Regimenes Aduaneros en El Peru

REGIMENES ADUANEROS Es el conjunto de operaciones que están relacionadas con un destino aduanero específico de una merca

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REGIMENES ADUANEROS Es el conjunto de operaciones que están relacionadas con un destino aduanero específico de una mercancía de acuerdo con la declaración presentada por el interesado ante la aduana. Los regímenes definitivos, previo cumplimiento de todas las formalidades aduaneras correspondientes, son nacionalizadas y quedan a libre disposición del dueño o consignatario. regímenes definitivos Son aquellas que otorgan un estado transitorio a la mercancía y que requieren de una destinación definitiva para que adquieran un estado permanente en el país. REGÍMENES TEMPORALES Los regímenes suspensivos son la omisión o prolongación del pago de tributos, éstos dependen del tipo de régimen que la mercadería adquiere. Los tipos de regímenes suspensivos son: regímenes SUSPENSIVOS POTESTAD ADUANERA DESPACHO ADUANERO El Despacho Aduanero de Mercancías es el cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para importar y exportar las mercancías o someterlas a otros regímenes, operaciones o destinos aduaneros. INGRESO DE MERCANCIAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE TIENE LA SUNAT PARA: Controlar el ingreso, permanencia, traslado y salida de personas, mercancías y medios de transporte, hacia y desde el territorio aduanero. Aplicar y Hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que regulan el ordenamiento jurídico. En el ejercicio de la POTESTAD ADUANERA, SUNAT podrá: Disponer la ejecución de ACCIONES DE CONTROL DE LAS MERCANCÍAS, antes y durante el despacho de las mercancías, con posterioridad a su levante o antes de su salida del territorio aduanero. REQUERIR a los deudores tributarios, operadores de comercio exterior o terceros que proporcionen INFORMACIÓN y su COMPARECENCIA Los administradores y concesionarios, de los puertos, aeropuertos y terminales terrestres, PROPORCIONARÁN a la autoridad aduanera las INSTALACIONES QUE FUESEN

IDÓNEAS PARA EL EJERCICIO DE SU POTESTAD MODALIDADES DE DESPACHO ADUANERO NORMAL ANTICIPADO URGENTE IMPORTANCIA Permite el control aduanero de entrada y salida de mercancías. Hace posible el transporte legal de la mercancía que entra o sale de un territorio aduanero. Logra una clasificación universal ante las aduanas de todo el mundo. régimen de importación Es el régimen aduanero por el cual se autoriza el ingreso legal de mercancías provenientes del exterior para ser destinado a su uso o consumo. DECISION DE IMPORTAR VÍAS DE IMPORTACION PRINCIPALES DOCUMENTOS QUE SE NECESITAN PARA LA importación Declaración única de Importación. Conocimiento de embarque, Guía Aérea, Aviso Postal o Carta Porte. Factura Comercial. Otros documentos que se soliciten, según sea el caso. RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN Es la salida de mercancías, en libre circulación, del territorio nacional (a través de una aduana) para su uso o consumo definitivo en el exterior. ¿Quiénes pueden exportar? ¿qué se puede exportar? PROCESO DE EXPORTACIÓN CONTACTO INICIAL CON EL IMPORTADOR ENVIO DE MUESTRAS CONTRATO DE EXPORTACIÓN Principales documentos que se necesitan para la Exportación Declaración Única de Exportación. Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Aviso Postal o Carta Porte según el medio de transporte utilizado. Factura Comercial. Orden de Embarque. Otros documentos que se soliciten, según sea el caso. régimen DE importación TEMPORAL Es el régimen aduanero que permite recibir en un territorio aduanero, la suspensión de

