Norma Internacional de Trabajos de Aseguramiento 3402

NORMA INTERNACIONAL DE TRABAJOS PARA ATESTIGUAR (NITA 3000) TRABAJOS PARA ATESTIGUAR DISTINTOS DE AUDITORÍA O REVISIONES

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NORMA INTERNACIONAL DE TRABAJOS PARA ATESTIGUAR (NITA 3000) TRABAJOS PARA ATESTIGUAR DISTINTOS DE AUDITORÍA O REVISIONES DE INFORMACIÓN FINANCIERA HISTÓRICA La presente norma tiene como propósito establecer principios básicos, así como procedimientos esenciales y lineamientos para los contadores profesionales en el ejercicio público, en relación a esta norma se referenciará a contadores públicos asignados a desarrollar trabajos para atestiguar que no sean auditorías o revisiones de información financiera histórica que este bajo Normas Internacionales de Auditoría (NIA) o Normas Internacionales de Trabajos de Revisión (NITRA).

Dentro de la presente NITA se hace referencia al término para atestiguar como certeza razonable el cual se refiere a la disminución del riesgo del trabajo para atestiguar a un nivel razonable considerado como bajo en circunstancias referentes al trabajo, esto como referencia afirmativa de expresión de conclusión del contador público.

Además, se hace mención del termino trabajo para atestiguar con certeza limitada a lo que se refiere es a la minimización de riesgo del trabajo a niveles inferiores en relación a las situaciones del trabajo, con la diferencia que en este el riesgo es mayor en comparación con el trabajo para atestiguar con certeza razonable, de lo que se hace referencia de forma negativa para la conclusión del contador público.

1.1

RELACIÓN CON EL MARCO DE REFERENCIA, CON OTRAS NITAS, NIAS E NITRS.

La base de un contador público para la realización de trabajo para atestiguar diferente a una auditoría o revisión de información financiera histórica es esta NITA en conjunto con el Marco de Referencia Internacional de Trabajos para Atestiguar, el cual hace referencia y descripción de los elementos que conforma un trabajo para atestiguar, así como también determina los trabajos a los cuales se aplica dicha norma. Además de la NITA el contador público puede hacer uso del marco de referencia que proporciona el Código de Ética para Contadores Profesionales de IFAC, el que

establece principios de equipos, firmas y redes de firmas

en relación a la

identificación de amenazas a la independencia, así como a la evaluación de las mismas, la aplicación de salvaguardas para eliminar las amenazas o disminuirla a un nivel inferior, para que pueda existir una independencia mental y conseguir una independencia en apariencia.

1.2

CONTROL DE CALIDAD

Para dar cumplimiento basado en control de calidad se debe hacer referencia a la implementación de la Norma Internacional de Control de Calidad (ISQC) 1, la cual se refiere al Control de Calidad para las firmas de auditoría que ejecutan trabajos de auditorías así como revisión de la información financiera y otros trabajos para atestiguar y servicios relacionados, es decir que dentro de una firma de auditores se debe establecer un sistema de control de calidad para garantizar el trabajo que se está realizando ha sido elaborado en de acuerdo a estándares de calidad y en las circunstancias correspondientes. El control de calidad debe tener una asignación de responsabilidades basado en la presentación de la calidad del trabajo, así como contener aspectos éticos, evaluación del desempeño del trabajo, distribución del trabajo por equipos.

1.3

ACEPTACIÓN Y CONTINUACIÓN DEL TRABAJO

Para que el contador público pueda realizar un trabajo para atestiguar o continuar con el mismo, este debe tener la responsabilidad compartida es decir que el responsable puede ser uno de los usuarios pero no puede ser el único responsable, el cual se manifiesta en forma escrita para indicar dicha responsabilidad, en el caso de que es inexistente el reconocimiento del mismo, el contador público debe evaluar ciertos aspectos como lo es: si es apropiado la aceptación de dicho trabajo así como si debe de revelar esta situación dentro del informe que realiza del trabajo para atestiguar. Para que el contador público acepte un trabajo para atestiguar debe tener conocimiento de que esté cumpliendo con los requisitos del Código o las NTA, así como también si el trabajo será realizado por personal con las capacidades

pertinentes que se requieren en dicho caso, es referente a los conocimientos que cada uno de ellos posee.

