NTC 3701

PRÓLOGO El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, nacional de normalización, según el Decreto 2269 de

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PRÓLOGO

El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, nacional de normalización, según el Decreto 2269 de 1993.

ICONTEC,

es el organismo

ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno xterno. La representaci· está garantizad caracterizado p

s sectores involucrados en el pro ·tés Técnicos y el período de el público en general.

Normalización Técnica ta Pública, este último

La NTC 3701 fu Esta norma est todo momento

to de que responda

A continuación través de su Generalidades.

tudio de esta norma y seguridad

LOMBIANA. S.A. EDELLÍN SA L DE EL CONSEJO EGURIDAD

Además

a consideración

de las

de las

empr

CAJA NACIONAL D FACOMEC INSTITUTO DE SEGUROS SECCIONAL ANTIOQUIA

SOCIALES

ICONTEC cuenta con un Centro de Información normas internacionales, regionales y nacionales.

INSTITUT SEGUROS SOCIALES SECCIONAL CUNDINAMARCA MINISTERIO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARíA DISTRITAL DE SALUD

que pone a disposición

DIRECCiÓN

a

y 000012

3M DE COLOM ACERíAS PAZ ARSEG CARBOQuíMIC INDUMIL INTERCOR MINISTERIO D

siguientes

en

de los interesados

DE NORMALIZACiÓN

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

HIGIENE Y SEGURIDAD. GUíA PARA LA CLASIFICACiÓN, DE ACCIDENTES DEL TRABAJO

NTC 3701

REGISTRO Y ESTADíSTICA Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

1. sicos de accidentes

Esta guía da la trabajo y enfer

de

2. tras establecidos

Todos los emp presente guía p profesionales, e

3.

DEFINI

3.1

Accident

en la

trabajo y enfermedades

bajo: de acuerdo co Ministerio de Trabajo y epentino que sobrevenga una lesión orgánica, perturb

1994, expedido Trabajo todo s produzca al tra Es también

un

empleador, de trabajo.

o dur

te de trabajo aquel que se produ a ejecución de una labor bajo su au

1295 del 22 de junio de tiende por Accidente de sión del trabajo y que lidez o la muerte. jecución de órdenes del n fuera del lugar y horas

Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. 3.2 Acto subestándar: todo acto que realiza un trabajador inapropiada y que facilita la ocurrencia de un accidente del trabajo.

de

manera

3.3 Atención un trabajador.

en salud: para efectos de esta guía, es toda asistencia

3.4

médica: toda atención de salud realizada por un profesional

Atención

insegura

o

en salud que se da a

de la medicina.

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 3.5 Casos enfermedades

registrables: profesionales,

NTC 3701

todas las muertes causadas por accidentes del trabajo que afectan al trabajador y la actividad normal de la empresa.

o

3.6 Causas básicas: corresponden a las causas reales que se manifiestan después de los síntomas; son las razones por las cuales ocurren las causas inmediatas. Las componen los factores personales y los factores del trabajo (véase el Anexo B). 3.7 Causas inmediatas: circunstancias que se presentan antes del contacto que produce pérdida (enfermedad o accidente); se dividen en actos y condiciones subestándar. 3.8 Condición subestándar: situación caracteriza por la presencia de riesgos trabajo o enfermedades profesionales. 3.9 Condición y el trabajador des Además

que se presenta en el lugar de trabajo y que se no controlados que pueden generar accidentes de

ambiente de trabajo: está constituido ores inherentes al trabajo.

de los I

consideran como parte del a xigencias físicas y mentale

materiales que derivadas de la 3.10 Declarac la información c 3.11

nte el cual la perso 'stro es veraz y la

onsable manifiesta ida con su firma.

lesión origine lizan solamente al causaaa.

Díasde

que

muerte, para el

ales el trabajador está a el cálculo de índices, con los días cargados,

inhabilitado par cuando los días se tomará única 3.13 Días pe limitado para la tales como días

de trabajo los equipos o labor desarrollada y las

una lesión ocasionada

Días car

por un accident invalidez o ¡nca cálculo de los ín 3.12

la

número

de días de trab

do está inhabilitado

o se incluyen los días en qu s, días de descanso, compensa

o

vo que asistir al trabajo, huelgas.

erdidos se realiza a partir del día sig citante o como limitante a la enfermed 3.14 Enfermedad profesional: "Se considera enfermedad profesional todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio ambiente en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinado como enfermedad profesional por el Gobierno Nacional" (Decreto 1295 del 22 de junio de 1994 del Ministerio de Trabajo). 3.15

Exposición:

condición

a la cual está sometido

un trabajador

en su jornada

laboral.

3.16 Formato registro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: formato utilizado para registrar en forma detallada todos los accidentes del trabajo, enfermedades profesionales, casos de primeros auxilios e incidentes relacionados con el trabajo.

