Pasivos

Unidad II Pasivos Contenido •2.1 Concepto, características e importancia •2.2 Cuentas por pagar •2.3 Contribuciones por

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Unidad II Pasivos Contenido •2.1 Concepto, características e importancia •2.2 Cuentas por pagar •2.3 Contribuciones por pagar y retenidas •2.4 Obligaciones en Circulación •2.5 Deudas a largo plazo •2.6 Reglas de valuación, presentación y revelación aplicables. 2.1 Concepto, características e importancia El pasivo se forma por las obligaciones o los gravámenes contraídos por la entidad económica. Se dice también que son créditos concedidos a la empresa, pero a cargo del activo o recursos de la misma. Dicho de otra manera un pasivo es el conjunto o segmentos, cuantificables de las obligaciones presentes de una entidad particular, virtualmente ineludibles, de transferir efectivo, bienes o servicios en el futuro a otras entidades, como consecuencia de transacciones o eventos pasados. Ahora bien los Pasivos son créditos a cargo de la empresa que recibió mercancías, maquinaria o servicios, para pagarlos en una fecha determinada que, como se verá más adelante puede ser a corto o largo plazo. Los principales conceptos comprendidos en el Pasivo son los siguientes: a) Adeudos por la adquisición de bienes y servicios, inherentes a las operaciones principales de la empresa, como son obligaciones derivadas de la compra de mercancías para su venta o procesamiento. b) Cobros anticipados a cuenta de futuras ventas de mercancías o prestación de servicios. c) Adeudos provenientes de la adquisición de bienes o servicios para consumo o beneficios de la misma empresa.

d) Pasivos provenientes de las obligaciones contractuales o impositivas como son sueldos, comisiones, regalías, gratificaciones, impuestos retenibles o a cargo de la misma empresa, participación de utilidades a los trabajadores, etcétera. e) Prestamos de las instituciones de crédito, de particulares, de compañías filiales, de accionistas o funcionarios, etc., representados tanto por adeudos obtenidos a través de contratos formales de crédito, como por adeudos amparados por simples títulos de crédito o bien por créditos no documentados en los cuales exista un convenio escrito acerca del vencimiento. En el caso de contratos formales de crédito, estos pueden consistir por lo general en préstamos hipotecarios, refaccionarios, de habilitación o de avió, emisión de obligaciones, etcétera. f) Ciertos casos de obligaciones provenientes de operaciones bancarias o descuentos de documentos. La experiencia ha demostrado que, en ocasiones, la operación bancaria de descuento de documentos constituye una típica operación crediticia, garantizada básicamente por la solvencia del descontratarlo y en formas secundaria por los documentos descontados.

Clasificación El pasivo se clasifica de acuerdo a su fecha de liquidación o vencimiento, en pasivo a corto y pasivo a largo plazo de acuerdo a las NIF (Normas de Información Financiera). Pasivo a corto plazo Es aquel cuyo vencimiento se producirá dentro de un año o en el ciclo normal de las operaciones cuando este no sea mayor a un año. Pasivo a largo plazo Está representado por adeudos cuyo vencimiento sea posterior a un año o al ciclo normal de las operaciones, si este es mayor a un año. Cuentas: Algunas cuentas por pagar son: •Dividendos: las percepciones que reciben los socios. •Proveedores: aquellas personas a quienes se debe por concepto de mercancías. •Documentos por pagar: son títulos a crédito a cargo de la empresa, como letras de cambio y pagarés. •Impuestos por pagar: son los impuestos generados, o causados devengados. Acreedores diversos: son entidades a quienes la empresa debe por un concepto distinto de las mercancías (puede ser dinero). Gastos pendientes de pago: son los gastos por servicios o beneficios devengados, que están pendientes de pago a cargo de la empresa. Acreedores hipotecarios o hipotecas por pagar: son las obligaciones que tienen como garantía la escritura de bienes inmuebles (terrenos y edificios). Registro: Se carga: Por la disminución de pagos o abonos a la deuda. SeAbona: Cuando se adquiere la obligación, Cuando incrementa la obligación Debe ser una cuentaAcreedora y representa el valor de la deuda actual. 2.3 Contribuciones por pagar y retenidas

•Una contribución es un tributo o impuesto que debe cancelar el contribuyente o beneficiario de una utilidad económica, cuya justificación es la obtención por el sujeto pasivo •Los impuestos por pagar son los impuestos que genera la propia empresa y que están pendientes de pagar al fisco. •Lo impuestos retenidos es cuando la empresa retiene a un tercero el impuesto de una transacción de acuerdo a la ley fiscal.

