos: Un delito que daña a varios (por ejemplo, si se extiende en el futuro) es más grave que uno que daña a pocos. Los delitos que atacan al Estado son más graves que los que atacan a particulares, porque a través del Estado el delito se extiende a todos. De los delitos contra particulares, la gravedad de cada uno la determina el juicio general de los hombres, y no de alguno en particular. Persona, tiempo y lugar: Matar al padre es más grave que matar a un hombre cualquiera, robar a un pobre es más grave que robar a un rico, delinquir en un lugar o un tiempo sagrados es más grave que hacerlo en otros lugares o tiempos.

Delito público: Delito acusado por el Estado. Delito privado: Delito acusado por un particular.

Capítulo XXVIII. De las penas y de las recompensas[editar] Pena: Mal hecho por la autoridad al transgresor de una ley, con el fin de que en el futuro los hombres tengan una mejor inclinación a la obediencia.

Los súbditos no dan al Estado el derecho de castigar, sino que se despojan del propio, fortaleciendo así el que el Estado ya tenía. ??? Deducciones de la definición de pena 1. Las venganzas de particulares no son penas, porque no proceden de la autoridad pública. 2. Ser privado de preferencias no es una pena, porque no se agrega ningún mal a la situación que antes se tenía. 3. Un daño infligido por la autoridad, sin condena pública previa, es un acto hostil y no una pena. 4. El daño infligido por un poder usurpado y por jueces sin autoridad del soberano, es un acto hostil y no una pena, porque el autor no es el propio condenado, y no son actos de la autoridad pública. 5. Todo daño infligido sin intención o sin posibilidad de dar el ejemplo al delincuente o al resto de los hombres, no es pena sino acto hostil. 6. Si un hombre transgrede la ley y se hace daño en el proceso, eso no es pena (sino castigo divino) porque no fue daño infligido por la autoridad. 7. Si el daño infligido por la autoridad es demasiado leve para disuadir al transgresor o a otros de futuras transgresiones, entonces no es una pena (sino, a lo sumo, el precio del delito). 8. Si el daño infligido por la autoridad es mayor al asociado con el delito, entonces el excedente no es pena, sino acto hostil. Si no hay una pena asociada al delito, entonces el castigo es arbitrario, y no puede haber excedente. 9. Un daño infligido por un hecho para el que todavía no había una ley, no es pena, sino acto hostil. 10. El daño infligido al representante del Estado nunca es pena, sino acto hostil, porque toda pena es infligida por la autoridad pública, que es el representante mismo. ??? 11. El daño infringido a un enemigo no es una pena, sino un acto hostil, porque el enemigo no está sujeto a las penas establecidas por la ley. El daño queda, por lo tanto, sujeto al arbitrio del representante del Estado. Penas Divinas Humanas Corporales Capitales: Si la víctima muere por accidente, no se considera pena capital. Con tormento Sin tormento No capitales Pecuniarias: Quitar dinero o cualesquiera otros bienes. A veces puede no tratarse de una pena, sino del precio de estar exento de la ley. Ignominia: Quitar honores, como insignias, títulos, permisos u oficios. Prisión: Restricción de la libertad de movimiento. Destierro: No parece una pena, ya que si se le dejan sus bienes y rentas, no es mucho más que un cambio de aires. Pero si se le quitan los bienes y rentas, entonces califica como pena pecuniaria.

Dañar al inocente es una violación de la ley de naturaleza, por tres razones: porque de ello no viene ningún bien para el Estado; porque con ello el Estado viola la ley que ordena gratitud (gratitud por el poder recibido); y porque además viola la ley que ordena equidad. En cambio, dañar a un inocente que no pertenece al Estado (un enemigo) va de acuerdo a la ley de la naturaleza. Eso justifica el daño infligido a los rebeldes, que no son súbditos sino enemigos que niegan la autoridad del Estado. La rebelión no es más que la guerra renovada. Recompensas Por liberalidad Por contrato: Salario o sueldo.