2

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3701

3.17 Horas hombre trabajadas: el número de horas hombre trabajadas se obtiene mediante la sumatoria de las horas que cada trabajador efectivamente laboró durante el período evaluado, incluyendo horas extras y cualquier otro tiempo suplementario. 3.18 Incapacidad permanente parcial: la incapacidad permanente parcial se presenta cuando el trabajador, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, sufre una disminución parcial, pero definitiva, en alguna o algunas de sus facultades para realizar su trabajo habitual. Se considera como incapacitado permanente parcial al trabajador que, como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, presenta una disminución definitiva, igual o superior al 5 %, pero inferior al 50 %, de su capacidad laboral, para la cual se ha contratado o capacitado. 3.19 Incapacidad cuadro agudo capacidad labo 3.20

ral: se entiende por incapacidad te edad que presente el trabajad determinado.

lncident

'ento no deseado, que b siones a las personas, d

diferentes, podr el proceso. 3.21

índice d

índice

d

tre el número

de días

ción entre el índice de

y el í nsidera inválido un trabaJ ente, hubiese perdido el 50

3.25 Lesión: individuo. Para

ón estructural

enfermedad

1.

3.26

de casos

oras hombre trabajadas

índice m

severidad

ligeramente o pérdida en

ados con el trabajo), das durante el mismo,

perdidos o carg durante el mis 3.23

unstancias propiedad

re el número

(accidentes, e ocurridos dura referidos a 200 3.22

ral, aquélla, que según el impide desempeñar su

profesi

Muerte: cesación

o funcional

ito de esta guía,

origen profesional, cidad laboral. de lo

es la ocasiona

nos o sistemas accidente

no

en un

de trabajo

o

de todo signo de vida.

Para propósitos de esta guía, sólo se registrará condiciones y medio ambiente de trabajo. 3.27 Primeros auxilios: es cualquier atención por un accidente o enfermedad repentina.

toda muerte

que sea consecuencia

de salud de las lesiones corporales

de las

producidas

Para efectos de esta guía, se comporta independientemente de toda atención en salud; los casos de primeros auxilios que se registrarán son aquellos que, después de su aplicación al trabajador, permiten el reingreso inmediato a su actividad laboral.

3

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3701

Trabajador: persona que voluntariamente presta sus servicIos retribuidos por cuenta ajena o propia y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona natural o jurídica, denominada empleador o de sí mismo. 3.28

4.

PROCEDIMIENTO

4.1

UBICACiÓN,

DE REGISTRO

ARCHIVO

Y ACTUALIZACiÓN

DE LOS REGISTROS

Los registros de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales se llevarán para cada sede de la empresa, en donde labora el trabajador. Una sede se define como el lugar físico donde se realiza un negocio o donde se llevan a cabo operaciones industriales o de servicios. Es funcional que los r en ésta, para facilid del gobierno cua

istros del personal que labora en cada ede se ubiquen y mantengan onsulta, para cumplir con la legislació olaborar con las entidades ~uieran.

4.1.1

La ubicación de no. Generalmen permanente.

de si los trabajadores la un sitio dado para má

n sedes permanentes o año se considera sede

para estos trabajadores

4.1.1.1 Trabaja se ubicarán co

fábricas, almacenes, s, se mantendrán en el

tros para los trao en otras partes, se cada día.

sede permanente pero el cual los trabajadores

stros para los trabajadores n en sedes permanentes, per mantendrán en la base donde encuentra el personal de Recursos

formación personal se o trabajan en una sola el pago, o en la base

4.1.1.2 Trabajadores que laboran en sedes provisionales. Algunos trabajadores están sujetos a la supervisión común, pero no reportan o trabajan en una sede permanente. Los registros para estos trabajadores se localizarán en una oficina de campo, o en una base móvil de operaciones. 4.1.2

Archivo de los registros

Los registros se archivarán permanentemente en cada sede.

4

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 4.1.3

NTC 3701

Actualización de los registros

Si en períodos posteriores se presentan secuelas o incapacidades adicionales por accidentes del trabajo o enfermedades ocupacionales ya registrados, se tomarán únicamente los días perdidos en el período actual, sin registrar un nuevo caso.

4.2

METODOLOGíA GENERAL PARA REGISTRO DE CASOS

La metodología

4.2.1

para el registro de un caso particular es la siguiente:

Establecer si hay responsabilidad de registro

El empleador es el responsable trabajadores directos. Se establece qu en el cual conc

del registro

de todos

los casos

or es directo cuando existe contra tes elementos esenciales:

que se presenten

a sus

abajo con el empleador,

or él mismo. abajador respecto miento de órdenes, e reglamentos.

Los empleador de otras firmas temporalmente ocurrir el accid

tras de los trabajadores sanas estén trabajando ajo, en el momento de egistro de estos casos eben velar porque sus

corresponde a contratistas lIev En el caso de tr firma contratan departamento suministrado por supervisión inicial d

4.2.2

del en

res temporales, si éstos se irma de servicios de ayuda anal y la firma contratante ervicio. Si los trabajadores tem agencia de servicios, los registros ser

upervisión directa de la simplemente, como un tros para el personal rmanecen sujetos a la ados por la agencia.

