Reglamento de Grados y Titulos Modificado 2013

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA GENERALIDADES La Universidad Nacional DANIEL ALCIDES CARRIÓN

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REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA GENERALIDADES La Universidad Nacional DANIEL ALCIDES CARRIÓN, a través de la Facultad de Ingeniería, en estricto cumplimiento de la Ley Universitaria N° 23733, del Decreto Ley N° 739 y los artículos 194 y 195 del Estatuto de la Universidad, otorga a Nombre de la Nación los siguientes Grados y Títulos: GRADOS ACADÉMICOS Bachiller en Ciencias Ingeniería Metalúrgica Bachiller en Ciencias Ingeniería Geológica Bachiller en Ciencias Ingeniería de Sistema y Computación Bachiller en Ciencias Ingeniería Ambiental Bachiller en Ciencias Ingeniería Civil TÍTULOS PROFESIONALES Ingeniero Metalurgista Ingeniero Geólogo Ingeniero de Sistemas y Computación Ingeniero Ambiental Ingeniero Civil CAPÍTULO I Art. 1. Art.2. Art. 3.

Art. 4.

DEL TÍTULO PROFESIONAL Y OBJETIVOS El otorgamiento de los Grados y Títulos será acreditado a través de Diplomas expedidos por la UNDAC a “Nombre de la Nación” con la firma del Rector, del Decano de la Facultad de Ingeniería, del Secretario General de la UNDAC como fedatario y del Interesado. La Facultad de Ingeniería a partir de la vigencia del presente Reglamento deberá aperturar una BASE DE DATOS donde se registrarán los Grados y Títulos y los respectivos files de cada uno de los egresados, bajo responsabilidad del Secretario Académico de la Facultad. Los objetivos del presente reglamento son: a) Establecer las normas para la Obtención de Grados Académicos de Bachiller y Títulos Profesionales. b) Establecer los procedimientos y los requisitos para la obtención de los mismos. c) Establecer las pautas para la obtención de los Títulos Profesionales por la modalidad de Titulación Extraordinaria. CAPÍTULO II DE LA COMISIÓN DE GRADOS Y TÍTULOS La administración del procedimiento de Graduación y Titulación está a cargo de una Comisión permanente de Grados y Títulos. Esta Comisión está integrada de la siguiente manera: a) El Decano, quien la preside. b) Los Directores de las Escuelas de Formación Profesional de acuerdo a la respectiva especialidad. c) Secretario Docente de la Facultad. CAPÍTULO III

Art. 5.

DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER El Grado Académico de Bachiller es el reconocimiento a nivel Académico por haber logrado aprobar los cursos correspondientes diez (10) semestres académicos (Art. N° 186 y 187 del Estatuto de la UNDAC) y/o haber acumulado un total de créditos estipulados en cada currículo de estudios de cada Escuela de Formación Profesional.

Art. 6.

Art. 7.

Art. 8.

Art.09.

Art.10.

Art. 11.

Para optar el grado Académico de Bachiller en la Facultad de Ingeniería se requiere: a) Haber cursado y aprobado estudios por un periodo de Diez (10) Semestres Académicos y haber acumulado el mínimo de créditos estipulados en cada currículo de estudios de cada escuela de formación profesional. b) Haber desarrollado un período de 85 días de prácticas pre-profesionales en las empresas y/o instituciones privadas o públicas de acuerdo a sus especialidades. c) Haber participado y certificado en un programa de Extensión y Proyección Social o Proyectos de Investigación Científica. d) Ser declarado expedito. e) Acreditar el dominio del idioma inglés en su nivel básico; validado por el centro de idiomas de la facultad y/o de la universidad. Los estudiantes que llevaron el curso del Idioma de Ingles dentro de su Plan de Estudios debe ser acreditado mediante una constancia emitida por los Directores de cada Escuela de Formación Profesional. f) Acreditar el dominio de computación e informática en su especialidad; validado por cada Escuela de la facultad. Los estudiantes que llevaron el curso de Computación e Informática dentro de su Plan de Estudios debe ser acreditado mediante una constancia emitida por los Directores de cada Escuela de Formación Profesional, en excepción de la Escuela de Sistemas y Computación. Para ser declarado expedito se presentarán los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad, donde se detallará el otorgamiento del Grado Académico de Bachiller en la mención que corresponda. b) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad, solicitando el otorgamiento de la Resolución de Expedito. c) Constancia de Ingreso a la UNDAC. d) Certificado de Estudios originales expedido por la Oficina de Registros Académicos de la Facultad, que acredite haber aprobado la totalidad de las asignaturas establecidas en el currículo de estudios de cada escuela de formación profesional. e) Constancia de NO Adeudar a la Universidad por ningún concepto, expedido por la Oficina de Economía y Finanzas. f) Certificado aprobatorio de haber participado en un programa de Extensión y Proyección Social ó de Investigación, expedido por la Oficina correspondiente. g) Certificado que acredite el conocimiento del idioma inglés en su nivel básico. h) Partida de Nacimiento Original. i) Copia fotostática legalizada del documento nacional de identidad personal (DNI). j) Copia fotostática legalizada y/o autenticada del Certificado de prácticas preprofesionales por un periodo mínimo de 85 días acompañado del informe aprobado por la comisión de Prácticas Pre Profesionales de cada escuela. k) Tres fotografías actualizados de frente, tamaño pasaporte a colores. l) Recibo de pago por derecho de Resolución de Expedito. m) Recibo de pago por derecho de Diploma del Grado Académico de Bachiller. Recibida la respectiva documentación, el Decanato de la Facultad deriva a la Dirección de la Escuela de Formación Profesional competente, para que al término de 5 días hábiles emita su informe sobre la veracidad de los documentos remitidos, y devuelto al Decanato de la Facultad. Estando la documentación conforme a lo exigido por el presente reglamento, el Decano procede a emitir la Resolución de Expedito. Emitida la Resolución de Expedito, el Decano deriva todo el expediente al Consejo de Facultad para su Aprobación (Art. 142, inc. K del Estatuto de la UNDAC). Se expide la Resolución del Decanato, aprobando el grado Académico de Bachiller en la mención respectiva. Expedida la Resolución de Aprobación del Grado Académico de Bachiller en la respectiva mención, el legajo será elevado al Vicerrector Académico para su conformidad, quién elevará al Consejo Universitario para su ratificación y otorgamiento del correspondiente Diploma. La Facultad de Ingeniería puede otorgar Grados Académicos de Bachiller y títulos profesionales a los egresados de otras universidades del país y del extranjero, siempre y

