Protocolo Bioseguridad Infraestructura

1 INTRODUCCIÓN La Alcaldía de Santiago de Cali a través de la Secretaría de Infraestructura expide el presente Protoco

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INTRODUCCIÓN La Alcaldía de Santiago de Cali a través de la Secretaría de Infraestructura expide el presente Protocolo de Bioseguridad, de conformidad con las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional en el Decreto 531 del 8 de abril de 2020 “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público”, en el cual, mediante el numeral 18, del artículo 3, se exceptúan de aplicación de la medida de aislamiento preventivo obligatorio y se autoriza la libre circulación del personal en: “La ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública, así como la cadena de suministros de materiales e insumos relacionados con la ejecución de las mismas”, medida armonizada en el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali mediante el Decreto Distrital No. 4112.010.20.0808 del 08 de abril de 2020 en su artículo 2do, numeral 16. El Protocolo de Bioseguridad es de carácter obligatorio y de estricto cumplimiento en la ejecución de los contratos suscritos por la Secretaría de Infraestructura, en concordancia con el parágrafo 6, del artículo 3, del Decreto 531 de 2020 y el a saber: Parágrafo 6. Las personas que desarrollen las actividades mencionadas en el presente artículo deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del Coronavírus COVID -19. Así mismo, deberán atender las instrucciones que para evitar la propagación del COVID-19 adopten o expidan los diferentes ministerios y entidades del orden nacional y territorial. Se elaboró en cumplimiento de los lineamientos expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, y otras recomendaciones a saber: Circular Conjunta No. 0000003 del 8 de abril de 2020 de los MINISTERIOS DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, TRABAJO Y TRANSPORTE. Circular Conjunta No. 0000001 del 11 de abril de 2020 de los MINISTERIOS DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, TRABAJO Y VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO. Protocolo de Bioseguridad de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) Documento de Buenas Prácticas en la Operación de Obras de Infraestructura emitido por La Sociedad Colombiana de Ingenieros (SCI).

ALCANCE Aplica para todos los actores involucrados en la ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública, así como la cadena de suministros de materiales e insumos relacionados con la ejecución de las mismas, en el marco de los contratos de obra, interventoría, suministro, compraventa, consultoría, interadministrativos, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipos, suscritos con la Secretaría de Infraestructura de Santiago de Cali y que se encuentren en ejecución durante el tiempo de la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del COVID-19. Este protocolo es aplicable en la ejecución de actividades de mantenimiento vial ejercidas por el grupo operativo de la Subsecretaría de Infraestructura y Mantenimiento Vial y demás actividades relacionadas en cumplimiento de su misionalidad. 2

MEDIDAS GENERALES PREVENTIVAS Y DE PROTECIÓN ANTE EL COVID-19

Implementar y mantener buenas prácticas de higiene y control de infecciones en los diferentes sitios en donde se desarrollen actividades. (Limpieza/desinfección de baños, vehículos, entre otros)

Si hay personal con resfriado, tos, gripa o presenta síntomas como fiebre o dificultad para respirar no deben presentarse al trabajo, reportar al jefe inmediato su condición y reintegrarse a la labor una vez este recuperado presentando los registros médicos correspondientes.

Promover en los colaboradores el NO utilizar de teléfonos, escritorios, oficinas u otras herramientas de trabajo pertenecientes/ asignado a otro colaborador.

Promover en los colaboradores el cubrirse con el antebrazo al toser o estornudar

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Evitar la asistencia e interacción en lugares con aglomeraciones de personas que puedan tener síntomas o padecer patologías relacionadas y contagiosas.

Consumir agua frecuentemente

Orientar a los trabajadores que se informen acerca de la prevención únicamente de fuentes oficiales y evitar la divulgación de información que proyecte miedo o pánico generalizado.

Lavado de manos mínimo cada 3 horas, al iniciar y terminar la jornada de trabajo o cada labor. Secado con toallas de un solo uso (personal de cada trabajador), evitar tocarse la cara o la nariz.