Establecer la relación del caso con el trabajo

La relación con el trabajo se establece cuando el caso resulta de un acontecimiento o exposición en el ambiente de trabajo o donde está presente el trabajador como una condición del mismo. Debe existir una relación con el trabajo para que el caso se califique como tal, cuando un trabajador no está en el establecimiento del empleador. Cuando está allí, se presume que esta relación existe.

5 :-

{"'

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA Se consideran

relacionadas

NTC 3701

con el trabajo las lesiones ocurridas

en las siguientes

situaciones:

El trabajador se lesiona durante la ejecución de órdenes del empleador o en la prestación de un servicio bajo la autoridad de éste, aun fuera de la sede o fuera de las horas de trabajo habituales. El trabajador se lesiona en el local de trabajo durante el curso de interrupción del trabajo (descansos para tomar el almuerzo o el café, etc.). El trabajador trabajo.

se lesiona por acción de tercera persona,

durante

la ejecución

una

del

dar se lesiona mientras va o viene de u turno de trabajo, siempre que se haya efectuado por cuenta del e ador, en un vehículo de la tratado expresamente por ésta. ntación de la empresa. o ataque de un animal n de éste.

No se consider

como tales, entre otros, mplimiento manifiesto e mpresa y la emb~iaguez crita médica mente.

4.2.3

Decidir

La naturaleza d si éste es un ac trabajador

tecimiento o de la exposición de trabajo o una enfermedad

pro

so, es lo que determina condición resultante del

afecta

Los accidentes del tra ajo son causados por acontecimientos instantáneos en el ambiente de trabajo. Se consideran enfermedades profesionales los casos resultantes de las condiciones y medio ambiente de trabajo, diferentes a un acontecimiento instantáneo. Este concepto incluye las enfermedades agudas resultantes de exposiciones de duración relativamente corta. Bajo algunas condiciones, las lesiones pueden c1asificarse como accidente o enfermedad (pero no ambas cosas), dependiendo de la naturaleza del acontecimiento que produjo la condición. Por ejemplo, una pérdida auditiva resultante de una explosión (acontecimiento instantáneo), se clasifica como accidente; la misma condición que surge de la exposición al ruido industrial durante un período de tiempo, se clasifica como enfermedad.

6

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3701

4.2.4 Si el caso es una enfermedad profesional, registrarlo y señalar la categoría apropiada de la enfermedad en el formato. Las enfermedades profesionales deben calificarse por el Gobierno Nacional. Además de registrar las enfermedades profesionales, en una de las siguientes categorías en el formato:

de la piel (dermatitis

los empleadores

clasificarán

cada caso

a)

Enfermedades

ocupacionales)

b)

Enfermedades respiratorias causadas por material particulado o tóxico (silicosis, asbestosis, neumoconiosis, neumonitis, faringitis, rinitis o congestión aguda debido a químicos, polvos, gases o humos).

c)

es y envenenamiento (efectos sistém lomo, mercurio, cadmio, y otro de hidrógeno y otros gases; entes orgánicos; por insectici

d)

s con agentes físicos ipotermia y efectos d de radiación agud c.).

de materiales tóxicos, les; por monóxido nceno, tetracloruro ros químicos).

usia, golpe de calor, ciones ionizantes y no queratitis, conjuntivitis,

tenosinovitis,

e)

por de de

bursitis).

f)

4.2.5

Si el ca be estar

El criterio para concepto de at o reubicación. S

basado

en el

trabajo o el movimiento registrará como tal.

4.3

BLES COMO TALES entes del trabajo como tales est ientes condiciones:

asos que involucran,

al

4.3.1 Atención médica Todo accidente registrado.

que requiera

una atención

médica

diferente

a los pnmeros

auxilios

será

4.3.2 Pérdida del conocimiento Si un trabajador pierde el conocimiento como resultado de un accidente, el caso será registrado, independientemente del tipo de tratamiento que se brinde. La razón de este requisito de registro, es que la pérdida de conocimiento se encuentra asociada generalmente a lesiones más serias.

7

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3701

4.3.3 Transferencia a otro trabajo Los accidentes que requieren la transferencia temporal o permanente de un trabajador a otra tarea, son registrables independientemente del tipo de tratamiento que se brinde. Las transferencias raramente son el único criterio para la registrabilidad, ya que los casos de accidentes casi siempre son registrables por otros motivos, principalmente debido a atención médica o restricción del trabajo o el movimiento. 4.4

CLASIFICACiÓN DE CASOS DE ACUERDO CON SU SEVERIDAD

Para cada uno de los casos de accidentes del trabajo que no involucran atención de primeros auxilios, o enfermedades profesionales, se determinará su magnitud o consecuencia. Se establecen tres cate ías: muertes, casos con tiempo perdid y casos sin tiempo perdido. Cada caso se ubic mente en una de éstas categorías.

