Plan para La Vigilancia Terminal Terrestre

_________________________________________ PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 EN TERMINAL TERREST

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PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 EN TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L ____________________________________________ R.M. 239-2020-MINSA

Piura, mayo 2020

I.DATOS DE LA EMPRESA: -

II.

Razón Social: TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L. RUC: 20525504591. Giro: Actividades de servicio vinculadas al transporte terrestre. Representante Legal: Crelia Yolanda Madrid Gonzaga / DNI: 03507613 Autorizaciones: o Certificado de Habilitación Técnica de Terminal Terrestre y/o Estación de Ruta N°0062-2009-MTC/15 otorgado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones con permiso para operar en el ámbito nacional como interprovincial. o Licencia de Funcionamiento N°0047-2000 otorgada por la Municipalidad Provincial de Paita. o Certificado de Defensa Civil N°003-2019 otorgado por la Municipalidad Provincial de Paita.

DATOS DE LUGAR TRABAJO

El terminal terrestre se encuentra ubicado en: • AV. MIGUEL GRAU MZ II LT. N°7 (Km 2 de la carretera Paita), del Distrito de Paita, Provincia de Paita de la Región Piura. Los ambientes con que cuenta son: Oficinas, almacenes de encomiendas, zona de carga/descarga de pasajeros y equipaje, bodega, comedor para personal y SSHH

III. DATOS DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES

TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L. cuenta con un equipo integrado por:

N° 1 2

Nombres y Apellidos Crelia Yolanda Madrid Gonzaga Damaris Orlandi Juarez Flores

3

Gean Carlo Reto Ortiz

Cargo Gerente / Representante Legal Asistente Administrativo / Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo (*) Vigilante

Nota: * Según el art. 30 de la Ley 29783 indica que en los centros de trabajo con menos de veinte trabajadores son los mismos trabajadores quienes nombran al supervisor de seguridad y salud en el trabajo.

Asimismo, por estar catalogado como centro de trabajo TIPO 1 no incluido en el DS 003-98 SA, TERMINAL TERRESTRE MADRID EIRL solicitará, de ser necesaria, la asesoría de un profesional especializado en Salud ocupacional o Centro de Prevención de Riesgos del Trabajo (CEPRIT) de EsSalud. (Anexo 1)

IV. INTRODUCCIÓN Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 de marzo de 2020, se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas de prevención y control frente al brote del Coronavirus (COVID-19), al haber sido éste calificado como una pandemia por la Organización Mundial de la Salud con fecha 11 de marzo del año en curso. Posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, se declaró el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, el mismo que fue prorrogado mediante los decretos supremos Nº 051-2020-PC y Nº 064-2020-PCM. Que, con fecha 29 de abril de 2020 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Documento Técnico: “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA, mediante el cual se establece que todo centro laboral elabora el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, según los criterios establecidos en el referido documento.

Es en dicho marco, que TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L. ha elaborado el presente documento, el mismo que cuenta con la aprobación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. Cabe indicar que las disposiciones contenidas en el presente documento se sujetan a los lineamientos y decisiones que las autoridades competentes emitan en el marco de la emergencia sanitaria, quedando supeditado a las disposiciones normativas que se puedan emitir con posterioridad.

V. OBJETIVOS

a. Objetivo General: Establecer los lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-Cov-2 (COVID-19) en la empresa TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L.

b. Objetivos Específicos:

1. Establecer lineamientos para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 de los trabajadores de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L. que realizan actividades presenciales y remotas durante la pandemia COVID-19. 2. Establecer lineamientos para el regreso y reincorporación al trabajo de los trabajadores de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L. 3. Definir las medidas que garanticen la sostenibilidad de las acciones de vigilancia, prevención y control adoptadas para evitar la transmisibilidad de

Sars-Cov-2 (COVID-19) en los trabajadores de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L.

VI. NÓMINA DE TRABAJADORES DE TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L. POR RIESGO DE EXPOSICIÓN A COVID-19. 1. Riesgo bajo de exposición o de precaución: Los trabajos con un riesgo de exposición bajo (de precaución) son aquellos que no requieren contacto con personas que se conoce o se sospecha que están infectados con COVID-19 ni tienen contacto cercano frecuente a menos de 2 metros de distancia con el público en general. Los trabajadores en esta categoría tienen un contacto ocupacional mínimo con el público y otros compañeros de trabajo, trabajadores de limpieza de centros no hospitalarios, trabajadores administrativos, trabajadores de áreas operativas que no atienden clientes. 2. Riesgo Mediano de Exposición: Los trabajos con riesgo medio de exposición incluyen aquellos que requieren un contacto frecuente y/o cercano (por ej. menos de 2 metros de distancia) con personas que podrían estar infectadas con COVID-19, pero que no son pacientes que se conoce o se sospecha que portan el COVID-19. 3. Riesgo Alto de Exposición: Trabajo con riesgo potencial de exposición a fuentes conocidas o sospechosas de COVID-19; por ejemplo: trabajadores de salud u otro personal que debe ingresar a los ambientes de atención de pacientes COVID-19, trabajadores de salud de ambulancia que transporta paciente con diagnóstico y sospecha de COVID-19. 4.

Riesgo Muy Alto de Exposición: Trabajos con contacto directo con casos COVID-19; por ejemplo: trabajadores de salud que realizan la atención de pacientes COVID- 19, trabajadores de salud que realizan toma de muestra o procedimientos de laboratorio de pacientes confirmados o sospecha COVID-19, trabajadores de morgues que realizan procedimientos en cuerpos de personas con diagnóstico o sospecha de COVID-19.

