Procedimiento Formulario Romano

Procedimiento Formulario Romano Origen Histórico Jurídico: El ser humano, a través de su historia siempre a buscado el

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Procedimiento Formulario Romano

Origen Histórico Jurídico: El ser humano, a través de su historia siempre a buscado el ejercicio de la legalidad, de la justicia y la defensa de los derechos como parte de la preservación de la convivencia social y el orden público que caracteriza una sociedad civilizada, dando lugar a la creación del conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta de los individuos en sociedad (Derecho Objetivo), y la facultad que se tiene para exigir el cumplimiento de la norma (Derecho Subjetivo) y que en suma, aplicados a un procedimiento y acciones , es en principio de lo que hoy conocemos como Derecho. Para comprender el derecho contemporáneo es importante retomar las aportaciones que la civilización romana hizo al respecto. Para la impartición de justicia y legalidad, los romanos crearon tres sistemas de procedimiento: A través de los procedimientos ordo iudiciorumprivatorum , llamados así porque existía una división del procedimiento en dos fases, una ante el magistrado (fase in iure) y otra ante el juez (fase apudiudicem) se tenía : -Per legisactiones -Per formulas

A través del procedimiento ordo iudiciurumpublicorum se tenía : -Extraordinaria cognitio Nuestro objetivo en esta presentación es describir el sistema de procedimiento per formulas.

El sistema formulario performulam se extiende desde la segunda mitad del siglo II A.C. hasta los tiempos de Diocleciano en el siglo III A.C. y que coincide con la denominada época clásica de la civilización romana y su origen deviene de los litigios entre los ciudadanos romanos y los extranjeros , ya que a éstos no se les podía aplicar las acciones de la ley,pues el sistema legisactionesera un sistema que se caracterizaba por ser un procedimiento exclusivista , se aplicaba solo al iuscivile , además de ser un procedimiento estricta y rígidamente solemne, formal, preciso y totalmente oral. El sistema performulam contaba con una parte escrita.

Se le da los pretores peregrinos el haber ideado la redacción de un escrito llamado formula que contenía los los hechos materia del conflicto y entregándosela a los recuperadores dándole el poder de juzgar, pudiendo absolver o condenar al acusado o imputado (reo). Este sistema era más práctico que el de las actiones quedando reconocido por la LexAebutia y coexistiendo con el sistema de la ligisactiones. Posteriormente durante el período de Augusto por una Lex Iulia IudiciorumPrivatorum se deja como sistema único. Al igual que en el sistema de las legisactionis posee dos etapas : in Iure ( ante el tribunal) , en la que el magistrado plantea jurídicamente la controversia –iurisdictio- y establece la relación procesal, y la apudiudicem (ante el juez), en la que un particular escogido por sus cualidades de probidad moral como la virtud o la honradez y se designaba específicamente para ésta ocasión y le correspondía emitir la sentencia que resolvía el caso. El sistema per formulamfue un tipo de proceso que seguía el esquema de arbitraje obligatorio de las legisactionis, sin embargo el pretor peregrino acostumbró plasmar por escrito , previa información, consulta , discusión y asentimiento , con las partes y de las partes involucradas en el proceso, a través de la voz fuerte sin vacilación, la controversia en base a la norma correspondiente , deducida de la institución romana extendida a los peregrinos , o lo que era más frecuente –del principio de la bona fides(principio de buena voluntad que exige una conducta recta y honesta en relación con las partes interesadas en el proceso).De aquí la expresión de actuar “per concepta verba” es decir , dar lugar al iudicium (juicio) con palabras adaptadas en cada caso a la concreta controversia. Esto en contraposición con las certa verba (palabras determinadas), siempre las mismas , según la genérica acción que se ponía en juego con el procedimiento de las legisactiones. Se originó así la fórmula. La Iurisdictio deriva de iusdicere, es decir, pronunciar o decir lo que es derecho en un litigio concreto. Así los pretores urbanos fueron incorporando en su iurisdictiolas nuevas instituciones del iusgentium(derecho de gentes) haciendo más participativo el derecho a los peregrini habitantes de Roma con sus ciudadanos cives, y este hecho consagrado en el tribunal del pretor peregrino , fue imitando formas más libres y más funcionales que en las legisactiones, con que éste organizaba el proceso , en específico, se empezó a utilizar la fórmula para juiscios basados no en el iuscivile , sino en el sometimiento a su imperium de controversias sobre instituciones procedentes del iusgentium , pero en las que eran partes o actores ciudadanos romanos que voluntariamente aceptaban aquel procedimiento per formulas. La lexAebutia autorizó al pretor urbano a utilizar ese procedimiento a pedido de las partes , también en todas controversias en instituciones del iuscivile.