4.4.1 cuencia de un evento o

Para propósito exposición en el

4.4.2 Casos c Están represen cuando el trab actividad diaria, que debe perd condiciones de aun cuando est

rofesionales no fatales, sufra restricción de su tra afectado :3 tal punto, peración, o no está en turno normal de trabajo,

Para el caso parcial), se ano el anexo A.

nvalidez permanente o rgados de acuerdo con

Los accidentes pérdida de días el día de comie trabajo o de act que laborar (festi

bajo y enfermedades pro ajo, a menos que afecten a la enfermedad. Cuando se ea aboral restringida, no se incluyen ías de descanso, compensatorios, h

ideran como casos con del día del accidente o de días de ausencia de e el trabajador no tiene ncias).

4.4.2.1 Casos con tiempo perdido que involucran días de ausencia al trabajo: son los días en que el trabajador tenía que laborar, pero no lo hizo debido al accidente de trabajo (que generó una incapacidad temporal), o enfermedad profesional. 4.4.2.2 Casos con tiempo perdido, que involucran días de actividad laboral restringida: son los días en los cuales al trabajador se le asigna otra tarea en forma temporal, trabaja en su tarea habitual un tiempo inferior al de una jornada completa, o trabaja en la misma sin cumplir con todas las obligaciones habituales relacionadas con ella, debido al accidente del trabajo o enfermedad profesional.

8

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 4.4.3

NTC 3701

Casos sin tiempo perdido

Estos casos están constituidos por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales relativamente menos graves, que satisfacen los criterios presentados en el numeral 4.2.2 y que no dan por resultado la muerte, o no requieren que el trabajador afectado tenga que ausentarse del trabajo o presente actividad laboral restringida, más allá de la fecha del accidente o comienzo de la enfermedad. 4.5

REGISTRO

DE CASOS

Para efectos de la guía, se utiliza el formato de registro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (véase el anexo D), el cual permite registrar la ocurrencia, magnitud y resultado de los accidentes del trabajo, enfermedades profesionales, Incidentes y casos de primeros au . ios, presentados durante un período de iempo. Proporciona los datos clave para llevar a análisis estadístico planteado en est ía y facilita la visualización de los casos par revisión, por parte de las entidades . ilancia y control. El formato

sobre cuándo

con

ocurrió

el cas

ién, cuál era el trabajo se contrató, la clase de ó atención de primeros

epartamento o sección para caso generó una muerte

regular de la pe lesión, cuánto ti auxilios. El formato cons

abajador y el caso; una ofesionales, incluyendo eros auxilios, y la otra stra el formato, con su

que cubre la m' aquellos casos incluye el tipo respectivo instr Existen algunos a continuación

se diligencia

el formato;

4.5.1

Columna A.

porque cada uno debe simple de numeración

único para cada caso. E rse y examinarse por separ r el mejor; por ejemplo, 1, 2, 3.

Columna

B.

I caso. En caso de accidente del tra loca la fecha en que éste ocurn para enfermedad profesional, la fec el diagnóstico inicial de la misma, o la fecha del primer día de ausencia atn uible a ésta; para incidente o caso de primeros auxilios, la fecha de atención.

Columna

C.

Identificación

Columna

D.

Ocupación trabajando

Columna

E.

Departamento

Columna

F.

Sitio donde ocurrió el accidente.

Columna

G.

Se describe profesiona l.

del trabajador.

del trabajador. Se coloca su ocupación fuera de ésta en ese momento. o sección para la cual el trabajador

brevemente

el caso,

9

sea

habitual

aun si éste estaba

lesionado trabaja.

accidente

del trabajo

o enfermedad

uL

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA Columna

H.

Se coloca el código correspondiente para las causas básicas (factores personales o factores del trabajo), o causas inmediatas (actos o condiciones subestándar). Para diligenciar esta casilla, previamente se debe hacer el análisis de causalidad correspondiente (véase el anexo C).

Nota. Cuando el caso involucra transferencia derecha de la fila de registro de éste.

4.5.2

NTC 3701

Magnitud

permanente

o pensión

por invalidez,

se marca

un asterisco

(*) a la

y resultado del evento

Columna

1.

Número único para cada caso; debe coincidir con el de la columna A.

Columna

2.

Columna

3.

Columna

4.

on la definición

Columna

5.

A, si el caso involucra

Columna

6a.

a X en la columna que corresponde s, accidente del trabajo, enfermed

so presentado: sional.

Incidente,

3.11.

I restringida. Columna 7.

