“PLAN DE TRABAJO PARA REDUCIR EL IMPACTO EN LA ECONOMÍA PERUANA - DISTRITO DE LÁMUD”

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUYA – LÁMUD Creada el5defebrerode1861mediante Leydada porel Mariscal RamónCastilla- Preside

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUYA – LÁMUD Creada el5defebrerode1861mediante Leydada porel Mariscal RamónCastilla- PresidentedelPerú

Capital Arqueológica de la Región Amazonas PLAN DE TRABAJO PARA REDUCIR EL IMPACTO EN LA ECONOMÍA PERUANA, DE LAS DISPOSICIONES DE PREVENCIÓN ESTABLECIDAS EN LA DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL ANTE LOS RIESGOS DE PROPAGACIÓN DEL COVID – 19, A TRAVÉS DE LA ADQUISICIÓN Y ENTREGA DE CANASTAS ALIMENTARIAS; EN EL DISTRITO DE LÁMUD, PROVINCIA DE LUYA, REGION AMAZONAS, 2020 I.

Introducción El nuevo COVID-2019 (Coronavirus), es un virus identificado como la causa de brote de enfermedades respiratorias, detectado por primera vez en Wuhan, China, a diciembre del año 2019 y cuyo impacto a transcendido ya fronteras internacionales, estando presente en mas de 160 países. Si bien es cierto, este virus, se señala de origen asiático, su propagación a las Américas, incluido nuestro país y otros continentes, se ha realizado por medio de los diversos corredores logísticos comerciales, así como el turismo entre naciones, y la residencia eventual o permanente de ciudadanos con otros fines en zonas afectadas; es así que en corto tiempo por los reportes de pacientes infectados y fallecidos, se elevó por la Organización Mundial de la Salud-OMS, a nivel de Pandemia Mundial, estableciendo además la misma las medidas preventivas y reactivas en las naciones que vienen siendo afectadas. Bajo estas consideraciones, en nuestro país fue reportado el primer caso confirmado el viernes 6 de marzo de 2020, en mensaje a la nación, teniendo como respuesta que con fecha 15 de marzo el Presidente de la República decretó el Estado de Emergencia Nacional, y la orden mediante Decreto Supremo, el aislamiento social obligatorio y cuarentena nacional por espacio de quince (15) días, además de la orden de inmovilización social obligatorio (Toque de queda), desde las 20:00 horas, hasta las 5:00 horas del día siguiente. El 26 de marzo, el Presidente de la República, vía Decreto amplía el aislamiento social obligatorio por 13 días más, teniendo como fecha fin el 12 de abril de 2020; estando bajo este marco todas las actividades socio-económicas a nivel nacional afectadas, paralizadas y/o retenidas, teniendo complicaciones sobre la economía pública y privada, y ella por ende en el desarrollo de la vida cotidiana y economía de gran parte de las familias peruanas. Es así como medida de amortiguamiento entre varias optadas, el Gobierno Central, oficializa el D.U N° 033-2020-PCM, el mismo que otorga transferencias presupuestarias a los 1874 gobiernos locales, para que una vez recibidos, los mismos puedan ser ejecutados en la compra de productos alimentarios de primera necesidad, y entregados a favor de poblaciones que bajo criterios locales, aún no habrían recibido algún beneficio social de los ya ejecutados, o se encontrarían en situación de vulnerabilidad, En este sentido habiéndose aprobado a la Municipalidad Provincial de Luya-Lámud la transferencia presupuestaria de S/. 50,000.00 ( Cincuenta mil y 00/100 soles), el presente Plan de trabajo en materia de reducción de los impactos sociales generados por la medidas de urgencia sanitaria ante la propagación de COVID-19 (Coronavirus), establece planificadamente, y ajustada a la realidad de la jurisdicción del distrito de Lámud las etapas, procesos y actividades necesarias para efectivizar de manera eficiente, vigilada, priorizada, bio-segura, así como ajustada al marco legal, la compra de productos de primera necesidad, para ser entregado a un público objetivo, según algunos criterios de priorización, buscando salvaguardar su integridad nutricional, bio-seguridad y dando soporte a las condiciones y actividades de vida afectadas por la proliferación del señalado virus, considerando la seguridad, la salud e integridad de la persona y su familia el fin supremo de todo Estado.

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Capital Arqueológica de la Región Amazonas II. -

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III.