1.4

ACUERDO SOBRE LOS TÉRMINOS DEL TRABAJO

El acuerdo sobre los términos del trabajo se deben realizar en común acuerdo el contador público con la parte que contrata, dichos términos a tratar serán establecidos dentro de una carta compromiso o algún otro tipo de contrato adecuado en los que se establece dichos términos convenidos, la naturaleza y contenido de una carta compromiso puede contener variación cuando quien contrata al contador público es distinto al responsable. Cuando existe un mandato legal este puede reemplazar el establecimiento de los términos del trabajo, sin embargo, la existencia de un de una carta compromiso puede ser de utilidad para ambas partes es decir contador público y la parte que contrata.

1.5

PLANEACIÓN Y DESEMPEÑO DEL TRABAJO

Para que el trabajo del contador público pueda alcanzar un desempeño apropiado este debe realizar una planeación, la que está conformada por la elaboración de una estrategia global que permita abarcar aspectos como el alcance, énfasis, oportunidad, así como la guía del trabajo, también se hace referencia a planes de trabajo, que se referencian a la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos de compilación de evidencia a ejecutar y los criterios para la selección de estos. Una correcta planeación ayuda al contador público ya que contribuye a la realización de un trabajo eficiente y efectivo debido a los aportes que realiza con la identificación de problemas de mayor grado de importancia, también permite organizar y administrar el trabajo para un mejor desempeño, esto puede realizarse en la segregación de funciones para la realización de trabajo en equipo, así como también permite el constante monitoreo de los equipos de trabajo y la evaluación de su trabajo. Ayuda cuando se requiere a la coordinación del trabajo de otros contadores públicos y expertos, la naturaleza y extensión de las actividades de planeación variara de acuerdo a circunstancias del trabajo tal como: el tamaño y complejidad de la entidad

así como el conocimiento del contador público no la misma, para ello se consideran asuntos como los siguientes: 

Los términos del trabajo



Las características del asunto principal y los criterios identificados.



El proceso del trabajo y las posibles fuentes de evidencia.



El conocimiento del contador público sobre la entidad y su entorno, así como el riesgo sobre presentación de información errónea de importancia relativa.



Identificación de presuntos usuarios y sus necesidades, y consideración de la importancia relativa y los componentes del riesgo para del trabajo para atestiguar.



Requisitos de personal y pericia, incluyendo la naturaleza y extensión de la implicación de expertos.

La planeación es un proceso continuo ejecutado en el proceso del trabajo, derivado de hechos inesperados, cambios en condiciones o de evidencia adquirida por medio de compilación.

1.6

EVALUACIÓN DE LO ADECUADO DE LOS CRITERIOS

Como parte de la labor del contador público le corresponde evaluar los criterios o en otro caso medir el asunto principal. Es decir que debe examinar si dichos criterios son adecuados para aceptar el trabajo de atestiguar, si estos son inadecuados el contador público puede emitir una conclusión con salvedad o adversa, o abstención de conclusión, e incluso considerar la posibilidad de retirarse del trabajo. Para poder evaluar dichos criterios se evaluar ciertas características que menciona el Marco de Referencia en la que se hace referencia a criterios establecidos adecuados cuando son importantes de acuerdo a las necesidades del supuesto usuario, así como también puede existir criterios para usuarios específicos. Para algunos asuntos principales, pueda que haya ausencia de criterios definidos. El contador público hace de conocimiento a los supuestos usuarios o la parte que contrata, sobre los

criterios específicos son desarrollados y que esto son adecuado a los fines de los supuestos usuarios.

1.7

IMPORTANCIA

RELATIVA

Y

RIESGO

DEL

TRABAJO

PARA

ATESTIGUAR Dentro de los factores a considerar al momento de ejecutar un trabajo para atestiguar se encuentra la importancia relativa y el riesgo del trabajo para atestiguar, la determinación de la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos de recabar evidencia, la evaluación de la información principal respecto a si se encuentra libre de errores, son procedimientos que se incluyen en la consideración de la importancia relativa, esto con el objetivo de que el contador público evalúa factores que puede influir en decisiones de los supuestos usuarios.

El contador público deberá disminuir el riesgo del trabajo para atestiguar a nivel bajo en las circunstancias del trabajo para que de ello se pueda obtener mayor razonabilidad para expresar conclusión positiva. Una certeza limitada en un trabajo para atestiguar con lleva a un nivel de riesgo mayor. Es por ello que el nivel de certeza que se obtiene debe tener la capacidad de aumentar la confianza de los posibles usuarios sobre la información del asunto principal a un nivel mayor mente aceptado.

