Procedimiento de Trabajo Seguro Raena de Buceo en Salmonicultura

Taller de Prevención en la Industria Minera y Pesquera Procedimiento de trabajo seguro en “FAENAS DE BUCEO EN SALMONICUL

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Taller de Prevención en la Industria Minera y Pesquera Procedimiento de trabajo seguro en “FAENAS DE BUCEO EN SALMONICULTURA”

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ÁREA / DEPARTAMENTO Dpto. Prevención de Riesgos

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PRCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO “FAENA DE BUCEO EN SALMONICULTURA”

Integrantes: Javier Ceballos Soledad Cruz Carlos Fincheira Módulo: taller de prevención en En la industria minera y pesquera Docente: Pablo Pino

20 JUNIO 2019

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1. INTRODUCCIÓN. El efecto de la pesca sobre los ecosistemas marinos es innegable. A la disminución de la abundancia de recursos se suma el efecto de los aparejos o artes de pesca, que no solo afectan la abundancia de las especies, sino también a otras especies y hábitats marinos. El presente programa contiene una estructura que está dada por la exigencia establecida en la legislación vigente en materia de seguridad y salud ocupacional, además se menciona el objetivo que se llevará a cabo para dar cumplimiento al procedimiento de trabajo seguro, el cual será la base del desarrollo, en donde se establecerá la forma de trabajo, lo que va directamente en beneficio de los trabajadores. El plan de prevención de riesgos laborales es el grupo de medidas, procedimientos y medios que tienen por objeto minimizar, reducir o eliminar los riesgos laborales que han sido detectados en las áreas de pesca de buceo. En esta evaluación se deberán encontrar los posibles factores de riesgos que están relacionados con la actividad de pesca de buceo y una vez detectados se establecerán las medidas preventivas correspondientes área de trabajo con el fin de disminuir los riesgos laborales que no se han podido sub sanar o no han podido ser evitados.

2. OBJETIVO Identificar el marco legal para personas que trabajen en procesos de buceo. Conocer los distintos equipos que se utilizan en la ejecución de buceo en salmonicultura

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3. ALCANCE. El procedimiento de trabajo seguro está orientado directamente a la seguridad de los trabajadores, mejorando los aspectos de clima laboral y comprometiendo a toda la estructura de la organización y a todas las líneas de trabajo, para así cumplir con la normativa legal vigente. El procedimiento de trabajo seguro es aplicable en todas las áreas acuícola específicamente al rubro del buceo profesional en salmonicultura.

4. RESPONSABILIDADES

5. MARCO LEGAL Las siguientes leyes y decretos constituyen el marco normativo de la actividad de buceo en chile: -

DGTM y MM Ord. N° A-42/008 Vrs del 7 Sept. 2015. Establece dotación mínima para trabajos de buceo en salmonicultura y mariscadores.

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DGTM y MM Ordinario N° 8330/9 Vrs Valparaíso, 16 de Diciembre 2013. Aprueba Circular de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante

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Ord. N° A-42/006. Aprueba normativa para el empleo de oxigeno normo bárico post buceo.

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DGTM. Y M.M. ORDINARIO N° 8330/3 VRS. VALPARAÍSO, 06 de Mayo de 2014. Aprueba circular de la DGTM, ORD Nº A–42/007.

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Aprueba Programa de Curso de Técnicas de Primeros Auxilios Orientado al Buceo Deportivo.

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DGTM. Y MM. ORD N° 8330/04/3 VRS., 29 de Junio 2016. Amplía prórroga de plazo para cumplir con exigencia de acumulador de aire fabricado en acero inoxidable, en equipo de buceo semiautónomo liviano, para trabajos de buceo extractivo.

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Código de seguridad para sistemas de buceo. Norma aprobada por la organización marítima internacional. Resolución A-536 (13), 17 de Noviembre de 1983.

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Reglamento de buceo para buzos profesionales, aprobado por D.S. (M.) N° 752 de 1982, modificado por D.S. (M.) N° 545 de fecha 24 de Octubre de 2013.

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D.G.T.M. Y M.M. ORDINARIO N° 12.600/715 VRS. del 25 de Mayo de 2007. Dicta normas de seguridad para las clases prácticas de buceo profesional efectuadas por organismos de capacitación.

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Resolución DGTM y MM Orden 12.600/01/1088 VRS del 08 Octubre 2014, aprueba programa de curso básico de seguridad de buceo de carácter obligatorio, para optar a la matrícula de asistente de buzo, mariscador básico o matrícula de buzo mariscador básico, para aquellos que no acrediten educación básica completa.

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Circular DGTMy MM Ord. N°A-42/009 de fecha 09 de Agosto 2017, establece las exigencias y regulaciones que se deben cumplir en las actividades de buceo recreativo en lugares denominados monumentos nacionales, patrimonio cultural subacuático, restos arqueológicos y paleontológicos, en áreas de responsabilidad de la Autoridad Marítima.

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Ficha médica ocupacional y pre ocupacional para Buceo Profesional

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DS. (M) Nº 752 del 8 de septiembre de 1982: Establece las normas básicas de buceo profesional.

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Ley 16.744 de 1968: Sobre accidentes y enfermedades del trabajo.

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DS. Nº 40 de 1969: Sobre prevención de riesgos ocupacionales.

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DS. Nº 54 de 1969: Sobre constitución y funcionamiento del comité paritario de higiene y seguridad.

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DS. 109 de 1968: Aprueba reglamento de calificación y evaluación de los accidentes y enfermedades del trabajo.

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DS. 594 de 29 abril año 2000: Sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

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Código del Trabajo (actualizado): Regulación de las relaciones entre Empleadores y trabajadores.

6. DEFINICIONES -

Extractor de Mortalidad: Extractores de aire que cumplen la función de succionar la mortalidad, es de una jaula de cultivo.

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Malla Pecera: Red que sirve de jaula para mantener los peces en cultivo.

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Malla Lobera: Red que sirve de barrera para proteger la malla pecera del ataque de lobos marinos.

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Cabo: Cuerda.

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Boya: Cuerpo flotante sujeto al fondo del mar, de un lago, de un río, etc., que se coloca como señal, y especialmente para indicar un sitio peligroso o un objeto sumergido.

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Relinga: Cabo con que se refuerzan los bordes de las mallas.

7. METODOLOGÍA 8. RIESGOS DE LA ACTIVIDAD 9. MEDIDAS PREVENTIVAS

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10. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Se debe proporcionar a todos los trabajadores los elementos de protección personal básica y equipos especiales, esto dependerá de la naturaleza de los trabajos y de los riesgos asociados. Además, se debe dar cumplimiento a la legislación vigente respecto a la certificación de calidad, oportuna entrega y reposición.

ELEMENTO DE PROTECCIÓN PERSONAL

AREA DE TRABAJO