Base Legal Constitución Política del Perú, 1993. Ley N° 27783. Ley de Bases de la descentralización, y su reglamento. Ley N° 27972. Ley Orgánica de Municipalidades. Ley N° 27444. Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N° 30225. Ley de Contrataciones del Estado, y su reglamento aprobado con las modificatorias respectivas. Ley N° 26842. Ley General de Salud y sus modificatorias D.S. N° 008-2020-SA. Decreto Supremo que declara en emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19. D.S. N° 008-2020-MTC. Decreto Supremo que suspenden los vuelos provenientes de Europa y Asia, y desde el territorio nacional hacia dichos destinos, por el plazo de treinta (30) días calendario a partir del 16 de marzo de 2020. R.VM. N° 079-2020-MINEDU; R.VM. N° 080-2020-MINEDU, y R.VM. N° 081-2020MINEDU. Respecto a las orientaciones para el desarrollo del año escolar 2020, orientaciones para la prevención, atención y monitoreo ante el Coronavirus (COVID-19) en los Centros de Educación Técnico-Productiva en Institutos y Escuelas de Educación Superior; y Aprobación de la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la prevención, atención y monitoreo ante el Coronavirus (COVID-19) en universidades a nivel nacional, respectivamente. D.S. N° 046-2020-PCM. Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. D.U. N° 033-2020-PCM. Decreto de urgencia que establece medidas para reducir el impacto en la economía peruana, de las disposiciones de prevención establecidas en la declaratoria de estado de emergencia ante los riesgos de propagación del COVID-19. Guía de orientación: Gestión y Distribución de canastas familiares en el marco del emergencia nacional por el brote del COVID-19. Otras normas de índole legal aplicables a la materia. Objetivos 1.1. General

-

Planificar y ejecutar de manera eficiente, vigilada, priorizada, bio-segura, así como ajustada al marco legal, el D.U. 033-2020-PCM, que dispone la entrega de asistencia alimentaria a poblaciones afectadas y en condiciones de focalización, por las disposiciones de prevención establecidas en la declaratoria de estado de emergencia nacional ante los riesgos de propagación del COVID-19. 1.2. Específicos

-

-

Establecer e implementar medidas de priorización y focalización social a favor de poblaciones vulnerables aún no favorecidas por pensiones remunerativas, así como el bono “yo me quedo en casa”, en riesgo social, y condiciones de probreza y/o pobreza extrema. Elaborar y aprobar la canasta alimentaria por familia, ajustada a las demandas nutricionales, disponibilidad, hábitos de consumo, accesibilidad comparativa, así como a la promoción de productos alimentarios locales, regionales y nacionales. Establecer e implementar procedimientos presupuestales que efectivicen las disposiciones y transferencias presupuestales a favor de las arcas de la Municipalidad Provincial de Luya-Lámud.

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Capital Arqueológica de la Región Amazonas -

Establecer e implementar medidas administrativas oportunas que permitan la adquisición de productos ajustado a la Ley N° 30225. Ley de contrataciones del Estado, su reglamento y sus respectivas modificatorias. Establecer e implementar medidas de control de calidad y bio-seguridad, antes, durante y después de la entrega de canastas alimentarias a poblaciones afectadas y en condiciones de focalización. Establecer e implementar medidas de vigilancia, control y fiscalización, que regulen la adecuada, ejecución, y entrega beneficios alimentarias enmarcado en el presupuesto asignado.

IV.

Diagnóstico de poblacional 4.1. Distrito de Lámud 4.1.1. Factor Geográfico: 

         

Ubicación: El distrito de Lámud es uno de los veintitrés distritos de la Provincia de Luya, y capital de la misma, fue creado mediante Ley S/N del 5 de febrero de 1861, en el gobierno del presidente Ramón Castilla ubicado en el Departamento de Amazonas, en el norte del Perú. Ubigeo Altitud Superficie Densidad Poblacional Clima Límite Norte Límite Sur Limite Este Limite Oeste División Geográfica

: 010501 : 2330 m.s.n.m 2 : 69.49 km : 34,34 hab./km² : Templado : San Cristóbal de Olto. : Distrito de Luya y Distrito de Trita : Provincia de Bongará y Chachapoyas : Distrito de Luya : Se divide en 01 Distrito, 01 anexo, 29 centros poblados.

 Lamud – Distrito La ciudad de Lamud, se divide en cuatro grandes barrios centrales -

Barrio de Santa Ana Barrio de Gualamita 

- Barrio de Matriz - Barrio de San Antonio

Cuémal – Anexo

2: Factor Demográfico: Población: El distrito de Lamud, según el último censo del INEI 2017 sobre estimado poblacional al año 2017, el Distrito de Lamud cuenta con: -

Lámud Cuémal Cuelón Cushpaurco Convento Pachilda Rongay Chichita Pucacioc

: : : : : : : : :

3

1,997 Hab. 174 Hab. 19 Hab. 15 Hab. 8 Hab. 7 Hab. 3 Hab. 2 Hab. 1 Hab.

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Capital Arqueológica de la Región Amazonas Según lo detallado, oficialmente se puede afirmar que el distrito de Lámud, cuenta con una población de 2,227 habitantes. 