Art. 12. Art.13. Art. 14.

Art.15. Art.16. Art.17.

Art.18.

Art. 19.

Art.20.

cuando realicen ciclos de complementación curricular y acumulen el crédito mínimo requerido por el currículo de estudios de cada escuela de formación profesional (Art. 197 de Estatuto de la UNDAC). Adjuntará constancia de no haber sido separado de su universidad de origen. Luego de realizada la complementación el interesado se acogerá a lo estipulado por el presente reglamento. La Facultad de Ingeniería puede revalidar Grados Académicos de Bachiller y Títulos profesionales otorgados por Universidades del Extranjero en estricto cumplimiento de las Leyes Vigentes (Art. 196 del estatuto de la UNDAC). No podrán optar el Grado de Bachiller quienes estuvieran sometidos a proceso disciplinario con la institución o quienes no hayan resarcido el cumplimiento de la sanción. Si en la revisión de los documentos presentados por el interesado, se encuentre adulteración o falsificación de información, el interesado queda automáticamente inhabilitado, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes. CAPÍTULO IV DEL TÍTULO PROFESIONAL. El Título Profesional es el reconocimiento máximo a los conocimientos AcadémicoCientíficos. Es otorgado a “Nombre de la Nación”, por la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión. El Título Profesional es secuencia del Grado Académico de Bachiller, salvo casos de revalidación de títulos profesionales otorgados por universidades extranjeras. Para optar el Título Profesional en la Facultad de Ingeniería existen tres modalidades: 1. Por sustentación y aprobación de tesis (trabajo inédito de investigación de tesis) 2. Por titulación extraordinaria: A) Experiencia profesional mínima de 03 años en su especialidad, con aprobación de un trabajo de carácter científico. B) Por cursos de actualización académica establecidas por cada escuela. 3. Por Cursos de Actualización CAPÍTULO V TITULACIÓN POR MODALIDAD DE SUSTENTACIÓN La titulación mediante la modalidad de la sustentación de tesis, es de forma individual y se realiza en la dependencia del decanato de la facultad, presentando los siguientes requisitos: a) Solicitud dirigida al Decanato, para ser admitido al proceso y nombramiento del Asesor. b) Ejemplar del Plan de Tesis por duplicado, acorde al esquema presentado en el anexo N° 01 del presente reglamento. c) Copia autenticada del Diploma de Bachiller. d) Recibo de pago por derecho de Título Profesional. e) Recibo de pago de Estadística f) Copia fotostática legalizada del Documento Nacional de Identidad Personal DNI g) Constancia de No Adeudar a la UNDAC h) Recibo de pago por Caligrafiado i) Recibo por pago de Certificación j) Tres fotografías de frente actuales tamaño pasaporte a colores. La estructura tentativa de la tesis y la forma de presentación de la misma está descrita en el anexo 02, correspondiente del presente reglamento. DEL ASESOR, APROBACIÓN DEL PLAN Y DESARROLLO DE LA TESIS. Recibido el legajo, el Decano de la Facultad convoca al Director de la correspondiente Escuela de Formación Profesional, para coordinar y nombrar un Asesor de Tesis, a través de una Resolución; pudiendo ser un docente ordinario, especialista y conocedor en el tema de la tesis a desarrollar.

Art.21.

Art. 22.

