Patrimonio

Patrimonio Autonomo Es aquel que tiene vida propia sin necesidad estar vinculado a un sujeto de derecho, son un conjunto

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Patrimonio Autonomo Es aquel que tiene vida propia sin necesidad estar vinculado a un sujeto de derecho, son un conjunto de derechos y obligaciones que no está imputado a una persona determinada. Para muchos esta figura no tiene posibilidad existir en nuestro derecho pero para otros una muestra clara es el de la herencia yacente ejemplo del patrimonio autónomo, como se sabe la herencia yacente es aquel patrimonio hereditario en que se ignora quién es el heredero, no tiene herederos o los que existían han renunciado a dicha herencia, la cual aparece consagrarán artículo 1060 del código civil vigente.

Hay quienes denominan a este especie patrimonial como "teoría de los derechos sin sujetos ", otro señalan que son patrimonios autónomos aquellos que se encuentran en tránsito de un titular aún causahabientes particular y los últimos aplica la noción de patrimonio autónomo a las empresas en formación. La diferencia de este tipo de patrimonio y el anterior reside, en que este prototipo de patrimonio existe con finalidad propia, con su propio sujeto colectivo, en espera de un eventual reconocimiento y recayendo en el mismo autónomos derechos y obligaciones; un ejemplo típico sería aquellos bienes que se deposita transitoriamente para una sociedad mercantil en formación, o una fundación, bienes éstos que se han salido del patrimonio de los socios, pero no han ingresado al patrimonio del ente en formación, dado que dicho ente está precisamente en formación, en este intervalo tal masa o núcleo de bienes ha de estimarse como autonomía en función de quién ha hecho el aporte y para quien se hizo el aporte. Patrimonio Neto Es aquel perteneciente a los dueños de la empresa, o como el valor resultante de la diferencia entre los bienes y derechos de la empresa y las deudas o compromisos que posee a una fecha dada, o como la diferencia entre la totalidad de los rubros activos y de los rubros pasivos. También podemos interpretar el patrimonio neto, refiriéndose a lo que queda de elementos activos cuando se deduce el pasivo, en otras palabras las deudas del titular (bona non intelleguntur). Por otra parte, mientras, desde el punto de vista económico, no hay patrimonio cuando el monto del pasivo iguale o exceda del monto del activo. Patrimonio Colectivo La principal característica de este tipo de patrimonio es que la titularidad de los mismos corresponden a más de una persona, en este caso, ninguno de los titulares tiene un derecho específico sino que todos unitariamente ejerce un derecho general sobre todos y cada uno de los elementos que constituyen el patrimonio, un ejemplo típico de ello es la comunidad de bienes en el matrimonio, establecido en el artículo 164 del código civil, el cual reza de la siguiente forma: "Se presume que pertenece a la comunidad todos los bienes existentes mientras no se pruebe que son propios de algunos de los cónyuges".

Patrimonio Bruto Se habla de "patrimonio bruto" para aludir al valor del activo; de "patrimonio neto" para referirse a la diferencia entre el valor del activo y el valor del pasivo, y de "patrimonio pasivo" cuando el valor de éste es superior al valor del activo.

Significado de Patrimonio Frecuentemente se llama patrimonio al conjunto de bienes o riqueza de una persona, de modo que sólo se dice que una persona tiene patrimonio cuando tiene fortuna en el sentido material de la palabra. La etimología de la palabra patrimonio proviene de origen latín, deriva de "Patri onium", es decir lo recibido por el padre o pater. Se dice que los romanos no tenían un teoría como hoy en día para el patrimonio, mas bien ellos lo veían como un conjunto de cosas corporales que se transmitían de generación a generación. Viendo los patrimonios como entes jurídicos hizo que los romanos se acostumbren a la transmisión de acto Inter-vivos como en los casos de matrimonio, adrogación y legitimación. Al decir transmisión simplificamos que era la interacción que existe entre la persona y la cosa. También existía un patrimonio sin titular, por lo tanto este no podía adquirir los derechos y obligaciones que el patrimonio te otorga. Los derechos patrimoniales son derechos que se reflejan en el patrimonio y tienen como objeto "satisfacer las necesidades económicas". En los derechos patrimoniales existen dos clases de divisiones, de los derechos reales y las de obligaciones, los que también se reconoce por derechos personales. En la época romano, donde se creo el patrimonio, los jurisconsultos romanos no se preocuparon de formular una definición o concepto concreto de los derechos reales, y para hacerlo mas fácil lo único que esto jurisconsultos llegaron a cumplir fue establecer diferencias entre las dos clases de derechos patrimoniales.

Jorge Diaz.