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PROGRAMA DE TECNOVIGILANCIA Se define como el conjunto de actividades que tienen por objeto la identificación y la cual

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PROGRAMA DE TECNOVIGILANCIA

Se define como el conjunto de actividades que tienen por objeto la identificación y la cualificación de eventos e incidentes adversos serios e indeseados producidos asociados con los dispositivos médicos, así como la identificación de los factores de riesgo asociados a estos, con base en la notificación, registro y evaluación sistemática, con el fin de determinar la frecuencia, gravedad e incidencia de los mismos para prevenir su aparición. La Tecnovigilancia debe ayudar a la identificación, prevención y resolución de los eventos o incidentes relacionados con el uso de los Dispositivos Médicos por medio de la evaluación de la causalidad y la gestión del riesgo con el fin de disminuir la carga de morbi-mortalidad. OBJETIVO PRINCIPAL El Programa Nacional de Tecnovigilancia se configura como un sistema de vigilancia post-mercado, constituido por el conjunto de instituciones, normas, mecanismos, procesos, recursos financieros, técnicos y de talento humano que interactúan para la identificación, recolección, evaluación, gestión y divulgación de los eventos o incidentes adversos no descritos que presentan los dispositivos médicos durante su uso, la cuantificación del riesgo y la realización de medidas en salud pública, con el fin de mejorar la protección de la salud y la seguridad de los pacientes, usuarios y todo aquel que se vea implicado directa o indirectamente con la utilización de los dispositivos médicos que se importan, fabrican y distribuyen en el país. NORMATIVIDAD El programa Nacional de Tecnovigilancia en Colombia se reglamenta con la Resolución 4816 de 2008, la cual define su objetivo, alcance, estructura y responsabilidades de cada uno de los actores, a fin de fortalecer la protección de la salud y la seguridad de los pacientes, operadores y todas aquellas personas que se vean implicadas directa o indirectamente en la utilización de dispositivos médicos. Alcance: 1. El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, INVIMA. 2. Las Secretarías Departamentales y Distritales de Salud. 3. Los fabricantes e importadores de dispositivos médicos de uso en humanos. 4. Los Prestadores de Servicios de Salud y profesionales independientes en los términos del Decreto 1011 de 2006 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya. 5. Los usuarios de dispositivos médicos en general. NIVELES DE OPERACIÓN Y RESPONSABILIDADES DE LOS ACTORES DEL PROGRAMA DE TECNOVIGILANCIA El programa Nacional de Tecnovigilancia cuenta con diferentes niveles para el cubrimiento del territorio nacional que involucra desde el Ministerio de la Protección Social hasta el usuario de los dispositivos médicos. Con el fin de hacer eficiente el programa nacional de Tecnovigilancia, se han dispuesto jerárquicamente los siguientes niveles de actuación y responsabilidad:

Nivel nacional Representado por el Ministerio de la Protección Social, cuyas responsabilidades son:  Generar la reglamentación necesaria relacionada con el desarrollo del Programa Nacional de Tecnovigilancia.  Evaluar y valorar la información generada por el programa para establecer políticas.  Establecer conjuntamente con el INVIMA alertas sanitarias nacionales que se generen como producto del análisis de eventos o incidentes adversos que se presenten.  Informar al INVIMA cualquier reporte de eventos o incidentes adversos relacionados con el uso de dispositivos médicos de manera inmediata.  Propender por el desarrollo de relaciones con agencias sanitarias internacionales para el fortalecimiento del Programa Nacional de Tecnovigilancia. Nivel Entidad Regulatoria Nacional, representada por el INVIMA, cuyas funciones, entre otras son:  Coordinar y hacer seguimiento al Programa Nacional de Tecnovigilancia.  Generar los mecanismos para identificar, recolectar, evaluar y gestionar información sobre eventos e incidentes adversos asociados a los dispositivos médicos usados por la población en el territorio nacional.  Informar a fabricantes e importadores sobre eventos e incidentes adversos guardando la confidencialidad del origen del reporte y el reportante, salvo previa autorización del reportante.  Determinar la frecuencia, gravedad e impacto en salud de los eventos e incidentes adversos y realizar investigaciones de los que hayan sido reportados.  Desarrollar actividades de promoción y formación con las Secretarías Departamentales y Distritales de Salud y demás actores del Programa Nacional de Tecnovigilancia, en relación a su desarrollo e implementación y la gestión de eventos adversos con dispositivos médicos.  Desarrollar e implementar planes y programas de vigilancia y seguimiento activo de dispositivos que supongan alto riesgo de generación de eventos adversos.  Realizar seguimiento y evaluación de los informes de seguridad, alertas internacionales y reportes que generen las agencias internacionales en relación con los dispositivos médicos que ingresen al país.  Desarrollar, mantener y fortalecer la red nacional de Tecnovigilancia como herramienta de comunicación y cooperación para el desarrollo del programa.  Aplicar medidas de prevención, vigilancia, y control y seguimiento a los casos reportados.  Realizar informe inmediato al Ministerio de la Protección de los eventos adversos serios y un resumen semestral de los otros eventos y las medidas que se hayan tomado.