Art. 23. Art. 24. Art. 25.

Art.26.

Art.27. Art. 28. Art. 29.

Art. 30.

Art. 31. Art.32.

Art.33. Art.34. Art. 35.

El asesor es co-autor del contenido de la tesis y responsable de asesorar al interesado para la adecuación y cumplimiento del esquema de plan de tesis; debe coordinar para brindar atención directa al interesado y le permita levantar observaciones o correcciones al plan de tesis. El asesor evalúa y presenta al decanato informe(s) de observación(es) y/o corrección(es) del plan de tesis, incluido el detalle del hallazgo. Cuando considere que haya conformidad en fondo y forma del plan de tesis, el asesor informará la aprobación del mismo que le permita continuar la siguiente fase. Todo el proceso debe realizarse dentro del plazo de diez (10) días hábiles, bajo responsabilidad del asesor. Si el informe del asesor amerita el cambio de nombre del Plan de Tesis, debe argumentar las razones del mismo. La vigencia del Plan de Tesis será de un (01) año; a partir del nombramiento del Asesor. La labor del asesor continúa encaminando al desarrollo de la Tesis, respetando el cronograma establecido en el Plan de Tesis; debe cumplirse y elaborar el borrador de la tesis que finalmente informará y elevará al Decanato de la Facultad con dictamen Aprobatorio. Si el tesista abandona la consecución del desarrollo de la tesis, el asesor presentará al decanato un informe de incumplimiento al proceso de ejecución de la tesis al término de los seis (06) meses de aprobado el plan de tesis. El interesado puede solicitar reconsideración por única vez y comprometerse a la culminación de la tesis; caso contrario perderá vigencia al término de un (01) año, quedando sin efecto su trámite de titulación. El interesado tiene derecho por única vez al cambio del Plan de Tesis por razones justificadas y verificadas con opinión de su asesor de tesis. No pierde vigencia su expediente, solo se emite una nueva resolución. El tesista puede solicitar el cambio de su asesor por razones justificadas (familiaridad, incompatibilidad de ideas, casos personales, incumplimiento de plazos, etc.). Si el caso es comprobado, el Decano de oficio procede con lo solicitado. El Asesor de tesis deberá emitir su dictamen al borrador de tesis en un plazo no mayor a veinte 20 días hábiles desde su recepción a través del área de Grados y Títulos de la Facultad. DEL JURADO CALIFICADOR DE LA TESIS El jurado calificador y de sustentación de la tesis es nombrado por el Decano en coordinación con el director de escuela correspondiente. Se emite una resolución; es integrado por tres docentes titulares y un accesitario, todos especialistas o conocedores de la materia suscrita en la investigación, puede nominarse a docentes de otras escuelas u otras facultades si la naturaleza amerite. Preside la terna de jurados el docente de mayor categoría y antigüedad. El jurado calificador y de sustentación será solicitado por el interesado ante el decanato, cuando haya sido aprobado el borrador de la tesis, acompañando tres ejemplares del mismo. El jurado calificador y de sustentación es autónomo en sus decisiones y cada jurado emitirá su opinión sobre el tema de la tesis en forma individual remitiendo un documento de observaciones y/o dictamen de aprobado dirigido al Decano de la Facultad en un plazo de 20 días hábiles. El tesista está obligado a resolver todas las observaciones de los jurados. Levantada las observaciones, los ejemplares serán devueltos al decanato acompañado de un dictamen para proseguir con el trámite correspondiente. El tesista puede pedir el reemplazo de uno o del total de los Jurados si existe una razón justificada y comprobada (Incumplimiento del presente reglamento, acciones de amenazas u otros casos). El jurado calificador, en lo posible no deben proponer cambio de nombre a la tesis encaminada, salvo amerite el caso, previo informe argumentando las razones del mismo.

Art.36. Art.37.

Art.38.

Art. 39. Art.40.

Art.41.

Art.42. Art.43. Art. 44.

Art.45. Art. 46.

Art. 47

Art. 48.

Art. 49.

