Programa de Seguridad y Salud en El Trabajo

III. PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EXPEDIENTE DE SEGURIDAD PARA INICIO DE LABORES: “REPARACIÓN Y MANTENIM

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III. PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EXPEDIENTE DE SEGURIDAD

PARA INICIO DE LABORES: “REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MOTORES, INSPECCIÓN Y MANTENIMIENTO DE TABLEROS ELÉCTRICOS”

Dirección: Programa Comercial Basillos Lopez Silva, Callao, Telf: +51-1-3596224, RPC:+51 980 883 871, email: [email protected]

PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

RESPONSABLES

CARGO

ELABORADO POR:

Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional

REVISADO POR:

Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo

APROBADO POR:

Gerente General

FIRMA

FECHA

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PRESENTACIÓN El presente Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST) define las actividades preventivas que se desarrollarán en forma sistemática, ordenada y continua en la planificación y ejecución de labores: “REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MOTORES, INSPECCIÓN Y MANTENIMIENTO DE TABLEROS ELÉCTRICOS”, en el presente año. Su implementación nos permitirá reducir y controlar los riesgos de trabajo durante la ejecución de las actividades desarrolladas por el personal de la AT ENERGY S.A.C, supevisores y quiénes visiten o participen en las labores, salvaguradando así, principalmente, la integridad personal, los equipos y bienes de la empresa y el cliente, terceros y la propiedad pública o privada. El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo contiene las actividades a desarrollarse durante la ejecución de las labores y han sido elaboradas a partir del Estudio de Riesgos, mediante el cual se ha identificado los peligros y evaluado los riesgos en todas las actividades que se desarrollarán y que se enmarcan dentro del subsector de electricidad y mecánica, para adoptar las acciones preventivas y de control en forma oportuna. Para garantizar el cumplimiento del Plan se han establecido las funciones, responsabilidades, métodos, procedimientos y políticas disciplinarias, así como también la evaluación períodica de la eficacia del Plan. La efectividad del Plan será analizada en la reunión del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y se verá reflejada en los resultados de la gestión, presentados en el informe mensual de seguridad. El informe de seguridad será elevado a las áreas correspondientes de la empresa AT ENERGY S.A.C y presentados también al cliente.

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PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LA EMPRESA AT ENERGY S.A.C PARA LAS LABORES DE “REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MOTORES, INSPECCIÓN Y MANTENIMIENTO DE TABLEROS ELÉCTRICOS”. 1. DEFINICIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Es un conjunto de actividades organizadas y legalmente aceptadas, técnicamente dirigidas y orientadas a salvaguardar la integridad física y la vida de los trabajadores, los daños a la propiedad, la contaminación del medio ambiente y las pérdidas para la empresa AT ENERGY S.A.C. 2. FUNDAMENTOS DEL PLAN • Todos los accidentes ocurren porque hay causas que los provocan y éstas pueden ser identificadas y controladas. • El principio fundamental de la seguridad es la prevención. • Es responsabilidad de la empresa AT ENERGY S.A.C. es de integrar las medidas preventivas de Seguridad y Salud en el Trabajo en su Sistema de Gestión. • Los trabajadores de la empresa son los activos más preciados y constituyen la razón de ser del PSST. 3. VISIÓN Hacer de la empresa AT ENERGY S.A.C una empresa líder en la cultura preventiva, brindando para ello un ambiente seguro y saludable a nuestros trabajadores, garantizando que el desarrollo de nuestras actividades se efectúe de manera segura y con calidad, presevando también el medio ambiente, y buscando satisfacer las expectativas técnicas, económicas y de seguridad de nuestro cliente en la ejecución de nuestras labores. 4. MISIÓN Para plasmar en la realidad nuestro liderazgo en materia de seguridad y salud en el trabajo, nuestra misión es: • Difundir, cumplir y exigir el cumplimiento de las Políticas de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Participar activamente en el desarrollo de las actividades del PSST. • Controlar el cumplimiento de los estándares y procedimientos de trabajo en cada actividad a ejecutar en las labores. • Hacer de la seguridad un hábito cotidiano en el desarrollo de nuestras labores y un estilo de vida. • Integrar las acciones del PSST al control de pérdidas en las actividades que se ejecutan en las labores.

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5. OBJETIVOS DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 5.1 Objetivos Generales: • Asegurar un compromiso visible de la empresa AT ENERGY S.A.C, con la salud y seguridad de los trabajadores en la ejecución de sus actividades. • Fomentar la cultura de la prevención de los riesgos laborales en todos quienes conforman la organización a fin de que interioricen los conceptos de prevención y proactvidad, promoviendo así, comportamientos seguros. • Evaluar los principales riesgos presentes en las actividades a ejecutar en las labores que puedan ocasionar los mayores perjuicios a la salud y seguridad de los trabajadores, empleador y otros. • Fomentar y respetar la participación de los trabajadores y/o sus representantes en las decisiones sobre la seguridad y salud en el trabajo. • Cumplir con los requisitos legales pertinentes en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por los órganos competentes y las de la empresa AT ENERGY S.A.C. • Propiciar el proceso de mejora contínua del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo de la empresa AT ENERGY S.A.C. 5.2 Objetivos Específicos: • Lograr que el personal directivo de la empresa AT ENERGY S.A.C vele por la implementación oportuna del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo en las presentes labores brindando los recursos necesarios y las facilidades para el desarrollo del mismo. • Lograr que el personal directamente responsable de las labores: Gerente General, Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional, lideren las actividades preventivas de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Promover la conformación y funcionamiento del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo dentro de la empresa y actividades con la participación activa de los trabajadores. • Implementar las actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo orientadas a mantener condiciones óptimas de trabajo y minimizar las enfermedades ocupacionales y la contaminación ambiental. • Establecer los programas de prevención y promoción de la salud y el sistema de monitoreo de su cumplimiento. • Cumplir las normas establecidas en el Reglamento Interno y demás leyes, normas y reglamentos propios de las actividades en ejecución. • Lograr que el 100% del personal participe en los cursos de seguridad y salud en el trabajo y entrenamiento en la tarea. • Lograr que el personal ejecute sus tareas bajo niveles aceptables de riesgo y conozca los procedimientos seguros de trabajo. • Identificar las condiciones y acciones subestándares y realizar el levantamiento inmediato de las mismas al 100%. • Lograr que no sucedan accidentes con daños personales y menos aún accidentes fatales, cumpliendo con nuestra filosofía de cero accidentes. • Determinar mensualmente los índices de accidentabilidad en las actividades. Dirección: Programa Comercial Basillos Lopez Silva, Callao, Telf: +51-1-3596224, RPC:+51 980 883 871, email: [email protected]