Lista de trabajadores según riesgo de exposición N °

Nombre y Apellidos

Cargo

Área

1

Damaris Orlandi Juarez Flores

Asistente Administrativo

Administración

2

Asistente Administrativo

Administración

Gerente / Representante Legal

Gerente

4

Franny Marlene Castillo Silupú Crelia Yolanda Madrid Gonzaga Miguel de los Ángeles Torres

Vigilante

Mantenimiento

5

John Carlo Coronado Torres

Vigilante

Mantenimiento

6

Edwin Martin Ruiz Pinedo

Vigilante

Mantenimiento

7

José Camilo Juarez Rondoy

Vigilante

Operaciones

3

8

Gean Carlo Reto Ortiz

Vigilante

Operaciones

Leyenda: Riesgo Mediano de Exposición Riesgo bajo de exposición o de precaución

Para el Caso de las empresas contratistas1, cada una de ellas definirá de acuerdo a sus puestos de trabajo del servicio, el riesgo de exposición con los protocolos establecidos por las RM Nº 0258-2020-MTC/01 según el ámbito de transporte.

VII. PROCEDIMIENTOS OBLIGATORIOS DE PREVENCIÓN DEL COVID-19

1. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE LOS CENTROS DE TRABAJO: a. Insumos para desinfección diaria: Los productos de limpieza y desinfección que se utilizan en TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L, habitualmente, tienen la capacidad suficiente para inactivar el virus estos son: hipoclorito de sodio al 5%, alcoholes 70% Preparación: La dilución correcta de hipoclorito de sodio para desinfección de las áreas, vehículos y equipos de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L es de 1000ppm se usa de la siguiente manera:   

20cc de cloro al 5% en 1 litro de agua. Los clorados se utilizan en superficies ya limpias Solo se usan en pulverizadores. La concentración mínima para la eliminación del virus es 1000 pm.

Generalidades:   



Se establece la limpieza y desinfección de todos los ambientes, vehículos y equipos pertenecientes a TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L. El proceso de limpieza y desinfección aplica a ambientes, mobiliario, herramientas, equipos, útiles de escritorio, vehículos. TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L. verificará el cumplimiento de este lineamiento previo al inicio de las labores diarias mediante supervisiones y revisión de Check list. (Anexo 2) El Equipo de Seguridad y Salud en el Trabajo (ESST) verificará mediante registros de entrega de EPP, inspección de EPP y capacitación de su personal el correcto uso y empleo de productos químicos a utilizar para la

Contratistas: (INTERNACIONAL DE TRANSPORTE TURÍSTICO Y SERVICIOS EIRL ,EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA CAVASA SAC, TOUR LAS DUNAS EIRL, EMPRESA TERRAMOVIL PERU SAC ,EMPRESA DE TRANSPORTE Y TURISMO MERCEDES TOURS SRL, EMPRESA DE TRANSPORTE UNIDOS DEL NORTE SAC, EMPRESA DE TRANSPORTE Y TURISMO GEANCARLO TOURS SRL, EMPRESA DE TRANSPORTES COLOMA TOURS SAC, EMPRESA DE TRANSPORTES PHILLIPE TOURS SAC, EMPRESA DE TRANSPORTES LOS CHURRES RUTEROS DEL CHIRA SCRL, EMPRESA DE TRANSPORTE LOS PROFESIONALES, COMITÉ DE AUTOS VIRGEN DEL CARMEN , COMITÉ DE AUTOS SANTA ANA, ASOCIACIÓN DE AUTOS RUTEROS TOURS ) 1







limpieza y desinfección asimismo verificará que las empresas contratistas que hacen uso de las instalaciones de TERMINAL TERRESTRE MADRID EIRL cumplan con el protocolo de limpieza y desinfección en acuerdo con la normativa vigente R.M. 239-2020-MINSA y la RM° 258-2020-MTC/01. La desinfección interna de los vehículos será responsabilidad de cada contratista según su ámbito de operación (provincial, interprovincial y nacional) aplicando los lineamientos de la RM N.º 0258-2020-MTC/01 y se ejecutará antes del inicio del servicio. En el caso de la desinfección externa de equipos o vehículos que ingresen a las instalaciones de TERMINAL TERRESTRE MADIRD EIRL se utilizará motomochilas de aspersión y/o arcos de desinfección con la finalidad de cubrir el mayor porcentaje de chasis, neumáticos y sistema de rodaje, esta medida se ejecutará antes de cada viaje y/o servicio. TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L. garantizará la disponibilidad de las sustancias a emplear en la desinfección externa diaria, según las características ya mencionadas.

Frecuencia: Se realizará la limpieza y desinfección utilizando hipoclorito de sodio al 0.1% o alcoholes 70% en todos los ambientes del TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L.; con una frecuencia mínima de dos veces al día, antes de iniciar la jornada laboral y al finalizarla. En el caso de las unidades de transporte las empresas contratistas realizarán la desinfección completa antes de iniciar el primer transporte e inmediatamente después que desembarquen los pasajeros cumpliendo los protocolos que hayan establecido en su “Plan para la vigilancia, prevención y control de Covid-19” y/o con los protocolos sectorial de la RM Nº 0258-2020-MTC/01. b. Insumos para desinfección mensual y en casos positivos de COVID-19: Desinfección previa con hipoclorito de sodio 500-1000ppm y luego el uso de compuestos fenólicos con amonio cuaternario de quinta generación. Generalidades: 

 

El procedimiento de desinfección con hipoclorito de sodio y amonio cuaternario, será realizado por una empresa especializada en saneamiento ambiental de establecimientos y autorizada por la Dirección de salud. El proceso de limpieza y desinfección aplica a ambientes y mobiliario de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L. La empresa encargada de la desinfección deberá brindarnos un certificado del procedimiento detallando el uso de los insumos solicitados dentro de las primeras 24 horas de haberse realizado el procedimiento.