Evitar contacto físico, no dar la mano, besos, ni abrazos. Limitarse a saludar de lejos.

Organizar documento, archivar, mantener el escritorio libre y despejado para facilitar las labores de limpieza.

Limpiar con desinfectantes o alcohol al 70% las partes de contacto común, sillas, volante, controles, mandos, operar con vidrios cerrados.

Ventanas y puertas abiertas, ventiladores, encendidos, no usar aire acondicionado.

1.5 M

Procurar conservar distancia aproximada de 1.5 m con los demás compañeros y colaboradores.

Usar adecuadamente y eficientemente los elementos de aseo dispuestos en el centro de trabajo, gel, alcohol, papel, toallas, etc. Y evitar el desperdicio de agua (uso eficiente).

Efectuar reuniones no presenciales o vía web, en caso de ser estrictamente necesario convocar máximo 10 personas, dejar una silla intermedia, mantener distancia minimo de 1,5 m entre personas, mantener las salas abiertas y ventiladas.

Desarrollar sesiones escalonadas con número de personas acorde al lugar, evitar aglomeraciones, mantener distancia mínima de 1,5 m entre personas, usar espacios abiertos o ventilados.

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MEDIDAS ESPECIALES TRANSPORTE DE PERSONAL

Todo vehículo de transporte para el uso de la operación tendrán disponible material de bioseguridad para su uso y en caso de ser requerido por algún colaborador, gel antibacterial, mascarillas desechables y pañitos húmedos.

Todo el personal que se transporta en los buses, vanes o vehículos dispuestos para la operación, al abordar deberá hacer uso del gel antibacterial dispuesto en ellos, como medida de higienización obligatoria de manos al inicio de la jornada. Al final de la jornada y al abordaje nuevamente de los buses, vanes o vehículos dispuestos para el transporte deben hacer uso del gel antibacterial como medida de Higienización obligatoria de mano. 6

Los buses, vanes y vehículos dispuestos para el transporte de personal después de prestar el servicio, serán higienizados mediante medios de desinfección manual o por medio de fumigación y/o limpieza con agua jabonosa o hipoclorito comercial al 15% de concentración.

A todo personal que se transporte en los vehículos destinados para la operación, se le tomará la temperatura a su llegada a obra, para verificar que no tenga síntomas febriles por encima de los 38°. Esta actividad deberá ser ejecutada por personal Seguridad y Salud en el trabajo, Brigadistas en Primeros Auxilios, los cuales están disponibles en los centros de trabajo.

En los buses que distribuyen el personal deberá existir una distancia de al menos 1 puesto entre compañeros, y la ubicación en el puesto debe ser escalonada o en zigzag como se muestra en la figura a continuación. La cantidad de personas a transportar se distribuirá de acuerdo con el número de asientos/tipología de bus o vanes.

Buses de 42: Mueven 20 pasajeros Buses de 37: Mueven 18 pasajeros

Buses de 27: Mueven 11 pasajeros VAN de 12: Mueven 6 pasajeros

Las camionetas doble cabina, las SUV Y AUTOMOVILES SOLO MOVILIZARÁN 4 PERSONAS INCLUIDO EL CONDUCTOR.

Te invitamos a usar la bicicleta para contribuir al aislamiento.

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MEDIDAS ESPECIALES ENTREGA DE PRODUCTOS Y SUMINISTROS

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Para manipulación de suministros, palancas, botones o cualquier artefacto con el que haya que interactuar en el contacto con proveedores y clientes, utilizar tapabocas desechable, guantes y gafas si va a estar a menos de dos metros de personas.

Desinfectar vehículos al menos 2 veces al día. Mediante medios de desinfección manual o por medio de fumigación y/o limpieza con agua jabonosa o hipoclorito comercial al 15% de concentración.

Garantizar distancia mínima de 2 metros entre personas o usar tapabocas si no se mantiene la distancia.

Mantener gel antibacterial disponible para las personas que entren en contacto con el vehículo. Implementar las medidas preventivas de higiene de manos al ingresar y salir de las obras.