• Lograr que el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo durante el periodo de ejecución de las actividades no sea menor al 80% con un calificativo de bueno. 6. POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO La política de seguridad y salud en el trabajo, se expresa en el compromiso de la empresa AT ENERGY S.A.C, la cual está orientada a salvaguardar la integridad física y la vida de los trabajadores, los daños a la propiedad, la contaminación del medio ambiente y las pérdidas para la empresa AT ENERGY S.A.C. Para ello, es necesario el control y prevención de la seguridad y salud en el trabajo tal como lo indica La Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, la R.M. N° 111-2013-MEMDM Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad y demás Normas Legales aplicables a las labores a relaizar. A continuación se describe la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa AT ENERGY S.A.C: POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EMPRESA DE CONSTRUCCION Y REPARACION DE BUQUES AT ENERGY S.A.C.; es una empresa que se dedicada la construcción y reparación de buques; consciente de su misión y responsabilidad social, considera que la Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad (SSOMAC), son elementos significativos de su existencia en la gestión empresarial. Por esta razón nos conprometemos a: 1. Prevenir enfermedades, lesiones, contaminación ambiental y fallas en los procesos relacionados con nuestros socios y clientes, realizando mejoras continúas en todas nuestras actividades y en los mecanismos del Sistema de Gestión. 2. Esforzarnos por conocer y mejorar continuamente la Gestión de Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad. 3. Cumplir las leyes y reglamentos locales aplicables; tambien implementando la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo N° 29783, según su reglamento, que conduzca a cumplir con los objetivos y metas. 4. Ejecutar continuamente programas de capacitación y entrenamiento en materia de la Gestión de Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad, como una mejora continua; con el fin de elevar el nivel de conciencia y participación de nuestros trabajadores, proveedores y clientes. 5. Sensibilizar con nuestras acciones a todas las partes involucradas sobre la protección de la Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad, mediante la permanente difusión de esta política. El cumplimiento de esta Política es responsabilidad de la empresa AT ENERGY S.AC., la Línea de Mando y todos los trabajadores. Callao, 21 de Enero de 2020 Dany Aldo Aranda Perez Gerente General Dirección: Programa Comercial Basillos Lopez Silva, Callao, Telf: +51-1-3596224, RPC:+51 980 883 871, email: [email protected]

7. BASE LEGAL El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo se sustenta en: • Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley N° 29783 - Promulgada el 20 de Agosto de 2011. • Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Decreto Supremo N° 005-2012-TR. Del 24 de abril de 2012. • Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo. • Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad 2013. Aprobado por R.M. N° 111-2013-MEM/DM. Del 21 de marzo de 2013. • Ley N° 30222, Ley que modifica diversos artículos de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Del 08 de Julio de 2014. • RNE (Reglamento Nacional de Edificaciónes). • Reglamento de seguridad en la construcción - G050. • Ley N° 26842 - "Ley General de Salud". • Ley N° 27314 - "Ley General de Residuos Sólidos". • Decreto Supremo N° 057-04-PCM - "Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos" • Ley N° 2861. Ley General del ambiente. • Ley de Concesiones Eléctricas - D.L. 25844. • Niveles Máximos permisibles para efluentes líquidos, producto de las actividades de Distribución, Generación y Transmisión de energía eléctrica R. D N° 391 – 96 EM/ SGAA. • Valores Límites Permisibles para Agentes Químicos en el Ambiente de Trabajo D. S. N° 00258-75-SA - 22.09.75. 8. ALCANCES El presente Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo será aplicado por todo el personal que laborará en la empresa AT ENERGY S.A.C. 9. REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN DEL PLAN Los requisitos básicos para la aplicación del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo son: • Compromiso del Gerente general, Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional y su Línea de Mando, con una visión clara de ser los protagonistas en el logro de la meta en materia de seguridad: “CERO ACCIDENTES”, teniendo como base el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Liderazgo de los Directivos, Ingenieros o Supervisores de las labores para motivar a sus trabajadores a participar activamente en todas las actividades previstas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, contribuyendo a su éxito. • Difusión oportuna del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo a toda la organización, con especial explicación de cada una de las actividades al personal operativo. • Apoyo y Coordinación para el éxito del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. Esto se sustenta en su correcta implementación y aplicación, en el cumplimiento de los estándares y en un adecuado control y fiscalización. Dirección: Programa Comercial Basillos Lopez Silva, Callao, Telf: +51-1-3596224, RPC:+51 980 883 871, email: [email protected]