4.5.3

Tipo de

Columna

8.

nfermedad profesional, el numeral 4.2A.

a) b)

5.

c)

envenenamiento

d)

enfermedades

debidas a agentes físicos

e)

enfermedades

producidas

f)

demás enfermedades

DECLARACiÓN

por traumas repetitivos

profesionales

DE VERACIDAD

DE LOS REGISTROS

Todas las entradas del formato se pueden totalizar para un período de tiempo determinado; plantea máximo un año para un mejor control.

10

se

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3701

Cada empleador, o el funcionario del empleador que supervisa la preparación del formato y el resumen de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, debe declarar que el resumen anual de éstas es verdadero y está completo. El empleador revisa el formato para estar seguro de que las entradas son correctas y están actualizadas. Cada caso se revisará para asegurar que está en una sola de las categorías en el formato (muertes, casos con pérdida de tiempo, casos sin pérdida de tiempo). Cualquier caso abierto que involucre pérdida de tiempo y que continúa en el momento en que se totaliza el formato, debe completarse estimando el número de días de trabajo futuros que el trabajador perderá. El número estimado de días de trabajo perdidos se debe añadir al número de días de trabajo que se han perdido, y el total combinado se debe consignar en el formato e incluir en el resumen. (El formato se debe revisar más adelante para verificar el número de días que realmente se perdieron). Si un caso se prol años; la entrada la cuenta del nú caso.

6.

sta el año siguiente, no puede apare ará en el año en el que sucedió el ectivos perdidos, los cuales son

en los registros en los dos Es importante no perder dida de la severidad del

INDICA

Para la evaluaci las autoridades

ormas legales vigentes, dicadores establecidos

en la presente g Estos indicador Estas medicion

año o lesión ocurrido. iento de accidentalidad I rendimiento de esa

de una organi organización e después del he pueden calcular

6.1

similares. Se aplican s siguientes índices se

íNDICE

Para obtener el la siguiente

resentados,

No . de casos Horas

hOIll bre

reportados trabajadas

en el pen en el mislllo

El indicador así calculado se interpretará como el número de casos ocurridos año por cada 200 000 h hombre de exposición.

6.2

se utilizará

rela

íNDICE DE SEVERIDAD

durante el último

GLOBAL

Para obtener el índice de Severidad o Gravedad (I.S.) de los casos presentados (accidentes ocupacionales, enfermedades profesionales o relacionadas con el trabajo, o ambos), se utilizará la relación:

11

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

1.5. = No. de dios perdidos

NTC 3701

o cargados por causa de los casos de ATER durante el último periodu Horas hom bre trabajadas en el mismo periodo

xk

El indicador así obtenido se interpretará como el número de días perdidos o cargados durante el último año a causa de todos los casos presentados por cada 200 000 h hombre de exposición. El número de días cargados se tomará de las tablas contenidas en las normas ANSI Z-16-1 y Z-16-2 (anexo A). En casos en que los días de incapacidad debido a la lesión sean diferentes a los días cargados, se tomará er número de días más alto, nunca los dos.

6.3

íNDICE MEDIO DE DíAS PERDIDOS POR LESIONES

1"

perdidos

o c(Ilgados

pur causa de lesiones

Total de casos con tiempo

6.4

íNDICE

Se calcula mult mil(1

I periodo

perdid

vidiendo

el cociente

por

000).

Nota. En los caso último año, este de

ras hombre trabajadas en el

Donde: HHT

Ij •. XT HTD

No. horas hombre trabajadas al día

DTM

Días trabajados en el mes

NHE

No. total de horas extras y otro tiempo suplementario laborado durante el mes

NHA

No. total de horas de ausentismo durante el mes.

l

La constante k que se utiliza en los índices que se presentan a continuación, es igual a 200 000 de acuerdo con parámetros internacionales (Norma OSHA) para propósitos de comparación en este nivel.

12

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 7.

APÉNDICE

Este documento fue elaborado Colombiano de Seguridad.

7.1

NTC 3701

por

la Unidad

Sectorial

de

Normalización

del

Consejo

ANTECEDENTES

U.S. DEPARTMENT OF LABOR, BUREAU Recordkeeping Requirements for Occupational

OF LABOR STATISTICS. Injuries and Diseases.

Ministerio del trabajo y Seguridad Social. Decreto 1295 de 1994. Organización del Sistema General de Riesgos Profesionales.

a Brief

y Administración

8. Resolución

101

Reglamento

al y de Salud.

o de 1964.