Frecuencia: Se realizará la limpieza y desinfección con hipoclorito de sodio y luego el uso de compuestos fenólicos con amonio cuaternario de quinta generación con una frecuencia mensual, además cada vez que se reporte un brote de COVID-19 en determinada área.

2. IDENTIFICACIÓN DE SINTOMATOLOGÍA COVID-19 PREVIO AL INGRESO AL CENTRO DE TRABAJO El Equipo de Seguridad y Salud en el Trabajo (ESST) de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L., gestiona y supervisa la ejecución de los siguientes pasos para todos los trabajadores. Según la identificación de riesgos, el ESST de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L., determinará el nivel de protección y medidas que la empresa implementará para prevenir el contagio. Estas medidas incluyen entrega de equipo de protección personal adecuado a cada tipo de riesgo, capacitaciones, modificación en la jornada laboral, supervisiones, etc. Según corresponda. Se indicará a los trabajadores de manera previa a su regreso o reincorporación a sus labores presenciales en TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L., bajo el llenado de la ficha de sintomatología COVID-19 (Anexo 3), la cual es de carácter declarativo; consta de reportar si en los últimos 14 días calendario ha tenido síntomas dentro de los que se encuentran sensación de alza térmica, fiebre, tos, estornudos, dificultad para respirar, expectoración de flema amarilla o verdosa, si ha sido diagnosticado o ha tenido contacto con persona(s) con un caso confirmado de COVID-19 y consumo de alguna medicación (detallar cuál o cuáles). La entrega de esta ficha sintomatológica es fundamental para que los trabajadores puedan retornar al trabajo presencial en la empresa. Mediante el llenado de esta ficha el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo (SSST) de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L., se hará conocedor si los trabajadores son sintomáticos o contactos de COVID-19, si alguna de las 5 preguntas es afirmativa se procederá a considerar a cualquiera de los ya mencionados como caso sospechoso, por tal motivo no será apto para el trabajo presencial, deberá cumplir con la cuarentena y ser sometido al examen serológico o molecular para descartar COVID-19, previo llenado de la ficha epidemiológica COVID-19 establecida por MINSA. (Anexo 4) Se realizará de manera estricta el control de temperatura corporal a todos los visitantes2, trabajadores, que requieran ingresar a las instalaciones de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L., sin excepción, este control se llevará a cabo con un termómetro infrarrojo el cual será constantemente desinfectado, esta medida será realizada en las puertas de ingreso/salida de la empresa, contará con el registro correspondiente según (Anexo 5). El Equipo del servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, es el responsable de que se realice, la toma de temperatura de cada trabajador. Se indicará la evaluación médica de síntomas COVID-19, a todos los trabajadores, y visitantes que presenten temperatura mayor a 37.5 °C, no se le permitirá el ingreso a la empresa y se indicará cuarentena con el respectivo reporte a la autoridad Sanitaria correspondiente para iniciar el seguimiento según los lineamientos del Ministerio de Salud. Seguidamente el delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L., realizará la identificación de contactos en la empresa, a los cuales se le someterá 2

Visitantes: Personas ajenas a los trabajadores del TERMINAL TERRESTRE MADRID EIRL, pudiendo ser clientes directos o indirectos de la misma, autoridades municipales o gubernamentales u organismos de fiscalización.

al mismo procedimiento. En ambos casos se identificarán también a sus contactos fuera del entorno laboral. TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L., realizará la aplicación de pruebas serológicas o moleculares para COVID-19, a todos los trabajadores que regresan o se reincorporan a puestos de trabajo con Mediano Riesgo; para puestos de trabajo con Bajo Riesgo la aplicación de pruebas serológicas o moleculares para COVID-19 es potestativo a la indicación del Equipo de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa. En el caso de los proveedores estas pruebas diagnósticas serán asumidas o gestionadas por su empleador de acuerdo a la normativa vigente R.M. 239-2020-MINSA. La periodicidad de la aplicación de las pruebas para COVID-19, se dará al momento de la reincorporación, regreso al trabajo, caso sospechoso o según el criterio de un profesional de salud ocupacional que asesoraría al ESST de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L., de acuerdo a cada caso aislado y según los criterios del profesional de salud correspondiente según la evaluación de la condición de salud del trabajador o prestador de servicio, dichos procedimientos son asumidos de manera integral por la empresa. En el caso de los proveedores y contratistas estas pruebas diagnósticas serán asumidas o gestionadas por su empleador de acuerdo a la normativa vigente R.M. 239-2020MINSA. En el caso de que algún trabajador o prestador de servicio con diagnóstico de COVID-19 esté cumpliendo la cuarentena obligatoria, Se realizará seguimiento clínico a distancia mediante llamadas telefónicas o uso de diferentes medios virtuales, con una frecuencia diaria este seguimiento puede ser realizado por un asesor de salud ocupacional que permitirá al Equipo de Seguridad y Salud en el Trabajo de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L., determinar su evolución médica y cuando puede regresar o reincorporarse a su puesto de trabajo de manera presencial, después de haber dado negativo a la pruebas serológica o molecular para COVID-19. En el caso de los proveedores estos seguimientos serán asumidas o gestionadas por su empleador mediante su personal de salud de acuerdo a la normativa vigente R.M. 239-2020-MINSA. Tener en cuenta que todo trabajador y prestador de servicio identificado como caso sospechoso, en el que se confirma el diagnóstico de COVID-19, posterior a cumplir los14 días calendario de aislamiento y antes del regreso al trabajo; la empresa a través del profesional de salud, según la evaluación clínica de forma remota autoriza su retorno al trabajo presencial. De ninguna manera y sin excepciones un trabajador y prestador de servicio podrá omitir el mencionado proceso. En el caso de los proveedores esta evaluación clínica será asumida o gestionadas por su empleador mediante su personal de salud de acuerdo a la normativa vigente R.M. 239- 2020-MINSA.