DE LA SUSTENTACIÓN DE LA TESIS Con el dictamen de Aprobado por el jurado calificador, el sustentante deberá presentar una solicitud al Decanato pidiendo fecha y hora para la sustentación y defensa de la tesis, adjuntando 04 ejemplares del borrador. El decano entregará a los miembros del jurado calificador y de sustentación el borrador de tesis, mínimo con una semana de anticipación mediante un oficio y bajo responsabilidad de cumplimiento indicando la fecha y hora de la sustentación. El secretario docente de la facultad debe publicar en los periódicos murales de la facultad o en lugares visibles una invitación al público en general para la sustentación y defensa de la tesis. Los miembros del jurado deben presentarse con terno y distintivo de la facultad en estado ecuánime y sobrio a la hora prevista en la sala de sustentaciones de la facultad, juntamente con el secretario docente, quién es el encargado de aperturar la magna ceremonia académica, revisar la conformidad del expediente y levantar el Acta de Sustentación. El presidente del jurado invita al sustentante a disertar la tesis, por un tiempo máximo de 45 minutos y un tiempo adicional para la defensa de la tesis. Concluida la ronda de preguntas, el presidente del Jurado invita a todos los asistentes abandonar la sala de sustentaciones para realizar la Calificación mediante votación secreta e individual. Posteriormente se invita al tesista y público en general retornar a la sala para efectuar el Escrutinio, donde se da lectura a los votos del jurado. El resultado de la votación será tipificado mediante la escala siguiente: a) Aprobado por unanimidad. b) Aprobado por mayoría. c) Desaprobado. Efectuada la calificación el Secretario Docente de la Facultad, dará lectura al acta correspondiente, anunciando el resultado de la calificación. La calificación es inapelable e irrevocable, concluyéndose el acto de sustentación. Si el resultado de la sustentación es favorable, se pasa a la juramentación de estilo al flamante ingeniero a cargo del presidente del jurado. El Decano se encarga de emitir la Resolución de otorgamiento del Título Profesional en la correspondiente mención. Cuyo trámite es aprobado en Consejo de Facultad y derivado al Vicerrector Académico y luego al Consejo Universitario para su ratificación y otorgamiento posterior del Diploma. Si el tesista fuera desaprobado, tiene opción a solicitar una nueva sustentación en un plazo no menor de tres meses. Si vuelve a desaprobarse, el trabajo de tesis queda desaprobado, debiendo el interesado presentar un nuevo Plan de tesis e iniciar un nuevo trámite. La inasistencia injustificada de uno de los miembros del Jurado al Acto de Sustentación, amerita por parte del Decano una amonestación por escrito con copia a su file personal y queda inhabilitado por un año académico a poder ser designado nuevamente como Jurado. El jurado puede solicitar con tres 03 días de anticipación la dispensa de asistir a la sustentación y que cubra dicha función el docente accesitario. El presidente del jurado y el secretario docente garantizarán el proceso de sustentación de la tesis; en caso de no darse las condiciones puede suspender tal acto, dejando constancia en el libro de sustentaciones, remitiendo una copia al decano de facultad para las acciones de sanción a que amerite. En caso que no concurra el tesista a la hora de la Sustentación tiene el mismo efecto de desaprobación. Puede solicitar reconsideración y si el caso es justificado por única vez el Decanato podrá fijar una nueva fecha de sustentación invitando a los señores miembros del Jurado. Para ser aprobado en el consejo de facultad, el interesado debe presentar cinco 5 ejemplares debidamente empastados de color guindo, acompañado de un CD en formato PDF.

CAPÍTULO VI TITULACIÓN POR MODALIDAD EXTRAORDINARIA A) EXPERIENCIA PROFESIONAL Art.50.

La modalidad de Titulación Extraordinaria se otorga al bachiller (desde que egresa) que ha acumulado experiencia profesional en las labores propias de su especialidad en el lapso mínimo de tres años consecutivos o acumulativos, los mismos que se acrediten mediante documentos probatorios de las Instituciones donde desarrollo la actividad. Los bachilleres que deseen titularse a través de esta modalidad deberán presentar ante el Decano los siguientes documentos: a) Una solicitud dirigida al Decano de la Facultad pidiendo la titulación extraordinaria. b) Curriculum vite documentado. c) Certificado(s) de estar trabajando o haber trabajado en alguna(s) institución(es) pública(s) y/o privada(s) copias debidamente notariales, tiene que acumular un total de 3 años de experiencia. Debe acompañar copias notariales de las boletas de pago de los 36 meses de actividad laboral. d) Copia autenticada del Diploma del Grado académico de Bachiller. e) Copia legalizada del Documento Nacional de Identidad (DNI). f) Tres fotografías de frente tamaño pasaporte a colores

Art.51.

Recibida la solicitud el decano convoca al Director de la Escuela respectiva para la revisión del expediente.

Art.52.

En caso el informe sea favorable; el interesado deberá abonar en caja de la UNDAC la cantidad equivalente a 1.8 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), independientemente de los derechos administrativos del diploma. Luego adjuntará a su expediente el Comprobante original que acredite haber donado a la Facultad de Ingeniería el monto indicado, en concordancia con la Ley Universitaria; Cap. XII Del Régimen Económico; Arts. 79º, 80º y 81º, asimismo ratificado en nuestro Estatuto; Cap. XXII Del Régimen Económico; Arts. 311º, 312º y 313º.

Art. 53.

Bajo resolución de decanato se nombra una comisión evaluadora, conformada por tres miembros a propuesta del Director de Escuela, el que estará presidido por el de mayor categoría y antigüedad.

Art. 54.

