PDT Daot 3500

2020-II TALLER DE APLICATIVOS TRIBUTARIOS Declaración Anual de Operaciones con Terceros DAOT Sujetos Obligados - DAOT S

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2020-II

TALLER DE APLICATIVOS TRIBUTARIOS Declaración Anual de Operaciones con Terceros DAOT Sujetos Obligados - DAOT Se encuentran obligados a presentar la Declaración Anual de Operaciones con Terceros - DAOT 2019 los sujetos siguientes: 1.- Que al 31 de diciembre del 2019, hubiesen tenido la categoría de Principales Contribuyentes. 2.- Que estén obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el ejercicio 2019, siempre que: 2.1.- El monto de sus ventas internas haya superado las 75 UIT. 2.2.- El monto de sus adquisiciones de bienes o servicios construcción haya superado las 75 UIT.

o contratos de

3. Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones inafectas del IGV en el Ejercicio 2019, cuyo número de trabajadores que deben ser declarados en el PDT Planilla Electrónica PLAME Formulario Virtual N.° 0601 correspondiente al período tributario noviembre del Ejercicio 2019 sea superior a diez (10). Se entiende como trabajador, para tal efecto, a los sujetos definidos en el literal v) del artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2011/SUNAT y normas modificatorias. Para el cálculo de las ventas internas considere: Si usted declara a través del

Sume las casillas

PDT 621 IGV Renta Mensual

100 + 105 + 109 + 112 + 160

Formulario Virtual 621

100+105+109

Formulario Virtual N°621 Simplificado IGV- Renta Mensual

100

Para el cálculo de las compras internas considere: Si usted declara a través del

Sume las casillas

PDT 621 IGV Renta Mensual

107 + 110 + 113 + 120

Formulario Virtual 621

107+113+120

Formulario Virtual N° 621 Simplificado IGV- Renta Mensual

107

La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) a considerar es la vigente durante el ejercicio 2019: S/ 4,200

C.P.C. Sánchez Bernardo, María del Pilar

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TALLER DE APLICATIVOS TRIBUTARIOS Operaciones a Informar - DAOT Se debe incluir en la DAOT, las Operaciones con Terceros que el declarante hubiera realizado durante el ejercicio en calidad de proveedor o cliente. Se entiende como Operación con Tercero a la suma de los montos de las transacciones realizadas con cada tercero (cliente o proveedor), siempre que ésta sea mayor a dos (2) UIT. Para el ejercicio 2019 valor de la UIT es de S/ 4,200 2 UIT del 2019 = S/ 8,400

Constancia de no tener información a declarar - DAOT Si es sujeto obligado y no tiene operaciones con terceros a declarar, es decir, si sus operaciones con cada tercero no supera las dos (2) UIT (Para el ejercicio 2019 el valor de la UIT es de S/ 4,200, 2 UIT= S/ 8,400), deberá presentar en sustitución a su declaración la "Constancia de no tener información a declarar" a través de SUNAT Operaciones en Línea. Ingresar a Mis declaraciones y Pagos/Presento mis declaraciones informativas

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C.P.C. Sánchez Bernardo, María del Pilar