Capítulo XXIX. De las causas que debilitan o tienden a la desintegración de un estado[editar] 1. Falta de poder absoluto. El soberano nunca debe ceder nada, porque quienes tienen el poder restante a veces logran conservarlo porque los Estados vecinos los ayudan con el fin de debilitar al enemigo. 2. Falsas doctrinas 1. Que cada hombre es juez de lo bueno y de lo malo, incita a desafiar al Estado. 2. Que actuar contra la propia conciencia es pecado, lo cual no es otra manera de pretender ser juez de lo bueno y de lo malo. 3. Que se debe tomar como jueces del bien y del mal a quienes tuvieron una revelación divina. 4. Que el soberano está sujeto a las leyes civiles. Esto implicaría que hay alguien por encima de él para juzgarlo, y luego otro más para juzgar a éste, y así al infinito, hasta la confusión y disolución del Estado. 5. Que cada hombre tiene propiedad absoluta sobre sus bienes, y que el soberano no tiene derecho sobre ellos. Si así fuera, el soberano no podría defenderlos contra enemigos exteriores e injurias mutuas, y pierde su razón de ser. 6. Que el poder soberano es divisible. Los poderes divididos se destruyen entre ellos. 3. La imitación de los países vecinos. 4. Las doctrinas demócratas de los antiguos griegos y romanos, que justifican el tiranicidio. 5. La división entre un poder temporal y uno espiritual: los súbditos deben obedecer a dos dueños, lo cual es imposible. 6. La división interna del gobierno civil. No es un Estado, sino tres facciones independientes; ni un representante, sino tres. 7. Falta de dinero, especialmente en tiempos de guerra. A veces se debe a la creencia de los súbditos de que el Estado no tiene derecho sobre sus bienes. 8. Monopolios. 9. Demasiada popularidad de un hombre particular, de cuya fidelidad el Estado no tiene garantía.

10. Demasiada grandeza de una ciudad, que puede proveerse de su propio ejército (un Estado menor dentro de otro) 11. Demasiado ensanchamiento del territorio. Si en una guerra, exterior o intestina, el enemigo derrota al Estado, entonces queda disuelto, y cada hombre puede protegerse como mejor le parezca. El derecho de un monarca soberano no se extingue, pero el de una asamblea sí, y eso no deja lugar a la posibilidad del retorno de su soberanía. ???

Capítulo XXX. De la misión del representante soberano[editar] La misión del soberano consiste en el fin por el cual fue investido con el poder soberano: la seguridad del pueblo. A ello está obligado por la ley de la naturaleza, y responde ante Dios. Pero seguridad no es sólo la conservación de la vida, sino de todo lo que los hombres puedan adquirir legalmente. Por eso es también su misión conservar todos sus derechos soberanos: porque sólo a través de ellos puede garantizar la seguridad. También es su deber instruir al pueblo sobre la naturaleza de la soberanía, para evitar descontentos. Misiones del soberano Educación 1. Enseñar que la prosperidad no depende de la forma del gobierno, sino de la obediencia, y que la solución nunca es cambiar la forma de gobierno a la que tienen los vecinos prósperos. 2. Enseñar a no admirar demasiado ni dejarse influenciar por hombres virtuosos distintos al soberano. 3. Enseñar a no hablar mal del soberano ni discutir su poder. 4. Tener momentos especialmente dedicados al aprendizaje de los deberes civiles. 5. Enseñar a los hijos que deben honrar a los padres. Porque si bien los padres, que antes eran soberanos, renunciaron a ese poder absoluto, no renunciaron al derecho a ser honrados por sus hijos, por el cuidado y la educación que les impartieron. Y si no fueran a recibir ese beneficio, no habría ninguna razón para tomarse el trabajo de engendrar, criar y educar hijos. 6. Enseñar la justicia, es decir a no privar a nadie de lo que es suyo (gracias a la autoridad del soberano). 7. Enseñar que no sólo los hechos injustos, sino también los designios e intenciones de hacerlos son injusticia (son pecado). Igualdad ante la ley Igualdad de impuestos: Los impuestos no deben depender de las riquezas de cada uno, sino de la protección que el Estado brinda a cada uno (¿la cual depende de los gastos de cada uno?). Caridad púbica: Ayudar a quienes no pueden mantenerse a sí mismos. Holgazanería: Combatirla. Buenas leyes: No quiere decir leyes justas, ya que ninguna ley puede ser injusta. Necesarias para el bien del pueblo (como los setos que se alzan al costado del camino no para detener a los viajeros, sino para mantenerlos en el camino)

Evidentes: Lo que tiene que ser evidente no es tanto la letra de la ley, sino las causas y motivos por los cuales se promulga. Pero también, la letra de la ley no debe ser oscura, sino tan breve y clara como sea posible. Castigos: No por venganza, sino para dar el ejemplo. Recompensas: Que sean en beneficio del Estado. Consejeros: Elegir a los más capaces, es decir, a aquellos que más saben del asunto y que menos razones tienen para dar malos consejos. Jefes militares: Si el soberano no es muy popular, asegurarse que los jefes militares sean súbditos fieles. En cuanto a la relación entre soberanos, la ley que rige es la ley de las naciones, que es idéntica a la ley de naturaleza. Entre soberanos, no existe tribunal de justicia sino en la conciencia, que fue implantada por Dios, y ante Dios mismo, rey de reyes.