La comisión evaluadora verifica la originalidad del Comprobante de ingreso a caja y del informe de experiencia profesional en físico y digital (CD) que preste innovación y significancia en el lapso de 7 días hábiles; el trabajo se ajustará al esquema de anexo 03 del presente reglamento. El interesado es citado para exponer y demostrar la autenticidad de su trabajo ante la comisión evaluadora y público en general dentro de la semana de haberse revisado los documentos; dicha comisión remite el acta de titulación extraordinaria.

Art.55.

Con el dictamen aprobatorio, se hace la juramentación de estilo como flamante ingeniero y el interesado se acoge al artículo 45 del presente reglamento para obtener su título profesional.

Art.56.

La vigencia del trámite es hasta de un año; caso contrario, queda sin efecto y sin lugar a reclamo dicho trámite.

B) POR CURSOS DE ACTUALIZACIÓN Art. 57.

La segunda modalidad de titulación extraordinaria, consiste en medir los conocimientos adquiridos mediante cursos de actualización profesional; correspondiente a cuatro meses, aprobando un total de 16 créditos (cuatro cursos).

Art. 58.

Cada Escuela de Formación Profesional de la Facultad de Ingeniería, está autorizado para poder implementar el proceso de actualización académica dos veces al año, con el objetivo de ofertar la modalidad de titulación por cursos de actualización; la ejecución es autofinanciada a través del aporte por participante ascendiente a1.2 UIT, realizado en Caja de la UNDAC.

Art. 59.

La planificación e implementación del Curso de actualización profesional, es de responsabilidad de la Escuela Profesional que la organice a través de un proyecto. El Consejo de Facultad autoriza su ejecución.

Art. 60.

Los Docentes para el Curso de actualización profesional, serán profesionales especializados en el Área y deben contar con el Grado Académico de Magíster o Doctor, en caso de no contar con este Grado Académico, deben ser profesionales de reconocida capacidad, con no menos de 10 años de experiencia profesional en el área.

Art. 61.

Podrán participar también como alumnos en el Curso de actualización profesional, Bachilleres y/o profesionales de otras especialidades, quienes recibirán a la finalización de la misma, la certificación correspondiente, el cual no es conducente a la obtención del Título Profesional. Aprobado satisfactoriamente el Curso de actualización profesional con una nota mínima de catorce (14). El participante presenta un trabajo físico y digitalizado en CD de una investigación de acuerdo a los temas desarrollados, según el formato de Anexo 03.

Art. 62.

Art. 63.

El decano emite resolución de nombramiento de la comisión evaluadora a propuesta del director de escuela conformado por tres miembros y la preside el docente de mayor categoría y antigüedad.

Art. 64. El interesado se presenta para exponer y demostrar la autenticidad de su trabajo ante la comisión evaluadora y público en general dentro de la semana de haber culminado el curso; dicha comisión remite el acta de titulación extraordinaria. Art. 65. Concluido la exposición del trabajo de investigación del curso de actualización profesional, será juramentado como ingeniero. Finalmente, se procede a iniciar el trámite de titulación, según el Art. 45.

Art. 66. Art. 67.

Art.68.

CAPÍTULO VII DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS El Consejo de Facultad, sustenta y aprueba para que se ratifique en el Consejo Universitario la autonomía e intangibilidad del 80% del total de los ingresos generados por titulación extraordinaria. De los ingresos captados por la modalidad de titulación extraordinaria en la Facultad de Ingeniería, el 90% será transferido a la Dirección de la Escuela correspondiente y el 10% al Decanato de la Facultad. CAPÍTULO VIII DE LA COLACIÓN DE GRADOS Y TÍTULOS La posesión de Grados y Títulos es acreditado por la Universidad Daniel Alcides Carrión mediante el otorgamiento de Diplomas Académicos expedidos a nombre de la Nación. El diploma respectivo de Bachiller o Título es entregado en ceremonia especial por la autoridad máxima correspondiente.

Primera: Segunda: Tercera: Cuarta:

Primera:

Segunda:

CAPÍTULO IX DISPOSICIONES TRANSITORIAS Los casos no previstos en el presente reglamento serán resueltos por el Consejo de Facultad. El presente reglamento entra en vigencia a partir de la ratificación por el Consejo Universitario. Para el caso de los egresados del 2011 de la escuela de ingeniería ambiental; sección Oxapampa, se exceptúa por única vez la acreditación del idioma ingles para optar el grado de bachiller en el 2012. Para el proceso de titulación; en caso de la Escuela de Formación de Ingeniería de Civil y la Escuela de Ingeniería Ambiental; sección Oxapampa, se accede a nombrar al asesor y jurados a docentes de otras escuelas, hasta que se cuente con docentes ordinarios. DISPOSICIONES FINALES Los ejemplares de las tesis serán debidamente firmados por los Jurados y autenticado por el Decano de la Facultad, para luego ser distribuidos de la siguiente manera: Un ejemplar será destinado a la biblioteca del Instituto Central de Investigación, un ejemplar al instituto de Investigación de la Facultad, un ejemplar a la Biblioteca Central, un ejemplar a la Escuela y un ejemplar para el interesado. Para el caso de la Escuela de Formación Profesional de Geología se presentarán seis 6 ejemplares de la Tesis.

