Procesal Administrativo Ii 1er Parcial

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PROCESAL ADMINISTRATIVO II 1ER PARCIAL 1. ¿Por qué surge el derecho procesal administrativo=(DPA)? Surge para el control jurisdiccional de la actividad del poder ejecutivo, consagrado en normas constitucionales. 2. ¿Qué sucede cuando los recursos administrativos no resuelven el derecho vulnerado en el tiempo y espacio a los administrados? Se obliga al poder ejecutivo a que, x medio de la acción de amparo agote la vía administrativa definitivamente (art. 10 e) y f) LAEPyC) 3. ¿Cuál es el objeto del control jurisdiccional? Q todo el ejercicio de la función pública esté sujeto al principio de legalidad, cuya actividad se lleva a cabo en: 1. La política: se lleva a cabo a través de la interpelación por el Congreso; 2. En lo personal: están sometidos a la jurisdicción ordinaria; 3. Administrativa: esta actividad se lleva a cabo a través de los trámites de lo contencioso administrativo. 4. ¿Cuál es la finalidad, entonces, del DPA? Que los actos actividad administrativa se ajuste a la legalidad y juridicidad. 5. ¿Cuáles son los 2 grandes momentos de estudio del DPA? El estudio de los procedimientos administrativos y el estudio del proceso contencioso administrativo (fase de enjuiciamiento) 6. ¿Q se entiende x procedimiento administrativo? Es la forma o conjunto de actos tendientes a producir y ejecutar un acto administrativo. Es pues, una formalidad que genera una serie de actos sucesivos hasta alcanzar el resultado esperado. 7. ¿Cómo se ha justificado el sometimiento de la administración pública a un encauce procesal formal? 1. Como una garantía para el interés público y 2. Como garantía de los derechos de los particulares. ¨**Es importante acotar que, el proceso administrativo debe estar agotado plenamente para poder acudir a plantear el proceso contencioso administrativo. 8. PRINCIPIOS DEL DPA: (fundamentales: 1. Legalidad y 2. De audiencia) 1. Legalidad: principio que junto con el de juridicidad que ordena que toda función pública se dé dentro de la ley y la justicia. 2. Audiencia: Busca q toda resolución legal sea debidamente notificada al administrado, con efectos para darle la oportunidad que se defienda ante aquellas resoluciones que no le son favorables. Existen 2 tipos de resoluciones: de forma y de fondo. 3. P. de seguimiento de oficio: una vez impulsado el trámite, el órgano administrativo está obligado a darle seguimiento de oficio. 4. Informalidad: no exige mayores formalismos legales. 5. Publicidad limitada: Los actos administrativos en sí son públicos; con excepción de los asuntos militares, diplomáticos y aquellos que están en reserva x terceros (30 CPRG) 6. Rapidez, sencillez y eficacia: trata de evitar la burocratización. 7. Gratuito: (2 LCA) 8. De formalización x escrito: es xq se formaliza un expediente administrativo. 9. ELEMENTOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO: 1. Conjunto de etapas y fases: Constituido por pasos y actividades q se realizan 2. Órgano administrativo: la existencia de un órgano competente 3. Competencia administrativa: sin este elemento toda acción es nula. 4. El administrado: quien pide. 10. Características del PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO: sencillez, rapidez, informalidad, sistema de prueba legal, publicidad limitado (solo los interesados pueden conocer