derecho e impuestos a la importación. Por un plazo y fin determinado, para ser reexportada sin haber sufrido ninguna modificación. Principales documentos que se necesitan para la Importación Temporal Declaración Única de Importación. Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Aviso Postal o Carta Porte, según el medio de transporte utilizado. Factura Comercial o Contrato, según corresponda. Declaración Jurada, indicando el fin y ubicación de la mercancía. Garantía. régimen DE exportación TEMPORAL Es el régimen aduanero por el cual se autoriza la salida al exterior de mercaderías nacionales o nacionalizadas, con la obligación de ser reimportada en un plazo determinado en el mismo estado o luego de haber sido sometidas a una reparación o a un mejoramiento de sus características técnicas que no puedan efectuarse en el país. Principales documentos que se necesitan para la Exportación Temporal Declaración Única de Exportación. Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Aviso Postal o Carta Porte, según el medio de transporte utilizado. Factura Comercial o Declaración Jurada del Valor. Cuadro de Coeficientes Insumo/Producto en caso de perfeccionamiento pasivo. régimen DE TRANSITO Este régimen aduanero permite el transito de mercancías que provienen del exterior que tienen como destino otra aduana, con suspensión de pagos de tributos, previa presentación de garantía y el cumplimiento de demás requisitos. Es la modalidad del régimen de transito aduanero que regula el traslado de mercancía bajo control aduanero entre dos puertos marítimos o fluviales. CABOTAJE D. Leg. Nº 809 del 19.04.96 Ley General de Aduanas. D.S. 121-96-EF del 24.12.96 Reglamento de la Ley General de Aduanas. D.S. 122-96-EF del 24.12.96 Tabla de Sanciones por Infracciones previstas en la Ley General de

Aduanas. BASE LEGAL Principales documentos o requisitos que se necesitan para el Transito aduanero PARA EL régimen Declaración Única de Aduanas - DUA, consignando el código correspondiente de Tránsito. Manifiesto de carga. Factura o documento equivalente. Garantía y Transportista. Otros documentos que la naturaleza del régimen o la mercancía requieran, conforme a disposiciones legales vigentes sobre la materia; y Volante de despacho. PARA LA PRORROGA Solicitud, la cual deberá estar debidamente justificada. Copia de la Declaración Única de Aduanas (Tránsito) debidamente diligenciada. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO Transmisión electrónica. Presentación y revisión documentaria. Verificación exterior. Salida del almacén. Recepción de mercancía y salida. régimen DE TRASBORDO Régimen aduanero por el cual la aduanas autorizan la transferencia de mercaderías con destino al extranjero del medio de transporte de llegada, a aquel utilizado para su salida, todo ello dentro de la zona primaria de la aduana que se constituye en aduana de entrada y salida a la vez. principales REQUISITOS PARA EL TRASBORDO Formato de Trasbordo Copia del Manifiesto de la Carga Comprobante de Pago de Derechos por servicio de Despacho Aduanero. Copia del Volante de Despacho y de la diligencia de trasciego o cambios, cuando corresponda ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO Solicitud

Recepción Autorización Salida de la Mercancía régimen DE DEPOSITO Es el almacenamiento de mercancías, en lugares autorizados, que llegan a territorio bajo control de la aduana, sin el pago de los derechos arancelarios y demás tributos que gravan la importación, siempre que no hayan sido solicitadas a ningún régimen aduanero ni se encuentren en situación de abandono. El plazo máximo de permanencia de las mercancías de este régimen es de 6 meses. regímenes DE PERFECCIONAMIENTO admisión TEMPORAL Es el régimen aduanero que permite el ingreso de ciertas mercancías extranjeras al territorio aduanero con suspensión del pago de los derechos arancelarios y demás impuestos que graven su importación, para ser exportados en un plazo determinado, luego de haber sufrido una transformación o elaboración, debiendo dichas mercancías estar materialmente incorporados en el producto exportado. DRAWBACK Régimen que permite, como consecuencia de la exportación de mercancías, obtener la restitución total o parcial de los derechos arancelarios, que hayan gravado la importación de las mercancías contenidas en los bienes exportados o consumidos durante su producción. En el Perú, la tasa de restitución aplicable por concepto de drawback no está sujeta al monto pagado por derechos arancelarios; equivale, más bien, al 5% del valor FOB total de la exportación de los productos. reposición DE MERCANCÍAS EN FRANQUICIAS Es el régimen aduanero por el cual se importan con exoneración automática de los derechos arancelarios y demás impuestos que gravan la importación, mercancías equivalentes a las que habiendo sido transformadas, elaboradas o materialmente incorporadas en productos exportados definitivamente. OPERACIONES ADUANERAS Reembarque: es el cambio de destino de las mercancías llegadas a un territorio aduanero, cuya internación al consumo no se ha efectuado y no se encuentren en abandono. El reembarque es sólo con destino al extranjero. DEPOSITOS DE ADUANAS Es el régimen aduanero que permite almacenar las mercancías que llegan al territorio aduanero bajo control de la Aduana, en lugares