3. LAVADO Y DESINFECCIÓN DE MANOS OBLIGATORIO La mejor y más fiable manera de prevenir el contagio de enfermedades virales y de minimizar el riesgo de contraerlo, es lavarse las manos con agua y jabón según las siguientes recomendaciones: 1) Mojar las manos con agua corriente potable; 2) Enjabonar las manos durante al menos 20 segundos; asegurándose de abarcar toda la superficie de las manos, incluyendo la parte entre los dedos, las muñecas, las palmas, el dorso y las uñas. 3) Enjuagarse las manos con agua corriente; y secarse las manos completamente con una toalla seca y limpia de papel. 4) Realizar el lavado o desinfección de manos de manera frecuente (mínimo una vez cada hora) o cuando crea que se ha contaminado. TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L, asegura la cantidad y ubicación de puntos de lavado de manos (lavadero, caño con conexión a agua potable, jabón líquido o jabón desinfectante y papel toalla) o alcohol gel, para el uso libre de lavado y desinfección de los trabajadores y visitantes. El número de lavatorios será distribuido de acuerdo al número de personas u ocupantes se toma como referencia la norma A.110 del Reglamento Nacional de Edificaciones. N° de Personas De 0 a 100 De 101 a 200 De 201 a 500 Cada 300 personas adicionales

N° de Lavatorios Hombres 1 2 1

N° de Lavatorios mujeres 1 2 1

Total de Lavatorios 2 4 2

1

1

2

TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L, asegura un dispensador de alcohol gel que deberá ubicarse al ingreso de la empresa, estableciéndose desinfección de manos previo al inicio de sus actividades laborales, en lo que sea posible con mecanismos que eviten el contacto de las manos con grifos o manijas. Todos los visitantes, trabajadores, que requieran ingresar a las instalaciones de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L., sin excepción, deberán llevar a cabo este procedimiento, que será monitoreado estrictamente por el personal de vigilancia ubicado en la puerta de ingreso a la empresa. En la parte superior de cada punto de lavado y desinfección TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L., colocará carteles, que informen la adecuada ejecución del método de lavado correcto o uso del alcohol en gel para la higiene de manos. (Anexo 6)

4. SENSIBILIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DEL CONTAGIO EN EL CENTRO DE TRABAJO

TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L., como medida para asegurar ambientes saludables frente al COVID-19, asegura la difusión de boletines o carteles para la sensibilización a los trabajadores sobre:        

Medidas de prevención y protección laboral frente a COVID-19 Importancia y Obligatoriedad del correcto lavado de manos Como toser o estornudar Uso Obligatorio de Mascarillas y respirador de acuerdo al nivel de riesgo del puesto de trabajo Importancia de reportar tempranamente la presencia de Sintomatología COVID-19 Distanciamiento continuo Prevención al toser Evitar el contacto a través del saludo

5. MEDIDAS PREVENTIVAS COLECTIVAS TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L ha implementado desde los primeros días del estado de emergencia sanitaria diferentes medidas dirigidas a disminuir el riesgo de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo, las cuales se desarrollan considerando los siguientes aspectos: 

  





 

Ha mejorado la ventilación y desinfección de los diferentes ambientes utilizando productos como Hipoclorito de sodio al 0.1% y realizando desinfección con amonio cuaternario. El aforo de las instalaciones y oficinas ha sido modificado con la finalidad de que no supere el 50% del aforo inicialmente diseñado. Implementara dentro de lo posible la renovación cíclica de volumen de aire. Se ha dado la indicación de cumplir estrictamente el distanciamiento social de 2 metros entre trabajadores, que cumplan sus funciones o acudan a las instalaciones de la empresa, asimismo se comunicará mediante avisos infográficos. Es requisito indispensable para los visitantes, trabajadores, el uso permanente de protector respiratorio, como mínimo mascarilla quirúrgica descartable, según corresponda el nivel de riesgo. TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L, cuentan con un servicio de comedor, se han distribuido las mesas y sillas de tal manera que se respete la distancia social mínima de 2 metros, permitiendo una reducción del aforo normal en un 50%, además todos los trabajadores deberán llevar sus propios alimentos, dado que aún no se tiene fecha prevista para reactivación del servicio de cocina. La empresa ha determinado que está prohibido el desplazamiento innecesario de los trabajadores, fuera de sus áreas de trabajo. La gerencia de la empresa dentro de sus principales medidas promueve el distanciamiento social mínimo de dos metros al interior de las instalaciones, se ha restringido las reuniones de trabajo y/o capacitaciones presenciales, las cuales se recomiendan ejecutarlas preferentemente de manera virtual mientras dure el Estado de Emergencia Nacional o posteriores recomendaciones que establezca el Ministerio de Salud. De ser necesarias reuniones de trabajo presencial, se deberá respetar el distanciamiento



