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Exp. Nro. Especialista Cuaderno Principal Escrito Nro. Sumilla QUERELLA. : : : : 01 : INTERPONGO SEÑOR JUEZ PENAL DE L

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Exp. Nro. Especialista Cuaderno Principal Escrito Nro. Sumilla QUERELLA.

: : : : 01 : INTERPONGO

SEÑOR JUEZ PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA: CONSTANTINO ÁNGEL ACOSTA MELGAR, con DNI 19934608, señalando domicilio real en Mz- K lote N° 8 AA.HH. Pedro A. Labarthe – Pachacútec – Ventanilla e indicando domicilio procesal en Jr. Lampa N° 1115 – oficina N° 708 – Lima; ante usted me dirijo y digo:

I .- PETITORIO: Que en ejercicio regular de mis derechos y al amparo del art. 131 y 132 del Código Penal, y de los arts. 302 y siguientes del Código de Procedimientos Penales, acudo a su Despacho a efectos de FORMULAR QUERELLA POR LA COMISION DE LOS DELITOS DE CALUMNIA Y DIFAMACION en contra de Marcelo Barzola Lara, a quien se le deberá notificar en su domicilio laboral sito en el xxxxxxxxxxxx – Distrito de San Luis, Provincia y Departamento de Lima. La presente querella se fundamenta en el hecho de que el querellado ha actuado en contra de mi integridad, imagen profesional, laboral

y en contra de mis derechos constitucionalmente

garantizados, al cometer delito contra el honor, mancillando mi reputación, imagen personal y profesional, cometiendo delito de calumnia y difamación; llegando al extremo de amenazarme e insultar a mi persona.

II .- DETERMINACION GEOGRAFICA DONDE SUCEDIERON LOS HECHOS: Señor Juez dando cumplimiento al art. 19° del Código de Procedimientos Penales para efectos de determinar la COMPETENCIA de su Despacho, debo señalar que las calumnias y difamaciones efectuadas por el querellado en un inicio se realizaron en la institución educativa “Túpac Amaru” ubicada en el distrito de San Luis, jurisdicción de la UGEL 03, lugar en donde se formulan las denuncias falsas en mi contra y lugar en donde también el querellado me ha difamado y calumniado, ha ofendido y mancillado mi honor y reputación frente a mis compañeros de trabajo, así como también ante los padres de familia de los alumnos de quienes he sido docente en el área de Arte, por

más de 38 años, por lo que acudo a su Despacho no solo a peticionar el resarcimiento de los daños y una sanción ejemplar en contra del querellado.

III.- OBJETIVO Y PRETENSION DE LA PRESENTE QUERELLA: Dada la naturaleza de los agravios expresados y mi condición de docente de la institución educativa que el denunciado dirigió, solicito al Juzgado lo siguiente: Primero : Se imponga al querellado una pena privativa de la libertad no menor de 3 años de prisión efectiva. DEBIENDO TENER EN CUENTA SU DESPACHO LA CONDUCTA CONSCIENTE Y DOLOSA CONQUE HA ACTUADO EL QUERELLADO, A EFECTOS DE DESACREDITARME Y LIQUIDAR MI HONORABILIDAD PERSONAL, FAMILIAR Y PROFESIONAL CON EL FIN DE PERJUDICAR MI IMAGEN. SIN EMBARGO, SUS MENTIRAS Y CALUMNIAS AL CARECER DE PRUEBAS, POR SER HECHOS FALSOS LOS QUE DENUNCIÓ, HAN SIDO CONSIDERADOS FALSOS Y HA MERECIDO UNA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA QUE ME ABSUELVE DE LA FALSA DENUNCIA IMPULSADA POR EL DENUNCIADO. Segundo : Adicionalmente se sancione penalmente la conducta del querellado, ordenándosele al querellado que por su cuenta y costo publique en el diario oficial “El Peruano” y en el diario de circulación nacional “El Comercio” las disculpas y retracto correspondiente de sus aseveraciones calumniosas efectuadas en mi contra. Tercero: Se ordene el pago de una reparación civil digna, toda vez que la denuncia formulada en mi contra e ingresada a la UGEL 03, la difamación y calumnia de la cual he sido sujeto ha perjudicado mi imagen como profesional, por lo que solicito se me indemnice con una suma no menor de S/.50,000.00 Nuevos Soles (Son cincuenta mil Nuevos Soles) por concepto de reparación civil. Atendiendo a que la secuela de su falsa denuncia han mermado mi seriedad e integridad profesional, disminuyéndose notoriamente mi imagen ante la sociedad, ante mis empleadores, ante padres de familia y autoridades de la institución educativa en la que trabajé y desempeñé mis labores como docente en el área de Arte. Dicho monto deberá ser pagado íntegramente por el querellado bajo apercibimiento de embargo de sus bienes.