10. RESPONSABILIDADES Y COMPETENCIAS DEL PERSONAL EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 10.1 RESPONSABILIDADES Y COMPETENCIAS DEL GERENTE GENERAL: • Liderar y velar por el fiel cumplimiento de la normatividad legal vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo: leyes, reglamentos, decretos, etc., por parte de todos los trabajadores de las labores bajo su responsabilidad. • Aprobar y emitir la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo de las labores bajo su responsabilidad. • Aprobar los procedimientos que regulen los aspectos necesarios y singulares del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de las labores bajo su responsabilidad. • Aprobar y autorizar el uso de los recursos humanos, materiales y económicos necesarios para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de las labores bajo su responsabilidad. • Aprobar los objetivos cuantitativos y cualitativos que conforman la planificación anual de la actividad preventiva de las labores bajo su responsabilidad. • Aprobar el presupuesto para la ejecución del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de las labores bajo su responsabilidad. • Revisar los resultados del cumplimiento del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo en las labores y tomar las medidas preventivas o correctivas pertinentes y de manera oportuna. • Es el responsable de administrar las labores, el cumplimiento de los trabajos según el Plan establecido, haciéndolos de buena calidad, con seguridad y controlando el medio ambiente. • Constatar que las actividades de las labores se realicen teniendo en consideración de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Verificar que el encargado de las labores realice una adecuada organización del trabajo, una previsión oportuna de los medios necesarios, una programación del trabajo, y que los trabajadores conozcan con detalle el método o procedimiento del trabajo en el que están participando. • Ejecutar una adecuada provisión de los equipos, herramientas y material de seguridad que pueda ser necesario para la ejecución de las labores. • Disponer que se capacite al personal de las labores y al personal de apoyo en los métodos establecidos, procedimientos de trabajo y riesgos específicos de cada tarea. • Coordinar con el Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional, para elaborar los procedimientos de seguridad de los trabajos a ejecutar por el personal de las labores. • Verificar que el personal de dirección de las labores implementen los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, realizando de manera inmediata el levantamiento de las no conformidades.

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• Ejecutar las inspecciones y observaciones planeadas de acuerdo a los estándares en las actividades bajo su responsabilidad. • Participar en la investigación de los accidentes y proponer las medidas correctivas a los accidentes ocurridos al personal bajo su responsabilidad. • Establecer y dar las directivas al encargado de las labores, para implementar un Sistema de Control de Riesgos para evitar los accidentes laborales y lograr optimizar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en las labores. • No autorizar el ingreso de personal que no cumpla con los Procedimientos Administrativos de Seguridad y Salud en el Trabajo para las labores. • Tomar las medidas correctivas y aplicar las sanciones correspondientes al personal que infrinja las normas de seguridad y de salud en el trabajo. • Cumplir con otras funciones de seguridad inherentes a su cargo. 10.2 RESPONSABILIDADES Y COMPETENCIAS DEL INGENIERO DE SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL: • Liderar la implementación y aplicación del Sistema de Gestión del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo indicado por la normativa legal vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, directivas y disposiciones de seguridad de la empresa. • Asesorar al Gerente general y su Línea de Mando respecto a la aplicación de las Normas Legales vigentes en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que debe aplicarse en las labores. • Planificar, organizar, dirigir y controlar la ejecución de las actividades de SST en las labores, orientados a evitar los daños a las personas, a la propiedad y al medio ambiente. • Elaborar los documentos de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, Plan de Contingencias, AST's para las actividades de las labores, Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, Política Ambiental y otros documentos de gestión). • Coordinar con el Gerente general para resolver problemas de seguridad y salud en el trabajo que se presente en las labores. • Verificar que en las labores se aplique y se cumpla con el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Proporcionar las especificaciones técnicas de los equipos de protección personal que debe adquirirse para entregarse al personal en las labores. • Realizar Auditorías Internas en las labores para verificar el cumplimiento de las actividades indicadas en el Plan de SST. • Participar en la investigación de los accidentes y cuasiaccidentes laborales. • Realizar las inspecciones y observaciones de seguridad planeadas e implementar todas las actividades indicadas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Plan de Contingencias. • Elaborar los Informes de Gestión de SST mensual para presentar una copia al cliente y otra al Gerente general. Dirección: Programa Comercial Basillos Lopez Silva, Callao, Telf: +51-1-3596224, RPC:+51 980 883 871, email: [email protected]

• Coordinar en forma continua con el gerente general y su Línea de Mando para tratar y resolver en forma corporativa los problemas de seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente que se presente en las labores. • Hacer cumplir estrictamente los procedimientos e instructivos elaborados para las labores. • Mantener una mutua coordinación con el personal de Supervisión del cliente. • Cumplir con otras funciones inherentes a su cargo. 10.3 RESPONSABILIDADES Y COMPETENCIAS DE LOS TRABAJADORES: • Participar activamente en la ejecución del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de las labores. • Observar y cumplir las normas legales y generales de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como ser especialmente cuidadosos en realizar su trabajo de acuerdo a los procedimientos establecidos. • Informar los accidentes o cuasiaccidentes laborales, acciones y condiciones subestándares que se observe durante la ejecución del trabajo. • Usar obligatoriamente los equipos de protección personal e implementos de trabajo adecuados a la labor que realiza. • Informar y aportar sugerencias respecto a los peligros existentes en los lugares de trabajo. • Participar activamente en todas las actividades que se realicen con el objeto de prevenir accidentes. • Participar en forma obligatoria en las Charlas de Cinco Minutos. • Participar obligatoriamente en los cursos de capacitación mensual en Seguridad y Salud en el Trabajo programados para las labores. • Señalizar obligatoriamente las zonas de trabajo antes de iniciar sus labores. • Realizar otras funciones de seguridad y salud en el trabajo inherentes a su cargo. 11. COMPONENTES DE LA ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 11.1. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LAS LABORES

La seguridad es tarea de todos y cada una de las personas que conforman la organización de la empresa, y no labor exclusiva de unos pocos. La organización del sistema de seguridad y salud en el trabajo de las labores tendrán los siguientes componentes:

EMPRESA AT ENERGY SAC Gerente General

SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

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11.1.1. ORGANIZACIÓN:

El Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo se constituirá en forma paritaria tal como lo establece el Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Decreto Supremo N° 005-2012-TR y el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad 2013. Aprobado por R.M. No. 111-2013-MEM/DM. • Supervisor: …………... 11.1.2. ORGANIGRAMA DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EMPRESA AT ENERGY SAC

SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO GERENTE GENERAL

INGENIERO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

El Supervisor de seguridad se elegirá por medio de votaciones internas, dentro de la empresa . 11.1.3. CONSTITUCIÓN Y VIGENCIA:

El Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa AT ENERGY SAC, quedará constituido al inicio del año 2020, teniendo una vigencia hasta enero del 2022. 11.1.4. REUNIONES DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN TRABAJO:

• Ordinarias : Mensualmente. • Extraordinarias : Cada vez que lo solicite el Supervisor o el gerente general.