I.

ANEXO N° 01 ESQUEMA DEL PLAN DE TESIS

DATOS GENERALES 1.1. Título del Proyecto. 1.2. Autor. 1.3. Lugar de Investigación. 1.4. Duración del Desarrollo de Investigación: fecha de inicio y fecha de culminación. II. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 2.1. Determinación del Problema. 2.2. Formulación del Problema. 2.3. Objetivos: 2.3.1. Objetivos Generales. 2.3.2. Objetivos Específicos. 2.4. Justificación del Problema. 2.5. Importancia y Alcances de la Investigación. 2.6. Limitaciones. III. MARCO TEÓRICO 3.1. Antecedentes. 3.2. Bases Teórico – Científicos. 3.3. Definición de Términos. 3.4. Hipótesis: Genéricos y Específicos. 3.5. Identificación de las Variables: 3.5.1. Variables Independientes. 3.5.2. Variables Dependientes. 3.5.3. Variables Intervinientes. IV. METODOLOGÍA 4.1. Tipo de Investigación. 4.2. Diseño de la Investigación. 4.3. Población Muestra. 4.4. Métodos de la Investigación. 4.5. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos. 4.6. Técnicas de Procesamiento y Análisis de Datos. 4.7. Tratamiento Estadístico de Datos. 4.8. Estructura Tentativa del Informe. V. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS 5.1. Recursos. 5.2. Presupuesto. 5.3. Cronograma de Desarrollo del Proyecto de Investigación. VI. REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA ANEXOS Instrumentos de Investigación (Matriz de Consistencia).

ANEXO N° 02 ESQUEMA DE LA TESIS

CARÁTULA HOJA EN BLANCO CONTRA CARÁTULA DEDICATORIA (si lo prefiere) RESUMEN ÍNDICE INTRODUCCIÓN CAPÍTULO I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 1.1. Determinación del Problema. 1.2. Formulación del Problema. 1.3. Objetivos: 2.3.1. Objetivos Generales. 2.3.2. Objetivos Específicos. 1.4. Justificación del Problema. 1.5. Importancia y Alcances de la Investigación. 1.6. Limitaciones. CAPÍTULO II. MARCO TEÓRICO 2.1. Antecedentes. 2.2. Bases Teórico – Científicos. 2.3. Definición de Términos. 2.4. Hipótesis: Genéricos y Específicos. 2.5. Identificación de las Variables 3.5.1. Variables Independientes. 3.5.2. Variables Dependientes. 3.5.3. Variables Intervinientes. CAPÍTULO III. METODOLOGÍA 3.1. Tipo de Investigación. 3.2. Diseño de la Investigación. 3.3. Población Muestra. 3.4. Métodos de la Investigación. 3.5. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos. 3.6. Técnicas de Procesamiento y Análisis de Datos. 3.7. Tratamiento Estadístico de Datos. CAPÍTULO IV. RESULTADOS Y DISCUSIÓN 4.1. Tratamiento Estadístico e Interpretación de Cuadros. 4.2. Presentación de Resultados, Tablas, Gráficos, Figuras, etc. 4.3. Prueba de Hipótesis. 4.4. Discusión de Resultados. CONCLUSIONES RECOMENDACIONES BIBLIOGRAFÍA ANEXOS

ANEXO Nº 03 ESQUEMA DEL INFORME POR MODALIDAD EXTRAORDINARIA

CARÁTULA HOJA EN BLANCO CONTRA CARÁTULA DEDICATORIA (si lo prefiere) RESUMEN ÍNDICE INTRODUCCIÓN CAPÍTULO I. DATOS GENERALES 1.1 Objetivos Generales 1.2 Objetivos Específicos 1.3 Importancia del Estudio 1.4 Ubicación CAPÍTULO II. MARCO TEÓRICO CAPÍTULO III. METODOLOGÍA DE TRABAJO CAPÍTULO IV. RESULTADOS CAPÍTULO V. DISCUSIONES CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES BIBLIOGRAFÍA ANEXOS

ANEXO N° 04 ESTRUCTURA DE LA CARÁTULA La carátula debe llevar impreso las siguientes especificaciones: UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN FACULTAD DE INGENIERÍA ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE……………….. El Escudo de la UNDAC Título de la Tesis o Informe de Experiencia Profesional Nombres y Apellidos del Autor Lugar y Fecha

ANEXO Nº 05 ESQUEMA DEL INFORME DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES CARATULA CONTRACARATULA DEDICATORIA INDICE GENEAL INTRODUCCION CAPITULO I ASPECTOS GENERALES DE LA EMPRESA OBJETIVOS ALCANCES LIMITACIONES CAPITULO II BASES TEÓRICAS CAPITULO III RESULTADOS OBTENIDOS  ACTIVIDAD REALIZADA  PERSONAL QUE INTERVINO EN EL TRABAJO  LOGROS CONSLUSIONES RECOMENDACIONES SUGEENCIAS BIBLIGRAFÍA (Modelo Vancouver) ANEXOS (Evidencias: Cálculos, panel fotográfico)