IV .- TIPIFICACION DE LOS DELITOS DENUNCIADOS:

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Delito de calumnia, art. 131 del Código Penal, que se encuentra acreditado con las denuncia y acusación, las supuestas denuncias de Padres de Familia formuladas por el querellado en mi contra, ante la UGEL 03, hecho que mereció un proceso administrativo en contra del suscrito y generó en la institución educativa una campaña mediática en la cual me sindican como “acosador”, “violador”, “delincuente” conforme lo demuestra los documentos anexos que ofrezco y los testigos propuestos, denuncia que no prosperó al ser manifiestamente falsas sus acusaciones en mi contra.

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Delito de difamación, art. 132 del Código Penal, el mismo que propiamente se encuentra acreditado con los calificativos que efectúa la denunciada respecto a mi persona, acreditada también con las diversas denuncias de esta persona las mismas que han mermado mi integridad .

V .- FUNDAMENTOS DE HECHO : Amparo la presente querella en los sgtes. Fundamentos de hecho y derecho que paso a exponer:

1 .- Que el recurrente ha laborado como docente en la institución educativa “Túpac Amaru” por más de 30 años en el área de Arte, y actualmente he sido retirado del servicio en atención a la implementación de normas lesivas a los trabajadores. Lo cierto es que en el año 2012, mediante expediente N° 32201 el Director de la institución educativa en la que laboré, Sr. Marcelo Barzola Lara, OPTÓ DOLOSAMENTE POR DENUNCIARME ANTE LA UGEL ingresando denuncia en mi contra consignando que el suscrito había cometido tocamiento indebido en agravio de mi menor alumna de iniciales S.N.P.E. alumna del primer grado, sección “B” de secundaria de la institución educativa precitada. Más aún, el denunciado falsamente alude que en su despacho obraba el expediente N° 1203-2012 presentado por doña Maritza Ponce Espinoza, hermana de la citada menor. Indicaba el director que la alumna y su hermana solicitaban se retirara de la banda a la menor alumna – banda de la cual era responsable el suscrito – debido a que mi persona había faltado el respeto (el citado documento no consigna en que consistió la falta de respeto)

2.- Que, en la denuncia ingresada a la UGEL 03, el Director señalaba que la hermana de la menor alumna LE HABÍA MANIFESTADO que el suscrito había hecho tocamientos indebidos a su hermana y afirmó en su denuncia que el suscrito era sujeto de investigación por supuestos hechos similares,

pero que ninguna niña se atrevía a hablar y denunciar y que según él, había un indicio en el hecho que siempre solicité trabajar con la banda en lugares alejados.

2.1.- Que, lo cierto es que denuncia ingresada, las aseveraciones que en grupo realizaba el querellado en mi contra generó una corriente de opinión contraria la suscrito, de tal manera que profesores, alumnos y Padres de Familia me miraban mal, susurraban “Ahí va el violador” “Acosta es un acosador”, Dicha denuncia administrativa generó la disminución de mi autoestima, desacreditación personal, profesional y me involucró en un proceso administrativo que duró más de un año y que terminó con la resolución N° 5302 de fecha 13 de julio del 2013 que resuelve ABSOLVERME DEL CARGO FORMULADO EN MI AGRAVIO, esto es, declararme inocente de la denuncia por tocamientos indebidos en contra de alumnas de la institución educativa.