Distribución Porcentual de la Población por Estrato Socio Económico:  Sector A - Alta y media Alta : 02 %  Sector B - Media y Media Baja : 10 %  Sector C - Baja : 18%  Sector D - Muy Baja : 70%

Imagen 1. Mapa geográfico de la provincia de Luya, y jurisdicción de intervención

Jurisdicción de intervención: Distrito de Lámud

Fuente: Plan de Desarrollo Concertado de la Provincia de Luya 2013-2023 4.1.2. Incidencia de pobreza en el distrito de Lámud Según la elaboración del mapa de pobreza monetaria, el proceso de armonización de la base de datos del Censo de Población y Vivienda 2017 (CPV) con la Encuesta Nacional de Hogares 2017-2018, el distrito de Lámud con ubigeo 010501, con una población de 2,375

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Capital Arqueológica de la Región Amazonas habitantes proyectada al año 2020, se posiciona en un ranking de pobreza monetaria total, 1,045 de las 1,847 distritos a nivel nacional, con un intervalo de pobreza de 23.7% (Inferior), y 38.2% (Superior), y una media de la misma de 30.95%; es decir bajo es crierio, 31 de cada 100 habitantes del distrito de Lámud presentarían pobreza monetaria indistintamente al nivel ( Extrema, no extrema), siendo el segundo distrito menos pobre, después del distrito de Luya, a nivel provincial; no existiendo variación significativa en referencia al mapa de pobreza del año 2015, puesto la media del intervalo de pobreza ascendía a 31.75% (Al año 2015, 32 de cada 100 habitantes del distrito de Lámud presentarían pobreza monetaria indistintamente al nivel, extrema, no extrema). Imagen 1. Ranking de pobreza monetaria total, ubicación de la pobreza total, para distrito de Lámud, 2018.

el

Fuente: INEI, 2020. Siendo este, entre otros documentos y consideraciones técnicas, la determinación de la intervención y capacidades de cobertura de los diversos Programas Sociales, y otras políticas de gobierno de naturaleza Pública, sobre esta jurisdicción.

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Capital Arqueológica de la Región Amazonas 4.1.3. Cobertura de Programas Sociales Respecto a la cobertura de los Programas Sociales, y bono especial de cobro “yo me quedo en casa”, según reportes oficiales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través de sus diversas plataformas de información, dentro de ellas, Plataforma MIDIS-Trito, así como las Resoluciones Directorales de aprobación de transferencia de recursos de los diversos Programas Sociales del último período, en calidades de continuadores, y beneficiarios nuevos, para ambos casos abonados, al mes de marzo, se cuenta con los siguientes datos: Tabla 1. Reporte de beneficiarios por programa social, con transferencia efectiva al mes de Marzo, 2020.

N° de Beneficiarios abonados 115 151

Incentivo (S/.)**



Programa

1 2

Programa Asistencia Solidaria “Juntos” Programa “Pensión 65” Programa “Contigo”, para personas con Discapacidad en severa en condiciones de pobreza

Madres de familia Adultos Mayores (=> a 60 años) Personas con discapacidad servera en pobreza y/o pobreza extrema

12

600.00

Bono “Yo me quedo en casa”

Mayores de Edad, jefes y/o miembros de familia*

70

380.00

3 4

Población objetivo

TOTAL

348

(*): Cifras oficiales solo grupo etáreo adultos mayores, por confirmar total de beneficiarios, data en gestión (**): Incentivos efectivos antes del período de emergencia, y/o adelantado por dos períodos de pago

En este sentido, se puede afirmar indistitnto al grado y nivel de dependencia familiar, 348 personas recibieron algún incentivo económico, proveniente de algún programa social, y/o bono “especial”, por el período de emergencia sanitaria, ante la propagación de COVID-19. Es conveniente, precisar que en caso del bono “yo me quedo en casa”, el número de beneficiarios establecidos “70”, es una cifra oficial solo para adultos mayores, dado que de los demás grupos etáreos aún la Entidad se encuentra en gestión ante el MIDIS, para poder tener información oficial, y así poder determinar el número total afectos a este beneficio, y considerando además que se a evidenciado que en algunos casos, fue de doble persepción, es decir algunos beneficiarios recibieron el abono de algún programa social, mas el presente bono. V.

Actividades 5.1. Conformación de comisiones especiales, comités de vigilancia y fiscalización La presente actividad tiene como finalidad, organizar y determinar los grupos humanos, que por normatividad y funciones tendrá como responsabilidad directa acciones sociales, así como acciones de vigilancia y fiscalización del íntegro del proceso que involucre el presente plan de trabajo, incluye las siguientes acciones y responsables: -

Comisión Social: Estará presidida por el Alcalde Provincial, y asistido y asesorado por las gerencias de línea, de apoyo y asesoramiento, siendo su función principal la de planificar y ejecutar de manera eficiente, vigilada, priorizada, bio-segura, así como ajustada al marco legal el D.U. 033-2020-PCM, durante cada una de sus etapas administrativas, operativas y presupuestales, y cuyo detalle de miembros se encuentra especificada como recursos humanos disponibles internos.