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Establecer conjuntamente con el Ministerio de la Protección Social las alertas sanitarias nacionales que se generen como producto del análisis de eventos e incidentes adversos que se presenten. Difundir información sobre la seguridad de dispositivos médicos. Propender por el desarrollo de relaciones con agencias internacionales para el fortalecimiento del programa.

Nivel Departamental: Representado por las Secretarias Departamentales y Distritales de Salud y que tienen entre sus responsabilidades:  Designar un profesional competente en el tema responsable del programa de Tecnovigilancia.  Implementar y garantizar la continuidad de los mecanismos y herramientas para identificar, recolectar y gestionar información sobre eventos asociados a dispositivos médicos usados a nivel territorial.  Desarrollar actividades de promoción y formación con los actores del programa en relación al desarrollo e implementación de la gestión de eventos con dispositivos médicos.  Realizar seguimiento y gestión de los informes de seguridad, alertas y reportes que genere el INVIMA.  Desarrollar, mantener y fortalecer la red de Tecnovigilancia en su área de influencia.  Proponer y aplicar las medidas de prevención, vigilancia y control y seguimiento a los casos de eventos e incidentes adversos detectados.  Desarrollar e implementar planes y programas de vigilancia y seguimiento activo a dispositivo médico que suponga alto riesgo de generar eventos o incidentes adversos.  Transmitir de manera inmediata al INVIMA todo reporte de evento o incidente adverso serio.  Realizar un informe trimestral al INVIMA sobre los reportes periódicos recibidos de las IPS (Instituciones Prestadoras de Salud) y de los profesionales de la salud incluyendo las medidas preventivas tomadas.  Ejecutar las medidas de mejoramiento con respecto a los eventos presentados en las IPS y profesionales de la salud. Nivel Local: Fabricantes e importadores que se encargaran de:  Diseñar e implementar un programa institucional de Tecnovigilancia con el fin de hacer seguimiento permanente de los eventos e incidentes adversos que puedan causar los dispositivos médicos durante su uso.  Designar un profesional responsable del programa de Tecnovigilancia.  Comunicar al INVIMA la ocurrencia de eventos o incidentes adversos.  Tomar las acciones preventivas y correctivas que sean exigidas por el INVIMA.  Comunicar al INVIMA las alertas internacionales que estén asociados a los dispositivos médicos que comercializa o comercializó.  Cooperar y responder cualquier petición del INVIMA sobre la seguridad de los dispositivos médicos en el tiempo que se establezca. Prestadores de Servicios de Salud y Profesionales Independientes, quienes tienen entre sus responsabilidades:  Estar atentos del desempeño, calidad y seguridad de los dispositivos médicos previos a su uso.  Informar, divulgar y aplicar prácticas adecuadas en el uso de dispositivos médicos.  Diseñar e implementar un programa institucional de Tecnovigilancia para un permanente seguimiento de los eventos e incidentes adversos que puedan causar los dispositivos médicos.



