REGLAMENTO PARA LA ELABORACION DE INFORMES DE AUDITORIAS CON INDICIOS DE RESPONSABILIDAD I. GENERALIDADES II. PROCEDIMI
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REGLAMENTO PARA LA ELABORACION DE INFORMES DE AUDITORIAS CON INDICIOS DE RESPONSABILIDAD I. GENERALIDADES
II. PROCEDIMIENTO DE LA AUDITORIA ESPECIAL
III. CONTENIDO DE LOS INFORMES DE AUDITORIA CON INDICIOS DE RESPONSABILIDAD
IV. EVALUACION DE LOS INFORMES DE AUDITORIA
V. RESPONSABILIDAD Y CARACTERISITICA DEL INFORME DE AUDITORIA
VI. SUSTENTO DE LOS HALLAZGOS DE ACUERDO AL TIPO DE RESPONSABILIDAD
VII. SALVEDADES PARA LA EMISION DE UN INFORME DE AUDITORIA
Art. 1. OBJETO.- Regula la elaboracion- emision de Informes de Auditoria
Emitidas por entidades publicas comprendidas en la Ley 1178
Art.2. AMBITO DE APLICACION.Es de aplicacion Obligatoria por Entidades Publicas y todas que tiene caracter Estatal.
Art. 3.PRINCIPIOS.a) Buena fe: Refiere a la probidad de las acciones u omisiones. I. GENERALIDADES
b) Economia: El Procedimiento de aud, debe realizarse con celeridad y ahorro de recursos, evitando documentos innecesarios.
c) Eficacia: Los objetivos fijados se lograran en un tiempo determinado.
e) Independencia. Se desarrollara apartándose de prejuicios, criterio externos. Regirse a lo analizado por la U.A.I
Art. 5. BASE LEGAL. C.P.E; Ley 1178; D.S. 23318; D.S. 23215; y Normas Generales de Auditoria Gubernamental, Financiera, Especial, etc.
Art. 6 PREVISION. En caso de existir duda, contradiccion, omision en la aplicacion del reglamento, acudir a la normativa legal superior.
f) Reserva. Guardar discreción y cautela desde inicio a la conclusión
g) Transparencia. Los actos y la información oficial son públicos
Art. 4. DEFINICIONES: a) Accion; b) Aud. Especial; c) Daño futuro; d) Error de fondo; e) Error de forma; f) Hallazgo.
d) Eficiencia. Lograr en un tiempo optimo con menores costos
g) Información Procesada; h) Informe de apoyo; i) Información de Auditoria Ampliatoria; j) Información de Auditoria Complementaria; k) Informacion de Aud. Preliminar; l) Involucrado; ) Omision; n)Papeles de trabajo.
Art. 7. RELEVAMIENTO DE INFORMACION. Se determinara el grado de auditabilidad para inicio y conclusion de una auditoria.
II. PROCEDIMIENTO DE LA AUDITORIA ESPECIAL
Art. 9.
EJECUCION
I. Debe enfocarse a la obtencion de evidencia competente y suficiente conforme a las Normas. II. La recoleccion de evidencias se realizara procurando el cruce de informacion con otras entidades.
Art. 10. COMUNICACION DE RESULTADOS. I. Concluidos los Informes juntamente con los informes de apoyo deben ser comunicados a los involucrados para presentear documentos de descargo para su evaluacion.
Art. 8. PLANIFICACION. Los auditores delimitaran el objetivo, objeto, metodologia y alcance de examen.
La planificacion no es rigida y no estara predeterminada para establecer indicios de responsabilidad, esto viene a ser la conclusion del Informe de Auditoria.
III. La U.A no debe conformarse con la informacion suministrada por los servidores publicos. debe recabar informacion que respalde la averiguacion de la verdad material de los hechos.
II. Procurando que se realice la notificación personal de los involucrados. III. Notificación personal en su domicilio real o laboral; Por segunda vez por escrito, indicando que se publicara;
IV. Caso personas jurídicas la notificación se la hara en el domicilio registrado en FUNDEMPRESA. V. Todas las actuaciones serán de respaldo al Informe de Auditoria, será hecho por escrito.
III. CONTENIDO DE LOS INFORMES DE AUDITORIA CON INDICIOS DE RESPONSABILIDAD
Art.11.- Informes de Auditoria Preliminar. Es una opinion tecnica (comprensible y coherente), deben contener los siguientes elementos:
a) ANTECEDENTES: Explicar si la Auditoria fue programada o no y debe ser coherente respecto al producto final y contendra los elementos formales: 1. Objetivo de Examen: Enunciar el proposito del mismo. 2. Objeto: Puede ser una cuneta, transaccion o contrato.