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200.00 500.00

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Capital Arqueológica de la Región Amazonas -

Comité de Vigilancia: Estará conformado por representantes del Estado en la materia, así como de representantes civiles, y Entidades Técnicas en la materia recayendo para realidad y disponibilidad del distrito de Lámud, en el Sub Prefecto de la provincia de Luya, el representante del Frente de Defensa de los Intereses de la Provincia de Luya, y el Presidente de la Comunidad Campesina de Cuémal, Juntas Vecinales Comunales y el representante del Centro de Salud de Lámud; siendo su función principal la de vigilar que todas las fases operativas,

administrativas y presupuestales del D.U N° 033-2020-PCM, sean implementados de la manera en los marcos legales, técnicos y sociales respectivos. La conformación del presente Comité será reconocido con acto resultivo respectivo por parte de la Entidad. -

Comité de Fiscalización: Estará conformado por los regidores provinciales de disponibilidad, y cuya función principal será la de fiscalizar de acuerdo a sus atribuciones establecidas en la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades así como en específico, según el Reglamento Interno de Concejo.

5.2. Focalización, priorización de público objetivo (Padrón social), y elaboración de la canasta básica familiar, afecta a las disposiciones de prevención establecidas en la declaratoria de estado de emergencia nacional ante los riesgos de propagación del COVID – 19, a través de la entrega de canastas alimentarias; en el distrito de Lámud. 5.2.1. Focalización y priorización (Padrón social) La presente actividad, tiene como objetivo focalizar y priorizar la población objetivo a ser considerada como “beneficiaria”, de las canastas alimentarias, utilizando como instrumentos: Padrón de beneficiarios del Programa Vaso de Leche, Padrón de Beneficiarios del Programa de Asistencia Solidaria “Juntos”, Padrón del Programa “Pensión 65”, Padrón del Programa de Pensión No Contributiva “Contigo”, Plataforma de consulta del Bono “Yo me quedo en casa”, disponible en link: http://yomequedoencasa.midis.gob.pe/subsidio-monetario.html, Plataforma Virtual RENIEC, Padrón proporcionado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del CEM-Luya, Padrón de casos sociales proporcionado por la Pastorial Social de la Parroquia de Lámud, Plataforma Virtual de Consulta RUCSUNAT; y otro tipo de información ciudadana. Involucra las siguientes etapas: -

-

-

Identificación y registro de posibles “beneficiarios” en padrones preliminares, a través de las Juntas Vecinales Comunales de los sectores: Matriz, Gualamita, San Antoño, y Santa Ana, ciudad de Lámud, reportes de los miembros de la Pastoral Social de Lámud, así como los reportados por el Agente Municipal y presidente de la Comunidad Campesina para el caso del anexo Cuémal, indicando nombres y apellidos, número de DNI de poseer, fecha de nacimiento de poseer, dirección exacta de residencia de poseer, número de miembros por familia y número de contacto de poseer. Filtro, sinceramiento y priorización de posibles “beneficiarios” utilizando los instrumentos precitados a cargo de la Comisión Social de la Municipalidad Provincial de Luya-Lámud. Elaboración y publicación vía medios municipales (redes sociales, pagina web, altoparlante y espacios publicitarios) del padrón final de beneficiarios, así como programación de distribución según sectores.

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Capital Arqueológica de la Región Amazonas 5.2.2. Elaboración de la canasta básica alimentaria - Análisis de la canasta básica familiar, establecida para Perú. - Formulación de canasta básica per cápita adecuada a demandas nutricionales, teniendo como referencia los balances establecidos para el Programa de Complementación Alimentaria (PCA), así como el Programa Vaso de Leche (PVL), y Resolución Ministerial N° 027-2016-PCM “Lineamientos para la adquisición, almacenamiento y distribución de alimentos para la atención de emergencias o desastres”; parámetros presupuestales, disponibilidad de productos en cuanto a proveedores, acceso de los beneficiarios a los productos, y priorización de productos locales y regionales, de baja perecibilidad, habitos de cosumo, y accesibilidad comparativa a productos. - Socialización, ajuste de costos referenciales establecidos, y aprobación de propuesta de canasta básica alimentaria. Dichas acciones serán realizadas por la Comisión Social, Comité de Vigilancia y Comité de Fiscalización, y además publicado en medios municipales una vez aprobados. Los parámetros presupuestales establecidos en los lineamiento del D.U. N° 033-2020PCM, establece como intervalo de costo por canasta alimentaria, un mínimo de S/. 80.00 (Ochenta y 00/100) soles, y un máximo de S/. 100.00 (Cien y 00/100 soles) OBSERVACIÓN 1: Se ha tenido en consideración formular canastas alimentarias familiares de acuerdo a los factores anteriormente señalados, y se ha determinado además que en cuanto a la relación de número de miembros-canastas será 4:1, indistinto al grupo etáreo; por ejemplo: -

Núcleos familiares con hasta cuatro (4) miembros, una (1) canasta. Núcleos familiares con cinco (5), a ocho (8) miembros, dos (2) canastas. Núcleos familiares con nueve (9), a doce (12) miembros, tres (3) canastas.