   











respectivo y uso obligatorio de mascarillas; este tipo de reuniones se programarán de manera excepcional. TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L, ha implementado la limpieza y desinfección de calzados en las puertas de ingreso principal del local, además antes de ingresar a cada área común de la empresa con tapetes limpiadores de calzado que están diseñados para la asepsia de las suelas de los zapatos con la mezcla de agua e hipoclorito de sodio antes de que los empleados ingresen a su ambiente de labores. Se implementarán lavaderos portátiles con grifos que funcional con pedal a presión para la salida de agua. Se ha implementado un procedimiento para el ingreso de trabajadores y visitantes al terminal (Anexo 7) Se ha implementado un procedimiento para el ingreso de unidades vehiculares al terminal (Anexo 8) Mientras dure el estado de emergencia las jornadas de trabajo se establecerán respetando el horario dictado por el Gobierno en lo que respecta el toque de queda, dando soporte necesario y las facilidades para que nuestro personal no corra el riesgo de detenciones innecesarias. TERMINAL TERRESTRE MADIRD E.I.R.L ha habilitado un acceso exclusivo para sus trabajadores con el fin de reducir el riesgo a la exposición del SARS-Cov-2. Se implementará como importante medida de bioseguridad puntos estratégicos señalizados y difundidos a los trabajadores, contratistas y visitantes para el acopio y desechos de los Equipos de Protección personal usados (EPP), material descartable posiblemente contaminado (guantes, mascarillas u otros), con la finalidad de que se dé el manejo adecuado como material contaminado. TERMINAL TERRESTRE MADIRD E.I.R.L cuenta con espacios amplios y horarios distintos para llegadas y salidas de las unidades vehiculares de categoría M3 – OMNIBUS (Ver Anexo 9) para garantizar el orden, la no aglomeración de personas dentro del terminal y así disminuir el riesgo de exposición de los trabajadores y visitantes frente al Sars-Cov-2. Se ha establecido que en la zona de carga de pasajeros de vehículos de categoría M1 y M2 estos mantendrán un distanciamiento de no menos de 3m para así evitar aglomeraciones y contacto físico entre pasajeros y unidades. Se supervisará que las contratistas cuenten y cumplan con los protocolos sectoriales según el ámbito de tránsito propuesto por la RM Nº 0258-2020MTC/01.

6. MEDIDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L, ha realizado la compra de un stock que asegura la disponibilidad de los equipos de protección personal correspondientes según el tipo de riesgo laboral presentes en la empresa que están clasificados dentro del grupo bajo y mediano, además a través del Equipo de SST se implementan y ejecutan las medidas correspondientes como Difusión de cartillas infográficas, asegurando que el trabajador y prestador de servicios cuente con el expertis para el uso correcto del EPP entregado por la empresa, además se concientiza en el compromiso obligatorio de utilizarlo dentro de las

instalaciones y según lo determine el Equipo de seguridad y salud en el trabajo, estableciendo como mínimo las medidas recomendadas por organismos nacionales e internacionales. El uso de equipo de protección respiratoria en TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L son la mascarilla quirúrgica descartable con duración máxima de un día. El tipo de EPP respiratorio a usar será determinado únicamente por el equipo de SST, además se brinda adicionalmente para los trabajadores con mediano riesgo un juego diario de EPP completo como enterizo de bioseguridad, guantes, lentes y mascará facial. (Anexo 10) 7. VIGILANCIA PERMANENTE DE COMORBILIDADES REALACIONADAS AL TRABAJO EN EL CONTEXTO COVID-19 TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L, a través del ESST y una asesoría por un profesional de salud continuará realizando la vigilancia de salud de los trabajadores a pesar del estado de emergencia sanitaria nacional, esta vigilancia será de manera permanente y multidisciplinaria: 







La vigilancia de la salud de los trabajadores de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L, es una actividad necesaria ante el riesgo de exposición al COVID-19 y se realiza de forma permanente durante el tiempo que establezca el Ministerio de Salud, con las actividades ya mencionadas en el capítulo VII y su respectiva metodología. El equipo de SST continuará con la vigilancia medico ocupacional a los trabajadores que realicen labor remota o presencial, incidiendo en los factores de riesgos ergonómicos (jornadas de trabajo, posturas prolongadas, movimientos repetitivos y otros), psicosocial (condiciones de empleo, carga mental, carga de trabajo, doble presencia y otros), u otros, que se generen como consecuencia de trabajar en el contexto de la Pandemia COVID-19; de ser necesario se establecen las medidas preventivas y correctivas que correspondan, según lo determine el Equipo de Seguridad y salud en el trabajo de la empresa. Se debe prestar particular atención a la protección de los trabajadores que tengan alguna discapacidad mientras realicen el trabajo remoto y en su reincorporación al trabajo presencial en las instalaciones de TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L En caso de presentarse a partir de la fecha de aprobación de este plan trabajadores positivos a COVID-19 en la empresa, el Equipo de SST solicitara a la clínica o laboratorio comunicar de forma inmediata a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL a efecto de cumplir con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección de Trabajo y sus modificatorias, sobre el cierre o paralización inmediata de labores.

