Queja Disciplinaria Dr Carlos Fernando Galan

Bogotá D.C. 7 de Julio de 2011 Señor ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO Procurador General de la Nación E. S. D. Queja disc

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Bogotá D.C. 7 de Julio de 2011

Señor ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO Procurador General de la Nación E.

S.

D.

Queja disciplinaria: contra el Concejal de Bogotá CARLOS FERNANDO GALAN PACHON y miembros de su Unidad de Trabajo Normativo.

MAURICIO HERRERA VARGAS identificado con c.c. 79.967.805 de Bogotá, en virtud de lo consagrado en el art. 66 del Código Único Disciplinario me permito llegar ante su Despacho para instaurar queja y solicitar apertura de investigación disciplinaria contra el Dr. CARLOS FERNANDO GALAN PACHON y los siguientes miembros de su Unidad de Trabajo normativo adscritos a la nómina del Concejo de Bogotá: Diana Mejía Barón, Bernardo Ordoñez Sánchez, Daniel García, Julian Zambrano, Francisco Carvajal. Camilo Vallejo. Edgardo Zerda, y Mariluz Gaitan Castellanos por los siguientes hechos.

1. En la actualidad el Dr. CARLOS FERNANDO GALAN PACHON ostenta la calidad de concejal de la ciudad de Bogotá por el periodo comprendido entre 2008-2011 adscrito a la bancada del Partido Cambio Radical.

2. Los Concejales de Bogotá tienen la potestad de crear su grupo de

trabajo, con personas que a partir de su nombramiento adquieren la calidad de servidores públicos. Conforme a lo establecido en el Acuerdo Distrital No 29 de 2001 "Por el cual se modifica la planta de personal del Concejo de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones", en su artículo 3º indica: "De conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley 617 de 2000 y para cumplir con sus responsabilidades misionales, la Corporación contará con Unidades de Apoyo Normativo asignadas a cada concejal." La planta de personal de cada Unidad de Apoyo Normativo, será conformada por postulación que haga cada concejal ante la Mesa Directiva de la Corporación dentro de la denominación de cargos, códigos y grados salariales que le permite el Cuadro No. 2 del artículo segundo de este Acuerdo, sin que la sumatoria de las asignaciones básicas mensuales superen el valor de 48 S.M.L.M.V. Este valor se actualizará automáticamente cada año de acuerdo con el incremento salarial aprobado por la autoridad competente. Los empleados públicos pertenecientes a las Unidades de Apoyo Normativo, son funcionarios de manejo y confianza en los términos establecidos en el parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 443 de 1998 y en consecuencia se consideran de libre nombramiento y remoción.

3. Conforme a lo anterior, a la fecha la Unidad de Apoyo Normativo adscrito al Despacho del Concejal CARLOS FERNANDO GALAN PACHON se encuentra conformada por los siguientes personas que ostentan la calidad de Servidores Públicos: Diana Mejía Barón, Bernardo Ordoñez Sánchez, Daniel García, Julian Zambrano, Francisco Carvajal. Camilo Vallejo. Edgardo Zerda, y Mariluz Gaitan Castellanos

4. Como es de público conocimiento el Dr. CARLOS FERNANDO GALAN PACHON lanzó su candidatura a la Alcaldía Mayor de Bogotá el pasado 2 de Marzo ( ver nota de prensa adjunta) como candidato por el Partido Cambio Radical.

5. Desde el momento de su lanzamiento la actividad política del candidatoconcejal CARLOS FERNANDO GALAN se ha centrado en recorrer barrios, hacer reuniones con candidatos al Concejo, asistir a debates radiales, manifestaciones políticas y todo lo que entraña una campaña electoral.

6. Sin embargo, a la fecha y luego de más de cuatro (4) meses de actividad política y proselitista del Dr. Galán ninguno de sus miembros de su grupo de trabajo (Unidad de Apoyo Normativo) han renunciado a su cargo en el

Concejo de Bogotá y por el contrario han participado activamente en la campaña electoral, en funciones ajenas a la actividad que como asesores normativos deben cumplir.

7. No es extraño ver a los miembros de la Unidad de Apoyo Normativo adscritos al Despacho del Dr CARLOS FERNANDO GALAN PACHON, entre ellos: Diana Mejía Barón, Bernardo Ordoñez Sánchez, Daniel García, Julian Zambrano, Francisco Carvajal. Camilo Vallejo. Edgardo Zerda, y Mariluz Gaitan Castellanos, participando activamente en la campaña electoral, acompañándolo a recorridos barriales, sirviendo de soporte en su aspiración a la Alcaldía de Bogotá, cuando aún ostentan la calidad de EMPLEADOS PUBLICOS y siguen adscritos a la nómina del Concejo de Bogotá.