autorizados, sin el pago de los derechos arancelarios y demás impuestos que gravan la importación, siempre que no hayan sido solicitadas a ningún régimen aduanero ni se encuentren en situación de abandono. BASE LEGAL: D. Leg. N° 809 del 19.04.96 REQUISITOS PARA EL DESPACHO NORMAL DUA (Depósito de Aduana), consignando el código 70 correspondiente al régimen de Depósito de Aduana. Conocimiento de embarque, guía aérea, aviso postal o carta porte, según el medio de transporte utilizado. Factura comercial. Informe de verificación o constancia emitidas por la empresa supervisora de corresponder. Certificado Fito o Zoosanitario, de corresponder; y otros documentos que la naturaleza de la mercancía y de la operación requiera PARA EL SISTEMA ANTICIPADO Se acompaña a la DUA la documentación detallada para el despacho normal, con excepción del documento de transporte. Tratándose de envíos de urgencia adicionalmente se presenta copia de la autorización en los casos de mercancías que requieren calificación por el Intendente de Aduana TRAMITES PARA EL DESPACHO NORMAL Declaración Única de Aduanas (Depósito de Aduana), consignando el Código correspondiente al Régimen de Depósito. Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Aviso Postal o Carta porte, según el medio de transporte utilizado. Factura Comercial. Certificado de Inspección o Constancia de Inspección emitidos por la empresa supervisora de corresponder. Otros documentos que la naturaleza de la operación requiera. PARA EL SISTEMA ANTICIPADO Declaración Única de Aduanas (Depósito de Aduana). Copia de la Factura Comercial. Certificado de Inspección o Constancia de Inspección emitido por la empresa supervisora,

de corresponder. Certificado Fito o Zoosanitario, de corresponder. Autorización para el Despacho Urgente en los casos de mercancías que requieran calificación del Intendente de Aduana. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO Transmisión electrónica Presentación de la DUA Reconocimiento físico Certificado depósito Transferencia de mercancías de un depósito aduanero a otro Regularización del régimen Cuenta corriente REGIMEN DE DOPOSITOS DE ADUANAS PARA LOS IMPORTADORES El depósito de Aduana es el régimen aduanero, conforme a la ley general de Aduanas, que permite almacenar mercancías que llegan al territorio aduanero (Los lugares de almacenaje en este régimen, son los llamados depósitos aduaneros autorizados, privados y públicos) En la referida al régimen tributario aduanero (2005), se norma: la obligación tributaria nace en la importación, en la fecha de numeración de la declaración. Por ello, la ley señala simplemente que la importación “es el régimen aduanero que permite el ingreso legal de mercancías provenientes del exterior, para ser destinadas al consumo” VENTAJAS DEL REGIMEN DE DEPOSITO DE ADUANAS Aplazamiento del pago de tributos. La mercancía en depósito como garantía de crédito - los Warrants. Retiros parciales y pago parcial de tributos. Compra-venta de mercancías en depósito antes de la nacionalización. La transferencia de mercancías de un depósito a otro dentro de la misma o hacia distinta jurisdicción aduanera. Mercancías de importación restringida admisibles en depósito. Vigencia de los certificados de origen. Reembarque de las mercancías. De mayor ventaja gozan los propietarios de los denominados depósitos aduaneros autorizados privados pues no tienen los gastos