MEDIDAS ESPECIALES EN FRENTES DE OBRA DONDE SE EJECUTEN ACTIVIDADES

El personal de la vía contará con los EPP y deberá utilizarlos de acuerdo con su actividad. Esta obligación se refuerza con las medidas de seguridad establecidas para la prevención del COVID-19, como uso de tapabocas, guantes, y en sitio tendrán disponibilidad de agua y jabón para lavado de manos frecuente, gel antibacterial y spray con agua jabonosa.

Los operadores de maquinaria (volquetas, bulldozeres/excavadoras/motoniveladoras/ carrotanques/grúas/ etc.), tendrán dotación de gel antibacterial o agua jabonosa en spray dispuesto en su puesto de trabajo para su uso y desinfección.

Se mantiene disponibilidad de mascarillas desechables, gel y agua industrial y de consumo enlos frentes de obra.

Se incrementará la regularidad y rigurosidad de limpieza de baños químicos portátiles a diario.

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Para evitar concentraciones en masa, en especial cuando se realiza la apertura de la jornada, se subdividirán los grupos y así ejecutar el inicio de la jornada con grupos máximo de 10 personas (charlas de seguridad/AST/ inspecciones preoperacionales/directrices de la tarea).

Mantener una buena limpieza de los contenedores donde almacenan el agua/realizar fumigación diaria de estos contenedores. Disponer de una persona solamente para que haga entrega del agua al colaborador cada vez que requiera (controlador de tiempo/bodeguero/ ayudante designado por el jefe de frente). Esto evitará la manipulación y contacto de todas las personas con el contenedor y las bolsas de agua dispuestas en ellos.

Se dispone de lavamanos en los baños portátiles dotados con agua y jabón para limpieza de los colaboradores

Retiro diario de residuos orgánicos e inorgánicos y fumigación de los contenedores.

Límpiese las manos haciendo uso de agua o gel antes de retirar una bolsa de agua de los contenedores.

Solo se hace uso de los elementos de protección individual por la persona, No está permitido compartirlo o prestarlo.

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MEDIDAS ESPECIALES PARA OFICINAS Y CAMPAMENTOS DE PERSONAL EN OBRA

Se debe disponer gel antibacterial, agua jabonosa o alcohol al 70% en los pasillos y corredores para que el personal haga uso cuando lo requieran.

Los colaboradores al ingresar de los dormitorios deberán hacer uso del spray con alcohol al 70% o el spray con agua jabonosa dispuesto para aplicar en las botas de trabajo y ropa.

El retiro de los desechos orgánicos, inorgánicos y biológicos, deberá efectuarse 2 veces al día. No deben mantenerse residuos en las instalaciones más de un (1) día.

Se incrementará la regularidad y rigurosidad de limpieza de baños químicos portátiles a diario.

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ACCIONES ANTE UN CASO DE COVID-19

No se traslade a los centros médicos para evitar aglomeraciones.

Definir un área de aislamiento temporal en el lugar, use tapabocas y evite traslados o el contacto con otras personas.

Deberá comunicarse con la Secretaría de Salud de Cali, a la línea de atención que se ha habilitado en el número celular: 316 7779452, así como a las líneas de atención definidas por la ARL, para los casos del COVID-19.

Durante las llamadas a estas líneas, se evalúa la realización de una visita al lugar donde se encuentre el paciente para después hacerle pruebas que determinen o descarten la presencia del virus.