Ge

Administración

13

Guide

to

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

ro

o

I

oII • e-

I•

1

• 1

NTC 3701

,

,,o\e-ü~,I •II ~t,I I I ]ji5I,XeI•tI,II'o Falanges Q)

1rJ)ID ro

o...

ro

,

450 400

Meñique

Anular

Medio Indice

Falanges

Figura 1. Cargos para la mano y el pie

14

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3701 Anexo A

Tabla de días cargados

A.1

Por pérdida traumática

o quirúrgica

de miembros

Dedos pulgar y mano (véase la Figura 1) Amputación que comprende todo o parte del hueso' Falange distal

1er dedo (días)

Dedos (días) 20 dedo

3er dedo

100

75

300

4 ° dedo

5° dedo 50

Falange media

200

150

100

Falange próxima

400

300

200

Metacarpo Mano hasta la m

600

500

400

Cualquiera de los otros dedos del pie

Amputación que

(días) 35

. Falange distal Falange media

75

Falange próxima

150

1

350 11

Metatarso

I pie nasta el tobill

Arriba del codo y Arriba de la muñ

4500

d

3600

d

Cualquier punto

4500

d

Cualquier punto A.2 Perdida de

3600 d

Un ojo (pérdida

aya o no visión en el otro)

1 800 d

Ambos ojos en u

te (pérdida de la vista)

6000 d

Un oído (pérdida to

sentido) haya o no percepción en el otro

Ambos oídos, en un ac

ente (pérdida total del sentido auditivo)

Hernia no reducida

600 d 3000

d

50 d

15

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3701 Anexo B

"registro

Instructivo para el diligenciamiento del formato de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales"

Columna A.

Número único para cada caso; por ejemplo, 1, 2, 3.

Columna B.

Fecha del caso.

Columna C.

Identificación del trabajador.

Columna D. Ocupación del trabajador. Se coloca su ocupación habitual. Columna E. Columna F.

S

Columna G. S

trabajo o enfermedad

P

Columna H.

s (factores personales ¡ciones subestándar).

Columna 1.

columna A. esentado: atención en accidente del trabajo,

Columna 2.

Columna 3.

S

Columna 4.

S

Columna 5.

S

Columna 6.

S

Columna 7. Columna 8.

Se marca X en la columna a la cual pertenece la enfermedad profesional detectada de acuerdo con la clasificación presentada en el numeral 4.2.4. (Se debe marcar solamente una (1) columna:

a)

enfermedades en la piel

b)

enfermedades respiratorias

c)

envenenamiento

d)

enfermedades debidas a agentes físicos

16

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3701

e)

enfermedades producidas por traumas repetitivos

f)

otras enfermedades osteomusculares

g)

demás enfermedades profesionales

17

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3701 Anexo C Análisis de causalidad

CAUSAS BÁSICAS

FACTORES PERSONALES

000

CAPACIDAD

001

Altur

002

e

003

e

004

s

005

S

006

V

007

A

FíSICA/FISIOLÓGICA

INADECUADA

talla, fuerza, alcance, etc. inadecuado ovimiento corporal limitada para mantenerse

en determina

iciones corporales

ustancias o alergias s extremos sensoriales

008 009 0"10

011

100

101

Y fobias

102

s emocionales

103

dad mental

104

inteligencia

105

Inca

ad de comprensión

106

Falta de juicio

107

Escasa coordinación

108

Bajo tiempo de reacción

109

Aptitud mecánica deficiente

110

Baja aptitud de aprendizaje

111

Problemas

de memoria

18

atura, sonido, etc.)

Lesión Restri In de movimiento oFíSICA enfermedad Entrenamiento Orientación s aCOLOMBIANA conflictivas deficiente inicial inadecuado TENSiÓN O FISIOLÓGICA Reentrenamiento insuficiente Variaciones Exposición Insuficiencia debido en de temperaturas riesgos la oxígeno presión falta sobrecarga contra descanso extremas la salud sensorial Ordenes Falta de experiencia mal ción interpretadas a de problem Fatiga debido adebido la carga o atmosférica duración de 3701 las tareas NORMA TÉCNICA NTC 302 306 308 307 300 400 201

301 401

19

tremas tarea nCla mental

,

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 500

600

NTC 3701

FALTA DE HABILIDAD

501

Instrucción inicial insuficiente

502

Práctica insuficiente

503

Operación

504

Falta de preparación

esporádica

MOTIVACiÓN DEFICIENTE

R 601SUPER El D N S P des F E

eño subestándar

es más gratificante

estándar causa desagrado

000 ES DE

o de tiempo y esfuerzo 'ncomodidad

001

s jerárquicas

poco claras o con

002

'n de responsabilidades

poco clara

003

. n insuficiente o inadecuada

004

Definir políticas, procedimientos,

prácticas o líneas Be acción inadecuadas

005

Formulación

006

Programación

007

Instrucción, orientación

008

Entrega insuficiente publicaciones guías

009

Identificación

010

Falta de conocimiento

011

Ubicación inadecuada del trabajador, exigencias que demanda la tarea

012

Medición y evaluación deficientes del desempeño

013

Retroalimentación

de objetivos, metas o estándares o planificación

insuficiente del trabajo

y/o entrenamiento de

que ocasionan conflictos

documentos

insuficientes de

consulta,

y evaluación deficiente de las exposiciones en el trabajo de supervisión/ de acuerdo

de

instrucciones

de

a pérdida

administración con sus cualidades

deficiente o incorrecta en relación con el desempeño

20

y

y con las

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 100

INGENIERíA

101

300 200

210 106 105 104 103 102 107 305 203 202 206 205 209 208 211 302 308 307 306 204 304 303 207