El procedimiento per formula desplazó al de las legisactiones al ser un instrumento más adecuado para una actividad jurisdiccional más libre de las formas y contenidos del anterior iuscivile. El imperiumdel pretorya no se hallaba limitado por el formalismo de las legis cationes y la existencia y contenido de la fórmula, dependía de su arbitrio que era ley para el juez. Con esto, el pretor queda en posesión de la totalidad de los recursos procesales y extraprocesales

que provocará la renovación, creación y desarrollo de instituciones jurídicas que convertirá alasiurisdictio en la fuente más original del derecho Romano. Con la denegatioactionis y la incorporación de las exceptiones, limitará pretensiones ya obsoletas de viejo iuscon las acciones ficticias o las útiles o aquellas de transposición de sujeto podrá extender a situaciones antes no previstas la aplicación de normas no existentes y hasta podrá dar lugar con lasformulae in factumconceptaeal trato judicial de situaciones o relaciones que anteriormente no se habían considerado en el ordenamiento jurídico. Elementos Primarios

La Fórmula: Es una instrucción escrita, por la cual las partes en conflicto y el magistrado nombran al juez y fijan los elementos sobre la base de los cuales éste debe fundar su juicio, dándole a lavez el mandato, más o menos determinado, para la eventual condenación o absolución del demandado o reo. La fórmula es el programa o planteamiento del juicio con la enunciación del deber del jue, ya sea en su aspecto abstracto, como esquemapropuesto en el edicto o por un aspecto concreto, como formulación ya aprobada por el pretor en un determinado proceso. La fórmula da coordinación del proceso entre la etapa in iure y apudiudicem.

La fórmula contiene las claúsulas que aparecen en el siguiente orden:

1) Nombramiento del juez o de la corte o colegio de recuperatores. 2) Praescriptio. Significa “lo escrito al principio”y es una cláusula extraordinaria que se coloca, antes de cualquier otra referencia a la controversia conel objeto de limitar o descartar los efectos de la litiscontestatio articulada en el resto dela fórmula. Ejemplo, la orden al juez de que, previamente al entrar en materia, verifiquesi no ha vencido el plazo establecido por la ley para que una determinada acción puedainterponerse. De allí proviene el nombre de la actual prescripción. 4) Intentio. Parte esencial que consiste en la enunciación de la relación jurídicadeducida en juicio. Es, en otros términos, la pretensión del actor presentada comocondición para la condemnatio. 5) Exceptio. Cláusula cuyo efecto es impedir al juez condenar, aun si resulta probada laintentio, si otras circunstancias de hecho o situaciones de derecho aparecen tambiénprobadas. Va introducida por una expresión como "siempre que no", "a no ser que". Las excepciones se dividen en perentorias —basadas en una circunstancia oponible siempre a la acción del actor— y dilatorias —oponibles sólo en un cierto período de tiempo o frente a determinadas personas, según el pacto seade no reclamar nunca, o sólo por un tiempo, respectivamente.

6) Adiudicatio. Cláusula por la que se autoriza al juez, en las acciones por división opartición de bienes, a adjudicarlos en pleno dominio a quien resultaren corresponder. 7) Condemnatio. Cláusula por la que se da al juez el poder de condenar o de absolver.La condena, cualquiera haya sido lo reclamado, será siempre por una cantidad de dineroya fijada en la condevinatio, o a fijar por apreciación del juez.

La fórmula es una orden al juez planteadade acuerdo a la siguiente secuensia:

Si resultan verdaderos los hechos expuestos en la demostratio y si resulta fundada lapretensión expuesta en la intentio, y siempre que no resulte verdadera la circunstanciade hecho o situación de derecho planteada en la o condena, entonces, juez, aldemandado obliga a pagar determinada, o a determinarse, suma al actor Si no resultanverdaderos aquellos hechos, o fundada aquella pretensión, o resulta positivo loplanteado en la exceptio, absuelve al demandado.

Dentro del proceso romano per formula se puede, la gran variedad de fórmulas contrasta fuertemente con la limitación y rigidez de las legisactiones. Cada fórmula implica un determinado tipo de actio. De ésta forma, figuran tantas acciones como situaciones o intereses subjetivos consideradosdignos de amparo judicial. De allí que acción, desde el punto de vista del sujeto, es elpoder, para quien se encuentra efectivamente en una de esas hipotéticas situaciones, deactuar según el esquema procesal específicamente correspondiente.