Si un trabajador es diagnosticado con el virus del COVID-19, se deberá realizar la trazabilidad del personal que tuvo contacto con este y definir si requieren aislamiento preventivo

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CONDICIONES PARTICULARES CONTRATOS SUSCRITOS POR LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DE SANTIAGO DE CALI De las garantías de seguridad y salud para la prevención y mitigación de la pandemia originada por el COVID-19 La Secretaría de Infraestructura incorporará a los contratos mediante OTROSI el presente protocolo y adicionará la obligación específica a los contratistas, que exija su implementación y aplicación, so pena de incurrir en el inicio de un proceso sancionatorio por presunto incumplimiento. Serán los profesionales encargados de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) quienes garanticen la aplicación del presente protocolo de bioseguridad, acuerdo con las condiciones específicas de cada proyecto y el plan de implementación de los mismos, en articulación con las ARL y la verificación entre otros, de los siguientes aspectos específicos:

Del Derecho de Circulación El personal que ejecutará obras de infraestructura y de obra pública, así como los pertenecientes a la cadena de suministro y actividades relacionadas, en el marco de los contratos suscritos con la Secretaría de Infraestructura, deberá portar documento y/o certificado emitido por cada empresa o consorcio contratista, en donde se le autorice la libre circulación, en cumplimiento del numeral 18, del artículo 3ro, del Decreto Presidencia No. 531 de 2020 y el numeral 16, del artículo 2do, el Decreto Distrital No. 4112.010.20.0808 del 08 de abril de 2020, mediante el cual se exceptúa de la aplicación de la medida de Aislamiento Preventivo Obligatorio a las personas en: “La ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública, así como la cadena de suministros de materiales e insumos relacionados con la ejecución de las mismas”, asimismo deberá mencionar en este permiso la presente circular, con el fin de incorporar los lineamientos para la debida circulación del personal.

La entidad proporcionará a los contratistas un modelo de autorización de circulación para ser diligenciado y emitido por cada uno de los representantes legales de empresas y consorcios, en donde se referencie los datos de contacto de la persona encargada de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) de cada una de sus empresas, la cual, deberá tener disponibilidad en el caso en que la autoridad de policía o de transito necesite corroborar por cualquier medio, la veracidad de la información respecto a la vinculación del personal en los contratos de obra, interventoría, consultoría, suministros e interadministrativos suscritos con la Secretaría de Infraestructura de Santiago de Cali. Lo anterior, con el fin de evitar la imposición de las multas definidas en el Decreto 531 de 2020 (Artículo 8vo. Inobservancia de las medidas) y dando aplicación al parágrafo 1, del artículo 3ro, de esta misma disposición: “Parágrafo 1. Las personas que 13

desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones”. Por otra parte, la Secretaría de Infraestructura se permite poner a disposición de los representantes legales de los personas naturales o jurídicas que tengan la calidad de contratistas de obra, interventoría, consultoría, suministros e interadministrativos, el siguiente contacto con el fin de atender las inquietudes o consultas que se presenten en la ejecución contractual y relacionadas con la implementación y aplicación de las medidas de prevención y mitigación de la pandemia originada por el COVID-19. Nombre: Diana Domínguez Cargo: Profesional de apoyo Secretaría de Infraestructura de Cali Número de Teléfono: 300 8623722

De las condiciones del personal idóneo para trabajar en la ejecución de los contratos (obra, interventoría, suministros y consultoría) Cada contratista deberá evaluar el estado general de salud de su personal, con el fin de identificar las personas idóneas para trabajar en la ejecución de los contratos (obra, interventoría, consultoría y suministro) para lo cual deberá informar en un plazo de máximo de ocho (8) días calendario a partir del reinicio del contrato, mediante comunicación oficial a la Secretaría de Infraestructura la relación de las personas que realizaran actividades o funciones en la ejecución de cada uno de los contratos, absteniéndose de incluir población que pueda estar en riesgo de complicaciones por COVID-19 como: Personas mayores de 60 años Enfermedades de Base como: enfermedad pulmonar, enfermedad cardiaca, hipertensión arterial, enfermedad renal, diabetes o enfermedades inmunosupresoras (cáncer, trasplante previo, lupus, entre otras). Mujeres en estado de embarazo Personas con obesidad 14