de almacenaje que si deben afrontar los usuarios de los depósitos aduaneros autorizados públicos. Toda mercancía para ser considerada en tránsito debe ser declarada como tal en el manifiesto de carga (documento de carga que contiene información sobre las mercancías) El tránsito internacional se efectúa en medios de transportes acreditados para operar internacionalmente y se rige por los tratados o convenios suscritos en el Perú. ART 93 EJEMPLO El transito aduanero interno se efectúa por vía marítimas, área, y terrestre y se realizan en: a). Contenedores debidamente precintados o furgones b). mercancías que no quepan en un solo contenedor C).- Cuando la mercancía sea individualizada e identificable LA DESTINACIÓN ADUANERA SE DEBE SOLICITAR EN EL DESPACHO ANTICIPADO , dentro del plazo de quince (15) días calendario antes de la llegada del medio de transporte; y EN EL DESPACHO EXCEPCIONAL , hasta treinta (30) días calendario posteriores a la fecha del término de la descarga. Vencido dicho plazo la mercancía cae en abandono legal y sólo podrá ser sometida al régimen de Importación para el Consumo, previo cumplimiento de las formalidades de Ley. DESTINOS DESTINO AL EXTERIOR - En contenedores cerrados o abiertos y debidamente precintados; - En furgones cerrados que constituyan o no parte del medio de transporte y se encuentren debidamente precintados; - En caso de mercancías que se movilicen por sus propios medios, deben contar con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; - Otras mercancías, siempre y cuando permitan su identificación e individualización. DESTINO AL INTERIOR - En contenedores cerrados y debidamente precintados; - Las mercancías que debido a sus dimensiones no caben en un contenedor tipo cerrado deben ser identificables e individualizadas;

- En caso de mercancías que se movilicen por sus propios medios, deben contar con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; - Otras mercancías, siempre y cuando permitan su identificación e individualización. El transbordo puede efectuarse bajo las siguientes modalidades: a) Modalidad 1: Directamente de un medio de transporte a otro. b) Modalidad 2: Con descarga a tierra. c) Modalidad 3: Con ingreso a un depósito temporal. MODALIDADES DEBE SER SOLICITADO EN EL DESPACHO ANTICIPADO Dentro de un plazo de 15 dias calendario antes que llegue el medio de transporte, una vez vencido este plazo se someterá a un despacho excepcional debiendo el declarante solicitar la rectificación de la declaración. El declarante puede solicitar la ampliación del despacho anticipado, cuando el medio de transporte no arribe dentro de los quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de numeración de declaración, debido a caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificado. CON EL DESPACHO EXCEPCIONAL Hasta treinta (30) días calendario posterior a la fecha del término de la descarga, al vencimiento del cual caerá en abandono legal y solo podrá ser sometida al régimen de importación para el consumo, previo cumplimiento de las formalidades de ley. REQUISITOS Que la mercancía a internar se destine a operaciones y/o procesos de “perfeccionamiento activo”; y, Que la empresa solicitante esté formalmente constituida en el país e inscrita en los registros sectoriales correspondientes a su actividad económica. PARA EL DESPACHO NORMAL Declaración Única de Aduanas (Admisión Temporal), Conocimiento de embarque, guía aérea, aviso postal o carta porte, según el medio de transporte utilizado. Factura, documento equivalente o contrato según corresponda. Copia de la Resolución de la Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, en caso de ser calificado como buen contribuyente. Cuadro de Insumo – Producto, transmitido por vía electrónica.

Otros documentos que la naturaleza del régimen o la mercancía requiera. PARA EL SISTEMA ANTICIPADO Se acompaña a la Declaración Única de Aduanas la documentación detallada para el despacho normal, con excepción del documento de transporte. Tratándose de envíos de urgencia adicionalmente se presenta copia de la autorización en los casos de mercancías que requieren calificación por el Intendente de Aduana. OBJETIVO El objetivo de este régimen aduanero es que la empresa productora exportadora reduzca sus costos de importación, de tal forma que se refleje en precios competitivos para los productos finales de exportación.