VIII. PROCEDIMIENTOS OBLIGATORIOS REINCORPORACION AL TRABAJO

PARA

EL

REGRESO

Y

1. PROCESO PARA EL REGRESO AL TRABAJO El ESST de la empresa ha determinado cual será el proceso de regreso al trabajo presencial (Capítulo VII), dirigido a todos los trabajadores que estuvieron en cuarentena y no presentaron, ni presentan, sintomatología COVID-19, ni fueron

caso sospechoso o positivo de COVID-19; además pertenecen a una empresa que no ha continuado funciones presenciales en toda o alguna de sus áreas como TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L, debido a medidas de restricción emitidas por el Gobierno en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19. 2. PROCESO PARA LA REINCORPORACIÓN AL TRABAJO El proceso de reincorporación al laboral orientado a los trabajadores que cuentan con alta epidemiológica COVID-19 es el siguiente: 





En casos leves, se reincorpora 14 días calendario después de haber iniciado el aislamiento domiciliario y después de realizarse a cargo de la empresa una prueba serológica o molecular que indique negativo, además no debe presentar sintomatología relacionada y debe haber obtenido el Alta Médica. En casos moderados o severos, 14 días calendario después de la alta clínica. Este periodo podría variar según las evidencias que se tenga disponible y según el criterio del profesional de salud asesor del ESST, quien contará con los datos médicos del trabajador, prestador de servicios o proveedor, a fin de realizar el seguimiento clínico y validar el alta médica para su reincorporación a la empresa. Necesariamente los trabajadores que se reincorporan a la empresa, deben evaluarse con el fin de analizar la posibilidad de realizar trabajo remoto como primera opción. De ser necesario su trabajo de manera presencial, debe usar mascarilla o el equipo de protección respiratoria según su puesto de trabajo, durante su jornada laboral, además recibe monitoreo de sintomatología COVID-19 por 14 días calendario y se le ubica en un lugar de trabajo no hacinado.

3. REVISIÓN Y REFORZAMIENTO A TRABAJADORES EN PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO CON RIESGO CRÍTICO EN PUESTOS DE TRABAJO. TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L, solo contamos con puestos de trabajo de riesgo bajo y mediano de exposición por lo tanto este punto no corresponde, al no contar con riesgos críticos. 4. PROCESO PARA EL REGRESO O REINCORPORACIÓN AL TRABAJO DE TRABAJADORES CON FACTORES DE RIESGO PARA COVID-19 Los trabajadores que se deberán considerar en este grupo de riesgo para COVID-19, deben presentar uno o más de los siguientes:          

Edad mayor de 65 años Hipertensión arterial no controlada Enfermedades cardiovasculares graves Cáncer Diabetes Mellitus Obesidad con IMC de 40 a más Asma moderada o grave Enfermedad pulmonar crónica Insuficiencia renal crónica en tratamiento con hemodiálisis. Enfermedad o tratamiento inmunosupresor

Esta clasificación se irá actualizando en función a las normativas promulgadas durante la emergencia y se mantendrá el seguimiento al personal sobre su estado de salud. TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L, mediante el uso de una Declaración Jurada (Anexo 10) que debe ser llenada y firmada por aquellos trabajadores que presenten alguna de las patologías mencionadas y contemplados en el listado anterior, además aquellos que establezca el profesional de salud del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, mantendrán la cuarentena domiciliaria según lo establezca la normatividad correspondiente, con la posibilidad de realizar trabajo remoto si es posible y previo acuerdo con el empleador, cumpliendo con las disposiciones establecidas en la normativa vigente. El profesional de salud asesor del ESST, determina el seguimiento médico especializado, que corresponda a este grupo de trabajadores con patologías crónicas. Los informes clínicos o en caso documentos médicos que acrediten el estado actual del trabajador o su aptitud médica para el desempeño de sus labores, deberán ser evaluados por el profesional de salud asesor de la empresa, a efecto de retorno al trabajo presencial. IX. RESPONZABILIDADES DEL CUMPLIEMIENTO DEL PLAN a. Gerente / Representante Legal:   

Dar cumplimiento a los lineamientos establecidos en el presente plan. Adecuar los instrumentos e insumos necesarios para dar cumplimiento al presente Plan. Asegurar la ejecución del presente Plan por parte de los/as trabajadores/as que realizan actividades en la Empresa.

b. Supervisor de SST:     

Realiza el control de la ejecución de los lineamientos presentes en el marco de este documento. Responsable de supervisar que se cumpla con las actividades del Procedimiento. Coordinar y comunicar permanentemente con los/as trabajadores/as a fín de tomar las medidas necesarias y dispuestas por el Gobierno. Modificar turnos y horarios de la jornada laboral. Verificar el cumplimiento por parte de las Contratistas que hacen uso de las instalaciones del TERMINAL TERRESTRE MADRID EIRL de los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la prevención del COVID-19 según Nº 02582020-MTC/01 y el ámbito de transporte.

c. Equipo del servicio Seguridad y Salud en el Trabajo

 

Desarrollar los lineamientos establecidas en este plan. Monitorear a los/as trabajadores/as en especial a los casos con mayor factor de riesgo frente a Covid19.  Bajo el asesoramiento de un profesional de Salud, determinar el reintegro y regreso a la empresa de los/as trabajadores/as con caso sospechoso o confirmado de COVID-19. d. Los/as Trabajadores/as    

Reportar a su jefe inmediato y/o medico ocupacional si sospecha ser portador o ha tenido contacto con pacientes COVID-19. Comunicar cualquier ocurrencia que afecte el desarrollo del trabajo presencial o remoto. Comunicar cualquier variación en su estado de salud que pueda afectar el trabajo, a fin de adoptar las medidas que correspondan. Cumplir y coadyuvar con la implementación de lo dispuesto en el presente plan.