Personas que llegaron del extranjero o que hayan tenido contacto estrecho con personas que hayan llegado del exterior. Personas que hayan tenido contacto con pacientes que hayan contraído el coronavirus COVID-19. Con el fin de efectuar un seguimiento a las condiciones de salud del personal que se encuentra ejecutando los contratos, cada contratista deberá al ingreso del sitio de trabajo diligenciar diariamente un formato de registro que evidencie la presencia o no de las siguientes características en el personal: Temperatura corporal sin contacto directo (en caso de ser ≥ 38 grados) Presencia de tos Dificultad para respirar Malestar general y/o Debilidad Dolor de garganta, Relación de posibles contactos. Este registro diario deberá incluir, un reporte por ausencias de personal debido a factores gripales o en su defecto personas que hayan adquirido el virus COVID-19, con el fin de identificar oportunamente síntomas y aplicar las medidas pertinentes, así como iniciar las con las acciones tempranas dirigidas a establecer si la obra o sitio de trabajo debe entrar en cuarentena, previo concepto de la entidad competente. El contratista deberá efectuar un registro diario donde relacione la frecuencia y los horarios de entrega de elementos de bioseguridad a su personal. El contratista deberá distribuir el personal en diferentes horarios para evitar la acumulación de personal en el desayuno, almuerzo, comidas, capacitaciones, reuniones, entre otros; en los cuales deberá impartir instrucciones para ubicarlos conservando la distancia de seguridad (1,5 m aprox). Los contratistas deberán instalar en los sitios de trabajo, sea en obra y oficinas puntos para el lavado manos cada tres (3) horas, garantizando el suministro de jabón antibacterial, generando alertas durante la ejecución de las actividades que recuerden esta instrucción.

Realizar la limpieza dos (02) veces diarias de las herramientas, partes internas de vehículos, sitios de alimentación, oficinas y demás elementos para el trabajo, estableciendo personal responsable de dicha actividad.

Si un trabajador es diagnosticado con el virus del COVID-19, se deberá realizar la trazabilidad del personal que tuvo contacto con este y definir si requieren aislamiento preventivo.

De los responsables de la aplicación del protocolo de bioseguridad Serán las interventorías y supervisores de contratos los encargados de revisar y avalar los protocolos de bioseguridad, los planes de implementación correspondientes y después de verificar las condiciones de viabilidad para la aplicación del protocolo de bioseguridad, emitirán una certificación para la continuidad de las actividades propias de la ejecución de los contratos.

Centro Administrativo Municipal, Torre Alcaldía, piso 3

www.cali.gov.co

Adicionalmente realizarán el seguimiento y control permanente, presentando un informe ante el Subsecretario de Infraestructura y Mantenimiento Vial con periodicidad semanal, en el que se informe el reporte de casos de contagio.

De las Acciones ante un Caso de COVID-19 Sí pese a las acciones de prevención del COVID-19, se presenta caso (s) de sospecha de contagio en el sitio de trabajo, campamento, obra, oficina, o similares, se recomienda seguir los siguientes pasos: No se traslade a los centros médicos para evitar aglomeraciones. Definir un área de aislamiento temporal en el lugar, use tapabocas y evite traslados o el contacto con otras personas. Deberá comunicarse con la Secretaría de Salud de Cali, a la línea de atención que se ha habilitado en el número celular: 316 7779452, así como a las líneas de atención definidas por la ARL, para los casos del COVID-19. Durante las llamadas a estas líneas, se evalúa la realización de una visita al lugar donde se encuentre el paciente para después hacerle pruebas que determinen o descarten la presencia del virus.

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Alcaldía de Santiago de Cali

Alcalde: Jorge Iván Ospina Gómez Secretario de Infraestructura: Juan Diego Flórez González Sub Secretario de Mantenimiento Vial: Néstor Martínez Sandoval Sub Secretario de Apoyo Técnico: James Agudelo Documento elaborado por: Diana Marcela León Diseñado y diagramado por: Jorge Andrés Niño Uribe 12 de Abril de 2020 Este documento podrá ser usado por otras dependencias de la administración Municipal, incluso por los entes descentralizados para la acometida de obras que se encuentren en curso.

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