REQUISITOS Y COSTOS PARA OPTAR EL TITULO MODALIDAD SUSTENTACIÓN  SOLICITUD DIRIGIDA AL DECANATO, PIDIENDO NOMBRAMIENTO DEL ASESOR  EJEMPLAR DEL PLAN DE TESIS POR DUPLICADO, ACORDE AL ESQUEMA PRESENTADO EN EL ANEXO Nº 01 DEL PRESENTE REGLAMENTO  COPIA AUTENTICADA DEL DIPLOMA DE BACHILLER  RECIBO DE PAGO POR DERECHO DE TITULO PROFESIONAL (Cod. 057) s/. 231.00  CONSTANCIA DE NO ADEUDAR A LA UNDAC (Cod. 027) S/. 11.50  DNI - LEGALIZADA  TRES FOTOGRAFÍAS DE FRENTE ACTUALES TAMAÑO PASAPORTE A COLORES (Terno oscuro camisa y/o blusa blanca)  RECIBO DE PAGO DE ESTADÍSTICA (Cod. 039 ) S/. 12.00  RECIBO DE PAGO POR CALIGRAFIADO (Cod. 010 ) S/. 26.00  RECIBO POR PAGO DE CERTIFICACIÓN (Cod. 016) S/. 21.00 Los documentos deberán presentar en un folder tamaño oficio de color guindo con la etiqueta y la siguiente especificación: UNDAC FACULTAD DE INGENIERÍA ESCUELA EN LA E.F.P. QUE CORRESPONDE APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS CORREO ELECTRONICO, Nº DE CELULAR EXPEDIENTE PARA OPTAR EL TITULO PROFESIONAL EN:  INGENIERO GEÓLOGO  INGENIERO METALURGISTA  INGENIERO DE SISTEMAS Y COMPUTACIÓN  INGENIERO AMBIENTAL  INGENIERO CIVIL NOMBRAMIENTO DE JURADOS CALIFICADORES -

-

SOLICITUD DIRIGIDO AL DECANO PIDIENDO NOMBRAMIENTO DE JURADOS CALIFICADORES, ADJUNTANDO 04 BORRADORES DE TESIS.(Previa aprobación del Asesor) SUSTENTACIÓN DE LA TESIS SOLICITUD PIDIENDO FECHA Y HORA DE SUSTENTACIÓN ADJUNTAR CUATRO (04) BORRADORES DE TESIS. NOTA: LUEGO DE LA SUSTENTACIÓN, PARA SER APROBADO EN CONSEJO DE FACULTAD EL SUSTENTANTE DEBERÁ ENTREGAR 05 EJEMPLARES EMPASTADOS DE COLOR GUINDO CON 01 CD EN FORMATO PDF.

CERRO DE PASCO, 2014.

REQUISITOS PARA OPTAR EL TITULO MODALIDAD EXPERIENCIA PROFESIONAL a)

Una solicitud dirigida al Decano de la Facultad pidiendo la titulación extraordinaria. Curriculum vite documentado. Certificado(s) de estar trabajando o haber trabajado en alguna(s) institución(es) pública(s) y/o privada(s), tiene que acumular un total de 3 años de experiencia. Debe acompañar copias notariales de los certificados y las boletas de pago de los 36 meses de actividad laboral. Copia autenticada del Diploma del Grado académico de Bachiller. Copia legalizada del Documento Nacional de Identidad (DNI). Tres fotografías de frente tamaño pasaporte a colores (con terno oscuro camisa y/o blusa blanca)

b) c)

d) e) f)

En caso el informe sea favorable; el interesado deberá abonar en caja de la UNDAC la cantidad equivalente a 1.8 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), independientemente de los derechos administrativos del diploma.

   

RECIBO DE PAGO POR DERECHO DE TITULO PROFESIONAL (Cod. 057) s/. 231.00 RECIBO DE PAGO DE ESTADÍSTICA (Cod. 039 ) S/. 12.00 RECIBO DE PAGO POR CALIGRAFIADO (Cod. 010 ) S/. 26.00 RECIBO POR PAGO DE CERTIFICACIÓN (Cod. 016) S/. 21.00

EL DECANATO 2014

REQUISITOS TITULACIÓN MODALIDAD EXTRAORDINARIA A)

POR CURSOS DE ACTUALIZACIÓN

La segunda modalidad de titulación extraordinaria, consiste en medir los conocimientos adquiridos mediante cursos de actualización profesional; correspondiente a cuatro meses, aprobando un total de 16 créditos (cuatro cursos).