El proceso formulario es una lista de acciones mediante el cual el pensamiento jurídico romano estructura el sistema de lo que para nosotros sonlos derechos subjetivos. Estas actiones se pueden clasificar de la siguiente manera: a) ACTIONES CIVILES - ACTIONES HONORARIAE b) ACTIONES IN REM - ACTIONES IN PERSONAM – MIXTAE c) ACTIONES STRICTI IURIS - ACTIONES BONAE FIDEI - ACTIONES INBONUM ET AEQUUM CONCEPTAE d) ACTIONES REIPERSECUTORIAE - ACTIONES POENALES – ACTIONESMIXTAE e) ACTIONES ARBITRARIAE f) ACTIONES PERPETUAE - ACTIONES TEMPORALES

La citación. La comparecencia ante la justicia con previa exposiciñon verbal del reclamo a través de una in iusvocatiode efecto inmediato. Posteriormente se hizo más frecuente el vadimonium que era un compromiso de comparecer en determinada fecha por stipulatio ante el tribunal.

Las Partes . Se admite una nueva figura de representación:Quien sustituía a cualquiera de las partes experimentaba en su persona los efectos del proceso, es decir, resultaba acreedor o deudor en la condemnatio y por consecuencia era sujeto activo o pasivo de la ejecución a través de la acto iudicati. Uno y otro pudieron ser representados o sustituidos por un cognitor(instituido en términos solemnes en presencia de la otra parte) y por un procurator(podía ejercer su papel sin solemnidades y aún sin conocimiento de la parte contraria)

Etapas Etapa In iure: Primero: Se presentaban las partes ante el magistrado, el demandante planteaba su pedido de acción sobre la base de una fórmula que él mismo proponía .Según la inexistencia, o el mayor o menor grado de apoyo en el ius que tenga cualquier tipo de fórmula instrumentado por el magistrado, se podía recurrir a las siguientes fórmulas propuestas:

- Fórmulas con intentio in iusconcepta (intentio basada en derecho). - Fórmulas en las que se han vertido las preexistentes acciones del iuscivile. - Fórmulas en las que se extiende el campo de acción de las preexistentes acciones del iuscivile. -Fórmulas ficticias, en las que se ordena al juez que prescinda de la existencia o no existencia de determinada condición o circunstancia y dé su sentencia como si no existiera o existiera respectivamente. -Fórmulas útiles, por las que se extiende el alcance de instituciones del iuscivile a sujetos o situaciones no comprendidos primitivamente. - Fórmulas con transposición de sujetos -Fórmulas in factumconceptae (basadas en situaciones de hecho).

Segundo: El demandado concordaba con el planteo o impostación jurídica de la fórmula propuesta o reclamaba alguna alteración, especialmente la inserción de una excepción (medio de pago de defensa del reo o demandado)

Tercero: El magistrado establecía en qué términos daría el iudi-ciuvi y llevaba alas partes a un acuerdo en la redacción de la fórmula y en la elección del juez.

Cuarto: Procede a lo anterior, la litiscontestatio que es una formal propuesta y aceptación, de demandante y demandado respectivamente , de someterse al juicio en los que se hallaba redactada la fórmula que incluye la orden del magistrado y que de acuerdo a las pruebas recibidas condenaba o absolvía al demandado. Así se determinaban de forma precisa y fija los derechos subjetivos deducidos en juicio.

Implicaciones Jurídicas de la In Iure

Primera: Las obligaciones civiles en un iudiciumlegitimum se extinguían con la litiscontestatio. se transformaban en una relación procesal, ya que si eldemandado resultaba absuelto, el demandante no podía volver a replantear en otro juicio aquella obligación extinguida. Segunda: Si, en cambio,resultaba condenado, tampoco podía volver a accionar el actor en base a esa obligación, en baseal carácter extintivo de la litiscontestatio; pero sí tenía derecho a actuar enbase a la nueva relación creada por la condemnatio y posibilitada por esa relación ocompromiso procesal de la litiscontestatio. Tercera: La litiscontestatio no producía la extinción de los otros derechos litigiososdeducidos en juicio, pero sí daba lugar a una excepción de litispendentia(litigio pendiente)en cualquierotra causa en que se los planteara nuevamente.

Etapa apudiudicem: Secuensia: No existe gran diferencia con la apudiudicemde las legisactiones.

El juez, asistido de un consilium, recibe en lugar público la exhibición de pruebas y los eventuales alegatos de oradores de una y otra parte. El uso de la escritura permite la aportación de documentos como medios probatorios. Con completa libertad para valorar la prueba,llega a la formulación de su parecer (sententia) ante las partes.