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11.1.5. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD

EN EL TRABAJO: • Proponer y recomendar las políticas de seguridad y salud en el trabajo. • Proponer y recomendar actividades para el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa en las labores. Así como reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el referido programa. • Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud de la empresa en las labores y velar por su correcta aplicación, contribuyendo a su difusión y enseñanza. • Velar por la correcta aplicación del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad y mecánica en la ejecución de las labores. • Proponer sanciones administrativas por el incumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa en las labores y reconocimientos al desempeño del personal que destaque por sus acciones o aportes a favor de la prevención. • Analizar las causas de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales emitiendo y difundiendo las recomendaciones correctivas dentro de la empresa para las labores. • Verificar que se realice en forma inmediata la investigación de los accidentes incapacitantes y mortales de trabajo ocurridos en su ámbito. • Velar que se haga reconocimientos médicos profesionales a todos los trabajadores de las labores al menos ua vez al año (inicio de año) y en los casos que se requieran. • Comprobar la vigencia y actualización del Plan de Contingencias para la atención de situaciones de emergencia. • Analizar los reportes y registros de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales; y, canalizarlos ante los niveles correspondientes para aplicar las medidas correctivas o de control necesarias. • Promover y vigilar que se establezca prácticas de primeros auxilios; y, de atención de emergencia para el personal trabajador. • Participar en las inspecciones períodicas de las áreas de trabajo a fin de verificar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo; e informar a la dirección de la empresa de los defectos y peligros detectados, proponiendo la adopción de medidas preventivas necesarias y oportunas para reducir riesgos de accidentes y enfermedades profesionales. • Promover y verificar la difusión de los conceptos de seguridad y salud en el trabajo mediante conferencias, cursillos, prácticas y simulacros, sistemas de señalización, concursos sobre el tema y el establecimiento de un sistema de sugerencias de los trabajadores. • Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los precedentes de la actividad del servicio de seguridad y salud en el trabajo.

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• Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas del trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo. • Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa de seguridad y salud en el trabajo de las labores, y en forma extraordinaria para evaluar accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan. 12. IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 12.1. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS:

1.

2.

3.

4. 5. 6. 7. 8.

Caídas al mismo nivel del personal sufriendo golpes y traumatismos en diferentes partes del cuerpo con lesiones leves o graves al trasladarse en las diferentes zonas donde se ejecutará los trabajos de las labores. Caídas a distinto nivel del personal sufriendo golpes, traumatismos, fracturas, cortes con lesiones leves, graves o fatales al caer de los postes o por pendientes durante la ejecución de sus labores. Contacto con energía eléctrica por parte del personal, sufriendo quemaduras o electrocución con lesiones graves o fatales al realizar los diversos trabajos cercanos a circuitos eléctricos energizados. Golpes, por herramientas y materiales que pueden caer de altura lesionando al trabajador con consecuencias leves o graves. Exposición a ruidos de maquinaria, generando daños al Sistema Auditivo. Impacto de partículas a la vista, generando lesiones a la vista leves o graves. Exposición a polvos, gases y humos al mantenimiento de motores, generando daños a las vías respiratorias, etc. Atropellamiento del personal en vías de tránsito vehicular, con consecuencias graves o fatales.

12.2. ELABORACIÓN DE PLANES Y PROCEDIMIENTOS:

La Empresa basada en la Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos desarrolladas para las actividades en las labores, ha tomado en cuenta los diversos niveles de riesgo para dichas actividades, y ha previsto para ello la elaboración y desarrollo de: 1. 2. 3. 4. 5.

El Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo. El Plan de Contingencias de las labores. El Análisis de Trabajo Seguro o ATS. Los Procedimientos de Trabajo Seguro o PETS. Otros que sean necesarios para las labores.

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12.3. IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN

EL TRABAJO PROPIAMENTE DICHO: La empresa AT ENERGY SAC, tomando en cuenta La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, su reglamento, y el Reglamento de Seguridad, Salud en el Trabajo con Electricidad; y siguiendo los lineamientos y la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Concesionaria Electro Oriente a quien prestámos nuestros servicios, considerará en el presente Plan, diversas actividades, las cuales están integradas en forma sistemática en las actividades principales siguientes: A) LIDERAZGO Y ADMINISTRACIÓN  Organización del Comité de Seguridad para las labores.  Reuniones del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo en las labores.  Capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo.  Plan de Charlas de Seguridad.  Manuales, Reglamentos y Políticas de Seguridad,  Motivación, Promoción y Difusión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.  Auditorías de Seguridad y Salud en el Trabajo.  Evaluación de la Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de las labores.  Presentación del Informe de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo al cliente. B) INSPECCIÓN PLANEADA Y MANTENIMIENTO  Inspecciones y Observaciones Rutinarias.  Inspecciones y Observaciones Planeadas. C) INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES - Índices de Accidentabilidad. - Reporte e Investigación de Accidentes.

D) REGLAS Y PERMISOS DE TRABAJO - Identificación y Control de Personal. - Supervisión de Seguridad en los trabajos de la ejecución de las labores. E) ENTRENAMIENTO Y CONOCIMIENTO EN LA TAREA - Cursos de Entrenamiento en la Tarea. - Talleres de Formación Laboral. F) CONTROLES DE EE.PP's - Plan de Dotación y/o Renovación de Ropa de Trabajo e Implementos de Protección Personal.

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G) CONTROL DE SALUD EN EL TRABAJO - Capacitación en Salud Ocupacional. - Evaluación Física y Mental. H) PREPARACIÓN PARA EMERGENCIAS - Plan de Sistemas y Equipos Contra Incendio. - Señalización de Oficinas y Zonas de Trabajo. - Plan de Contingencias. - Difusión del Plan de Contingencias. - Simulacros de Sismos. - Simulacro de Incendios. 13. ACTIVIDADES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO A IMPLEMENTARSE EN LAS LABORES 13.1.

INSTALACIÓN DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 13.1.1. Instalación del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo de las labores. RESPONSABLES: Supervisor de SST a cargo de un trabajador de la empresa. ESTÁNDAR: • La instalación del Supevisor se realizará al inicio del año.

