Requisitos Para Abrir Una Farmacia

EN QUE CONSISTE Autorización para el funcionamiento de establecimientos farmacéuticos mayoristas tales como laboratorios

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EN QUE CONSISTE Autorización para el funcionamiento de establecimientos farmacéuticos mayoristas tales como laboratorios farmacéuticos, depósitos de drogas y agencias de especialidades farmacéuticas dedicados a actividades y/o procesos de transporte, distribución, recepción, almacenamiento, embalaje de medicamentos y dispositivos médicos al por mayor.

PASOS A SEGUIR

Pasos a seguir... 1. Radicar carta de solicitud adjuntando la documentación requerida en la Secretaría de Salud 5º piso

2. Recibir visita de los funcionarios de la Dirección Operativa de Salud Pública en el lugar donde funcionará el establecimiento

3. Realizar el pago de los derechos del trámite en el Banco de Occidente

4. Notificarse del acto administrativo, mediante el cual se autoriza la apertura del establecimiento farmacéutico mayorista en la Secretaría de Salud 5º piso

REQUISITOS

Requisitos... Perfil: Persona Natural y Jurídica 1. Cumplimiento de especificaciones o estándares. Formular solicitud por escrito2. Tener aprobación previa. Acreditar las condiciones sanitarias del establecimiento3. Tener aprobación previa. La ubicación del establecimiento debe estar autorizada por la Oficina de Planeación Municipal4. Cumplimiento de especificaciones o estándares. Disponer de una infraestructura física de acuerdo con su grado de complejidad, número de actividades y/o procesos

que se realicen y personas que laboren5. Tener aprobación previa. Disponer de un recurso humano idóneo para el cumplimiento de las actividades y/o procesos que realice. Las agencias de especialidades farmacéuticas y los depósitos de drogas donde no se realice el proceso especial de reenvase podrán estar dirigidas por un Químico Farmacéutico o un Tecnólogo de Regencia en Farmacia. Los depósitos de drogas donde se realice el proceso especial de reenvase, la dirección estará a cargo exclusivamente de un Químico Farmacéutico6. Cumplimiento de especificaciones o estándares. Contar con una dotación, constituida por equipos, instrumentos, bibliografía y materiales necesarios para el cumplimiento de los objetivos de las actividades y/o procesos que se realizan en cada una de sus áreas7. Tener aprobación previa. Actuar con representación8. Cumplimiento de especificaciones o estándares. Poseer el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos del servicio farmacéutico9. Tener aprobación previa. Acreditar cumplimiento de buenas prácticas de manufactura, cuando en estos establecimientos farmacéuticos se realicen operaciones de elaboración, transformación, preparaciones, mezclas, adecuación y ajuste de concentraciones de dosis, reenvase o reempaque de medicamentos Perfil: Persona Jurídica 1. Estar inscrito/afiliado en. Estar legalmente constituido

DOCUMENTOS REQUERIDOS Perfil: Persona Natural y Jurídica 1. Solicitud de autorización y aprobación para su apertura, firmada por el representante legal o su apoderado ( Original y dos copias ) 2. Concepto de idoneidad sanitaria emitido por la Secretaría de Salud Municipal ( Fotocopia ) 3. Certificado de uso de suelo ( Original ) 4. Plano en el cual se describa la distribución interna de las diferentes áreas incluyendo el servicio sanitario el cual debe contener: ducha, lavamanos e inodoro ( Original ) 5. Carnet de inscripción departamental y/o resolución de acreditación ( Fotocopia ) 6. Contrato de trabajo del director del establecimiento ( Fotocopia ) 7. Documento en el que consta la estructura organizacional, identificando cantidad de empleados y sus cargos ( Original ) 8. Poder, mandato o cualquier mecanismo de representación otorgado formalmente, en caso de no ser el titular quien realice el trámite( Original ) 9. Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos del servicio farmacéutico ( Fotocopia ) 10. Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura ( Original ) Perfil: Persona Jurídica

1. Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días ( Original )

PAGOS REQUERIDOS 178,533.00 Pesos Información bancaria Banco de OccidenteCuenta Corriente propia de la entidad033488461Banco de OccidenteCuenta de Ahorros propia de la entidad033858341Banco de OccidenteCuenta de Ahorros propia de la entidad033858325

RECUERDE QUE Puede hacer seguimiento a éste trámite en:

Vía telefónica 3398300 Ext. 468 Está dirigido a: Derecho Privado Ciudadano Colombiano Ciudadano Extranjero Mayor de Edad Residente Como resultado de este servicio usted obtendrá Resolución de autorización de apertura de establecimiento farmacéutico mayorista Plazo: 30 - Días Formas de Envío: Reclamar en oficina

NORMATIVIDAD Ordenanza 008 Por la cual se establecen las tarifas y derechos para la expedición de servicios profesionales del área de la salud y otros servicios expedidos por el Fondo Departamental de Salud

de 2011. artículo 1 Parágrafo 2 Resolución 2955 Por la cual se modifican algunos numerales del Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos del servicio farmacéutico, adoptado mediante Resolución 1403 de 2007 de 2007. artículo Todos Resolución 1403 Por la cual se determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan otras disposiciones de 2007. artículo 2 (Parágrafo 2); 8 (Numeral 2); 22 (Numeral 2 literal b, 3 literal b); 23 (Numeral 2, 3 literal b) Decreto 2200 Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones de 2005. artículo 4, 8, 9, 11 (numerales 3 y 4), 26 Ley 232 Por medio de la cual se dictan normas para el funcionamiento de los establecimientos comerciales de 1995. artículo 2 (Literales a y b) Ley 17 Por medio de la cual se modifica el parágrafo 1 del artículo 1 y el artículo 2 de la Ley 8 de 1971 y se dictan otras disposiciones de 1974. artículo Todos Ley 8 Por medio de la cual se modifica el numeral b) y los parágrafos 2 y 3 del artículo 1, y el artículo 4 de la Ley 47 de 1967 de 1971. artículo Todos Ley 47 Por medio de la cual se modifica el Artículo 10 de la Ley 23 de 1962, se crea la carrera inmediata de regente de Farmacia y se dictan otras disposiciones de 1967. artículo 1 (Literal a, Parágrafo 1º)