OBSERVACIÓN 2: Se ha determinado priorizar, por criterio de finalidad pública efectiva y no generación de superposición de beneficios, de la siguiente manera: 1. Prioridad 1: Personas naturales residentes en el distrito de Lámud, que no estén afectos a los beneficios de Programas Sociales (“Pensión 65”, “Juntos”, Programa “Contigo”), bono especial de cobro “yo me quedo en casa”, así como aquellos que cuenten con Clasificación Socio-económica (CSE), de pobre y pobre extremo, que no se registren como beneficiarios de los programas y bonos anteriormente señalados, y/o que su gestión de acceso a los mismos se encuentre en trámite. Así también son prioritarias, aquellas personas naturales residentes en Lámud, que se encuentren indocumentadas o en trámite de Documento Nacional de IdentidadDNI, y que a criterio de las Comisiones de Trabajo evidencia necesidad de atención, evidenciando riesgo social y/o vulnerabilidad. OBSERVACIÓN: Personas en situación de vulnerabilidad son las que, por

razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas o culturales, se encuentran con especiales dificultades para ejercer con plenitud sus derechos . Pueden constituir causas de vulnerabilidad, las siguientes: la edad, la discapacidad, la pertenencia a comunidades indígenas o a minorías, la migración y el desplazamiento interno, la pobreza, el género, la orientación sexual, la privación de libertad, entre otras (MIMP, 2020).

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2. Prioridad 2: Personas naturales residentes en el distrito de Lámud, pertenecientes a un núcleo familiar liderado por un trabajador/ora independiente, de oficios diversos, que no cuente Registro Único de Contribuyentes-RUC, y que a criterio de las Comisiones de Trabajo evidencie necesidad de atención, de acuerdo a criterios de vulnerabilidad. 3. Prioridad 3: Personas naturales residentes en el distrito de Lámud, que por núcleo familiar perciban hasta dos (2) de los beneficios de Programas Sociales (“Pensión 65”, “Juntos”, Programa “Contigo”), bono especial de cobro “yo me quedo en casa”, y que en su domicilio de residencia, y/o no cuente con servicios básicos (luz, agua y/o desagüe públicos). 4. Prioridad 4: Personas naturales residentes en el distrito de Lámud, que por núcleo familiar perciban de tres a mas (3) de los beneficios de Programas Sociales (“Pensión 65”, “Juntos”, Programa “Contigo”), bono especial de cobro “yo me quedo en casa”. OBSERVACIÓN: Personas naturales residentes en el distrito de Lámud, que cuente con Registro Único de Contribuyentes-RUC, activo y habido; trabajadores públicos bajo cualquier modalidad de contratación, y pensionistas bajo cualquier régimen, NO PODRÁN RECIBIR EL BENEFICIO. Cabe precisar además que la distribución efectiva de canastas será en base a las prioridades establecidas. Así mismo, de darse la probabilidad, que que culminada la entrega de canastas a los beneficiarios focalizados y priorizados, existan canastas remanentes, las mismas serán reservadas para los reportes respectivos, así como para su disposición final de acuerdo a posteriores consideraciones y diposiciones que a nivel de gobierno central se puedan presentar, primando su objeto netamente social. Tabla 2. Formulación de canasta alimentaria por familia por cuarentena de Covid19 (Coronavirus), distrito de Lámud, provincia de Luya, región Amazonas.

PRODUCTO GENÉRICO

Cantidad Redondeado a enteros (kg./L./Unid.)