13.2.

REUNIONES DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 13.2.1. Reunión Ordinaria del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST). 13.2.2. Reuniones Extraordinarias del Supervisor de SST. RESPONSABLE: Supervisor de SST a cargo de un trabajador de la empresa. ESTÁNDAR: • Las Reuniones Ordinarias del Supervisor de SST se realizarán mensualmente. • Las Reuniones Extraordinarias del Supervisor de SST a solicitud del generente general para tratar algún tema de emergencia.

13.3.

PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL 13.3.1. FORMACIÓN EN SEGURIDAD. 13.3.1.1. Inducción a la Seguridad y Salud en el Trabajo, Política de Seguridad y Salud en el Trabajo. 13.3.1.2. Primeros Auxilios en Emergencias Eléctricas. 13.3.1.3. Riesgo Eléctrico y las 5 Reglas de Oro. 13.3.1.4. Aplicación del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y el RESESATE 2013. 13.3.1.5. Inspecciones y Observaciones de Seguridad. 13.3.1.6. Protección contra caídas de altura. 13.3.1.7. Supervisión eficaz. 13.3.1.8. Investigación de Accidentes y Cuasiaccidentes. 13.3.1.9. Causalidad de Pérdidas y Sistemas de Prevención y Control de Incendios. RESPONSABLES:

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El cumplimiento del desarrollo de los cursos de seguridad será de responsabilidad del Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional de las labores. La ejecución estará a cargo del Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional de la empresa. ESTÁNDAR: El curso de Inducción en Seguridad y Salud en el Trabajo, Políticas de Seguridad y Salud en el Trabajo, Primeros Auxilios, Riesgos en Instalaciones Eléctricas, Aplicación del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y RESESATE 2013 se dará al personal seleccionado antes que inicien sus laborares contratadas por el Cliente. Los demás cursos se desarrollarán de acuerdo al Cronograma. 13.3.2. PROGRAMA DE SALUD EN EL TRABAJO 13.3.2.1. Charla sobre Ergonomía. 13.3.2.2. Charla sobre Ruido. 13.3.2.3. Charla sobre Prevención de Stress. 13.3.2.4. Charla sobre Protección Respiratoria. 13.3.2.5. Charla sobre Protección de la Vista. 13.3.2.6. Charla Psicológica. 13.3.2.7. Uso adecuado y Mantenimiento de EPP'S 13.3.2.8. Interpretación Ley SST 13.3.2.9. Manejo defensivo automoviles 13.3.2.10. Primeros auxilios 13.3.2.11. Autocuidado 13.3.2.12. "Simulacros: - Frente a accidentes electricos - Primeros Auxilios - Frente a desastres Naturales" 13.3.2.13. Respuesta ante emergencias 13.3.2.14. Evacuación y rutas de escape 13.3.2.15. Analisis de Trabajo Seguro (ATS)/Prevención Riesgos Laborales RESPONSABLE: Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional de la empresa. ESTÁNDAR: Según cronograma. 13.3.3. PROGRAMA DE GESTIÓN AMBIENTAL. 13.3.3.1. Charla de Manejo y Control de Residuos Sólidos, Almacenaje, Transporte y Disposición Final. 13.3.3.2. Charla de Manejo y Control de Emisiones Gaseosas. 13.3.3.3. Charla de Manejo y Control de Efluentes Líquidos. 13.3.3.4. Charla sobre Contaminación Acústica. RESPONSABLE: Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. ESTÁNDAR: Según cronograma.

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13.3.4. CURSOS DE ENTRENAMIENTO EN LA TAREA. 13.3.4.1. Cursos de Entrenamiento en la Tarea o Reciclaje según avance de las labores. RESPONSABLE: La ejecución de los Cursos de Entrenamiento en la Tarea estará a Cargo del encargado de las labores. ESTÁNDAR: Los cursos se desarrollarán según el avance de las labores. 13.4.

PROGRAMA DE INSPECCIONES DE SEGURIDAD 13.4.1. RUTINARIAS (I.R): Se realiza al supervisar los trabajos, con la finalidad de: verificar el estado de los implementos de protección personal a usar en las labores, revisión de los elementos de señalización, herramientas de trabajo y vehículos de transporte de personal y materiales. 13.4.2. PLANEADAS (I.P.): Se realiza periódicamente con la finalidad de verificar los implementos de protección personal, herramientas, estado de vehículos, elementos de señalización, materiales y condiciones de trabajo, para corregir deficiencias, que puedan causar pérdidas. RESPONSABLE: Las Inspecciones Rutinarias serán efectuadas por los Supervisores de seguridad. Las Inspecciones Planeadas serán ejecutadas por el Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional de la empresa. ESTÁNDARES: Inspecciones Rutinarias: Según cronograma. Inspecciones Planeadas: Según cronograma.

13.5.

PROGRAMA DE OBSERVACIONES DE SEGURIDAD 13.5.1. RUTINARIAS (O.R.): Del uso de los implementos de protección personal, herramientas y equipos básicos de emergencia en los vehículos. Uso de los elementos de señalización y observar los procedimientos de ejecución de las tareas, aplicando los ATS. 13.5.2. PLANEADAS (O.P.): Observaciones periódicas del uso de los implementos de protección personal, uso adecuado de herramientas y el cumplimiento de los procedimientos de ejecución de las tareas, según los ATS. RESPONSABLES: Las Observaciones Rutinarias serán efectuadas por el Ingeniero de seguridad y salud ocupacional. Las Observaciones Planeadas serán ejecutadas el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo. ESTÁNDARES: Observaciones Rutinarias: Según cronograma. Observaciones Planeadas: Según cronograma.

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13.6.

PROGRAMA DE CHARLAS DE SEGURIDAD 13.6.1. Charlas de Seguridad de 05 Minutos Se realizará antes del inicio de cada tarea, con la finalidad de dar a conocer a todo el personal el trabajo a ejecutar e identificar los riesgos potenciales en las tareas y tomar las medidas preventivas. RESPONSABLE: El dictado de la Charla de Seguridad de 5 Minutos, estará a cargo del Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional, el Ingeniero Asistente de Seguridad o el encargado del trabajo. ESTÁNDAR: Se realizará una charla diaria por cada grupo de trabajo antes del inicio de las labores en el campo.