1.8

USO DEL TRABAJO DE UN EXPERTO

Es importante que tanto el contador público como el experto deben poseer las habilidades y los conocimientos necesarios en relación al trabajo a realizar en la evaluación de evidencia, ya que esto le servirá al contador público como referencia de la calidad de evidencia que sea recabada y apropiada.

La decisión de utilizar el trabajo de una persona de otra disciplina profesional surge cuando el contador determina que dentro del trabajo para atestiguar se encuentre aspectos que necesitan de conocimientos y habilidades especializadas, para poder ejecutarlo y recabar evidencia en conjunto con su evaluación apropiada. El trabajo

de una disciplina especializada también se le conoce como experto, quienes se conocen con dicho nombre debido a que su campo es a un área específica sobre la cual tiene conocimientos amplios.

Es importante que el contador público tenga mayor conocimiento del trabajo que se realiza y para el cual se hace necesario el uso un experto, ya que el mismo debe determinar si dicho trabajo ejecutado es importante para que pueda asumir la responsabilidad sobre el mismo en referencia al trabajo que si este es necesario para que pueda emitir una conclusión.

1.9

OBTENCIÓN DE EVIDENCIA

Para que el contar público pueda emitir su conclusión debe de obtener la mayor evidencia suficiente en la cual basarse y que a la vez esta respalde la decisión o conclusión a la que llegue. Cuando se habla de suficiencia se hace mención a la cantidad de evidencia y en el caso de propiedad es la calidad que presenta la evidencia es decir la importancia y el grado de confianza que pude proporcionar.

Además, debe considerar aspectos como el costo de la obtención de la evidencia y el grado de utilidad sobre el mismo. Se deben realizar todos los procedimientos necesarios que implique recabar evidencia, para la evaluación de la evidencia el contador público debe hacer uso de su juicio profesional, así como el escepticismo profesional para examinar la cantidad y calidad de la misma y el grado de importancia en relación al soporte del informe de atestiguar.

1.10 REPRESENTACIÓN POR LA PARTE RESPONSABLE El contador público deberá obtener representaciones de la parte responsable, es preferible que dicha representación sea presentada de forma escrita para evitar inconvenientes entre las partes implicadas en dicho trabajo. La solicitud de dicha representación debe implicar que esta evalué o mida el asunto principal en comparación con criterios identificados, esto puede que sea mostrado a los posibles usuarios. Cuando es inexistente la representación por parte responsable puede dar

lugar a una conclusión con salvedad o una abstención de la misma debido a que esto representa una limitación al alcance en el trabajo.

En la ejecución de un trabajo para atestiguar, también es posible que la parte responsable realizar representaciones al contador público, esto puede hacerlo sin solicitarlo

o

como

respuesta

a

cuestiones

específicas.

Cuando

dichas

representaciones correspondan con asuntos de importancia relativa y para dichas evaluaciones o para medición del asunto principal el contador público realizara lo siguiente: 

Evalúa si son responsables y su consistencia con otra evidencia obtenida, incluyendo otras representaciones.



Considera si se puede esperar que quienes hacen las representaciones estén bien informados sobre los asuntos particulares.



Obtiene evidencia de corroboración en el caso de un trabajo con certeza razonable. El contador público puede también buscar evidencia de ratificación en el caso de un trabajo para atestiguar con certeza limitada.

La limitación de obtención de evidencia que pueda ser de importancia relativa para la evaluación o medición del asunto principal se considera como una limitación al alcance del trabajo, a pesar de que se haya podido obtener una representación por parte de los responsables.

NORMA INTERNACIONAL DE TRABAJOS DE ASEGURAMIENTO (NITA 3402) INFORME DE ASEGURAMIENTO SOBRE LOS CONTROLES DE UNA ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS Esta NITA trata de los encargos de trabajo, que proporcionan un grado de seguridad, realizados por profesionales de la contabilidad en ejercicio, cuyo fin es proporcionar un informe, que será utilizado por las entidades usuarias y sus auditores, sobre los controles en una organización de servicios que presta un servicio a las entidades usuarias y que probablemente sea relevante para el control interno de las mismas al estar relacionado con la información financiera.

3.1

NOCIONES GENERALES

Con el fin de poder interpretar la norma, es necesario definir previamente los conceptos que participan en ella, los cuales se detallan a continuación: 

Organización de Servicios: Es aquella que presta una actividad determinada a una entidad principal, que es la que se encarga el trabajo.