3. Alcance: A las operaciones, dependencias o áreas examinadas. 4. Metodología: Técnicas y procedimientos empleados. 5. Normatividad Aplicada: Las Normas: Leyes, Decretos y otros.
b) RESULTADOS DEL EXAMEN: Explicar; los hallazgos detectados, los involucrados y las observaciones y la normativa legal aplicado a los hallazgos.
a) ANTECEDENTES
Art. 13 Informe de Audtoria Complementario. Es el pronunciamiento final de la Unidad de auditoria, sobre que si existen o no los indicios de responsabilidad.Contendra:
b) PRESENTACION DE DESCARGOS.
a) ANTECEDENTES: Resumen del Inf. Preliminar y/o ampliatorio.
c) AMPLIACION DE RESULTADOS DEL INF. PRELIMINAR d) CONCLUSIONES.
b) PRESENTACION DE DESCARGOS: Descargos de los involucrados detallado.
e) RECOMENDACIONES
c) EVALUACION DE DESCARGOS: d) CONCLUSIONES;
Art.12. Informe de Auditoria Ampliatoria. Este informe deviene de unInforme de Auditoria Preliminar: contendra lo siguiente:
e) RECOMENDACIONES.
c) CONCLUSIONES: Señalar la opinión técnica y/o legal, indicios de responsabilidad, identificación completa de los Servidores y ex servidores.
Art. 14. Informes de apoyo al informe de auditoria prmliminar, ampliatorio y complementario. iNFORMES DE APOYO TENEMOS LOS SIGUIENTES:
a) INFORME LEGAL, Contendra: Atecedentes, Analisis legal; Conclusiones y Recomendaciones. b) INFORME TECNICO: Contendra los elementos de forma: Antecedentes, Analisis Tecnico, Conclusiones y recomendaciones.
IV. EVALUACION DE LOS INFORMES DE AUDITORIA
Art. 15.- EVALUACION DE LOS INFORMES DE AUDITORIA. La Contraloria es la instancia competente para evaluar los informes de auditoria.
Art. 16. CAUSALES DE RECHAZO Y CONSIGUIENTE DEVOLUCION. La Contraloria, rechazara los informes en los siguientes casos:
Art. 17. APROBACION DE LOS INFORMES DE AUDITORIA. I. El Contralor General aprobara los Informes de Auditoria, previa evaluacion tecnica y legal.
a)Si no cuenta con evidencia suficiente y competente en los informes. b)Por no cumplir las etapas de procedimiento ni el examen de auditoria. c)
c)Por no identificar causalidad de acción u omisión. d)Por no identificar participación de otras personas. e)Por no establecer la suma liquida y exigible.
II. En caso de informes con indicio de responsabilidad penal o administrativa, los informes evaluatorios cumpliran las normas de auditoria especial. Devolveran los informes a la Maxima autoridad Ejecutiva para inicio de acciones legales.
II. Los errores de forma no darán lugar al rechazo, solo serán observados. En caso de errores de forma, se harán las aclaraciones pertinentes.
III. En cuanto a la responsabilidad Ejecutiva, se aplicara lo descrito en el Reglamento de la Responsabilidad por la Funcion Publica, aprobado por el D.S. 23318-A, Las Normas de Auditoria Operacional y Especial.
CAPITULO V. RESPONSABILIDAD Y CARACTERISTICA DEL INFORME DE AUDITORIA
Art. 18. RESPONSABILIDAD SOBRE LA RECOLECCION DE EVIDENCIA. I. La Unidad de Auditoria Interna es la encargada de realizar el trabajo de campo, tambien la responsable en cuanto a las determinaciones adoptadas en un informe de Auditoria.
II. La Contraloria se limitara a la evaluacion de Informes de auditoria de acuerdo a la documentacion remitida por la Unidad de Auditoria Interna. Tambien puede requerir la ampliacion del analisis sobre aspectos no considerados por la U.A.I.
Art. 19. CARACTERISITICAS DEL INFORME DE AUDITORIA.- La emision de un informe de Auditoria se constituye en una opinion tecnica. Que en su inicio y ejecucion no puede establecer indicios de responsabilidad por la funsion publica.
Esta determinación será, en la conclusión arribada después de realizarse el trabajo de auditoria.