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Designar un profesional competente en el tema, responsable del programa institucional de Tecnovigilancia, o también se pueden agrupar varias instituciones y designar un solo responsable. En el caso de profesionales independientes el responsable será el mismo profesional. Tomar acciones preventivas o correctivas del caso y las que sean exigidas por el INVIMA. Comunicar al fabricante o importador la ocurrencia de un evento o incidente adverso. Desarrollar actividades de promoción y formación con los profesionales de la salud de la institución relacionada con el desarrollo del programa de Tecnovigilancia. Los profesionales que pertenezcan a una institución deberán enviar sus reportes al responsable del programa de Tecnovigilancia de la institución. Cooperar y responder cualquier petición del INVIMA sobre la seguridad de los dispositivos médicos.

Nivel Usuarios: Último eslabón de la cadena conformado por los Usuarios de Dispositivos Médicos que se encargarán de:  Reportar al INVIMA o secretarías departamentales o distritales de salud correspondientes la ocurrencia de un evento o incidente adverso con dispositivos médicos. El Programa Nacional de Tecnovigilancia incentivará la articulación de todos los niveles nacional, departamental, local y académico, en una red de Información que se denominará Red Nacional de Tecnovigilancia.

A partir del año 2011, como resultado del análisis de implementación del Programa se definieron cuatro líneas de gestión estratégicas: 1. Notificación de eventos e incidentes adversos. 2. Monitoreo, evaluación y publicación de alertas sanitarias, retiros del producto del mercado, informes de seguridad y hurtos de dispositivos médicos, que aplican al país. 3. Promoción y formación a los actores del programa. 4. Fortalecimiento de la Red Nacional de Tecnovigilancia. DEFINICIONES Dispositivos médicos Son cualquier instrumento, aparato, artefacto, equipo biomédico u otro artículo similar o relacionado, utilizado solo o en combinación, incluyendo sus componentes, partes, accesorios y programas informáticos que intervengan en su correcta aplicación, destinado por el fabricante para el uso en seres humanos en los siguientes casos:  Diagnóstico, prevención, supervisión o alivio de una enfermedad (por ejemplo, un ecocardiógrafo, endoscopio, laringoscopio, etc.).  Diagnóstico, prevención, supervisión, tratamiento, alivio o compensación de una lesión o de una deficiencia (desfibrilador, espéculo, suturas, laparoscopio, etc.).  Investigación, sustitución, modificación o soporte de la estructura anatómica o de un proceso fisiológico (marcapasos, espátulas, válvulas cardíacas, etc.).  Diagnóstico del embarazo y control de la concepción (por ejemplo los preservativos).  Cuidado durante el embarazo, nacimiento o después del mismo, incluyendo el cuidado del recién nacido (fórceps, incubadoras pediátricas, ecógrafos, etc.).  Productos para la desinfección y/o esterilización de dispositivos médicos (desinfectantes). Clasificación de los dispositivos médicos:

La clasificación de los dispositivos médicos realizada por el fabricante, se fundamenta en los riesgos potenciales relacionados con el uso y el posible fracaso de los dispositivos con base en la combinación de varios criterios tales como, duración del contacto con el cuerpo, grado de invasión y efecto local contra efecto sistémico.  Clase I: Son aquellos dispositivos médicos de bajo riesgo, sujetos a controles generales, no destinados para proteger o mantener la vida o para un uso de importancia especial en la prevención del deterioro de la salud humana y que no representan un riesgo potencial no razonable de enfermedad o lesión.  Clase IIA: Son los dispositivos médicos de riesgo moderado, sujetos a controles especiales en la fase de fabricación para demostrar su seguridad y efectividad.  Clase IlB: Son los dispositivos médicos de riesgo alto, sujetos a controles especiales en el diseño y fabricación para demostrar su seguridad y efectividad.  Clase III: Son los dispositivos médicos de muy alto riesgo sujetos a controles especiales, destinados a proteger o mantener la vida o para un uso de importancia sustancial en la prevención del deterioro de la salud humana, o si su uso presenta un riesgo potencial de enfermedad o lesión. CLASE I IIA IIB III

NIVEL DE RIESGO Bajo Moderado Alto Muy alto

EJEMPLOS DE PRODUCTOS Instrumental quirúrgico, gasa Agujas hipodérmicas, equipo de succión Ventilador pulmonar, implantes ortopédicos Válvulas cardiacas, marcapasos