13.7.

PROGRAMA DE CONTROL DE UNIDADES DE TRANSPORTE 13.7.1. Control de unidades de transporte de personal. 13.7.2. Control de unidades de transporte de material. RESPONSABLE: La verificación estará a cargo del Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. ESTÁNDAR: 02 verificaciones al mes, cada 15 días.

13.8. PROGRAMA DE DOTACIÓN O RENOVACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL • Camisa de trabajo 100% algodón sin partes metálicas. • Pantalón de trabajo 100% algodón sin partes metálicas. • Zapatos de seguridad con plantilla dieléctrica normalizada. • Botas de Jebe. • Cascos de seguridad dieléctricos con suspensión flexible y barbiquejo. • Lentes contra impacto y golpes. • Respirador contra polvo o gases. • Orejeras o tapones de oídos. • Guantes de cuero liviano. • Guantes dieléctricos para MT y BT de caucho. • Guantes de badana para proteger a los guantes dieléctricos. • Guantes de algodón debajo de los guantes dieléctricos. • Arnés o cinturones de seguridad con sus sogas de anclaje y estrobos de sujeción. RESPONSABLES: El Ingeniero encargado de las labores planificará los requerimientos de equipos de protección individual para las labores, coordinando con el Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional, referente a las especificaciones técnicas de estos equipos, solicitando al área de Administración su compra. ESTÁNDARES: Los equipos de protección individual serán entregados al personal un día antes de ingresar a laborar y se le renovará cuando estos estén en mal estado; en ambos casos se registrará la entrega de los EPP en el respectivo formato de control individual de entrega de EPP.

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13.9. PROGRAMA DE INSTALACIÓN Y CONTROL DE EQUIPOS CONTRA INCENDIOS 13.9.1. Instalación de equipos contra incendios en oficinas, almacenes y vehículos de transporte. 13.9.2. Recarga y mantenimiento de extintores instalados en oficinas, almacenes y vehículos de transporte. RESPONSABLE: La instalación de los equipos contra incendios (extintores), en oficinas y vehículos estará a cargo del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo de las labores ESTÁNDAR La instalación será al inicio de las labores y mensualmente se verificará su estado o condición. 13.10. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS EN LAS ACTIVIDADES. 13.10.1. Identificación de Peligros y Riesgos en las labores. RESPONSABLE: Comisión de Estudio de Riesgo. ESTÁNDAR: Según el Cronograma. 13.11.PROGRAMA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DEL PERSONAL 13.11.1. Dotación de Fotocheck. 13.11.2. Control del uso de Fotocheck. RESPONSABLE: Administrador y el Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. ESTÁNDAR: Cada vez que ingrese un nuevo trabajador, por el deterioro o término de vigencia. 13.12.SEÑALIZACIÓN DE OFICINAS, ALMACENES Y ZONAS DE TRABAJO. 13.12.1. Señalizar las rutas de escape en oficinas y almacenes. 13.12.2. Señalizaciones de las zonas internas y externas para casos de sismos. 13.12.3. Verificar, completar y/o renovar los elementos de señalización para los trabajos cuando sea necesario. RESPONSABLE: La señalización de oficinas y almacenes estará a cargo del Administrador de la empresa y el Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. La verificación de la señalización en la zona de trabajo estará a cargo de los Maestros de los frentes de trabajo y el Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. ESTÁNDAR: Un reporte mensual. 13.13.SISTEMA DE EMERGENCIA EN LAS LABORES 13.13.1. Elaboración del Plan de Contingencias para las labores. 13.13.2. Difusión del Plan de Contingencias 13.13.3. Simulacro de Sismos. 13.13.4. Simulacro de Extinción de Incendios.

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RESPONSABLE: Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional y las Brigadas de Emergencia. ESTÁNDAR: La elaboración del Plan de Contingencias se realizará al inicio de las labores. La difusión según el Cronograma y Simulacros según Cronograma. 13.14.MANUALES, REGLAMENTOS Y POLÍTICA DE SEGURIDAD 13.14.1. Entrega del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo. 13.14.2. Entrega de las Políticas de Seguridad y Salud en el Trabajo. 13.14.3. Entrega de Cartilla de Prevención de Riesgos y Firma del Compromiso de Fiel Cumplimiento de las Normas de Seguridad. RESPONSABLE: Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. ESTÁNDAR: Un reporte del registro de entrega, cada vez que ingrese un trabajador. 13.15.MOTIVACIÓN, PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LA SEGURIDAD 13.15.1. Implementar el Periódico Mural de Seguridad en la empresa. 13.15.2. Colocación de afiches de seguridad. 13.15.3. Premiación al mejor trabajador en seguridad. RESPONSABLE: supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. ESTÁNDAR: La instalación del periódico mural se hará al inicio de cada mes, la renovación del contenido del periódico mural y afiches de seguridad será mensualmente y la premiación cada 02 meses. 13.16.AUDITORÍAS DE SEGURIDAD, SALUD Y MEDIO AMBIENTE 13.16.1. Auditoria Interna de Seguridad y Medio Ambiente. RESPONSABLE: Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional y Auditores internos capacitados. ESTÁNDARES: Una vez antes que culmine las labores. 13.17.ÍNDICES DE ACCIDENTABILIDAD 13.17.1. Reporte de los accidentes y cuasiaccidentes. 13.17.2. Investigación de Accidentes. 13.17.3. Reporte de las Horas Hombre trabajadas. 13.17.4. Cálculo de los Índices de Frecuencia y Gravedad de los Accidentes. RESPONSABLES: Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. ESTÁNDAR: Los índices se calcularán mensualmente.