Método de exclusión (Carve-out method): Método para cumplir con los servicios proporcionados por una empresa de sub-servicios, según la cual, la descripción del sistema de la empresa u organización de servicios, incluye la naturaleza de los servicios prestados por una empresa de sub-servicios.



Controles complementarios de la entidad usuaria: Se refiere a los controles que la empresa u organización de servicios asume, en el diseño de su servicio, que serán implementados por las entidades usuarias, los cuales deben ser los necesarios que se identifican para alcanzar los objetivos de control establecidos en la descripción del sistema de la empresa u organización de servicios de su sistema.



Objetivos de control: Se refieren a los riesgos que los controles tratan de mitigar.



Controles establecidos en la empresa u empresa u organización de servicios: Son los controles establecidos para el logro de un objetivo de control que está cubierto en el informe de aseguramiento del auditor de la empresa u organización de servicios.



Controles establecidos en la empresa de sub-servicios: Se refiere a los controles establecidos en una empresa de sub-servicios, para proporcionar una seguridad razonable sobre el logro de los objetivos de control.



Criterios: Se consideran los puntos de referencia (benchmarks) utilizados para evaluar o medir algún asunto incluyendo, cuando así se considere los puntos de referencia para presentación y revelación. 

Trabajo de aseguramiento: Un trabajo de aseguramiento puede ser un trabajo de “seguridad razonable” o un trabajo de “seguridad limitada”; un trabajo de aseguramiento puede estar “basado en aseveraciones” o ser un trabajo de “información directa”

3.2

INTERPRETACIÓN DE LA NORMA

La NITA 3402, es un conjunto de "buenas prácticas" para la evaluación de proveedores externos, formulado de manera independiente y aceptado dentro del sector, cuyo objetivo es garantizar la calidad de las soluciones externalizadas de hosting gestionado. Se trata de un nuevo estándar mundial orientado a la elaboración de informes de control de calidad en organizaciones prestadoras de servicio.

Esta norma es vigente para los informes de aseguramiento del auditor de la empresa u organización de servicios, que cubran períodos terminados en o después del 15 de junio de 2011.

3.2.1 Alcance Esta norma es aplicable a los trabajos basados en aseveraciones que transmiten una seguridad razonable, con la conclusión de trabajo redactada directamente en función de la materia y los criterios. Por lo que se deberá aplicarse en trabajos para atestiguar que no sean auditorías o revisiones de información financiera histórica, por ejemplo: Certificación de Ingresos y Certificación de Cuentas por Pagar.

Asimismo, proporciona lineamientos a los contadores profesionales en la práctica pública, para el desempeño de trabajos para atestiguar y certificar; los cuales no constituyen auditorías o revisiones de información financiera históricas.

3.2.2 Naturaleza Esta norma aplica a contadores en la práctica pública, revisa los controles de las organizaciones de servicios y complementa la Norma Internacional de Auditoría 402, puesto que los informes preparados de conformidad con esta norma pueden proporcionar evidencia apropiada según la NIA 402.

3.2.3 Objetivos El objetivo del trabajo, es emitir un informe a través del cual, con base al trabajo realizado se proporcione una seguridad razonable ante terceros, en relación a los sistemas de control implementados con la Sociedad vinculados a la seguridad y confidencialidad de la información utilizada por esta, como consecuencia de la prestación a un tercero del servicio como por ejemplo: externalización de los procesos de contratación, facturación, cobro y deuda, atención y reclamaciones, peticiones y sistemas de información

Asimismo, además de emitir un informe sobre los controles de seguridad, un auditor de servicios también puede ser contratado para proporcionar informes como el siguiente:



Un informe sobre las operaciones de una entidad de usuario o saldos mantenidos por una organización de servicios.



Un procedimiento acordado para informar sobre los controles en una organización de servicio.

3.2.4 Importancia El auditor del servicio deberá obtener un entendimiento del sistema de la organización de servicio, incluyendo los controles que se incluyen en el alcance de trabajo. Y asimismo deberá obtener evidencia sobre: 

El diseño de los controles



Funcionamiento de los controles

3.3

RELACIÓN CON OTROS PRONUNCIAMIENTOS PROFESIONALES

Para el desarrollo de este compromiso se deben seguir los requerimientos del Código de ética para contadores profesionales emitidos por la Federación Internacional de Contadores (Código de la IFAC) e implemente procedimientos de control de calidad que le son aplicables a un trabajo individual, asimismo la NITA 3000 respecto a temas relacionados como la aceptación del trabajo, planificación, evidencia y documentación, que se aplican a todos los trabajos de aseguramiento, incluyendo los trabajos a que se refiere esta NITA.