2.4 Obligaciones en Circulación: Emitir obligaciones como una forma de generar recursos es similar a obtener financiamiento bancario con la ventaja de proponer el costo de ese financiamiento. La cuenta es de naturaleza acreedora y representa el compromiso que la empresa adquirió con los adquirientes de dichas obligaciones. Por lo tanto su contabilización seria la siguiente: El registró inicial -al colocar las obligaciones ante el público inversionistaseria con cargo a bancos y abono a Obligaciones en Circulación, manejando subcuentas para las emisiones que se realicen. Y durante el ejercicio, los cargos serian por el importe del valor nominal de las obligaciones que se hayan pagado o redimido. Y los abonos por el valor nominal de las nuevas emisiones de obligaciones en circulación. Su saldo es acreedor y representa el valor nominal de las obligaciones en circulación. Para efectos de presentación en el balance, esta deberá hacerse dentro del pasivo no circulante o a largo plazo, a excepción de la porción a corto plazo a pagar dentro de los siguientes doce meses de la fecha del balance, en cuyo caso esta porción se mostrara como pasivo circulante.

2.5 Deudas a Largo Plazo.

Las deudas a largo plazo son endeudamientos que se tienen hasta doce meses, este tiempo se determina para pagar una deuda que se tiene. Las deudas a largo plazo son obtenidas para tener una mayor estabilidad financiera en un futuro determinado, la idea es que si se obtiene un préstamo a doce meses se pueda pagar rápidamente para que se convierta en una deuda a corto plazo, la necesidad de las empresas de acceder a tomar prestamos es con la visión de crecimiento en un futuro. Las deudas a largo plazo permiten una mayor financiación que las deudas a corto plazo, ya que el riesgo de incertidumbre hacia un futuro es mayor, porque este tipo de deuda puede superar el tiempo determinado para terminarse; se debe tener en cuenta la capacidad de endeudamiento de la entidad para pagar la obligación, una vez otorgado el crédito a largo plazo el prestatario no podrá acceder a otro crédito, La financiación de la deuda es un medio de recaudar fondos para generar capital de trabajo, que se utiliza para pagar proyectos o iniciativas que el emisor de la deuda tiene que emprender. El emisor podrá optar por emitir bonos, pagarés u otros instrumentos de deuda como medio de financiación de la deuda asociada al proyecto. A cambio de la compra de pagarés o bonos, el inversor dispone de algún tipo de retorno de beneficio por encima y más allá de la cantidad original de compra.

Factores principales en una deuda a largo plazo Vencimiento del préstamo: como se puede predecir el comportamiento futuro de las tasas, se exige una mayor rentabilidad. Tamaño del préstamo: Los costos de administración del préstamo pueden disminuir al aumentar el tamaño del préstamo, pero también hace que aumente el riesgo. Riesgo financiero del prestatario: cuanto mayor sea el capital, más financieramente riesgosa será la empresa, debido a esto los prestamistas exigen una mayor tasa que compense el riesgo que se está asumiendo. Costo del dinero: en vista que el costo del dinero es la base para el cálculo del interés este incidirá sobre el costo de la deuda a largo plazo, casi siempre se

incluye en la tasa de interés sobre la emisión de la deuda a largo plazo que se encuentre libre de riesgo.

VENTAJAS DE LAS DEUDAS A LARGO PLAZO 

Los contratos pueden ser modificados o re negociados.



Permite programar mejor el flujo de efectivo.



Mayor flexibilidad en la elaboración de contratos para adoptarlos a las necesidades del prestatario.  El prestatario evita los gatos de agentes de colocación y distribución. 

Responsabilidad de años de gracia, lo cual constituye una ventaja para que el beneficiario del préstamo pueda recibir. Ganancias derivadas de la adquisición o de inversión realizada.  Se requiere de una menor cantidad de tiempo para llevar acabo los arreglos necesarios para obtener beneficios, se puede renunciar a una gran cantidad de préstamos estacionales de corto plazo, reduce el peligro de la falta de renovación de prestamos

DESVENTAJAS DE LAS DEUDAS A LARGO PLAZO 

Tasas de interés más altas.



Altos estándares de crédito requeridos por el prestamista.



Los costos de investigación pueden ser altos.



El prestamista permanece con la compañía durante un periodo más controlado grandes restricciones a empresas pequeñas y medianas, así como de capital extranjero.  La salida de efectivo es grande debido a los que requieren una amortización regular.

