Registro de Ventas

TAREA 03 REGISTRO DE VENTAS Es un auxiliar obligatorio de característica tributario de foliación doble en el cual se reg

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TAREA 03 REGISTRO DE VENTAS Es un auxiliar obligatorio de característica tributario de foliación doble en el cual se registran en forma detallada, ordenada y cronológica, cada una de las ventas de bienes o servicios que realiza la empresa en el desarrollo habitual de sus operaciones. Los documentos que sustentan las ventas realizadas son las facturas, boletas de venta, notas de crédito, notas de débito, etc. IMPORTANCIA El informe de registro de ventas nos ayuda a saber qué nivel de ventas tiene la empresa esto para poder abastecer los recursos que se necesitan para seguir Al igual que verificar la (comercializando los productos que la empresa ofrece. REGISTRO DE COMPRAS El Registro de Compras es un registro auxiliar obligatorio, el cual sirve para anotar los comprobantes de pago que sustentan las adquisiciones gravadas y/o no gravadas que ha realizado la empresa, así como las notas de crédito y débito recibidas. Es aquel en el cual contiene, todas las adquisiciones realizadas, tanto de bienes como de servicio, de acuerdo con el giro de negocio. IMPORTANCIA En las relaciones entre la administración tributaria y los contribuyentes, la llevanza de los libros y registros contables pueden entenderse como un deber a cargo de estos de coadyuvar con el buen fin de gestión tributaria. Para ello, los libros y registros contables cumplen dos funciones primordiales: 1) Constituyen un medio de prueba de las operaciones económicas, de las obligaciones tributarias y de su cuantía. 2) Facilita el control de la administración tributaria, procurando reducir la invasión fiscal.

Autoevaluación Nº 3 1) ¿Qué es el crédito fiscal? El crédito fiscal sobre el Impuesto General a las Ventas (IGV) es una deducción que admite la Sunat sobre el tributo que gravó las adquisiciones de insumos, bienes de capital (maquinarias, etcétera), servicios y contratos de construcción, así como por el pago de aranceles (impuesto por la importación de un bien o por los servicios de una persona no domiciliada en el país). En otras palabras, es la compensación por el IGV que pagamos por nuestras compras frente al que cobramos en nuestras ventas. Por ejemplo, para elaborar un producto compramos insumos por S/.50, con un IGV de S/. 9 (18% de S/.50) y finalmente vendemos el bien final a S/.100 con un IGV de S/.18, a la Sunat debemos abonar por este tributo S/.9 (S/.18 menos S/.9).

2) ¿al comprar o al vender se obtiene crédito fiscal? Sí, porque l a s e m p r e s a s t i e n e n d e r e c h o a l c r é d i t o f i s c a l c u a n d o v e n d e m o s b i e n e s y servicios 3) ¿cada qué tiempo se centraliza los datos de registro de compras y/o ventas?

Diez (10) días hábiles, Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquel en que se recepciones el comprobante de pago respectivo Ejemplo:

Si realizamos una compra en el mes de Enero del año en curso Mes siguiente: Febrero Entonces se tendría que contabilizar esta operación acontecida en el mes de enero hasta los diez (10) días hábiles del mes de febrero. 4) En el rayado del libro de compras y de ventas, después de la fecha: código del documento ¿A qué se refiere? Se refiere al código del comprobante del pago de la empresa proveedora 5) ¿Qué sucede si estando obligados a llevar registro de compra y de ventas no la llevas o estamos muy atrasados en su registro? La empresa no tendría una buena gestión tributaria, la empresa no sabría que nivel de venta o compra tiene para poder abastecerse de los recursos que se necesitan