e. Contratistas: 



Es responsabilidad del Contratista implementar las medidas dispuestas en el presente Plan, estableciendo las acciones y responsabilidades de su personal asignado, así como de las subcontratistas, proveedores y visitas. Los contratistas según el ámbito de operación (provincial, interprovincial y nacional) deberán implementar su Protocolo Sanitario para la prevención del COVID-19 según los protocolos sectoriales establecidos en la N.º 02582020-MTC/01 y en cumplimiento de la RM 239-2020-MINSA

X. PRESUPUESTO Y PROCESO DE ADQUISICIÓN E INSUMOS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN. Se detalla a continuación la adquisición de todos los insumos para el cumplimiento del protocolo en la etapa de prevención y vigilancia contra el COVID-19: Concepto 1. Insumos Alcohol Bandeja de desinfección y Accesorios Bolsas / Caja para residuos Cinta de identificación/señalización Fumigadora Guantes Jabon Líquido y accesorios Mascarilla Papel Higiénico/ toalla Prueba descarte covid Rociadores y envases Termómetro 2. Sensibilización al Personal Capacitación al personal administrativo y operativo respecto del conocimiento de corona virus (Capacitador y personal) Capacitación en cuanto a medidas de limpieza y uso de implementos de bioseguridad, medidas para evitar contagio, tanto para personal administrativo y operativo

Cantidad

Unidad

Costo

Total

 

 

 

50 10 10 1000 2 365 100 3000 1000 3 10 2  

und und paq m und und und und und und und und  

25 215 23 0.5 296.1 1 18 1 1.63 150 9 600  

1

capacitación

250

250

1

capacitación

250

250

S/. 13,177.20 1250 2150 230 500 592.2 365 1800 2920 1630 450 90 1200 S/. 500

(Capacitador y personal) 3. Retorno laboral y seguimiento Evaluación de la condición de salud del personal al regreso al centro de trabajo (Incluye horas hombre del personal) Seguimiento del estado de salud del personal. (incluye horas hombre del personal )

 

 

 

3

examen

150

Cuando aplique

 

Total

S/.

450 450

S/.

14,127

XI. DOCUMENTOS DE APROBACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TERMINAL TERRESTRE MADRID EIRL es una empresa que cuenta con menos de 20 trabajadores y en cumplimiento con el art.29 y art.30 de la Ley 29783 cuenta con un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo nombrado por los trabajadores, dicho supervisor es quien aprueba el presente documento en conjunto con el representante Legal.

ANEXOS

ANEXO 1

Profesional del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo por tamaño de la Empresa

Responsable de Seguridad y Salud de los trabajadores

Centros de trabajo TIPO 1

Centros de trabajo TIPO 2

(no incluidos en DS 003-98 SA)

(incluidos en DS 00398 SA)

Centros de Trabajo TIPO 3

Centros de Trabajo TIPO 4

Centros de Trabajo TIPO 5

101-500 Más de 500 trabajadore trabajadore s s Empleador X(*) X X X Enfermera (**) X X X Médico (***) X X Para caso de los Centros de Trabajo Tipo 3, Tipo 4 y Tipo 5, se considera todas las actividades económicas incluidas y no incluidas en el DS 003-98 SA Hasta 20 trabajadores

Hasta 20 trabajadores

21 a 100 trabajadore s X X

(*) En caso de empresa hasta 20 trabajadores de actividades no consideradas en el DS 003-98 SA, el empleador podrá solicitar la consultoría de un profesional en salud ocupacional o Centro de Prevención de Riesgos del Trabajo (CEPRIT) de EsSAlud (**) El profesional de enfermería deberá contar con entrenamiento en salud ocupacional o afines; su jornada laboral tendrá una duración máxima de 36 horas semanales o su equivalente de 150 horas mensuales, incluyendo la jornada de guardia diurna y nocturna; por cada mil trabajadores deberá contar con un profesional adicional (***) El cargo Médico ocupacional en el centro de trabajo para Centros de Trabajo Tipo 5 deberá ser cubierto por médico Especialista en medicina ocupacional o medicina del trabajo, Magister o egresado de maestría en Salud Ocupacional, medicina general o seguridad y salud en el trabajo; en caso de Centros de trabajo Tipo 4 el médico deberá contar con diplomado universitario en salud ocupacional; La jornada laboral del medico en centros de trabajo hasta 500 trabajadores tendrá una duración máxima de 18 horas semanales, en caso de centros de trabajo con más de 500 trabajadores la jornada laboral tendrá una duración máxima de treinta y seis horas semanales, incluyendo la jornada de guaria diurna y nocturna; por cada mil trabajadores deberá contar con un profesional adicional. Fuente: RM 239-2020-MINSA

ANEXO 2 Código

TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L.

Versión

REGIST RO DEL CONT ROL DE LIMPIEZA Y DESINFECCION DE AREAS

F. Aprobación Aprobado por:

PL01-SIG-001 00 May-20 GG

DATOS DEL EMPLEADOR RAZÓN SOCIAL

TERMINAL TERRESTRE MADRID EIRL Fecha: N°

DOMICILIO DE LA EMPRESA

TIPO DE ACTIVIDAD ECONÓMICA

# TRABAJADORES

Av. Miguel Grau Mz II Lt N°7 Actividades de servicios vinculadas Km 2 carretera Paita – Paita al transporte terrestre -Piura Hora de inicio

APELLIDOS Y NOMBRES DEL RESPONSABLE

RUC

20525504591

Hora de Termino ÁREA DESTINADA

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 OBSERVACIONES:

RESPONSABLE DEL REGISTRO

HORA DE 1º LIM / DES

HORA DE 2º LIM / DES

FIRMA:

NOMBRE: CARGO: FECHA:

ANEXO 3 Código

TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L.