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13.18.ACTIVIDADES DE SALUD EN EL TRABAJO 13.18.1. Examen Médico Inicial. 13.18.2. Evaluación Psicológica. 13.18.3. Trámite de SCTR - Salud, SCTR - Pensiones y Pólizas de Accidente Personales. 13.18.4. Implementación e Inspección de Botiquines de Primeros Auxilios y Equipos de Emergencia.

RESPONSABLES: Los responsables de los exámenes médicos y la evaluación psicológica serán el Administrador de la empresa en coordinación con el Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. La implementación de los botiquines y equipos de emergencia estará a cargo del Administrador y Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa. Los responsables del trámite de SCTR - Salud, SCTR - Pensiones y Pólizas de Accidentes Personales será el Administrador y el Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. ESTÁNDARES: El examen médico inicial y la evaluación psicológica lo realizará el propio trabajador presentándolo como un requisito para ingresar a laborar. Los exámenes médicos periódico y post laboral se realizarán en cuanto el Ministerio de Trabajo apruebe las guías de diagnóstico para exámenes médicos obligatorios por actividad, los protocolos, la regulación de los exámenes médicos en contratos temporales de corta duración. Los Seguros y Pólizas serán gestionados por la Empresa antes que ingrese un nuevo trabajador. 13.19.ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN AMBIENTAL 13.19.1. Reporte del Manejo y Control de Residuos Sólidos en las labores. 13.19.2. Colocación de Contenedores de Residuos Sólidos. RESPONSABLE: Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. ESTÁNDAR: Se reportarán mensualmente los aspectos ambientales (sólidos, líquidos, gaseosos), que se han identificado en las labores y sus medidas de control. 13.20. PREPARACIÓN Y EVALUACIÓN DEL INFORME DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 13.20.1. Preparación del Informe de Gestión. 13.20.2. Evaluación del Informe de Gestión según los estándares. RESPONSABLE. Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. ESTÁNDAR. Éste se realizará mensualmente.

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AÑO 2017

13.21.PRESENTACIÓN DEL INFORME DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 13.21.1. Presentación del informe de seguridad y salud en el Trabajo a la Empresa. 13.21.2. Presentación del Informe de Seguridad y Salud en el Trabajo al Cliente. RESPONSABLE: Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. ESTÁNDAR: Un informe mensual. 14.

CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA LAS ACTIVIDADES El Cronograma de Actividades se adjunta a continuación:

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15.

RECURSOS A EMPLEARSE EN EL PLAN A. HUMANOS •Gerente general. •Administrador •Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocuipacional. B. MATERIALES •Útiles de escritorio. •Cámara fotográfica. •Videos. •Data Show. •Separatas. •Vehículo para realizar Inspecciones y Observaciones de Seguridad. C. ECONÓMICOS •Recursos asignados por la empresa para implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa. •Pago de Profesionales Externos. •Gastos de Movilidad para Inspecciones y Observaciones de Seguridad. •Gastos para Informes de Gestión, y otros en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

16.

INSPECCIÓN Y REPORTE DE INCIDENTES Y ACCIDENTES a) Inspección de Accidentes: Mediante el formato de Informe de Investigación, se llevará a cabo una investigación de todos los accidentes que ocurran en el proyecto, incluso no restringe la posibilidad de que los incidentes sean objeto de similar tratamiento; el objetivo de esta actividad es establecer las causas que originaron este evento y proponer las medidas de control y así evitar su repetición. Servirá también este informe para documentar la ocurrencia del accidente en sus datos fundamentales.

b) Comunicación de los accidentes: A través de la correcta tramitación y distribución del formato de Informe de Investigación se mantendrá informado tanto al cliente como al Gerente de la empresa, adicionalmente se informará al personal de la empresa las estadísticas de accidentes actualizados. c) Base de datos de Incidentes /accidentes: Utilizando el formato “registro de incidentes y accidentes” se llevara un control de cada incidente /accidente ocurrido, registrando los datos más importantes de cada caso que sirve para efectuar posterior análisis casuístico. 16.1. REPORTE DE ACCIDENTES Secuencia de avisos al ocurrir un accidente:

 Ocurrido el accidente leve, grave o fatal los trabajadores testigos comunicarán en forma inmediata a su jefe de grupo o supervisor.  El supervisor o jefe de grupo comunicará inmediatamente el accidente al Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional.  El Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional comunicará en forma inmediata al Gerente gerente.  El Gerente general de la empresa comunicará al jefe del cliente, coordinando las acciones respecto a la investigación del accidente y el reporte a MTPE en y/o OSINERGMIN en caso sea necesario. A.1. Reporte Externo del Accidente (Cliente) El Supervisor de Seguridad y Salud en coordinación con el Gerente de Proyecto donde ocurrió el accidente, remitirán al cliente de ser necesario el reporte definitivo del accidente en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el hecho. El reporte del accidente se llenará en los formatos elaborados y aprobados por el departamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa AT ENERGY SAC. . A.2. Responsabilidades y Obligaciones en la Prevención de los Accidentes  Liderar e implementar las actividades de prevención de riesgos contenidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de las labores.  Realizar las inspecciones planeadas y no planeadas en el campo de trabajo para verificar la ejecución de los trabajos y realizar sus inspecciones y observaciones planeadas referente a las acciones y condiciones subestandar presentes en la ejecución de las tareas, instalaciones, equipos, herramientas, EPP, vehículos, etc.  Tomar las medidas correctivas para eliminar, reducir o controlar los actos o condiciones Subestandares y evitar la probabilidad de ocurrencia de accidentes laborales. A.3. Investigación y Reporte de los Accidentes El Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo comunicará al Gerente, al tomar conocimiento del accidente, este se deberá trasladar al lugar del accidente con la finalidad de:  Indagar, tomar fotografías al trabajador accidentado, de los implementos de protección personal y herramientas que utilizaba, haciendo un croquis del lugar.  Solicitar información a los testigos que vieron el accidente, determinar la fecha y hora en que ocurrieron.  Tratar de reconstruir la forma como sucedió el accidente, logrando determinar las causas directas e indirectas que causaron el accidente.  Tomar datos, referente al trabajo que estuvo realizando el accidentado. La información para realizar el reporte del accidente debe ser recabada lo antes posible después de ocurrido el accidente. En la toma de datos para la investigación del accidente podrá estar presente el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo. Según la gravedad del accidente, la comisión de investigación, estará conformada por: Accidentes Leves:  El Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional. Dirección: Programa Comercial Basillos Lopez Silva, Callao, Telf: +51-1-3596224, RPC:+51 980 883 871, email: [email protected]