El juez se basa primero en la formula, en las pruebas y alegatos de las partes. No es necesario que la sentencia se dicte antes de la puesta del sol, el juez dispone de plazos más amplios, según las circunstancias El error cometido por el demandante que hubiere ejercido una acción por otra ocasionaba que perdiera el juicio, pero podía intentar de nuevo el proceso porque su derecho no había sido resuelto en justicia.

Implicaciones jurídicas del error Por error cometido por el demandante hacia que este perdiera su derecho a un nuevo proceso, por ejemplo: -Plus petitio :El demandante pedía más de lo debido -Minuspetitio: El demandado pide menos de lo que le debe. Sólo obtendrá lo que pide pues el juez está impedido o limitado para condenar más de lo establecido en la intentio. Pero el demandado podrá reclamar por lo que le hace falta.

La etapa apudiudicem termina con la sentencia

La sentencia

La sentencia deberá ser dictada por el juez en forma pública y en voz alta. Para su ejecución abra de dirigirse al magistrado, pues es aquel quien goza del imperium. Hasta finales de la República, la sentencia tenía fuerza de cosa juzgada y no podía tenerse una nueva decisión. Sin embargo en casos de excepción encontramos revocatio in duplum y la in integrumrestitutio. En la primera el afectado por la sentencia podía reclamar la nulidad de la misma, si la reclamación era mal fundada era acreedora a una condena del doble de lo debido. El segundo creyéndose lesionado por la sentencia podía solicitarlo, en un recurso extraordinario con carácter rescisorio.

Implicaciones Jurídicas de la sentencia

En la época imperial nace una vía en contra del recurso de la sentencia, la apelación, que corresponde al procedimiento extraordinario.

Los plazos de sentencia son más amplios, es decir, si el proceso es entre romanos se ha designado un solo juez, el plazo máximo de la litiscontestatioy la sentencia será de dieciocho meses, pero si el proceso se lleva acabo ante los recuperatores, será

necesario que la sentencia se dicte mientras el pretor permanezca en funciones, es decir, en el plazo de un año.

La sentencia forzosamente pecuniaria, solo puede contener la absolución o condena del demandado, el juez deberá de dictar sentencia de acuerdo a lo establecido en la formula (aunque esta tenga errores por ambas partes al tratar de exponer sus pretensiones en dicha fórmula), si alguna de las partes perdiese el juicio puede iniciar otro porque su derecho no ha sido resuelto en justicia.

La Ejecución Un vez dictada la sentencia se procedía a la ejecución de la misma.Para conseguirla, el demandante ganador deberá, a pesar de haber salido victorioso en el procedimiento apudiudicem, introducir una nuevaacción: la apudiudicem(acción de lo ya juzgado). Si en la etapaactioiudicati eldemandado admite su responsabilidad, queda abierta la ejecución. Pero si quiere interponer controversia ,que no es la causa sentenciada, sino alguna invalidez deforma, o sostener que ya ha pagado, habrá, entonces una nueva litiscontestatioy aperturándose la etapaapudivdicem. La condena, en este caso, será ejecutiva por el doble de lo estatuido en elprimer juicio.

La ejecución sobre la persona del deudor (manusiniectio) subsistirá, pero se irá sustituyendo con un procedimiento de ejecución sobre la totalidad del patrimonio (bonorumvenditio). Algo muy parecido al actual procedimiento de “quiebra”

Innovaciones del procedimiento performulam:

(A) stipulationespraetorianae Obliga a una parte por medio de una stipulatio, que asegure a la otra un derecho o una compensación, el pretor cubre lo que, de acuerdo con la aequitas, es un déficit del ordenamiento jurídico. (B) in integrumrestitutio Total restablecimiento de la situación anterior. Por ella el pretor anula lasconsecuencias que han resultado inequitativas de un acto válido según el iuscivile. Figura Jurídica de ejemplo: a otorgada a los minores de 25 años.

(C) missiones in possessionem

Autorizaciones del pretor para que alguien entre en posesión de un bien, o del total, o cuota parte patrimonial de otra persona. Esa posesión varía en sus efectos, desde participar, con currentemente con el original poseedor, en el manejo de la cosa, hasta permitirle al nuevo poseedor una eficientísima y protegida posesión capaz de llevarlo a una usucapio . Y sus propósitos van desde presionar a una parte para inducirla a unadeterminada conducta, hasta colocar auna persona en condiciones de adquirir una cuota o la totalidad de los bienes de unasucesión mortis causa, a pesar de no ser heredero de acuerdo al iuscivile. (D)interdicta Ordenes condicionales que da el pretor, a pedido de parte interesada, a persona determinada para que restituya o exhiba algo o se abstenga de un proceder. La no aceptación de tales órdenes, sobre la base de que no se dan las condiciones, lleva a un proceso frente a un índex o a recuperatores.