2.6 Reglas de valuación, Presentación y revelación aplicables: Todos los pasivos de la entidad necesitan ser valuados y reconocidos en el balance general. Para efecto de su reconocimiento, deben cumplir con las características de ser una obligación presente, donde la transferencia de activos o prestación de servicios seas virtualmente ineludible y surja como consecuencia de un evento pasado. Pasivos financieros e instrumentos financieros de deuda. En el caso de préstamos obtenidos en efectivo, el pasivo debe reconocerse por el importe recibido o utilizado. Si hubiera una porción del préstamo de la que aún no se hubiera dispuesto, esta no debe reflejarse en el balance general. Existen casos en el que los pasivos deben liquidarse, mencionados en las tablas de amortización que forman parte en los contratos formales de crédito, o bien, el valor nominal de documentos por pagar suscritos, incluyen el importe de los intereses por financiamiento. En estos casos, el pasivo se reconoce por el total, cargando el importe de los intereses no devengados a una cuenta complementaria de pasivo. En el caso de que las tablas de amortización o en los documentos por pagar no se muestren la separación entre el importe del préstamo y los intereses, se establece esta distinción en los registros contables, con objeto de contabilizar el importe de los intereses como un gasto financiero conforme se devenguen. Pasivo por emisión de obligaciones El pasivo por emisión de obligación debe representar el importe a pagar por las obligaciones emitidas, de acuerdo con el valor nominal de os títulos, menos el descuento o más la prima de colocación. Los intereses serán pasivos conforme se devenguen. El importe de los gastos de emisión, tales como honorarios legales, intermediación, gastos de emisión, impresión, etcétera, Si como la prima o el descuento en la colocación de obligaciones deben amortizarse durante el periodo en que las obligaciones estarán en circulación, en proporción al vencimiento de las mismas. Todos los conceptos anteriores forman parte de la tasa efectiva de interés. Redención anticipada de obligaciones En el caso de redención de las obligaciones antes de su vencimiento, debe ajustarse la amortización de los gastos de emisión y del descuento o de la prima, con

objeto de aplicar a los resultados, dentro de partidas especiales, la parte proporcional que corresponde a las obligaciones redimidas anticipadamente. Asimismo, cuando se redimen anticipadamente obligaciones por decisión de la entidad emisora, generalmente es necesario pagar un premio a los tenedores de las obligaciones. El importe del premio debe reconocerse como partida especial del ejercicio en que se redimen las obligaciones. La excepción a la regla establecida en el párrafo anterior se da en el caso de que la redención anticipada se efectué como consecuencia de una nueva emisión de obligaciones. El tratamiento contable de los montos que se venían amortizando es el siguiente: a. Cuando el valor presente de los flujos futuros del nuevo instrumento, descontados a la nueva tasa efectiva de interés, no difiera en más de 10% del valor presente de los flujos futuros del instrumento original, descontando a la tasa efectiva original, se entenderá que no se tiene un nuevo instrumento y por tanto los gastos y primas o descuentos del instrumento anterior se amortizaran durante la vida remanente del nuevo instrumento. En este caso. Los gastos y primas o descuentos efectuados para llevar a cabo la nueva emisión deben ser reconocidos en los resultados del periodo en que se incurran como partidas especiales. b. En caso de que la diferencia entre los flujos futuros descontados, mencionada en el inciso anterior, sea mayor al 10%, se entenderá que se dio origen a un nuevo instrumento. En este caso, los gastos y primas o descuentos del instrumento anterior se deben cancelar en su totalidad contra los resultados del periodo dentro de partidas especiales, mientras que los gastos y primas o descuentos incurridos para llevar a cabo la nueva emisión deben ser amortizados en la vida remanente del instrumento, dentro del resultado integral de financiamiento. Las obligaciones redimidas deben reconocerse como una disminución al pasivo. Instrumentos financieros de deuda convertible en acciones Instrumentos financieros de deuda convertible en acciones del emisor, cuando el tenedor corre los mismos riesgos que los accionistas del emisor, se debe considerar que se trata de un instrumento de capital y debemos clasificarlo como tal, en cuyo caso los rendimientos que generen dichos instrumentos deben ser considerados como dividendos. Por el contrario, cuando el tenedor no corre los mismos riesgos que los accionistas del emisor, se trata de un instrumento de deuda y los rendimientos deben ser considerados como gastos por interés en el ejercicio en que se devenguen. Pasivos por proveedores, por obligación acumuladas, por retención de efectivo, y cobros por cuenta de terceros y por anticipo a clientes.