Ficha de sintomatología COVID-19 para Regreso al Trabajo Declaración Jurada

PL01-SIG-002

Versión

00

F. Aprobación

May-20

Aprobado por:

GG

He recibido explicación del objetivo de esta evaluación y me comprometo a responder con la verdad. TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L .

Apellidos y nombres: Área de trabajo: Dirección:

RUC: 20525504591

DNI: Número

En los últimos 14 días calendario ha tenido alguno de los síntomas siguientes: 1. Sensación de alza térmica o fiebre

SI

NO

2. Tos, estornudos o dificultad para respirar 3. Expectoración o flema amarilla o verdosa 4. Contacto con persona(s) con un caso confirmado de COVID-19 5. Está tomando alguna medicación (detallar cuál o cuáles): 6.¿Ha sido diagnosticado COVID-19 con prueba de laboratorio? Todos los datos expresados en esta ficha constituyen declaración jurada de mi parte. He sido informado que de omitir o falsear información puedo perjudicar la salud de mis compañeros, y la mía propia, lo cual de constituir una falta grave a la salud pública, asumo sus consecuencias.

Fecha: /

/ Firma

ANEXO 4

ANEXO 5 TERMINAL TERRESTRE MADRID

Código

REGIST RO DEL CONT ROL DE LA T EMPERAT URA CORPORAL

Versión F. Aprobación Aprobado por:

PL01-SIG-003 00 May-20 GG

DATOS DEL EMPLEADOR

RAZÓN SOCIAL TERMINAL TERRESTRE MADRID E.I.R.L.

Fecha

DOMICILIO DE LA EMPRESA Av. Miguel Grau Mz II Lt N°7 Km 2 carretera Paita – Paita -Piura

TIPO DE ACTIVIDAD ECONÓMICA Actividades de servicios vinculadas al transporte terrestre

Hora de inicio

NOMBRE DEL RESPONSABLE DEL CONTROL DE TEMPERATURA: N°

APELLIDOS Y NOMBRES

# TRABAJADORES

RUC 20525504591

Hora de termino FIRMA

ÁREA DE TRABAJO

TEMP. INGRESO

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 OBSERVACIONES:

RESPONSABLE DEL REGISTRO

TEMP. SALIDA

NOMBRE:

FIRMA:

CARGO: FECHA:

ANEXO 6

ANEXO 7 PROCEDIMIENTO DE INGRESO DE PERSONAL Y VISITANTES AL LOCAL

Llega de personal y/o visitantes

Formar una columna de ingreso manteniendo distanciamiento social ( 2 metros de rango mínimo)

Se dirige a Zona de acceso a Local

Toma de temperatura

¿Temperatura mayor o igual a 37,5°C No

Se desinfecta manos y calzado

Si No ingresa

Ingresa al Local

Fin de Ingreso El personal / visitante deben mantener en todo momento el distanciamiento social , asimismo llevar usado la mascarilla.

ANEXO 8

PROCEDIMIENTO DE INGRESO DE VEHÍCULOS AL LOCAL

Llega unidad vehicular

¿Con pasajeros?  

Si Toma el registro de temperatura de los pasajeros

No

Conductor/Cliente baja del Vehículo

Se dirige a Puerta de Ingreso del Local

Toma de temperatura

¿Temperatura mayor o igual a 37,5°C No

Se desinfecta manos y calzado

Regresa a su unidad veh Si No ingresa

Se desinfectar externamente el chasis del

Ingresa al Terminal

Fin

(*) El conductor en el momento de realizar la coordinación debe mantener distanciamiento social con las personas, asimismo debe de utiliza

ANEXO 9

Horario de Salidas/Llegadas para viajes Interprovinciales/Nacionales. Horario de Llegada Rango (Hora) Número de Buses 6:30 – 7:00 1 7:30 – 8:00 1 9:30 – 10:00 1 11:00 – 11:30 1 11:45 – 12:30 1

Horario de Salida Hora Número de Buses 3:45 pm 1 4:15 pm 1 5:00 pm 1 9:00 pm 2 9:30 pm 1

Nota: -

Los horarios están distribuidos de tal forma que no coincidan las horas de llegada con las horas de partida de los buses a cargo de las contratistas. Los horarios están supeditados a las disposiciones de tránsito que imponga el gobierno local y central con el fin de disminuir el contagio del Sars-Cov-2.

ANEXO 10

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA PUESTOS DE TRABAJO CON RIESGO DE EXPOSICIÓN A COVID-19, SEGÚN NIVEL DE RIESGO Respirador N95 quirúrgico

Careta facial

Riesgo Muy Alto de Exposición

O

O

Riesgo Alto de Exposición

O

Nivel de riesgo de puesto de trabajo

Mascarilla quirúrgica

Riesgo Mediano de Exposición

O

Riesgo bajo de exposición (de precaución)

O

Guantes para protección biológica

Traje para protección biológica

Bota para protección biológica

O

O

O

O

O

O

O (*)

Gafas de protección

O – Obligatorio O(*)Uso de delantal o bata Fuente: R.M 239-2020-MINSA

ANEXO 11