Consecuencias del uso inadecuado de dispositivos médicos: La incorrecta utilización de dispositivos médicos puede ocasionar daños no intencionados al paciente, al operador o al medio ambiente. Estos se conocen como incidentes o eventos adversos. Los eventos e incidentes adversos asociados a dispositivos médicos pueden clasificarse así: 







Evento adverso serio: Evento no intencionado que pudo haber llevado a la muerte o al deterioro serio de la salud del paciente, operador o todo aquel que se vea implicado directa o indirectamente, como consecuencia de la utilización de un dispositivo médico. Se considera como deterioro serio de la salud: a) Muerte. b) Enfermedad o daño que amenace la vida. c) Daño de una función o estructura corporal. d) Condición que requiera una intervención médica o quirúrgica para prevenir un daño permanente de una estructura o función corporal. e) Evento que lleve a una incapacidad permanente parcial. f) Evento que necesite una hospitalización o una prolongación en la hospitalización. g) Evento que sea el origen de una malformación congénita. Evento adverso no serio: Evento no intencionado, diferente a los que pudieron haber llevado a la muerte o al deterioro serio de la salud del paciente, operador o todo aquel que se vea implicado directa o indirectamente, como consecuencia de la utilización de un dispositivo o aparato de uso médico. Incidente adverso serio: Potencial riesgo de daño no intencionado que pudo haber llevado a la muerte o al deterioro serio de la salud del paciente, pero que por causa del azar o la intervención de un profesional de la salud u otra persona, o una barrera de seguridad, no generó un desenlace adverso. Incidente adverso no serio: Potencial riesgo de daño no intencionado diferente a los que pudieron haber llevado a la muerte o al deterioro serio de la salud del paciente, pero que por causa del azar o la intervención de un profesional de la salud u otra persona, o una barrera de seguridad, no generó un desenlace adverso.

Vigilancia de los eventos o incidentes adversos:

La vigilancia sanitaria de los dispositivos médicos se realiza en dos fases:  La primera consiste en la evaluación que realiza el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) sobre la seguridad y eficacia de estos productos antes de otorgarles el respectivo registro sanitario o permiso de comercialización.  La segunda fase se basa en la vigilancia pos-mercado realizada a través del Programa Nacional de Tecnovigilancia. Reporte de Eventos Adversos Reporte de incidentes y eventos adversos: Se trata del registro de la ocurrencia de un evento o incidente adverso, en un formato preestablecido que es diligenciado por el profesional de la salud u otro reportante, donde se consigna toda la información relevante relacionada con el problema de seguridad presentado con el uso de un dispositivo médico en la atención a un paciente. Información que debe consignarse en el reporte: Este reporte de Tecnovigilancia se diligencia en el formato INVIMA o el establecido por la institución u organización, siempre y cuando conserven los elementos que contiene el formato establecido por el Instituto, que debe incluir la siguiente información:  Datos de identificación del paciente afectado: Edad, sexo, identificación.  Descripción detallada del evento adverso y su desenlace: Información relevante del evento ocurrido que describa la fecha del evento, las circunstancias en las que se presentó el evento adverso serio, estado del dispositivo médico, estado del paciente y desenlace final del evento (muerte, daño irreversible o temporal, prolongación de la hospitalización, etc.). Para el caso de incidentes adversos se debe describir la situación que pudo haber llevado a un desenlace adverso.  Descripción del dispositivo médico asociado al evento adverso: Nombre, número de registro sanitario o permiso de comercialización, marca, modelo, serie o referencia, lote, versión de software, fabricante e importador, área de funcionamiento del dispositivo médico en el momento del evento, indicar si se reportó al fabricante/importador por parte del prestador de servicios de salud.  Gestión realizada: Evaluar e identificar los puntos en los cuales se presentan fallas o errores durante la prestación del servicio mediante herramientas de análisis de causas (Diagrama de causa-efecto, protocolo de Londres, entre otros) que esta permita comprender qué acciones deben ser realizadas a fin de implementar soluciones, mejorar los procesos de atención en salud y desarrollar estrategias para prevenir la ocurrencia de un evento o incidente adverso.  Datos del reportante: Nombre de la institución reportante, nombre del responsable del programa de Tecnovigilancia, fecha del reporte, cargo en la institución y datos de contacto. En el caso de fabricantes e importadores de dispositivos médicos, además de la información requerida para reportes inmediatos y reportes periódicos deberá reportar: a) Fecha de aviso al fabricante. b) Fecha esperada de seguimiento o reporte final. c) Estado actual del dispositivo: Devuelto/ no devuelto/ destruido/ actualmente en uso/ descontinuado desconocido, etc. d) Medidas correctivas o preventivas iniciadas para reducir la probabilidad de ocurrencia. e) Instituciones o establecimientos donde fue distribuido el dispositivo. Debe indicar detalladamente los sitios donde fue distribuido o vendido el dispositivo, señalando nombre de la institución y número de unidades vendidas o distribuidas en ese establecimiento.

