Recurso de Nulidad de Acto Procesal

ESTUDIO CAJACHAGUA TORRES & Abogados 1 “Año del Diálogo y Reconciliación Nacional” EXP. 01879-2018 ESP. BETTY EMILIA G

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“Año del Diálogo y Reconciliación Nacional” EXP. 01879-2018 ESP. BETTY EMILIA GERONIMO A 5° JUZGADO DE FAMILIA DEL CALLAO CUADERNO PRINCIPAL SUMILLA: RECURSO DE NULIDAD DE ACTOS PROCESALES

SEÑOR JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE FAMILIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO. CESAR EMANUEL ALTAMIRANO AGUAYO, debidamente Nacional

de

identificado

con

Documento

Identidad.



44049583,

domiciliado en Jirón Colon N° 248, Chincha Alta - departamento de Ica y con Domicilio Procesal en el Pasaje Nueva Rosita N° 179 Oficina 201, 2do. Piso, Cercado de Lima, y con con Casilla Electrónica Nro. 12944, a usted con el debido respeto me presento y digo: I. PETITORIO Que, habiéndoseme notificado el 28 de noviembre de 2018, la resolución número Once, que contiene la Sentencia de fecha nueve de noviembre del año dos mil dieciocho, y estando dentro del plazo de ley INTERPONGO EL RECURSO DE NULIDAD DE ACTOS PROCESALES DE LA RESOLUCIÓN N° ONCE, ya que Iván E. Cajachagua Torres Abogado Numero de Casilla Electrónica: 12944

Correo: [email protected] Pasaje Nueva Rosita 179 Of. 201, Lima – Perú Teléfono: 01-424-9589

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“Año del Diálogo y Reconciliación Nacional” dentro del presente proceso se ha vulnerado el debido proceso y con ello se estaría prevaricando al tener un fallo distinto al peticionado en la demanda. Que, señor Juez se podrá apreciar la total vulneración del debido proceso, esto en razón de que tenía que discutir el viaje a Orlando, Estado de Florida, Estados Unidos de Norteamérica para los días 10 a 18 de mayo del 2018, es decir ocho días, siendo este el petitorio que formulo la demanda y por la que fue admitida en trámite, donde señora Juez desde la Admisión de demanda de Autorización de Viaje de Menor ha tenido serias falencias que la judicatura, Jueza Virginia Liliana Ulfe Herrera del Quinto Juzgado de Familia del Callao, quien debió de advertir a fin de no dejar en indefensión procesal a mi persona y ahora prevaricar al resolver petitorio distinto al formulado en la demanda, y resolver un supuesto viaje en Octubre de 2019, que nunca fue postulado dentro del petitorio y menos documentos que sustenten ella, como lo señala la misma sentencia, por lo que señora Juez se estaría prevaricando, es por ello que pido la Nulidad de dicha Resolución N° Once. Además, como he señalado señor Juez se ha vulnerado el debido proceso al prevaricar con una sentencia emitida por la magistrada Virginia Liliana Ulfe Herrera del Quinto Juzgado de Familia del Callao, y que no es la primera vez que resuelve en contra a derecho en la presente causa, esto que como he señalado en un primer momento se me dejo en indefensión procesal y ahora resuelve un petitorio distinto, lo que hace ver que dicho Juez tiene una actitud contra el derecho y la vulneración de su deber como magistrada, por lo que planteo mi nulidad de dicho acto procesal en resguardo a mi derecho y a un debido proceso. Por lo que claramente mi persona no ha podido ejercer el libre derecho y que ha sido vulnerado totalmente y por lo que debe declararse la Nulidad de todos los actuados, hasta que se dé una correcta sentencia que contenga los fundamentos Iván E. Cajachagua Torres Abogado Numero de Casilla Electrónica: 12944

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“Año del Diálogo y Reconciliación Nacional” correctos y con una idóneo razonamiento y el fallo debe ser acorde con el petitorio que se postuló y por el que fue admitido al demanda. III.- FUNDAMENTOS DE MI RECURSO DE NULIDAD. Que, como he señalado señor Juez el acto procesal señalado es un prevaricato con el que se me ha limitado mi derecho, esto al resolver petitorio distinto al formulado en la demanda y así dejándome sin mi derecho a defensa y que no existe ninguna documentación valida que justifique el fallo expresado en el presente proceso, más que la sentencia con la que se estaría prevaricando, por lo que planteo mi nulidad en resguardo a mi derecho y a un debido proceso. Que, como es de verse señor Juez y como obra en el expediente y se expresa en dentro de los considerandos respecto de la misma, se estaría vulnerando mi derecho de defensa que me asiste, por lo que señor presento el presente Recurso y no se pueda vulnerar el derecho de otro. POR TANTO: Solicito señor Juez tenga por presentado mi RECURSO DE NULIDAD DE LOS ACTOS PROCESALES y disponer conforme a ley. OTROSÍ DIGO.- Que, Designo como mi abogado al Dr. Ivan Eudaldo Cajachagua Torres, con Registro de Colegio de Abogados de Lima N° 46099 y que toda notificación deberá ser remitida a Pasaje Nueva Rosita 179 Of. 201, Cercado de Lima y casilla electrónica N° 12944. Lima, 03 de diciembre del 2018

Iván E. Cajachagua Torres Abogado Numero de Casilla Electrónica: 12944

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“Año del Diálogo y Reconciliación Nacional” _____________________________ ________ CESAR EMANUEL ALTAMIRANO AGUAYO DNI. Nº 44049583

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