Esta NITA amplía la aplicación de la NITA 3000 a un trabajo de seguridad razonable para informar sobre los controles de la organización o empresa de servicios. El marco de referencia para trabajos de aseguramiento, define y describe los elementos y objetivos de un trabajo de esta índole y proporciona el contexto para entender esta norma y la NITA 3000.

3.4

REQUERIMIENTOS

Para lograr un buen resultado del encargo del trabajo llevado a cabo, se presentan ciertos lineamientos a tratar para la aplicación de la presenta norma:

3.3.1 Administración y encargados del gobierno corporativo Cuando esta norma obligue al auditor de la empresa u organización de servicios a interrogar o solicitar declaraciones de comunicarse u otra forma de interactuar con la empresa u organización de servicios, debe determinar las personas adecuadas de la Administración o estructura del gobierno corporativo de la empresa u organización de servicios con quienes interactuará. Por lo que deberá considerar las personas con responsabilidades y conocimientos relevantes sobre los asuntos de que se traten en cuestión.

3.3.2 Aceptación y continuidad Antes de aceptar o continuar un trabajo, el auditor de la empresa u organización de servicios deberá determinar si: el auditor de la empresa de servicios tiene la capacidad y competencia profesional para realizar el trabajo. Asimismo, los criterios que apropiados los cuales serán aplicados por la empresa de servicios para preparar la descripción de su sistema y si los mismos estarán disponibles para las entidades usuarias y sus auditores.

Además, deberá obtener el acuerdo de la empresa u organización de servicios, acerca de que reconoce y entiende su responsabilidad, acerca de la preparación de la descripción de su sistema y la aseveración que acompaña la empresa u organización de servicios, relativa a la integridad, exactitud y método de presentación de esa descripción y aseveración; y de tener una base razonable para sustentar la aseveración de la administración de la empresa u organización de servicios que acompaña la descripción de su sistema.

Asimismo, la administración tiene responsabilidad de proporcionar al auditor de la empresa de servicios, lo siguiente: acceso a toda la información, como registros, documentos y otros asuntos, que incluyen los acuerdos del servicio sobre los cuales

la empresa u organización de servicios, tenga conocimiento que son relevantes para la descripción del sistema de la empresa u organización de servicios y para la aseveración de dicha organización; información adicional que el auditor de la empresa u organización de servicios pudiera solicitarle para fines del trabajo de aseguramiento y acceso sin restricciones a personas de la empresa u organización de servicios, que el auditor determine como necesarias para obtener evidencia.

3.3.3 Evaluación de lo apropiado de los criterios Por disposición de la NITA 3000, el auditor de la empresa de servicios debe evaluar si se han utilizado criterios apropiados para preparar la descripción de su sistema, para evaluar si los controles están diseñados adecuadamente y para evaluar si los controles están operando eficazmente. Dichos criterios deben abarcar como mínimo: 

Los tipos de servicios proporcionados, que incluyen, según sea el caso, las clases de transacciones procesadas.



Los procedimientos, tanto en tecnología de la información como en los sistemas manuales, por los que se presta servicios, incluyendo, según sea el caso, los procedimientos por los que las transacciones se inician, registran, procesan, corrigen y se transfieren a los informes y a otra información preparada para las entidades usuarias.



Los registros relacionados y la información de apoyo, que incluye, según sea el caso, registros contables, información de apoyo y cuentas específicas, que son utilizados para iniciar, registrar, procesar y reportar transacciones; incluyendo la corrección de datos erróneos y cómo se transfiere la información a los informes y a otra información preparada para las entidades usuarias, entre otras.

3.3.4 Materialidad

El auditor de la empresa u organización de servicios, al planificar y realizar el trabajo debe considerar la materialidad con respecto a la presentación razonable de la descripción, lo apropiado del diseño de los controles y la efectividad operativa de los controles.

3.3.5 Obtención de un entendimiento del sistema de la organización de servicios El auditor debe obtener una comprensión del sistema de la empresa u organización de servicios, incluidos los controles comprendidos en el alcance del trabajo.

3.3.6 Obtención de evidencia relacionada con la descripción El auditor de la empresa u organización de servicios debe obtener y leer la descripción del sistema de la empresa u organización de servicios y evaluar si los aspectos descritos incluidos en el alcance del trabajo están presentados razonablemente.