2.2.- Que, como queda probado la mala intención con que actuó el Director denunciado, su conducta liquidadora de mi honor y reputación personal me afecto e involucró en un proceso administrativo por más de un año, generándome perjuicio personal, familiar y económico. Considero, convencido que el querellado me ha perjudicado con su actitud delincuencial sin fundamento, sin justificación y fundamento legal alguno. Es menester señalar que su denuncia no tuvo resultados al ser flagrantemente falsa.

1.- Que, con fecha 16 de julio del 2013, un año después se emite la resolución Directoral N° 5302 que me absuelve de la falsa denuncia en mi contra. La precitada resolución deja innegablemente claro que la denuncia fue impulsada por el Director con el exclusivo deseo de liquidar mi honorabilidad, de confrontarme con la comunidad educativa, me involucró en una situación de tensión, de afectación anímica y moral por mucho tiempo. Que luego de haberse probado que la denuncia era falsa, difamatorias, calumniadoras en mi contra, ES DECIR, SE PROBÓ LA INCONSISTENCIA DE LA DENUNCIA, LA DIFAMACIÓN, CALUMNIA DE PARTE DEL QUERELLADO EN MI CONTRA, SIN EMBARGO, LAS CONSECUENCIAS DE LAS GRAVES DENUNCIAS EN MI CONTRA HAN PERTURBADO MI NORMAL DESARROLLO PERSONAL Y MELLADO MIS LOGROS ANTE LA INSTITUCION. ES DECIR, EXISTE EL DAÑO YA ESTA ACREDITADO EN CONTRA DE MI IMAGEN.

2.- Señor Juez la conducta difamatoria y calumniosa del querellado es INNEGABLE y no solo se inició con la falsa denuncia en mi contra, por lo que pido expresamente se sancione al querellado con el peso de la ley y en los extremos solicitados, SE LE IMPONGA UNA PENA PRIVATIVA DE

LIBERTAD EFECTIVA, SE LES EXIJA EFECTUAR UNAS DISCULPAS PUBLICAS, SE LES ORDENE PAGAR UN REPARACION CIVIL DIGNA por el daño que han causado a mi imagen profesional integra como administrador y empresario,.

VI .- OFRECIMIENTO DE PRUEBAS Y ANEXOS : Cumplo con acompañar además del DNI del solicitante los sgtes. medios de prueba : ANEXO 1-A .- Copia Simple Resolución Directoral N° 5302 emitida por la UGEL 03 en fecha 16 de julio del 2013 que resuelve absolverme de la falsa denuncia en mi contra, que acredita la denuncia en mi contra por parte de la querellada con calumnias, difamación sin prueba alguna. ANEXO 1-B .- Copia ANEXO 1-C.ANEXO 1-D .ANEXO 1- E : Ofrezco como prueba la declaración testimonial de las sgtes. personas que se han ofrecido libremente a declarar en contra de la querellada y que darán fe de los actos calumniadores, difamantes y constantes efectuados por el querellado en mi contra :

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xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx con DNI Nro. Xxxxxxxxxxxx de profesión docente, con domicilio en Jxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, provincia y departamento Lima.

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xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx con DNI Nro. 0xxxxxxxxxxxxx de profesión docente, domicilio en Jr. xxxx, provincia y departamento Lima.

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Mxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx con DNI Nro. xxxxxxx, de profesión, profesor, con domicilio sito en el Jr. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Provincia y Dpto. de Lima .

Dejo constancia que los testigos anteriormente citados, de acuerdo a ley, serán citados por mi cuenta y costo a la audiencia que programe su Despacho. Todas estos testigos de una u otra manera han presenciado en diversas y reiteradas circunstancias los actos denunciados cometidos por el querellado en mi agravio, por lo que darán fe del modo y circunstancias del como el querellado me denunció, de la corriente negativa sobre mi

honorabilidad generada por la falsa denuncia y del actuar contrario al suscrito que siempre desarrolló, sin motivo, el Director en mi contra. POR TANTO : Usted Señor Juez se servirá darle el trámite correspondiente a la presente denuncia por ser de ley. PRIMER OTROSI DIGO: Que designo como mi abogado al letrado Dr. Lucio Castro Chipana a quien autorizo presentar y formular los recursos respectivos en mi representación total. Lima, 09 de junio del 2015

CONSTANTINO ÁNGEL ACOSTA MELGAR DNI 19934608