PRODUCTO ESPECÍFICO

AVENA EN HOJUELAS PRECOCIDA

9.00

CEREAL ARROZ CALIDAD SUPERIOR

MENESTRAS GRASA VEGETAL

PROTEINA ANIMAL

AZÚCARES

12.00

PRESENTACIÓN PRESENTACIÓN INDIVIDUAL FINAL

BOLSA POR 135 GRAMOS BOLSA POR 1 KG. BOLSA POR 1 KG. BOTELLA X 1 LITRO LATA POR 400 GRAMOS LATA POR 170 GRAMOS

LENTEJA SERRANITA

2.00

ACEITE VEGETAL DE SOYA

1.00

LECHE EVAPORADA ENTERA

6.00

CONSERVA DE PESCADO (CORTE FILETE) EN ACEITE VEGETAL

3.00

AZÚCAR RUBIA

1.00 BOLSA X 1 KG.

9

SACO DE POLIPROLILENO X 25 Y/O 50 KG, COLOR BLANCO Y/O TRANSPARENTE SIN COSER

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Capital Arqueológica de la Región Amazonas 5.3. Gestión presupuestaria, según D.U. N° 033-2020-PCM Oficializado el D.U. N° 033-2020-PCM, de fecha 28.03.2020, la Jefatura de Presupuesto, Planificación e Inversiones, cumplirá con las siguientes etapas y dentro de los plazos establecidos en la GUIA DE ORIENTACIÓN PARA LA GESTIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CANASTAS FAMILIARES EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA POR EL BROTE DE COVID-19: - Incorporación de la transferencia de recursos en función al D.U. N° 033-2020-PCM, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, y la cadena funcional programática, conforme lo dispone el Dispositivo Legal anteriormente señalado. - Otorgamiento de la certificación presupuestal a solicitud de la Gerencia de Administración y Finanzas (OEC). 5.4. Gestión administrativa para adquisición de productos alimentarios de primera necesidad En cuanto a la gestión administrativa para la adquisición de los productos alimentarios, estará bajo responsabilidad de la Gerencia de Administración y Finanzas (OEC), así como la Gerencia de Desarrollo Social en calidad de área usuaria; e involucra las siguientes etapas, según la GUIA DE ORIENTACIÓN PARA LA GESTIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CANASTAS FAMILIARES EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA POR EL BROTE DE COVID-19: - Elaboración de Requerimientos por parte del área usuaria (Elaboración de especificaciones Técnicas Mínimas-ETM) (Gerencia de Desarrollo Social). - Estudios de mercado respectivos dependiente al monto, así como conformación de expedientes de contratación. - Solicitud de certificación presupuestal. - Elaboración de compromiso presupuestal en el módulo SIAF - Emisión y notificación de órdenes compra y/o contratos respectivos. - Emisión de conformidad de pago de acuerdo a expediente de contratación (Gerencia de Desarrollo Social). - Devengado, y girado a favor de proveedor y/o proveedores. - Regularización de documentación de contratación respectiva. 5.5. Recepción, control de calidad, desinfección, y preparación de canastas alimentarias En lo que refiere, a la actividad de recepción, control de calidad, desinfección y preparación de canastas alimentarias, seguirá las siguientes acciones: - La recepción y control de calidad, estará a cargo del Gerente de Desarrollo Social, y Sub Gerente de Bienestar Social, en sus calidades de Ingeniero Agroindustrial e Ingeniero de Industrias Alimentarias, respectivamente, y se realizarán de acuerdo a las cantidades y parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas Peruanas (NTP), de existir para cada producto alimentario, así como las Especificaciones Técnicas Mínimas establecidas en el expediente de contratación. La recepción de los lotes de los productos alimentarios,

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Capital Arqueológica de la Región Amazonas se realizará en los ambientes de almacén de la Unidad de Programas Sociales, cito en la Av. Blas Valera s/n, referencia al lado de la I.E.E “Blas Valera”, ciudad de Lámud. - La desinfección se realizará a los lotes de productos de manera superficial, en cuanto los envases y embalajes hayan estado en contacto directo durante la manipulación respectiva, y se realizará sin afectar las características de los productos, con una dilución de agua + hipoclorito de sodio hasta el 5%. Consecuentemente la conformación de canastas estará a cargo de la Comisión social, detallada como recursos humanos disponibles internos , de acuerdo a las cantidades y productos en la canasta alimentaria aprobada, cabe precisar que los miembros de la comisión social, antes, durante y después de la recepción de productos, preparación y distribución de canastas alimentarias, cumplirán con las medidas de bio-seguridad respectivas, recomendadas por la Organización Mundial de la SaludOMS, y Normas Técnicas Alimentarias respectivas, a nivel de implementación: Mascarillas desechables, guantes quirúrgicos, botas de jebe, etc.; así como el lavado y desinfección permanente de manos con jabón líquido y gel desinfectante. Cabe precisar además que los vehículos que transportarán las canastas alimentarias hasta los beneficiarios de destino, correrán con los procesos de lavado y desinfección previos (Dilución de agua + hipoclorito de sodio hasta el 5%), antes y después del transporte realizado. 5.6. Distribución de canastas alimentarias La distribución de canastas alimentarias, involucrará las siguientes acciones: -

Sectorización de beneficiarios priorizados y focalizados por barrios: Matriz, San Antonio, Gualamita, Santa Ana, Cuémal, y probablemente otros centros poblados; de acuerdo al padrón social definitivo.

-

Según lo establecido en el D.U. N° 033-2020-PCM, la entrega efectiva de bienes se realizará únicamente en los domicilios de residencia de los beneficiarios, para lo cual con anticipación la Entidad publicará el padrón social definitivo en medios municipales (Redes sociales, página web, altoparlante y espacios publicitarios municipales) así como las fechas de entrega por cada sector. No se entregará canastas alimentarias fuera del docmicilio del beneficario, que por circuntancias ajenas a la Entidad se hayan presentado.