3.3.7 Obtención de evidencia relacionada con el diseño de los controles El auditor debe determinar los controles de la empresa de servicios que son necesarios para alcanzar los objetivos de control establecidos en la descripción de su sistema y debe evaluar si dichos controles están diseñados adecuadamente, esta determinación debe incluir: 

Identificar los riesgos que amenazan el logro de los objetivos de control establecidos en la descripción del sistema de la empresa u organización de servicios.



Evaluar la relación de los controles identificados en la descripción del sistema de la empresa u organización de servicios, con dichos riesgos.

3.3.8 Obtención de un entendimiento de la función de auditoría interna Si la empresa cuenta con una función de auditoría interna, el auditor deberá entender la naturaleza de las responsabilidades de esta función y de las actividades

que realiza, a fin de determinar si puede ser relevante para el trabajo. Asimismo, si se determina que se ha de utilizar el trabajo de la función de auditoria interna, el auditor del servicio no hará ninguna referencia a que el trabajo en la sección del informe de verificación del auditor de servicios que contiene el dictamen del auditor de servicio.

3.3.9 Declaraciones escritas El auditor debe solicitar a la empresa u organización de servicios que entregue declaraciones escritas que confirmen la aseveración relativa a la descripción del sistema y que ha proporcionado al auditor ha proporcionado toda la información relevante y el acceso acordado y que ha revelado cualquiera de los asuntos sobre los que tenga conocimiento acerca del incumplimiento de leyes o regulaciones, fraudes o desviaciones sin corregir imputables a la organización de servicios, que pueden afectar a una o más entidades usuarias, entre otras.

3.3.10 Otra información Esta información se incluye en un documento conteniendo la descripción del sistema de la organización de servicios y el informe de aseguramiento del auditor de la empresa de servicios y le sirve al auditor para poder determinar inconsistencias materiales, que podría alertarlo sobre algún aparente error material en esa otra información.

Si el auditor se percata de alguna inconsistencia material o alguna declaración errónea en la otra información, debe discutir este asunto con la organización de servicios.

3.3.11 Hechos posteriores El auditor debe investigar si dicha organización tiene conocimiento de cualquier hecho posterior al periodo cubierto por la descripción de su sistema y hasta la fecha del informe de aseguramiento del auditor, que pudiera tener algún efecto significativo sobre dicho informe. Si tiene conocimiento de algún hecho y dicha

información no es revelada por la organización de servicios, debe revelarla en su informe de aseguramiento.

3.3.12 Documentación Se deberá preparar la documentación necesaria que permita a algún auditor experimentado, que no tenga relación previa con el trabajo, entender La naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos realizados para cumplir con esta NIT y los requerimientos legales y regulatorios relativos; el resultado de los procedimientos realizados, y de la evidencia obtenida; y los asuntos significativos que surgieron durante el trabajo, y las conclusiones alcanzadas al respecto, así como los juicios profesionales significativos realizados para llegar a esas conclusiones.

3.3.13 Preparación del informe de aseguramiento del auditor de la empresa u organización de servicios El informe de aseguramiento del auditor de la empresa u organización de servicios debe incluir los siguientes elementos básicos: título que indique claramente que es un informe de aseguramiento del auditor de la empresa u organización de servicios independiente, destinatario, identificación de la descripción del sistema de la empresa u organización de servicios y la aseveración y la Identificación de los criterios, y la parte específicas de los objetivos de control, entre otros.

3.3.14 Opinión del auditor Se debe presentar una opinión modificada en los siguientes casos: 

La descripción de la organización de servicio no presenta en su totalidad el sistema de control que se ha diseñado e implementado.



Los controles relacionados no se han diseñado e implementado.



El auditor no puede obtener evidencia.

3.3.15 Otras responsabilidades de comunicación Si el auditor llega a tener conocimiento de incumplimiento con alguna ley o regulación, fraude o errores no corregidos imputables a la empresa u organización de servicios, que no sean claramente triviales y puedan afectar a una o más entidades usuarias, debe determinar si dicho asunto ha sido comunicado apropiadamente a las entidades usuarias afectadas.

CONCLUSIONES 

Emitiremos como CPA una conclusión con certeza razonable, reduciendo el riesgo de trabajo para atestiguar a un nivel aceptablemente bajo en las circunstancias del trabajo, como base para una forma positiva de expresión de nuestra conclusión.



