NORMAS COVENIN

NORMAS COVENIN RELACIONADAS CON EFLUENTES Norma venezolana COVENIN 2709-2002 “Aguas naturales, industriales y residuales

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NORMAS COVENIN RELACIONADAS CON EFLUENTES Norma venezolana COVENIN 2709-2002 “Aguas naturales, industriales y residuales. Gua para las técnicas de muestreo”. 1era revisión. Editorial ´ FONDONORMA. Caracas, 2002. [7] Norma venezolana COVENIN 2831-2002. “Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación del contenido de aceites y grasas e hidrocarburos extraíbles con n-hexano” Editorial FONDONORMA. Caracas, 2002 [8] Norma venezolana COVENIN 3051-1993 “Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de fosforo”. Editorial FONDONORMA. Caracas, 1993 [9] Norma venezolana COVENIN 2462-2002. “Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación del pH”. Editorial FONDONORMA. Caracas, 2002 [10] Norma venezolana COVENIN 3080-1994. “Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de nitrógeno amoniacal y nitrógeno orgánico”. Editorial ´ FONDONORMAL Caracas, 1994 [11] Norma venezolana COVENIN 2461-1987 “Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de sólidos”. 1era edición. Editorial FONDONORMA. ´ Caracas, 1987 [12] Norma venezolana COVENIN 2460-2005. “Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de sulfatos”. 1era revisión. Editorial FONDONORMA. ´ Caracas, 2005 [13] Norma venezolana COVENIN 2780-2002. “Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de la alcalinidad”. Editorial FONDONORMA. Caracas, 2002 Revista Ingeniera UC A. Correia et al / Revista Ingeniera UC, Vol. 17, No. 1, Abril 2010, 7-15 15 [14] Norma venezolana COVENIN 3050-1993. “Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de la conductividad eléctrica”. Editorial FONDONORMA Caracas, 1993

2460-05: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de sulfato. (1a. Revisión). FD y FD'87Nuevo 2005 2461-87: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de sólidos. (1a. Revisión). FD' 87 Nuevo 2005 2462-02: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación del pH. FD 2002 Nuevo 2584-06: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de zinc por colorimetría (1a. Revisión). FD'89Nuevo 2006 2634-02: Aguas naturales, industriales y residuales. Definiciones. FD 2768-05: Aguas naturales, industriales y residuales. Preparación de muestras para la determinación de metales. (1a. Revisión). FD'91 y FD Nuevo 2005 2769-05: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de metales por espectrofotometría de absorción atómica. (1a. Revisión). FD'91 Nuevo 2005 2770-02: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de la temperatura. FD 2002 Nuevo 2780-02: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de la alcalinidad.FD 2002 Nuevo 2781-02: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de la turbiedad.FD 2002 Nuevo 2803-02: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de la demanda química de oxígeno.FD 2002 Nuevo 2831-02: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación del contenido de aceites y grasas e hidrocarburos extraíbles con n-hexano. FD 2002 Nuevo 2634-02: Aguas naturales, industriales y residuales. Definiciones. Nuevo 2002 2709-02: Aguas naturales, industriales y residuales. Guía para las técnicas de muestreo. FD 2735-90: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación del plomo.FD 2871-07: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de oxígeno disuelto .Nuevo 2007 FD' 92

2917-07: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de fenoles. Nuevo 2007 FD'92 y FD 3008-07: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación de la demanda bioquímica de oxígeno. FD'93 Nuevo 2007 3024-93: Aguas naturales, industriales y residuales. Determinación del color.FD

Decreto 883 ARTICULO 49.Se derogan los Decretos Nos. 2.831 de fecha 29 de Agosto de 1978, publicado en Gaceta Oficial Nº 2.323 Extraordinario de fecha 20 de Octubre de 1978, 2.221, 2.222 y 2.224 de fecha 23 de Abril de 1992 publicados en Gaceta Oficial Nº 4.418 Extraordinario del 27 de abril de 1992,y 125 del 13 de Abril de 1994, publicado en Gaceta Oficial Nº 35.445 del 22de Abril de 1994.

Lago de Maracaibo REGLAMENTO Nº 310. DE USO, CONSERVACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA ZONA RIBEREÑA DEL LAGO DE MARACAIBO, EN LOS ESTADOS ZULIA, TRUJILLO Y MÉRIDA. Publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria Nº 32.325 de fecha 02 de Octubre de 1981. Tiene por objeto reglamentar el uso, conservación y mejoramiento de la zona ribereña del Lago de Maracaibo y los ríos y afluentes Guasare, Limón, Apón, Escalante, Catatumbo, Torondoy, Machango, Zulia y Chama. ICLAM Instituto para el Control y la Conservación de la Cuenca del Lago de Maracaibo Creado por Ley publicada en Gaceta Oficial Nº 2.890 Extraordinario, de fecha 28 de Diciembre de 1981. Dicha Institución tiene por objeto promover, planificar, 41 programar, coordinar, evaluar y ejecutar las labores inherentes a las

investigaciones y asesoramiento necesario para el logro de sus objetivos; obtención y preparación de la documentación e información, normas y aspectos legales de las actividades relacionadas con el control y conservación del Lago de Maracaibo y su Cuenca; planificar y proyectar obras, o aprobar proyectos, para mejorar el funcionamiento del sistema Ecológico e Hidrológico de la Cuenca, que permita el aprovechamiento integral del sistema Lago-cuenca; promover, coordinar y evaluar la ejecución de obras que organismos especializados públicos o privados ejecuten para el aprovechamiento integral de dicho sistema. Lago de Maracaibo: el desarrollo de actividades económicas en el propio lago o en sus alrededores ha ocasionado una fuerte contaminación en al mismo, lo que ha repercutido negativamente en el uso de dichos recursos como fuente de recreación, eliminación de flora y fauna y excesivo crecimiento de factores epidémicos. Dentro de las fuentes de contaminación están: la actividad petrolera que produce mortandad de peces y aves y destruyen parte de la flora; las cochineras, polleras y mataderos que botan sus desperdicios en el Lago son una fuente permanente de contaminación. El Complejo Petroquímico el Tablazo también arroja considerables cantidades de compuestos nitrogenados, de mercurio y fenol, lo que viene a agregar otros elementos de contaminación a las aguas de este lago. Lago de Valencia: es uno de los casos más dramáticos de contaminación; el Lago de Valencia está enclavado en una cuenca endorreica y los desechos que se depositan en él no tienen posibilidad de ser evacuados a otra parte o de circular hacia otros lugares. De esta forma se ha venido produciendo una acumulación de tóxicos contaminantes en el Lago de Valencia que ha llevado autoridades competentes a declarar dicho cuerpo de agua en estado de emergencia. Las poblaciones que se ha desarrollado alrededor del Lago, como son Valencia, Maracay, Guacara, San Joaquín, desembocan sus cloacas al referido lago, así mismo numerosas industrias textileras, metalúrgicas, químicas, procesadoras de alimentos, ensambladoras, son una fuente permanente de contaminación del

mismo, debido a que vierten en él sus desperdicios. También se encuentra en su cuenca un gran número de cochineras, polleras y mataderos industriales. La cantidad de tóxicos que se han vertido en el lago, en cuestión ha imposibilitado el uso de este importante cuerpo de agua para el consumo humano o para el consumo agropecuario. Es frecuente ver informaciones sobre los efectos ecológicos que genera la fuerte contaminación de que ha sido objeto el Lago de Valencia.