*Cada Escuela de Formación Profesional de la Facultad de Ingeniería, está autorizado para poder implementar el proceso de actualización académica dos veces al año, con el objetivo de ofertar la modalidad de titulación por cursos de actualización; la ejecución es auto financiada a través del aporte por participante ascendiente a1.2 UIT, realizado en Caja de la UNDAC. *La planificación e implementación del Curso de actualización profesional, es de responsabilidad de la Escuela Profesional que la organice a través de un proyecto. El Consejo de Facultad autoriza su ejecución. *Los Docentes para el Curso de actualización profesional, serán profesionales especializados en el Área y deben contar con el Grado Académico de Magíster o Doctor, en caso de no contar con este Grado Académico, deben ser profesionales de reconocida capacidad, con no menos de 10 años de experiencia profesional en el área. *Podrán participar también como alumnos en el Curso de actualización profesional, Bachilleres y/o profesionales de otras especialidades, quienes recibirán a la finalización de la misma, la certificación correspondiente, el cual no es conducente a la obtención del Título Profesional. *Aprobado satisfactoriamente el Curso de actualización profesional con una nota mínima de catorce (14). El participante presenta un trabajo físico y digitalizado en CD de una investigación de acuerdo a los temas desarrollados, según el formato de Anexo 03. *El decano emite resolución de nombramiento de la comisión evaluadora a propuesta del director de escuela conformado por tres miembros y la preside el docente de mayor categoría y antigüedad. *El interesado se presenta para exponer y demostrar la autenticidad de su trabajo ante la comisión evaluadora y público en general dentro de la semana de haber culminado el curso; dicha comisión remite el acta de titulación extraordinaria. *Concluido la exposición del trabajo de investigación del curso de actualización profesional, será juramentado como ingeniero. Finalmente, se procede a iniciar el trámite de titulación, según el Art. 45.

EL DECANATO 2014

REQUISITOS PARA EL GRADO ACADEMICO DE BACHILLER

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SOLICITUD DIRIGIDO AL DECANO PIDIENDO OPTAR EL GRADO ACADEMICO DE BACHILLER SOLICITUD DIRIGIDO AL DECANO PIDIENDO EL OTORGAMIENTO DE LA RESOLUCION DE EXPEDITO CONSTANCIA DE INGRESO A LA UNDAC (Cod. 018) S/. 15.00 CERTIFICADO DE ESTUDIOS ORIGINALES OTORGADO POR REGISTROS ACADEMICOS (Cod. 017) S/. 81.00 CONSTANCIA DE NO ADEUDAR A LA UNIVERSIDAD (Cod. 027) S/. 11.50 CERTIFICADO APROBATORIO DE HABER PARTICIPADO EN UN PROGRAMA DE EXTENSION Y PROYECCION SOCIAL O DE INVESTIGACION (Cod. 041) S/.11.00 CERTIFICADO QUE ACREDITE EL CONOCIMIENTO DEL IDIOMA INGLES ENEL NIVEL BASICO ACREDITAR EL DOMINIO DE COMPUTACION E INFORMATICA EN SU ESPECIALESDAD POR CADA ESCUELA DE FACULTAD PARTIDA DE NACIMIENTO ORIGINAL COPIA FOTOSTATICA LEGALIZADA DE DNI COPIA FOTOSTATICA LEGALIZADA Y/O AUTENTICADA DEL CERTIFICADO DE PERACTICAS PRE-PROFESIONALES POR UN PERIODO MINIMO DE 85 DIAS ACOMPAÑADO DEL INFORME APROBADO POR LA COMISION DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES DE CADA ESCUELA TRES FOTOGRAFIAS ACTUALIZADAS DE FRENTE, TAMAÑO PASAPORTE COLORES (TERNO OSCURO, CAMISA Y/O BLUSA BLANCA) RECIBO DE PAGO POR DERECHO DE RESOLUCION DE EXPEDITO (Cod. 038) S/ 11.00 RECIBO DE PAGO POR DERECHO DE DIPLOMA DE BACHILLER (Cod. 042) S/ 201.00 RECIBO DE PAGO DE ESTADISTICA (Cod. 039) S/ 12.00 RECIBO DE PAGO DE CALIGRAFIADO (Cod. 010) S/ 26.00 RECIBO DE PAGO POR CERTIFICACION (Cod. 016) S/ 21.50

EL INTERESADO DEBERA PRESENTAR TODOS LOS REQUISITOS EN UN FOLDER T/OFICIO FORRADO DE COLOR ROJO, EN LA ETIQUETA DEBERA ESPECIFICAR LO SIGUIENTE: UNDAC

FACULTAD DE INGENIERIA ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL QUE CORRESPONDE APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS CORREO ELECTRÓNICO, Nº DE CELULAR EXPEDIENTE PARA OPTAR EL GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN:     

CIENCIAS INGENIERIA GEOLOGICA CIENCIAS INGENIERIA METALURGICA CIENCIAS INGENIERIA DE SISTEMAS Y COMPUTACION CIENCIAS INGENIERIA AMBIENTAL CIENCIAS INGENIERIA CIVIL

2014 – EL DECANATO