Emitiremos como CPA una conclusión con certeza limitada, que es la otra vía de las NITAs. Reduciendo el riesgo del trabajo a un nivel que sea aceptable en las circunstancias del trabajo, pero donde el riesgo es mayor que en un trabajo para atestiguar con certeza razonable, como base para una forma negativa de expresión de las conclusiones.



De acuerdo a la revisión y lectura del Marco de Referencia Internacional para Trabajos para Atestiguar número 3000, 3400 y 3402, podemos hacer hincapié a las cuestiones más relevantes sobre el papel que desempeña el Contador Público en los trabajos para atestiguar concluyendo en lo siguiente:



El Marco de Referencia Internacional para los trabajos de atestiguamiento proporcionan los lineamientos necesarios u obligatorios que el Contador Público y Auditor deberá utilizar en los trabajos para atestiguar para ser utilizados en auditorías que no sean de estados financieros históricos u otras revisiones especiales.



El Contador Público debe tener el debido cuidado profesional en la aceptación y continuación de los trabajos para atestiguar esto debido a que las partes tanto como la parte contratada y el Contador Público son responsables de la evidencia de que existe la relación apropiada y también estableciendo una base para un entendimiento común de la responsabilidad de cada parte.

RECOMENDACIONES 

Los profesionales que realizan la auditoria forense, deben cumplir con los principios del Código de Ética para Contadores Profesionales de IFAC, así como también, desarrollar la auditoria implementando procedimientos de control de calidad, bajo la Norma Internacional de Control de Calidad (ISQC ) 1, que permita dar una certeza razonable respecto a que dicho auditor

cumple con las normas profesionales, con los requisitos regulatorios y legales. 

El CP, deberá planear el trabajo de modo que se desempeñe de manera efectiva.



La planeación adecuada también ayuda al CP a asignar de mondo apropiado el trabajo a los miembros del equipo de trabajo, facilita la dirección y supervisión de los mismos, así como la revisión del trabajo.



El auditor debe establecer si están presentes las condiciones para la auditoria, para lo cual en primera medida debe determinar que el marco de referencia de información financiera aplicable usado para la elaboración de los estados financieros es aceptable.



Al hacer la comparación de los marcos de referencia con la normas mencionadas, y el auditor encuentra diferencias relevantes, el auditor debe determinar si el marco es aceptable y no conduce a estados financiero engañosos.



De esta manera, el auditor debe obtener un acuerdo de la administración donde reconoce y entiende sus responsabilidades de acuerdo con las normas internacionales y/o la ley o regulación establecidas. Estas responsabilidades son sobre: Preparación de los estados financieros de acuerdo al marco de referencia de información financiera aplicable, Control interno, Proporcionar al auditor acceso a la información relevante para la preparación de los estados financieros como registros y documentos.

Informe de atestiguamiento del Contador Público sobre el estado de cumplimiento de ABC con los términos contractuales y condiciones de un contrato de licencia de marca XYZ para el año terminado el 31 de diciembre de 2,016

Para: Lic. Julio Ernesto Jiménez

En referencia con los términos de la cláusula X del contrato de licencia de marca con XYZ, que establece el requisito para la Compañía ABC de cumplir con ciertas condiciones y términos específicos y de proveer la información relacionada, con un informe de atestiguamiento sobre dicha información.

De acuerdo a los términos de la cláusula X del contrato de licencia de marca con XYZ, la gerencia de la Compañía ABC ha preparado un Estado de Cumplimiento con los términos y condiciones, que se adjunta a este informe.

Nuestro informe está dirigido a los siguientes asuntos específicos, establecidos en la cláusula X del contrato de licencia de marca: 

Si los elementos específicos de información financiera contenidos en el Estado de Cumplimiento preparado por la gerencia, han sido extraídos con exactitud de las fuentes indicadas en el Estado, y que estuviesen de acuerdo con los registros contables subyacentes;



Si los cálculos mostrados en el Estado, fueron realizados de acuerdo con la cláusula X del contrato de licencia de marca, y aritméticamente exactos;



Si los elementos específicos de información financiera contenidos en el Estado de Cumplimiento preparado por la gerencia, han sido presentados en cumplimiento con las definiciones contables, así como la composición de los elementos de acuerdo con la cláusula X, y que fueron confirmados a nosotros por la Compañía XYZ de acuerdo con su carta de fecha 24 de diciembre de 2,016.



Si la información no financiera contenida en el Estado de Cumplimiento preparado por la gerencia, ha sido preparada y presentada de acuerdo con las especificaciones en cuanto a los elementos y composición establecidos en la Cláusula X del contrato de licencia de marca.