INADECUADA

Evaluación

insuficiente de las exposiciones

Preocupación 201 301

NTC 3701

Estándares,

a pérdidas

deficiente en cuanto a los factores humanos/ergonómicos especificaciones

Control e inspecciones

y/o criterios de diseño inadecuados

inadecuados

de las construcciones

Evaluación deficiente de la condición conveniente

para operar

Evaluación deficiente para el comienzo de una operación Evaluación

insuficiente respecto a los cambios que se produzcan

icientes en cuanto a los requer e respecto a las materias y

UIPOS

s para los vendedores inadecuada tación deficientes spectos

preventivos

inadecuados

para ev

preventivos

inadecuados

para lubrica

preventivos

inadecuados

para ajuste/ en

Aspectos preventivos

inadecuados

para limpieza o pulimento

Aspectos correctivos

inapropiados

para comunicación

de necesidades

Aspectos correctivos

inapropiados

para programación

del trabajo

Aspecto

400

de seguridad

Aspectos correctivos inapropiados

para revisión de las piezas

Aspectos correctivos

para reemplazo de partes defectuosas

HERRAMIENTAS

inapropiados

Y EQUIPOS INADECUADOS

401

Evaluación deficiente de las necesidades

402

Preocupación

y los riesgos

deficiente en cuanto a los factores humanos/ergonómicos

21

y

NTC 3701

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

500

403

Estándares

404

Disponibilidad

405

Ajustes/reparación/mantención

406

Sistema deficiente de reparación y recuperación

407

Eliminación

ESTÁNDARES

o especificaciones

inadecuadas

inadecuada deficiente

y reemplazo inapropiados

DEFICIENTES

501

Desarrollo inadecuado y necesidades

502

Desar pro

503

D

504

D

de materiales

de piezas defectuosas

DE TRABAJO

de normas para inventario y evaluación

inadecuado

de normas

para coordin

uado de normas para compromis do

de

normas

para

están

de las exposiciones

n con quienes

diseñan

el

trabajador procedimientos/

reglas

505 506 507

las lenguas respectivas

508 509

iento

mediante

510

I flujo de trabajo

afiche,

511 512

600

uso

USO Y

601 602

700

de

ión inadecuada del uso ción excesiva de la vida útil del eleme

603

Inspecc 'n o control deficientes

604 605

Sobrecarga o proporción de uso excesivo Manutención deficiente

606

Empleo del elemento por personas no calificadas o sin preparación

607

Empleo inadecuado

para otros propósitos

ABUSO O MALTRATO 701

Permitidos por la supervisión

intencionalmente

702

Permitidos por la supervisión

no intencionaimente

703

No permitidos por la supervisión

intencionalmente

704

No permitidos por la supervisión

no intencional mente

22

de

normas,

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3701

CAUSAS INMEDIATAS

CONDICIONES 000

DEFECTO

001 015 010 005 025 035 113 230 220 210 299 260 250 020 030 099 199 240 100 200

AMBIENTALES

SUBESTÁNDARES

DE LOS AGENTES

Elaborado con materiales inadecuados Romo, embotado,

110 205

Elaborado, Diseña

obtuso

construido, ensamblado

inapropiadamente

inapropiadamente

raído, roto, etc. . ados en otra parte

inadecuado

de los pasillos, sali

libre inadecuado

para movimiento

objetos

adecuado del tráfico Ventila

. n general inadecuada,

Insuficiente

espacio de trabajo

Iluminación

inadecuada

Riesgos ambientales

300

MÉTODOS

no debida a equi

(insuficiente

no especificados

O PROCEDIMIENTOS

luz para la operación, brillo, etc.) en otra parte

PELIGROSOS

310

Uso de material o equipo de por sí peligroso (no defectuoso)

320

Uso de métodos o procedimientos

330

Uso de herramientas

339

Métodos o procedimientos

de por sí peligrosos

o equipo inadecuado

o inapropiado

peligrosos, no especificados 23

(no defectuoso) en otra parte

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

400

340

Ayuda inadecuada

350

Ubicación del personal habilidades, etc.)