Los pasivos por proveedores que tienen su origen en la compra de bienes, surgen y se deben reconocer en el momento en que los riesgos y beneficios de los mismos han sido transferidos a la entidad. Los pasivos por proveedores que tiene su origen en la contratación de servicios, deben reconocerse en el momento en que estos son recibidos por la entidad. Los pasivos a favor de proveedores deben reconocerse deduciendo los descuentos comerciales, pero in deducir los descuentos por pronto pago, excepto en los casos de que la entidad tenga por norma aprovecharlos regularmente y esté en condiciones de continuar esta política, siempre y cuando aplique este procedimiento de manera uniforme. Cuando se suscriban documentos amparando compras de crédito, se reconoce tanto la adquisición del activo como el pasivo correspondiente por el importe total de la operación. Los pasivos generados por la retención de montos de efectivo y cobros por cuenta de terceros deben reconocer en el momento de efectuar la transacción o en el que se genere la obligación. Algunos ejemplos pueden ser: retenciones efectuadas a los trabajadores, derivadas de obligaciones laborales y de impuestos retenidos. Los pasivos por obligaciones acumuladas deben ser reconocidos con cargo a los resultados de operación. En aquellas situaciones en que no sea posible determinar con exactitud el importe del pasivo deben reconocerse estimaciones lo más certeras posibles. En esta situación pueden encontrarse, entre otros; pasivos por gratificaciones, vacaciones, sueldos e incentivos en general, comisiones, regalías, cuotas y ciertos impuestos a cargo de la entidad. Los anticipos de clientes se deben reconocer como pasivo por el monto de efectivo o, en su caso, por el valor razonable de los bienes o servicios recibidos en el momento de la transacción. Extinción de los pasivos Un deudor dejara de reconocer un pasivo solo si este ha sido extinguido. Se considera que un pasivo ha sido extinguido si reúne cualquiera de las siguientes condiciones: a. El deudor paga al acreedor y el liberado de su obligación con respecto a la deuda. El pago puede consistir en la entrega de efectivo, de otros activos financieros, de bienes, servicios o la adquisición de obligaciones en circulación emitidas por la misma entidad, sin importar si dichas obligaciones se cancelan posteriormente o se retienen en tesorería. b. Se libera legalmente a la entidad de ser el deudor, ya sea por medios judiciales o directamente por el acreedor.

1.6 Reglas de presentación Los rubros integrantes del pasivo deben ser presentados en el balance general de acuerdo a su exigibilidad, clasificados a corto plazo y a largo plazo. Por razón de su pronta o inmediata exigibilidad, y de su correlación con el activo circulante, en cuanto a la determinación del capital de trabajo, el pasivo a corto plazo debe presentarse como el primero de los grupos de pasivo en el balance general. El pasivo a corto plazo es aquel cuya liquidación se producirá dentro de un año. Se hace excepción a esta regla en caso de que el ciclo normal de las operaciones de la entidad sea mayor de un año y se haga una excepción similar en la clasificación del activo circulante. En este caso, el pasivo a corto plazo incluirá todos los adeudos que sean pagaderos dentro del ciclo normal de las operaciones y de debe mencionarse esta situación en los estados financieros y notas complementarias. Asimismo, aquellos adeudos cuyo vencimiento no esté sujeto al control de la entidad, se deben clasificar como pasivo a corto plazo. Consecuentemente, el pasivo a largo plazo está representado por los adeudos cuyo vencimiento sea posterior a un año o al ciclo normal de las operaciones, si este es mayor. La parte del pasivo a largo plazo, que por el transcurso del tiempo llega a ser pagadero dentro de los próximos doces meses o dentro del ciclo normal de las operaciones, si este último es mayor, se convierte en pasivo a corto plazo y, por tanto, debe clasificarse como tal en un renglón por separado. La presentación de los diferentes conceptos del pasivo en el balance general se debe considerar la agrupación de pasivos de naturaleza semejante, como las condiciones e exigibilidad y la importancia relativa. Pasivos financieros e instrumentos financieros de deuda Los pasivos que representen financiamientos bancarios a corto plazo deben manifestarse por separado. El pasivo por financiamiento bancario también debe incluir aquellos casos de obligaciones provenientes de descuentos bancarios de documentos por cobrar cuyas características son las de una típica operación crediticia, garantizada básicamente por la solvencia del descontatario y en forma secundaria por los documentos descontados, los cuales usualmente son rescatados y pagados directamente por el descontatario, por lo cual constituyen un pasivo. La prima o descuento en la colocación de obligaciones debe mostrarse dentro del pasivo, en el mismo concepto que lo origino. El importe de los gastos de emisión, como son honorarios legales, costos de emisión, de impresión, gastos de colocación, etcétera., deben reconocerse como un cargo diferido. Los intereses no devengados incluidos en los saldos de las cuentas de pasivo deben excluirse, para fines de presentación, del balance general compensándolos con los saldos que por el mismo monto se encuentren incluidos en la cuenta complementaria de pasivo. Esta exclusión se basa en el hecho de que los