8. Es de resaltar particularmente el caso de la Sra. DIANA MEJIA BARON quien se ha desempeñado como la Jefe de Prensa del Dr. CARLOS FERNANDO GALAN PACHON tanto como Concejal y como Candidato a la Alcaldía Mayor de Bogotá estando aún como miembro de la Unidad de Apoyo Normativo; Es común ver a la Señorita MEJIA BARON cumpliendo a cabalidad su función e jefe de prensa, ya que acompaña al candidatoconcejal a su actividad proselitista y a sus entrevistas radiales y de televisión, como fue el caso del debate radial en RCN radio el pasado 1º de Junio tal y como consta en el registro de ingresos de personas de la emisora.

9. Así mismo, los demás miembros del equipo de trabajo acompañan de manera reiterada al Candidato-Concejal a su actividad proselitista, como se podrá apreciar en el registro fotográfico que haré llegar a su Despacho cuando me sea solicitado.

NORMAS DISCIPLINARIAS INFRINGIDAS.

1. El artículo 48 numeral 39 de la Ley 734 de 2002, (Código Disciplinario único) dentro de las conductas que constituyen faltas gravísimas para cualquier servidor público incluyendo aquellos que hacen parte de las Unidades de Apoyo Normativo de los Concejos, enlista la de: “utilizar el cargo para participar en las actividades de los partidos y movimientos políticos y en las controversias políticas, sin perjuicio de los derechos previstos en la constitución y la ley.

2. Norma que estaría siendo infringida por el grupo de trabajo del candidato-concejal CARLOS FERNANDO GALAN PACHON, pues a pesar de ostentar la calidad de servidores públicos, de recibir sus salarios y prestaciones sociales del presupuesto de la Nación, participan activamente en una campaña política, en funciones alejadas completamente para las cuales fueron contratados y desnaturalizando el objetivo para el cual fueron creadas las unidades de Apoyo Normativo del Concejo de Bogotá.

3. Por otra parte, el Candidato-Concejal CARLOS FERNANDO GALAN PACHON estaría infringiendo la prohibición consagrada en el No. 2º del art. 35 del Código único disciplinario que reza: Prohibiciones. A todo servidor público le está prohibido: 2. Imponer a otro servidor público trabajos ajenos a sus funciones o impedirle el cumplimiento de sus deberes, llegando inclusive a presentarse la conducta típica de Concusión.

4. Adicional, se estaría incumpliendo el deber consagrado en el artículo 34 No. 11 de la ley 734 de 2002 que señala: ARTÍCULO 34. DEBERES. Son deberes de todo servidor público: 11. Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas

PRUEBAS: •

Solicítese a la Mesa Administrativa del Concejo de Bogotá se certifique los integrantes de la Unidad de Apoyo Normativo del concejal Carlos Fernando Galán Pachón a la fecha de esta queja.



Solicítese a la emisora RCN Radio el registro de ingreso de personas que asistieron con los candidatos al debate radial del pasado 1º de Junio de 2011.



Solicítese a Caracol Radio el registro de ingreso de personas que asistieron con los candidatos al debate radial en el programa Sal y Pimienta el pasado 25 de Junio.



Adjunto fotografías de diferentes actos de proselitismo político donde se puede evidenciar las actividades y actos políticos efectuados por el candidato-Concejal Carlos Fernando Galán Pachón en las cuales participaron miembros de la Unidad de Apoyo Normativo, especialmente la Sra. DIANA MEJIA BARON en su calidad de jefe de prensa.

SOLICITUD:



Muy comedidamente me permito solicitar al Sr Procurador que en aras de garantizar la transparencia de la contienda electoral que se avecina y evitar que el presupuesto de Bogotá siga destinándose para financiar la nómina de una campaña política, me permito solicitarle la apertura de investigación preliminar con el fin de establecer las posibles faltas disciplinarias en que pueden estar incurriendo tanto el candidato-concejal CARLOS FERNANDO GALAN PACHON.

Cordialmente,

MAURICIO HERRERA VARGAS 79.967.805 de Bogotá Dir. Notificación- Calle 166 No. 17-52