-

En la programación establecida, los frentes de distribución conformados, realizarán el transporte en unidades vehiculares mayores (Camionetas) y menores (Motos cargueras), hasta el domicilio de los beneficiarios, los cuales una vez recibida la canasta alimentaria, constatarán las existencia exacta de los productos señalados así como las condiciones y cantidades de las mismas, para proceder a la suscripción de la documentación y demás medios de verificación respectivos, cabe precisar que los formatos establecidos, tendrán carácter de Declaración Jurada. OBSERVACIÓN: Por criterios de seguridad, orden y localización, la distribución de canastas alimentarias, estará acompañado por las fuerzas del orden, a travéz de la Policia Nacional del Perú, y el represeante Vecinal o civil de cada lugar de distribución.

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Capital Arqueológica de la Región Amazonas 5.7. Reportes, balances, y rendiciones Según lo establecido en el D.U. N° 033-2020-PCM y sus lineamientos, una vez concluido la entrega del total de las canastas alimentarias, el Comité Social realizarán los reportes, balances y rendiciones necesarias en base a la normatividad afecta a la materia, así como la pleno del concejo provincial, en la sesión ordinaria y/o extraordinaria de programación más próxima. Así también realizará la publicación en el portal institucional o en su defecto, en lugar visible que permita su publicidad, la lista de personas que fueron beneficiadas con la entrega de productos en un plazo máximo de 15 días calendario de culminada la Emergencia Sanitaria (Inciso 2.9, Artículo 2°, D.U. N° 033-2020-PCM).

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Capital Arqueológica de la Región Amazonas VI.

Programación Tabla 3. Programación de actividades proyectada



Actividades programadas

1 2

Oficialización de D.U. 033-2020-PCM Elaboración de Plan de Trabajo

4

Conformación de Comisiones Especiales, comités de vigilancia y fiscalización Focalización, priorización de público objetivo (padrón social), y elaboración de la canasta básica alimentaria

5

Gestión presupuestaria, según D.U. N° 033-2020-PCM

3

7

Gestión administrativa para adquisición de productos alimentarios de primera necesidad Recepción, control de calidad, desinfección, y preparación de canastas alimentarias

8

Distribución de canastas alimentarias

9

Reportes, balances, rendiciones, controles y conformidades respectivas

6

Marzo, 2020 28-mar 29-mar 30-mar 31-mar 01-abr 02-abr 03-abr

Abril, 2020 04-abr

05-abr 06-abr 07-abr 08-abr 09-abr

Como se puede apreciar en la Tabla 2, a condiciones ideales el tiempo requerido proyectado para ejecución del presente Plan de Trabajo, requiere de trece (13) días calendarios, el mismo que inicia su vigencia después de la oficialización del dispositivo legal del gobierno central, para este caso el D.U. N° 033-2020-PCM, y finaliza con los reportes, balances, rendiciones, posibles controles, así como las conformidades de pago de las adquisiciones respectivas realizadas en el marco de la emergencia. Cabe precisar que esta programación, es ajena a los controles posteriores que pueda realizar de oficio la Contraloría General de la República, a travéz de sus representantes locales.

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VII.

Recursos y financiamiento Para la ejecución del Plan de Trabajo se requieren los siguientes recursos: a. Disponibles:

-

Internos: i. Humanos Prof. Diógenes Humberto Zavaleta Tenorio Alcalde Provincial de Luya-Lámud Prof. Doris Zapata Oxolón Regidora Provincial Prof. Walter A. Pizarro Rodas Regidor Provincial Prof. Roberto Zumaeta Arista Regidor Provincial Ing. Henry James Castro Aguilar Gerente Municipal Ing. Gerardo Hanlong Mori Zabarburú Gerente de Desarrollo Social Ing. José Fernández Vásquez Gerente de Desarrollo Económico y Medio Ambiente C.P. Wilder Maslucán Checán Gerente de Administración y Finanzas C.P. Franklin Aquino Ocampo Jefe de Presupuesto, Planificación e Inversiones Ing. Boris Chicana Vélez Sub Gerente de Bienestar y Promoción Social Ing. Juan Carlos Rentería Sub Gerente de Medio Ambientes y Servicios Públicos Abog. Juan Carlos Membrillo Hernández Responsable de la Unidad de Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal Br. Pedro Julca Gúpioc Responsable de la Unidad Local de Empadronamiento Sra. Oferlinda Gaona de Gómez Auxiliar de la Sub Gerencia de Bienestar y Promoción Social Externos:

-

Prof. Gregorio Rosas Montenegro Sub Prefecto de la Provincia de Luya Med. Jorge Luis Ballena Ballena Jefe del Centro de Salud de Lámud MY P.N.P. Waldo Chenet Villegas Comisario Sectorial Rural PNP Lámud Abog. Roger Ángeles Sánchez Presidente del Frente de Defensa de los Intereses de la Provincia de Luya Juntas Vecinales de los barrios: Matriz, San Antonio, Gualamita y Santa Ana. Agente Municipal del Anexo de Cuémal, distrito de Lámud. Presidente de la Comunidad Campesina de Cuémal, distrito de Lámud. Miembros de la Pastoral Social de Lámud.