La información relacionada con la historia clínica de los pacientes involucrados en los reportes y de los reportantes será de total confidencialidad y únicamente se utilizará con fines de vigilancia sanitaria, salvo previa autorización del reportante, ya que al tratarse de un sistema de notificación no punitivo, busca incentivar mecanismos saludables de información que permitan obtener información suficiente, pertinente y veraz. Tipos de reportes:  



Reportes inmediatos: Son los que relacionan eventos o incidentes adversos serios. Deben realizarse al INVIMA dentro de las 72 horas siguientes a la ocurrencia del hecho. Reportes periódicos: Toda la información de los reportes de eventos adversos no serios con dispositivos médicos para uso en humanos, junto con las medidas correctivas y preventivas tomadas, deben ser presentadas trimestralmente y en forma consolidada al INVIMA o a las Secretarías Departamentales y Distritales de Salud, según sea el caso. Reporte de alertas internacionales: Se producen cuando el importador autorizado para comercializar dispositivos médicos en Colombia informa al INVIMA sobre la generación de una alerta internacional por parte de la casa fabricante en el país de origen o por una agencia sanitaria a nivel mundial, en la que se vea involucrado un dispositivo médico comercializado en Colombia. Los importadores deben notificar al INVIMA dicha situación dentro de las 72 horas siguientes de conocerse la alerta.

El reporte lo deben diligenciar: Todos los profesionales de la salud, los Prestadores de servicios de salud, los profesionales independientes, instituciones hospitalarias, pacientes, usuarios, fabricantes o importadores que identifiquen o tengan conocimiento de que un dispositivo médico causó o es sospechoso de causar un evento o incidente adverso. Una vez recolectada la información en el formato respectivo (del INVIMA o el establecido por cada institución), notifique al profesional responsable del Programa de Tecnovigilancia de su institución o establecimiento, quien será el encargado de registrar, analizar y gestionar el caso reportado. El reporte podrá hacerse por medio físico, por fax o por medio electrónico. El reporte se remite a: El formato de reporte debidamente diligenciado debe enviarse al proveedor o fabricante del dispositivo médico y al INVIMA o la Secretaría de Salud de su Departamento, cuando sea el caso.  Notificación on line: Los responsables de los Programas Institucionales de Tecnovigilancia de los Prestadores de Servicios de Salud, fabricantes e importadores pueden realizar el registro de activación de cuenta de usuario para el reporte inmediato en línea en el Aplicativo Web de Tecnovigilancia, dispuesto por el INVIMA en la página web www.invima.gov.co en la ruta: link Tecnovigilancia / notificación por parte de prestadores de servicios de salud y profesionales de la salud independientes o de fabricantes e importadores, según corresponda. Para los Prestadores de Servicios de Salud, el responsable del Programa Institucional de Tecnovigilancia debe:  Diligenciar el formulario FOREIA001 “Formato de Reporte de Evento e Incidente Adverso asociado con el uso de Dispositivos Médicos”, en línea o enviar en medio físico al INVIMA en caso de presentarse un evento o incidente adverso serio, dentro de las 72 horas siguientes al conocimiento de la ocurrencia del mismo.  El formato debidamente diligenciado debe enviarse al proveedor o fabricante del dispositivo médico correspondiente, la ocurrencia del evento e incidente adverso e informar el código de identificación interno asignado al reporte por parte del INVIMA, a fin de mejorar la identificación, recolección y la gestión de cada caso.