intereses por pagar, aun no devengados, no presentan un pasivo del que se haya obtenido beneficio alguno a la fecha del balance general, y si inclusión dentro de los pasivos formales, cuando el monto de estos intereses es importante, puede desvirtuar la interpretación de la situación financiera de la entidad. Clasificación de pasivos a corto plazo que se espera sean refinanciados. Una obligación a corto plazo deberá excluirse del pasivo a dicho plazo solamente si cumple con lo establecido en el párrafo siguiente. Un pasivo a corto plazo no debe clasificarse como tal cuando la entidad tiene la intención de refinanciar dicho pasivo y demuestra su capacidad para hacerlo sobre una base de largo plazo en alguna de las siguientes formas: a. Con posterioridad al cierre del ejercicio, pero cuando antes de emitir los estados financieros la entidad ha efectuado la contratación de un pasivo a largo plazo o ha colocado instrumentos de capital para refinanciar el pasivo a corto plazo sobre una base de largo plazo. b. Después del cierre del ejercicio, pero antes de emitir los estados financieros cuando la entidad ha celebrado un convenio para refinanciar a largo plazo un pasivo de corto plazo. Los términos del párrafo anterior, inciso b, deben cumplir con las siguientes condiciones: a. El convenio debe tener un vencimiento superior a un año o al ciclo de operaciones de la entidad, el que sea mayor, a partir de la fecha de cierre del ejercicio. Durante dicho periodo no se puede rescindir el acuerdo por parte del acreedor, el nuevo acreedor o el inversionista, y las obligaciones incurridas por el acreditado no se pueden exigir, excepto por incumplimiento de algunas de las condiciones establecidas en el convenio. b. A la fecha de los estados financieros, al entidad no se encuentra en situación de incumplimiento bajo las nuevas condiciones establecidas en el convenio de financiamiento y no existe información alguna de que lo estará posteriormente o, en caso de que estuviera en situación del incumplimiento, el acreedor ha renunciado a su derecho de exigibilidad de cumplimiento. c. El acreedor con el que se ha llevado el acuerdo tiene suficiente capacidad financiera para cumplir con el convenio. Si la capacidad de la entidad para refinanciarse es demostrada por la contratación de un pasivo a largo plazo o por la colocación de instrumentos de capital, el importe de pasivo a corto plazo a ser reclasificado no debe exceder el obtenido por el nuevo pasivo o por los instrumentos de capital colocados. Si la capacidad de la entidad para

refinanciarse es demostrada por la celebración del convenio, el importe del pasivo a corto plazo a ser reclasificado deber ser el monto de acuerdo con el convenio, hasta por el monto del pasivo a corto plazo a ser refinanciado. En caso de que exista información que indique que el monto disponible de refinanciamiento no será aplicable en su totalidad para liquidar el pasivo a corto plazo, solo se debe tomar el monto que se vaya a aplicar. Si el monto disponible de refinanciamiento, no es una cantidad fija el monto a ser excluido del pasivo a corto plazo debe ser limitado a una estimación razonable del importe mínimo esperado a ser disponible para liquidar el pasivo a corto plazo. Si no se pudiera realizar ninguna estimación, no debe reclasificarse el pasivo de corto a una base de largo plazo. Los pasivos reclasificados, deben representarse en el balance general dentro del pasivo a corto plazo. Clasificación de pasivos a corto plazo que son exigibles por el acreedor. Cuando, con base en hechos sucedidos a la fecha del balance general una entidad que haya contratado pasivos con vencimiento a largo plazo ha dejado de cumplir con alguna de las cláusulas del contrato de crédito, que le otorguen al acreedor el derecho unilateral de hacer exigible el adeudo inmediatamente o dentro de un periodo de un años de su ciclo de operación si este es superior a un año, la entidad debe clasificarse dicho pasivo como a corto plazo, excepto cuando: a. El acreedor renuncia al ejercer por el periodo de un año o del ciclo normal de operaciones, si este es superior a un año, o pierde con posterioridad a la fecha de incumplimiento el derecho de hacer exigible el adeudo. b. En el contrato se pactó un periodo de gracia y fecha subsecuente a la de los estados financieros, pero anterior a la de su emisión, hay una serie de eventos que hace que surja evidencia objetiva y verificable, la cual indica la existencia de una alta probabilidad de que dentro de ese periodo de gracia la entidad pueda subsanar la situación violatoria a la cláusula del contrato de crédito. Por alta probabilidad se entiende que la evidencia de que la entidad podrá subsanar dicha situación es más contundente a la evidencia en contrario. Pasivos por proveedores, por obligación acumuladas, por retención de efectivo y cobros por cuenta de terceros y por anticipo a clientes. Es importante presentar por separado los adeudos a favor de proveedores por la adquisición de los bienes o servicios que representan las actividades principales de la entidad. Normalmente no sea necesario presentar por separado los adeudos acumulados a favor de proveedores de aquellos que no lo estén. Los saldos deudores de importancia que forman parte de las cuentas por pagar a proveedores, deben reclasificarse como cuentas por cobrar o como