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-

ii. Logísticos 3 Un (1) volquete internacional, capacidad 10 m . Dos (2) Camionetas 4 x 4 doble tracción. Una (1) Moto carguera. Combustibles: Cicuenta (50) galones de Petróleo y veinte (20) galones de gasolina de 90°. Dos (2) Balanzas con capacidad hasta 100 kg. Seis cientos (600) Sacos de polipropileno con capacidad de 50 kg. c/transparente. Doce (12) pares de botas de jebe diversas tallas. Cincuenta (50) unidades de mascarillas desechables. Treinta y seis (36) pares de guantes quirúrgicos, diversas tallas. Tres (3) unidades de mochilas de fumigación. Treinta y seis (36) gorros para industria alimentaria. Diez (10) unidades de jabón líquido por 300 mL. Diez (10) unidades de gel desinfectante para manos. Seis (6) litros de alcohol etílico de 90° G.L. Cinco (5) galones de Hipoclorito de Sodio. Útiles de escritorio diversos. Treinta (30) metros cuadrados de plástico tipo “Margarito” doble manga. Cincuenta (50) metros lineales de soga delgada c/blanco. Infraestructura municipal (Almacén central, Almacén de Programas Sociales). b. No Disponibles

Tabla 4. Presupuesto general proyectado de recursos no disponibles PRESUPUESTO GENERAL ADQUISICIÓN DE CANASTAS ALIMENTARIAS PARA REDUCIR EL IMPACTO EN LA ECONOMÍA PERUANA, DE LAS DISPOSICIONES DE PREVENCIÓN ESTABLECIDAS EN LA DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL ANTE LOS RIESGOS DE PROPAGACIÓN DEL COVID – 19 PARTIDA ESPECÍFICA 2.3.11.11

DESCRIPCIÓN

UNID. MEDIDA

CANT.

PRECIO SUBTOTAL (S/.) UNITARIO (S/.)

49,939.45

Alimentos y bebidas de consumo humano Uni da d

4,545.00

0.95

4,317.75

Arroz ca l i da d s uperi or

kg.

6,060.00

3.83

23,209.80

Lenteja s erra ni ta

kg.

1,010.00

3.80

3,838.00

Avena en hojuel a s precoci da (Bol s a por 135 gra mos )

505.00

6.00

3,030.00

Cons erva de pes ca do (Fi l ete, l a ta por 170 gra mos )

Uni da d

Li tro

1,515.00

2.92

4,423.80

Leche eva pora da (La ta por 400 gra mos )

Uni da d

3,030.00

3.17

9,605.10

505.00

3.00

Acei te vegetal

kg.

Azúca r rubi a PRESUPUESTO TOTAL (S/.)

1,515.00 49,939.45

El presupuesto general de recursos no disponibles (Adquisición de productos alimentarios de primera necesidad), asciende a S/. 49,939.45 (Cuarenta y nueve mil novecientos treinta y nueve y 45/100 soles), con clasificador de gastos 2.3.11.11, y será íntegramente financiado por la transferencia presupuestaria establecida en el D.U N° 033-2020-PCM, el cual para el distrito de Lámud, asciende a S/. 50,000.00 (Cincuenta mil y 00/100 soles), estando dentro de la cobertura presupuestal.

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La Entidad, no ejecutará gastos operativos consignados en el D.U N° 033-2020-PCM , y especificados en la GUIA DE ORIENTACIÓN PARA LA GESTIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CANASTAS FAMILIARES EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA POR EL BROTE DE COVID-19, dando espacio para adquisición de mayor número de canastas, a favor de mayor número de beneficiarios focalizados y priorizados. Cabe precisar además que en conjugación de los parámetros establecidos en el numeral 5.2.2 Elaboración de la canasta básica alimentaria, se ha determinado la adquisición de un total de quinientas cinco (505) canatas alimentarias, para su posterior distribución de acuerdo al padrón social. VIII.

Supervisión, control y acceso a la información pública La ejecución del presente Plan de Trabajo, está sujeto a la vigilancia, control, y fiscalización por parte de los órganos establecidos en el Numeral V, inciso 5.1.; así como los controles simultáneos o posteriores realizados de oficio por la Contraloría General de la República (Nacional, Regional) y/o su representante a nivel Local, el Órgano de Control Institucional de la Entidad-OCI. Así mismo todo información documentaria referida a la ejecución del presupuesto establecido en el marco del D.U N° 033-2020-PCM, está sujeto a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en todos sus extremos.

IX.

Otras consideraciones Ante la contigencias de situaciones no previstas en el presene plan de trabajo, en tanto involucre una de las actividades establecidas en sus diversas fases; serán atendidas y resueltas bajo los técnicos, legales, y sociales del Comité Social, debidamente vigilado por su Comisión de Vigilancia, así como de Fiscalización, siendo sujeto además algunas consideraciones a modificación.

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