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Conserve el reporte original diligenciado por el reportante primario, que corresponde al profesional, usuario u operador que detecta y notifica inicialmente el evento o incidente adverso. Si el caso corresponde a un evento adverso no serio, remita el consolidado trimestralmente en el formulario electrónico RETIPS003 “Reporte Trimestral de Evento Adverso para Prestadores de Servicios de Salud asociado con el uso de Dispositivos Médicos”, a la Secretaría Distrital o Departamental de Salud de su departamento.

Para las Secretarías Departamentales y Distritales de Salud, el responsable del Programa Institucional de Tecnovigilancia debe:  Enviar trimestralmente al INVIMA el consolidado de los eventos adversos no serios notificados por los Prestadores de Servicios de Salud de su competencia en el formulario RETISS004 “Reporte Trimestral de Evento Adverso por parte de las Secretarías de Salud asociado con el uso de Dispositivos Médicos”. Para los fabricantes e importadores de dispositivos médicos en Colombia, el responsable del Programa Institucional de Tecnovigilancia debe:  Enviar el formulario FOREIA001 “Formato de Reporte de Evento e Incidente Adverso asociado con el uso de Dispositivos Médicos”, en línea o en medio físico al INVIMA, dentro de las 72 horas siguientes al conocimiento del evento o incidente adverso serio, notificado por el usuario o cliente.  Remitir el consolidado de los eventos adversos no serios, trimestralmente en el formulario electrónico RETEFI005 “Reporte Trimestral de Evento Adverso por parte de Fabricantes e importadores asociados con el uso de Dispositivos Médicos” al INVIMA.  Para la notificación del retiro de productos del mercado (Recall) o de una alerta internacional hasta el hurto de dispositivos médicos, los fabricantes e importadores de dispositivos médicos deben suministrar mediante el formulario RISARH006 “Reporte de Informe de Seguridad, Alerta, Recall o Hurto” en línea, a través del Aplicativo Web de Tecnovigilancia o en medio físico al INVIMA. Un ciudadano puede informar al INVIMA sobre un problema relacionado con el uso de un dispositivo médico así: Si un paciente o usuario conoce directamente los hechos y puede dar fe de los mismos, puede diligenciar el formulario FOREIU002 “Formato de Reporte de Eventos e Incidentes Adversos asociados al Uso de Dispositivos Médicos para Usuarios” o a través del reporte en línea, dispuesto por el INVIMA en la página web www.invima.gov.co en la ruta: link Tecnovigilancia / notificación por parte de pacientes o consumidores. Obligatoriedad de reportar los incidentes y eventos adversos: La ocurrencia de un incidente o evento adverso o la generación de una alerta internacional debe reportarse al INVIMA dentro de las 72 horas siguientes a la ocurrencia del hecho. Los reportes periódicos son obligatorios a partir del mes de noviembre del año 2012. En caso de no presentarse ningún evento o incidente adverso durante el trimestre notifique al INVIMA o a la Secretaría de Salud de su Departamento, según corresponda. Ante los reportes por incidentes o eventos adversos el INVIMA procede así: Una vez se reciben estos reportes, los profesionales del Grupo de Tecnovigilancia del INVIMA analizan la información consignada y, de acuerdo al caso, solicitan la ampliación del contenido al reportante, al importador o al fabricante del producto. Esta información de seguridad es ingresada a las bases de datos en tiempo real mediante el Aplicativo Web de Tecnovigilancia. El INVIMA realiza una evaluación de forma inmediata que incluye causalidad, frecuencia y gravedad de la información contenida en el reporte, clasificación del dispositivo médico por riesgo y nivel de complejidad de las áreas en donde se genera el evento. Se aplica con criterios cualitativos y de inferencia estadística la metodología de “señalización”, la cual