Responsabilidades de la gerencia La gerencia de la Compañía ABC es responsable por la preparación y presentación del Estado de Cumplimiento, y que dicha información no contenga errores materiales. Su responsabilidad incluye el diseño, implementación y eficacia de los controles internos relevantes a que la preparación y presentación de Estado de Cumplimiento no contenga errores materiales debido a error o fraude. También incluye asegurar que la Compañía cumpla con los términos y condiciones del Contrato de Licencia de Marca, seleccionando y aplicando las políticas y procedimientos sobre la información financiera y no financiera, realizando estimaciones y juicios razonables de acuerdo a las circunstancias.

Responsabilidad de los Contadores Públicos Independientes Nuestra responsabilidad es examinar el Estado de Cumplimiento preparado por la Compañía ABC y reportar una conclusión basado en la evidencia obtenida. Realizamos nuestra revisión de acuerdo con la Norma Internacional de Trabajos de Atestiguamiento 3000 - Trabajos para atestiguar, distintos de auditorías o revisiones de información financiera histórica emitida por Federación Internacional de Contadores Públicos (IFAC). Esa norma requiere que cumplamos con los requisitos éticos y de independencia pertinentes, y que planifiquemos y realicemos nuestros procedimientos para obtener una seguridad razonable de que el Estado de Cumplimiento ha sido preparado de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en la cláusula X del contrato de licencia de Marca, en todos los aspectos materiales. Consideramos que la evidencia que hemos obtenido es suficiente y apropiada para proporcionar una base para sustentar nuestra opinión.

Procedimientos realizados Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del contador público, incluyendo la evaluación de los riesgos de errores significativos en el Estado de Cumplimiento debido a fraude o error. Al hacer esas evaluaciones de riesgos, el contador público considera el control interno relacionado con la preparación y presentación razonable del Estado de Cumplimiento, para diseñar procedimientos que sean apropiados en las circunstancias, pero no para el propósito de expresar una opinión sobre la efectividad del control interno de la entidad sobre la preparación y presentación de dicho estado. Nuestra revisión también incluye evaluar lo apropiado del Estado, la factibilidad del criterio usados por la Compañía para la preparación y presentación del Estado, obteniendo un entendimiento de la información financiera y no financiera utilizada en el estado, indagando con la gerencia, usando como referencia el contrato, y comparando la información financiera y no financiera con las fuentes de las cuales se obtuvo dicha información.

Opinión Nuestra opinión se ha formado sobre la base de los asuntos presentados en este informe. Los criterios que utilizamos para formar nuestra opinión son los descritos anteriormente. En nuestra opinión, respecto de todo lo importante: 

El Estado de Cumplimiento ha sido preparado y presentado apropiadamente en todos los aspectos materiales de acuerdo con los términos y condiciones relevantes de la Cláusula X del contrato de licencia de marca.



La información financiera contenida en el Estado de Cumplimiento ha sido extraída con exactitud de las fuentes indicadas en el Estado, y de acuerdo con los registros contables subyacentes.



Los cálculos mostrados en el Estado, fueron realizados de acuerdo con la cláusula X del contrato de licencia de marca, y son aritméticamente exactos.



Los elementos específicos de información financiera contenidos en el Estado de Cumplimiento preparado por la gerencia, han sido presentados en cumplimiento con las definiciones contables, así como la composición de los

elementos de acuerdo a la cláusula 2, y que fueron confirmados a nosotros por la Compañía XYZ de acuerdo con su carta de fecha 24 de diciembre de 2,016. 

La información no financiera contenida en el Estado de Cumplimiento preparado por la gerencia, ha sido preparada y presentada de acuerdo con las especificaciones en cuanto a los elementos y composición establecidos en la Cláusula X del contrato de licencia de marca.



De acuerdo con los términos contratados, el reporte sobre el Estado de Cumplimiento de la cláusula X del contrato de licencia de marca con la Compañía XYZ, fue preparado por la gerencia de la Compañía ABC, para proveer información sobre el cumplimiento con los términos y condiciones de dicha cláusula por parte de la Compañía ABC, y para obtener un atestiguamiento independiente sobre dicha información, y no para ningún otro propósito.

El contrato de licencia de marca está vigente exclusivamente para las compañías XYZ y ABC, y sólo es relevante para el propósito de este Estado.

Orantes & Asociados

Mario Salvador de León Contador Público Colegiado Activo No. 34786594 Guatemala, 23 de enero de 2,017.