NTC 3701

para levantar cosas pesadas inapropiada

(sin tener en cuenta las limitaciones

RIESGO DE COLOCACiÓN O EMPLAZAMIENTO EXCEPTUANDO LAS PERSONAS)

410

Inapropiadamente

420

Colocados

430

Inadecuadamente asegurados apilami to inestable)

(MATERIALES,

EQUIPOS,

físicas,

ETC.,

apilado

o emplazados

inadecuadamente contra movimientos

inconvenientes

(exceptuando

500

510

do riesgos

520

s exceptuando

. 530

eléctricos

y

riesgos

minería, excavaciones,

540 550 560 570 580 590

599

IENT ALES EN TRABAJOS ICOS

600

700

EXT

INTOS A LOS OTROS

610

Predios o cosas defectuosas

de extraños

620

Materiales o equipo defectuoso de extraños

630

Otros riesgos asociados con la propiedad u operaciones

640

Riesgos naturales (riesgos de terrenos irregulares e inestables, exposición a elementos, animales salvajes, etc., encontradas en operaciones a campo abierto)

RIESGOS PÚBLICOS

710

Riesgos del transporte público

720

Riesgo del tráfico

24

de extraños

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 780

980

NTC 3701

Otros riesgos públicos (riesgos expuesto el público en general)

CONDICIONES

de lugares

públicos

a los cuales también

AMBIENTALES PELIGROSAS NO ESPECIFICADAS

990

Indeterminada

999

No hay condición ambiental peligrosa

está

EN OTRA PARTE

información insuficiente

ACTOSSUBESTÁNDARES

050

MÓVIL ELÉCTRICO O

L1MPIE DE PRE

051

(recipientes

a presión,

052 056

misa del supervisor eligrosas, etc.

057

radares, líneas, etc.)

con

059

100

PONIBLE

150

DE ATUENDO

PER

zapatos

de tacón alto,

gas largas, ropa suelta, a

200

250

201

rrar, bloquear o asegurar los vehícul otras h ramientas, materiales y equipo, contra m corriente eléctrica, vapor, etc.

ruptores, válvulas, prensas, ¡mientas inesperados, flujo de

202

Omitir el cierre del equipo que no está en uso

203

Omitir la colocación de avisos, señales, tarjetas, etc.

205

Soltar o mover pesos, etc., sin dar aviso o advertencia

207

Iniciar o parar vehículos o equipos sin dar el aviso adecuado

209

No especificados

adecuada

en otra parte

BROMAS O JUEGOS PESADOS (Distraer, fastidiar, molestar, asustar, reñir, chansearse pesadamente, lanzar materiales, exhibirse burlonamente, etc.)

25

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 300

350

USO INADECUADO

DEL EQUIPO

301

Uso del material o equipo de una manera para la cual no está indicado

305

Recargar de pesos (vehículos, andamios, etc.)

309

No especificados

USO INAPROPIADO

en otra parte

DE LAS MANOS O PARTES DEL CUERPO

353

Agarrar los objetos insegura mente

355

Agarrar

356

Usa r

s objetos en forma errada os en lugar de las herramientas etc.)

359

400

NTC 3701

ma

s (para alimentar,

limpiar,

otra parte

FALTA

VECINDADES

450

452

453 454

456

capacidad inapropiada idad de baja capacidad,

459

500 502

r o suministrar

muy rápidamente

503

sde partes elevadas (vehículos, plata

505 506

Operar Correr

s vehículos de la planta a velocidad inse

508

Lanzar material en lugar de cargarlo o pasarlo

509

No especificados

en otra parte

26

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 550

ADOPTAR

552

600 650

609 557 604 602 608 607 606 605 603 558 559 655 556 555

653 601

NTC 3701

UNA POSICiÓN INSEGURA

Entrar en tanques, cajones u otros espacios encerrados supervisor Viajar en posición insegura (en plataformas, en el gancho de una grúa, etc.)

sin el debido permiso del

horquillas o levantadores,

Exponerse

innecesariamente

bajo cargas suspendidas

Exponerse

innecesariamente

a cargas oscilantes

Exponerse

innecesariamente

a materiales o equipos que se mueven

No especificados

elevadores,

en otra parte

ápido o demasiado

despacio

por el lado del tráfico ara, se voltea o se r o de vía

mezclar o combinar una s explosión, fuego u otro

posi

manera que se cree un

'n insegura de vehículos o ar, situar, parar, o dejar vehículos e insegura para cargar o descargar)

imiento de materiales paratos de transporte en

657

Colocac ón insegura de materiales, herramientas, sechos, etc. (como para crear riesgos de derrumbe, tropezón, choque o resbalón, etc.)

659

No especificados

en otra parte

750

USAR EQUIPO INSEGURO (Equipo rotulado o conocido como defectuoso)

900

ACTO SUBESTÁNDAR

NO ESPECIFICADO

998

Ningún acto subestándar

999

Sin clasificación

(Datos insuficientes).

27

EN OTRA PARTE

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3701

Anexo D

Formato de registro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales No. (A)

Análisis de causalidad Fecha Identificación eventodel I del trabajador (B)

(H)

(C)

Causas básicas Factores personales

28

Factores del trabajo

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 3701

Formato de trabajo

Nombre de la compañía: Nombre de la sede:

Registro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Dirección:

Tipo de enfermedad No. (1)

(8)

Tipo de evento (2) (e)

P.A. I 1. I A.T. I E.P.

29

(d)

(e)

(f)