inventarios, dependiendo de su procedencia o de la aplicación final que se estime tendrán. Los pasivos a favor de compañías afiliadas que provengan de bienes, prestación de servicios, préstamos, etcétera., deben presentarse por separado ya que la naturaleza del beneficiario les confiere a estos pasivos una característica especial en cuanto a su exigibilidad. Los pasivos a favor de accionistas o funcionarios deben presentarse también por separado. Si fuesen importantes. Extinción de pasivos Las ganancias o pérdidas derivadas de la extinción de pasivos deben ser incluidas en el estado de resultados, dentro del concepto de partidas especiales. Para los efectos del párrafo anterior, no importa si la extinción ocurre por anticipado a su fecha de vencimiento o posterior a esta fecha. 1.7 Reglas de revelación. Se deben revelar en las notas a los estados financieros cualquier elemento de importancia atribuida a los pasivos que complemente la información presentada en el balance general, para lo cual debe considerarse al menos lo siguiente: a. La existencia de pasivos de importancia en moneda extranjera, indicando de que moneda extranjera se trata. b. Restricciones o hechos de importancia relacionados con el pasivo, como es el caso de requerimientos de montos mínimos de capital contable, limitaciones en el monto de dividendos, mantenimiento de relaciones financieras, etcétera. c. Las garantías, si las hubiese, de cualquier pasivo. d. En el caso del pasivo a largo plazo, debe mostrarse con tanto detalle como sea necesario, describiendo la naturaleza de cada uno de los préstamos o financiamientos que lo formen, el vencimiento en su totalidad y, de cada uno de los siguientes cinco años, las tasas de interés, tasas efectivas de interés cuando sean aplicables y las garantías o gravámenes respectivos. e. La porción de financiamientos aun no dispuestos y sus obligaciones inherentes. f. En el caso de las obligaciones emitidas, deben informarse claramente las características de la emisión, como son el monto de la misma, numero de las obligaciones en circulación, valor nominal de las obligaciones, descuento o prima reportada como deducción o adición al valor nominal, derechos y formas de redención, garantías, vencimiento en su totalidad, así como de cada uno de los siguientes cinco años; tasa de interés, tasa efectiva de interés cuando sea aplicable, monto amortizado de descuento o prima en resultados monto de cosos de emisión y otros, presentados dentro del activo, etcétera.En caso de obligación convertible debe informarse acerca del tipo y forma de

conversión. Si existiesen obligaciones autorizadas aun no emitidas debe informarse de ello, con objeto de que el lector pueda comparar el monto total autorizado con el valor de los bienes otorgados en ganancia. g. Descripción general del convenio financiero y de los términos de cualquier nueva obligación incurrida o que de espere incurrir, o bien de las acciones de capital social colocadas o que se espere colocar como resultado del refinanciamiento, el cual permite excluir una obligación a corto plazo del pasivo a corto plazo. h. Los incumplimientos a las cláusulas de contratos de crédito de largo plazo, así como los efectos de los mismos sobre los resultados de operación y la situación financiera de la entidad. i. Descripción de las transacciones de extinción de pasivo, cuyas ganancias o pérdidas han sido clasificadas en partidas especiales, identificando, cuando sea posible hacerlo, el origen de los fondos utilizados en la extinción.