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las resoluciones), prevalencia del sistema escrito e iniciación de oficio: este procedimiento es regularmente a petición de parte; pero, también se puede realizar de oficio. Ej. el cobro de impuestos al administrado por parte del órgano. 11. Fases del Procedimiento administrativo: iniciación, prueba y conclusión. 12. ¿Cuáles son las formas de iniciación del PA? 1. A petición de parte y 2. De oficio.. VICISITUDES DEL PA. (conjunto de actividades p/formar el expediente respectivo) 13 ¿Q son los decretos de trámite? Es la resolución q emite la aut. administrativa al momento de iniciarse el proceso. En Guatemala es llamada también providencia de trámite. (1 LCA) 14. ¿En q consisten las notificaciones administrativas? En poner en conocimiento del administrado lo resuelto por el órgano acudido y se clasifican: 1. Notificaciones personales: son las q se realizan desde las oficinas, donde hacen el llamamiento al administrado, ej. x teléfono o telegrama. 2. X cédula: Se hace entrega de una copia de la resolución al administrado en su casa. 3. X edicto: se hacen a través del Diario Oficial. 4. X los estrados: son las resoluciones q se colocan en un tablero en las entradas de las dependencias administrativas, y se envía x correo una copia al administrado. 15. EFECTOS DE LA NOTIFICACIÓN: 1. Obliga, perjudica o beneficia al administrado; 2. Efectuada la notificación, el órgano no puede modificar o revocar la resolución; 3. Determina el plazo legal para la impugnación; el cual empieza el día siguiente. 16. ¿Cuándo se da la intervención de terceros? Cuando éstos se ven afectados; y si no se les notifica, pueden impugnar la decisión final, obstaculizando su efecto. 17. Diligencias (pruebas): son el conjunto de actividades practicadas para la obtención material de resultados, y se pueden señalar las siguientes: A: Las inspecciones: se realiza x medio de la competencia q tiene la autoridad administrativa recurrida. No se deben confundir con reconocimientos judiciales. B. Los informes: son los que rinden los distintos órganos involucrados C. Las declaraciones: son como testimonios que pueden darse x escrito u oralmente. D. Los expertajes: son los resultados de estudios realizados y pueden establecer la verdad o falsedad de un hecho. E. Los documentos: Son las constancias q exteriorizan los hechos, ej. un IP de un Notario. 18. Dictámenes jurídicos: documentos especializados, donde se establece un criterio técnicojurídico y que la admón tiene q tomar en cuenta (3 LCA). Por aparte, la intervención de la PGN se da solo en virtud de la ley y se produce a través del llamado DICTAMEN FACULTATIVO. 19. ¿En q consiste la resolución administrativa? Es por medio de ña cual la administración declara su voluntad sobre el fondo del asunto, conteniendo efectos jurídicos para los interesados. 20. Principios de las resoluciones administrativas: 1. Obligación de resolver y 2. Se debe resolver de conformidad con un procedimiento administrativo. 21. En nuestro ordenamiento jurídico-administrativo, ¿cuáles son las clases de resoluciones? 1. De trámite=providencias. Y 2. De fondo u originarias (defenitivas). 22. Requisitos de una resolución administrativa: 1. # de registro de la resolución; 2. Autoridad requerida; 3. Lugar y fecha; 4. Referencia del asunto; 5. Identificación del interesado; 6. Motivaciones; 7. Fundamento legal; 8. Declaración de la entidad; 9. Firma del funcionario competente; y, Firma del secretario General de la entidad (refrendo →x viceministro)

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23. ¿Q es un recurso administrativo? Es un medio dado x el derecho para obtener q la administración pública en vía administrativa, revise un acto y lo confirme, modifique o revoque. 24. ELEMENTOS DE UN RECURSO ADMINISTRATIVO: 1. La existencia de una resolución q lesione un derecho; 2. El señalamiento de u plazo (5 días); 3. Existencia de una ley; 4. Una ley q fije la autoridad administrativa; 5. La obligación de la autoridad revisora de dictar una nueva resolución en cuanto al fondo. 25. ¿Cuál es el objeto del planteamiento de un recurso administrativo? Es el de revocar, confirmar, modificar o sustituir una resolución administrativa. 26 Y ¿Cuál es la finalidad? Obligar al órgano a revisar sus propios actos para no llegar a la via contenciosa. 27. ¿Cuál es el efecto de la interposición de un recurso administrativo? Que no suspende la ejecutoriedad de la resolución. 28. Requisitos para interponer un recurso administrativo: 1. Subjetivos: A: el recurso debe dirigirse al órgano competente; B. Tener capacidad legal para actuar (art. 10 LCA). 2. Objetivos: A: El recurso debe fundamentarse en ley; B. El recurso debe ser de la misma materia administrativa; y, C: De la actividad: A. Debe ser presentado al lugar, en el plazo que corresponde y con las formalidades legales que a cada caso corresponde.

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