permite la detección oportuna de los riesgos o daños inherentes al uso de los dispositivos médicos, para iniciar un proceso de evaluación crítica, cuidadosa y continuada que permite la toma de decisiones en materia sanitaria y apunta fundamentalmente a la reducción de los riesgos de la salud y que posteriormente son comunicados a la población en general. A partir del reporte pueden realizarse visitas de inspección, vigilancia y control, muestreos para verificar la calidad de los dispositivos implicados, o aplicar medidas sanitarias cuando la situación lo amerite. La acción emprendida por el INVIMA es comunicada a los involucrados. Si un dispositivo médico representa un riesgo que comprometa la salud o seguridad de pacientes, operadores o terceros, así esté siendo usado conforme a su indicación, puesto en servicio adecuadamente y con un correcto mantenimiento, el INVIMA podrá ordenar su decomiso, congelamiento o prohibir su uso o puesta en servicio. Si se determina que el error que ocasionó el evento o incidente probablemente está relacionado a la prestación del servicio, el INVIMA lo comunica a la Secretaría de Salud, quien en el ámbito de sus competencias llevará a cabo las acciones a que haya lugar. RED NACIONAL DE TECNOVIGILANCIA (RNTV) Es una estrategia nacional de trabajo colectivo. La RNTV busca:      

Establecer canales de comunicación claros y eficientes entre cada uno de los integrantes de la red y el INVIMA para la actualización de la información con respecto a la seguridad de los dispositivos médicos que se comercializan en el país. Adoptar una actitud vigilante frente a cualquier problema que se presente con los dispositivos médicos, a fin de disminuir los incidentes adversos y optimizar la calidad en la prestación de los servicios. Incentivar y promover la cultura de reporte o notificación de cualquier incidente o sospecha de incidente relacionados con los dispositivos médicos. Difundir el conocimiento y experiencias nacionales en relación al tema. Promover que cada punto en la Red, sea un multiplicador de la información en su institución o lugar de trabajo y de esta manera establecer un sistema de vigilancia integral. Integrar a todos las personas involucradas en el ciclo de vida del dispositivo médico en la Red Nacional.

Conformación de la RNTV La RNTV está conformada por los responsables de los Programas Institucionales de Tecnovigilancia de los actores del nivel local de todo el país correspondientes a:  Secretarias Departamentales y Distritales de Salud  Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud  Fabricantes e importadores de Dispositivos Médicos  Laboratorios Clínicos y Bancos de Sangre  Centro de estética y cosmetología, Centro de bronceado, SPA’s. (Donde Utilicen dispositivos médicos para atención de paciente) También forman parte profesionales de las siguientes organizaciones:  Universidades.  Asociaciones o Gremios.  Entidad Gubernamental y No Gubernamental.  Agencias Sanitarias.  Profesionales independientes de la Salud.  Ciudadanos en General.

La Tecnovigilancia en el país, se apoya principalmente en la vigilancia pasiva o notificación espontánea de problemas relacionados con el uso y la calidad de los dispositivos médicos, realizada por los actores del nivel local como son los profesionales de salud, importadores, fabricantes, pacientes, operadores y usuarios. Es así, que desde el año 2011, se viene promoviendo y enfocando los esfuerzos hacia la vigilancia proactiva (anticiparse a). En tal sentido, y a partir de una revisión sistemática de literatura científica mundial, sobre los Sistemas de Gestión de Riesgo Clínico (SGRC), se selecciona la Metodología AMFE (Análisis Modo Falla Efecto) como la más efectiva para el modelo de gestión en Tecnovigilancia, lo cual permite:    

Anticipar los errores y diseñar un sistema que permitan que los procesos de cuidado o utilización de tecnologías en salud sean seguros. Reducir la probabilidad de que los incidentes ocurran en el proceso de atención en salud y estos puedan ser analizados considerando diferentes elementos asociados a su ocurrencia. Adelantarse a los eventos e impactar positivamente a los pacientes. Mejorar la seguridad de los pacientes y la calidad de la atención en salud.

Es importante resaltar que el desarrollo de la Tecnovigilancia en Colombia debe ser el resultado del trabajo coordinado e integral entre todos los actores del Programa, a fin de aunar esfuerzos y compromisos que conlleven a la vigilancia con enfoque de riesgo, que oriente a la toma de decisiones en materia sanitaria, fomentando la prevención de la ocurrencia y recurrencia de un incidente y/o evento adverso, fundamental para el aseguramiento de la calidad de los Servicios de Salud y la seguridad del paciente.