Principios de Contratacion Publica

Nombre: Mauricio Cruz Curso: 5to Arq. Fecha: 16/05/16 PRINCIPIOS QUE RIGEN EL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA:

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Nombre: Mauricio Cruz Curso: 5to Arq. Fecha: 16/05/16 PRINCIPIOS QUE RIGEN EL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Artículo 4.- Principios.- Para la aplicación de esta Ley y de los contratos que de ella deriven, se observarán los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad; y, participación nacional. Los Principios que rigen los contratos que nacen de la LOSNCP pueden ser explicados así: a) Principio de legalidad.- Consiste en que todos y cada uno de los procedimientos contractuales públicos deben estar determinados en la Ley para que tengan plena vigencia y cabal cumplimiento. b) Trato justo.- Consiste en procesar las posturas de los oferentes con el más amplio criterio de calificación para garantizar la bondad del bien, del servicio o de la obra c) Principio de Igualdad.- Proceder con rectitud y sin designio anticipado. Tratando a todos los postores y personas en igual condiciones. Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y dependencias responsables de las adquisiciones y contrataciones se adoptan de me manera estricta a la Ley atendiendo criterios técnicos que permitan la objetividad en el tratamiento. Según este principio está prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas d) Principio de la Calidad.- Consiste en que los bienes y servicios proporcionados y las obras ejecutadas cumplan con los requisitos de calidad, precio, plazo de ejecución y usando las mejores condiciones para su uso final. Además se debe buscar bienes y servicios de precios o costos adecuados. Siguiendo los principios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los recursos en todas las etapas del proceso contractual. e) Vigencia tecnológica.- Consiste en la búsqueda y obtención de obras, bienes y servicios de punta, o sea, de mayor adelanto y garantía de recuperación en caso necesario. f) Principio de Oportunidad.- Este principio hace referencia a la agilidad y celeridad que deben tener los procesos de contratación pública para llegar de forma eficiente y eficaz a satisfacer las necesidades que constituyen el objeto de la contratación.

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g) Principio de Concurrencia.- Consiste en una tendencia que busca la mayor, más amplia, objetiva e imparcial pluralidad y participación de postores potenciales. h) Principio de Transparencia.- Los procedimientos contractuales no deben ocultar acciones dudosas. Todas las contrataciones deben realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles a los postores. i) Principio de Publicidad.- Consiste en que todas las actividades y contrataciones sean públicas y siguiendo los procedimientos de la ley y que eso sea claro para los oferentes y para todos los ciudadanos. j) Principio de Participación Nacional.- Este novedoso principio pretende defender la industria nacional, y tiene como bandera la preferencia a los productos hechos en Ecuador y a la gente ecuatoriana como potenciales contratistas del Estado Ecuatoriano.

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