 Un trabajador testigo del accidente. Accidentes Grave:  El Gerente general.  El Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.  Dos trabajadores testigos del accidente. Accidente Fatal (Muerte):  El Gerente de la Empresa.  El Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional.  Testigos.  El Jefe de Seguridad y Salud ene le Trabajo del cliente. Luego de realizada la investigación, la comisión deberá elaborar el informe correspondiente, que será registrado en el formato de Investigación de Accidentes de Trabajo de la empresa AT ENERGY SAC., en este se deducirán las causas que originaron el accidente y las recomendaciones que se deben adoptar. 16.2. PROCEDIMIENTO PARA EL REPORTE DE INCIDENTES A.1. Investigación y Reporte de un Incidente:  Ocurrido un incidente a un trabajador, éste comunicará en forma inmediata a su capataz o jefe de grupo.  El capataz o jefe de grupo comunicará al Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional quien preparará el informe en el formato de reporte de incidentes, presentará al Gerente general de la empresa en un plazo de 24 horas de ocurrido el Incidente.  El Ingeniero de Seguridad e Higiene Ocupacional y el supervisor analizarán el informe del incidente y si fuera necesario profundizarán la investigación y determinar las causas que dieron lugar a este hecho.  Las causas y las recomendaciones serán difundidas a los encargados de las labores, personal Técnico Operativo de la empresa AT ENERGY SAC a través del departamento de Seguridad y Salud ene el Trabajo a fin de que se tomen las medidas correctivas para evitar la ocurrencia de incidentes similares que posteriormente puedan derivar en un accidente laboral.  El Departamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa archivará los registros para llevar una estadística y ver el nivel de incidencia de la misma. 17.

POLÍTICAS DISCIPLINARIAS Para poder mantener a la empresa como un lugar seguro y saludable y trabajar en forma ordenada se aplicará, medidas disciplinarias por infracciones y violaciones a las normas de seguridad establecidas en las políticas generales en seguridad de la empresa, los cuales se les aplicará con rigor sistemático de acuerdo a: Cada vez que se haga observaciones por el incumplimiento del programa o de otras normas aplicables, el trabajador y su supervisor serán notificados por escrito en la notificación de recomendaciones, amonestaciones, suspensión, de las cuales se llevará un

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archivo y un récord de los trabajadores infractores. El criterio para la aplicación de las notificaciones será el siguiente: a) Infracción que origine o pueda originar una lesión seria o grave menor para el causante o terceros: 1ra Vez: Amonestación. 2da Vez: en una infracción similar de 1 a 3 días de suspensión de acuerdo a la gravedad de la falta. 3ra Vez: separación o liquidación de sus labores. b) Infracción que origina o pueda originar una lesión menor al causante o a terceros, incluidas las fallas de carácter administrativo como son: no usar uniforme, llegar tarde al lugar de trabajo, no asistir a las charlas de seguridad, fumar en lugares prohibidos, jugar de manos, comportamiento inadecuado: 1ra Vez Amonestación. 2da Vez Amonestación por reincidencia. 3ra Vez un día de suspensión. 4ta Vez tres días de suspensión. 5ta Vez separación o liquidación de sus labores. Cuando una condición o acto que pueda poner en peligro la Seguridad o Salud del personal o donde puede haber daño a la propiedad o al medio ambiente, los funcionarios de la empresa AT ENERGY SAC. Tienen la facultad de paralizar las actividades que presenten riesgo hasta verificar que realmente se cumplan con las normas y /o procedimientos seguros de trabajo. También se cuenta con un Reglamento Interno en el que se contempla con mayor detalle éstos aspectos, y el cual se difundirá a todo el personal de la presentes labores. 18.

INCENTIVOS DE SEGURIDAD Realizada por la gerencia de la empresa para evidenciar el apoyo a la correcta gestión y actitud frente de prevención de riesgos del proyecto, el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabjo del proyecto propondrá a la administración un procedimiento adecuado de acción, que signifique reconocimiento, estímulo, para los trabajadores que lo merezcan. La supervisión deberá instruir de manera que el personal participe en forma positiva y que esta sea tomada en cuenta cuando el caso lo ameríte. Se llevará un cuaderno de registro de todas aquellas sugerencias.

19.

EMERGENCIAS El personal deberá ser atendido inicialmente en las labores y de ser el caso, evacuado a la posta médica y/o hospital más cercano o si la lesión es mayor a la clínica afiliada al Seguro de Salud más cercana a las labores. También se cuenta con un Plan de Contingencia el cual se difundirá a todo el personal de la presente empresa.

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ANEXO No 01: Formatos de Seguridad. 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7) 8) 9) 10)

Charlas de 5 minutos. Charla preventiva para inicio de actividades. Permiso de trabajo. Inspección pre-uso de vehículos. Formato de inspección vehicular Formato de inspección de unidades pesadas. Cartilla de prevención de riesgos. Formato de inducción de seguridad salud y medio ambiente interna y externa. Formato de entrega de equipos de protección personal. Formato de análisis de riesgos.

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ANEXO N° 02 Cinco Reglas de Oro Fase 1: Supresión de la tensión: Una vez identificados la zona y los elementos de la instalación donde se va a realizar el trabajo, y salvo que existan razones esenciales para hacerlo de otra forma, se seguirá el proceso que se describe a continuación, que se desarrolla secuencialmente en cinco etapas: 1º. Abrir con corte visible todas las fuentes de tensión 2º. Prevenir cualquier posible realimentación: enclavar-bloquear.

5 REGLAS DE ORO

3º. Verificar la ausencia de tensión. 4º. Puesta a tierra y en cortocircuito de todas aquellas posibles fuentes de tensión. 5º. Delimitar y señalizar la zona de trabajo.

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